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Full text of "Informe SERPAJ 2020"

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Servicio Paz y Justicia - Uruguay 





A 


serpaj 


O Edición: diciembre de 2020 

Servicio Paz y Justicia | SERPAJ Uruguay 
Joaquín Requena 1642 

11.200 Montevideo, Uruguay 

Tel. +598 2408 5301 


serpajuy(Dserpaj.org.uy 
WWW.serpaj.org.uy 


a ESerpajUy 
Y (Serpaj_Uruguay 
0) (Oserpaj.uy 


Youk (11) SERPAJ Uruguay 
Impreso en Uruguay 
Derechos Humanos en el Uruguay 


Informe 2020 
Montevideo, Uruguay 


ISBN: 978-9974-564-49-7 


FUNDACIÓN 
ROSA 
LUXEMBURGO 





Esta publicación fue financiada por la Fundación Rosa Luxemburgo (FRL) con fondos del Ministerio Federal 
de Cooperación Económica y Desarrollo de Alemania (BMZ). 


Las opiniones vertidas en este informe son de absoluta responsabilidad de les autores. 


Se autoriza la reproducción total o parcial de los contenidos, siempre que sea citada la fuente. 


DS 


CI A 


Consejo Editor 


Camila Brusoni, Florencia Casarotti, Florencia Lemos, Tamara Samudio y Andrea Sorondo. 


Derechos civiles y políticos 


Francesca Lessa, Rodrigo Barbano, Mariana Risso, Micaela Boiani, Carolina Carretero, 
Patricia López, Paola Lorenzo, Graciela Montes de Oca, Equipo Imágenes del Silencio, 
Nilo Patiño, Guillermo Payssé, Malena Laucero, Efraín Olivera, Asociación Civil Ágora, 
Memoria en Libertad, Casa Bertolt Brecht, Luis Eduardo Morás, Daniel Zubillaga, An- 
drea Sorondo, Camila Brusoni, Florencia Casarotti, Florencia Lemos, Tamara Samudio, 


Adriana Vaselli, Ignacio Salamano, Rodrigo Rey. 


Derechos económicos, sociales y culturales 


Raúl Zibechi, Sergio Sommaruga, Lucía Naser, Lucía García, Ignis Lois, Ximena Echevarría, 
Victoria Cestau, Ximena Baráibar Ribero, Carolina González Laurino, Sandra Leopold 
Costábile, Laura Paulo Bevilacqua, Laura Bálsamo, Rodrigo Alonso, Gabriel Oyhantcabal, 
Soldaridad Uy, Colectivo Rebelarte, NITEP, Coordinadora de Feminismos Uy, Soledad 
González, Florencia Roldán, Alejandra Collette Spinetti Núñez, Fabiana Condon, Cristi- 
na Prego, Laura Vega, Melania Raszap, Mauricio Fuentes, Benjamín Nahoum, Alejandro 


Guevara, Miguel Scapusio, Pablo Martinis, Eduardo Gudynas, Gabriel Delacoste. 


Anexo Legislativo 


Laura Bálsamo 


Diagramación 


Equipo de diseño de Tradinco S.A. 


Fotografía de tapa 


Santiago Mazzarovich 


Fotografías de interior 


Colectivo Rebelarte, Héctor Tierno, Martha Passeggi, Martín Varela Umpiérrez, Santiago 
Mazzarovich, Equipo Imágenes del Silencio, Leidy Laura Sosa, Serpaj, NITEP. 


Introducción 


Hace ya 32 años que cada diciembre el Servicio Paz y Justicia Uruguay presenta el 
Informe Derechos Humanos en el Uruguay. Gracias a la inmensa colaboración de diversas 
organizaciones y colectivos sociales, academia y militantes, buscamos plasmar en este libro 
el estado de situación de los derechos humanos en nuestro país: avances, retrocesos y nudos 
críticos en esta materia. 


Este año se vio signado por el cambio de gobierno, que efectivizó la ejecución de su 
programa a través de la aprobación de la Ley de Urgente Consideración (LUC). A través de 
la utilización de un mecanismo que atenta contra los principios democráticos, la coalición 
“multicolor” logró promulgar una extensa ley sumamente regresiva en materia de derechos, 
desde un enfoque punitivista y privatizador. El contexto de pandemia mundial por el CO- 
VID-19 y las medidas establecidas por la emergencia sanitaria generaron un escenario de 
desmovilización social muy propicio para la aprobación de esta ley. Si bien el Poder Legis- 
lativo citó a diverses! actores de la sociedad para que presentaran sus argumentos en torno 
a la LUC, dicha convocatoria resultó ser una artimaña para no instalar un verdadero debate 
público democrático. 


Dicho contexto de emergencia sanitaria ha sido el pretexto ideal para la aplicación de 
una política neoliberal de respuesta unívoca a las demandas del sector empresarial, de flexi- 
bilización laboral, de control selectivo y represivo de los espacios públicos, de limitación de 
las actividades culturales, y de restricción presupuestaria en la gestión de la seguridad social, 
la salud y las políticas sociales. 


Junto con la regresión legislativa que implicó la aprobación de la LUC, este año estuvo 
atravesado por discursos desde el sistema político marcadamente conservadores, violentos 
y negacionistas. La llegada al parlamento de un partido militar como Cabildo Abierto y su 
constante búsqueda de deslegitimar luchas y organizaciones de derechos humanos, parti- 
cularmente a la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos-Desaparecidos, parece 
habilitar un escenario propicio para la expresión de discursos de odio y prácticas fascistas 
que tuvieron lugar este año. Claros y preocupantes ejemplos de ello son los ataques a perso- 
nas en situación de calle con bates de béisbol en Montevideo o la reaparición de pancartas 
de la Juventud Uruguaya de Pie. 


Este escenario nos exige como izquierda social repensar nuestras estrategias de movili- 
zación y lucha, en un nuevo e incierto contexto que nos necesita en alerta, actives y solida- 
ries. Los últimos y esperanzadores acontecimientos en países vecinos como Bolivia y Chile, 
donde se vio la fortaleza del movimiento social en la toma del espacio y la agenda pública, 
nos invitan a redoblar fuerzas y reivindicar nuestra capacidad de lucha. 


1 Por decisión del Consejo Editor la redacción a su cargo utiliza lenguaje inclusivo, dejando a criterio de les 


autores de cada artículo su utilización. 


Derechos Civiles 


y Políticos 





Memoria e 


pas 





El Plan Cóndor en los tribunales de Roma 
Algunas reXexiones sobre la sentencia de apelación de 2019* 


Francesca Lessa? 


El 25 de noviembre de 2020 se conmemoraron los 45 años de la reunión fundacional 
del Plan Cóndor acaecida en Santiago de Chile. En esa cumbre en 1975, los representantes 
de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay acordaron la creación de una red secreta 
de cooperación transnacional para coordinar la persecución y eliminación de opositores 
políticos más allá de cualquier frontera en Suramérica, que llegó a llevar adelante operacio- 
nes hasta en Europa y Estados Unidos. Dicho aniversario nos invita a reflexionar sobre los 
avances logrados en desenredar los secretos que aun rodean el Cóndor y también sobre el 
papel de la justicia penal en sancionar a los responsables de los delitos de dicha coordina- 
ción represiva. 


En particular, en estos últimos cinco años, los tribunales de Argentina, Chile, Italia, y 
Uruguay han dictado ocho sentencias en las que se condenaron a 88 ex policías, militares, y 
civiles de Argentina, Uruguay, Bolivia, Perú, y Chile por violaciones de derechos humanos 
cometidas contra 145 víctimas en el marco del Plan Cóndor. Desde 2015, se acercaron a 
su conclusión tres juicios emblemáticos de larga data relativos al Cóndor. De hecho, en 
1999 varios sobrevivientes, familiares, activistas de derechos humanos y sus abogados ha- 
bían denunciado los delitos de la coordinación represiva en tres países: en Roma en junio, 
en Santiago en septiembre, y en Buenos Aires en noviembre. 


Después de casi 15 años de investigaciones, finalmente se llegó a la etapa de juicio 
y se dictaron sentencias de primera instancia y de apelación. En Argentina, el Tribunal 
Oral en lo Criminal Federal N* 1 de la Capital Federal condenó el 27 de mayo de 2016 a 
15 imputados — incluyendo al Coronel uruguayo Juan Manuel Cordero Piacentini y el ex 
dictador argentino Reynaldo Bignone — a penas de prisión entre 25 y 8 años y reconoció 
judicialmente que la Operación Cóndor había constituido una asociación ilícita transna- 
cional para cometer violaciones de derechos humanos.? Dicha sentencia fue confirmada en 
apelación en mayo de 2018. 


1. La preparación de este capítulo ha sido posible gracias al proyecto financiado por el programa de investiga- 


ción e innovación de la Unión Europea, Horizon 2020, en el marco del proyecto Marie SkMbdowska-Curie no. 
702004. 

2 Profesora. Centro Latinoamericano y Departamento de Desarrollo Internacional, Universidad de Oxford. 
Presidenta de Honor, Observatorio Luz Ibarburu. 

2 Lessa, Francesca. 2016. “Justicia sin fronteras: El juicio por el Plan Cóndor” En Derechos Humanos en el 
Uruguay: Informe 2016, Servicio Paz y Justicia. Montevideo, pp. 25-41. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


En Chile, el 21 de septiembre de 2018, el ministro en visita para causas por violaciones 
a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinosa, 
sancionó a 20 ex agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) a penas entre 17 
años y 3 meses de reclusión, condenando entre otros a figuras simbólicas de la DINA como 
Pedro Espinoza Bravo, Cristoph Georg Willeke Floel y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann.* 


Finalmente, en Roma, la Primera Corte de Asís de Apelación condenó en apelación el 
8 de julio de 2019 a24 policías, militares, y civiles de Uruguay, Bolivia, Perú, y Chile por los 
homicidios cometidos en contra de 18 ciudadanos italianos y de 20 uruguayos durante el 
Plan Cóndor, así revertiendo 18 de las 19 absoluciones determinadas en primera instancia 
en 2017.* La Corte de Casación fijo fecha de audiencia para el 24 de junio de 2021, para 
examinar los recursos presentados por los abogados de los imputados y de las partes civiles. 


En mi aporte al informe de SERPAJ de 2019 analicé de forma preliminar la senten- 
cia de apelación, ya que su texto completo se difundió solamente el 27 de diciembre de 
2019. En ese capítulo, relaté los antecedentes del juicio Cóndor en Roma, en particular 
su estrecha vinculación con la lucha contra la impunidad en el Uruguay, y subrayé como la 
sentencia italiana ponía en evidencia la situación de denegación de justicia que enfrentan 
los sobrevivientes y los familiares de las víctimas en el Uruguay. 


En este capítulo abordaré primero los puntos claves de los fundamentos de la sentencia 
de apelación de Roma, en particular el análisis hecho por los jueces encararon respecto a 
la responsabilidad de los mando medios e inferiores. En segundo lugar, reseñaré como los 
abogados del juicio evaluaron a los fundamentos, y por último remarcaré la importancia de 
dicho veredicto en términos de la lucha contra la impunidad a nivel global y en Uruguay. 


La sentencia de Apelación 


El 27 de diciembre de 2019, la Primera Corte de Asís de Apelación de Roma difundió 
los fundamentos de la sentencia de julio; los mismos se extienden por 121 paginas'. Vale 
la pena recordar aquí que los ocho jueces, compuestos por dos juezas profesionales y seis 
populares -por un total de seis mujeres- habían confirmado las condenas a cadena perpetua 
de seis imputados de Uruguay, Bolivia, Chile, y Perú ya considerados culpables en primera 
instancia. Además, los magistrados revirtieron 18 de las 19 absoluciones, así castigando con 


% “Operación Cóndor: Ministro Carroza condena a 20 exagentes de la DINA por homicidios y secuestros 


calificados” 21 de septiembre de 2018, https://www.pjud.cl/web/guest/noticias-del-poder-judicial/-/asset_ 
publisher/kKV6Vdm3zNEWt/content/operacion-condor-ministro-carroza-condena-a-20-exagentes-de-la- 
dina-por-homicidios-y-secuestros-calificados 

3 Lessa, Francesca. 2019. “El Juicio por la Operación Cóndor en Italia: Buscando verdad y justicia más allá 
de las fronteras.” En Derechos Humanos en el Uruguay: Informe 2019, Servicio Paz y Justicia. Montevideo, pp. 
19-31. 

6 — Losfundamentos de la sentencia en italiano se encuentran en esta pagina web de la ONG 24 marzo, http:// 
www.24marzo.it/index.php?module=pagemasterPAGE_user_op=view_pagexPAGE_id=578%MMN_ 
position=200:200 


la pena máxima de cadena perpetua a 12 imputados uruguayos (es decir Pedro Mato, José 
Gavazzo, José Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande, Ernesto Soca, Ernesto 
Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Jorge Troccoli y Juan Carlos Larcebeau), a cinco 
chilenos,” y un peruano.* El tribunal también ratificó la absolución de primera instancia del 
uruguayo Ricardo Chávez Domínguez. 


Los jueces de apelación se explayaron extensamente en los fundamentos al momento 
de explicar las razones por las que el tribunal había abordado de manera radicalmente dife- 
rente el asunto de la responsabilidad de los llamados mandos intermedios, es decir los im- 
putados que habían sido absueltos en primera instancia en enero 2017. En ese entonces, los 
jueces inferiores habían diferenciado marcadamente entre los autores intelectuales que te- 
nían roles de mando superior y que habían diseñado el Plan Cóndor, y los rangos inferiores. 


Sobre ese punto, los jueces de primera instancia habían afirmado que los jefes políticos 
y militares de los países del Cóndor tenían plena responsabilidad moral y material respecto 
a cada homicidio cometido, por haber planeado la represión transnacional y proveído los 
recursos necesarios para eliminar a los/as opositores/as políticos/as en el exilio. Por otro 
lado, el tribunal consideró que las investigaciones solamente habían identificado a los au- 
tores materiales de los secuestros y encarcelamientos clandestinos, pero no habían aclarado 
quienes habían participado directamente en los asesinatos. Según los jueces, los mando in- 
termedios habían llevado a cabo los secuestros ilegales, encerrado a las víctimas en prisiones 
clandestinas, y las habían interrogado bajo tortura, pero no consideraban plenamente pro- 
bado que les hubiesen dado muerte. En primera instancia, por lo tanto, el tribunal absolvió 
a esos 19 imputados, ya que el delito de secuestro, del que los consideraban culpables, ya 
había prescripto por el paso del tiempo. 


En apelación, los magistrados llevaron adelante una atenta revisión de toda la prueba 
recopilada, tanto en primera como segunda instancia, y señalaron como ellos no compar- 
tían las conclusiones de los jueces inferiores. Según el tribunal de apelación, los jueces de 
primera instancia habían omitido la consideración de una parte importante de la prueba, 
en particular “los perfiles personales de los imputados, las tareas desempeñadas en el perio- 
do bajo consideración y la articulación de los aparatos represivos en cada país que adhirió al 
Plan Cóndor””. En apelación consecuentemente los magistrados consideraron que: 


“El análisis realizado [en primera instancia), por lo tanto, había sido incompleto y las conclusiones 
alcanzadas no habían comprendido plenamente el significado de la prueba adquirida, tornándose 
apresuradas y contradictorias respecto a las correctas premisas expresadas”, 


Respecto al Cóndor, los magistrados resaltaron como dicha colaboración represiva 
transnacional había generado condiciones similares en toda América del Sur respecto a 


Pedro Espinoza, Daniel Aguirre, Carlos Luco, Orlando Moreno y Manuel Vásquez. 
Martín Martínez Garay. 
Página 26 del veredicto. 

10 Página 26. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


la represión política, y que las fuerzas armadas y de seguridad intercambiaban de manera 
cercana información de inteligencia y colaboraban al momento de detener a los opositores 
políticos. Así, esas prácticas de la coordinación represiva lograron que la salida al exilio 
en busca de un refugio en diferentes países del Cono Sur de América Latina se tornara 
totalmente infructuosa para los opositores políticos, “ya que el sistema de información y 
colaboración que existía entre los países miembros [del Cóndor] permitía controlar sus 


movimientos y llevar a cabo detenciones aun afuera de sus países de origen””!. 


Tomando distancia de la sentencia de primera instancia, los jueces de apelación remar- 
caron rotundamente cómo los agentes de los llamados mandos intermedios habían ejecu- 
tado las políticas de represión política “con pericia, determinación, y logrado resultados 
considerables en términos de los números de víctimas”. Los magistrados declararon que 
estos imputados definidos por los jueces inferiores como rangos intermedios estaban lejos, 
en realidad, de ser oficiales subalternos, ajenos a lo que estaba aconteciendo, sino que, al 
contrario, aunque operaban más abajo en la jerarquía respecto a los mandos militares y los 
jefes de estado, constituían sus más cercanos colaboradores, formando una elite estable e 
inmutable en su composición y revestían roles fundamentales en tareas de inteligencia y 
en las andamiajes de coordinación y represión de la subversión, disponiendo de autonomía 
decisional respecto de la organización de operaciones, instrumentos, personal y recursos 
económicos”. 


Además, los jueces analizaron en detalle la relación entre los autores intelectuales y los 
autores materiales de los delitos, resaltando cómo ambos realizaban de forma conjunta los 
objetivos de la coordinación represiva. Así aseveraron los magistrados italianos: 


“Por cierto, es razonable afirmar que los arquitectos del Plan Cóndor, una vez identificado el ob- 
jetivo a lograr, recurrieron, para su implementación, a personas de confianza que compartían 
sus intenciones y que podían materializar el objetivo por ellos teorizado y, ya que la actividad 
represiva había sido pensada a gran escala, su ejecución requería, necesariamente, autonomía en 
la elección de los tiempos, de los lugares de acción y de los blancos (siempre pertenecientes a grupos 
de oposición bajo la mira), amplitud de poderes, espíritu de iniciativa personal y capacidad de 
enfrentar imprevistos para asegurar el éxito de la operación que se basada, fundamentalmente, en 
la rapidez de las detenciones y tomando a las victimas desprevenidas””. 


Asimismo, el tribunal concluyó que los homicidios bajo consideración tenían que en- 
marcarse en la figura legal de “participación de varios individuos en un delito” (concorso di 
persone nel reato continuato)'*. Según los jueces, de hecho, todos los imputados, tanto los 
autores intelectuales como los autores materiales, que llevaron adelante las tareas indispen- 
sables de recopilar y analizar información de inteligencia, detener a los blancos, mantener- 


1 Página 97. 

2 Página 99. 

15 Página 100. 

14 Página 99. 

15 Páginas 104-105. 


los en los centros clandestinos de detención donde fueron torturados, habían contribuido 
a cumplir el objetivo final, es decir el asesinato de las víctimas. 


Los magistrados italianos consideraron que la detención en prisiones clandestinas 
representaba un paso obligado hacia el objetivo final del asesinato de las víctimas. Final- 
mente, el tribunal aclaró que la figura legal del concorso prevé diferentes modalidades de 
participación que no implican solamente la ejecución directa del delito, sino que también 
abarcan cualquier aporte, material o psicológico, que se brinda deliberadamente a todas o 
algunas de las fases de la ideación, organización o realización de la acción delictiva, y que 
estos actos sean vinculados en una relación causal objetiva y que cada autor sea consciente 
del enlace y de la finalidad entre estos actos. 


Reacciones al veredicto 


Los/as abogados/as y activistas de derechos humanos elogiaron el trabajo de los jueces 
de segunda instancia una vez después de leer los fundamentos de la sentencia. Por su parte, 
Jorge Ithurburu -presidente de la ONG italiana 24 marzo que patrocinó a todos los juicios 
por los delitos de la dictadura argentina en los tribunales de Roma- resaltó cómo el vere- 
dicto reconocía indudablemente la participación consciente de los imputados en el plan de 
eliminación de los opositores políticos!*, 


El abogado histórico de las causas de derechos humanos de Italia, Giancarlo Maniga, 
indicó de manera similar cómo los magistrados habían apreciado que todos los imputados 
habían sido cómplices de los asesinatos, más allá del papel exacto desempeñado por cada 
uno de ellos en el marco de las acciones coordinadas que habían llevado a los homicidios. 
No obstante sus rangos intermedios, esos oficiales habían consciente y voluntariamente 
ejecutado las funciones y tareas a ellos asignadas, así proporcionando aportes funcionales 
a cada acto criminal”. 


El abogado Andrea Speranzoni, que representaba a muchos familiares chilenos y uru- 
guayos, como a la República Oriental del Uruguay, celebró el trabajo de los jueces por su 
minuciosa y completa análisis de una serie de pruebas muy amplia que abarcaba a centena- 
res de testimonios orales brindados en primera instancia como a numerosos documentos 
de archivo. En particular, Speranzoni resaltó la importancia de que el tribunal de apelación 
hubiese incorporado en la etapa de apelación los archivos de la llamada “Computadora; 
del FUSNA de Uruguay, que había sido posible después de su hallazgo por el Grupo de 
Trabajo de Verdad y Justicia de Uruguay, y que brindaban información respecto a la perse- 
cución de los exiliados uruguayos en Argentina en 1977. Finalmente, además, el tribunal 
italiano valoró las sentencias penales dictaminadas en Uruguay en las que se habían conde- 


16 “Corte de Roma confirma condena a Troccoli y Gavazzo”, Radio Cooperativa, 7 de enero de 2020, https: // 


laradiocooperativa.uy/corte-de-roma-confirma-condena-a-trocoli-y-gavazzo/ 


17 Intercambio de correo electrónico con Giancarlo Maniga, 12 de enero de 2020. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


19 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


nado a partir de 2009 a muchos de los imputados acusados en Roma, como Gavazzo, Arab, 
Vázquez, y Larcebeau, y revisó atentamente todos los legajos personales de los oficiales mi- 
litares. 


El abogado Luca Ventrella, que representaba el estado italiano en el juicio, aplaudió a 
los magistrados de apelación por haber reconocido la autonomía decisional de los oficiales 
intermedios y la gravedad de los delitos políticos cometidos que habían afrontado a los de- 
rechos humanos más elementales de las víctimas.'* Anteriormente, Ventrella había afirma- 
do que los jueces de primera instancia habían faltado de “valentía jurídica” al momento de 
dictar su sentencia y que dichas absoluciones en 2017 constituían una aberración jurídica. 


Finalmente, Arturo Salerni subrayó la importancia del juicio desde una perspectiva 
histórica, ya que trajo a la luz un sinnúmero de historias jamás contadas de las víctimas de 
la represión política en Suramérica que, de otra forma, “hubieran quedado ocultadas en la 
obscuridad de las salas de torturas y hubieran constituido muertes sin culpables””. 


El juicio de Roma y la lucha contra la impunidad 


La sentencia dictada en Roma por los homicidios en el marco del Plan Cóndor repre- 
senta un paso fundamental en la lucha contra la impunidad tanto a nivel global como en 
Uruguay. Primero, el veredicto de los jueces italianos pone en relieve la importancia estraté- 
gica de los llamados “juicios en el exterior,” para avanzar en pos de verdad y justicia y superar 
aquellos impedimentos que obstruyen al acceso a la justicia por parte de las víctimas. 


Dichos juicios se tornaron especialmente valiosos en los años 1990s, cuando leyes de 
impunidad garantizaban la inacción más absoluta de los tribunales de todo el Cono Sur. 
Fue exactamente en ese contexto que seis mujeres que eran familiares de víctimas uruguayas 
y argentinas se presentaron a la Fiscalía de Roma el 9 de junio de 1999 para denunciar los 
asesinatos de sus seres queridos por el Plan Cóndor, acusando de forma directa al ex dicta- 
dor chileno Augusto Pinochet. Con el paso del tiempo, la investigación original en Roma 
se amplió, y de esas seis víctimas iniciales e un imputado se llegó a tener a 43 víctimas y 33 
acusados, cuando empezó el juicio de primera instancia en febrero de 2015”, 


Segundo, mientras que la gran mayoría de los juicios realizados en países europeos por 
delitos de lesa humanidad perpetrados en Suramérica en general comprenden apenas un 
punado de víctimas y de acusados, el juicio Cóndor de Italia se destaca sin duda por ser el 


18 


Conferencia “Análisis del Veredicto del Apelación del Juicio Cóndor”, Universidad Roma Tre, Roma, 6 de 
febrero de 2020, apuntes de la autora. 
12 Tbid. 
20 La causa empezó con los casos de cinco ítalo-uruguayos - Bernardo Arnone, Gerardo Gatti, Juan Pablo 
Recagno, Andres Humberto Bellizzi, Daniel Banfi -y el ítalo-argentino Lorenzo Viñas. Ver “Medidas caute- 
lares pedidas por el fiscal Dr. Giancarlo Capaldo en la causa No. 31079/05, 10 de julio de 2006, p.90, dis- 
ponible en http://www.24marzo.it/index.php?module=pagemaster£PAGE_user_op=view_pagex PAGE _ 
id=482%MMN_position=185:185 


juicio de mayor tamaño que se haya llevado a cabo hasta la fecha. Además, se dictaron penas 
máximas de cadena perpetua en contra tanto de los altos mandos civiles y militares al poder 
en esos años, como por ejemplo al ex canciller uruguayo Juan Carlos Blanco y el ex dictador 
boliviano Luis García Meza, y a los autores materiales de los delitos como los militares uru- 
guayos Jorge Troccoli y Pedro Mato Narbondo, quienes hasta 2019 habían logrado eludirse 
de la justicia, escapando de Uruguay al momento de ser imputados en diferentes causas. 


Tercero, la sanción de un veredicto tan rotundo por parte de los jueces italianos de- 
muestra manifiestamente cómo los delitos de lesa humanidad nunca prescriben y que, a 
pesar de los intentos de garantizar la impunidad de los responsables, existen magistrados 
y tribunales dispuestos a que se haga justicia más allá del paso del tiempo. La relevancia de 
esta sentencia por lo tanto transciende a Suramérica y constituye una señal a todas aque- 
llas personas que siguen cometiendo graves violaciones de derechos humanos y atrocidades 
masivas hoy en día. 


Desde la detención de Pinochet en Londres en octubre de 1998 a pedido de juez es- 
pañol Baltazar Garzón, hasta la reciente sentencia de Roma, los juicios en el exterior se han 
tornado una herramienta clave para aclarar algunas de las responsabilidades detrás de los 
delitos de lesa humanidad cometidos en Suramérica, como también para generar presión 
a nivel local en los países, para que los tribunales de Argentina, Chile, y Uruguay encaren 
ellos mismos el juzgamiento de estos graves crímenes. 


Los avances más contundentes en el Cono Sur se han logrado en Argentina y Chile. 
En Argentina, datos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad al 15 de sep- 
tiembre de 2020, indican cómo se han concluido 246 juicios penales por los delitos de la 
dictadura, en los que se han condenado a 997 personas y absueltos a 162; en total, 3.329 
personas están siendo investigadas en causas penales por esos crímenes en la Argentina.? 
Por otro lado, en Chile, hasta julio de 2020, se habían dictado 476 sentencias en causas de 
delitos de lesa humanidad, 76 en causas civiles y 400 en causas penales”. En diciembre de 
2018, unas 2.837 personas ya habían sido condenadas en primera instancia”, 


En comparación, los avances logrados en Uruguay son mucho más escasos. Según la 
base de datos sobre los juicios penales del Observatorio Luz Ibarburu, a junio de 2020, exis- 
ten 216 denuncias penales activas en los tribunales uruguayos, mientras que 102 fueron 
archivadas. De estas denuncias activas, 156 causas, es decir el 72%, se encuentran aún en la 


2 “Argentina llega a las casi mil personas condenadas por haber cometido delitos de lesa humanidad durante 


el terrorismo de Estado,” Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, 18 de septiembre de 2020, https: // 
www.fiscales.gob.ar/lesa- humanidad /argentina-llega-a-las-casi-mil-personas-condenadas-por-haber-cometi- 
do-delitos-de-lesa-humanidad-durante-el-terrorismo-de-estado/ 

2 Dados brindados por Boris Hau, Investigador del Observatorio Justicia Transicional Universidad Diego 
Portales, 13 de julio de 2020. 

22 “Corte Suprema ha dictado 447 sentencias por violaciones a los derechos humanos entre 2002 y 20187 
17 de enero de 2019, https://www.codepu.cl/corte-suprema-ha-dictado-447 -sentencias-por-violaciones-a- 


los-derechos-humanos-entre-2002-y-2018/ 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


etapa de presumario; el 19%, 42 causas, ha sido acumulada a otra, mientras que solamente 
2 están en etapa de sumario.?* Se han dictado sentencias de condena únicamente en 15 can- 
sas, que corresponden al 7% del total: entonces el 93% de las denuncias quedan todavía 
impunes. Hasta junio de 2020, el Observatorio Luz Ibarburu había contabilizado un total 
de 37 personas procesadas o condenadas, incluyendo aquellos que ya habían cumplido su 
condena y a los fallecidos”. 


Algunas de estas denuncias penales sin resolución judicial fueron presentadas en Uru- 
guay en febrero y abril de 1984, cuando el país se encontraba aún bajo dictadura. A más de 
35 años, los tribunales del país no han resuelto dichas causas, constituyendo una situación 
de denegación de justicia para las víctimas y sus familiares. En este sentido, Uruguay pronto 
tendrá que rendir cuentas por segunda vez frente a la Corte Interamericana de Derechos 
Humanos en el caso Diana Maidanik y otros, que fue presentado por la Comisión Intera- 
mericana en mayo de 2020. La Comisión consideró que Uruguay violó el plazo razonable 
en la investigación dado que, a más de 40 años de ocurridos, los hechos del caso continúan 
en la impunidad y que Uruguay es además responsable por la violación al derecho a la inte- 
gridad personal de los familiares como resultado del dolor, angustia e incertidumbre causa- 
dos por las graves violaciones y la larga búsqueda de justicia? 


Conclusión 


A 35 años de la transición democrática, el escenario de denegación de justicia para las 
víctimas de los delitos de lesa humanidad de la dictadura de Uruguay demuestra cómo el 
país aún está lejos de desarrollar e implementar políticas publicas satisfactorias y exitosas 
respecto a la búsqueda de justicia por las graves violaciones de derechos humanos. 


La ausencia de un papel proactivo del Estado ya había sido señalada por el entonces 
Relator de Naciones Unidas Pablo De GreiX después de su visita en 2013 y por la Comi- 
sionada Antonia Urrejola, Encargada de la Unidad sobre Memoria, Verdad y Justicia de la 
CIDH quien apuntó en su visita de 2019 cómo Uruguay seguía teniendo una deuda con 
todas las víctimas, que era independiente de los gobiernos de turno y que alcanzaba a los 
tres poderes del estado”. 


El cambio de gobierno el 1% de marzo de 2020 con la inauguración del Presidente Luis 
Lacalle Pou que encabeza una coalición de centro-derecha, en la que participa el partido 
pro-militar y anti-derechos Cabildo Abierto, genera mucha preocupación en el campo de 


24 Ver referencia 4micus Curiae. 


2 Información proporcionada por email por el Observatorio Luz Ibarburu, 24 de junio de 2020. 


26 Comunicado de Prensa 122/2020, “CIDH presenta caso sobre Uruguay ante la Corte Interamericana; 28 


de mayo 2020, http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/122.asp 
27 “CIDH: situación más grave para DDHH en Uruguay es la impunidad, 29 de mayo de 2019, https: // 
www.sudestada.com.uy/articleld__525b095e-9d45-4dc8-9£91-914ca9622fab/10893/Detalle-de-Noticia 


los derechos humanos y justicia transicional, y se vislumbra ya la posibilidad de graves re- 
trocesos. 


Algunos ejemplos de acontecimientos de los últimos meses de 2020 ilustran la grave- 
dad de la situación en este sentido. En junio, el Ministro de Defensa Javier García cuestionó 
al procesamiento dictado por la justicia de un soldado que había asesinado a un militante 
tupamaro en 1972; dicho cuestionamiento representa un peligroso ataque a la indepen- 
dencia del poder judicial por parte del ejecutivo”. Pocas semanas después, el juez letrado 
de Maldonado de 10? Turno Ruben Etcheverry decidió archivar las actuaciones en contra 
de dos acusados por privaciones de libertad y abuso de autoridad en contra de detenidos 
en el Batallón de Ingenieros de Combate 4 de Laguna del Sauce entre 1974 y 1976, por 
considerar que los delitos ya prescribieron. Dicha postura, que explícitamente desconoció 
además la aplicabilidad de la sentencia de la Corte IDH, Gelman v. Uruguay de 2011, va 
en contra de los avances del derecho internacional de los derechos humanos; la Fiscalía 
Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, a cargo del fiscal Ricardo Perciballe apeló 
dicha resolución judicial”. 


En agosto, el senador y líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, presentó en el 
Parlamento un proyecto de ley que busca reinstalar la Ley de Caducidad, hecho que cons- 
tituiría un retroceso irreparable para el país”. Finalmente, en octubre, la organización em- 
blemática de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos denunció ante 
Delitos Informáticos una campaña de difamación, que ataca tantos a varios de los integran- 
tes de la agrupación como también sus familiares detenidos desaparecidos”. Los ejemplos 
citados, a los cuales se podrían sumar muchos más, indican claramente cómo no solamente 
están lejos de implementarse políticas publicas respecto al pasado reciente en el país, sino 
que los avance logrados en los últimos 10 años, como la derogación de la Ley de Caducidad 
en 2011 y la creación de la Fiscalía Especializada en 2018, están siendo atacados. En parti- 
cular, la propuesta de reinstalar la Ley de Caducidad pondría al Uruguay en un estatus de 
paría a nivel regional, ya que la jurisprudencia que condena la sanción de amnistías y otros 
instrumentos legales que bloqueen las investigación sobre violaciones de derechos huma- 
nos, está consolidada ampliamente. 


2  Savier García manifestó su “preocupación” y la del presidente por el procesamiento del soldado que mató 


a Nelson Berreta”, La Diaria, 11 de junio de 2020. 
2  “Perciballe apeló fallo judicial que consideró prescriptos delitos cometidos en dictadura” 30 de junio de 
2020, https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Perciballe-apelo-fallo-judicial-que-considero-prescriptos- 
delitos-cometidos-en-dictadura-uc757201 

30 “Manini Ríos presentó el proyecto de ley que busca “reinstalar” la ley de Caducidad”, 4 de Agosto de 2020, 
https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Manini-Rios-presento-el-proyecto-de-ley-que-busca-reinstalar-la- 
ley-de-caducidad-uc760561 

31 “Familiares denunció campaña de difamación y mentiras”, Caras y Caretas, 13 octubre de 2020, https: // 


www.carasycaretas.com.uy/familiares-denuncio-campana-campana-de-difamacion-y-mentiras/ 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


A este panorama de parálisis de los juicios, conservadurismo judicial, como también 
campañas de odio y episodios de amenazas en Uruguay, se opone la sentencia en Roma, que 
marca un claro camino hacia la persecución penal de los delitos de lesa humanidad, que no 
están sujetos a ningún tipo de prescripción ni de caducidad. 


Faltan gatos y faltan datos: sobre las luchas contra 
la impunidad y el acceso a datos en causas de lesa 
humanidad 


Rodrigo Barbano! | Mariana Risso? 


“Mire, no tengo más remedio que sugerirte de corazón 
que no sigas con esta información. 

Y bueno, pero si querés, agarrá de vuelta la canción, 
y dale suave, suavecito, suavetón, 


» 


hay que tener equilibrio, madurez... 
Jorge Lazaroff: “Faltan gatos” 


3 


En este artículo se abordan características de la persecución penal de los crímenes de 
lesa humanidad en nuestro país, en relación a las dificultades para el acceso y sistematiza- 
ción de datos sobre causas judiciales. 


Las dificultades de acceso a la información se agrega como un problema a la opacidad, 
lentitud y prolongación de los procesos que, durante décadas, han acumulado trabas nor- 
mativas, burocráticas y políticas. 


Se entiende que es un desafío para las organizaciones sociales que luchan contra la 
impunidad acceder a información organizada y disponible, así como generar competencias 
en el desarrollo de herramientas de sistematización y difusión. 


Se proponen algunos conceptos, desde el enfoque de la justicia transicional como 
aportes para el análisis. 


La falta de acceso a datos como un problema en la lucha contra la impunidad 


El acceso a la información sobre las gestiones de los Estados referida a los temas de su 
competencia es fundamental para que la ciudadanía pueda interpelar, fiscalizar y conocer 
su funcionamiento. El Estado uruguayo ha hecho esfuerzos principalmente en los últimos 
10 años para que sus distintas entidades dieran cuenta de su funcionamiento, aportando 
transparencia frente a la opacidad con que algunas dinámicas se desarrollaban y en muchos 
casos lo siguen haciendo. 


1 Programador, integrante de Sitios de Memoria — Uruguay. 
8 8 guay. 


2 Psicóloga, integrante de Sitios de memoria — Uruguay. 
8 8 guay. 


3 Fragmento del tema “Faltan gatos” del disco de Jorge LazaroX: “Tangatos”, Montevideo 1985. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Es así, que en el año 2010 se reglamentó la Ley 18.381 de acceso a la información 
pública (aprobada dos años antes), la cual trató de garantizar a la prensa, las organizaciones 
sociales y a la ciudadanía en general “el derecho fundamental de las personas al acceso a la 
información pública”%, 


Otro esfuerzo a nivel de transparencia fue el desarrollo del portal web estatal “Catálo- 
go de Datos Abiertos”, el cual se creó para organizar la información que las distintas áreas 
estatales (así como provenientes de organizaciones sociales), iban publicando, de modo 
que los datos liberados” pudieran ser de fácil acceso. 


En octubre de 2020, este catálogo contaba con 2.285 conjuntos de datos, producidos 
por decenas de entidades estatales, entre las que destaca en cantidad, el Ministerio de Desa- 
rrollo Social (MIDES) con más de la mitad de los conjuntos disponibles en el portal, segui- 
do por la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM), el Correo Uruguayo, la Oficina 
de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Administración Nacional de Combustibles Alcohol 
y Pórtland (ANCAP), Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del 
Conocimiento (AGESIC) y el Banco Central del Uruguay (BCU), cada uno con más de 
20 conjuntos. Estos conjuntos de datos abordan los más variados temas, desde multas de 
tránsito de la comuna capitalina, las licitaciones y compras hechas por el Correo, pasando 
por la superficie del Uruguay cubierta por pastizales naturales (praderas) y el calendario de 
reuniones ordinarias y extraordinarias del directorio del BCU. 


Sin dudas estos y otros datos contenidos en el portal son relevantes para que la ciudadanía 
tenga las herramientas para informarse, fiscalizar y también incidir sobre las políticas públicas. 


Pero también cabe preguntarse sobre el acceso que se tiene actualmente a los datos de 
causas judiciales vinculadas a crímenes de lesa humanidad en el período de actuación ilegí- 


tima del Estado (1968-1973) y de terrorismo de Estado (1973-1985). 


Una búsqueda en el catálogo mencionado nos devuelve 9 registros aportados por el 
Poder Judicial, relacionados a personas privadas de libertad, tablas con datos sobre causas 
penales de los años 2016 y 2017 y causas relacionadas con adolescentes en juzgados de 
Montevideo en el año 2016, entre otras'. 


Ninguno de estos sets de datos contiene información referida a las causas de lesa hu- 
manidad mencionadas, ni tampoco las mismas pueden ser accedidas en el sistema de bús- 
queda de expedientes judiciales que brinda el poder Judicial en su página, ya que el mismo 
no contiene procesos de juzgados penales (con excepción de los ubicados en Rio Branco y 


San Carlos)”. 


https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18381-2008 
https://catalogodatos.gub.uy/ 


X A Mom 


https://catalogodatos.gub.uy/dataset?_organization_limit=08organization=suprema-corte-de-justicia 


http://www.expedientes.poderjudicial.gub.uy/ListaSedes.php 


Cabe aclarar que no toda la información judicial (sobre todo de causas en curso) de- 
bería estar disponible debido al secreto de presumario, y las consideraciones de protección 
de datos personales pero, al igual que ya se hace con la liberación de información referida 
a causas de adolescentes, podría brindarse información estadística, sin incluir los nombres 
de imputados ni las víctimas. 


Es un aspecto muy significativo en relación a las formas de construcción de la visibi- 
lidad de la persecución penal que, estén disponibles de forma abierta los datos referidos 
a sentencias sobre adolescentes, conteniendo el delito imputado, la edad y el sexo de la 
persona, la fecha de la sentencia y la pena impuesta, y se carezca de tal información referida 
a los violadores de los derechos humanos que han sido imputados, juzgados y condenados 
en los últimos 15 años, 


Ante esta carencia de datos e información (que no solo abarca a información estadís- 
tica, si no que se extiende al acceso a sentencias de procesamiento y condena), ha corrido 
por cuenta de las organizaciones interesadas en la temática la sistematización, organización 
y divulgación de estos datos. 


El proyecto “Sitios de memoria — Uruguay” viene desarrollando desde fines del 2019 
un esfuerzo para acceder y presentar información actualizada sobre causas judiciales, vin- 
culadas a los sitios donde ocurrieron los crímenes, a víctimas y a los represores procesados 
y/o condenados. Esta sistematización se lleva a cabo en el entendido que la información es 
un aspecto central en las luchas por memoria, verdad y justicia, como herramienta eficaz de 
difusión y también de acción política sobre la realidad. 


Se organizó un listado de represores imputados y condenados por crímenes de lesa 
humanidad, dando cuenta de aquellos que tienen sentencia de procesamiento y condena 
por la justicia, se incluye algunos que se encuentran prófugos y cuya situación es de cono- 
cimiento público. Se ilustró con gráficos e infografías la situación actualizada, en una base 
cronológica, que permite ver la evolución de causas, sentencias de procesamiento, condena, 
revocaciones, etc., destacando algunos hitos judiciales ocurridos en los 35 años de la recu- 
peración de la institucionalidad democrática (1985 -2020). 


Luego de procesar la información de las causas judiciales, se han podido generar esta- 
dísticas referidas a sentencias y procesamientos, así como los represores imputados en ellas. 
Para ese trabajo se utilizó información generada por el Observatorio Luz Ibarburu y por el 
proyecto Sitios de Memoria - Uruguay. 


Se presentan a continuación, algunas de las gráficas realizadas para sistematizar los da- 
tos de persecución penal de crímenes de lesa humanidad”. Es importante aclarar que dado 
a que no son datos oficiales y por las dificultades planteadas previamente respecto al acceso 
a la información, puede haber alguna inexactitud o error. 


$ https://catalogodatos.gub.uy/dataset/suprema-corte-de-justicia-adolescentes-montevideo-2016/ 


resource/84e0ae27-e2dc-4172-4295-16b459fee6b 


? — https://sitiosdememoria.uy/graficas-sobre-causas 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


27 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Gráfica 1 - Cantidad de represores procesados/ formalizados y condenados por año. 


14 


12 


B 

| 

l. As 
o O 


2002 2003 2004 2005 2006 2007 2009 2009 2010 2011 2 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 


3 


> 


1 Condenados IM Procesados y formalizados 


En esta gráfica se muestra la cantidad de represores procesados y formalizados (barras 
azules) y condenados (barras naranja) por año por delitos de lesa humanidad. Se excluye- 
ron aquellas sentencias de procesamiento y/o condenas que fueron revocadas así como las 
realizadas en juicios en el extranjero. 


El primer procesamiento, del año 2002, fue el de Juan Carlos Blanco, canciller de la 
dictadura, por su actuación en el secuestro y desaparición de Elena Quinteros. 


A octubre de 2020, habían recibido sentencias de procesamiento por crímenes de lesa 
humanidad 36 represores al menos una vez, 3 de ellos fueron formalizados según el nuevo 
código penal por la causa del ex centro clandestino de detención y tortura “Los Vagones” 
(departamento de Canelones) en diciembre del 2019. 


Gráfica 2- Sentencias de condenas, procesamientos y/o formalizaciones. 


Ml [Ml ll á El 


Z0z 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Z015 2016 z017 2018 2019 2020 


IM Condenas 1 Procesamientos y tormalizaciones 


Esta segunda gráfica muestra la cantidad de fallos judiciales (condenas, procesamien- 
tos y formalizaciones) por año, excluyendo los procesamientos y condenas que fueron re- 
vocados con posterioridad. Se excluyen también en este gráfico, las condenas emitidas fuera 
del Uruguay, como los juicios del Plan Cóndor en Italia y en Argentina. 


A octubre de 2020 se han emitido 15 sentencias de condena en Uruguay a lo que de- 
ben agregarse 2 en el exterior por crímenes de lesa humanidad vinculados al Plan Cóndor. 


Gráfica 3. Represores procesados que posteriormente fueron absueltos 


145 


10-| =] 








ol | MAA MA 3 MA 


2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 201 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 


Im Procesados que fueron absueltos Procesados y formalizados 


Esta gráfica presenta la cantidad de represores procesados y formalizados por año, dife- 
renciando en naranja aquellos que posteriormente fueron absueltos. Entre los años 2010 y 
2015 fueron procesadas 5 personas por delitos de lesa humanidad que fueron absueltas en 
instancias posteriores, como el Tribunal de Apelaciones. No obstante, dos de los absueltos 
por revocación de sentencia (el coronel retirado de la Fuerza Aérea, Enrique Ribero Ugar- 
temendia y el teniente coronel retirado José Nino Gavazzo del Ejército) ya contaban con 
procesamientos y/o condenas previas. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Gráfica 4. Cantidad de represores procesados/ formalizados por año, discriminando aquellos que lo 
fueron por primera vez. 


o 


4 
¡ El 
. Mi l [| E A 

2008 2009 2010 2011 20 


2002 2003 2004 2005 2006 2007 12 2013 2014 2015 2016 201 2018 2019 2020 


Formalizados por primera vez MProcesedos que ya estaban procesados E Procesados por primera vez 


En esta gráfica se representa la cantidad de represores procesados y formalizados por 
primera vez o con procesamientos previos. 


En el año 2006, 2011 y 2014 se procesaron a represores que ya habían tenido proce- 
samientos previos. En el año 2011, en el cual la causa por el secuestro y la desaparición de 
la ciudadana argentina Ma. Claudia García Iruretagoyena, se procesó a 5 represores vincu- 
lados al Servicio de Información de Defensa que ya habían sido procesados en el año 2006 


por secuestros y desapariciones en Argentina en el marco de la coordinación represiva del 
Plan Cóndor. 


La profesionalización de la tarea de persecución penal de indagados por crímenes de 
lesa humanidad con el establecimiento de la Fiscalía Especializada, se visualiza como en 
2019 y 2020 se efectivizan fallos que alcanzan a represores que se habían mantenido im- 
punes, ya que como se aprecia, todos los procesados y formalizados lo son por primera vez. 


Un ejemplo es la formalización el 29 de noviembre de 2019 por torturas a militantes 
a 3 ex policías del departamento de Canelones, Hugo Guillén, Winston Vitale y Alejan- 
dro Ferreira! integrantes del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas 


(OCOA). 


10 Formalización en la causa patrocinada por el Observatorio Luz Ibarburu, véase completa en https: //sitios- 


dememoria.uy/sites/default/files/2020-07 /sentencia-procesamiento-vagones.pdf 

Sobre la finalización de la redacción de este artículo, se hizo pública la noticia del suicidio del represor 
Hugo Guillén el 24/10/20. Ese ex policía contaba con el beneficio de la prisión domiciliaria y es el tercer re- 
presor que ante la perspectiva de un procesamiento o una condena se suicida, sumándose a Rodríguez Buratti 


(2006) y Pedro Barneix (2015). 


Gráfico 5. Cantidad de represores condenados por año, discriminado si fue por primera vez o reiteran 
condena. 





i | | a MN 
2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 


1 Condenados mas de una vez 1 Condenados Por primera vez 


1 


En el año 2009 se dictó la primera sentencia de condena por delitos de lesa humani- 
dad, en esta gráfica se muestra la cantidad de represores condenados por año, discriminado 
cuántos fueron sentenciados por primera vez y cuántos reiteran condena. Se excluyen las 
condenas emitidas fuera del Uruguay, como los juicios del Plan Cóndor en Roma y Argen- 
tina. En los años 2011, 2017 y 2020 se visualizan sentencias de condenas de personas que 
ya habían sido condenadas con anterioridad. 


A octubre de 2020 hay 22 personas que han recibido condena por crímenes de lesa hu- 
manidad al menos una vez en Uruguay, y 3 personas que han recibido condena por críme- 
nes de lesa humanidad en el extranjero que no habían sido condenados en Uruguay (Ma- 
nuel Cordero, Jorge “Troccoli y Pedro Matto Narbondo). Matto Narbondo, elude desde 
hace años a la justicia uruguaya que no sentencia en ausencia y se conoce que se encuentra 
prófugo en Brasil en Santa Ana do Livramento (localidad cercana a la ciudad de Rivera). 
En 2019 fue condenado en ausencia en Italia (juicio al Plan Cóndor) a cadena perpetua. 


Transitar la (in) justicia 


A partir de los datos es posible tener un panorama más claro sobre etapas y los resul- 
tados de las políticas de persecución penal de los crímenes de lesa humanidad. Los resul- 
tados de la sistematización de la información dan cuenta de las dificultades y obstáculos al 
accionar de la justicia, como resultante de las disputas políticas desde la recuperación de la 
institucionalidad democrática. 


Los bajos resultados en cuanto a investigación penal, la persistencia de víctimas y or- 
ganizaciones en reclamar y denunciar la responsabilidad del Estado en desarrollar políticas 
públicas que avancen sobre la impunidad, sigue siendo una agenda necesaria. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Organizar la información aporta al análisis y a la conceptualización de los distintos 
momentos en que, desde el concepto de justicia transicional, es posible pensar el presente 
de este tema. 


El investigador y docente de Derecho Penal, Pablo Galain Palermo en su artículo “La 
justicia de transición en Uruguay: un conflicto sin resolución” (2011)'! plantea que fue 
recién en el año 2005, que se inició la persecución penal de los crímenes de lesa humanidad. 
En su análisis señaló distintos períodos para entender los procesos de acceso a la justicia. 
Un primer período que denominó de “Impunidad absoluta” (1985 y 2000), un segundo 
período o “Modelo de reconciliación” se estableció durante el gobierno de Jorge Batlle y la 
formación de la Comisión para la Paz (2000 a 2005) y, recién el tercer período que iniciaría 
en el año 2005 sería el de “Persecución penal”. El hito, señalado por el autor, que la determi- 
naría fue la expresión pública, del presidente electo Tabaré Vázquez que daría cumplimien- 


to al artículo 4% de la Ley de Caducidad. 


El 18 de octubre del año 2002, en plena crisis económica, ocurrió el primer quiebre de 
esa impunidad jurídica absoluta cuando fue procesado, por el juez Eduardo Cavalli, el ex 
canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco Estradé, acusado de complicidad en el secues- 
tro y desaparición de la maestra Elena Quinteros en el año 1976”. El ex canciller Blanco, al 
ser civil, no estaba incluido en la protección que brindaba la Ley de impunidad a represores 
policiales, militares y asimilados”. 


Visualizar gráficamente este procesamiento (gráficas 1 a 4) hace que aparezca la ba- 
rra correspondiente a ese fallo judicial como el primer punto entre espacios de impunidad 
previa y posterior (hasta el año 2005). La imagen otorga contundencia a los datos y a la 
complejidad que los mismos encierran. 


Más allá de las circunstancias de ese procesamiento y del desarrollo de la investigación 
judicial que finalizó con la sentencia de condena en 2010, ese primer pronunciamiento 
judicial fue extremadamente significativo y además de las consecuencias jurídicas tuvo un 
fuerte impacto simbólico y político. 


11 


Galain Palermo, P. (2011) Revista de Derecho Penal y Criminología, 3.a Época, n%6 págs. 221-270 véase 
en https: //sitiosdememoria.uy/sites/default/files/2020-04/justicia-de-transicion-pablo-galain-palermo.pdf 
12. Elena Quinteros, maestra de 31 años militante del Partido por la Victoria del Pueblo fue secuestrada y 
torturada en dependencias militares. El 28 de junio de 1976 engaña a sus captores y logra ingresar pidiendo 
asilo político a la embajada de Venezuela en Montevideo. Los represores agreden a funcionarios y vuelven a 
secuestrarla. Permanece desde entonces desaparecida. Las actuaciones cómplices del Ministerio de Relaciones 
Exteriores de la dictadura, encabezado por Juan Carlos Blanco, constituyen un extenso y trágico prontuario del 
encubrimiento. Los textos completos del procesamiento del 2002 y la sentencia de condena pueden verse en 
https: //sitiosdememoria.uy/sites/default/files/2020-07/14142003.pdf 
1 Texto completo de la ley 15.848 de 1986 véase en https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/le- 
ytemp5249633.htm 


Con todas las “garantías” de la ley de impunidad (2005 al 2011) 


En el año 2005 no ocurrió ningún procesamiento pero el primer gobierno del Frente 
Amplio comenzó a promover acciones que habían sido omitidas en todos los años anterio- 
res. 


En junio de ese mismo año se creó el Grupo de Investigación en Antropología Forense 
(GIAF) a partir de un convenio entre Presidencia y la Universidad de la República y cin- 
co meses después, se ubicaron en un predio perteneciente a la Fuerza Aérea, los restos de 
Ubagesner Chaves Sosa, obrero militante del Partido Comunista, detenido desaparecido 


en 1976. 


La confirmación material de la existencia de enterramientos en zonas bajo control mi- 
litar, que sistemáticamente fue negado por los gobiernos del Partido Colorado y el Partido 
Nacional, desarticuló un aspecto fundamental del discurso negacioncita y reduccionista, 
sostenido por los líderes de ambos partidos. 


En el año 2006 hubo 4 procesamientos de represores principalmente vinculados a ac- 
ciones en el marco del Plan Cóndor. El 11 de setiembre de ese año se procesó a Ernesto 
Soca Prado, ex agente del Servicio de Información y Defensa (SID) por su participación 
en el secuestro y desaparición de 28 personas. Los crímenes se cometieron en Argentina y 
Uruguay en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor. 


En esa misma fecha también se procesó a otro grupo de represores responsable del SID 
que actuaron en el marco del Cóndor: Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Nino Gavazzo, 
Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Se les 
procesó con prisión preventiva por un delito de privación de libertad al que se agregó un 
delito de asociación para delinquir. En la indagatoria se mencionan decenas de víctimas, 
sin embargo la única considerada en esta instancia fue el secuestro y desaparición forzada 
de Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de 
Caducidad que seguía vigente. 


El 16 de noviembre se procesó al ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco ya 
procesado en 2002 por otro crimen y al dictador Juan María Bordaberry. Ambos fueron 
reconocidos como coautores de los homicidios muy especialmente agravados de los dipu- 
tados Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y del matrimonio de William Whitelaw 
y Rosario Barredo. El secuestro y asesinato de estas cuatro personas ocurrieron en Buenos 
Aires en mayo de 1976. 


El 20 de diciembre se procesó también al ex dictador Juan María Bordaberry por 10 
delitos de homicidio especialmente agravado, las víctimas fueron secuestradas y desapare- 
cidas en Uruguay durante su gobierno dictatorial (1973 -1976)", 


14 Víctimas: José Arpino Vega, Eduardo Pérez Silveira, Luis Eduardo González, Juan Manuel Bricba, Fernan- 


do Miranda Pérez, Carlos Pablo Arévalo Arispe, Julio Gerardo Correa Rodríguez, Otermín Laureano Montes 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Esta cantidad de represores procesados es visualmente destacable en las gráficas 1, 3 y 
4 y puede apreciarse como un hito relevante a nivel cuantitativo. Como también se aprecia 
en esas gráficas, hasta octubre del 2020 esa cantidad de represores procesados por año no 


ha sido igualada. 


Ese año se produjo un cambio legal y de tipificación criminal significativo, se aprobó 
la ley 18.026 que tipificó el delito de tortura y el de desaparición forzada de personas. Si 
bien la aplicación de la ley no es retroactiva, por lo que no se aplica a los crímenes de lesa 
humanidad, es destacable que estos delitos se incorporaron muy tardíamente en el código 
penal uruguayo. Por ese motivo las tipificaciones de los procesamientos y condenas a ex 
represores se encuentran comprendidos con la terminología aplicada a delitos comunes 
como “lesiones”, “privación de libertad”, “abuso de autoridad contra los detenidos”, “secues- 
tro”, homicidio”, etc. 


La pretensión punitiva del Estado (2011 - 2020) 


En marzo de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitió 
un fallo condenando al Estado uruguayo en el caso Gelmán contra Uruguay. La demanda 
la presentó en 2006 Macarena Gelman, por la falta de investigación del secuestro y desa- 
parición de su madre María Claudia Irureta Goyena”. En esa sentencia la Corte afirmó la 
incompatibilidad de la Ley de Caducidad con la Corte Americana y la misma CIDH. 


Ese mismo año, ante la posibilidad de la prescripción de los crímenes de lesa humani- 
dad del terrorismo de Estado, dada la vigencia de las restricciones inconstitucionales que 
imponía la ley de Caducidad, se incrementó la movilización social y las iniciativas de dis- 
tintos grupos de víctimas y militantes de derechos humanos. 


Se realizaron distintas movilizaciones en que se promovieron las denuncias de delitos 
de tortura y violencia sexual por parte de sobrevivientes. Si bien estos crímenes estaban 
ampliamente documentados en investigaciones, testimonios, publicaciones periodísticas, 
etc., recién cobraron protagonismo luego de 25 años de recuperada la institucionalidad de- 
mocrática. La ley 15.848 “De caducidad de la pretensión punitiva del Estado” en los hechos 
funcionó como una amnistía general para los criminales de lesa humanidad e impuso una 
lógica que obturó las denuncias judiciales, salvo aquellas del estrecho margen que posibilitó 
en su artículo 4to. 


En el parlamento nacional, a pesar de la oposición sostenida por los partidos Nacional 
y Colorado, así como de confrontaciones en la interna del Frente Amplio, se presentó y 


de Oca Domenech, Horacio Gelós Bonilla, y Ubagesner Chaves Sosa. A la fecha del procesamiento se habían 
recuperado de predios militares los restos de Ubagesner Chaves y Fernando Miranda. 
15 


CIDH Sentencia Gelman vs Uruguay (2011) véase completa en https: //www.corteidh.or.cr/CF/jurispru- 
dencia2/ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=345 


aprobó, con la totalidad de los votos de esa fuerza política, la ley La ley 18.831*% Esa norma 
fue promulgada el 27 de octubre de 2011 y declaró la imprescriptibilidad de los delitos de 
lesa humanidad. Su capítulo primero determinó el restablecimiento de la pretensión puni- 
tiva del Estado “para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado”. 


Los debates sobre las denuncias de los crímenes de lesa humanidad y de sus respon- 
sables impunes, se profundizó en el 2011 con una activa y heterogénea participación de 
grupos de militantes sociales, víctimas y de denunciantes. Estos colectivos con sus acciones, 
cuestionaron la hegemonía de discursos y liderazgos dentro de la propia izquierda política, 
removiendo las estructuras que, desde la post dictadura, tenían la iniciativa en el campo de 
las denuncias judiciales. 


El 15 y 28 de octubre se realizaron dos jornadas ciudadanas para denunciar crímenes 
de lesa humanidad, en las que participaron más de 150 personas de Montevideo, Canelo- 
nes, Maldonado y Tacuarembó”. En la convocatoria a participar de esas jornadas se expre- 
saba: 


“Nos proponemos articular una denuncia masiva de delitos de lesa humanidad: robo de niños y ni- 
ñas, desapariciones forzadas, asesinatos políticos, secuestros, torturas, violaciones. En nuestro país 
la enorme suma de personas que como víctimas o como familiares directos han sufrido estos críme- 
nes en el marco del terrorismo de Estado no condice con el escaso número de denuncias efectuadas 
a la fecha. Las dificultades que la impunidad nos plantea ha implicado entre tantos perjuicios el 
desestimulo al derecho de presentar querella.” (Alonso y Risso:2015: 11)', 


Por otra parte, el 25 de octubre, un colectivo de 28 ex presas políticas presentaron una 
denuncia colectiva por violencia sexual, denunciando más de cien represores y represoras. 
Fue la primera vez que este crimen se expresaba públicamente y se vinculaba a las reivindi- 
caciones feministas. 


El 10 de octubre de 2012 con la participación y apoyo de una red de organizaciones de 
derechos humanos y a iniciativa de la central sindical, se creó el Observatorio Luz Ibarburu 
(OLD), con el cometido de sistematizar y monitorear las causas de lesa humanidad, gene- 
rando informes y estadísticas de seguimiento. 


En su labor el OLI reunió información dispersa sobre causas presentadas en diferen- 
tes sedes judiciales, realizando una primera importante sistematización del estado de las 
mismas. Asimismo han realizado un diagnóstico de las persistentes dilaciones y dificulta- 
des para la persecución penal de los imputados por delitos de lesa humanidad, adoptando 


16 


Ley 18.831 Véase completa en https: / /legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp1687961.htm 
17 Alonso, J. y Risso, M (2015) “Una acción contra el silencio. Nuevas formas de denuncia de delitos de lesa 
humanidad en Uruguay. Una reflexión a partir de octubre 2011”. Véase en https: //www.X uce.edu.uy/index. 
php/ciencias-historicas/departamento-de-historia-americana/publicaciones/6987-alonso-jimena-y-risso- 
mariana-2015-una-accion-contra-el-silencio-nuevas-formas-de-denuncia-de-delitos-de-lesa-humanidad-en- 
uruguay-una-reflexion-a-partir-de-octubre-201 1 
18 Idem. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


distintas iniciativas y propuestas dirigidas al gobierno. El objetivo fue propiciar la creación 
de instituciones y mecanismos que facilitara los procesos. A través de un financiamiento in- 
ternacional al que accede en el año 2014, contrató un equipo de abogados para representar 
causas que no tenían patrocinio. 


La iniciativa del OLI fue fundamental para la creación, el 26 de julio de 2013, del 
equipo auxiliar de la justicia en crímenes de terrorismo de Estado, que funciona en la órbita 
del Ministerio del Interior. Es desde sus primeros documentos que el Observatorio da cuen- 
ta de múltiples omisiones del Estado que inhiben el avance de la justicia. En un documento 
del año 2017 destacan cinco aspectos vinculados a la falta de transparencia, de acceso a la 
información y de profesionalización en la persecución penal: 


“Podemos sintetizar las debilidades del sistema de control penal en cinco aspectos: no existe una 
justicia especializada, falta coordinación de las fiscalías, ausencia de la figura del querellante, esca- 
sa e insuficiente colaboración del Poder Ejecutivo e insuficiente investigación policial a pesar de que 
hay una Unidad Auxiliar de la justicia en el Ministerio del Interior" (OLI: 2017) 


En las gráficas 3 y 4, se aprecia como en el año 2011, hay un aumento sustantivo en el 
número de represores procesados, por la causa de la desaparición de María Claudia García 
Iruretagoyena de Gelman. Estos anteriormente habían sido procesados por su participa- 
ción en desapariciones forzadas en el marco del Plan Cóndor (2006). 


No obstante, luego de ese año, los nuevos procesamientos fueron escasos, como se 
destaca en las gráficas 3 y 4. Entre el año 2012 y el 2018 hubo apenas 4 procesamientos, 3 
de nuevos imputados y 1 correspondiente a un represor que ya había sido procesado. 


Esto, que puede entenderse como un enlentecimiento de la persecución penal a re- 
presores menos emblemáticos contrasta con el aumento de denuncias por tortura y abusos 
sexuales ocurrido en los años previos. 


Fiscalía Especializada - unificación de criterios (2018-2020) 


En octubre de 2017 que se promulgó la ley N* 19.550, que creó la Fiscalía Especiali- 
zada en Delitos de lesa humanidad, que fue instalada el 22 de febrero de 2018, integrada 
por un fiscal y dos fiscales adjuntas”. Según informó la Fiscalía General de la Nación, en 
los primeros siete meses de instalación de la Fiscalía Especializada, se relevaron 220 causas 
de delitos de lesa humanidad ocurridos durante la dictadura cívico militar (1973 -1985)?!. 


Una gran parte de los indagados y de los condenados por crímenes de tortura, viola- 
ciones, asesinatos y desapariciones, son representados por un grupo de profesionales del de- 


12 Observatorio Luz Ibarburu (OLI) https: //www.observatorioluzibarburu.org/acerca_de/ 


Ley 19.550 vease completa en https: //legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/docu3402657964779.htm 
Comunicado público de Fiscalía General dela Nación: http: //www.fiscalia.gub.uy/innovaportal/v/6615/1/ 


20 
21 
innova.front/fiscalia-especializada-en-delitos-de-lesa-humanidad-ya-intervino-en-casi-la-mitad-de-los-casos- 
relevados.html 


recho que han desarrollado un set de herramientas jurídicas de defensa centradas en lograr 
dilatorias del proceso, de forma de ganar tiempo en pos de la impunidad biológica. Cuando 
la acumulación de pruebas documentales y testimoniales son de una contundencia imposi- 
ble de eludir, el enlentecimiento del proceso judicial con “chicanas”, provocan el desgaste y 
el desborde de las posibilidades de juzgados no especializados. 


En ese sentido, la puesta en funcionamiento de la Fiscalía Especializada permitió de- 
finir alguna estrategia de selección y de unificación de criterios en la persecución penal de 
crímenes de lesa humanidad para aumentar la eficacia. Asimismo se concentró información 
que se encontraba dispersa en varios juzgados de distintos departamentos del país. Esa espe- 
cificidad y profesionalización de la tarea permitió, entre otros avances, organizar una mejor 
respuesta a las estrategias de la defensa de los criminales. 


El Estado tiene el deber de investigar y perseguir a los autores de crímenes de lesa 
humanidad, esto es un cometido central dado que la identificación de responsabilidades 
individuales e institucionales, se vincula a la prevención de futuras actuaciones criminales. 
Si bien los avances continúan siendo parciales la instalación de la Fiscalía Especializada, su 
actuación en este corto lapso, como evidencian los datos, da cuenta de que representó un 
logro notable en el marco de tender a una responsabilidad penal que sustituya la impunidad 
sostenida durante décadas. 


La tarea judicial es central en la consolidación del estado de derecho y la democracia, 
por ello los ataques recientes se incrementan desde los sectores más reaccionarios de la de- 
recha política, expresada machacona y descaradamente en los últimos meses por represen- 
tantes y senadores en particular del partido militar Cabildo Abierto. 


Contraponer a esas estrategias, que van desde el negacionismo a la franca reivindica- 
ción del rol de torturadores connotados, la defensa de una justicia profesionalizada en la 
persecución penal de crímenes de lesa humanidad, es un desafío. 


En esa confrontación aumenta la importancia de producir información, en bases a da- 
tos transparentes, sistematizados y disponibles para los colectivos que luchan por memoria, 
verdad y justicia y para toda la sociedad. Para esta producción es importante que el estado 
se comprometa con su transparencia, también en el área de datos judiciales. 


Es importante, también, que las organizaciones sociales y los militantes contra la im- 
punidad, exijan acceder a estos contenidos, para que la opacidad y el silencio que rodea el 
accionar de los criminales de lesa humanidad, no se extienda -en el presente- a la falta de 
transparencia e información incluso sobre los datos de los procesos judiciales a los que estos 
fueron sometidos. 


Bibliografía consultada 


Alonso, J. y Risso, M (2015) “Una acción contra el silencio. Nuevas formas de denuncia de delitos de lesa 
humanidad en Uruguay. Una reflexión a partir de octubre 2011”. Véase en: https://www.X uce.edu.uy/ 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


index.php/ciencias-historicas/departamento-de-historia-americana/publicaciones/6987-alonso-jime- 
na-y-risso-mariana-2015-una-accion-contra-el-silencio-nuevas-formas-de-denuncia-de-delitos-de-lesa- 
humanidad-en-uruguay-una-reflexion-a-partir-de-octubre-2011 


Balardini, L (2015). “Monitorear la justicia: bases de datos sobre el avance de los juicios por crímenes de lesa 
humanidad en Argentina y la región” XI Jornadas de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales, Universi- 


dad de Buenos Aires, Buenos Aires. Véase en: http://cdsa.aacademica.org/000-061/812.pdf 


Corte Interamericana de Derechos Humanos - Sentencia Gelman vs Uruguay (2011). Véase en: https: //www. 
corteidh.or.cr/CF/jurisprudencia2/ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=345 


Galain Palermo, P. (2011) REVISTA DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA, 3.a Época, n.06 págs. 
221-270 Véase en https: //sitiosdememoria.uy/sites/default/files/2020-04/justicia-de-transicion-pablo- 
galain-palermo.pdf 


Páginas web consultadas 

Catálogo de Datos Abiertos - Uruguay - https://catalogodatos.gub.uy 

IMPO - Centro de Información Oficial - https: //www.impo.com.uy 

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos - https: //desaparecidos.org.uy 
Parlamento Nacional - https: //parlamento.gub.uy 


Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente - https: //www.gub.uy/secretaria-derechos-huma- 
nos-pasado-reciente 


Sitios de Memoria - Uruguay - https: //sitiosdememoria.uy 


Observatorio Luz Ibarburu - https: //www.observatorioluzibarburu.org 


De NW 4 
serpaj 


Montevideo, 15 de abril de 2020 


Ante el procesamiento del militar Lawrie Rodríguez 
y una nueva afrenta del senador Manini Ríos 


Hace dos días, la jueza Isaura Tórtola procesó con prisión por homicidio muy espe- 
cialmente agravado en grado de autor al capitán retirado Lawrie Rodríguez por el asesinato 
de Iván Morales, militante en la Federación Anarquista Uruguaya (FAU) Organización 
Popular Revolucionaria 33 (OPR “33”). Exiliado en Buenos Aires, Iván Morales viaja a 
Montevideo para ver a su familia. Al día siguiente es capturado y muere brutalmente tor- 
turado mientras era interrogado en el Regimiento de Caballería N*6. En este “operativo” 
participaron también Manuel Cordero (de quien se solicita su extradición ya que cumple 
condena en Buenos Aires) y el fallecido Gustavo Taramasco. 


El pasado martes 14 de abril, el senador Manini Ríos cuestionó este procesamiento 
alegando que se actuó por venganza, sosteniendo que es “un atropello a los derechos huma- 
nos” y “que debe haber responsabilidades”. 


No debe haber mayor atropello a los derechos humanos que los delitos de lesa huma- 
nidad (recordemos por si acaso que son imprescriptibles), cometidos por el propio Estado 
contra sus ciudadanas y ciudadanos, de forma sistemática y atrozmente planificada. 


Y obviamente debe de haber responsabilidades: la desaparición forzada, la ejecución 
y el asesinato, la tortura permanente y exacerbada, el abuso, la violación sexual contra dete- 
nidas y detenidos, el secuestro y la apropiación de criaturas, son gravísimos delitos que no 
pueden quedar impunes. Ni por parte de los perpetradores ni por parte de los cómplices. 


Año tras año, la cada vez más multitudinaria Marcha del Silencio, evidencia que la 
sociedad toda fue comprendiendo y concientizando lo que significó el período más oscuro 
de nuestra historia. Son más de dos décadas que las organizaciones de derechos humanos, la 
sociedad civil, la academia y las miles y miles de personas reclamamos verdad y justicia ante 
los crueles, devastadores e inhumanos delitos cometidos durante el terrorismo de Estado. 


Son años de respuestas y repudio a esa falacia reiterada cada vez que se produce un 
procesamiento por parte de la justicia hacia quienes cometieron delitos de lesa humanidad. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Vuelve a oírse la réplica ya conocida desde las filas castrenses, que eso no es justicia sino 
“odio y venganza”. 


Justamente por la razón de los dichos del senador, porque estamos en un Estado de- 
mocrático, es imprescindible que se juzguen y condenen las atrocidades cometidas en el 
pasado, sin importar cuántas décadas pasen. La fortaleza democrática se forja cuando un 
Estado se responsabiliza de sus propios delitos: “sin justicia no hay paz”. 


Es muy peligroso para la institucionalidad y el funcionamiento democrático que sur- 
jan estas expresiones. Es tan grave como repudiable que un senador (quien en su momento 
avaló la tortura y la desaparición forzada, considerando que tales hechos no afectaban la 
moral del Ejército), cuestione amparado en la inmunidad que le otorgan los fueros parla- 
mentarios, los pronunciamientos por parte de la JUSTICIA, denigrándolos a un acto de 
venganza. 





Foto: Santiago Mazzarovich 
Otro 20 de mayo 


Micaela Boiani | Carolina Carretero | Patricia López 
Paola Lorenzo | Graciela Montes de Oca! 


Sin ánimos de pecar de cándidas, el contexto actual de emergencia sanitaria no era 
proyectado por casi ningún compatriota. Noticias que escuchábamos en los medios en ene- 
ro, nos parecían realidades muy distantes y disímiles, para nada proyectables para nuestro 
país. No obstante, en marzo los medios masivos de comunicación nos sorprendieron con 


los primeros casos de COVID-19. 


Este nuevo contexto trajo una serie de incertidumbres en varios niveles. Aún no son 
claros cuáles son los caminos y los impactos que van a tener en las diferentes comunidades, 
pero se vislumbra una combinación entre aumento de las tasas de desempleo, de la pobreza 
y exclusión, así como un desmembramiento de gran parte de las conquistas sociales del 
último decenio. En respuesta a este escenario, nuestro pueblo mostró su solidaridad, vimos 
la enorme cantidad de iniciativas barriales, de ollas populares que surgieron para intentar 
paliar algunas de las carencias que comenzaron a ser realidades vividas. 


Integrantes de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. Graciela también integra la 


Coordinadora de Apoyo a Madres y Familiares. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Ante tal hito, tuvimos que readaptar la forma en la cual nos reuníamos, un gran desa- 
fío visto que implicaba no solo incorporar otros medios, sino que también que gran parte 
de las personas integrantes de nuestra Asociación se familiarizaran con las tecnologías de 
la información y la comunicación. La brecha de acceso no era un problema, al menos en 
términos generales, pero el uso y la apropiación implicaron grandes pasos a materializar. 
Gracias a las redes de contención y sus familiares más próximos fue posible. 


Los días pasaban y nos fuimos acostumbrando a abrazos cibernéticos, a rondas de 
mate a través de una pantalla, informativos de fondo y personas que desde los hogares se 
sumaban a las tertulias de lunes. 


En un abrir y cerrar de ojos, se nos asomó mayo. Las conversaciones giraban en torno 
a cómo podíamos hacer para que se materializara la 25*? Marcha del Silencio, esa gran mani- 
festación reclamando Memoria, Verdad, Justicia y Nunca Más Terrorismo de Estado, en un 
silencio más ensordecedor que mil gritos al unísono. 


La gran interrogante de cómo sería esta marcha permeó en la sociedad. Diariamente 
nos llegaba una cantidad descomunal de mensajes por nuestras redes sociales y llamadas 
consultando las características que asumiría en este año. Recibimos variadas iniciativas de 
distintos grupos que, con su creatividad, socializaron propuestas, y desde sus conocimien- 
tos y experiencia práctica, permitieron que se armase esta forma innovadora de marchar. 


Existía una suerte de compensación entre las medidas sanitarias que la emergencia aca- 
rreaba y la realización de una manifestación de cientos de miles de personas en todo el te- 
rritorio nacional. Ante tal disyuntiva, y con el objetivo de cuidarnos, decidimos que este 20 
de mayo no fuera presencial. Intentando armar una suerte de puzle entre todas las ideas se 
organizó una marcha virtual bajo la consigna: “Son Memoria. Son Presente ¿Dónde están?” 


El compromiso de innumerables personas logró que se transformase mayo en un mes 
de la memoria. Días antes del 20 veíamos los rincones de la ciudad llenos de margaritas, 
carteles, fotos de nuestros familiares desaparecidos, multiplicándose exponencialmente 
cuanto más nos acercábamos a la fecha. 


Cada uno/a acompañó de la manera que supo y pudo hacerlo, con mucha inventiva; 
desde hacer un tutorial para armar tu margarita, carteles en sus casas hechos con el cariño 
que se percibe cada año. Reconocidos artistas versionaron temas y/o crearon piezas para 
esta fecha tan especial”. Fotógrafos se invoclucraron creando emotivos abrazos de perso- 
nalidades públicas a nuestros familiares en el proyecto Imágenes del Silencio”. Diferentes 
colectivos, cooperativas de vivienda, sindicatos, vecinos/as y todo aquel que quiso sumarse 


2 


“Silencio” de Spuntone y Mendaro (https: //youtu.be/tpPwO0NdpA4c); “Soy-Presente” de Agarrate Cata- 
lina (https://youtu.be/]NbSUI2xASw); “Carta de una abuela a su nieta” de Colectivo de Artistas (https:// 
youtu.be/uwpCbkFUSxI), entre otros. 


2 https://imagenesdelsilencio.uy/ 


lo hizo interviniendo su casa, su lugar de trabajo, calles, plazas, rutas. Todo lo que la imagi- 
nación pueda abarcar y más. 


En la plataformización de la vida cotidiana, a iniciativa de amigos y colaboradores de la 
Asociación, se implementaron dos páginas web. La primera de ellas, Marcha del Silencio?, 
se ocupó de unir en un solo sitio todas las publicaciones de redes sociales como Instagram 
y Twitter, etiquetadas con *+MarchaDelSilencio, +MarchaDelSilencio2020 o +MarchaDel- 
SilencioPresente. Fue así como logramos reunir en un solo lugar miles de publicaciones e 
imágenes que fueron componiendo nuestra marcha virtual. 


La segunda, Vivos en nuestra memoria”, se ocupó de reunir las fotografías de los 197 
detenidos/as desaparecidos/as. Invitaba a participar virtualmente a través de Instagram, 
descargando una de ellas, colocándola como foto de perfil para así finalmente marchar co- 
lectivamente a partir de una transmisión en vivo a las 19 horas del 20 de mayo. De esta 
manera, la virtualidad nos unió y fuimos miles marchando juntos/as. 


El mismo 20 nuestra Asociación intervino la icónica Plaza Libertad, instalando las 
fotos de nuestros desaparecidos y la pancarta con la consigna de este año, así como con hue- 
llas pintadas en 18 de Julio emulando los pasos que hemos recorrido. Durante el transcurso 
del día, una cuantía no mesurable de personas se acercó, tomaron su fotografía, colocaron 
una margarita, les contaron a sus hijos/as un pedacito de historia y siguieron su trayecto 


por la ciudad. 


A partir de las 17 hs., y durante dos horas, realizamos una transmisión especial de 
Radios Abiertas, desde APU (Asociación de la Prensa Uruguaya), que fue difundida en sus 
redes sociales y las de Madres y Familiares. Esta transmisión comenzó con un audiovisual, 
en el cual se intentó reconocer el trabajo de cada año, en particular de las Comisiones de 
Apoyo a la Marcha del Silencio y distintos colectivos de todo el país. 


Como todos los años, solicitamos a la Intendencia de Montevideo permiso para dejar 
libre el trayecto que recorre la marcha, desde Rivera y Jackson a la Plaza Libertad. A partir 
de las 18.30 hs., la transitó un camión con pantalla gigante con las imágenes de nuestros 
familiares. No llamamos a acompañar presencialmente ese recorrido. La calle y las veredas 
vacías potenciaron el silencio. 


Cuando éste llegó a las inmediaciones de la plaza, se comenzó la transmisión en simul- 
táneo de un audiovisual con las fotos y nombres de las personas detenidas desaparecidas. 
Desde donde nos encontrábamos, a lo largo y ancho del país, gritamos muy fuerte presente 
luego de cada nombre. Se terminó entonando las estrofas del Himno Nacional. 


% — Marcha del Silencio. Disponible en: https: //marchadelsilencio.uy/ 


3 Vivos en nuestra memoria. Disponible en: https: //www.vivosennuestramemoria.com/ 


Disponible en: https: //youtu.be/fCkcyiew118/ 


6 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


A las 19 hs. y a través de las plataformas de la Asociación y APU, en Canal 5 Televi- 
sión Nacional de Uruguay (T'NU) y sus repetidoras, Radio Uruguay y sus repetidoras, TV 
Ciudad, Radio M24, Emisora Del Sol, Radio El Espectador, Multimedio Plural, Radio 


Cooperativa CX 30 y todos los medios que se sumaron, facilitaron la misma. 


Haciendo un sucinto balance, no podemos nombrar a todas las organizaciones, colec- 
tivos y personas que participaron por miedo a olvidar alguna. Existieron marcas en la ciu- 
dad, margaritas y marchas en todos los departamentos, e incluso trascendió las fronteras. 
Fue un círculo virtuoso a partir de una sumatoria amplia y diversa de acciones que rompió 
barreras y nos hermanó en este reclamo. 


Es emocionante, una vez más, reconocer que no estamos solos y que efectivamente 
la consigna “Todos somos Familiares” anidó en nuestro pueblo. Podríamos presentar los 
números de las tendencias en redes e ingresos a las páginas, pero la conclusión es contun- 
dente: la 25* Marcha del Silencio fue inmedible, participó una cantidad de personas que no 
podemos cuantificar. 


Claro que fue otro 20 de mayo, extraño, desafiante, movilizador y requirió una co- 
construcción activa para poder ser posible. Nos permitió reconocer la importancia de la 
plataformización de la actividad, no solo porque cada persona podía participar desde el 
lugar en el que se encontrara diciendo presente, retumbando cada rincón del país y del 
mundo, sino porque también permite recopilar todas las iniciativas en un espacio abierto 
y colaborativo, manteniendo viva la memoria, apostando a una sociedad más justa y libre. 


Como hace más de 45 años, movilizados por el amor de encontrar a nuestros seres 
queridos, reclamando Verdad, Memoria, Justicia y Nunca Más Terrorismo de Estado, se- 
guiremos luchando. Aún no sabemos cómo será el contexto para el 2021, y si efectivamente 
podremos pisar las calles nuevamente, pero estamos convencidos/as que esta otra marcha 
nos dejó grandes aprendizajes, que la virtualidad llegó para quedarse e implica reinventar- 
nos, que las ciudades llenas de margaritas serán la nueva realidad de cada mayo. 


Este fue otro 20 de mayo, diferente en la forma, pero con el mismo contenido de siem- 
pre. A pesar del distanciamiento físico, estuvimos cerca y sentimos una vez más el cálido 
abrazo de todas las personas. 





Equipo de Imágenes del Silencio. 


196 abrazos contra el olvido 
Equipo Imágenes del Silencio 


Imágenes del Silencio es un proyecto fotográfico que busca mantener viva la memoria 
de los desaparecidos por la dictadura uruguaya, en el camino por la verdad y la justicia. La 
preocupación por la calidad narrativa y estética de las imágenes ha sido sustantiva, como en 
todas las propuestas que este equipo de trabajo viene realizando desde 2014!. 


La iniciativa que representó “196 abrazos contra el olvido” fue desarrollada en con- 
memoración de los 25 años de la Marcha del Silencio, partiendo del concepto TODOS 
SOMOS FAMILIARES, frase histórica de la agrupación de Madres y Familiares de Uru- 
guayos Detenidos Desaparecidos. Estas palabras conciben el tema de los desaparecidos, la 
verdad y la justicia como algo de toda la sociedad, en asociación con la esencia de lo huma- 
no, del derecho a saber qué pasó con la persona que uno ama, con personas con las que se 
compartió parte de la vida. 


1 20 años de marchas (2015): Annabella Balduvino, Ricardo Gómez, Pablo Porciúncula y Cecilia Vidal; 
Sembrando memorias, A 50 años del asesinato de Líber Arce (2018): Annabella Balduvino, Laura D'Andrea, 
Ricardo Gómez, Yohnattan Mignot y Pablo Porciúncula; 196 abrazos contra el olvido (2020): Soledad Acu- 
ña, Annabella Balduvino, Elena Boffetta, Ricardo Gómez, Federico Panizza y Pablo Porciúncula. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


El proyecto trabajó visualmente esa idea con dos elementos: el gesto del abrazo y refe- 
rentes de la sociedad. 


Decidimos que los retratos de las personas desaparecidas, que hasta ese momento ha- 
bían sido portados casi en exclusividad por sus familiares, serían abrazados por figuras pú- 
blicas y representantes de diferentes sectores de la sociedad. 


Por un lado, el abrazo permite visibilizar un encuentro entre dos personas y de algún 
modo romper con la idea abstracta del desaparecido como una entelequia, trayéndolo al 
presente en su condición de individuo. Por otro, los referentes nos permiten llegar a un 
público diverso. Nuestro interés se centró en llegar a personas distintas a las que siempre 
han estado vinculadas con la causa de los desaparecidos. 


Para ello se elaboró una lista con algunas figuras públicas, así como una lista de mujeres 
y hombres reconocidos en algunos sectores sociales. Se excluyó del proyecto a figuras polí- 
ticas a fin de no vincular la causa a ningún partido político. La diversidad fue fundamental 
para dar lugar a que todos pudiesen verse reflejados en ese abrazo, en abrazar una causa. 


Con la intención de que el gesto del retratado fuera el elemento protagónico de la ima- 
gen, optamos por una técnica fotográfica sencilla en cuanto al tipo de iluminación, valor de 
plano, encuadre. Realizamos retoques mínimos en postproducción en niveles y contrastes 
a fin de asegurar la unidad visual de los 196 retratos, tomados en 27 sesiones y en distintas 
locaciones. 


La opción por el blanco y negro pretende presentar un tiempo sin tiempo, una ficción 
p Pp y 
que permite un encuentro imposible entre dos personas de distintos tiempos, y va en línea 


con la unidad visual que hace a la estética del trabajo en su conjunto. 





Equipo de Imágenes del Silencio. Equipo de Imágenes del Silencio. 


La dinámica en el estudio consistió en entregar al referente, al azar, uno de los 196 
retratos de los desaparecidos y, a través de la reproducción de un audio breve, darle a co- 
nocer las circunstancias de la detención, además de proveerle información sobre el último 
paradero conocido, profesión y situación familiar de la persona a la que estaban a punto de 
abrazar?. 


A los participantes se les propuso trabajar en dos líneas gestuales. Por un lado, la del 
abrazo a modo de encuentro con el retrato del desaparecido, y por otro, la demanda de una 
respuesta sobre su paradero. Sin embargo, lejos de ser una dirección artística, la propuesta fue 
la de abrir un espacio co-creativo entre el retratado y el equipo de fotógrafos. De nuestro lado 
quedaba la responsabilidad de capturar las emociones expresadas en los gestos del referente. 


Finalmente, ese sentir se ponía en palabras cuando los retratados respondían a la pre- 
gunta ¿qué sintió al abrazar esa foto? para la realización de un video, que si bien no tuvo 
un rol protagónico definido al inicio del proyecto, adquirió durante el desarrollo el mismo 
lugar y en ocasiones incluso superó el alcanzado por la imagen fija. 


Las sesiones fotográficas duraron 20 minutos aproximadamente y, para nuestra sor- 
presa, la mayoría de los retratos que finalmente exhibimos, basándonos en su fuerza gestual, 
habían sido realizados en las primeras tomas. 


imagenes.del.silencio tema O 


200 publicaciones — TAI caidos O seguidos 





Equipo de Imágenes del Silencio. 


2 La información fue obtenida de las fichas que se encuentran disponibles en la Secretaría de Derechos Hu- 


manos para el pasado reciente. Los textos fueron redactados por Ricardo Gómez, Pablo Porciúncula y Daniel 
Porciúncula, y grabados por los locutores de la Marcha del Silencio, Juan Maldonado y Graciela Escuder, con la 
colaboración de Alejandro Cabrera y Paola Melgar de Radio Pedal. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Poco después de publicar la primera imagen, nos encontramos con que el proyecto ha- 
bía dado lugar a otro tipo de abrazo simbólico: seguidores de la iniciativa en redes sociales 
comenzaron a abrazar las fotografías, vinculándose igualmente con la causa?. 


Entendimos entonces que el lenguaje visual había permitido abordar el tema de los 
desaparecidos desde un lugar distinto al tradicional, abriendo preguntas y reformulando 
discursos. El gesto del abrazo creó una imagen concreta del simbolismo de abrazar una 
causa; y la imagen se transformó en un objeto tangible del que apropiarse y replicar. 


Los retratos de los desaparecidos sostenidos por referentes, algunos de los cuales poca 
gente vinculaba con la causa, habilitó el derecho a sentirse participe y sostener uno mismo 
esos retratos, considerados por muchos casi reliquias inaccesibles. En algún sentido, los 
retratos reflejaron una idea de apertura, algo como que 'si ellos pueden abrazarlos, yo tam- 
bién”. 

Esta temprana apropiación, que se hizo más evidente al aproximarse el 20 de mayo, 
jugó un rol fundamental en la evolución del proyecto, del que muchos se apropiaron, y por 
ejemplo, comenzaron a llegarnos mensajes con pedidos para ser fotografiados sosteniendo 
los retratos de los desaparecidos. Los mensajes iban desde anónimos que manifestaban su 
voluntad de participar (“Hola, soy un nadie pero quiero estar en su proyecto”), hasta repre- 
sentantes de artistas que buscaban sumarse. 


Por otra parte, aunque en muy pocas ocasiones, el gesto y las fotos tuvieron un destino 
distante de nuestro objetivo, al ser utilizadas con fines políticos partidarios durante la cam- 
paña electoral, así como con otros objetivos espurios. 


Desde Imágenes del Silencio, percibimos que la apropiación del gesto del abrazo dio 
lugar a la democratización de esos retratos de los desaparecidos y con ello, se abrió espacio 
a una nueva modalidad de participación creativa, artística, que contempla distintas sensi- 
bilidades generacionales y posibilita un relevo en el abordaje del tema. Una adolescente lo 
manifestó en estos términos: “Para mi generación el tema de los desaparecidos es un paspe, 
pero al hacerlo digital rompieron las barreras generacionales, lo sacaron de los libros de 
historia [...] y a través de alguien que a uno le gusta o admira llegabas a ver y concientizarte 
de lo tremendo que es este tema”. 


royecto Imágenes del Silencio comenzó a publicarse a través de las redes sociales Facebook, Instagram 
2 El proyecto Imág; del Sil publ t del d les Facebook, Instag; 


y Twitter el 6 de noviembre de 2019, alcanzando a decenas de miles de personas. 








Equipo de Imágenes del Silencio. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 





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Equipo de Imágenes del Silencio. 


El 10 de marzo de 2020, finalizamos la producción de 196 abrazos contra el olvido, 
con la entrega de la maquetación final de la muestra fotográfica que se inauguraría en la 
víspera de la Marcha del Silencio del 20 de mayo. Pero tres días después, la irrupción del 
Covid-19 en Uruguay abrió una nueva etapa para el equipo. 


En coordinación con Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, comenzamos 
a trabajar en tres escenarios posibles según la coyuntura que podría imponer el coronavirus. 
Cuando Familiares decidió suspender su tradicional Marcha del Silencio, la manifestación 
virtual surgió como única alternativa. Las primeras acciones que realizamos desde Imáge- 
nes del Silencio ya iniciada la crisis sanitaria fueron orientadas a fortalecer aún más las redes 
del proyecto, que en ese momento rondaban los 25.000 seguidores. 


El tramado que se constituyó en torno a nuestras redes nos legitimó como vocero au- 
torizado de las posibles acciones a desarrollar. Comenzamos a recibir consultas de parti- 
culares y de medios para saber qué se iba a hacer o qué hacer el 20 de mayo. Recibimos 
sugerencias de toda índole, e incluso tres mensajes de personas adoptadas que, desconfiadas 
de su identidad biológica, nos consultaban cómo proceder, ya que tenían sospechas de ser 
hijas de desaparecidos. Para entonces, comprendimos que la fotografía había dado lugar a 


la palabra. 


Focalizados ya en las redes, se lanzó la campaña de la Margarita, símbolo que represen- 
ta ala agrupación de Madres y Familiares, en las fotos de perfil, especialmente en Facebook. 


Adicionalmente, se trabajó en un video que se presentaría el 20 de mayo en los muros de 
Montevideo y en la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados en homenaje a los 
desaparecidos. Además sería parte de la trasmisión televisiva para la manifestación virtual 
de ese día, que involucró a los medios estatales, las principales radios del país, TV Ciudad 
y radios de menor porte que configuraron una cadena de medios que sustituiría a la cadena 
oficial, negada días antes por el Poder Ejecutivo. 


En algún caso, 196 abrazos contra el olvido fue una inspiración para generar formas de 
participación, de acciones directas de particulares, colectivos u organizaciones que llegaron 
incluso a ir a contramano de la propuesta de Familiares, que con la suspensión de la marcha 
pretendía evitar aglomeraciones. 


Antes del Covid-19 habíamos recibido una propuesta del departamento de Soriano 
para trabajar con referentes locales abrazando a los 10 desaparecidos de ese departamento, 
que finalmente se realizó y se concretó en una exposición en Mercedes. Instalada la pande- 
mia, las iniciativas se multiplicaron. 


El confinamiento y consecuente crecimiento del uso de las redes disparó aquella apro- 
piación del abrazo a lugares impensados al inicio del proyecto. La presentación de distintas 
iniciativas en las redes fue un denominador común. 


El colectivo Jóvenes por la memoria del departamento de Treinta y Tres puso a dispo- 
sición los retratos de los desaparecidos para que quienes quisieran se pudiesen fotografiar 
sosteniéndolos, y el resultado fue publicado en la cuenta Instagram del colectivo. Hubo 
una iniciativa parecida hecha en distintas ciudades del mundo, realizada por uruguayos 
residentes en el exterior. 


En Montevideo, en varias cooperativas de viviendas las fotos de 196 abrazos contra 
el olvido fueron un disparador o un insumo para la creación de formas de intervención de 
sus edificios, a la espera de la manifestación virtual del 20 de mayo, que fue presencial en 
espacios comunes de esas cooperativas. Los trabajos, o imágenes de la realización de estas 
intervenciones también fueron compartidos en las redes. 


La Secretaría de Derechos Humanos del PIT-CNT? intervino la fachada de su sede 
con todos los retratos de nuestro proyecto y montó una exposición en su salón de actos. 


El 20 de mayo hubo decenas de iniciativas de todo tipo y si bien Imágenes del Silencio 
nada tenían que ver con muchas o la mayoría de ellas, nos llegaban mensajes de seguido- 
res de nuestras cuentas compartiéndonos sus acciones. Creaciones que iban desde hacerse 
fotos semejantes a las del proyecto en cuanto el gesto del abrazo, dibujar una margarita 
para decorar los balcones. Convocatorias a plantar margaritas en lugares emblemáticos; 
una marcha realizada en la Ciudad de la Costa, una manifestación frente a la casa donde 


% — Pasado el 20 de mayo, dicha Secretaría comenzó a realizar una muestra itinerante por el interior del país 


bajo el nombre “Multiplicando Abrazos”. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


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fue detenido Carlos Arévalo Arispe en el barrio Prado de Montevideo. Una canción inter- 
pretada desde sus casas por distintos músicos del medio y un video realizado por un joven 
estudiante de cine, quién por primera vez se había sentido convocado con la causa de los 
desaparecidos. 


196 abrazos contra el olvido nació como un proyecto fotográfico para ser expuesto en 
tres fotogalerías a cielo abierto de Montevideo, en unas gigantografías que recorrerían algu- 
nos espacios públicos, como una pegatina tradicional para los muros de la capital. También 
en los muros virtuales de nuestras redes sociales, Instagram, Facebook y Twitter, a manera 
de cuenta regresiva en la que se publicó un retrato diario durante 196 días hasta llegar a la 
Marcha del Silencio del 20 de mayo. 


La relación que se estableció en forma temprana entre las imágenes y los seguidores de 
las redes -y creemos que la coyuntura del Covid-19- abrió otros espacios para la difusión del 
tema de los desaparecidos a través de 196 abrazos contra el olvido con más de 50 proyec- 
ciones en muros de edificios de Montevideo, la proyección de uno de nuestros videos en la 
sesión de diputados el pasado 20 de mayo, la publicación como separata de los retratos en 
los diarios, La Diaria, La República y el semanario Brecha y en la web de Montevideo Por- 
tal; una intervención artística con los 196 retratos en la conferencia del PIT CNT, el uso de 
nuestros videos en la obra teatral 1975” en San Pablo y de alguno de los retratos ocupando 
el hall de un teatro en Oslo para la obra “El tiempo sin libros”. Estos fueron algunos de los 
lugares no pensados por dónde circuló este proyecto, además de nuestras cuentas en redes, 
las que alcanzaron más de 50.000 seguidores en seis meses”, 


El objetivo de Imágenes del Silencio fue llegar a través de la fotografía al menos a una 
persona que nunca antes se hubiese planteado el tema de los desaparecidos. Para nuestra 
sorpresa, fueron miles los que tomaron las imágenes, las pusieron a circular y crearon a 
partir de ellas. Imágenes del Silencio fue, sin quererlo y dada la realidad sanitaria e histórica, 
un enlace entre una nueva modalidad de Marcha que se potenció y logró traspasar algunas 
barreras que no se había podido con las tradicionales acciones que se llevaron adelante estos 
25 años. 


Imágenes del Silencio continuará trabajando desde el lenguaje fotográfico el tema de 
los desaparecidos, sabiendo que todavía queda un largo camino por andar en la búsqueda 
de verdad y justicia y de una respuesta a las familias de los desaparecidos y a la sociedad 
uruguaya en su conjunto. 


3 El proyecto fue tendencia en Twitter el pasado 20 de mayo y el último video realizado por el proyecto tuvo 


más de 222.500 vistas en menos de 24hrs, con un alcance de unas 400.000, el 10% de la población uruguaya. 


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ágenes del Silencio. 


Equipo de Imágenes del Silencio. 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


25 de junio de 2020 


A 47 años del Golpe de Estado: ¡Nunca más! 


El 27 de junio de 1973, las tanquetas militares rodearon el Palacio Legislativo. Milita- 
res y civiles en complicidad disolvían las cámaras, dando inicio a la dictadura que oprimiría 
durante doce años a nuestro pueblo. 


La dictadura cívico-militar profundizó el proceso represivo y autoritario presente ya 
desde la década del *60. Significó represión, muerte y miedo. El terrorismo de Estado abrió 
en la sociedad heridas profundas a través de la persecución, el asesinato, la tortura y la des- 
aparición forzada -siendo esta parte de un plan sistemático de represión ideado para ani- 
quilar las ideas y voces diferentes, para acallar a quienes tenían el coraje de pensar distinto, 
para sembrar el terror. 


Son estas heridas perpetuas, que se acentúan al desconocer la verdad, verdad que ha 
sido secuestrada bajo un manto de impunidad que nuevamente se intenta reforzar. Vemos 
con preocupación que el Ministro de Defensa cuestione las decisiones de la justicia que 
procesó al asesino de Berreta; desconociendo con estas declaraciones la imprescriptibilidad 
de los crímenes de Estado. A este hecho se suman otros, como la restitución de la placa en 
homenaje a Víctor Castiglioni, director durante la dictadura de la Dirección Nacional de 
Información e Inteligencia, responsable de múltiples violaciones a los derechos humanos; 
es bueno haber dado marcha atrás en esta decisión. Homenajear a uno de los primeros 
responsables de la represión sufrida representaba una afrenta no sólo a las víctimas del te- 
rrorismo de Estado, sino también a la sociedad que no quiere que esos hechos se repitan. 


Se suceden cuestionamientos, comentarios y señales fundamentalmente desde el par- 
tido militar, en busca de “dar vuelta la página” planteando la idea de una ley de amnistía 
para los militares que cometieron crímenes de lesa humanidad, negando los reclamos del 
pueblo. Peor aún, desde sus sillones en el Parlamento, reivindican el Golpe de Estado y 
vuelven a traer al presente la idea de que el accionar de los militares fue un servicio a la 
Patria en una guerra contra la sedición. ¿Quiénes eran los sediciosos? Los estudiantes, do- 
centes, los trabajadores... La dictadura, en todo caso, fue una guerra contra el pueblo. 


Por ello, reafirmamos la necesidad de saber la verdad y hacer justicia. Detrás de las 
aberraciones cometidas contra los derechos humanos, hay responsables, civiles y militares, 


respaldados por Instituciones -fundamentalmente las Fuerzas Armadas- cuyas acciones (e 
inacciones) hicieron del Estado una máquina represiva, asesina, y que se aseguran incluso 
en nuestro presente de mantener la impunidad intacta, protegiendo a los perpetradores y 
reteniendo información vital para forjar la verdad. Dar vuelta la página es desconocer a 
sus víctimas, es negar a nuestros desaparecidos que siguen secuestrados por sus represores. 
Dar vuelta la página sin haber saldado la deuda con nuestra sociedad toda, es arriesgarse a 
permitir que estos hechos vuelvan a ocurrir. 


Para que nunca más haya terrorismo de Estado, es necesario un compromiso político 
firme; compromiso con la verdad y la búsqueda de nuestros desaparecidos, pero también 
con la justicia. 


Reclamar por verdad, memoria y justicia, no es vivir con los ojos en la nuca. Es recor- 
dar y sostener en nuestra acción a todos aquellos que dieron su vida en la construcción de 
una sociedad más justa e igualitaria, a todos quienes dieron su vida en la resistencia contra 
la Dictadura Cívico-Militar. 


Nuestro pueblo los sostiene y mantiene encendida esa llama de lucha día a día; en su 
acción solidaria, en su compromiso firme con el más vulnerable. Por eso, ante una nueva 
conmemoración del 27 de junio de 1973 nos sumamos a la convocatoria del Pit CNT y la 
Intersocial de 11 a 13 hs. en las diferentes caravanas, para recordar la Huelga General, la 
resistencia firme del pueblo organizado ante la Dictadura. 


Por memoria, verdad y justicia: ¡Nunca Más terrorismo de Estado! 


Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 





Foto: Santiago Mazzarivich 


Lo viejo, lo nuevo y lo importante 


Nilo Patiño! 


Al tomar estado público el contenido de los últimos tribunales de honor, mucho se ha 
hablado y discutido sobre cómo se dio a conocer. Cómo los consiguieron, dónde estaban, 
quiénes son los responsables de que hayan permanecidos ocultos, a quiénes favorecen o 
perjudican los textos. Pero en términos generales poco se ha discutido sobre esos conte- 
nidos; tan así que se han pasado por alto, a veces intencionadamente, hechos relevantes, 
particularmente aquellos que tienen que ver con el destino de los detenidos desaparecidos. 


Trataremos en estas pocas líneas de desentrañar el proceso, para desmenuzar y separar 
la paja del trigo y no meter todo en una bolsa de gatos. 


Desde su creación, Madres y Familiares de Uruguayos de Detenidos Desaparecidos 
(Familiares), ha sido punta de lanza en el reclamo para que el Estado proporcione la in- 
formación existente en todas las dependencias de la administración -en especial, las de las 


Integrante de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. 


Fuerzas Armadas- para que se conozca el destino de los desparecidos y poder encontrar sus 
restos. 


Esta responsabilidad del Estado aún está pendiente, a pesar de que, desde la apertura 
democrática en 1985 hasta la fecha, los gobiernos fueron ejercidos por todos los partidos 
políticos (colorados, blancos y frenteamplistas). En este larguísimo camino de más de trein- 
ta y cinco años, se aprecia y valora cualquier avance positivo dispuesto por los distintos 
gobiernos, desde el de Jorge Batlle hasta ahora. 


Por supuesto que no podemos igualar en su responsabilidad a todos de la misma ma- 
nera. Desde el primer gobierno colorado, negando la existencia de desaparecidos, hasta el 
último del Frente Amplio, se ha recorrido un sinuoso sendero lleno de vicisitudes, dificulta- 
des y trancas. En ese camino, frente a los resultados decepcionantes, las madres fundadoras 
de Familiares fueron siempre persistentes en el reclamo sin claudicaciones, apoyadas cada 
vez más, por colectivos, organizaciones y personas de la sociedad civil. 


La expresión más contundente y clara ha sido el crecimiento constante de las marchas 
del 20 de mayo. Manifestación ésta que, en los últimos años ha sido -sino la más grande- 
una de las más importantes. De ahí que es necesario reconocer que el avance o retroceso de 
estas causas no dependen únicamente de la buena voluntad de los gobiernos de turno, sino 
principalmente de esta movilización sin pausas en pos de la verdad, la justicia, la memoria 
y el nunca más. Cuántos interesados hay en enterrar estas causas, en dar vuelta la página, 
o simplemente, tratar de ignorar o de vaciar de contenido las demandas. Sin embargo, la 
sociedad, y particularmente los jóvenes, se han encargado de sostener la reivindicación, de 
la que se han apropiado como su reclamo. 


El juego de la mosqueta 


La “aparición” del contenido de algunos tribunales militares de honor removieron el 
avispero en el escenario político; el primero en hacerse público, fue dado a conocer por el 
periodista Leonardo Haberkon, acerca de José Nino Gavazzo y Jorge Silveira. 


El otro tribunal lo dio a conocer Familiares, que lo recibió a través de un pedido de 
acceso a la información pública, que suministró la nueva administración que asumió en 
marzo de 2020. 


Los procedimientos que permitieron conocer esos documentos estuvieron, sin em- 
bargo, signados por la opacidad y la falta de transparencia. Dejan mucho que desear en un 
tema de enorme sensibilidad, en el que habría que tener una actitud clara y resuelta por 
parte de todos los partidos políticos y especialmente de quienes dicen ser sensibles al tema. 
Menos aún, por integrantes de un gobierno que se golpea el pecho diciendo todo lo que ha 
hecho por los desaparecidos. La pobre defensa de que “hicimos más que los otros gobiernos” 
(lo cual es cierto hasta ahora), no invalida el hecho que no hicieron ni lo suficiente, ni si- 
quiera lo posible y menos aún lo necesario. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


No solo los perpetradores, los torturadores, asesinos y desaparecedores, están en las 
Fuerzas Armadas; allí también está, diseminada en sus instituciones y organismos, la infor- 
mación que necesitamos para conocer la verdad y encontrar los restos de los desaparecidos. 


En el caso del tribunal de José N. Gavazzo y Jorge Silveira, su divulgación, produjo 
todo tipo de confusas versiones, involucrando incluso al ministro Jorge Menéndez ya se- 
riamente afectado por su enfermedad. En medio de la confusión apareció el ministro José 
Bayardi, intentando ponerse al frente de un carro que ya estaba en movimiento. 


Pero el caso del tribunal de Gilberto Vázquez es injustificable en sus procedimientos. 


El 8 de mayo de 2019, a través de una nota, Madres y Familiares solicita al Ministro 
Bayardi “Documentacion referida a todos los tribunales de honor a los que fueron sometidos 
José Gavazzo, Ricardo Arab, Gilberto Vázquez, Jorge Silveira y Luis Maurente”, y “Documen- 
tación referida al tribunal de honor a José Umpiérrez, recientemente homologado por el Sr. 
Presidente”. 


El 13 de junio de 2019 se envía otra nota al ministro, reiterando el mismo pedido con 
una ampliación de la solicitud a otros documentos. 


Es decir, en ningún momento, en nueve meses, hubo una respuesta ni una aclaración 
sobre si lo tenían y si lo facilitarían. Es claro que si se busca una documentación y la docu- 
mentación no se encuentra, se responde para que el interesado sepa que no fue por mala 
voluntad, o que no hubo una intención expresa de ocultar, o al menos de no buscar. Es 
claro, también, que el ministro nunca respondió, a pesar del tiempo transcurrido y de la 
insistencia de Familiares, a las notas enviadas, como tampoco hubo respuesta cada vez que 
hubo un encuentro con él. A partir del pedido del 8 de mayo de 2019, si se hubiese buscado 
el expediente del tribunal, a Familiares le hubiese llegado una respuesta, cosa que evidente- 
mente no sucedió. 


Finalmente, ante otro pedido, el nuevo Ministro de Defensa, Javier García, suministró 
a Madres y Familiares el contenido del tribunal de honor de Gilberto Vázquez. 


Y otra vez aparece la vieja mosqueta, con el fin de entreverar y embarrar la cancha: se 
pretendió justificar diciendo que el expediente estaba en el comando y no en el ministerio, 
que estaba oculto o no. Nosotros no sabemos cómo se guarda la información ni los expe- 
dientes en el Ministerio de Defensa, cómo son los procedimientos, pero a los efectos de lo 
que nos importa, son irrelevantes. 


No habría que estar especulando si es una “operación”, quién la realizó y a qué intereses 
responde, porque se tuvo nueve meses para “desarticular la operación” suministrando en 
tiempo y en forma la documentación. 


En todo caso, Familiares tiene la responsabilidad de poner a disposición de la sociedad 
toda la información y documentación relevante que posea. Poco ayudan a la búsqueda de 
la verdad, especialmente en temas de violaciones de derechos humanos, los razonamientos 


especulativos “que doy a conocer en función de a quién beneficia y a quien perjudica”. La ver- 
dad no se construye seleccionando lo que se da a conocer y escondiendo lo que no nos gusta 
o perjudica. Esta experiencia, a veces muy amarga, queremos que sirva para las generacio- 
nes futuras, Esta lógica de mula tuerta, que mira empecinadamente siempre para el mismo 
lado, es la intención de construir un imaginario en la sociedad donde lo que nos rodea es 
todo lindo y bonito y el resto es despreciable. Pero ésta no es la realidad, y flaco favor le 
hacemos a las causas que defendemos si ocultamos lo que no nos gusta de nosotros mismos, 
o las cosas buenas de los demás, principalmente porque nos aleja de la verdad. 


Xl ué nos dejan estos tribunales 


Hay cosas que, por sabidas, no dejan de sorprendernos e indignarnos. Cada vez que se 
repasan algunos hechos, lejos de disminuir su impacto con el tiempo, toman otra dimen- 
sión y son más sorprendentes. Esto pasa con el relato de los asesinatos y las desapariciones 
hecho por los mismos autores. 


Estos tribunales militares desnudan claramente que hay dos justicias, una que se aplica 
para cualquier ciudadano y otra para los militares. Un militar puede ser un asesino confeso 
de muchas personas, aun de gente indefensa (como la ejecución del maestro Julio Castro o 
el asesinato de María Claudia García de Gelman para robarle su bebé) y puede ser un tor- 
turador, un violador, pero nada de eso será juzgado en estos tribunales, porque todos estos 
crímenes fueron realizados cumpliendo órdenes de sus superiores. Son, por lo tanto institu- 
cionales, y lo que se juzga es el “honor militar” individual, o sea, la lealtad y fidelidad hacia 
la fuerza; lejos de condenarlos por estos crímenes, los aplauden y le reconocen su “sacrificio 
y esfuerzo” personal en la “lucha contra el enemigo subversivo”. 


Un ejemplo es el tribunal de Gavazzo, a quien se lo condena por dejar que un camarada 
estuviera preso sin haber sido el participe directo de la desaparición de Roberto Gomenso- 
ro; o el de Gilberto Vázquez, a quien se lo condena por la fuga del Hospital Militar “perju- 
dicando” la palabra dada por el Comandante, el general Carlos Díaz. En ningún momento 
se preguntan los miembros del tribunal, por el asesinato y desaparición de un detenido o 
por las ejecuciones confesas por Gilberto Vázquez, de las que dice estar “orgulloso” y de las 
que dice que no tiene nada de que arrepentirse; o de su participación en “casi todas las ope- 
raciones en Buenos Aires” en que desaparecen decenas de compatriotas. 


Se sabía desde hace mucho tiempo quién era el autor material del asesinato y poste- 
rior desaparición de Roberto Gomensoro Josman en febrero de 1973. Eleuterio Fernández 
Huidobro, siendo ministro, había dicho que quien estaba procesado no era el responsable 
y que quien había sido el autor material era otro oficial del ejército, del cual no reveló el 
nombre, pero era un secreto a voces que ese oficial era José Gavazzo. Este nunca confesó su 
autoría hasta que compareció en este tribunal. En cambio, si resulta revelador en el relato, 
cómo se suceden los hechos, aunque notoriamente faltan jugadores. Lo que cuenta es que 
cuando matan a Roberto Gomensoro en el grupo de Artillería 1 (en La Paloma) siendo 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


segundo jefe de dicha unidad, comunica a su jefe, el entonces Teniente Coronel Alfredo 
Rubio, y los dos van al comando de la División de Ejército I (antiguamente llamada Región 
Militar 1) para dar cuenta del suceso al comandante general Esteban Cristi. Este decide 
hacer desaparecer el cuerpo llevándolo a la División de Ejército IM con asiento en Paso de 
los Toros. ¿Qué es lo que falta aquí? Lo primero que falta es que esta decisión no la tomo 
el general Cristi sin la autorización del Comandante en Jefe de la época, el general Hugo 


Chiappe Pose. 


En el ejército, la verticalidad en el mando y su respectiva cadena, es una de las más 
importantes reglas, esel principio más importante de ordenamiento de su estructura. El co- 
mandante de la División de Ejército l, tenía y tiene, jurisdicción sobre los departamentos de 
Montevideo y Canelones, pero no sobre todo el país. Para actuar en otra región o territorio 
es necesaria la autorización expresa de quien la tiene. Traducido: para llevar el cuerpo del 
asesinado y hacerlo desaparecer en las aguas del lago del Rincón del Bonete se necesita la 
orden del comandante en jefe del ejército y la autorización del jefe de la División de Ejército 
IL en aquel entonces el general Rodolfo H. Zubia. 


Pero no solo falta esta parte de la cadena, sino también los que colaboraron con el Ma- 
yor Gavazzo. Es impensable que a Roberto Gomensoro lo cargara solo él en un jeep, hiciera 
300 kilómetros, entrara al campo militar a orillas del lago, lo subiera a un bote, consiguiera 
piedras y un tejido que envolviera el cuerpo, para que no flotara, y todo esto en medio de la 
noche. Nuevamente la lógica rígida del sistema militar permite asegurar que en la muerte 
y desaparición de Gomensoro, Gavazzo no actuó solo. Intervino personal subalterno que 
trabajaba con él quien en tanto segundo comandante de la unidad era responsable de la 
Sección 2 (S 2 inteligencia); intervinieron directamente sus colaboradores inmediatos, un 
capitán que tenía funciones de S 2., el teniente 1% Tabaré Acuña (adjunto al S 2) y quien 
estaba a cargo de operaciones, el jefe de la Sección 3 (S 3 operaciones) el entonces capitán 
Ruben A. Sosa. Además, hay que contabilizar como colaboradores a quienes en el campo 
militar suministraron el bote, el tejido y las piedras para fondear el cuerpo, y por último a 
quien le dio acceso al campo militar de Paso de los Toros?. 


En el mismo tribunal, Jorge Silveira, también con destino en la misma unidad (el gru- 
po de Artillería 1) relata cuando el Mayor Gavazzo tira una granada de gas en el calabozo a 
Eduardo Pérez Silveira, un tupamaro prisionero. 


En mayo de 1974, Eduardo Pérez fue detenido por USACBL (Unidad de Servicio 
Aéreo Capitán Boizo Lanza) la unidad terrestre de la Fuerza Aérea, y trasladado posterior- 
mente por orden de la superioridad al grupo Artillería 1 para ser interrogado. Producto de 
la acción de Gavazzo, Pérez fue internado en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas. 


2 "Todas estas afirmaciones y conclusiones están sustentadas en la investigación y análisis de documentación 


de inteligencia militar, que realiza el proyecto universitario Cruzar (cruzar.uy) 


Según testimonios de detenidos fallece, aunque nadie vio el cuerpo y “misteriosamente” 
desaparece del hospital. Son todos los datos que se poseen. 


Sin embargo, resulta increíble que nadie haya aportado nada sobre una desaparición 
con evidencias múltiples. No es posible que un detenido salga de una unidad y no haya 
registros, cuando para entrar o salir de un cuartel cualquier persona se debe registrar en la 
guardia. En este caso, no se dieron a conocer los registros de entrada al hospital y tampoco 
de cuando sacaron supuestamente el cuerpo. 


Si los que dicen que quieren colaborar, civiles o militares, tienen intención de aclarar 
este caso, seguramente no necesitan ni hablar con los asesinos. Desde el S 2 (inteligencia) 
del hospital, pasando por el encargado de reclusos, seguido por el director del hospital y 
terminando por el jefe de Sanidad Militar, más los mandos (léase Comandante en Jefe del 
Ejército), más Junta de Comandantes de la época, todos tuvieron conocimiento de lo que 
pasó con la desaparición de Eduardo Pérez Silveira. 


Los nombres de quienes ocupaban cada cargo no son ningún secreto. Hoy es posible 
identificarlos y reclamar responsabilidades. Los registros no desaparecen como por arte de 
magia. Se podrá eliminar un registro, pero de todos los pasos van quedando constancias, y 
es imposible borrarlas todas. El hecho que no tengamos acceso a la información no da por 
sentado que no exista. Y para ejemplificar esto nos remitimos a los casos de Rafaela Fili- 
pazzi y José Potenza, él argentino y ella ciudadana italiana, desparecidos en nuestro país”. 


¿Por qué no se presta atención a este hecho? Nadie lo hizo, ni la administración an- 
terior ni la actual; ni el ministro de Defensa anterior ni el que ocupa el cargo actualmente. 
La búsqueda no es solo excavar donde supuestamente podrían estar los restos de detenidos 
desaparecidos. Para encontrar a nuestros desaparecidos, en este contexto -donde los auto- 
res, cobijados principalmente por sus instituciones (FFAA) no dan información- es nece- 
sario también realizar este trabajo de investigación, relevante; a esta altura ya hay suficiente 
evidencia que invalida la afirmación reiterada de que, puesto que los militares no brindan 
la información, no se puede hacer nada. Esa postura impone un callejón sin salida que, por 
conclusión, se incita a renunciar a la búsqueda. 


El tribunal de Gilberto Vázquez es una perla más en este collar de tribunales donde se 
absuelven a los culpables y se condena a las víctimas. En su cerrada defensa, para que no lo 


3 


El equipo dependiente del Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia, coordinado por Felipe Michelini, que 
intervino en el archivo de la Armada, Fusileros Navales (FUSNA) (2016-2020), encontró una ficha de un nom- 
bre que figuraba en una lista de desaparecidos. A partir de esa ficha, se pudo establecer que la pareja había sido 
detenida por el FUSNA en un operativo en un hotel de Pocitos, en mayo de 1977. Mediante un trabajo muy 
paciente de investigación, se pudo reconstruir toda la cadena desde la detención, hasta la entrega de la pareja 
a agentes de la policía paraguaya, el número de vuelo, la compañía de aviación y los nombres de los agentes 
paraguayos que los trasladaron y se sentaron en el avión al costado, para custodiarlos. Por su parte, en 2016, el 
Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAFE) identifico el hallazgo de los restos óseos en una fosa en 
Asunción del Paraguay. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


pongan de cabeza de turco, Vázquez afirma con total frialdad, consciencia e impunidad: 
“cuando tuve que torturar, torturé; cuando tuve matar maté”. 


El centro de su defensa: “todo lo que hice fue por órdenes de mis superiores”, se repite con 
todos los oficiales que han pasado por los juzgados. En principio negando su actuación y 
cuando no tienen forma de zafar, declarando que eran Órdenes que recibían de sus supe- 
riores. Con lo que se ha echado por tierra aquello de que hubo “excesos” o que algunos “se 
extralimitaron en sus funciones”, la explicación “fácil y distraída” para no tocar a las fuerzas 
armadas y para que las autoridades no tengan problemas en su transitar por el gobierno, 
evitando responsabilidades. 


Una de las cosas relevante de sus declaraciones, es cuando relata que en 1989, por 
decisión de la Junta de Generales, se le apersona un general designado por aquella para 
organizar una serie de atentados: “Me ha ordenado la junta de generales que prepare homi- 
cidios”, con la intención de amedrentar y parar los procesos en que algunos oficiales debían 
comparecer ante la Justicia. 


Esto pasaba en nuestro país, en el mismo momento en que se producía un proceso de 
profundización de las libertades, y en cierta medida de afianzamiento democrático. Algo 
parecido sucedió en 2006, cuando, según confesó, se proponía combatir desde la clandes- 
tinidad, y que uno de los blancos era el propio Presidente de la República (aludiendo a 
Tabaré Vázquez). En forma paralela, los militares seguían ejerciendo su función con la mis- 
ma concepción y determinación como en épocas de la dictadura. Conservando parte del 
poder, sobre todo referida al gobierno de sus propias fuerzas armadas. Continuaban au- 
togobernándose. El exministro Yamandú Fau desconocía lo que se hacía en su ministerio, 
casi sin ningún poder de decisión. Esto lo admitió en oportunidad de su comparecencia en 
la comisión del Parlamento que investigó el espionaje militar en democracia. No se podía 
confiar en nadie, hasta su secretario personal era militar, explicó. 


Y lo que no podían hacer “legalmente” lo hacían, o intentaban hacerlo clandestina- 
mente, pero siempre actuando dentro de las instituciones militares. En este contexto es que 
hay que poner las declaraciones de Gilberto Vázquez. Para que nadie piense que es un “lo- 
quito suelto”, como sugirió el general Guido Manini Ríos. En ese mismo momento, aun en 
actividad y ascendido al grado de coronel en plena democracia, Vázquez estaba formando a 
los futuros oficiales, ejerciendo la dirección del IMES (Instituto Militar de Estudios Supe- 
riores); nadie pensará que en los cursos educaba a sus alumnos en el respeto de la Constitu- 
ción, el republicanismo y la defensa de las libertades. 


En su actuación, primero como capitán y luego como teniente coronel al frente del 
Departamento III POE (Planes, Operaciones y Enlace) del SID (Servicio de Información 
de Defensa), participo “en casi todas” las operaciones represivas que se hicieron en la Ar- 
gentina en el marco del Plan Cóndor: los asesinatos en mayo de 1976 de Zelmar Michelini, 
Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo, William Whitelaw y la desaparición de Manuel 
LiberoX; y también en el traslado clandestino a Uruguay de prisioneros del PVP (Partido 


por la Victoria del Pueblo) en el “primer vuelo”, y la desaparición de otros militantes de esa 
organización, 22 de ellos en el “segundo vuelo” 


Todo esto tendría que ser motivo de reflexión, porque este país no necesita de mesiá- 
nicos como Gilberto Vázquez, salvadores designados por algún dios que le dio esa misión y 
ese poder. Lo que se necesita urgentemente es de fieles instituciones custodias de la Repú- 
blica, de los derechos y libertades que ella otorga. 


La lucha constante por los desaparecidos funciona como un termómetro de la volun- 
tad real por encontrarlos, y deja en evidencia la diferencia entre los discursos y palabras de 
buena voluntad, y las acciones concretas en pos de Verdad y Justicia. Las autoridades suelen 
anunciar su voluntad de colaborar en esa búsqueda; en realidad se trata de la obligación que 
tienen esas autoridades de poner en marcha el aparato del Estado para que la búsqueda sea 
efectiva. No alcanza con “ayudar”. Siempre es mejor ayudar que no hacer nada; pero para 
resolver la búsqueda de nuestros familiares desaparecidos y restablecer la verdad se necesita 
una actitud firme y hacer acciones concretas que nos lleven a encontrarlos. 


Hemos tratado de colaborar en esta búsqueda. Pero es necesario dejar claro que los 
familiares no son el centro de esa responsabilidad, no tienen las herramientas ni la potestad 
para hacerlo. 


Sólo el Estado es capaz de resolver este problema. Además, tiene la obligación de ha- 
cerlo porque, entre otras cosas, fue el propio Estado el que impulsó el terrorismo estatal, 
utilizando a las Fuerzas Armadas como su principal herramienta. Y por esa razón el Estado 
debe imponerse la tarea de resolverlo. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


La causa de Roberto Julio Gomensoro Josman 
después del contenido del Tribunal de Honor de 
José Gavazzo 


Guillermo Payssé* 


Antecedentes 


El 18 de marzo de 1973 apareció un cuerpo en estado de descomposición en las aguas 
del Lago del Rincón del Bonete. El cadáver era del sexo masculino, se encontraba desnudo 
envuelto en una malla de alambre y con piedras atadas en su interior con la intención de 
fondearlo. 


Cuatro días después el Inspector Mayor Dr. Emilio Laca solicitó autorización para ex- 
humar el cadáver para continuar con los estudios del mismo. Diligencia que se llevó a cabo 
con la colaboración del personal del cementerio de Tacuarembó y de Investigaciones de 
Montevideo. En su consultorio esqueletizó la cabeza hirviéndola con agua y cal, guardando 
los dientes que se desprendieron de esta. El cráneo y las piezas dentales permanecieron en 
su poder hasta el 10 de setiembre de 2001, sin que durante ese lapso —más de 28 años- rea- 
lizara estudios tendientes a identificar al NN cuyo cráneo conservaba en secreto. 


A raíz de una investigación realizada por Serpaj y su posterior denuncia municipal y 
judicial, un ex funcionario de Necrópolis aportó el nombre de Laca, quien fue interrogado 
en Sede Judicial y recuperado el resto óseo que estaba en su poder. Realizado el examen de 
ADN se determinó que pertenecía al desaparecido Roberto Julio Gomensoro Josman. 


Roberto era un ciudadano uruguayo, de 24 años de edad (nacido el 30 de enero de 
1949), casado, estudiante de la Facultad de Agronomía y profesor de la misma con el grado 
de ayudante de la Cátedra de Microbiología, militante del Movimiento 26 de Marzo y 
dirigente de la Federación de Estudiantes Universitarios Uruguay (FEUU). Fue detenido 
el 12 de marzo de 1973 en su domicilio de la calle Velsen N* 4484 por personas que se 
identificaron como integrantes de las Fuerzas Conjuntas”. 


1 


Abogado. Defensor de Oficio. Desde Serpaj, patrocinó la causa penal de Roberto. Al día de hoy, sigue 
siendo el abogado de la familia Gomensoro. 
2 Ficha de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente: https://www.gub.uy/secretaria- 
derechos-humanos-pasado-reciente/comunicacion/publicaciones/ficha-perteneciente-gomensoro-josman- 


roberto-julio 


Resolución Judicial 


Por sentencia dictada por el Juzgado Letrado de Paso de los Toros de fecha 06 de 
agosto de 2010 se decretó el procesamiento y prisión de Juan Carlos Gómez y de José Nino 
Gavazzo como autor y coautor respectivamente por la comisión de un delito de homicidio 
muy especialmente agravado (art.60 num.1, 61 num.3, 310 y 312 num. 1 y 5 del Código 
Penal). 


En 2013, el Fiscal Dr. Fernando Pérez D 'Auría solicitó el sobreseimiento de los dos 
procesados y la clausura del proceso entendiendo que Gomensoro fue asesinado en Mon- 
tevideo en el Grupo de Artillería N” 1 del Cerro de Montevideo (denominado La Paloma) 
y no en la ciudad de Paso de los Toros, a donde posteriormente se trasladó su cuerpo para 
fondearlo y proceder a su ocultamiento en el Lago del Rincón del Bonete. El 24 de diciem- 
bre del mismo año, la Juez Letrado de Paso de los Toros Dra. Karen Cuadrado resolvió 
acoger la solicitud fiscal. 


La solicitud del Dr. Perciballe 


A raíz de las manifestaciones de los ex oficiales del Ejército José Gavazzo y Jorge Silvera 
ante un Tribunal de Honor, el Fiscal Letrado Nacional especializado en crímenes de Lesa 
Humanidad, Dr. Ricardo Perciballe se presentó ante el Juzgado Letrado de Paso de los To- 
ros de 2? Turno, solicitando el desarchivo de las actuaciones “Gómez Juan Carlos; Gavazzo, 
José - Homicidio muy especialmente agravado”, ficha 429-10197/2001, y el libramiento 
de diversos oficios, entendiendo que existía un hecho nuevo que debía ser conocido por la 
Justicia. 


En una nota periodística publicada en el diario El Observador el 30 de marzo de 2019* 
se transcribían declaraciones de donde se extraía que la muerte de Roberto Gomensoro 
Josman se había producido en el Grupo de Artillería N” 1 ubicado en el Cerro de Mon- 
tevideo y que Gavazzo y otros integrantes del batallón no serían ajenos al hecho. Gavazzo 
reconoció que había arrojado el cuerpo de Gomensoro al Río Negro, luego de hallarlo sin 
vida en un calabozo del Batallón de “La Paloma”. 


A diferencia de lo que surge de las actas del Tribunal de Honor, cuando se interrogó 
a Gavazzo en el Juzgado de Paso de los Toros si había interrogado a Roberto Gomensoro, 
manifestó: ”..nunca lo vi, no lo conozco, no tuve nada que ver con él, no lo interrogué no lo hice 
interrogar, no lo maté... no se absolutamente nada de él, nunca lo vi en mi vida... Tampoco vi 
quien lo mató, ni me consta que nadie lo haya matado...no es cierto que estuviera en el Grupo 
de Artillería cuando fue detenido Gomensoro...” 


2 https: //www.elobservador.com.uy/nota/gavazzo-admitio-que-arrojo-el-cuerpo-de-roberto-gomensoro- 


al-rio-negro-2019329181326 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


El Fiscal fundamentó su solicitud de desarchivo en la obligación estatal de investigar, 
juzgar y condenar las graves violaciones a los derechos humanos; que surgen de: a) obliga- 
ciones dimanadas de su incorporación a la Organización de Naciones Unidas; b) obligacio- 
nes a partir de la normativa internacional aprobada por Uruguay; c) obligaciones derivadas 
de la aprobación de la Convención de Viena sobre derechos de los tratados; d) obligación 
funcional de protección de los derechos humanos e investigación de sus violaciones. A lo 
que sumó el derecho a la tutela judicial efectiva y derecho a la verdad: “En materia de de- 
rechos humanos es pacífico admitir que la obligación estatal de persecución de las graves viola- 
ciones a los derechos humanos se encuentra intrínsecamente imbricada con el Derecho de las 
victimas al conocimiento de los hechos”. 


Cita el caso de la Masacre de la Rochela vs Colombia, Sentencia del 11/05/2007 
(Fondo, Reparaciones y Costas) donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos 
(CIDH) sostuvo: Asimismo, es necesario señalar que el principio de cosa juzgada implica la 
intangibilidad de una sentencia sólo cuando se llega a ésta respetándose el debido proceso de 
acuerdo a la jurisprudencia de este Tribunal en la materia. Por otro lado, si aparecen nuevos 
hechos o pruebas que puedan permitir la determinación de los responsables de esas graves vio- 
laciones a los derechos humanos pueden ser reabiertas las investigaciones, incluso si existe una 
sentencia absolutoria en calidad de cosa juzgada”. 


La Juez de Paso de los Toros Naama Cóccaro fue más allá de la solicitud fiscal y re- 
solvió declarar sin efecto el sobreseimiento dispuesto por la providencia N” 1188 de fecha 
20/12/2013 respecto de José Nino Gavazzo y que se libren los oficios solicitados por la Fis- 
calía Letrada de Crímenes de Lesas Humanidad (Resolución N* 108 de fecha 17/06/2019) 


La sentencia del Tribunal de Apelaciones 


La Defensa de Gavazzo interpuso recursos de reposición y apelación en subsidio y 
de nulidad contra la resolución dictada por la Dra. Cóccaro (Sentencia N” 491/2020 de 
19/08/2020 del Tribunal de Apelaciones Penal de 2” Turno). 


El Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la sentencia interlocutoria apelada y en su 
lugar desestimar la reapertura del juicio solicitada. Fundamenta su resolución en el princi- 
pio de non bis in ídem, *..lo concreto es que resulta materialmente imposible juzgar dos veces a 
una persona por los mismos hechos una vez que recayó sentencia ejecutoriada a su respecto, ya 
sea la misma definitiva de condena o absolución, o interlocutoria con fuerza de definitiva...”. 
“Si se decreta el sobreseimiento opera la cosa juzgada y aplica el principio non bis in ídem y no 
puede ni siquiera ser expuesto al riesgo de que cualquiera de estas hipótesis ocurra mediante una 
nueva persecución penal”. Entiende el Tribunal que no es un hecho nuevo la declaración de 
Gavazzo ante el Tribunal de Honor que lo relaciona en el caso de autos en forma personal. 


El recurso de casación de la Fiscalía Especializada 


La Fiscalía especializada en Crímenes de Lesa Humanidad interpuso recurso de ca- 
sación contra la Sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de 
2” Turno, estableciendo que la verdad debe fluir y “aun cuando se admita que no se pueda 
juzgar nuevamente a José Gavazzo por estos hechos, ello no obsta a que se establezca la verdad 
sobre lo acontecido, así como eventualmente adscribir responsabilidad a otros responsables”. “Se 
debe tener presente que la Defensa de Gavazzo solo se agravió en lo atinente a la anulación de 
su sobreseimiento, pero no de la reapertura de la causa”. “...una cosa es la eventual vulneración 
del principio non bis in ídem (hecho discutible) y otra muy distinta es negar la reapertura de la 
causa para conocer lo que pasó, y en su caso establecer las responsabilidades que correspondan. 
Pues, aun cuando se determine la responsabilidad de Gavazzo nadie sabe si actuó solo, o en 
forma conjunta y a la vez sí lo hizo ordenado/amparado por alguien”. 


La Fiscalía no comparte la afirmación del TAP en cuanto no hay hechos nuevos y se 
refiere a un elemento que no fue objeto de la investigación y que por lo tanto pudo tener 
incidencia en la misma. Se formula diversas preguntas, de las que destacamos una: si el 
Fiscal Departamental que solicitó el sobreseimiento hubiese tenido conocimiento de lo 
declarado por Gavazzo ante el Tribunal de Honor ¿habría solicitado el mismo? 


En su extenso y fundado escrito analiza: 1) Principio de non bis in ídem y crímenes 
de Lesa Humanidad; 2) Vulneración del Derecho a la Verdad y a la tutela judicial efectiva 
por desconocimiento de los arts. 1.1; 8.1 y 25 de la Convención Americana de Derechos 
Humanos; 3) Errónea interpretación del art. 29 de la Convención Americana de DD.HH:; 
4) Incumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el 
caso Gelman vs. Uruguay y de la Resolución de supervisión de la misma. Desconocimiento 
de los arts. 62.3, 67 y 68.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 5) Doctri- 
na de los actos propios. Principio de Oficialidad y desconocimiento de los arts. 10 y 68 del 
CPP; 6) Principios que gobiernan la apelación y desconocimiento de los arts. 252 y 253 
del CPP. 


Culmina estableciendo que hay dos hechos que resultan incontrastables y que no 
pueden ser refutados por nadie: a) que Roberto Gomensoro fue detenido por agentes del 
Estado, murió en una unidad militar y su cuerpo fue envuelto con alambre y fondeado en 
el Río Negro y b) la extensa investigación realizada por la Justicia no pudo determinar el 
lugar, las causas y los motivos de la muerte de Roberto Gomensoro Josman. Menos aún 
quien o quienes fueron los responsables de la misma. Ante tales hechos, los familiares de la 
víctima tienen el derecho a saber la verdad de lo sucedido, así como a que se haga justicia. 
Y correlato de ello, el Estado tiene la obligación de investigar, juzgar y de existir pruebas 
condenar a los responsables. 


La Suprema Corte de Justicia dictará sentencia y su fallo y fundamentos determinará 
que nuestro país enfrente una nueva condena internacional o no. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


El proyecto Sitios de Memoria — Uruguay 
Cartografiar y conectar 


Mariana Risso! | Rodrigo Barbano? 


El proyecto Sitios de Memoria — Uruguay y su página web: sitiosdememoria.uy surgió 
con la intención de aportar al desafío de avanzar en la transparencia y sistematización de 
la información sobre el período de actuación ilegítima del Estado (1968-1973) y de te- 
rrorismo de Estado (1973-1985). El proyecto sitiosdememoria.uy se encuentra disponible 
desde el 19 de octubre de 2019 como una herramienta más para contribuir a las luchas por 
memoria, verdad y justicia. 


En un principio el impulso estuvo centrado en la necesidad de sistematizar, dispo- 
nibilizar y conectar información dispersa que permitiera la identificación de los espacios 
que constituyeron la red represiva durante la dictadura y en los años previos de despliegue 
autoritario. 


La perspectiva sobre la importancia de la identificación y reconocimiento de los lu- 
gares represivos, se fundamentó en los impacto que esos lugares tienen en el territorio que 
ocupan y, de forma no menos significativa como formas de facilitar la reflexión sobre sus 
funciones en el presente. 


A partir del apoyo de organizaciones sociales fundamentales en la lucha por la memo- 
ria y contra la impunidad como son Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y la 
Asociación de ex presas y presos políticos Crysol, se planteó en una primera etapa georre- 
ferenciar y mapear los lugares identificados como espacios represivos y vincularlos a otros 
datos como investigaciones y fuentes documentales, para hacer disponible información 
dispersa y desordenada. 


Cartografiar la red 


El propio nombre del proyecto da cuenta de su objetivo principal: identificar, visibili- 
zar, conectar y disponibilizar la información sobre los lugares desde donde se organizaron y 
cometieron delitos de lesa humanidad durante la dictadura y años previos. 


1 Psicóloga, integrante de Sitios de Memoria - Uruguay. 
8 8 guay. 


2 Programador, integrante de Sitios de memoria - Uruguay. 
8 8 





Se georreferenciaron, a partir de investigaciones previas y de la producción propia, 
lugares de forma que visualice el despliegue territorial de esa red y, al mismo tiempo, facili- 
tar el acceso a investigadores y militantes locales por la memoria. Esos puntos se colocaron 
sobre diferentes capas geográficas como fotografías aéreas de 1966, 2003 y 2019 liberadas 
por Presidencia de la República en el año 2019. 


La relevancia de estos lugares es importante, en un país que fortaleció bajo la doctrina 
de la seguridad nacional el aparato represivo policial y militar. La extensa red de espacios 
gestionados por distintos organismos policiales y militares, modificaron su rol y rápida- 
mente y, en cuestión de pocos años, los batallones, cuarteles y comisarías fueron transfor- 
mando su funcionamiento para convertirse en cárceles y centros de secuestro y tortura. La 
principal característica represiva de la dictadura uruguaya fue la prisión política prolongada 
y la tortura masiva sobre la población, la que fue planificada y ejecutada en esos lugares. 


De los 142 lugares represivos identificados y referenciados, hay 33 que fueron señali- 
zados por la Comisión Especial que funcionó en el ámbito del Ministerio de Educación y 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Cultura, en el marco de la ley 18.596?; 4 lugares por el Proyecto Marcas de la Resistencia?; 6 
espacios fueron señalizados por iniciativas municipales o de organizaciones de la sociedad 
y 1 lugar de asesinato político (Fusilados de Soca) cuenta con un memorial. Asimismo 6 
lugares fueron declarados Sitios de Memoria, de acuerdo a la ley 19.641*. 


Esos espacios fueron clasificados, por el proyecto sitios de memoria, en 8 categorías: 


1. Centros de detención y tortura (CDyT). Esta es una categoría amplia donde se 
identifican aquellos lugares donde se mantuvo secuestradas personas con distintas 
categorías jurídicas (secuestros ilegales, procesamientos por la justicia militar, re- 
henes). En esta categoría se incluyen principal pero no exclusivamente Batallones, 
Cuarteles, Destacamentos y otras unidades militares que funcionaron durante la 
dictadura cívico militar y los años previos, donde fue sistemática la práctica de tor- 
turas. 


2. Centros Clandestinos de Detención y Tortura (CCDyT). Se definen aquellos luga- 
res cuya infraestructura y operativa de secuestro y tortura de personas, se pretendía 
mantener en secreto. Se incluye principal pero no exclusivamente en esta categoría 
locales de grupos vinculados a la gestión de los organismos de inteligencia policial 
y militar.. 


3. Cárceles de presos/as políticos/as adultos/as. Cárceles de presos/as sociales que 
alojaron presos/as políticos/as, o cárceles especialmente dispuestas para la deten- 
ción y la prisión prolongada de personas exclusivamente por motivos políticos. 


4. Cárceles de presos/as políticos/as adolescentes. Centros de internación y prisión 
de niñas, niños y adolescentes por problemas sociales o por conflictos con la ley 
penal que fueron convertidas en cárceles para la prisión de niños/as y adolescentes 
recluidos por motivos políticos. 


5. Centro de Detención y Tortura - Hospital. Hospitales de gestión pública donde se 
mantuvieron presos/as políticos como formas de continuidad de la tortura o como 
forma de recuperar las condiciones físicas para la continuidad de los tormentos en 
otros lugares. Se identificó el funcionamiento en dos lugares de Montevideo de re- 
ferencia nacional, salas especialmente destinadas como celdas o calabozos dentro 
del Hospital Militar y del Hospital Psiquiátrico - Vilardebó. 


6. Lugar de hallazgo y recuperación de restos humanos. Se identifican en el mapa los 
lugares donde se produjo el hallazgo de restos pertenecientes a personas detenidas 
desaparecidas. En particular se georreferenciaron los hallazgos de 30 cuerpos en 


2 Ley que reconoce la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985. 


Véase completa en https: //legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp3865679.htm 
% Marcas de la Memoria http: //www.memoria.org.uy/ 
Ley Sitios de Memoria Histórica del Pasado Reciente, véase completa en https: //parlamento.gub.uy/docu- 


mentosyleyes/ficha-asunto/135482 


5 


las costas de Uruguay en 1976 y 1977, los que fueron enterrados como NN, 5 de 
ellos lograron ser identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense 
(EAAF) como víctimas de los vuelos de la muerte. 


7. Punto de apoyo. Se identificaron en ese concepto aquellos lugares que desempeña- 
ron funciones de apoyo logístico a operativos represivos, en particular comisarías 
donde no hubo detenidos políticos por tiempo prolongado. 


8. Lugares de asesinato político. Lugares donde se produjo el asesinato de personas 
por motivos políticos, ya sea en enfrentamientos con fuerzas represivas o en opera- 
tivos realizados y planificados en el marco del terrorismo de Estado. En esta última 
categoría se comprenden eventos principalmente ocurridos en la vía pública, resi- 
dencias de militantes políticos, lugares de funcionamiento de grupos partidarios, 
etc. Se excluyen los lugares que funcionaron como centros de detención dentro de 
la operativa sistemática de la represión. 


Luego de esa primera etapa, de identificación y clasificación, se incorporó a una base 
de datos las fichas de más de 400 personas detenidas desaparecidas o muertas por la acción 
del Estado, así como los datos surgidos de causas judiciales y procesamientos de represores. 
Esta información se conecta a los lugares en donde permanecieron secuestradas o presas. 
Para acceder a los datos de causas se inició a finales del 2019 una coordinación con el Ob- 
servatorio Luz Ibarburu y a partir de sus datos, se continúa en proceso de ingreso, sistema- 
tización, actualización y depuración de la información. 


Las distintas visualizaciones de los mapas y las fichas de lugares, víctimas, causas y re- 
presores permiten de forma relativamente sencilla, acceder a una cartografía de una red de 
la represión, donde se destacan sus continuidades - discontinuidades en el presente. La tra- 
ma represiva se tejió en esta misma red de lugares, con protagonistas que ganaban espacios 
en la lucha antisubversiva y en la gestión del Estado, con una dimensión pública inserta en 
la legalidad institucional y, al mismo tiempo, con una operativa represiva que en realidad 
fue más negada que clandestina. La persecución y la tortura, por su dimensión. era un se- 
creto a voces. 


También se generaron y fortalecieron espacios clandestinos de secuestro y operativos 
de coordinación regional en el marco del Plan Cóndor. Estos espacios fueron gestiona- 
dos principalmente por los distintos organismos especializados de la inteligencia militar y 
policial, como la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, el Servicio de Infor- 
mación de Defensa y el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas. Podría 
afirmarse que, la operativa y la logística del terrorismo de Estado, más que fundar redefinió 
y profundizó el uso represivo de los espacios. 


Esos espacios, en los primeros años de la recuperación de la institucionalidad demo- 
crática reconvirtieron sus funciones pero continuaron en su mayoría en uso de las fuerzas 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


policiales y militares, tanto como cuarteles y batallones de distintas armas, como en comi- 
sarías y cárceles de personas adultas o adolescentes. 


Cartografiar es más que mostrar lugares en un mapa, es diseñar el campo de las dispu- 
tas sobre la memoria para su resignificación en los requerimientos políticos del presente. 


Conectar y acceder, el presente del pasado 


El presente del terrorismo de Estado se vincula a la baja disposición de ese mismo Es- 
tado a la apertura y organización de sus archivos así como también a destinar recursos para 
su acceso. En eso hay omisiones políticas junto a faltas de asesoramiento específico para el 
tratamiento y sistematización de datos. Por ejemplo, la importante tarea realizada por los 
equipos de investigación histórica que trabajaron junto a la Secretaría para el Pasado Re- 
ciente de Presidencia, que contó durante años la colaboración de destacados y destacadas 
investigadoras de la Universidad de la República, careció del cruzamiento de la informa- 
ción dispersa y fragmentaria. 


Las fichas elaboradas sobre datos recobrados de personas detenidas - desaparecidas o 
asesinadas por motivos políticos, han sido un aporte muy importante a la sistematización 
de esos datos, sin embargo al elegir el formato para su difusión, se realizaron en una base de 
datos donde se publicaron pdf, una modalidad que no permite cruzar información, corre- 
gir errores (de tipeo, de información errónea, de actualización) de manera ágil ni generar 
aportes colaborativosí. 


Una tarea central para colaborar con las luchas por memoria, verdad y justicia, parte 
de la necesidad de organizar datos y conectar bases documentales que ayuden a difundir 
lo acumulado. Académicas/os, militantes, víctimas, periodistas, organizaciones políticas y 
gremiales han realizado múltiples esfuerzos por reunir información que pueda aproximar a 
desarticular el negacionismo y ser fuente de prueba en juicios nacionales e internacionales. 
Sistematizar y vincular esta enorme producción requiere capacidades especializadas al ser- 
vicio de un posicionamiento político. 


En el intento de procesar información compleja hay, en los últimos datos, otras impor- 
tantes iniciativas desde la academia y las organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo 
de producir plataformas colaborativas que aporten análisis y vinculen la información entre 
sí. En esa línea el Proyecto de sistematización de información CRUZAR? y su aplicación 
LUISA, de la Facultad de Información y Comunicación de la UdelaR (FIC) con apoyo de 
Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos, ha innovado con plataformas 
que permiten la participación ciudadana en los procesos de reconocimiento de texto de 
archivos de la dictadura. Hasta el momento las conclusiones que han sido posibles a partir 


6 Secretaría de derechos humanos para el pasado reciente - https: //www.gub.uy/secretaria-derechos-huma- 


nos-pasado-reciente/ victimas 
7 Cruzar - Archivos del pasado reciente https: //cruzar.uy/ 


del cruzamiento de información solo son los informes de análisis que publican los respon- 
sables del proyecto. 


Desde Sitios de Memoria - Uruguay hemos hecho esfuerzos para vincular la infor- 
mación entre sí, colocando en las fichas de los lugares represivos enlaces a las víctimas de 
desaparición o asesinato que pasaron por allí, así como mostrando las causas judiciales aso- 
ciadas a esos lugares y que entidades represivas tuvieron esos lugares a su cargo. 


Diagrama sobre la organización y conexiones de información disponible en sitiosdememoria.uy 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


ENTIDAD ss OBRAS DE 
REPRESIVA INTERÉS ma 


ETAPAS DE 
CAUSA 
JUDICIAL 


PAGINA 
INFORMATIVA 








Este diagrama muestra cómo se vinculan entre sí los distintos tipos de datos incorpo- 
rados en el sitio web por lo que la información presentada no sólo tiene valor en sí misma si 
no en tanto se conecta con decenas de otros contenidos vinculados. 


Sobre el mapa de la memoria, sus lugares y sus víctimas, se superpone el mapa de los 
debates histórico-políticos, la discusión por la memoria es una tensión que se ubica en el 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


presente y da cuenta de la necesaria problematización sobre el uso y los límites de la violen- 
cia institucionalizada. 


El mapa de los discursos, de los reposicionamientos, de las resignificaciones es por mo- 
mentos vertiginosa y compleja. El discurso político uruguayo, tradicionalmente moderado, 
republicano, cortés, ha sido eficaz como modalidad para revestir el horror, quizá su expre- 
sión más lograda es el eslogan “el cambio en paz” que propuso durante su primer gobierno 
de 1985 a 1990 Julio María Sanguinetti. 


Esa curiosa manera elusiva y de señales cínicas que tradicionalmente mantuvo la prác- 
tica política uruguaya parece estarse agotando. Las prácticas del Estado terroristas se ins- 
criben sobre el horizonte de lo habilitado y de lo excluido en el uso de la violencia represi- 
va. Este escenario, marcado por sucesivas iniciativas legislativas de aumento de penas y de 
capacidades de acción de los organismos represivos apuntan a la legitimación del uso de la 
fuerza y la reducción del control legal sobre los agentes del Estado. 


A partir de esa tensión surgen y se activan en el escenario político uruguayo viejos 
discursos con nueva fuerza, el combate a la inseguridad y el delito, justifican y habilitan 
la aprobación de leyes que permiten una mayor desregulación y control sobre la violencia 
ejercida por agentes del Estado. Se abren nuevos espacios a propuestas explícitamente vio- 
lentas y autoritarias, las que oscilan en la coalición del gobierno, entre la teoría de los dos 
demonios y el negacionismo de los crímenes de lesa humanidad. Algunas figuras han direc- 
tamente reivindicado el papel represivo del terrorismo de Estado y de sus figuras. 


Senadores piden amnistía para militares procesados, se recolocan placas de homena- 
je a connotados torturadores, reaparece el anticomunismo como si se intentara revivir la 
Guerra Fría aprovechando el discurso de odio para agitar viejos fantasmas. Se reaviva en 
forma descarnada la acusación a los militantes sociales y a las víctimas de que sus reclamos 
de justicia es tener sed de venganza?. 


La disputas por lo que se permite y tolera en el discurso político es un eje de ten- 
sión provocado por el surgimiento de los discursos e iniciativas de los representantes de la 
ultraderecha militarista uruguaya. Ese escenario desafía la agenda de defensa de derechos 
humanos, por lo que es imposible desconocer que el reconocimiento e investigación de los 
crímenes del terrorismo de Estado, se vincula con las luchas por poner límites al desborde 
represivo y la persecución en el presente. 


$ Verdeclaraciones en prensa de Guido Manini Ríos https: //www.elobservador.com.uy/nota/manini-sobre- 


familiares-si-no-hay-un-enemigo-presente-no-tienen-razon-de-existir--2020929171724 





Foto: Héctor Tierno 


¿X] ué pasa en Uruguay con la ley de sitios de 
Memoria? 


Malena Laucero | Efraín Olivera ' 


Una mirada sobre los sitios 


En 2018 se aprobó en Uruguay la Ley 19.641 denominada Sitios de Memoria Histórica 
del Pasado Reciente, con el fin de proteger y promocionar el trabajo de los Sitios. El sentido 
societario de estos lugares no es solo el de recordar y condenar las atrocidades allí cometidas 
por y en nombre del Estado, sino que lo primordial consiste en ser espacios de reflexión y 
conocimiento de los móviles que llevaron al poder a hacer uso, como forma de castigo so- 
cial, de una aberrante represión de sus opositores. Estos son los hechos que la sociedad debe 
preservar del olvido y que encuentran en los sitios de memoria un lugar donde hacerlo; y es 
socialmente necesario porque los móviles que empujaron hacia la dictadura, siguen estando 
y persisten en retornar, aunque claro está, en nuevos formatos. 


La ley surgió por iniciativa y esfuerzo empecinado de la sociedad civil, que siguiendo 
las Recomendaciones elaboradas en 2012 por el Parlamento del Mercosur (Parlasur), elabo- 
ró el anteproyecto de ley desplegando una fuerte participación. 


1 


Miembros de Serpaj Uruguay, integrantes de Comisión Sitio de Memoria 300 Carlos (Infierno Grande). 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Los lineamientos de las recomendaciones fueron el resultado de una consulta a organis- 
mos estatales y organizaciones de Derechos Humanos de los respectivos países, que recogió 
las diferentes experiencias y conceptualizaciones realizadas con los Sitios de Memoria en la 
región. De esta manera se elaboró una propuesta de Política Pública común de sitios de me- 
moria; una experiencia novedosa y pionera de construcción interestatal. Este intercambio 
de enfoques, procederes y sentires fue configurando una mirada diferente y produciendo 
nuevos saberes y conocimientos, los que demandaban nuevas denominaciones y definicio- 
nes. Lo específico para un país no lo era para el vecino, por lo tanto la definición de sitios de 
memoria que surgiera de este contexto tenía que poder expresar las diferentes experiencias, 
por lo tanto debía ser amplio. 


Si bien el esfuerzo regional por construir herramientas comunes que facilitaran la coo- 
peración y el intercambio fue muy importante y significó un fuerte impulso a los procesos 
nacionales de creación e implementación de políticas públicas de Memoria, las experiencias 
y el anclaje social del tema fueron y son muy diferentes. 


En los países de la región (y del Mercosur) los primero sitios de memoria identificados 
fueron los lugares creados por el sistema represivo de las dictaduras de los años 60 y 70 
como lugares de detención de los adversarios políticos en búsqueda, según decían, de in- 
formación sobre su accionar. Para ello, implementaron una variedad de métodos brutales y 
denigrantes de tortura física y psíquica. Estos sitios fueron en su momento la imagen rotun- 
da del horror; testimonios indiscutibles de los delitos cometidos por las fuerzas represivas 
de los estados nacionales, la denuncia de estos hechos no eran creídos por una buena parte 
de la sociedad, no eran humanamente concebibles. 


En Uruguay los sitios de detención y tortura fueron alojados en centros militares, cuar- 
teles en su mayoría, pero también en dependencias policiales y viviendas apropiadas ilegí- 
timamente para esos fines. 


La manera en que la sociedad resuelve los conflictos con el pasado, tema que a veces 
parece tan alejado de las preocupaciones cotidianas por la sobrevivencia, son en realidad de 
enorme trascendencia porque son producto de las ideas y valores que dan forma y mueven 
las diversas esferas del Estado. Si es de importancia reflexionar socialmente sobre cómo se 
satisfacen las necesidades más inmediatas; tanto o más debiera ser el reflexionar sobre ese 
ámbito invisibilizado de las ideas que las sustentan; las que entre otras cosas por ejemplo, 
inducen la participación social o la dificultan, especialmente de atender cuando introducen 
el castigo y el miedo con legitimación institucional, como formas de moldear y controlar 
los genuinos y humanos deseos de convivencias más equitativas; como sucedió en dictadu- 
ra de manera extrema y moderada y con disfraces en el presente. 


Muchas veces nos hemos preguntado cómo es posible que nuestra sociedad de pos 
dictadura no haya promovido, como era de esperar, una investigación o un debate sobre los 
delitos políticos (y económicos) perpetrados en dictadura; o que no haya emitido una clara 
condena pública de esos hechos y sus perpetradores. 


Seguramente sean muchas las razones, pero algo parece claro y es que los sitios de me- 
moria tienen por delante un enorme desafío: recuperar el debate y la reflexión del pasado 
pero también alertar sobre la fragilidad de nuestras democracias, cuestionar el anclaje de 
ciertas convicciones como que “no son posibles los retornos o que los hechos aberrantes del 
pasado no pueden repetirse”; sin embargo, hoy Europa nos está mostrando con el resurgir 
neonazi, que sí es posible. El famoso grabado de la socialista alemana Káthe Kollwitz, del 
joven con el brazo en alto gritando “Nunca más guerra/ Nie wieder Krieg” que desde 1924 
recorre el mundo, nos recuerda que el “nunca más” no es un mandato sino un deseo que se 
construye con reflexión y conciencia. 


Historia del proceso como contexto 


Desde el año 2016 que grupos organizados de la sociedad civil comenzara a impulsar 
con fuerza una ley de protección de los sitios de memoria en Uruguay, Serpaj viene informan- 
do cada año: desde las discusiones y debates originarios sobre los cometidos de una ley, en 
2016; pasando por su elaboración participativa de parte de organizaciones y grupos de 
ciudadanos comprometidos y su posterior debate en la Cámara de Senadores, en 2017; su 
aprobación por amplia mayoría el 13 de julio de 2018; el primer año de gestión de la ley 
por parte de la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM), en 2019 
y en el presente informe, sobre el segundo año de actividades orientadas por la Ley 19.641 
de Sitios de Memoria. 


En el Informe Anual del pasado año? hemos descripto detalladamente los cometidos 
fundamentales de la ley: la forma de organización adoptada, la representación de la socie- 
dad civil y de los órganos del Estado, la forma de trabajo, los avances logrados y las dificul- 
tades que se presentaron. De manera que no comentaremos aquí estos temas, remitiéndolos 
a los respectivos informes anuales mencionados. 


En marzo de 2020 dos hechos marcaron un cambio de rumbo importante en la so- 
ciedad uruguaya: el cambio de gobierno por un lado y la entrada de los primeros casos de 
contagiados con el virus Covid 19, que indicaban la propagación de la pandemia en nues- 
tro país. Si bien las consecuencias no fueron tan difíciles como para los países vecinos, la 
actividad económica y social se vio fuertemente restringida. 


El trabajo de la Comisión Honoraria de Sitios de Memoria en este año 


La Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM), órgano de imple- 
mentación de la Ley 19.641 es en escala menor un reflejo bastante aproximado del trata- 
miento que el Estado y la sociedad dan a los sitios de memoria: allí se expresa con cierta 
claridad tanto el conflicto como el comportamiento de las partes. A manera de síntesis 
podríamos decir que en estos dos años de funcionamiento de la CNHSM y de la Red de 


2 


Derechos Humanos en el Uruguay. Informe 2019. Págs. 100 a 114. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Sitios de Memoria, el Estado no mostró un compromiso con el tema ni tuvo una actitud 
activa de promocionar el trabajo de memoria en los Sitios como prevé la ley, sino que se 
restringió casi exclusivamente al reconocimiento formal de sitios y la colocación de placas 
de memoria; mientras que la Red de Sitios de Memoria, con enormes esfuerzos y mucho 
viento en contra, no logró el fortalecimiento necesario de la articulación, aunque algunos 
sitios de la red lograran importantes avances. 


Para el trabajo de la Comisión Nacional Honoraria las restricciones epidemiológi- 
cas implementadas significó, al igual que para la mayoría de la sociedad, un cambio en la 
modalidad de trabajo, con todas las dificultades técnicas, imaginables y no, que impuso la 
implementación repentina del trabajo a distancia. 


Con el cambio de gobierno, también cambiaron en la CNHSM los tres representantes 
del Estado: se incorporaron el Lic. José Cozzo por el Ministerio de Educación y Cultura 
(MEC) y el Dr. Aldo Marchesi por la Universidad de la República (UdelaR), sigue al mo- 
mento pendiente el nombramiento del representante de la Administración Nacional de 
Educación Pública (ANEP). 


Las restricciones sanitarias llevaron a la CNHSM a reducir el ritmo de encuentros, lo 
que no impidió avanzar en asuntos de funcionamiento interno. Algunos temas pendientes 
señalados como importantes en el primer informe de actividades presentado por la comi- 
sión en diciembre del 2019 no pudieron ser retomados y concretados, por ejemplo se siguió 
trabajando durante el segundo año de gestión sin un plan de trabajo y sin un presupuesto. 
Como ya señaláramos anteriormente, un plan es un instrumento técnico que expresa en 
acciones objetivos políticos, por lo tanto es un tema de disputa de intereses y altamente 
conflictivo. 


Declaración de Sitios de Memoria y colocación de placas en 2020 


Este año se reconocieron 3 Sitios de Memoria. Dos de ellos correspondían a Espacios 
de Memoria: 1) el Museo de la Memoria y 2) el Centro Zelmar Michelini, ubicados ambos 
en la ex Quinta de Santos en Montevideo. El 3) el Memorial a los Desparecidos ubicado en 
la rambla Carlos Federico Saez en ciudad de Mercedes, Soriano*. 


Placas colocadas: solo una, en reconocimiento a la sociedad afro-uruguaya en el Ba- 
rrio Ansina (Reus al sur) el 14 de enero del 2020. 


Placas aprobadas, pendientes de colocación: 1) ex Cárcel de Mujeres (Cabildo) en 
Montevideo; 2) en Memoria a las víctimas del accionar represivo en Los Vagones en Ca- 
nelones; 3) homenaje a la profesora Nilda Sabalzagaray asesinada en el Batallón de Trans- 


misiones N*1 en Montevideo; 4) en el ex Servicio de Información de Defensa (SID) hoy 
2 Enoctubre de 2020 fue cambiado con los votos de los ediles blancos y colorados de la Junta Departamental 
de Soriano el nombre del tramo de la rambla donde se encuentra el Memorial a los Desaparecidos. Se le deno- 
minó Pascasio Báez Mena, peón rural asesinado por el MLN-Tupamaros en 1971. 


sede de la Institución Nacional de Derechos Humanos Montevideo; 5) en el Museo de la 
Memoria (MUME) en Montevideo; 6) en el Centro Zelmar Michelini en Montevideo; 7) 
a las víctimas de la Masacre del 14 de abril de 1972, calle Amazonas 1440 en Montevideo; 
8) en la ex sede de la Jefatura de Policía de Montevideo; 9) en Memoria de las víctimas 
del accionar represivo del Grupo de Artillería N*5 en Av. Burgues entre Estanislao Vega y 
Ortiz de Zárate en Montevideo; 10) en Memoria por la desaparición de Manuel Sobrino, 
se colocará en el muro del Molino de Pérez en Montevideo; 11) en Memoria a las víctimas 
del accionar represivo en el cuartel de Rocha;12) en Memoria a la solidaridad y resistencia 
en la Guardería Andresito Guacurari en Ciudad Vieja, Montevideo. 


Placas profanadas o robadas: 1) La placa del Chalet Susy, denunciada como profa- 
nada. Según las averiguaciones realizadas, se trataría de un robo por el material (bronce). 
2) La Junta Departamental de Canelones emitió un comunicado el 17 de junio del 2020 
repudiando el acto de violencia y vandalismo contra la placa en homenaje a los hombres y 
mujeres que resistieron la dictadura cívico militar ubicada frente al frigorífico Comargen. 


El dilema y sus salidas 


El presupuesto fue un tema que ocupó un lugar central en la agenda de trabajo de la 
Comisión Honoraria de Sitios de Memoria (CHSM); reactualizando la discusión iniciada 
en 2019, a raíz de diferentes interpretaciones de la Ley 19.641 de Sitios de Memoria. 


Quizás sea pertinente recordar, que fueron las organizaciones de la sociedad civil las 
que al elaborar el anteproyecto de ley de sitios, decidieron y solicitaron a la Institución 
Nacional de Derechos Humanos que fuera ella el órgano rector de la ley y por tanto, la 
que presidiera la CNHSM y recordar también que, los dos primeros años, se trabajó sin 
presupuesto. 


La discrepancia de interpretación planteada no era un asunto menor ya que estaba en 
juego el presupuesto para el trabajo de los Sitios previsto en la ley. La Red de Sitios, parte 
integrante de la CNHSM, así como los abogados que asesoraron durante el proceso de 
elaboración del anteproyecto, que fuera enviado al parlamento luego aprobado, sostenían 
que la legitimidad del presupuesto emanaba del articulado de la ley y que así había sido pen- 
sado y diseñado. La otra lectura, sostenida por la presidenta de la CNHSM, la Dra. Mota, 
interpretaba en cambio, que la ley solo preveía un presupuesto para la CNHSM, pero que 
no mencionaba explícitamente un presupuesto para el trabajo de memoria, investigación y 
difusión que le compete a la Red de Sitios. 


La Ley 19.641 estipula en su art.10 las competencias de la CNHSM, Allí menciona 
además de las “tareas relacionadas a la recepción de solicitudes de sitios de Memoria... “pro- 
mover la conformación de Comisiones de Sitio”... y en el art.13: “coordinar con la Red de Sitios 


% — Integrada por 9 miembros: 3 de la Red de Sitios, 2 de organizaciones sociales y 4 representantes del Estado 


(entre los cuales está la INDDHH que ejerce la presidencia). 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


79 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


el desarrollo de actividades, de memoria, investigación, educación y promoción de derechos 
humanos en los lugares declarados Sitios de Memoria...” y en el art.15: “Promover la red de 
sitios y los sitios que la componen... Sin embargo, la Dra. Mota se aferraba al argumento de 
que la ley no lo decía con claridad. Consultas que efectuamos a juristas manifestaron que en 
el lenguaje la no mención se debe a que se da por sobreentendido. Era claro que la dificultad 
era política. 


Trabados en esta situación, donde no se visibilizaba una salida, la Red de Sitios de 
Memoria desplegó un enorme trabajo de contactos, encuentros, consultas con especialistas, 
de discusiones y debates en su seno que imponían definiciones y toma de decisiones. En 
agosto de 2020 envió al presidente de la Institución Nacional, Dr. Wilder Tayler, una nueva 
petición, ámbito dispuesto por la ley, donde se le pedía reconsiderar la posibilidad que la 
institución incorpore una línea presupuestal, necesaria y posible, que haga factible el trabajo 
de los Sitios de Memoria. 


La buena disposición del presidente facilitó finalmente encontrar un atajo aceptable 
para ambas partes: se acordó incorporar al presupuesto de la INDDHH una solicitud de 
presupuesto para los trabajos de Memoria dispuestos en la ley; y aunque el monto acordado 
es muy reducido, le permitiría a los sitios realizar al menos una parte del trabajo previsto 
en la ley. La solución encontrada fue solicitar un presupuesto para implementar un fondo 
concursable a semejanza de los elaborados por el MEC. 


Al momento del cierre de este artículo”, los integrantes de la CNHSM continúan rea- 
lizando contactos y solicitando entrevistas con la Comisión de Presupuesto del Senado, así 
como con senadores y senadoras, con el fin de informarlos acerca de los cometidos de la Ley 
19.641 y la importancia del obtener un presupuesto. 


Una reMexión necesaria 


La situación y discusión en torno al presupuesto merecen algunas reflexiones. Como 
miembros del Sitio de Memoria 300 Carlos (Infierno Grande), estudiamos y analizamos 
el tema presupuestal, conscientes de que es allí donde se expresa la verdadera voluntad po- 
lítica. Por esta razón, y para respaldar jurídicamente nuestros argumentos, recurrimos al 
asesoramiento del Dr. Óscar López Goldaracena. 


Si bien en la Comisión del Sitio 300 Carlos (Infierno Grande) teníamos claro que el 
tema del presupuesto era un tema político y no jurídico, el propio desarrollo de la discusión 
nos fue llevando por otros caminos. La situación real era que la ley plantea que el presu- 
puesto de la Ley 19.641 debe ser presentado en el presupuesto de la Institución Nacional 
de Derechos Humanos. 


3 1% de Noviembre de 2020. 


Para saber dónde estábamos parados, debíamos entender el funcionamiento de la Ins- 
titución Nacional. Entendiendo que se encuentra en la órbita del Poder Legislativo y por 
lo tanto, en su presupuesto; que no tiene autonomía constitucional como los entes autó- 
nomos y que fue creada bajo los Principios de Paris de las Naciones Unidas; que uno de los 
principios (fundamental y conflictivo) es el de la autonomía financiera, al que se le otorga 
un lugar destacado para cumplir con la función y poder ser reconocida como institución. 
A esto se comprometen los Estados cuando firman el acuerdo con las Naciones Unidas. 


Si el Estado condicionara el presupuesto, sea reduciéndolo o negándolo, no estaría 
cumpliendo con lo establecido y la institución perdería el estatus otorgado, entrando en 
revisión. Cada 5 años las instituciones son sometidas a control, correspondiéndole a la 
INDDHH uruguaya en el año 2021. 


Según los Principios de Paris la función de las instituciones de derechos humanos es la 
de monitorear las políticas públicas de los gobiernos desde la perspectiva de los derechos 
humanos, entendiéndolas como “las defensoras de la ciudadanía, cometido y sentido de su 
trabajo y a ella se deben”. 


Al poder político no le gusta que se lo controle y las instituciones de derechos huma- 
nos fueron creadas precisamente con ese fin: controlar al poder político. Por eso frecuente- 
mente, una forma efectiva de evitar ese control es hacerlo a través del presupuesto. 


A modo de ejemplo, si la Ley 19.641 estuviera bajo la órbita del Ministerio de Educa- 
ción y Cultura y éste decidiera no otorgarle un presupuesto, ¿qué haríamos? Obviamente 
recurriríamos a la INDDHH y ésta a su vez le reclamaría al Estado, es decir, jugaría su rol 
de defensora de los intereses ciudadanos. Pero lo complicado de la situación es que, quien 
no incluye en su presupuesto una partida presupuestal que garantice los trabajos de los 
sitios previstos en la ley, es precisamente la INDDHH. Aquí tenemos un dilema: ¿qué 
hacer? ¿adónde recurrir para reclamar? Hasta ahora solo vislumbramos dos caminos: el 
Parlamento y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 


En medio de estas reflexiones, durante los meses de setiembre y octubre, la INDDHH 
fue objeto de críticas por parte de la prensa y personajes de la política que pusieron en jaque 
a la institución, cuestionando con acusaciones (algunas verdaderamente miserables) su re- 
putación, lo que generó una amplia cadena de apoyos a nivel nacional e internacional, entre 


las que estaba la de la Red de Sitios. 


Tal como dijimos, el presupuesto es un tema altamente político. Por lo tanto, nuestra 
postura como ciudadanía es de apoyo a la existencia incuestionable de la INDDHH y por 
lo tanto de la partida presupuestal que ésta necesita para su funcionamiento. 


Como miembros de un sitio de memoria, hemos planteado y lo seguimos haciendo, 
que le corresponde a la institución solicitar el presupuesto para el trabajo de los sitios, de 
no hacerlo estaría incumpliendo con el mandato que le da la ley, colocándose en falta. Es 
la ley, emanada del poder legislativo la que la ubica en la INDDHH, órgano inserto en el 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Poder Legislativo, y que por lo tanto será quien probablemente tenga que ver cómo compa- 
tibiliza entre lo mandatado en la ley a los sitios de memoria con la falta de su presupuesto. 
La solución presupuestal encontrada con la institución, aunque insuficiente, fue vista por 
la Red de Sitios de Memoria como un paso gratificante porque dio señales esperanzadoras 
de trabajo futuro. 


de | NW 4 


serpaj 
Montevideo, 14 de setiembre de 2020 


A la ciudadanía en general 


Ante los reiterados ataques, algunos técnicos pero de clara finalidad política, hacia la 
Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) por su legítima intervención en 
defensa de los derechos ciudadanos, el Servicio Paz y Justicia manifiesta su total respaldo a 
la actuación de la Institución por su rol de salvaguarda de los derechos humanos en nuestro 
país. 


Este proceso de deslegitimación no se da en un marco aislado, sino que se produce en 
un momento de cuestionamiento de los derechos adquiridos. 


La INDDHH fue creada siguiendo los lineamientos internacionales de Naciones 
Unidas conocidas bajo el nombre de los principios de París, y debe ajustarse y lo hace, a 
la normativa allí expuesta. De este modo, responde a los mecanismos de transparencia en 
la selección y evaluación de cada uno de sus miembros, cuya idoneidad e imparcialidad ha 
sido respaldada por el Parlamento y las organizaciones de la sociedad civil. Su actuación, 
desde el momento de su creación hasta la fecha, ha sido consistente con su misión de velar 
por la promoción y protección de los derechos humanos en el Uruguay. 


Reviste extrema gravedad que actores particulares del sistema político pongan en duda 
estos aspectos, deslegitimando el trabajo de las instituciones creadas con la finalidad de 
otorgar mayores garantías a todas las personas y colectivos integrados a la sociedad uru- 


guaya. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


83 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Montevideo, 15 de julio de 2020. 


Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos quiere expresar su repu- 
dio a los injustificados ataques que ha recibido la INDDHH en los últimos meses, sem- 
brando la desconfianza sobre su competencia y sobre su accionar. 


Nuestra organización junto a otras organizaciones de la sociedad civil, impulsó en su 
momento esta idea: la necesidad de una Institución independiente que tenga como come- 
tidos fundamentales “la defensa, promoción, control y protección en toda su extensión, de 
los derechos humanos reconocidos por la Constitución de la República y el Derecho Inter- 
nacional” como una garantía para la democracia y para impulsar y aconsejar los esfuerzos 
que deben hacer los estados para mejorar la realización efectiva de los derechos humanos 
en todo el quehacer estatal”. 


La INDDHH fue creada por la Ley 18.446 en 2008, votada por la unanimidad de los 
legisladores, e instalada en el período siguiente. Su autonomía es la característica principal 
para cumplir su función, y es lo que molesta y centro de las críticas. 


De los distintitos ataques, el que motiva esta nota es el malintencionado editorial del 
diario El País, sobre la inutilidad de tener un instrumento de este tipo. No sorprende su 
postura. Fue el diario que apoyó la dictadura cívico-militar en 1973. Nunca fue un medio 
de prensa que abogara por una sociedad democrática ni por el respeto de los derechos hu- 
manos ni por la defensa de la Constitución de la República. Hizo oídos sordos y se negó a 
nuestras denuncias sobre el secuestro, tortura y desaparición de nuestros familiares, antes, 


durante y después del Golpe de Estado. 


Nosotros seguimos apostando a reforzar los instrumentos que nos protejan como ciu- 
dadanos, en el goce y protección de todos nuestros derechos. 


La Institución Nacional de DDHH y defensoría del pueblo, fue creada para avanzar en 
este terreno. Sus cometidos fundamentales, “observar y controlar la realización efectiva de 
los derechos humanos de todo el quehacer estatal y, además, intervenir en denuncias sobre 
violaciones a los derechos humanos, implica una expansión de las salvaguardas existentes”, 


Su vínculo con las organizaciones de la sociedad civil, su autonomía y trabajo profe- 
sional y comprometido, debe ir unida al respeto de los parlamentarios y gobernantes para 
escuchar y considerar sus aportes. 


Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos 


Los Vaivenes de una placa: puja de Memorias 


El 16 de junio del corriente, se restituyó la placa en homenaje al Inspector Víctor Cas- 
tiglioni, por iniciativa del Director Nacional de Policía Diego Fernández. 


Castiglioni, quien fuera Director Nacional de Investigación e Inteligencia (DNI) y 
uno de los fundadores de los Escuadrones de la Muerte, era conocido a fines de los años 60 
por su accionar implacable contra el Movimiento de Liberación Nacional (MLN Tupama- 
ro). Como director de inteligencia policial mantuvo su cargo durante toda la dictadura. 
Pasó a retiro en 1985 y murió en el año 2000. 


Meses después de su muerte se colocó en su honor una placa en el Salón de Actos de la 
DNII, ubicado en la esquina de las calles Maldonado y Paraguay, en Montevideo. 


En 2016 la placa fue quitada del lugar por orden del Ministro Eduardo Bonomi, en el 
mismo acto en que las víctimas que sufrieron torturas en ese lugar, colocaban una placa en 
el exterior del edificio, recordándole a los transeúntes “que esa no es una esquina cualquie- 
ra..., fue un lugar de horror y que así hay que recordarlo. 


El ministro aclaró que la placa ya había sido quitada por orden de la Ministra Daisy 
Tourné, pero que, sin que nadie lo notara, habría sido restituida permaneciendo en el lugar, 
hasta el 2016. 


El 17 de junio de 2020 un grupo de victimas del ex centro de torturas que funcionó en 
la DNII envió una carta al actual Ministro del Interior Jorge Larrañaga, exigiendo quitar la 
placa que conmemoraba a alguien acusado por múltiples violaciones a los derechos huma- 
nos, cuestionándose qué valores pretendía transmitir la Policía Nacional con la colocación 


de la placa. 


El 20 de junio, después de fuertes críticas (algunas incluso provenientes de su pro- 
pio partido), el Ministro Larrañaga tuvo que dar marcha atrás y decidió retirar la placa en 
homenaje a Castiglioni de la DNII, porque según dijo, “no era momento de divisiones ni 
enfrentamientos”. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Montevideo, 13 de octubre de 2020 


Comunicado de Prensa 


La Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos cita 
a esta conferencia de prensa para denunciar ante la opinión pública, que estamos siendo 
blanco de ataques a la moral de nuestros integrantes y lo que es más grave a nuestros fami- 
liares desaparecidos. 


No se trata de una novedad. Han sido diversas instituciones, colectivos y personas las 
y 
que ya hemos pasado por estas lamentables experiencias. 


En este largo camino, y sólo por recordar algunas, debemos citar las amenazas y extra- 
ños hurtos que han sufrido abogados, fiscales, periodistas y militantes sociales, el “robo” en 
el Giaf, las múltiples amenazas de parte del autodenominado Comando Barneix, el van- 
dalismo sobre los sitios de memoria e incluso el ataque a nuestros hogares y a nuestras 
personas. 


Pero es notorio que últimamente los discursos revisionistas del accionar del Terroris- 
mo de Estado, la defensa cerrada de los criminales de lesa humanidad, el ataque al sistema 
de justicia y especialmente a la Fiscalía, dan marco a un salto cualitativo en el conocido y 
trillado sendero del ocultamiento, la mentira y la utilización del miedo. 


Estos discursos de odio, no provienen únicamente de oscuros manipuladores de las 
redes, sino también desde editoriales de prensa, espacios radiales y, muy lamentablemente, 
desde el Senado de la República donde se nos acusa de buscar a nuestros familiares no mo- 
vidos por el amor a nuestros hijos, hijas, padres, madres, hermanos y hermanas, esposas y 
esposos, sino guiados por el odio. Acorde con esta arenga, sus seguidores, envalentonados, 
llegan a planteos tan vergonzosos como el del aspirante a alcalde de Nueva Helvecia quien 
se ha dado el lujo de afirmar que no hay que buscarlos más porque nuestros familiares “están 
en el agua” y que el único error que cometieron fue no matarlos a todos. 


“Cree el ladrón que todos son de su misma condición”, podríamos contestarles. 


Se olvidan que nuestra Asociación ha respetado y recorrido siempre los caminos que 
ofrece el sistema democrático en el que vivimos. Si lo que les molesta es que busquemos a 
nuestros familiares detenidos desaparecidos, el problema no somos nosotros. Si lo que les 


molesta es vivir en un estado de derecho, el problema no somos nosotros. Si les molesta 
que el pueblo tenga memoria, el problema no somos nosotros. Si les molesta que existan 
estándares internacionales en materia de derechos humanos ratificados por nuestro país, el 
problema no somos nosotros. Si les molesta que denunciemos la tortura, el asesinato, las 
violaciones, la desaparición forzada, la trata de vientres y el secuestro de niños y niñas, el 
problema tampoco somos nosotros. 


Creemos que el objetivo de esta política es sembrar violencia, no sólo sobre nosotros 
sino sobre la sociedad toda. Las barbaries que han acontecido sobre personas en situación 
de calle, demuestran las consecuencias terribles que emanan de arengas donde prima el 
odio. 


Consideramos innecesario explicar, a esta altura, lo que ya el Poder Ejecutivo, desde la 
Comisión para la Paz instalada por el Presidente Jorge Batlle, gobiernos sucesivos incluido 
el actual Presidente Luis Lacalle Pou; así como el Parlamento, convalidaron comprome- 
tiéndose a buscar a nuestros familiares desaparecidos. Las desapariciones forzadas también 
fueron convalidadas por las investigaciones realizadas por el Poder Judicial y el Poder Le- 
gislativo, algo que la terquedad de los huesos ha confirmado una y otra vez, plenamente. 


Del maestro Julio Castro, dijeron que estaba en Buenos Aires cuando fue detenido el 
1 de agosto de 1977, y, sin embargo, fue encontrado en el Batallón 14, ejecutado con un 
balazo en la cabeza, en el año 2011. 


A nuestras madres, fundadoras de esta Asociación las tildaron de locas, decían que 
deliraban. Sin embargo, esas “locas” levantaron la dignidad de nuestro pueblo; nos enseña- 
ron a no paralizarnos por el miedo; nos mostraron un camino de perseverancia y diálogo 
con la sociedad, y nos ayudaron a instalar la idea de que NUNCA MÁS debía haber una 


dictadura en nuestro país. 


La sociedad reconoce, los partidos políticos democráticos también, lo que reafirman 
las investigaciones históricas, los relatos familiares, los testimonios, las sentencias naciona- 
les e internacionales. 


Hoy queremos alertar que este cúmulo de falsedades lanzadas amenaza a la sociedad 
toda, a la calidad de nuestra convivencia y a su orden democrático. 


Por eso, estamos aquí para informar que, ante esta campaña de difamación, mentiras 
y calumnias, sobre todo en redes sociales, que comenzó a partir de la conferencia de prensa 
en la que divulgamos las actas de algunos Tribunales de Honor, el 28 de agosto pasado, se 
ha presentado denuncia ante el Departamento de Delitos Informáticos del Ministerio del 
Interior, la cual ha sido derivada a la Fiscalía. 


Los que iniciaron y/o se hicieron eco de esa campaña incurriendo en el delito difa- 
mación e injurias al afirmar que los desaparecidos están vivos, o que los familiares tenemos 
pensiones vitalicias deberán responder ante la Justicia. Los que usaron nuestras imágenes, 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


SODILMNOd A STNAIO SOHOIAJO 





Delitos de Lesa Humanidad, ¿denunciar es 
peligroso? 


Asociación Ágora! 


Iniciemos con una pregunta: ¿qué es lo que nos viene acuciando desde hace varios días 
a quienes integramos la Asociación Ágora y muy especialmente a quienes como denuncian- 
tes han asumido la responsabilidad ciudadana de poner en manos de la justicia, para que 
se expida, lo que sin lugar a dudas, se puede caracterizar como delitos de lesa humanidad, 
cometidos durante la última dictadura cívico-militar? 


Contextualicemos: en mayo de 2019 se presentó ante la Fiscalía Especializada en Crí- 
menes de Lesa Humanidad una denuncia por presuntos delitos cometidos en dictadura en 
dos centros clandestinos de detención y tortura que operaron en la ciudad de Canelones 
y que se conocen como “Los Vagones”. Dichos centros han sido declarados, en octubre de 
2019, “Sitio de Memoria” en aplicación de la Ley 19.641 de Sitios de Memoria Histórica. 


La denuncia fue presentada, en primera instancia, por quien en ese momento se des- 
empeñaba como Directora de la Secretaría de Derechos Humanos de la Intendencia de 
Canelones, en su condición de funcionaria pública y en cumplimiento de lo establecido por 
el Código Penal sobre responsabilidad de dichos funcionarios. 


El fundamento de la denuncia es la presunción de que en esos lugares se practicaron 
violaciones sistemáticas a los derechos humanos contra las personas que allí estuvieron de- 
tenidas. Lo antes afirmado se desprende de los testimonios recogidos por nuestra asocia- 
ción de ex presos y presas políticas que estuvieron retenidos ilegalmente, en la mayoría 
de los casos durante varios meses, en esos centros de detención. Los testimonios aludidos 
forman parte del Archivo Oral que se está conformando en el marco de la investigación 
histórica que viene llevando adelante nuestra organización, desde el año 2016, en forma 
conjunta con la Secretaría citada. 


El 29 de noviembre de 2019, se realizó en el Juzgado Letrado de Canelones la Audien- 
cia de Formalización, a solicitud de la Fiscalía Especializada, de tres ex- policías (Hugo Gui- 
llén, Wishton Vitale y Alejandro Ferreira) por la “presunta comisión en calidad de autores 
de un delito continuado de privación de libertad (específicamente agravado por efectuarse 
por funcionarios públicos y por superar el plazo de 10 días de la privación de libertad), 
un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos, y un delito continuado 
de lesiones graves (especialmente agravado por haberse cometido por los funcionarios pú- 
blicos aludidos en el art. 286 del Código Penal sobre las personas allí referidas) y estos en 


Asociación Civil “Ágora”, Identidad, Derechos Humanos y Memoria canaria. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado de privación de libertad en 
calidad de co-autores [...]”. 


En la misma sentencia, N*78/2019, el Juez Letrado de la sede, Luis Sobot Banchero, 
resuelve la adopción de medidas cautelares por un lapso de 120 días lo que determinó el 
traslado inmediato de los tres acusados al establecimiento de reclusión de Domingo Arena. 


En el mes de marzo de 2020, esta medida fue sustituida por prisión domiciliaria al 
haberse aducido razones de salud por parte de las defensas de los denunciados. 


Llegamos al 30 de setiembre pasado. Para ese día estaba prevista la Audiencia de Con- 
trol de Acusación. Apenas iniciada la audiencia fue suspendida por parte del juez actuante, 
aceptando además la presentación de un recurso por parte de la defensa de dos de los acu- 
sados, en contra de dos de los Fiscales intervinientes en el juicio. 


El sábado 24 de octubre se suicidó en su domicilio el ex comisario Hugo Guillén, dos 
días antes de una nueva audiencia, (que igualmente se realizó) en la que se resolvió pro- 
rrogar por 90 días las medidas cautelares de prisión domiciliaria de los acusados Vitale y 
Ferreira, pero con autorización para salir de los domicilios en determinados días y horarios 
por razones que se especificaron. 


A partir del día 24 se profundizaron los agravios y amenazas que, desde diciembre 
de 2019, venía realizando en forma personal o por redes sociales, la esposa del citado ex 
comisario, llegando al extremo de haber amenazado de muerte, ese mismo día (por vía te- 
lefónica), a dos integrantes fundadores de nuestra asociación, que forman parte del grupo 
de denunciantes. 


Luego de haber hecho las denuncias correspondientes y de haber tomado interven- 
ción la Fiscalía competente, las amenazas igualmente continúan a través de las redes socia- 
les, ampliándola a otras personas y divulgando la foto del Fiscal especializado en Crímenes 
de Lesa Humanidad con la inscripción: “Este es el asesino de mi marido”. 


Concluimos: convencidas y convencidos de que la defensa de los derechos humanos 
y la lucha por Memoria, Verdad y Justicia son patrimonio de la sociedad en su conjunto, el 
contenido de nuestro mensaje, que acompaña este breve artículo, apela a la reflexión y al 
compromiso de la ciudadanía. 


La condena de los delitos de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Es- 
tado o en cualquier otra circunstancia es asunto de la sociedad toda, así como debería serlo 
la defensa del accionar independiente del Poder Judicial apoyado en los marcos legales, en 
tanto poder garante del respeto de las ideas, las libertades y por lo tanto, de la convivencia 
democrática. 


Cerramos con la pregunta del comienzo: Delitos de Lesa Humanidad, ¿denunciar es 
preg 
peligroso? 


Memoria en Libertad 


Colectivo Memoria en Libertad 


Somos un colectivo de personas que vivimos las acciones directas del terrorismo de 
Estado durante nuestra niñez y adolescencia. Hemos estado marcados por el silencio desde 
siempre, porque de pequeños no podíamos contar dónde estaban nuestras madres, nues- 
tros padres, cuál era nuestro nombre verdadero, de dónde veníamos, o por qué nos había- 
mos ido de nuestro país. Años en que nos silenciaron, censuraron y persiguieron. Crecimos 
aprendiendo a callar, y cuando al regreso de la democracia creímos que no teníamos que 
seguir callando, se votó una Ley inconstitucional, la Ley de Caducidad de la Pretensión Pu- 
nitiva del Estado (Ley 15.848) y debimos seguir callando. Continuamos creciendo repletos 
de interrogantes y siempre en silencio, sin preguntar de más. De pequeños/as aprendimos 
que era peligroso expresarse y también a temerle al color verde, porque esos, que se decían 
proteger la patria nos maltrataban, nos torturaban en cada instante que podían, nos pi- 
soteaban, colocándonos el estigma de persona indigna. Este continuum de violencia nos 
acompaña hasta el día de hoy. 


¿Nos hablan de guerra? ¿Nos hablan de salvar la patria? Nosotros/as éramos bebés, ni- 
ños, niñas y adolescentes y fuimos tratados como delincuentes, y los verdaderos delincuen- 
tes vivieron sus vidas como si nada hubieran hecho, ostentando hasta hoy su impunidad. 
La sociedad toda sufrió constantes vulneraciones en lo que respecta a libertades individua- 
les y colectivas. Crecimos en un país que eligió silenciarnos, aplastarnos, maltratarnos, y 
aún, en el año 2020 seguimos siendo invisibilizados. Cuando se habla de algún hecho del 
terrorismo de Estado, se relata la historia de algún compañero, o compañera militante o 
sindicalista asesinado, torturado, pero nunca se menciona a las criaturas que estaban allí. 
De alguna manera, como sociedad no nos hacemos cargo de estos hechos, pero sucedieron, 
y no somos uno, o dos, somos miles los niños/as y adolescentes que vivimos los atropellos, 
la violencia, la persecución, la despersonalización y continuamos hoy, sin ser nombrados. 


Crecimos en silencio, en un país que prefirió callar antes que afrontar la justicia, y gri- 
tar la verdad. Parece que en este país da lo mismo si en un secuestro hay niños/as, si se viola 
a una adolescente durante un allanamiento, si una niña despierta en medio de la noche en 
su casa y tiene un arma en su cabeza, o si un niño es usado como rehén. El terrorismo de Es- 
tado fue tan brutal, sus acciones fueron tan crueles, la imagen del/la desaparecido/a es tan 
despiadada, que parece que en ella se funden los maltratos a toda la sociedad. Nos educaron 
un poco despolitizados, padecimos años de oscurantismo, y todo el sistema político década 
a década nos silenció, y se coló el silencio en todos nuestros cuerpos y nos ha costado 30 
o 40 años salir de él y poder hablar, encontrarnos, reconocernos y contar nuestra historia. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


A veces la realidad es tan dura que sólo negándola, no queriendo verla, sólo mirando 
hacia otro lado, es posible seguir adelante. Pero no se puede sanar si no somos capaces como 
sociedad de reconocer lo sucedido. No se puede seguir adelante y no se puede educar en el 
NUNCA MÁS. Esto le pasó a los/as políticos/as, le pasó a la “gente de a pie” y le pasó a 
padres, madres y familiares, todos seguimos adelante como pudimos. Pero aquellos que fui- 
mos niños, niñas y adolescentes, crecimos, y quisimos saber, conocer, investigar de dónde 
venían los dolores de espalda, de cabeza, la depresión y las enfermedades autoinmunes. Se 
han hecho múltiples estudios, y hoy se sabe que aquello que está muy adentro, escondido y 
silenciado se descompone, y como dice la canción: “hay que sacarlo todo afuera, para que 
dentro crezcan cosas nuevas”. 


En el año 2008 comenzamos un trabajo de reencuentros, de reconocimiento desde 
las vivencias en común, para comenzar a construir nuestra memoria e identidad. Aún son 
muchos/as los que no rompen el cerco que los silencia, porque algunos pasamos años que- 
riendo olvidar, queriendo dejar aquella niñez atrás, y es complejo colocar aquel dolor en 
otro lado, y convertirlo en fuerza para luchar, para gritar bien fuerte nuestros reclamos y 
exigir verdad, y exigir justicia. A partir del 2018 en otra coyuntura política, nos conforma- 
mos como organización de derechos humanos, reconocidos por la Institución Nacional 
de Derechos Humanos (INDDHH). Estímulo éste que redobló nuestra fuerza para visi- 
bilizar nuestra historia, la de miles de niños, niñas y adolescentes que padecimos: torturas, 
exilio, secuestro, robo, persecución, clandestinidad, abuso sexual, pérdida de identidad y 
pertenencia, tanto en nuestras casas como en centros de reclusión clandestinos, penales, 
cuarteles, todas estas vivencias nos ha dejado múltiples secuelas. 


La INDDHH ha realizado a través de una serie de talleres, un análisis de los integran- 
tes del Colectivo Memoria en Libertad donde se revelan los daños causados por el terro- 
rismo de Estado. En el año 2019 la INDDHH redacta recomendaciones pertinentes hacia 
el Poder Ejecutivo, a la Secretaria de Derechos Humanos - Grupo de Trabajo por Verdad y 
Justicia, a los representantes todos de la Ley 18.596, donde afirma sobre los integrantes del 
colectivo que, durante el periodo del terrorismo de Estado, padecieron graves vulneracio- 
nes a sus derechos humanos por obra del Estado uruguayo, cuyas graves secuelas padecieron 
durante décadas y padecen actualmente. Es decir, su condición de víctimas directas. Un 
segundo aspecto a destacar de esta investigación, es que el Estado uruguayo, pese a su volun- 
tad reparadora, no ha logrado identificar con claridad la peripecia de estas personas ni, en 
consecuencia, implementar un programa que contemple una reparación integral para ellas. 
Nos presentamos en el Paraninfo en un acto multitudinario difundiendo esta recomenda- 
ción para seguir nuestro camino de reconocimiento y visibilización. 


La tortura institucionalizada hace añicos la red social que nos constituye como hu- 
manos. Su causa es nítida e identificable: son nuestros semejantes los que nos convierten 
en bichos acorralados y asustados y es su voluntad triunfal y arrogante la que nos arroja al 
sufrimiento interminable. Para contrarrestar esta situación dentro de Memoria en Libertad 


se habla entre pares, se apela a la resiliencia para poder sanar. Se busca generar un espacio 
compartido, una identidad colectiva que nos de pertenencia y fuerza para pelear por nues- 
tros derechos y el de nuestro pares. Externamente se promueve la visibilización, difusión y 
sensibilización de nuestra condición de víctimas directas del terrorismo de Estado, se traba- 
jaen Derechos Humanos para que las niñas y niños no tengan que esconder sus memorias, 
y sus pájaros vuelen con todos sus colores hacia la libertad. 


Por último queremos transmitir nuestra certeza de que el trabajo que hace este co- 
lectivo toma relevancia ética en el actual contexto en el que vemos el ascenso de grupos 
extremistas. Nuestra visibilización es un recordatorio a la sociedad de los peligros a los que, 
sin excepción, todas y todos, somos vulnerables al estar expuestas a propaganda intolerante, 
prejuicios, injusticias, humillación y violencia potencial. 


Es fundamental hoy más que nunca exigir justicia y reclamar el reconocimiento de la 
verdad, porque mientras siga habiendo quienes dentro de nuestra sociedad pongan en duda 
y relativicen la violación a los derechos humanos cometida por el terrorismo de Estado no 
podremos garantizar el Nunca Más. Mientras exista una persona que no sepa reconocer 
los hechos y catalogarlos como inadmisibles, no podremos estar seguros/as, no podremos 
estar tranquilos/as de que aquellos hechos no vuelvan a cometerse. Tiene que quedar claro 
que ese tipo de violencia pone en riesgo el estado de derecho y nuestra democracia. Que el 
derecho a la integridad física, psíquica y moral es un derecho inalienable amparado por la 
jurisprudencia nacional e internacional siendo una fortaleza del sistema democrático, por 
lo cual defenderlo es un acto ciudadano al cual adherimos, apoyamos y actuamos como 
colectivo. 


Nos preguntamos: ¿Cuáles son las garantías que como sociedad se nos brindan para 
garantizar un Nunca Más? ¿Qué herramientas les brindamos a nuestros jóvenes para que 
procesen esta historia? Y reconocer que es su historia, la de sus padres, madres, abuelos, 
abuelas, vecinos y vecinas. Resignificar, dar sentido, y poder construir un futuro pleno y 
libre de silencio. Debemos dejar de callar, es tiempo de gritar bien fuerte nuestras heridas, 
pero no para quedarnos en el dolor, sino justamente para salir de este, para construir un 
lugar mejor de convivencia. 


Memoria en Libertad es un colectivo complejo y heterogéneo, compuesto por una 
gran diversidad de personas que vivimos situaciones diferentes. Nos une el hecho de ha- 
ber sido víctimas directas del terrorismo de Estado durante nuestra infancia y adolescen- 
cia, y nos separan otras mil cosas. Sin embargo, algo se tiene claro, y es la necesidad de 
que nuestras vivencias construyan una mejor manera de habitar este mundo. El colectivo 
es un grupo de militancia social desde donde actuar. El Estado nunca nos pidió discul- 
pas, nunca reconoció la violencia sistemática ejercida hacia nosotros/as desde 1968 hasta 
entrada ya la democracia, cuando a algunos/as compañeros/as se los ha seguido persi- 
guiendo. Por lo tanto, el Estado sigue estando en deuda con gran parte de la población 
uruguaya que adoctrinados para el silencio, hemos permanecido callados/as por muchos 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


años, demasiados. Memoria en Libertad invita a sumar todas las voces para quebrar esta 
barrera, porque la violencia no puede ser nunca la forma de educar y debemos estar uni- 
dos con el fin de construir una sociedad justa y respetuosa de los Derechos Humanos y 
de los Derechos de niñas, niños y adolescentes. 


Líneas de acción 


En el año 2019 y luego de recibir las recomendaciones de la INDDHH realizamos un 
acto público para presentarlas. El mismo, estuvo acompañado por Rodrigo Arim (Rector 
de la Universidad de la República, UDELAR), por Mariana Mota (directora de la INDD- 
HH), Mariana González Guyer (Pro Rectora de Extensión y Actividades en el Medio, 
UDELAR) y por una gran multitud de compañeros y compañeras del colectivo, así como 
por nuestros familiares y amigos, tan importantes y fundamentales para nosotros/as en 
aquellos años de niñez y adolescencia sin padres, ni madres. 


Desde hace un par de años, se viene trabajando en el reconocimiento de sitios de la 
memoria que tienen que ver con nuestra historia, y al momento, tenemos aprobada la colo- 
cación de una placa de memoria en una casona en ciudad vieja en lo que fuera la guardería 
Andrecito, espacio de solidaridad para contener a niñas y niños que quedaron sin padres 
o madres por ser presos políticos. Entendemos importante este reconocimiento, que tie- 
ne que ver con un espacio de amor y contención, tan necesario para quienes vivimos una 
situación de desfragmentación familiar, producto del encarcelamiento, exilio, asesinato o 
desaparición de alguno o ambos de nuestros padres. Nos parece fundamental rescatar el 
amor y el compañerismo de aquellas personas que generaron estos espacios de contención 
desde el cariño, brindado todo de sí para cuidarnos y mimarnos. 


Actualmente trabajamos en varios frentes, organizados a través de comisiones, esta- 
mos armando una demanda por el incumplimiento de la Ley 18.596 que nos debería brin- 
dar un amparo en salud y la cual no se cumple, agravándose este año aún más la situación. 
Debido a que el Estado nuevamente está ausente, y que la ley ya en curso no se cumple, nos 
presentamos a un llamado del Fondo de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tor- 
tura y este año obtuvimos un apoyo destinado a la atención sicológica para integrantes del 
colectivo, este apoyo ha sido renovado para el 2021. 


A principios de este año, hemos realizado una serie de campañas virtuales también 
de visualización, así como participación en ferias vecinales con el doble propósito de 
hacer finanzas para poder seguir trabajando, así como intercambiar con otros/as y hacer- 
nos visibles. A su vez, acompañamos al Observatorio Luz Ibarburu en la muestra de los 
abrazos y sumamos la nuestra. Esta es mi historia ¿y la tuya? es una muestra de objetos y 
fotografías que pone en el espacio público algunos relatos, objetos y fotografías, contri- 
buyendo a construir entre todos/as nuestras memorias, y así, ir sumando a otros y otras, 
que se reconocen al verse, en los relatos compartidos, en las fotos, en los objetos prove- 


nientes de los diferentes penales, o del exilio. La muestra, recorre diferentes ciudades de- 
partamentales y es un trabajo que continuará en el próximo año, cada día sumando más 
objetos, producto del encuentro con otros/as que vivieron algunas de estas realidades y 
que al verse reflejados en la muestra, quieren aportar. 


Rompamos el silencio. Nunca más terrorismo de Estado. 


¡Pica por todos/as los compañeros/as! 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Memorias en disputa 


Casa Bertolt Brecht! 


Un nuevo inicio 


En el último año, hemos observado con alarma el aumento de discursos a los que en- 
tendemos importante reconocer, en tanto han tenido, y tienen, la capacidad de desorien- 
tarnos, y hasta inmovilizarnos, dada la velocidad en que imponen determinados retrocesos. 


Junto a las elecciones nacionales de octubre de 2019, se realizó un plebiscito que bus- 
caba una reforma constitucional, bajo el lema “Vivir sin Miedo”?. Si bien no se alcanzaron 
los votos necesarios, la reforma obtuvo el 46,7%? del padrón electoral. Una vez más, en 
Uruguay se reeditan debates que se pretendieron saldados con el plebiscito de reforma por 


la baja de la edad de imputabilidad penal en el año 2014. 


En las últimas elecciones nacionales, asumió el gobierno una coalición de partidos de 
derecha, integrada por el Partido Nacional (al que pertenece el presidente electo), el Parti- 
do Colorado y partidos recientemente integrados a la escena política nacional. Se destaca 
Cabildo Abierto cuya principal figura es Guido Manini Ríos, militar que asumió como 
comandante en jefe del ejército en 2015, y fue destituido por Tabaré Vázquez el presente 
año, pocos meses antes de postularse como candidato. Este partido, creado en 2019, pre- 
senta un discurso de ultra-derecha militar y obtuvo en las elecciones de octubre el 11,4% 
de los votos, lo que implica la presencia de 3 senadores y 11 diputados en el parlamento. 
Manini Ríos que entre otros episodios mandató a las fuerzas armadas a no votar al Frente 
Amplio, señaló que en Uruguay se quería dar vuelta la página respecto a los crímenes de lesa 
humanidad cometidos en dictadura, desprestigió a organismos de derechos humanos y a la 
justicia Uruguaya, se negó a concurrir ante la justicia a declarar por las actas de los tribuna- 
les de honor de las Fuerzas Armadas en su período de comandante en jefe amparado en los 
fueros parlamentarios que enfatizó no usaría llegado el caso, durante su campaña electoral. 


A lo expresado se suma la aprobación de la Ley de Urgente Consideración, en julio de 
este año, que incluye artículos que limitan la protesta social. En este sentido se debe consi- 
derar la presunción de legitimidad de la actuación policial, la declaración de ilegítimos los 
piquetes que impidan la libre circulación de personas, bienes o servicios, la preservación de 
la libre circulación y el orden público por parte del Ministerio del Interior, la posibilidad de 


El artículo fue escrito por Rosana Abella, Martina Eva García, Verónica Silveira y Natalia Vázquez. 


2 La reforma constitucional propuso cuatro medidas centrales, cumplimiento de penas, allanamientos noc- 
turnos, reclusión permanente revisable y guardia nacional con militares. 
2 https: //web.archive.org/web/20191028082517/https://eleccionesnacionales.corteelectoral.gub.uy/Re- 


sumenkesultados.htm 


actuación policial frente a hechos de apariencia delictiva, la posibilidad de la fuerza policial 
de registrar personas, vestimenta y vehículos en el curso de un operativo aun cuando no 
exista una situación de flagrancia y sin orden del Juez competente, el aumento del tiempo 
para comunicar a la Fiscalía de una detención, que pasó de 2 a 4 horas y la ampliación del 
elenco de delitos con la inclusión de agravio a la autoridad policial y resistencia al arresto. 


La secuencia de estos y otros episodios, dejan en evidencia un consenso punitivista. 
Sin duda, estamos en un escenario diferente, donde consideramos fundamental reconocer 
y resignificar las memorias de las protestas sociales, los lugares y formas de resistencia. 


Al presente, hay generaciones que vivieron su vida adulta en el marco de un gobierno 
progresista, obteniendo, a partir de sus luchas y reivindicaciones, resultados exitosos en la 
agenda de derechos: Ley de Regulación del Cannabis, Ley de Interrupción voluntaria del 
embarazo, Ley de matrimonio igualitario, Ley integral para personas trans, Derecho de la 
identidad de género y cambio de nombre, Licencia por maternidad y paternidad extendi- 
das, Ley de cuotas, entre otras. 


El contexto político cambió. El nuevo escenario nos desafía a generar acciones para 
defender esos derechos conquistados en un marco de protesta y lucha social diversa. En este 
aspecto, consideramos que reflexionar sobre estas temáticas, es un aporte para desarrollar 
una propuesta de acción política. Es en este panorama de complejidades, que entendemos 
vital reivindicar las memorias, conocer, reconocer y visibilizar otros relatos posibles, dispu- 
tando sentidos construidos por discursos hegemónicos, centralizados y superficiales. 


La memoria como disputa política 


En el campo de las ciencias sociales, las memorias son entendidas como construccio- 
nes culturales, sociales y políticas situadas históricamente, por lo tanto nunca son estáticas 
sino que se despliegan conflictivamente en torno al pasado. Las disputas por la memoria 
no radican exclusivamente en la definición de aquello que debe ser recordado, silenciado u 
olvidado, sino que consisten en las disputas por el sentido mismo del pasado?, La memoria 
es una relación abierta y contrapuesta de recuerdos, olvidos y silencios que se sedimentan 
simbólicamente en diferentes dispositivos. Se inscribe en un espacio social e históricamente 
estructurado a través de conmemoraciones, fechas, lugares, objetos y narrativas. El hecho 
de que las memorias se encuentren en constante transformación implica que algunos de sus 
elementos desaparezcan y otros permanezcan estables durante un tiempo. 


Retomando el clásico texto de Elizabeth Jelin “¿De qué hablamos cuando hablamos 
de memorias?”, asumimos que “la memoria colectiva” constituye un campo de disputas y 
conflictos, en el cual se ponen en juego no sólo las interpretaciones de lo acontecido, sino 
cómo, quiénes y por qué. Es decir, cuando hacemos referencia a las “disputas de memorias” 


£ — Del Valle Orellana Nicolás y Gálvez González Damián, Microbiografías y estudios de memoria en Chile: 


observaciones metodológicas desde la investigación social, “Temuco, CUHSO, 2017. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


estamos hablando no sólo de los recuerdos sino también de olvidos y de las selecciones de 
los recuerdos. “Toda narrativa del pasado implica una selección. La memoria es selectiva; la 
memoria total es imposible” *. El acto mismo de recordar se encuentra plagado de silencios 
y olvidos, que tienen diferentes significados, usos y sentidos. 


Al preguntarnos por quiénes recuerdan, partimos de la idea que las “memorias colecti- 
vas” no pueden ser entendidas como un ente supraindividual o como un hecho consumado 
que existe por sí mismo, sino que somos las personas quienes elaboramos prácticas orienta- 
das a la memorialización. Somos las personas, insertas en un entramado de relaciones socia- 
les, grupos, redes culturales e instituciones las que hacemos el ejercicio de recordar/olvidar 
desde un presente determinado y hacia un futuro esperado. Los recuerdos o huellas del 
pasado, no pueden ser concebidos por fuera de estos contextos, ya que las memorias indi- 
viduales siempre son “enmarcadas” socialmente. Los sujetos pueden elaborar sus memorias 
narrativas porque hubo otros que lo han hecho antes, y han logrado transmitirlas y dialogar 
sobre ellas. En el mismo sentido, el olvido social también es intersubjetivo, aparece cuando 
ciertos grupos humanos no logran voluntaria o pasivamente, por rechazo, indiferencia o 
indolencia, transmitir a la posteridad lo que aprendieron del pasado”. 


De este modo, la(s) memoria(s) en tanto forma de “adueñarse de un recuerdo tal y 
como relumbra en el instante de un peligro”, se encuentran abiertas a todo tipo de trans- 
formaciones y manipulaciones. La fidelidad de la memoria no radica en la repetición exacta 
y mecánica de los sucesos, porque de esa forma se pierde el carácter afectivo y emotivo del 
relato. La apertura del pasado se hace desde las “coordenadas de sentido” de las tempora- 
lidades y procesos del evento o suceso evocado y de la situación presente desde la cual se 
evoca. Esta articulación de los sentidos políticos del pasado y del presente, nos permite 
vincular procesos, identificando las continuidades y las rupturas de los mismos, transfor- 
mándose así no solamente en rememoración de eventos pasados como procesos aislados 
y extraordinarios sino que nos permite arrojar luz sobre las causas y las consecuencias de 
la producción de los mismos. Por consiguiente, la selectividad que opera no es más que el 
resultado de un ordenamiento del pasado en función de las visiones del mundo, de los sím- 
bolos y representaciones del grupo. Poner la atención sobre los diferentes actores sociales, 
negociaciones, articulaciones y conflictos en torno a los sentidos del pasado nos permite 
dar cuenta de las relaciones de poder implicadas en los procesos de construcción de las 
memorias, y sus usos en el presente*, 


3 Jelin Elizabeth, Los trabajos de la memoria, Siglo Veintiuno editores, España, 2001. 


6 Yerushalmi Yosef y otros, Los usos del olvido, Nueva Visión,Buenos Aires, 1989. 
Benjamin Walter, Tesis sobre la filosofía de la historia, Valencia, Quaderns republicans de PACR Constantí 
Llombart, Ateneu de Benimaclet, 2006. 


8 


7 


Guglielmucci Ana, La consagración de la memoria: una etnografía de la institucionalización del recuerdo 
sobre los crímenes del Terrorismo de Estado en Argentina, Antropofagia,Buenos Aires, 2013. 


La memoria como fuerza transformadora 


Habitualmente asociamos la idea de “memoria colectiva” a los relatos sobre violencia 
estatal y política, como reparación del daño producido por dichas violencias, y como un 
elemento que permitiría que estos hechos nunca más vuelvan a ocurrir. Sin embargo, en el 
siglo XXI la preocupación por “la memoria” se está desplazando desde el recuerdo del trau- 
ma y la violencia, hacia la búsqueda por comprender el presente a partir de su articulación 
con el pasado, y hacia alternativas futuras. La preocupación central no está ya exclusiva- 
mente en la recuperación de la memoria de quienes sufrieron directamente violaciones a los 
Derechos Humanos durante el perído de Terrorismo de Estado, sino en la multiplicidad de 
voces que construyen relatos sobre el pasado, en la rememoración de luchas y resistencias, 
y su articulación con procesos actuales y la continuidad de las estructuras de desigualdad, 
represión y dominación. De alguna manera, el interés y la reconstrucción de las memorias 
de las “víctimas directas” de los procesos de violencias estatales y políticas de las décadas del 
60,70 y 80, comenzó a incorporar la necesidad de dar lugar a “otras memorias”, memorias 
“subterráneas”? que permiten entender de forma holística los procesos del pasado y del pre- 
sente, prestando atención a sus continuidades y rupturas. 


Entendemos la necesidad, en términos políticos, de que estas narrativas sean absoluta- 
mente vigentes y se legitimen, frente a un contexto regional y nacional de avance de ciertos 
discursos negacionistas, punitivistas y un retroceso significativo en términos de derechos. 
Aunque hoy también creemos igualmente necesario transitar hacia la activación de otras 
narrativas que busquen rescatar “la positividad de la memoria”*”. En otras palabras, es poner 
en valor la potencia política que estas narrativas tienen, en tanto materia prima de proyec- 
tos sociales, políticos e identitarios colectivos que buscan construir alternativas de futuro 
a partir de la idea de un pasado compartido y resignificado a la luz de las luchas presentes. 
La fuerza simbólica de la memoria radica en su capacidad de producir sujetos, relaciones e 
imaginarios sociales, y por lo tanto la convierte en potencial fuente de resistencias, inesta- 
bilidades y transformaciones. Pero este carácter transformador depende de que las acciones 
y prácticas desplegadas a partir del recuerdo tengan la capacidad de tensionar las versiones 
hegemónicas imperantes en un determinado orden social. 


La memoria colectiva es, por ende, política. Su capacidad de actuar sobre el mundo y 
de imaginarlo hace de las acciones y prácticas de rememoración el instrumento por excelen- 
cia para organizar y reorganizar el pasado. Las distorsiones, provocadas por los conflictos 
políticos nos enseñan más sobre una sociedad o un individuo que una memoria fiel. En la 


? — Pollak, Michael, Memoria, olvido, silencio. La producción social de identidades frente a situaciones límite. 


Editorial Al Margen, La Plata, 2006. 
10 Silva Prada Diego, Acerca de la relación entre territorio, memoria y resistencia. Una reflexión conceptual 


derivada de la experiencia campesina en el Sumapaz, Análisis Político, 27 (81), Bogotá, 2015. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


100 


deformación sobre el acontecimiento memorizado hay que ver un esfuerzo por ajustar el 
pasado a las representaciones del tiempo presente”. 


El resurgimiento de regímenes autoritarios en América Latina, la regresión sobre la 
conquista de derechos laborales, civiles y sociales en toda la región, la continuidad de las 
prácticas represivas y la manifestación de diferentes violencias*?, se convierte en una alerta 
urgente para la activación de las memorias de las violencias ejercidas no sólo en lo que 
comúnmente llamamos “pasado reciente”, sino también, las violencias, las luchas y las resis- 
tencias de las post dictaduras hasta nuestro presente más inmediato, para la comprensión 
en clave procesual las consecuencias a largo plazo de la instalación de las dictaduras y la vio- 
lencia estatal. Entendemos que no se trata de mirar los procesos surgidos en América Latina 
durante las décadas del 60, 70 y 80 y a sus protagonistas a la luz de las categorías y lentes 
actuales, porque eso nos conduciría a una lejanía tal que terminaríamos construyendo ca- 
ricaturas de los mismos, o simplemente relatos heroicos descontextualizados. De lo que se 
trata, sin embargo, es de historizar los procesos y recuperar las memorias, comprendidas en 
sus conexiones y sentidos para poder identificar las mutaciones y las continuidades'* por- 
que si bien identificamos que las violencias, desigualdades y peligros del pasado tienen eco 
en el presente es importante destacar también las diferencias. No sólo en sus causas, sino 
igualmente en las formas de resistencia y construcción política del presente. 


Nos cuestionamos entonces cómo pensar la relación entre la potencialidad política de 
la memoria, los derechos humanos y la protesta social, y de qué manera se relaciona con las 
transformaciones en términos de construcción de hegemonía, las formas de acción política 
y los cambios en las estructuras de poder propias del neoliberalismo. 


La reconfiguración hegemónica representada por el tránsito de la Bipolaridad a la reor- 
ganización hegemónica global trae consigo la profundización de los rasgos más autoritarios, 
violentos y excluyentes de la modernidad, bajo un discurso donde predomina la tolerancia, 
la apertura, la flexibilidad, comunicabilidad, pluralidad y cosmopolitismo en contrapartida 
al pensamiento binario propio de la bipolaridad. Esta reestructuración hegemónica de la 
que habla Calveiro'* se articula con una nueva manera de construcción de lo político, de lo 
económico y lo social. 


Los “procesos de reorganización nacional” instaurados por la dictaduras del Cono Sur 
durante los 70 y 80 y la consolidación del neoliberalismo durante los 90, implicaron la 


11 


Candau Joél, Antropología de la Memoria, Capítulo V, Nueva Visión, Buenos Aires, 2002. 
* Cuando hablamos de violencias los hacemos desde una perspectiva procesual que las entiende como un 
continuo, y no de forma autoexcluyentes, entendiendo que casi todas las formas de violencia cotidiana tienen 
sus bases en la estructural, atendiendo a las interrelaciones existentes entre las distintas formas de violencia 
presentes en cada estrato cultural (por ejemplo, la relación entre flexibilidad laboral y violencia racista, o entre 
dictadura política y delincuencia) (Ferrándiz y Feixa, 2004). 
13 Calveiro Pilar,Los usos políticos de la memoria, en Sujetos sociales y nuevas formas de protesta en la histo- 
ria reciente de América Latina, Buenos Aires, CLACSO, 2006. 


14 Calveiro Pilar, Op. Cit. 


desestructuración de las formas de organización social, de sociabilidad y de construcción 
política. Lo cual trajo importantes transformaciones en la formas de la protesta social, con 
la aparición de nuevos actores, movimientos, colectivos y prácticas de lucha y resistencia. 
En este sentido, la(s) memoria(s) colectiva(s), como fuerza simbólica juegan el lugar de 
puente que nos permite trazar los vínculos entre esos aspectos del pasado que aún resuenan 
incómodamente en el presente, para cuestionar y transformar las estructuras hegemónicas. 


Estas nuevas formas de lucha “autoafirmativas” 


5 poseen una característica central y 
diferencial: “poner el cuerpo”, la autoafirmación tiene sentido en la medida de que expone 
la diferencia, la exclusión y la marginalidad en un “aquí estoy”. La irrupción en el espacio 
público mediante la creatividad, la exposición y el juego de los cuerpos que encarnan y per- 
formatizan las múltiples violencias (estructural, política, simbólica y cotidiana) ejercidas. 
Los escraches, las intervenciones artísticas, las performances, los piquetes, las invocaciones 
de los nombres de las personas detenidas-desaparecidas, las marchas de silencio, las ocupa- 
ciones de universidades, liceos, edificios públicos, las intervenciones callejeras de multitu- 
des de mujeres, los besazos, tetazos, etc., son métodos de lucha disruptivos que, de acuerdo 
con Raúl Zibechi'”, implican un desafío de llevar al límite las acciones que conjugan un de- 
licado equilibrio entre el desafío a la autoridad y la no violencia. Asimismo, estos métodos 
generan solidaridad interna que permite garantizar su aplicación como su reproducción e 
instalación, sin perder de vista que es, muchas veces esa solidaridad la que funciona como 
mecanismo de seguridad para los cuerpos que habitan y accionan estas formas de protesta. 
Por último, la incertidumbre facilita la creatividad mediante la activación de acciones que 
desafían los límites y generan desconcierto. 


De acuerdo con Judith Butler, “La racionalidad neoliberal impone la autonomía como 
ideal moral al mismo tiempo que desde el poder se destruye esa misma posibilidad en el 
plano económico, porque convierte a toda la población en seres potencial o realmente pre- 
carios, y hasta se vale de la siempre amenazante precariedad para justificar su intensa regu- 
PP. Por lo tanto, el 
espacio público es cada vez más regulado y restringido a medida que el modelo hegemónico 
global ofrece la reducción de lo público y socava las bases del Estado como “garante de 
derechos”, para la consolidación del Estado que amplía los mecanismos de la sociedad de 
control concretamente sobre la sociedad civil y la defensa de los derechos humanos'*, En 


lación del espacio público y su desregulación de la expansión mercanti 


consecuencia, es la acción conjunta de los cuerpos reunidos en el espacio público una for- 
ma de poner en cuestión esta racionalidad neoliberal, a través de los que Butler denomina 


15 Zibechi Raúl Genealogía de la Revuelta. Argentina, la sociedad en movimiento, Letra Libre, La Plata, 


2003. 

16 Zibechi Raúl, Op. Cit. 
17 Butler Judith, Cuerpos Aliados y luchas políticas. Hacia una teoría performativa de la asamblea, Buenos 
Aires, Paidós, 2017. 

18 Deluchey Jean-Frangois, El gobierno de los derechos humanos en la era neoliberal” en Manual Derechos 


Humanos y Políticas Públicas, Universitat Pompeu Fabra, Vol. 3, 2014. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


101 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


102 


“el ejercicio performativo de su derechos de aparición”, es decir, hay formas de expresar y 
manifestar la precariedad que se enlazan con la acción corporeizada plural que son una rei- 
vindicación de una “vida vivible”*”, Las acciones plurales y públicas garantizan el derecho a 
ser parte de una comunidad o grupo, que mediante el ejercicio de ese derecho es que se crea 
el espacio de aparición. 


Luego del retorno a la democracia adviene el desafío de articular las dolorosas expe- 
riencias pasadas con proyectos hacia el futuro””. Las heridas del pasado aún vigentes- por la 
ausencia de justicia, por la impunidad de los represores, y por las insatisfactorias políticas 
de memoria?'- se articulan en relatos que buscan elaborar lo acontecido, ya sea a través de 
propuestas artísticas, o de diferentes formas de marcas territoriales en espacios urbanos. 
Como la recuperación de los ex centros clandestinos de detención y tortura (CCDTyE), 
la colocación de baldosas en los barrios, casas y centros educativos donde han vivido o han 
sido secuestrados quienes hoy continúan detenidos-desaparecidos, los murales, las pintadas 
con stencil, y diversos actos de performances callejeros que nos muestran que la memoria 
no es sólo algo a ser recuperado sino más bien construido y activado. 


En este sentido, podemos pensar en la marcha del silencio de este año, donde por 
primera vez no se pudo llevar a cabo la peregrinación silenciosa, debido al distanciamiento 
social que impuso la pandemia, al tiempo que coincidió con los primeros meses del go- 
bierno de coalición de derecha, luego de tres periodos de gobierno frenteamplista. Cabe 
señalar, que en tal contexto, fue rechazado el petitorio de Cadena Nacional realizado por 
Familiares de detenidos desaparecidos para la ocasión. Pudimos ver cómo se pusieron en 
juego diversas intervenciones artísticas y performativas que demostraron gran creatividad, 
cómo se consiguió un apoyo masivo que permitió la descentralización de la convocatoria 
- tradicionalmente asumida por Familiares - y que se vio reflejada en una cantidad de ini- 
ciativas individuales y colectivas orientadas a la intervención en el espacio público pese al 
distanciamiento social. 


Pero además, no podemos dejar de considerar que la aparición pública que se da en 
una “protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades 
democráticas y se encuentra protegida por una constelación de derechos y libertades que 
el sistema interamericano garantiza tanto en la Declaración Americana de los Derechos y 
Obligaciones del Hombre como en la Convención Americana de Derechos Humanos. En 
efecto, los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación garantizan y 
protegen diversas formas -individuales y colectivas- de expresar públicamente opiniones, 
disenso, demandar el cumplimiento de derechos sociales, culturales y ambientales y afirmar 


19 Butler Judith, Op. Cit. 


20 


Jelin Elizabeth y Kaufman Susana (eds), Subjetividad y figuras de la memoria, Madrid y Buenos Aires, Siglo 
XXI de España Editores y Siglo XXI Editora Iberoamericana, 2006. 
21 Marín Suárez, Carlos, y Cordo Azul, “Políticas de memoria en Uruguay: entre el control, la acción y la 


pasión”, en Derechos humanos en el Uruguay. Informe 2015, Serpaj, Montevideo, 2015. 


la identidad de grupos históricamente discriminados. La protesta también juega un papel 
central en la defensa de la democracia y los derechos humanos. De acuerdo a los instrumen- 
tos del sistema interamericano, el ejercicio conjunto de estos derechos fundamentales hace 
posible el libre juego democrático.”?. 


Nuevo contexto, nuevos desafíos 


El resurgimiento de regímenes autoritarios en América Latina, la regresión sobre la 
conquista de derechos laborales, civiles y sociales en toda la región, la continuidad de las 
prácticas represivas y la manifestación de diferentes violencias”, se convierte en una alerta 
urgente para la activación de las memorias de las violencias ejercidas no sólo en lo que 
comúnmente llamamos “pasado reciente”, sino también, las violencias, las luchas y las resis- 
tencias de las post dictaduras hasta nuestro presente más inmediato, para comprender las 
continuidades y las rupturas, y sin dudas, para transformar. 


En Uruguay, luego de varios años de gobiernos progresistas que se han caracterizado 
por la ampliación de la agenda de derechos, hoy nos encontramos en un tiempo que se 
caracteriza por un discurso conservador en términos políticos e ideológicos y liberal en 
términos económicos. Esto se traduce en el intento de socavar los avances logrados hasta el 
momento, en el marco de una resistencia por parte de colectivos, organizaciones políticas 
y sociales. 


Estos retrocesos impulsan un tiempo de reflexión, de análisis, de debate de ideas, de 
poner el cuerpo en la calle, dando lugar a la resignificación de viejas luchas que se van des- 
empolvando para transformarse en nuevas, colocando las memorias, lo antaño, en un nue- 
vo escenario, fortaleciendo la permanencia del hacer colectivo para dar las luchas. 


A su vez, la Casa reafirma la necesidad de la articulación entre arte y política, tan- 
to en sus acciones, pensamientos, conceptualizaciones, dejando traslucir los principios de 
Bertolt Brecht en relación a la concepción del arte, donde el hecho artístico manifiesta 
una ideología política, una visión de mundo, que estimula procesos de contra hegemoniza- 
ción y cuestiona la realidad desde una perspectiva crítica. “La relación entre arte y política. 
Es tan incierta como fructífera. Que no hay relación porque no hay tal separación y que 
tampoco tienen tal distancia. Rivales y hermanas, alejadas y en mezcla. Hay mucho para 
procesar, partiendo de la base que los espectadores no solo espectan sino que se mueven y 


estamos juntos en una construcción” 2%, 


2 Comisión Interamericana de DDHH, setiembre de 2019. 


22 Cuando hablamos de violencias los hacemos desde una perspectiva procesual que las entiende como un 
continuo, y no de forma autoexcluyentes, entendiendo que casi todas las formas de violencia cotidiana tienen 
sus bases en la estructural, atendiendo a las interrelaciones existentes entre las distintas formas de violencia 
presentes en cada estrato cultural (por ejemplo, la relación entre flexibilidad laboral y violencia racista, o entre 
dictadura política y delincuencia) (Ferrándiz y Feixa, 2004). 

2 Casa Bertolt Brecht, Arte y política: Bertolt Brecht, Montevideo 2010. 


MEMORIA E IMPUNIDAD 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


104 


En este sentido consideramos que la diversificación de los lenguajes expresivos y las in- 
tervenciones artísticas dentro de la protesta social, contribuyen a la visibilización y sensibi- 
lización pública de problemáticas, demandas, reivindicaciones y exigencias, en tanto crean 
nuevos escenarios que interpelan la realidad y dan lugar a la experiencia autónoma de los 
sujetos posibilitando la construcción de nuevas subjetividades. “El mundo de la expresión 
artística es el mundo de la belleza, pero también el mundo de la reflexión, la experimenta- 
ción, la denuncia, la provocación, la innovación”? De esta forma, el arte entendido como 
agente de cambio, se funde dentro de las protestas sociales, siendo eco de las voces y los 
cuerpos que reeditan la permanencia de las memorias de resistencia. 


Reivindicamos entonces, el valor simbólico de la construcción y reconstrucción de 
narrativas que contribuyan a otras formas de estar y ser en colectivo para reflejar una mira- 
da que se funda en tantas otras, donde se encuentren las diversidades, y lo dialógico en lo 
vasto de sus formas de expresión, para dar las luchas que permitan construir ese otro futuro 


esperado, y posible. 


5 “El arte como medio de protesta”, Varela, J. y Álvarez Uría. Recuperado en https://www.revistasinrecreo. 


com/opinion/el-arte-como-medio-de-protesta/ 


actica 


idad Demor 
y Derechos Humanos 


Segur 





Foto: Martín Varela Umpiérrez 


Documento de posicionamiento político y análisis 
sobre el capítulo de seguridad pública de la Ley de 


Urgente Consideración! 


Servicio Paz y Justicia — Uruguay 


Aspectos generales 


En el actual contexto de emergencia sanitaria, el gobierno decide enviar presurosa- 
mente el anunciado proyecto de Ley de Urgente Consideración (en adelante, LUC), una 
amplia presentación de artículos (502 en total) considerados urgentes que comprenden 
aspectos vinculados a la seguridad pública, economía, trabajo, educación, cultura, adminis- 
tración pública, entre otras tantas dimensiones. 


En relación al mecanismo constitucional utilizado, Serpaj quiere manifestar su repu- 
dio a la imposición de un proceso que atenta contra los principios democráticos del debate 
ciudadano. Pero además, quiere expresar un enérgico rechazo a su envío en el actual con- 
texto socioeconómico y político de emergencia sanitaria, ante la presencia del COVID-19 
en nuestro país. La vigencia de un estado de excepcionalidad como implica la emergencia 
sanitaria actual, anula la posibilidad de manifestación y participación de la ciudadanía en 
la discusión pública, e inhabilita la posibilidad de desarrollo de instancias de organización 
y discusión política. 


Consideramos que modificaciones tan importantes para el conjunto de la sociedad 
requieren de un debate serio, que involucre al conjunto de la ciudadanía, sin limitaciones 
temporales, urgencias impuestas, O contextos de emergencia que limiten las garantías y de- 
rechos ciudadanos de debate, manifestación y participación política. 


A continuación se presenta un análisis de los efectos esperados ante la aprobación de 
la LUC, y los impactos a nivel de seguridad pública, a través de las siguientes dimensiones 
de análisis: sistema penal juvenil, sistema carcelario, legislación policial, espacio público, 
estupefacientes, reformas sobre inteligencia. 


1 Este documento fue publicado en la web de Serpaj en junio de 2020 con motivo de la comparecencia ante 


las cámaras de representantes y senadores durante la discusión parlamentaria sobre la Ley de Urgente Conside- 
ración. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


107 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


108 


Sistema Penal Juvenil 
Capítulo V: Normas sobre adolescentes privados de libertad 


El Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), aprobado en el año 2004, es el marco 
jurídico que adecua a la realidad nacional la Convención de los Derechos del Niño (1990), 
implicando grandes avances en las garantías y derechos del proceso penal para adolescentes. 
Sin embargo, reformas normativas posteriores generan grandes retrocesos sobre lo avanza- 
do, a través de la preceptivización de las medidas cautelares privativas de libertad y la ins- 
tauración de penas mínimas y máximas para mayores de 15 años (ley 19.055), tipificación 
de la tentativa de hurto (18.777), manutención de antecedentes judiciales en alguna cir- 
cunstancias (18.778), y aumento de los días de aplicación de medidas cautelares (19.551). 


En este sentido, las modificaciones que propone la LUC acentúan profundamente el 
proceso de regresión legislativa, endurecimiento de penas, y contraviene con la normativa 
nacional e internacional que se viene gestando desde hace más de 10 años hacia las adoles- 
cencias en conflicto con la ley penal: 


e El establecimiento de una pena privativa de libertad mínima de 2 años y máxima 
de 10 años (artículos 75 y 76 de LUC) puede implicar que el/la adolescente llegue a pasar 
cerca de la mitad de su vida en centros de privación de libertad. Esta propuesta va contra de 
la excepcionalidad y brevedad de la privación de libertad, establecida en acuerdos interna- 
cionales (Convención de los Derechos del Niño, artículos 37 y 40) que Uruguay mantiene 
ratificados, y por tanto vigentes para su aplicación en la normativa nacional. 


El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas (CRC) en 2019 establece que 
“Las sentencias mínimas obligatorias son incompatibles con el principio de proporcionalidad 
de la justicia juvenil y con el requisito de que la reclusión sea una medida de último recurso y 
por el período de tiempo más breve posible”. Establecer un mínimo de 2 años, además, ocasio- 
nará un explosivo aumento de adolescentes privados/as de libertad, por lo que las carencias 
en la institucionalidad del sistema y las condiciones de encierro continuarán empeorando, 
profundizando la vulneración de sus derechos. 


Esta propuesta instala el encarcelamiento y el encierro como principal respuesta del 
Estado ante los delitos cometidos por adolescentes, contraviniendo todas las normativas 
y tratados internacionales que nuestro país adhiere. El aumento de penas no disminuye 
el delito ni transmite mensajes disuasivos. Estas modificaciones son respuestas punitivas 
donde prima la lógica del castigo como único instrumento, sin tomar en cuenta medidas 
extrajudiciales o alternativas, lo que dista de acercarse a los principios de justicia juvenil 


establecidos en la Convención de Derechos del Niño (CRC, 2019)? 


2 Convención de los Derechos del Niño (CRC): Observación general núm. 24 (2019) relativa a los derechos 
del niño en el sistema de justicia juvenil. 

3 Convención de los Derechos del Niño (CRC): Observación general núm. 24 (2019) relativa a los derechos 
del niño en el sistema de justicia juvenil. Observación 76: “(...)La aplicación de un método estrictamente punitivo 


e La permanencia de antecedentes judiciales para las y los adolescentes para delitos de 
violación, abuso sexual, privación de libertad, rapiña con privación de libertad, homicidio, 
lesiones graves o gravísimas (artículo 77 de LUC), es una iniciativa que contraviene con lo 
establecido en las Reglas mínimas de Beijing. Más precisamente, los artículos 21.1 y en el 
21.2 plantean que: “Los registros de menores delincuentes serán de carácter estrictamente 
confidencial y no podrán ser consultados por terceros. (...) 21.2 Los registros de menores 
delincuentes no se utilizarán en procesos de adultos relativos a casos subsiguientes en los 
que esté implicado el mismo delincuente”, 


e En relación a la modificación del artículo 90 del CNA, que establece el régimen de 
semilibertad, se vuelve a priorizar la privación de libertad. El régimen de semilibertad es 
una medida privativa de libertad pero consiste en que el adolescente pueda visitar a su fami- 
lia o realizar actividades recreativas, culturales, educativas diariamente externas al centro. 
Esta modificación reduce la posibilidad de que adolescentes puedan acceder a esta medida 
ya que queda excluyente para quienes hayan cometido infracciones gravísimas. En el marco 
de la privación de libertad, que adolescentes permanezcan en semi libertad es una herra- 
mienta positiva para sus actividades fuera del sistema. 


e La derogación de la suspensión condicional de proceso (art. 33 LUC), una de las 
vías alternativas de resolución del conflicto previstas en el Código del Proceso Penal y apli- 
cable al proceso penal juvenil por lo dispuesto en el art. 83 del Código de la Niñez y la 
Adolescencia (en redacción dada por el art. 8% de la ley 19.551) constituye la eliminación 
de uno de los mecanismos de desjudicialización o diversión, lo que se opone al mandato de 
la Convención de los Derechos del Niño (arts. 37.b, 40.1, 40.3.b y 40.4). El Comité de 
los Derechos del Niño, en su Comentario General n* 24 sobre Administración de Justicia 
Juvenil ha sido claro respecto de que los Estados Parte deben adoptar medidas de diversión, 
tanto judiciales como extrajudiciales, como parte integral de sus sistemas de justicia juvenil 
(parágrafo 26, Comentario General n' 24). 


e En este marco, se incorpora al proyecto de la LUC, mediante el artículo 28, el proce- 
so abreviado para adolescentes, con excepción de las infracciones gravísimas previstas en el 
artículo 72 del CNA. Esto implica que para infracciones que pueden someterse a medidas 
alternativas o extrajudiciales, pasan a tener una respuesta de privación de libertad. Asimis- 
mo, en consonancia del resto de las iniciativas para la justicia juvenil, esta medida represen- 
ta una pérdida específica de respuesta para adolescentes ya que se extrapola una medida de 
adultos hacia el campo adolescentes. Incluso, se invisibiliza a la adolescencia como etapa de 
vida, es decir lo que implica para una persona en crecimiento tener que negociar y acordar 
una pena. De hecho, esta propuesta limita las garantías del proceso y lo único que generaría 
es más adolescentes privados de libertad cuando se pueden tomar otras medidas. 


no se ajusta a los principios básicos de la justicia juvenil enunciados en el artículo 40, párrafo 1, de la Convención.” 


2 http://www.inau.gub.uy/institucional/normativa/item/30-reglas-de-beijing 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


110 


Nuestro país ya fue observado por el sistema internacional en numerosas ocasiones 
en relación a la situación de la justicia juvenil ante la persistencia en la aplicación de penas 
privativas de libertad y la ausencia de propuestas alternativas (por ejemplo, por el CRC en 
2015 - artículos 69 a72 - y CAT en 2014 - párrafo 125). 


La propuesta legislativa elaborada no sólo desoye las observaciones realizadas a Uru- 
guay, sino que profundiza las propuestas contrarias a los estándares y recomendaciones 
internacionales en materia de sistema de justicia juvenil. Presenta a los procesos penales 
como únicas soluciones, siendo una propuesta que envuelve respuestas con mayor tiem- 
po de encierro y pérdida de garantías hacia los/as adolescentes. Las Únicas respuestas que 
brinda la LUC son dentro del sistema penal, teniendo en cuenta el daño irreparable que 
esto significa para un/a adolescente”, sin apelar a medidas extrajudiciales o alternativas a 
la privación de libertad. Además, su contenido ilustra una pérdida de respuesta específica 
para adolescentes, no se responde a un sistema de justicia penal juvenil ni tampoco aporta a 
generar mecanismos para delimitar la respuesta penal. 


Sistema Carcelario Adulto, Reformas al Código del Proceso Penal (CPP) y normas 
penales 


Capítulo 1 Normas sobre proceso penal, y capítulo VI Normas sobre gestión de la privación de 
libertad 


En el relato hegemónico instalado hace ya varias décadas sobre la respuesta a la in- 
fracción penal, el aumento de penas privativas de libertad para el sistema penal adulto ha 
sido la regla, sin considerar propuestas alternativas a la prisión. Sin embargo, ninguna de 
las acciones implementadas de aumento de penas ha contribuido a reducir la cantidad de 
infracciones penales o los índices de reincidencia. 


En relación al proceso penal, el avance que significó la aprobación de un nuevo Códi- 
go del Proceso Penal (CPP) en 2017, queda gravemente lesionado bajo las modificaciones 
de la LUC, al volver a introducir elementos inquisitivos en el proceso, además de disminuir 
las potestades y aplicabilidad de medidas de justicia restaurativa. 


Un punto destacable que presenta una regresión es la modificación del principio de 
oportunidad y la suspensión condicional del proceso, la regulación de un auténtico “pro- 
cedimiento comisarial”.Incluso, se prevé la ampliación de las figuras del colaborador y del 
agente encubierto (art. 12 LUC), dos “técnicas especiales de investigación” previstas en la 
ley de lavado de activos 19.574, aplicadas a los delitos en los que son competentes los Juz- 


3 "Tomando particular referencia en los artículos 55 y 62 del Relator Especial sobre el derecho de toda per- 


sona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental en el Informe 2018 (A/HRC/38/36), donde 
se advierten los efectos nocivos para un desarrollo saludable, planteando que la reclusión afecta “su bienestar 
mental y su potencial de crecimiento psicológico y cognitivo quedan: afectados (...) de forma profunda y nega- 
tiva”, 


gados Letrados en lo Penal especializados en Crimen Organizado y a los delitos de terroris- 
mo, que ahora podrán aplicarse en la jurisdicción ordinaria; es decir: para todos los delitos 
cometidos por mayores de 18 años de edad. Esto no es otra cosa que permitir la investiga- 
ción policial retrospectiva y los proactive police powers en materia de delitos “comunes”. 


Nuevamente, el discurso punitivo instala la idea de que vías como la suspensión condi- 
cional del proceso, que gestionan el conflicto desde una perspectiva comunitaria y alterna- 
tiva, son expresiones de impunidad cuando en realidad están organizadas a partir de un mi- 
nucioso sistema y sanciones para los escenarios de incumplimiento. Es fundamental señalar 
que los cambios introducidos por la LUC implican, en términos de diseño estructural, una 
regresión hacia modelos de investigación y sanción de corte inquisitivo, en la medida en 
que centralizan un importante segmento de la instrucción en la policía, que tiene además 
la potestad de realizar evaluaciones sobre el fondo del asunto (art. 18, LUC), a la hora de 
comunicar o no los hechos a Fiscalía. Dichas modificaciones vienen a “mover” a la Fiscalía 
del lugar central del sistema de enjuiciamiento penal, lo que afecta notoriamente el modelo 
de justicia acusatorio instaurado por el nuevo CPP. Estas modificaciones también pueden 
generar efectos contraproducentes, en la medida en que parte de la evidencia colectada en 
esta suerte de indagatoria comisarial, puede ser luego causal de nulidad que lleve a perjudi- 
car el resto de la investigación. 


Además, se amplían los poderes administrativos de investigación a través del interro- 
gatorio policial, que en la legislación actual se ciñe a la identificación de la persona dete- 
nida, sin ingresar en los hechos acontecidos. Esta modificación es una vulneración clara al 
principio acusatorio (lo que, desde ya, adelanta posibles objeciones en cuanto a su consti- 
tucionalidad) en la medida en que desplaza la titularidad de la acción penal y de la instruc- 
ción, hacia los funcionarios policiales, inaugurando una suerte de procedimiento comisarial. 


La LUC aceita las principales palancas de encierro del sistema. Entre ellas, destacamos 
la siguientes: el aseguramiento del cumplimiento efectivo de las penas negociadas bajo la 
estructura del proceso abreviado; la preceptivización de la prisión preventiva; la infrautili- 
zación y desvalorización de las vías alternativas de resolución del conflicto; la limitación de 
la libertad anticipada; y la restricción de la libertad vigilada como dispositivo alternativo a 
la pena privativa de libertad. 


Además, el capítulo de normas sobre la gestión de la privación de libertad revela aspec- 
tos que modifican y complejizan sensiblemente la situación del sistema carcelario, no sólo 
en relación al aumento exponencial de personas privadas de libertad producto del aumento 
de penas, sino también a la gestión de estas, a través de la instalación de pautas autoritarias 
(como la obligatoriedad del trabajo%) y la eliminación de derechos adquiridos (como la 
redención de pena por estudio y/o trabajo). En este sentido, cabe señalar el exponencial 


6 Este planteo había surgido en 2012 por parte del entonces ministro del Interior Eduardo Bonomi, del 


Frente Amplio. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


111 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


112 


crecimiento que la población carcelaria experimenta en nuestro país, que alcanza en enero 
de 2020 el récord histórico de 11.732 personas privadas de la libertad”. Uruguay es el tercer 
país con la tasa más alta de prisionización en América Latina*, Nuevamente y a pesar de este 
escenario de crisis, la respuesta al diagnóstico parecería estar exclusivamente orientada a la 
incorporación de una nueva figura penal, que amplía y agrava las hipótesis de daño cuando 
involucren objetos o inmuebles de establecimientos policiales y carcelarios. Sin perjuicio de 
que es obvio que estas conductas deben ser rechazadas, no se explica racionalmente que el 
Estado pueda estar legitimado para castigar formas de “deterioro” de algunas infraestructu- 
ras que han sido categorizadas como espacios de tortura institucional”. Una crítica similar 
debe emplearse respecto a la modificación del delito de autoevasión (art. 189 CP) a través 
del aumento punitivo de aquellas hipótesis en las cuales las violencias empleadas recaen 
sobre las cosas”, 


En este marco, mención especial debe tener el sistema carcelario femenino, donde la 
reproducción de las desigualdades de género se acentúa en un espacio que no fue pensado 
para ellas. En la LUC, el aumento de penas en materia de estupefacientes (en especial el 
artículo 72, que hace efectiva la pena privativa de libertad con un mínimo de 2 años)”, 
elimina la posibilidad de aplicar medidas sustitutivas a la privación de libertad bajo diver- 
sas hipótesis'?. La eliminación de ésta parte del artículo perjudica particularmente a las 
mujeres, ya que en Uruguay las mujeres tienen una mayor participación en los mercados 
de drogas asociados con contextos de mayor marginalidad. En cuanto al proceso abrevia- 
do, concretamente y pese a haberse incorporado parte de las críticas recogidas en relación 
a los riesgos que representaba la primera versión de la LUC, respecto a su operatividad, 
sigue vigente la objeción referida a que estas modificaciones terminan desestimulando la 
utilización del mecanismo, en la medida en que impiden el acuerdo de una pena inferior al 
mínimo legalmente establecido. En esta línea, es estratégicamente erróneo que no pueda 
establecerse, de acuerdo a la exigencia de cumplimiento efectivo de la pena, que el acuerdo 
pueda involucrar la utilización de la “libertad a prueba” prevista en la propia LUC. 


7 Informe Anual Comisionado Parlamentario, 2020. 


$ Apenas por debajo de la tasa de Brasil y con mayor cantidad de presos por habitante que Colombia, Chile 
o Argentina. De https: //www.prisonstudies.org/map/south-america 

? Ver específicamente el art. 9, que incorpora el art. 358 TER al CP, y sobre la modalidad típica de “dete- 
riorar” e incluso “todo o en parte” las instalaciones y objetos pertenecientes al Instituto Nacional de Rehabili- 
tación o dependencias policiales. El guarismo de pena de hasta tres años de penitenciaria para esta modalidad 
agravada del delito de daño, también debe ser caracterizado como una aberración a la luz de la dosimetría penal 
y el estado de las cárceles en Uruguay. 

10 Ver, art. 13 de la LUC. 


1 Ver apartado de Normas sobre estupefacientes. 


2 Las siguientes hipótesis vigentes: “4) Que el imputado no tenga antecedentes penales por haber cometido deli- 
tos a título de dolo. B) Que a criterio del Juez la sustancia incautada represente desde el punto de vista cuantitativo, 


una cantidad menor. C) Que el imputado no le haya vendido dicha sustancia a menores de edad.” (LUC, art. 72) 


Sobre la creación y modificación de estructuras procesales 


Por otra parte, la incorporación del “proceso simplificado” contra la voluntad del pro- 
pio imputado puede ser la antesala de un conjunto de prácticas procesales inquisitivas, que 
precariza los marcos de garantías vigentes. La única vía de impugnación (el recurso procesal 
de reposición) se va a interponer frente al propio Juez, sin que exista la garantía de doble 
instancia que aporta el recurso de apelación. Precisamente, esta decisión de política jurídi- 
ca implica asumir que no existe un derecho a la tramitación de un juicio ordinario, oral y 
público, sino que existe simplemente el derecho a acceder a distintas formas procesales con 
distintos matices de garantías, incluso, contra la voluntad del propio imputado. Además, 
peca de una deficiente técnica legislativa, remitiendo a conceptos erróneos y confundiendo 
etapas procesales. 


Es importante subrayar que esta estructura sui generis viene a incorporar un conjunto 
de poderes que contaminan cualquier viso de modelo acusatorio, y esto en relación a la 
facultad extraordinaria otorgada a los jueces de decidir sobre la aplicación esta estructura. 


Por su parte, la incorporación del mecanismo de “libertad a prueba”, bajo supuestos 
estrictamente condicionados, parecería tener un efecto del orden simbólico, en la medida 
en que excluye de sus presupuestos de aplicación todas las variables fácticas que alimentan 
las cifras de prisionización en Uruguay. Más bien parecería estar diseñado para encauzar el 
conflicto en hipótesis especialmente asociadas a la negligencia y a figuras penales que, bajo 
ninguna circunstancia razonable, deberían ser meritorias de penas de prisión efectiva. 


En línea de la lógica de aumento de penas, también corresponde subrayar críticamente 
la modificación efectuada por el art. 3 de la LUC, que establece un “régimen especial” de 
fijación de la pena para la modalidad de complicidad en ciertos delitos!?. Curiosamente, se 
trata de los delitos que alimentan las grandes cifras de prisionización (como los delitos de 
estupefacientes, la rapiña y la receptación). Es fundamental denunciar esta lógica que equi- 
para estas figuras, con otras expresiones delictivas considerablemente más graves, como la 
rapiña con privación de libertad. 


Tampoco deberían celebrarse ciertas soluciones que nuevamente, y frente a problemas 
existentes (como pueden ser las violencias familiares expresadas en ámbitos comunitarios) 
plantean la tipificación de delitos y faltas para abarcar conductas que ya se encuentran com- 
prendidas en el ordenamiento jurídico, pero buscan el “efecto simbólico” de, por ejemplo, 
señalar que se “protege a los trabajadores de la educación” creando una suerte de falta con- 
tra multa en casos de violencias contra establecimientos educativos públicos y privados!” 


15 A través de este mecanismo, se modifica el sistema tradicional de fijación de pena para los cómplices previs- 


to en el art. 89 del CP, respecto a una modalidad de autoría que por definición se caracteriza por carecer de una 
participación directa en la consumación de los hechos delictivos. 
14 Esto también puede predicarse respecto a la mentada “protección de los trabajadores de la salúd pública y 


privada”, que pretende instalar el art. 17 de la LUC. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


113 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


114 


Procedimiento Policial y profesionalización de la policía 
Capítulo 1 Normas Penales, Capítulo HI Legislación Profesional Policial 


En esta temática es menester señalar que muchas de las normativas que propone mo- 
dificar, y otras que se agregan en la LUC, fueron consolidándose bajo la gestión de los go- 
biernos progresistas, particularmente en los últimos dos períodos, donde se ha expandido 
el Estado policial, y un sentido punitivo hegemónico de forma acelerada””. 


Ahora bien, algunas de las medidas contenidas en la LUC se orientan a reforzar pro- 
fundamente la autoridad policial y sus poderes en la aplicación de la violencia física y deten- 
ción de ciudadanos/as, aumentando su discrecionalidad. Esto queda plasmado en una serie 
de artículos que amplían la capacidad de la policía de actuar legítimamente, habilitando la 
utilización de la violencia física ante situaciones de sospecha, peligro de conflicto o agra- 
vios verbales. De esta forma, aumenta su discrecional criterio para efectuar el uso de dicha 
violencia, lo que queda materializado en la modificación del literal h) del artículo 20 de la 
ley de procedimiento policial (18.315), donde se establece que funcionarios/as policiales 
podrán hacer uso de la fuerza “cuando advierta la inminencia de un daño”, ampliando el 
ejercicio de la subjetividad para definir esas situaciones. A su vez, a la hora de disolver ma- 
nifestaciones públicas que no sean pacíficas la policía se encuentra habilitada para utilizar 
la fuerza en caso de “conductas violentas”, 


Además, el personal policial queda eximido de identificarse o advertir antes de usar 
la fuerza si la situación es considerada de inminente peligro lo que, nuevamente, queda a 
criterio del/la funcionaria actuante tomar esa definición. 


En relación a las detenciones: si bien la ley de procedimiento policial vigente habilita 
a exigir documentación que acredite la identidad de la persona cuando el/la funcionario/a 
piense que coincide con alguien requerido/a por la justicia, la LUC introduce que toda 
persona tiene la obligación de identificarse si se le es solicitado por la autoridad policial. 
Asimismo, en caso de estar frente a un hecho de “apariencia delictiva”, la policía tiene la fa- 
cultad de conducir alos posibles responsables y a testigos del hecho a dependencias policia- 
les y mantenerlas allí por un término máximo de 24 horas (sustituyendo el artículo 48 de la 
ley 18.315). El proyecto de urgente consideración también introduce, en el art. 4, la figura 
de “Resistencia al arresto” al código penal y el castigo será, para quien resista así como para 
quién obstruya el procedimiento, de 6 meses a tres años de penitenciaría. Además, la pena 
se agrava si en la resistencia se agrede o atenta contra la autoridad pública, extendiendo la 
pena con hasta 4 años de encarcelamiento. El establecimiento de esta figura implica una au- 


15 Programas como el PADO, la detención por averiguación de identidad, la expansión de la Guardia Repu- 


blicana, la extensión de patrullaje por parte del Ejército hasta 20 km de distancia de la frontera, la ley de faltas, 
el aumento de penas, el recorte de libertades anticipadas, las modificaciones legislativas regresivas en materia de 
derechos y garantías para personas en conflicto con la ley penal, entre otras, dan cuenta de esto. 


téntica expansión respecto a un conjunto de conductas que nunca habían sido consideradas 
como delito en el ordenamiento jurídico uruguayo. 


En particular, algunas normativas expanden facultades e instalan una defensa acérrima 
de la acción y quehacer policial, limitando las garantías y derechos de los/as ciudadanos/ 
as que se encuentran en el marco de un procedimiento o intervención policial. Algunos 
de estos ejemplos son: el artículo 43 de la LUC que amplía el rango de dos a cuatro horas 
que tiene la policía para dar aviso al/la fiscal sobre la detención; el artículo 21 que faculta 
a la policía a interrogar de forma autónoma a una persona detenida con el fin de obtener 
información para investigar y esclarecer el presunto delito, cuando debería ser una tarea ex- 
clusiva de Fiscalía; el artículo 49 que introduce la presunción de inocencia para la actuación 
policial; y el artículo 11 que introduce al código penal la figura de “agravio a la autoridad 
policial” y la pena va de tres a doce meses de prisión. Esta figura contiene definiciones que 
pueden ser muy arbitrarias y subjetivas como “agravio, amenaza, o insulto”. 


Por otra parte, también se proponen cambios a la Ley Orgánica Policial con el fin de 
autorizar el porte de armas de fuego a funcionarios/as policiales retirados/as, dándoles un 
tratamiento diferencial al resto de la ciudadanía, con el riesgo que supone en todo sentido 
que personas que ya no prestan esta función puedan estar armados en cualquier espacio 
público y privado. Debería tenderse a desalentar la tenencia, el porte y el uso de armas de 
fuego de todos los ciudadanos y ciudadanas que no estén ejerciendo funciones (y en su 
horario laboral) para el Ministerio del Interior. 


Sobran argumentos para concluir que la LUC tiene el objetivo de garantizar mayor 
discrecionalidad para el accionar policial, ampliar el rango de legitimidad para el uso de la 
fuerza, así como aumentar y diversificar tareas que no serían convenientes que realizarán 
funcionarios/as policiales. Los efectos y consecuencias de estos cambios pueden traducirse 
en reforzar la conflictividad con la autoridad policial e instalar una sensación de miedo 
en la ciudadanía a la hora de vincularse o aproximarse a la misma. Por su parte, se pueden 
multiplicar las situaciones de violencia policial y violaciones a los DDHH. Pero además, 
con la aprobación de la LUC existe el riesgo de exponer a trabajadores/as policiales a un 
recrudecimiento de la violencia en cualquier intervención u operativo del que participen, 
ya que el sentirse a la defensiva o más vulnerable frente al accionar policial puede fomentar 
el uso más rápido de la fuerza por parte de civiles. 


Legítima Defensa y Legítima Defensa Policial 


Especial mención merece el primer artículo de la LUC que modifica el artículo 26 
del Código Penal, al extender la presunción de legítima defensa a nuevas circunstancias 
y lugares, habilitando el empleo de la violencia tanto para la defensa de una persona y sus 
derechos, como para defender las dependencias de una propiedad privada. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


15 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


116 


Además, delimita la dependencias de una casa, tanto para zonas urbanas (incluyendo 
espacios abiertos balcones, terrazas, azoteas, barbacoas, jardines, garajes y cocheras) como 
rurales. La inclusión en dependencias de hogares en zonas suburbanas o rurales de galpones 
o instalaciones que formen parte del establecimiento, es particularmente preocupante. El 
perímetro de galpones o instalaciones anexas a la vivienda puede incluir una amplia exten- 
sión de terreno, de posible baja visibilidad, habilitando el empleo de violencia física contra 
terceros en situaciones que no impliquen una amenaza a la propiedad o la vida de quienes 
habitan la vivienda. 


En este sentido, la incorporación de una referencia específica sobre la legítima defensa 
de “cualquier derecho de contenido patrimonial”, y flexibilizando la exigencia normativa 
de apreciación de una agresión física concreta, implica establecer una interpretación legal 
sobre la equivalencia de bienes jurídicos, entre la vida y la integridad física de las personas. 
Esta equivalencia es excesivamente peligrosa, cuando se trata justamente de apreciar una 
causal de justificación. La inexigibilidad del requisito de una agresión física determinada 
puede tener peligrosos efectos expansivos en la valoración de la necesidad racional del me- 
dio empleado?” En efecto, un conjunto importante de circunstancias que hoy en día son 
valoradas por el ordenamiento jurídico-penal como hipótesis de “legítima defensa incom- 
pleta” (y por tanto, como atenuantes) son susceptibles de ser consideradas lisa y llanamente 
antijurídicas, a pesar de que no existe ningún potencial peligro de agresión física de quien 
“se defiende” del ataque a sus derechos de contenido patrimonial. 


La expansión de la presunción de legítima defensa propuesta por la ley en considera- 
ción reafirma una concepción desmedida y no correspondida con los consensos en relación 
al respeto por los derechos humanos, donde el valor del derecho a la vida es igualado al 
valor del derecho de propiedad. 


Adicionalmente, debe apuntarse que el diseño técnicamente defectuoso de la propia 
“presunción” de “legítima defensa policial” puede terminar consolidando el efecto adver- 
so, en la medida en que transmite un mensaje erróneo a los propios efectivos policiales (y 
también, del “Ministerio de Defensa Nacional”) sobre el alcance de sus propios derechos y 
obligaciones. Esta disposición es absolutamente confusa, y la propia referencia indicativa 
de “sin perjuicio de la prueba en contrario”, es una auténtica confesión sobre los problemas 
técnicos que anteceden en esta nueva presunción de legítima defensa. 


Espacio Público 


Resultan preocupantes las escasas garantías que introduce la LUC en referencia al de- 
recho a la protesta y el reforzamiento de su criminalización. El actual decreto n”76/017 


16 Ver precisamente, la indicación de la nueva redacción del art. 26 propuesta por el art. 1? de la LUC: “Cuan- 
do la defensa deba ser respecto de cualquier derecho de contenido patrimonial, la racionalidad deberá ser apre- 
ciada con prescindencia de que no haya existido o ya hubiera cesado una agresión física a la persona que se 


defiende”. 


sobre manifestaciones sociales faculta al Ministerio del Interior a intervenir con el fin de 
garantizar el derecho a la libre circulación y el orden público, lo que promueve la acción 
policial represiva en las protestas o marchas sociales. La LUC profundiza la criminaliza- 
ción de la protesta, al declarar ilegítimos los piquetes “que afecten la libre circulación de 
personas, bienes o servicios” (artículo 466 del actual proyecto), y facultar la utilización de 
la fuerza pública para disolverlos (artículo 467). Además, se le da a las fuerzas policiales la 
posibilidad de detención de “presuntos infractores” (artículo 468), lo que se agrega a las 
potestades de ejercicio legítimo de la fuerza ante “conductas violentas” de manifestantes 


(artículo 45). 


Por otra parte, en relación a los espectáculos deportivos se vuelve a la normativa an- 
terior, dejando al Ministerio del Interior como responsable de la admisión así como la se- 
guridad dentro de los espacios donde se desarrollan los espectáculos deportivos privados. 
Como se recordará, hechos de notoriedad pública dieron cuenta de la consecuente tensión, 
conflictividad y violencia que dentro de las tribunas deportivas generó la presencia policial. 


En relación a la ocupación de espacios públicos, las modificaciones son pequeñas pero 
relevantes, sustituyendo el artículo 368 del Código Penal”, de ocupación indebida de espa- 
cios públicos, en la que se quita la condición de que el estar acampando y el pernocte sean 
de forma permanente para que se configure la falta, además de eliminar las dos instancias de 
intimación que existen en la norma actual previo a la aplicación del castigo. 


Modificaciones a las Normas de Estupefacientes 


Pese a que en el 2013 Uruguay fue el primer país en regular el mercado de cannabis, in- 
tentando quebrar el discurso prohibicionista y con la intención de ensayar nuevas alternati- 
vas a un asunto complejo, la respuesta estatal para el resto de las sustancias continuó siendo 
un sistemático aumento de penas. Se establece así una convivencia de paradigmas, donde 
la regulación se presenta como un estado de excepción para la marihuana, mientras que el 
prohibicionismo es mantenido y reforzado en lo que respecta al resto de las sustancias. 


Las propuestas de modificaciones planteadas por la LUC en la legislación vigente en 
materia de estupefacientes responden a un recrudecimiento del enfoque prohibicionista en 
el combate al narcotráfico, basado en la pretensión de la reducción de la oferta mediante la 
represión penal y policial. 


El combate al narcotráfico centrado en la herramienta penal y la persecución policial, 
no ha reducido su crecimiento ni en esta región, ni en ningún lugar del mundo. Lo que 
sí es constatable luego de casi medio siglo de aplicación sistemática de represión policial 


17 Dice, quién “ocupará espacios públicos acampando o pernoctando en ellos, será intimado por parte de la 


autoridad departamental, municipal o policial correspondiente a retirarse en forma inmediata y a que desista de 
su actitud. De permanecer o persistir, será castigado con una pena de siete a treinta días de prestación de trabajo 
comunitario.” 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


17 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


118 


y aumento de penas, es el incremento de la violencia urbana, del crimen organizado y la 
criminalización de personas pertenecientes a los sectores más excluidos de la población. 


Aumento de penas a los delitos comunes 


Las modificaciones a la normativa sobre estupefacientes se basan en el aumento de 
penas para los delitos estipulados en el decreto ley 14.294. Los artículos 67, 68, 69, 70 y 
71 propuestos en el proyecto de la Ley de Urgente Consideración establecen el aumento 
de las penas mínimas para todos los delitos comprendidos por la normativa de estupefa- 
cientes; 20 meses a 2 años para los delitos comprendidos en el artículo 31 y 34 del decreto 
ley 14.294: importación, exportación, introducción en tránsito, distribución, transporte, 
tenencia para no consumo, depósito, almacenamiento, posesión, venta y negociación, y 
suministro respectivamente; un aumento de 2 a 4 años en la pena mínima para el delito de 
organización o financiación(art. 32 del Decreto Ley 14.294), un aumento de 20 meses a 3 
años en la pena mínima a quien introdujese en un país extranjero (art. 33 del Decreto Ley 
14.294), y de 12 meses a 2 años para los delitos referidos a preparados contenidos en las Lis- 
tas III (art. 35 del Decreto Ley 14.294) de las listas de sustancias controladas, establecidas 
por el sistema de fiscalización internacional. 


El aumento de penas indiscriminado no diferencia los delitos de microtráfico de los 
delitos a gran escala. Actualmente, las personas privadas de libertad en las cárceles por deli- 
tos de drogas son aquellas que participan en los eslabones más bajos de la cadena de tráfico. 
Esto se debe en parte a que el aparato represivo del Estado en el combate frontal a las drogas 
no se despliega de forma equitativa entre los delitos de los pobres y los delitos de los pode- 
rosos, primando la persecución de los delitos menores sobre la persecución a los grandes 
delitos y el lavado de activos. 


Los delitos más comunes por los que las personas son encarceladas son: tenencia para 
no consumo, venta y suministro. En 2017 el 62% de los delitos de drogas fueron penados 
en su mayoría en la modalidad de tenencia para no consumo o venta. El 34% de los delitos 
de drogas fueron procesados por el artículo 34 correspondiente al delito de suministro 


(CEDD, 2019). 


La persecución indiscriminada del delito de tenencia para no consumo repercute espe- 
cialmente en el encarcelamiento de personas usuarias. 


El aumento de las penas mínimas por los delitos de estupefacientes, conjuntamente 
con las modificaciones procesales propuestas por la LUC, convierte a los delitos compren- 
didos en el decreto ley 14.294 en inexcarcelables. 


1£ CEDD (2019) Bardazano, G., Robaina, G., 8 Salamano, l. 


Aumento de penas al crimen organizado 


El artículo 68 propuesto en el proyecto de LUC establece el aumento de las pena míni- 
ma de dos a cuatro años para el delito de organización o financiación de actividades delicti- 
vas de estupefacientes dispuestos en el artículo 32 del Decreto Ley 14.294. Si bien esta me- 
dida tiene como cometido agravar las penas para los delitos hechos por las organizaciones 
delictivas del narcotráfico, la normativa vigente carece de una definición clara de crimen 
organizado, por lo que no se diferencian los delitos de microtráfico del tráfico a gran escala. 


Cabe destacar que en 2017 el parlamento uruguayo aprobó el aumento de penas al cri- 
men organizado (ley 19.513) en el marco del “Plan integral de lucha contra el narcotráfico 
y el crimen organizado transfronterizo”, sin contar hasta el momento con una evaluación 
de resultados ni de impacto que pudo haber tenido sobre la reducción del narcotráfico o 
mejoras en la seguridad pública. 


El Artículo 72 de la LUC establece el aumento de las penas mínimas de 12 meses a 3 
años, para el delito comprendido en el art.35 del Decreto Ley 14.294 cuando los delitos 
tengan por objeto material todas las formas de cocaína en su estado de base libre o fumable. 


Agravante cuando el delito tenga como lugar material al hogar 


En el mismo sentido, el artículo 73 propuesto en el proyecto de la LUC incorpora la 
consideración de agravante cuando se utilice un hogar como “boca” para el expendio, ven- 
ta, distribución, de sustancias, elevando así la pena mínima a cuatro años cuando el delito 
de venta tenga como lugar material al hogar. 


Esta medida es una clara expresión de selectividad penal y criminalización de la pobre- 
za, que repercutirá directamente en el aumento del encarcelamiento de mujeres pobres que 
se vinculan con el microtráfico de pasta base. Mientras que un 8% de los hombres privados 
de libertad lo son por delitos de drogas, en la población femenina esta cifra asciende al 26%. 


El encarcelamiento masivo de las mujeres que cometen delitos de venta de estupefa- 
cientes en sus hogares, repercute además sobre la desestabilización de las familias, que son 
en su mayoría familias numerosas, con hijos a su cargo, y en situación de pobreza y vulne- 


rabilidad social. 


Flexibilización en materia de lavado de activos 


El artículo 220 de la LUC reduce el nivel de control exigido respecto al origen de los 
fondos para determinadas transacciones bancarias bajo la premisa de la “libertad financie- 
ra”. Estas medidas tienden al debilitamiento de los sistemas de controles financieros, facili- 
tando el lavado de activos provenientes del narcotráfico. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


119 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


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Modificaciones a la ley de inteligencia (Ley No. 19.696) 


La Ley No. 19.696 es de por sí una normativa pasible de serias objeciones (existiendo 
incluso argumentos en favor de posibles disposiciones inconstitucionales) en cuanto a la 
técnica legislativa, y particularmente, a las fronteras porosas entre la producción de infor- 
mación de inteligencia y la actividad de investigación o instrucción. La sanción de esta Ley 
debe leerse integralmente con otros instrumentos tales como la Ley Integral Antiterrorismo 
No. 19.749, e incluso con la propia Ley No. 19.574 que regula también integralmente el 
lavado de activos. 


El proyecto presentado a través de leves modificaciones concentra funciones y potesta- 
des a la Secretaría de Inteligencia de Estado, imprimiéndole una fuerte impronta de inteligen- 
cia policial a la orientación del organismo. Estas modificaciones están incluidas en el Capítulo 
II (artículos 98 a 101), y tienen impactos concretos en materia de seguridad pública. 


Todos los cambios se concentran en la “parte orgánica” de la Ley 19.696, lo que hace 
presumir que las facultades legales establecidas son un marco suficiente de poderes para 
realizar las tareas de inteligencia, con la posibilidad de vulnerar la intimidad, interceptar 
comunicaciones en el más amplio sentido, y con controles más relajados que los previstos 
en el Código del Proceso Penal. 


Estos cambios son quirúrgicos y deben entenderse como parte de una estrategia de 
fortalecimiento facultades de la Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado (SIEE). 
Por ejemplo, el art. 98 indica que el rol de “coordinación” de todos los componentes (en la 
redacción original) del Sistema Nacional de Inteligencia, por parte de la SIEE, pasa ahora a 
desplegarse como un rol de dirección, acentuando la concentración ejecutiva. 


La LUC viene a establecer un mayor blindaje de la información considerada como 
“secreta” por parte de la Ley 19.696, así como a reforzar las ambigúedades entorno a los 
posibles usos procesales de los informes de inteligencia, inaugurando de esta forma un es- 
quema de posibles disfuncionalidades de las agencias administrativas de inteligencia, aho- 
ra transformadas en agencias de investigación con poderes ampliados para intervenir, por 
ejemplo, comunicaciones privadas. 


Procedimientos especiales de investigación 


Los procedimientos especiales están relacionados con los objetivos de la Ley No. 
19.696, apuntan al concepto indeterminado de “asuntos” de la seguridad interior y exterior 
y la producción de información estratégica para la salvaguarda de los intereses nacionales. 


No hay una definición clara y precisa de los fines que dan lugar a la realización de activi- 
dades de inteligencia (ni se ofrecen, siquiera, enunciaciones abiertas, que podrían fungir como 
guía). Esto lleva a que sean las agencias administrativas quienes definan los eventos que dan 
lugar a la labor de inteligencia y no el legislador, pudiendo dar lugar a serias arbitrariedades. 


La Ley no se encuentra a la fecha reglamentada, y existen cuestiones de primordial 
importancia que deben ser definidas a través del eventual decreto reglamentario. 





Foto: Martha Passeggi 


Seguridad y LUC: Embestida represiva sin 


fundamentos ni recursos presupuestales 


Luis Eduardo Morás' 


Transcurridos cuatro meses desde la aprobación de los 119 artículos desplegados a 
lo largo de la decena de capítulos que en materia de seguridad contiene la Ley de Urgente 
Consideración (LUC), varias son las lecturas que pueden realizarse sobre la misma. 


En primer lugar, en el plano político, surge como la exitosa culminación de los des- 
velos por imponer una agenda punitiva densa y radical, luego de los fracasos plebiscitarios 
obtenidos en el año 2014 (para reducir la edad de imputabilidad penal) y en el 2019 (para 
militarizar la seguridad pública, entre otros anhelos represivos sometidos a la consideración 
popular). 

En esta oportunidad, la meta fue alcanzada mediante un mecanismo procedimental 
ampliamente controversial, tanto por el sentido de oportunidad, al ser presentada en mo- 
mentos de una crisis sanitaria sin precedentes en la historia nacional, como por el volumi- 


1. Profesor Titular de Sociología Jurídica (Facultad de Derecho-UdelaR). Investigador del S.N.I. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


121 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


122 


noso contenido de la reforma planteada. Cabe recordar que el artículo 168 de la Consti- 
tución brinda al Ejecutivo un recurso excepcional, al disponer en su numeral siete que el 
Parlamento tramite en un breve plazo una iniciativa que resulta aprobada tácitamente en 
toda su extensión de no existir pronunciamiento parlamentario contrario o sustitutivo. La 
dimensión total de la iniciativa con cientos de artículos sobre las más variadas temáticas, 
representó una clara violación al espíritu que refleja la carta magna. Como apuntara Silva 
Forné: “se verificó una inconstitucionalidad por razón de forma, al tramitar por un pro- 
cedimiento excepcional lo que debería haber sido objeto de múltiples proyectos de ley, así 
como por razón de contenido, en tanto resultaba imposible predicar la urgencia respecto 
de cada uno de los temas contenidos. Por ende, es también una violación del principio de 
separación de poderes, en tanto el Poder Ejecutivo impone al Poder Legislativo tal proce- 
dimiento anómalo”?, 


Si el propósito era aprobar rápidamente, al inicio del período de gobierno, un conjun- 
to importante de propuestas de reforma en el campo de la seguridad, la historia muestra 
una alternativa posible con la Ley 16.707 llamada de Seguridad Ciudadana que resultó 
aprobada en el año 1995 con un amplio consenso. Esta norma en su trámite parlamentario 
insumió apenas los 92 días que separan su ingreso en Diputados el 4 de abril, de su apro- 
bación el 6 de julio de 1995 por la Cámara de Senadores. El exiguo plazo requerido para 
la sanción de esa legislación, desmiente las afirmaciones del ministro del Interior, quien 
demandaba un tratamiento bajo el rótulo de “urgente consideración” alos efectos de contar 
rápidamente con las herramientas apropiadas para enfrentar las crisis sanitaria y delictiva.* 
En tal sentido, el camino recorrido por la Ley 16.707 ilustraba un curso de acción igual- 
mente posible: desglosar los 120 artículos originales propuestos que correspondían a los 
temas de seguridad y que la mayoría parlamentaria de la coalición de gobierno los aprobara 
inmediatamente. 


Un segundo nivel de efectos puede comenzar a observarse en lo que tiene que ver con 
las derivaciones de una política criminal que para enfrentar la inseguridad ha privilegiado 
un conjunto de herramientas profundamente represivas sin evaluar los previsibles resulta- 
dos ni contemplar sustantivamente las consecuencias de su implementación. 


Esta realidad resulta particularmente notoria a partir de los datos que comienzan a 
surgir sobre la creciente cantidad de formalizaciones que realiza la justicia penal de adultos 
y adolescentes, con el corolario del incremento de la población privada de libertad. Datos 
aportados en octubre por la Fiscalía General de la Nación, mostraban el crecimiento de 


2 Silva Forné, Diego: La urgencia en la pandemia: inconstitucionalidad y punitivismo. La diaria. 19 de octu- 


bre de 2020. 
2 Deacuerdo al ministro del Interior para obtener resultados en el campo de la seguridad resultaba necesario 
un marco legal que fuera rápidamente aprobado: “Tenemos que entrar a fondo y poner rápidamente quinta 
porque no hay tiempo para perder en el tema seguridad. Portal Montevideo.com del 23 de enero de 2020. 
Disponible en: https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Larranaga--No-hay-vuelta-si-hay-que-reprimir- 


hay-que-reprimir--uc741997 


imputaciones a personas que pasaba de un promedio mensual de 1.369 entre los meses 
comprendidos de enero a junio a una cifra de 1.653 a partir del mes de julio. De acuerdo al 
citado informe “en setiembre de este año se registra un nuevo máximo histórico de imputa- 
ciones a personas, llegando a 1.697. Esto implica un incremento del 28% en relación al mis- 
mo mes del año anterior y un 24% en relación al promedio mensual del primer semestre”, 
En esta dirección, también alertaba la Fiscalía que hacia octubre se había alcanzado una ci- 
fra récord de personas privadas de libertad (12.921) lo cual marcaba un incremento de casi 
un 7% respecto a la cantidad de encarcelados existente en el mes de mayo (12.116). Este 
volumen de privación de libertad determina que el país encabece un triste ranking a nivel 
continental al poseer una tasa de prisionización de 366 personas cada cien mil habitantes”. 


En el ámbito de la justicia penal adolescente, el panorama resulta igualmente preo- 
cupante. Luego de un pronunciado y sostenido descenso en la cantidad de internados en 
los tres últimos años que había llevado la cifra por debajo de los 250 privados de libertad, 
de acuerdo a lo declarado en la Comisión de presupuesto del Parlamento por autoridades 
del INISA, entre fines de julio hasta final del mes de setiembre la cantidad de adolescentes 
privados de libertad creció un 11%: “esta Dirección asume el 24 de julio de este año, con 
266 adolescentes privados de libertad. Al día de hoy, estamos en 307 adolescentes privados 
de libertad por los efectos de la Ley de Urgente Consideración”. Entre las razones que se 
señalan para este incremento: “se aprobó el proceso abreviado y se eliminó la suspensión 
condicional de la pena, que era un instituto muy utilizado por los jueces. Los adolescentes 
no caían privados de libertad, sino que los jueces aplicaban otras medidas. Por tanto, ahora 
los procesos abreviados están llegando a los adolescentes con privación de libertad de dos o 
tres meses”. * En este contexto expansivo, se advierten las serias dificultades financieras que 
deberá enfrentar el organismo en el próximo quinquenio”. 


El actual contexto restrictivo en el plano presupuestal (delineado por motivos polí- 
ticos y de opción elegida de política económica) marca fuertes limitaciones para atender 
las crecientes demandas que se generan en la administración de justicia penal y en las ins- 
tituciones encargadas de gestionar la privación de libertad. Aparentemente, la perspecti- 
va de lograr ampliaciones y mejoras edilicias en el sistema carcelario adulto residiría en 


% — Fiscalía General de la Nación: Eficacia y eficiencia del sistema penal y sus efectos en el sistema carcelario. 


Octubre de 2020. Disponible en: http://www.fiscalia.gub.uy/innovaportal/file/10490/1/informe-estadisti- 
co-a-setiembre.pdf 

3 A nivel continental las tasas de privación de libertad cada 100.000 habitantes indican que Brasil ocupa el 
segundo lugar con 357, seguido de Perú (292); Paraguay (241); Argentina (230); Colombia (225); Ecuador 
(224); Chile (209); Venezuela (178) y Bolivia (164). Fiscalía General de la Nación: op cit. 

6 Declaraciones de la directora del INISA Andrea Venosa en la Comisión de Presupuesto de la Cámara de 
Representantes. Versión taquigráfica de la sesión del 1 octubre de 2020. Disponible: https: //parlamento.gub. 
uy/camarasycomisiones/representantes/comisiones/1196/versiones-taquigraficas 

7 — De acuerdo a lo expresado por el SUINAU: “Al área de Planeamiento y Presupuesto de Inisa le da que, 
comparando con 2020, la pérdida real de presupuesto es de un 26% en funcionamiento y un 80% en inversio- 


nes”. Caras y Caretas del 17 de octubre de 2020. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


123 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


124 


la posibilidad de enajenar bienes del Ministerio del Interior,* no previéndose en la actual 
discusión de la Ley de Presupuesto la multiplicación de los recursos materiales y humanos 
imprescindibles para atender el previsible incremento, tanto del trabajo judicial en materia 
penal como del resultado que se obtendrá del mismo. 


Particularmente llamativa resulta esta imprevisión, tanto en la legislación aprobada 
como en la planificación presupuestal, ante lo que debería ser el ansiado y principal in- 
dicador del éxito para los impulsores de las normas contenidas en la LUC: exponencial 
progresión de las personas encarceladas, tanto adulta como juvenil. No puede ser otra la 
expectativa dado que el sentido que orienta el conjunto de las normas aprobadas tiene 
como principal desvelo procurar la mayor cantidad de personas presas por el máximo de 
tiempo posible. A simple modo de ejemplo pueden citarse artículos como el que configura 
el difuso delito de “agravio a la autoridad policial”, el que penaliza la “autoevasión”; o los 
contenidos a lo largo del Capítulo IV que suponen profundizar el enfoque prohibicionista 
(y clasista) sobre estupefacientes”. 


Una oportuna e ilustrativa síntesis sobre los contenidos de la ley la brindaba el Co- 
misionado Parlamentario Juan Miguel Petit en su comparecencia a la Comisión Especial, 
donde presentó un documento en carácter de Informe Especial indicando que: “Buena 
parte del planteo implica un aumento de penas, reformas procesales que acotan posibilida- 
des liberatorias, achicamiento del sistema de redención de penas, de soluciones de justicia 
restaurativa o de medidas alternativas, pareciendo soluciones pensadas para casos de grave- 
dad conductual que son minoritarias y que son habitualmente contenidos por las normas 
vigentes, pero que de aprobarse las modificaciones de esos temas significarán un aumento 
injustificado de la población penitenciaria lo que a corto plazo es contraproducente para la 
propia seguridad pública y la rehabilitación según nuestro entender y lo que creemos indi- 
can las mejores prácticas internacionales”*%, En esta dirección cabe apuntar que, a pesar del 
brevísimo tiempo disponible para el análisis del voluminoso anteproyecto enviado por el 
ejecutivo, durante el trámite parlamentario acudieron decenas de organizaciones de la so- 


$ En una conferencia de prensa ofrecida el 29 de setiembre el Ministro del Interior planteaba el objetivo de 


“buscar financiación” mediante la venta de unos 1400 inmuebles de propiedad de la cartera, a los efectos de 
“conseguir recursos económicos como para llevar adelante la construcción de estos establecimientos carcelarios 
que se precisan”. Ver: https: //www.montevideo.com.uy/Noticias/Ministerio-del-Interior-vendera-inmuebles- 
para-financiar-carcel-de-maxima-seguridad-uc766059 
? Como señalara el ex director de la Secretaría Nacional de Drogas, acerca del Proyecto: “El único tipo de 
respuesta planteada transita por la vía del incremento de penas, por medio de la modificación de mínimos y 
máximos para todos los delitos contenidos en el Decreto Ley 14.294. No hay una sola disposición sobre los 
efectos de las drogas en la salud o en el desarrollo de personas, familias o comunidades. No hay ninguna medida 
que reconozca el impacto diferencial que tienen los mercados de drogas en las poblaciones y contextos de fra- 
gilidad socioeconómica. Y, por supuesto, no hay ninguna medida alternativa al prohibicionismo que dé cuenta 
de una visión crítica sobre los pobrísimos resultados de este modelo”. 

Olivera, Diego: Seguridad pública y drogas: comentarios al proyecto de LUC. La diaria, 5 de mayo de 2020. 
10 Informe Especial a la Asamblea General del Comisionado Parlamentario. Disponible en: https: //parla- 


mento.gub.uy/sites/default/files/Informe%20LUC%20CP%20final pdfitoverlay-context=user 


ciedad civil y especialistas cuyos aportes en su amplia mayoría resultaron coincidentemente 
críticos del articulado propuesto?”. 


El voluminoso entramado de normas que se derogaron, se sustituyeron y se crearon 
no priorizó prácticamente ninguno de los componentes que la evidencia científica dispo- 
nible marca como de mayor incidencia para enfrentar la violencia delictiva, como ser los 
condicionamientos socioeconómicos y variables actitudinales que inducen a las personas 
a ingresar a la vida delictiva; los elevados niveles de reincidencia que provocan los centros 
de detención y las dificultades existentes para vincularse a programas educativos y laborales 
por parte de quienes egresan del sistema penitenciario; así como los bajos niveles de escla- 
recimiento de los delitos, por citar apenas algunos de los múltiples factores con probada 
incidencia en la problemática. Por el contrario, el texto consagra legalmente una serie de 
estereotipos sobre el sujeto infractor, la supuesta impunidad que le ofrece una excesivamen- 
te benigna administración de justicia que sería además complementada por un régimen 
carcelario escandalosamente permisivo. 


A modo de ejemplo, puede citarse el artículo 81 que estableció la “obligatoriedad” del 
trabajo de los reclusos penados, haciéndose eco de la insistente demanda popular acerca de 
que los presos deben “trabajar para mantenerse”; sin considerar la imposibilidad de cum- 
plir con esa “obligatoriedad” cuando ni siquiera existen suficientes oportunidades laborales 
reales a la hora de contemplar el “derecho” (no ya la “obligación”) que tienen las personas 
privadas de libertad que expresan su voluntad de realizar actividades laborales. 


Posiblemente resulte la materia de adolescentes donde se hace aún más notoria la im- 
pronta exclusivamente punitiva del texto finalmente aprobado. En tal sentido, debe resal- 
tarse que no existe ningún artículo de carácter propositivo en el texto aprobado, como ser 
medidas que permitan mejorar la calidad de atención en el INISA, no se apeló a un enfo- 
que “integral” de las complejas circunstancias y especiales características de la población 
que ingresa a la justicia penal adolescente como lo sugiere la literatura especializada y orde- 
nan los organismos internacionales; ni promueve la coordinación interinstitucional o con 
otras políticas públicas, por ejemplo. El proyecto de Ley enviado al parlamento ya exponía 
esta inclinación meramente sancionatoria en tanto no presentaba una “fundamentación” 
de la norma en esta materia, sino apenas un capítulo introductorio formal y declarativo de 
los cambios legales que se pretendían incorporar. 


11 Porla Comisión Especial para el Estudio del Proyecto de Ley con Declaratoria de Urgente Consideración, 


brindaron testimonio crítico decenas de delegaciones. Entre ellas, instituciones académicas como los Institutos 
que integran la Universidad de la República: de Derechos Humanos, de Derecho Penal y de Derecho Procesal; 
representantes de la sociedad civil como Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), lelsur, Comité de los Derechos del 
Niño, Asociación Nacional de Ong, Nada Crece a la Sombra; organismos internacionales como Unicef, Am- 
nistía Internacional, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). 
Asimismo realizaron diversos cuestionamientos al Proyecto las instituciones directamente involucradas en la 
materia objeto de reforma como ser la Fiscalía General de la Nación, la Asociación de Magistrados, la Asocia- 
ción de Magistrados Fiscales del Uruguay y el Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


125 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


126 


En esta materia y muy sintéticamente, a lo largo de seis artículos se aprobaron modi- 
ficaciones en un sentido profundamente “regresivo” respecto a lo que marcan los están- 
dares internacionales y convenios signados por el país, por cuanto se agravaron las penas 
duplicándose la duración de las medidas de privación de libertad que pueden alcanzar los 
diez años para algunos delitos graves (art. 76); se elevó a dos años el mínimo de pena para 
delitos como la rapiña (art. 77); eliminándose también la posibilidad de acceder al régimen 
de semilibertad sin considerar la eventual condición de primarios (art. 76), al tiempo que se 
elevaron los plazos de prescripción para delitos graves y gravísimos (art. 80). 


En definitiva, las modificaciones legales propuestas y aprobadas en materia de adoles- 
centes por la LUC, exponen con la mayor claridad los equivocados sustentos y los prejui- 
cios ideológicos que moldearon la reforma en el campo de la seguridad. No acierta con el 
diagnóstico del problema que pretende resolver, por cuanto la evidencia empírica disponi- 
ble es contundente en cuanto la baja y decreciente participación de menores en delitos””; 
adopta instrumentos que los especialistas claramente rechazan por inoperantes, como la 
indiscriminada extensión de la privación de libertad o su prolongación más allá de lo nece- 
sario y/o la reducción de la aplicación de medidas alternativas; renunciando a tradicionales 
políticas humanitarias del país y violando convenios internacionales que se han integrado a 
la legislación nacional'?; y prematuramente anuncian el agravamiento del problema que se 
pretendía solucionar, como ya comienzan a indicarlo los reiterados episodios de violencia 
al interior de los centros de privación de libertad, las crecientes denuncias de violencia ins- 
titucional y los excesos en el accionar policial. 


2. De acuerdo a los datos disponibles, en el año 2019 se iniciaron en la justicia penal adolescente 884 asuntos 


y culminaron con una sentencia 418 procesos infraccionales; cifras que constituyen un tercio respecto al volu- 
men tramitado en años anteriores. Á su vez, un informe de la Fiscalía General de la Nación sobre la edad de la 
población imputada en el período de febrero a octubre del año 2019 indicaba que los menores de 18 años re- 
presentaban un 5,6% del total. Disponible: http: //www.fiscalia.gub.uy/innovaportal/file/9183/1/20191202_ 
fgn_2-anos-del-cpp-v-publicacion-1.0.pdf 

15 Como ha señalado UNICEF, las reformas aprobadas contravienen cuatro Principios del derecho interna- 
cional de los derechos humanos para los adolescentes en conflicto con la ley: de especialización, de no regre- 


sividad, de excepcionalidad y brevedad de la privación de libertad y de proporcionalidad. UNICEF (2020): 


Aporte al anteproyecto de ley de urgente consideración: justicia penal adolescente. Montevideo. 


El problema de la policía en la reforma del sistema 
de justicia penal 


Daniel R. Zubillaga Puchot' 


Introducción 


Después de muchos años, Uruguay se transformó en 2017 en uno de los últimos países 
de la región en adaptar su sistema de justicia penal a los estándares del modelo acusatorio. 
Esta importante reforma vino a poner “la casa en orden”, otorgando tanto roles concretos a 
los operadores, como finalidades específicas y más claras a las diversas instancias procesales. 
Así, se dejó atrás el vetusto e ineficiente Código del Proceso Penal Decreto-Ley 15.032, 
aprobado en la última dictadura cívico-militar, dando paso a un sistema de justicia penal, 
en general, más garantista y transparente. 


Pero hay que asumir que una reforma de este tipo no involucra únicamente la mera 
aprobación de una ley formal descriptiva de un nuevo rito procesal, como sucedió con las 
reformas de primera generación en América Latina; sino que implica algo más complejo: 
pensar en su implementación, tal como lo hicieron las reformas de segunda generación en 
nuestro continente?, 


Dentro de esta complejidad es donde hay que ubicar a la policía y el rol que ésta debe 
ejercer en la nueva dinámica de la persecución criminal y enjuiciamiento penal. 


Con el objetivo de problematizar el rol de las agencias policiales en la investigación 
criminal, su vínculo con las instituciones del sistema de justicia y el rol político que han 
tenido en el proceso de (contra)reforma del sistema acusatorio en Uruguay, se hará una 
breve referencia a las siguientes cuestiones: 1) los roles directriz de la Fiscalía y auxiliar de 
las agencias policiales dentro del propio diseño normativo del CPP; 2) la disconformi- 
dad de la agencia policial y su confrontación política con la Fiscalía General de la Nación 
como origen de la contrarreforma del sistema acusatorio; 3) las dificultades históricas del 
movimiento de reforma acusatoria en América Latina en relación al rol de la policía en la 
investigación penal; y 4) la desesperanzadora idea de que es imposible subordinar la policía 
al control judicial en la investigación de hechos delictivos. 


1 


Abogado, Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Magíster en Criminología y Delin- 
cuencia Juvenil, Universidad de Castilla-La Mancha. Doctorando en Derecho (Programa de Doctorado en 
Derechos Fundamentales y Libertades Públicas), Universidad de Castilla-La Mancha. 

2 Vargas, J., “La nueva generación de reformas procesales penales en Latinoamérica”, Urvio - Revista Latinoa- 


mericana de Seguridad Ciudadana N* 3, 2008, pp. 33-47. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


127 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


128 


La centralidad de la Fiscalía y el rol auxiliar de las agencias policiales en el diseño 
normativo del CPP uruguayo 


Las reformas acusatorias en América Latina se han estructurado orgánicamente en 
base a la figura de la Fiscalía General con la finalidad de separar nítidamente la función de 
acusar, defender y juzgar. Con este fin, se ha suprimido el juzgado de instrucción al atri- 
buirle el rol investigador al Ministerio Público, reservando la intervención judicial durante 
la investigación sólo en materia de medidas cautelares, en donde opera como tribunal de 
garantías”. 


El ejemplo paradigmático es el de Chile, donde con anterioridad a la reforma acusato- 
ria instaurada por la ley 19.696 del año 2000, no existía un órgano de este tipo. De hecho, 
el Ministerio Público como entidad acusadora fue suprimido en el año 1927, por estimarse 
que su función carecía de verdadera relevancia, reinstaurándose en 1997 a través de una 
reforma constitucional! 


En Uruguay, se comenzó por enaltecer la jerarquía orgánica de la Fiscalía -otrora un 
órgano desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura- elevándola al rango de 
servicio descentralizado mediante la ley 19.334 de 2015; y dotándola de una nueva ley 
orgánica a través de la ley 19.438 de 2017. Con esto se fue preparando el terreno para que 
la Fiscalía ejerciera el nuevo rol que el CPP finalmente le confió: dirigir la investigación de 
los hechos con apariencia delictiva. 


Así, el literal a) del art. 45 CPP atribuye a la Fiscalía la potestad de “dirigir la investiga- 
ción de crímenes, delitos y faltas así como la actuación de la Policía Nacional, de la Prefec- 
tura Nacional Naval y de la Policía Aérea Nacional en sus respectivos ámbitos de competen- 
cia...'; mientras que el art. 50 del CPP dispone que la Policía Nacional, Prefectura Nacional 
Naval y Policía Aérea Nacional *...ejecutarán sus tareas bajo la dirección y responsabilidad 
de los fiscales y de acuerdo con las instrucciones que estos les impartan...”; e incluso el art. 
49.3 CPP prevé la posibilidad de que el Ministerio Público imparta instrucciones a la au- 
toridad encargada de administrar los establecimientos penitenciarios a la hora de investigar 
hechos delictivos cometidos en el interior de los mismos. La potestad directriz de la Fiscalía 
se consolida con la facultad atribuida por el art. 57 —hoy víctima de la mala puntería de la 
LUC- que previó la posibilidad de que el Fiscal de Corte emita instrucciones generales a la 
autoridad administrativa con el objetivo de orientar el procedimiento policial. 


Por su parte, la agencia policial es descripta por la norma como un agente auxiliar del 
Ministerio Público en la investigación penal. De esta manera, la Policía Nacional, la Prefec- 


3 Fernández, G. Los principios generales del proceso penal acusatorio. Luces y sombras. Montevideo, FCU, 


2017. 

í Riego, C. “Informe nacional sobre Chile”. En: J. Maier, K. Ambos y J. Woischnik (Coords.), Las reformas 
procesales en América Latina, Konrad Adenauer StiXung, Ad-Hoc, Instituto Max Planck para el Derecho Pe- 
nal Extranjero e Internacional, Buenos Aires, 2000, pp. 167-196. 


tura Nacional Naval y la Policía Aérea Nacional son concebidas por el art. 49.1 CPP como 
auténticas policías judiciales cuyo rol es auxiliar a la fiscalía en las tareas de investigación”. 


La leyes 19.653 y 19.889 (LUC) como intentos de des-subordinación de la agencia 
policial a la dirección de la Fiscalía General de la Nación 


El nuevo estatus de la Fiscalía como órgano encargado de la investigación penal y de la 
dirección política de la persecución criminal generó tensiones y rispideces con su auxiliar, 
concretamente con el Ministerio del Interior y la Policía Nacional. 


En 2018, comenzaron a vislumbrarse los primeros enfrentamientos entre la policía y la 
Fiscalía General de la Nación en relación al nuevo sistema de justicia penal. Desde el Minis- 
terio del Interior y la Policía Nacional se fueron esgrimiendo críticas en torno a la ineficacia 
y benignidad del CPP*, así como a ciertos problemas de coordinación con la Fiscalía que 
hacían sentir a la policía “con las manos atadas”. Incluso se llegó a decir que el notorio 
exceso de trabajo al que se vieron enfrentados los fiscales era falso y tan solo una excusa?, 


De esta manera, el gobierno convocó a una mesa para la coordinación de políticas de 
seguridad, en la que se negoció la reforma de algunas disposiciones del CPP en relación a la 
policía. En dicha instancia, el senador Charles Carrera expresaba: “Se busca que la policía 
pueda hacer tareas en el desarrollo de una investigación. Le comunica al fiscal que está en 
una investigación pero la puede desarrollar sin ningún inconveniente”. 


Dicho conflicto ameritó el dictado de la primera y única Instrucción General a la auto- 
ridad administrativa, de 21 de agosto de 2018, dictada por el Fiscal de Corte al amparo del 


Quedan por fuera de este rol auxiliar o de policía judicial las demás unidades de las Fuerzas Armadas que 


realizan funciones de patrullaje fronterizo al amparo de la ley 19.667 de 26 de octubre de 2018, puesto que su 
artículo 3" restringe su actuación al patrullaje, identificación de personas y control de vehículos y detención en 
caso de flagrante delito, típicas funciones de policía administrativa. Solo en caso de detectar una presunta irre- 
gularidad, las Fuerzas Armadas comunicarán su actuación de forma inmediata al fiscal competente, debiendo 
adoptar las acciones necesarias para preservar el lugar o escena de los hechos, pero no se dice nada respecto del 
apoyo a la investigación. 

£  “Bonomi dijo que es urgente hacer modificaciones al nuevo Código del Proceso Penal” (La Diaria, 28 de 
marzo de 2018, https: //ladiaria.com.uy/articulo/2018/3/bonomi-dijo-que-esurgente-hacer- modificaciones- 
al-nuevo-codigo-del-proceso-penal/) 

7 El Fiscal General llegó a manifestarse al respecto, expresando “Me tiene un poco podrido eso de que la 
Policía tiene las manos atadas. No es así” (Montevideo Portal, 13 de marzo de 2019, https: //www.montevideo. 
com.uy/Noticias/Fiscal-Jorge-Diaz--Me-tiene-un-poco-podrido-eso-deque-la-Policia-tiene-las-manos-atadas- 
No-es-asi--uc677440) 

$ El senador Charles expresó “No es cierto» que fiscales tengan exceso de trabajo, «lo utilizan como una 
excusa” (Carve 850, 22 de mayo de 2018, http://www.carve850.com.uy/2018/05/22/senador-del-mpp-no- 
es-cierto-que-fiscales-tenganexceso-de-trabajo-lo-utilizan-como-una-excusa/) 

2 “Lucha contra el delito: reformas al CPP y comando presidencial en seguridad” (180, 23 de mayo de 2018, 
https: //www.180.com.uy/articulo/74386_lucha-contra-el-delito-reformas-al-cpp-ycoordinacion-presiden- 


cial-en-seguridad) 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


130 


art. 57 CPP" aunque vale aclarar que ya existía la Instrucción General n* 7 sobre criterios 
generales de investigación, de fecha 9 de noviembre de 2017, en la que se establecía un pro- 
tocolo de actuación conjunta entre la Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional en 
materia de procedimiento penal. 


El resultado final de las rispideces entre ambas agencias se tradujo en la sanción y pro- 
mulgación de la ley 19.653 de 27 de agosto de 2018 —la primera ley de contrarreforma del 
sistema acusatorio- que trajo consigo modificaciones a los siguientes artículos del CPP: 
49 (función de la Policía Nacional, PNN y PAN); 50 (dirección del Ministerio Público); 
53 (actuaciones de la autoridad administrativa sin orden previa); 59 (registro personal, de 
vestimenta, equipaje y vehículos). 


Pero la Ley de Urgente Consideración 19.889 de 2020, fue más allá y no sólo echó 
mano al CPP sino también a la Ley de Procedimiento Policial 18.315 (LPP), dando mayor 
amplitud al deseo político de la agencia policial de tener más autonomía frente a la Fiscalía. 
Dentro de sus principales modificaciones a la actuación policial, se destacan: a) modifica- 
ciones al art. 54 CPP, que aumenta el plazo de las comunicaciones, permitiendo realizar 
durante dicho plazo las diligencias que correspondan a la investigación del hecho por su 
cuenta y al art. 6 LPP sobre comunicación inmediata; b) se modifica el art. 61, abandonán- 
dose el principio de que las declaraciones deben ser formuladas ante el Fiscal. La policía po- 
drá tomar declaraciones con el objetivo de averiguar, investigar, obtener pruebas, y aclarar 
el presunto delito. Atengo a lo que surja del interrogatorio, derivará a la persona detenida al 
Fiscal; c) se derogan los arts. 55 y 56 del CPP sobre control de identidad y derechos de las 
personas sometidas a control de identidad, pasándose a regir por el art. 43 de la LPP (que 
cambia de “solicitud de identificación” a “deber de identificarse”). Se abandona así el crite- 
rio de que la persona a la que se le solicita la identidad puede coincidir “razonablemente” 
con una persona requerida por la justicia; d) se amplía el supuesto de los registros personal, 
de vestimenta, equipaje y vehículo del art. 59 a “operativos policiales preventivos” cuando 
se buscaren armas, drogas y objetos robados. También se modifica el art. 44 de la LPP en 
relación al alcance del registro personal; e) en materia de registro como medio de prueba, 
se amplía la potestad de la policía: podrá por orden del Fiscal o por sí misma ordenar a las 
personas halladas en el lugar a que no se ausenten del mismo, trasladarlas a dependencias 
policiales, incluso ordenar la comparecencia inmediata; £) se atribuye al Consejo de Po- 
lítica Criminal y Penitenciaría la facultad de esbozar lineamientos para la aplicación del 
principio de oportunidad. 


10 En una nota de Subrayado, se informaba la intención que el Fiscal General de utilizar este mecanismo como 


reacción ante los dichos del Insp. Gral (R) Mario Layera sobre la ineficacia del nuevo CPP (Subrayado, 14 de 
mayo de 2018, “Díaz reaccionó a dichos de Layera y comenzará a darle instrucciones generales a la Policía”. 
https: //www.subrayado.com.uy/diazreacciono-dichos-layera-y-comenzara-darle-instrucciones-generales-la- 


policia-n504103) 


De esta manera, las leyes referenciadas tienen un notorio común denominador: lograr 
que la policía recobre la autonomía que “perdió” tras la reforma procesal penal acusatoria, 
en un intento de resistencia frente a la Fiscalía como director y principal gestor político de 
la persecución penal. 


Veremos a continuación que esto no es más que un ejemplo puntual de un problema 
mayor que ha padecido el movimiento de reformas acusatorias de la región desde los años 
noventa. 


La policía: ese gran debe de las reformas acusatorias latinoamericanas 


El 6 de noviembre de 2017, apenas cinco días después de la entrada en vigencia del 
CPP, la Asociación de Magistrados del Uruguay celebró una conferencia en la que disertó 
el profesor argentino Alberto Binder, presidente del Instituto de Estudios comparados en 
Ciencias Penales (INECIP), docente universitario y uno de los referentes más importantes 
de la reforma del sistema de justicia penal en Latinoamérica!!. En la ronda de preguntas, 
el Prof. Ag. Carlos E. Uriarte formuló la siguiente consulta: en el pasaje de los sistemas 
inquisitivos a los acusatorios, existe un notorio trasiego de poder desde el juez instructor al 
fiscal, que tiene como correlato cierto desempoderamiento de la policía. Habida cuenta de 
ello, ¿cuál es la experiencia en América Latina en la transición o en la etapa de consolida- 
ción acerca de la reacción del Ministerio del Interior o de la Policía frente a esta especie de 
desempoderamiento a que se ven sujetos con el nuevo código? 


Binder respondió categóricamente que la experiencia ha sido mala, siendo el gran 
tema del movimiento de reformas acusatorias que aún no ha podido resolverse; y que efec- 
tivamente la policía se siente desempoderada, porque los modelos de juez de instrucción 
son modelos de mayor centralidad policial. 


En los sistemas acusatorios, apuntaba Binder, la Fiscalía necesita trabajar fuertemente 
con la policía. De hecho, en los países con sistemas acusatorios del modelo anglosajón las 
fiscalías vuelcan mucho sobre el trabajo de la policía. En estos países no entienden la de- 
cisión de nuestros sistemas de no permitir que la policía interrogue, dado que sus sistemas 
funcionan con el interrogatorio policial y los fiscales tienen mucho menos estructura que 
los nuestros porque en general trabajan con los departamentos de policía. Pero en la mayo- 
ría de los países —y particularmente en América Latina- es difícil confiar en la policía. Más 
que nada porque todavía persisten dos cuestiones puntuales: a) la historia de la tortura — 
cuya versión sofi de violencia policial sigue vigente-; y b) el hecho de que la confesión dada 
ante la autoridad policial se usaba para condenar. 


Pero en el movimiento de reformas procesales en la región no existieron transfor- 
maciones destinadas a la modificación de organismos policiales, centrándose en el Poder 


1 Binder, A. “El juez en los procesos penales reformados”. En: Asociación de Magistrados del Uruguay, Estu- 


dios sobre el nuevo proceso penal. Implementación y puesta en práctica, Montevideo, FCU, 2017, pp. 9-32 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


131 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


132 


Judicial, Ministerio Público y Defensa Pública”? De hecho, en América Latina se dijo que 
primero había que reformar la policía y luego todo el sistema. Pero la estrategia adoptada 
fue diferente: se optó por fortalecer al Ministerio Público, y luego de que éste se encontrara 
fortalecido, habría que sentarse a ver qué se hacía con la policía. 


Indudablemente, estos cambios, sumados al bajo desempeño de las agencias policiales, 
han generado disfunciones entre la Fiscalía y la policía -como dificultades en la recolección 
de evidencias y en el resguardo de la cadena de custodia, baja calidad del trabajo de investi- 


gación- que impactan en la eficacia de los sistemas de persecución penal'? y que únicamente 
pueden ser saldados en la medida en que haya buen relacionamiento entre ambas agencias 


(hacer protocolos, hacer alguna concesión, etc.). 


Ahora bien: si no se puede hacer una reforma completa de la policía, por lo menos 
hay que enfocar en el área de investigaciones. En este sentido, Binder propone: realizar un 
trabajo intenso con el sector de investigaciones que, debido a la alta rotación y circulación 
de personal típica de las “policías únicas”, se hace difícil estabilizar un grupo estable de in- 
vestigadores; empezar a crear condiciones para entrar en una tecnificación muy fuerte de la 
policía; que el Ministerio Público tenga investigadores o detectives propios; y fortalecer los 
sistemas de análisis criminal al interior de las fiscalías. 


A su vez, la policía también posee carencias en la forma en que desempeña su trabajo 
y en su compromiso con el resultado final de la investigación. Expresa Binder: “no hay 
problemas en sus laboratorios, hay problemas en sus prácticas de trabajo.” Por ejemplo: la 
policía siempre se caracterizó por tener prácticas muy “formalistas” de trabajo y por su falta 
de compromiso con el resultado final de los procesos penales. Es decir, existe una especie de 
desinterés por parte de la policía, que rara vez se entera del resultado de su trabajo”! 


Aún así, para que todos estos esfuerzos puedan generar cambios reales en el sistema de 
justicia, es necesario que los mismos estén acompañados de transformaciones a la estruc- 
tura de las agencias policiales de nuestra región, porque “todavía es frecuente que muchos 


organismos policiales no estén completamente sometidos al poder civil y en donde sus cú- 
pulas siguen siendo controladas desde lógicas endogámicas y militarizadas””. 


En definitiva, es un gran problema que no lo provoca el cambio de sistema, sino que 
sólo lo pone en evidencia. 


2 Fuchs, M., González, L., Fandiño, M. (directores), La justicia penal adversarial en América Latina. Hacia 


la gestión del conflicto y fortaleza de la ley, Santiago, Centro de Estudios Judiciales de las Américas y Konrad 
Adencuer StiXung, 2018, p. 540. 


13 Idem cita anterior. 


14 El famoso giro “cierre y eleve” (Binder, p. 28). 
Fuchs, M., González, L., Fandiño, M. (directores), La justicia penal adversarial..., p. 540. Y además, los 


niveles de transparencia activa de las policías siguen estando mucho menos desarrolladas que en el resto de 


15 


instituciones del sistema penal, generando muchas dificultades al trabajo de fiscalización y monitoreo que se 


puede y debe realizar desde la sociedad civil” (p. 540). 


La imposibilidad de subordinar las agencias policiales al segmento judicial 


Es posible que la cuestión del papel de la policía en los sistemas de justicia trascienda 
las particularidades del proceso de reforma acusatoria y su diseño procesal y orgánico; y que 
el problema involucre aspectos de índole estructural inherentes a la idiosincrasia e ideolo- 
gía de las agencias policiales de nuestro continente. 


El penalista y criminólogo argentino Carlos Elbert'* afirmaba hace unos años que el 
problema central e indisoluble de los sistemas penales latinoamericanos es la imposibilidad 
de estructurar policías realmente subordinados al control judicial en la investigación de 
hechos criminales. 


De hecho, indicaba Elbert que la institución policial libra persistente y habilidosa- 
mente una sórdida lucha para sabotear cualquier proyecto en esa dirección, básicamente 
porque ello sustracría parte de su personal de la verticalidad institucional rígida, arbitraria 
y omnipresente, generando una especie de “desnaturalización” de su modelo deseado. 


Es que para la institución policial, subordinarse a un segundo poder significaría acos- 
tumbrarse a una meritocracia distinta, que, a su vez, acapararía buena parte de la imagen 
en los medios de comunicación. Por ejemplo, “en el plano práctico constituiría un serio 
recorte a la atribución de detener e interrogar por iniciativa propia, lo que puede definirse 
como un golpe insuperable para una policía que se concibe como la garante de una noción 
de “orden; definido por su propia lógica e investigaciones, según los datos de sus servicios 
de investigación, operando frecuentemente en el límite de la legalidad y de las garantías 
ciudadanas””, 


De esta manera, para Elbert “el orden social es, entonces, una noción reelaborada des- 
de la ideología policial y no desde fundamentos jurídicos o constitucionales”.'* Así, el ejer- 
cicio de violencia legitimada, subordinada a la autoridad civil y controlada jurídicamente 
sería tan solo un concepto ideal, oficial, fuertemente ideológico y justificativo; una mera 
apariencia que esconde las graves distorsiones entre los propósitos declarados y la realidad 
de la actuación policial. 


ReXexiones finales 


La llegada del nuevo CPP trajo consigo un importante trasiego de poder desde el juez 
instructor a la Fiscalía, que la posicionó como la directora de la investigación penal. Este 
hecho no es ajeno a la agencia policial, que tuvo que subordinarse a una nueva autoridad 
civil y, en consecuencia, a dinámicas diferentes de trabajo. 


16 Elbert, C. Criminología Latinoamericana. Teoría y propuestas sobre el control social del tercer milenio, Bue- 
nos Aires, Editorial Universitaria, 1999. 


17 Elbert, C., Criminología Latinoamericana..., p. 247. 


18 Idem cita anterior. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


133 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


134 


Esto fue interpretado por la policía como un desempoderamiento y como la quita de 
un cierto grado de autonomía del que gozaba en el anterior sistema, caracterizado por una 
mayor centralidad policial. 


Como consecuencia, se libró un fuerte enfrentamiento político entre la Fiscalía Ge- 
neral de la Nación y el Ministerio del Interior que desembocó en la reforma del código —a 
través de la ley 19.653 durante el último gobierno del Frente Amplio y de la ley 19.889 
aprobada por el actual gobierno- con el objetivo común de recuperar ese terreno de auto- 
nomía presuntamente perdido. 


Estos hechos no son más que una demostración de lo que ha sucedido en el resto del 
continente con las reformas acusatorias implementadas desde los años noventa, en las que 
el ajuste de la policía al nuevo diseño procesal todavía sigue siendo un tema no resuelto. 


Quizás, el problema del vínculo de la policía con el sistema de justicia penal no sea una 
consecuencia directa de la reforma acusatoria, sino que ésta, tan solo, sea la oportunidad 
para dejar en evidencia una de las dificultades centrales de los sistemas penales latinoame- 
ricanos: la imposibilidad de estructurar policías realmente subordinados al control judicial 
en la investigación de hechos criminales. 





Foto: Santiago Mazzarovich 


La nueva vieja normalidad: violencia institucional 
policial en Uruguay 


Camila Brusoni | Florencia Casarotti | Florencia Lemos 
Ignacio Salamano | Tamara Samudio | Andrea Sorondo! 


Introducción 


A lo largo de este artículo presentamos las principales definiciones sobre la violencia 
institucional policial y sus más notorias expresiones cotidianas, como resultado del con- 
senso punitivo en torno a las políticas de seguridad. Asimismo, compartiremos algunos 
fragmentos de los testimonios recabados a partir de la investigación sobre violencia ins- 
titucional policial que estamos llevando a cabo desde SERPAJ para ilustrar, en la voz de 
quienes la vivencian, lo que se desarrolla a lo largo del artículo. 


Objetivar este tipo de violencia como violencia institucional resulta fundamental para 
dar a conocer y comprender sus diferentes formas con el objetivo de generar un debate pú- 


1 


Integrantes del Servicio Paz y Justicia Uruguay (SERPAJ-Uruguay). 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


135 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


136 


blico en relación al tema, que ponga en el centro a los derechos humanos, para construir un 
relato alternativo al hegemónico punitivo y trabajar en pos de la construcción de políticas 
públicas para la prevención, limitación y erradicación de la violencia policial. 


Definiendo la violencia institucional policial 


La violencia policial es la expresión más cruda de la violencia institucional. Para cum- 
plir sus funciones, las instituciones públicas ejercen poderes públicos a través de las perso- 
nas que las conforman. La violencia institucional puede darse en instituciones educativas, 
hospitales, oficinas públicas, comisarías, cárceles u otros espacios públicos, y se refiere a las 
formas en que este poder es ejercido de forma desigual, injusta, arbitraria o excesiva, pro- 
duciendo y reproduciendo distintas formas de violencia?. Estas violencias —que pueden 
ser simbólicas, psicológicas, físicas, económicas, sociales o políticas — pueden ser ejercidas 
por las personas que integran las instituciones, pero también pueden deberse a las normas, 
rutinas, culturas o diseños propios de las instituciones. Las distintas formas de violencia 
institucional tienen como consecuencia la vulneración de los derechos de todas las perso- 
nas, pero afecta especialmente a los grupos más marginalizados. 


La violencia institucional es más visible en aquellas instituciones que tienen el mo- 
nopolio del uso legítimo de la fuerza física (Policía, Fuerzas Armadas) y las instituciones 
totales (cárceles, hospitales psiquiátricos). La violencia policial comprende la violencia ins- 
titucional ejercida por los funcionarios policiales y militares, así como prácticas y normas 
organizacionales y culturales de la institución policial que reproducen el ejercicio abusivo 


del poder. 


La violencia policial es una práctica recurrente de abuso del poder policial, que inclu- 
ye violaciones a la ley o a las reglas policiales, el uso indebido de la autoridad policial para 
beneficio individual o el beneficio de los intereses propios de la institución policial. Ade- 
más, la violencia policial implica prácticas de selectividad penal y uso indebido de la fuerza 
contra poblaciones marginalizadas y racializadas. El beneficio del ejercicio de estas prácti- 
cas puede ser material pero también puede ser simbólico, incluyendo la reivindicación, el 
reconocimiento y el elogio a la función e institución policial”. 


Este tipo de violencia incluye las detenciones arbitrarias, el uso indebido de la fuerza, 
el uso injustificado de armas de fuego, la selectividad penal y el control de identidad apli- 
cada diferencialmente a ciertos grupos de personas, actuando de forma arbitraria según lo 
que se conoce como “porte de cara”. Las prácticas de patrullaje y policiamiento focalizado 


2 Pazos, M ( 2002).La violencia social e institucional, una forma de maltrato. Conferencia publicada en: 


http://www.fepal.org/images/congreso2002/pazos_m_.pdf 
3 Corsianos, M (2020). Institucionalized abuse of police power: how public policing condones and legitimizes 
police corruption in North America. En:X e Routledge International Handbook of the Crimes of the Powerful. 


Routledge International Handbooks. USA. 


reproducen y consolidan un ordenamiento social desigual, que discrimina según territorio, 
edad, clase social, identidad de género, orientación sexual y ascendencia étnico-racial!. 


“Yo estaba afuera de un Supermercado esperando a alguien. Saludé a un joven que siem- 
pre andaba por ahí, que cuidaba autos. Él se quedó ahí cerca de la puerta y de repente 
llegaron 4 policías (con chaleco antibalas y algunos con casco) y le pegaron con el bastón 
policial, lo tiraron al piso y le siguieron pegando con el bastón y con patadas. Él gritaba 
basta, por favor, me quebraron la mano”, pero ellos no paraban. Él nunca se resistió. Le 
gritaron “Negro de mierda, sabemos que robaste una moto. Después, todo golpeado y 
gritando de dolor, lo esposaron y lo metieron a un patrullero”.? 


“Íbamos al baile con mis amigas y nos empezaron a realizar acoso callejero (2 policías 
hombres) le dijimos que eso era inapropiado y de repente teníamos 3 móviles esposándo- 
nos y llevándonos al calabozo por toda la noche. Cuando se enteraron nuestros padres (5 
hs después) les dijeron que fuimos detenidas por desacato”. 


Esta idea se alimenta de una narrativa que concibe a la sociedad como un lugar peli- 
groso, peligrosidad que está a su vez relacionada específicamente con la criminalidad ca- 
llejera (asaltos, robos, prostitución, venta de drogas, etc.) y se asume que es el resultado 
del comportamiento desviado de personas pobres, minorías visibles, jóvenes y varones. 
Esta asunción que asocia a la criminalidad directamente con la pobreza está fuertemente 
arraigada en los miembros de las clases alta y media, donde se asume que el delito es una 
responsabilidad netamente individual y es el resultado de malas decisiones, malos hábitos, 
desviaciones, vagancia, etc!, 


% — Fassin, D (2016). La fuerza del orden. Una etnografía del accionar policial en las periferias urbanas. Editorial 


siglo veintiuno. Buenos Aires. 
3 Este y los siguientes recuadros son fragmentos de testimonios recabados en el marco de una investigación 
sobre violencia institucional policial que está llevando a cabo Serpaj Uruguay. 

6  Corsianos, M (2020). Institucionalized abuse of police power: how public policing condones and legitimizes 
police corruption in North America. En:X e Routledge International Handbook of the Crimes of the Powerful. 
Routledge International Handbooks. USA. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


137 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


138 


“Me detuvieron porque, según ellos, no podía fumar marihuana en la plaza, cuando les 
pregunté por qué (...), al no tener una respuesta la situación subió de tono, uno de los 
efectivos procedió a agarrarme por el cuello y ponerme contra un muro para revisarme” 


“Dos policías pararon a un joven muy claramente menor de edad, que aparentemente 
estaba pidiendo afuera de un comercio, le dieron vuelta y separaron las piernas con fuerza 
excesiva. Mientras el adolescente lloraba y decía que no había hecho nada, los policías lo 
insultaban, entre otras cosas recuerdo que le dijeron pichi de mierda”. 


Esto se traduce, a su vez, en un policiamiento de la vida cotidiana en los barrios popu- 
lares y en una interacción desmedida de la policía con las personas pobres; produciendo y 
reproduciendo los procesos de estigmatización y segregación social que se han profundiza- 
do en nuestro país en las últimas décadas. Mientras otros delitos como los delitos de cuello 
blanco, el crimen organizado, el lavado de dinero y los delitos de los poderosos quedan in- 
visibilizados; no aparecen recurrentemente en la prensa nacional, en los discursos políticos 
o en los objetivos del gobierno referidos a la seguridad. 


“Dos patrulleros pararon y pusieron contra el patrullero a 3 adolescentes (...) Los revisa- 
ron, les pidieron documentos, los trataron con modos abusivos intentando provocar una 
reacción violenta de los jóvenes quienes mantuvieron la calma. Finalmente se llevaron en 
el patrullero a uno de los jóvenes de ascendencia afro.” 


Estas representaciones hegemónicas de la criminalidad, que centran la preocupación 
social sobre la seguridad en el delito callejero y asocian a la criminalidad directamente con 
la pobreza alimentan la demanda de más policías. La policía es concebida como el “guar- 
dián” del orden ante una sociedad “amenazada” por la delincuencia y el caos, que protege 
a la “gente de bien” de los “delincuentes peligrosos y violentos”. En este marco, la violencia 
policial es aceptada, tolerada, justificada y hasta concebida como necesaria por la ciuda- 
danía debido a la idea sólidamente construida de peligro con que se asocia a estos grupos 
sociales. 


“(...) Dos agentes de la policía detuvieron a una persona en situación de calle... (...) El tema 
es que uno de los policías para revisarlo, lo empujó y le pegó una patada” 


En este sentido, la violencia policial y el abuso del poder por parte de las fuerzas del 
orden no son el simple resultado de conductas desviadas e individuales en las que incurren 
los policías al tener que enfrentarse con la criminalidad. Según la criminóloga y socióloga 
Marilyn Corsianos que estudia la trayectoria de la institución policial en EEUU: estudiar 
la historia de los sistemas policiales es estudiar la historia de su desviación, corrupción y mala 
conducta”. La violencia, el abuso de poder y la corrupción policial son prácticas institucio- 
nalizadas dentro del sistema policial y que, lejos de ser erradicadas o condenadas, son con- 
solidadas ante el incremento de la legitimidad de la policía en la sociedad. La institución 
policial tiene un gran interés y despliega estrategias en pos de amplificar los problemas que 
atiende y glorificar las respuestas policiales, como mecanismo para retroalimentar dicha 
legitimidad y mantener activa la demanda de la necesidad policial. 


El consenso punitivo en seguridad 


Ahora bien, cabe preguntarse por qué las democracias liberales contemporáneas apo- 
yan una policía autoritaria y que puede actuar por fuera de la ley sin ser condenable. En 
Uruguay desde la reapertura democrática hasta la fecha el gobierno de la seguridad ha se- 
guido el camino del punitivismo. En este marco, encontramos a las razzias* de finales de los 
80 y principios de los 90, implementadas durante el gobierno de Sanguinetti y continuadas 
durante el gobierno de Lacalle Herrera. Momento que puede verse como una expresión 
inicial del gobierno de la seguridad democratico-punitivo o como la continuación de la 
aplicación de métodos y dispositivos dictatoriales para la obtención del orden público. Las 
políticas neoliberales de los 90 fueron acompañadas por el aumento de penas, la tipifi- 
cación de nuevos delitos —vinculados mayoritariamente a la protección de la propiedad 
privada— y el aumento de los riesgos y la vulnerabilidad social. 


Sin embargo, el punitivismo no es exclusivo de la derecha. Luego de un tímido intento 
en los primeros años del primer gobierno progresista por implementar otro enfoque en 
materia de seguridad —donde tuvo lugar la mejora salarial de la función policial, la ley de 
humanización de las cárceles? y la reivindicación de la policía comunitaria—, rápidamente 
se retoma el camino punitivista en pos de dar respuestas inmediatas y lograr rédito político 
ante una demanda cada vez más instalada. La creación de policías especializadas y de la 


7 Idem. 


$ — Lapolítica de razzias consistió en la detención masiva y persecución policial de jóvenes. 


? Ley 17.897 sancionada en el año 2005. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


139 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


140 


Guardia Republicana, la creación del P.A.D.O, los megaoperativos de saturación territorial 
p gaop 

y los dispositivos de videovigilancia, son algunas de las herencias del gobierno del progre- 

sismo punitivo en materia de seguridad." 


“El PADO hizo bajar a dos jóvenes de una moto apuntandoles con un arma en la cabeza. 
A los pocos minutos los dejaron ir porque no eran quienes buscaban... pero les apuntaron 
a la cabeza”. 


Tomando en cuenta las representaciones hegemónicas de la criminalidad anterior- 
mente mencionadas, que criminalizan a la pobreza, resulta fácil predecir que ponerse “del 
lado de las víctimas” se traduce en ponerse del lado de la clase alta y media, que asume la 
representación de la “gente de bien”. La “protección de las víctimas” puede leerse entonces 
como la protección de la minoría —que en términos del demos podría pensarse como la 
protección de la minoría ante la tiranía de la mayoría'*— y que resulta, dadas las caracterís- 
ticas de la minoría, en la protección de los intereses de los poderosos. 


La lógica de “ellos contra nosotros” en materia del gobierno de la seguridad es la ver- 
sión contemporánea de la teoría de los dos demonios, donde la cuestión de la seguridad se 
comprime en un enfrentamiento igualitario de delincuentes vs. Estado. Esto se observa cla- 
ramente cuando, a partir de algunas de las situaciones más difundidas o viralizadas de vio- 
lencia policial, desde la opinión pública, en las redes sociales e incluso desde las autoridades 
nacionales se justifica el accionar policial aludiendo a que los policías también están en 
riesgo o son agredidos. Esta posición desconoce, o pretende desconocer, la carga simbólica 
y material que implica ejercer violencia con la fuerza del aparato estatal. Esto es, precisa- 
mente, lo que distingue a la violencia institucional de otros tipos de violencia. 


“Fuimos con 2 amigas a hacer una denuncia a la Seccional Policial, nos sólo nos tomaron 
el pelo, sino que realizaron varios comentarios y chistes de carácter sexual sobre nosotras”. 


10 Ver: Sorondo, Brusoni, Casarotti, Lemos, Samudio (2019). Vuelan Palos: respuestas y discursos punitivos al 


problema de la seguridad interna, Derechos Humanos en el Uruguay. Informe 2019. SERPAJ. Pp. 204-212. 
4 Ver: Delacoste, Gabriel (2020). Una mirada política a los derechos humanos en el segundo lacallismo. Dispo- 


nible en este Informe Anual. 


Para entender la cuestión de la violencia policial en Uruguay, es necesario hacer el 
ejercicio de enmarcarla dentro de este consenso punitivo de las últimas décadas entre los 
distintos gobiernos en materia de seguridad. Lo paradójico es que este consenso punitivo, 
que alimenta a la violencia policial, no es efectivo siquiera para alcanzar los objetivos que 
declara tener. Hablemos de datos: el gobierno de la seguridad mediante el aumento de pe- 
nas y la represión policial ha ido acompañado de un aumento sostenido en el total de los 
delitos, y especialmente en el último tiempo de los delitos violentos. 


Sin embargo, si se lo piensa en el marco del capitalismo contemporáneo y sus demo- 
cracias liberales, resulta que el populismo punitivo'? sí constituye una forma efectiva de 
gobierno de la seguridad. Alimentando las pasiones punitivas”, las propuestas de “mano 
dura” y “tolerancia cero a la delincuencia” como mecanismos para combatir un enemigo 
que pone en peligro a la sociedad y amenaza al propio Estado, encuentran anclaje en un 
punitivismo que es también es construido “desde abajo”. 


Las políticas de seguridad de las últimas décadas, enmarcadas en el populismo puniti- 
vo, se hacen eco en una cultura marcada por un creciente predominio del individualismo 
por sobre un sentido de comunidad y en una aparente despolitización del debate público, al 
poner el foco en la protección de los intereses individuales, que da lugar a expresiones que 
tienen un anclaje político autoritario y represivo como son las acciones de «justicia» por 
mano propia, el escrache, el hostigamiento, el degradamiento moral o el linchamiento.'* 


De esta forma el consenso punitivo se vuelve más amplio aún, es decir, no se trata úni- 
camente de una política construida por las instituciones y les polítiques, el resto de la socie- 
dad, a partir de lo que Esteban Rodríguez Alzuta llama vecinocracia!?, encarnada en su rol 
de vecine adopta también un lugar de vigilancia, repudio al enemigo, denuncia y demanda 
soluciones inmediatas y acríticas. 


12 


Ver definición de populismo punitivo en: SERPAJ - Uruguay (2020) Seguridad y violencia institucional poli- 
cial. Aproximaciones conceptuales para un debate democrático (p. 9) y Del Rosal (2009, p. 51) en Vernazza (2015, 
p. 12). 

Rodríguez Alzueta, E. (Mayo 2020) Reflexiones sobre punitivismo, diferencias entre prevención comunitaria 
y vigilancia-vecinocracia. En Seminario Virtual sobre Violencia Institucional, SERPAJ-Uruguay. Disponible 
en: https: //www.youtube.com/watch?v=M3FFhkwl4bw8feature=youtu.be 

14 SERPAJ - Uruguay (2020) Seguridad y violencia institucional policial. Aproximaciones conceptuales para un 
debate democrático (p. 22). 


15 Rodríguez Alzueta, E. (2019), Vecinocracia: olfato social y linchamientos. Editorial Eme, La Plata. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


141 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


142 


“Un policía tiró a un tipo al suelo y lo empezó a apretar contra el piso. Le forzaba 
los brazos y le apretaba la cabeza contra el piso. (...) El tipo en el piso gritaba... 
bastante desgarrador el grito. Al rato, mientras pasaba esto llegó el dueño de un 
quiosco o algo cerca de ahí, y lo insultó al tipo. Parece que se había robado algo 
de comida. Mientras lo levantaban del piso y lo subían al patrullero, todo violen- 
tamente, pidió perdón a los gritos y dijo algo tipo “era comida nada más”. Se lo 
llevaron en el patrullero”. 


La violencia policial entonces, también debe enmarcarse en el desarrollo y la aplica- 
ción de esta doble cara del punitivismo: el punitivismo desde arriba o estatal —dictado por 
los gobiernos y las instituciones— y el punitivismo desde abajo —anclado en la sociedad. 
La policía, en tanto institución y personas que la conforman, no está por fuera de la socie- 
dad, sino que interpreta la realidad mediante el mismo mapa subjetivo que la comunidad a 
la que pertenece, 20 hay olfato policial sin olfato social!*. 


El contexto uruguayo 
Legislación policial 


1 está comprendida principalmente en la 


La legislación nacional en materia policia 
Ley Orgánica Policial —que define y caracteriza las funciones policiales— y la Ley de Pro- 
cedimiento Policial —que define y regula los marcos de acción y el uso de la fuerza. Otros 
marcos normativos que también legislan la actuación policial son el Código Penal, la Ley 
de Faltas, el Código del Proceso Penal, la Ley de Urgente Consideración y la normativa 


internacional en materia policial a la que nuestro país adhiere. 


Durante la era progresista se aprobó en 2008 La Ley de Procedimiento Policial 
(18.315), que se caracterizó por establecer garantías débiles y marcos ambiguos que au- 
mentaron la posibilidad de la actuación discrecional de la función policial, aumentando 
las condiciones para el desarrollo de la violencia policial. Por su parte, las modificaciones 
a la Ley Orgánica Policial que se introdujeron en 2015 actualizaron y transparentaron la 
función policial, a la vez que establecieron criterios que refuerzan prácticas de control y 
vigilancia, como el patrullaje y la función policial extendida. 


16 Rodríguez Alzueta, E. (Mayo 2020) Reflexiones sobre punitivismo, diferencias entre prevención comunitaria 


y vigilancia-vecinocracia. En: Seminario Virtual sobre Violencia Institucional, SERPAJ-Uruguay. Disponible 
en: https: //www.youtube.com/watch?v=M3FFhkwl4bw8feature=youtu.be 

17 Para profundizar sobre la función policial ver: Zubillaga Puchot, Daniel (2020). El problema de la policía 
en la reforma del sistema de justicia penal. Disponible en este Informe Anual. 





La profesionalización en la represión policial del progresismo 


A pesar de la derrota de las propuestas punitivas en los dos plebiscitos que tuvieron 
como asunto a la seguridad —la baja de la edad de imputabilidad y Vivir sin miedo—, como 
dijimos anteriormente, el progresismo en materia de seguridad se apegó a la implementa- 
ción de una política de corte netamente punitiva y mucho de lo no aprobado en las instan- 
cias de democracia directa fue luego tramitado e incorporado a nivel legislativo. Si bien en 
el discurso el progresismo fue cuidadoso en dosificar sus mensajes de “mano dura” —me- 
diante un discurso centrado en la convivencia—, la estrategia de seguridad se concentró en 
la represión del delito callejero y los delitos violentos mediante la intensificación, diversifi- 
cación y profesionalización de la vigilancia y el control policial. 


Las políticas especializadas han sido expandidas a ocupar otras funciones y gestionar 
otros conflictos. Además de la responsabilidad del patrullaje preventivo —que deriva en 
la detención y el hostigamiento cotidiano de les jóvenes de los barrios populares—, estas 
fuerzas han sido también utilizadas para la represión de la protesta social. Como ocurrió 
en el desalojo del CODICEN en 2015 y la represión en la marcha contra UPM de 2019. 


Hecha la LUC, hecha la trampa 


Asumido el nuevo gobierno el pasado 1” de marzo, la política de la derecha en materia 
de seguridad tiene como piedra angular las recientes modificaciones introducidas en la Ley 
de Urgente Consideración (LUC)'*. En lo que refiere a la función policial, se refuerzan 
profundamente la autoridad y autonomía policial mediante una serie de artículos que am- 
plían la capacidad de la policía de actuar legítimamente a la hora de aplicar la violencia físi- 
ca, el control de identidad y detenciones ante situaciones de sospecha, peligro de conflicto, 
e incluso agresiones verbales. 


“Estaba sentado con mi primo menor de edad, pararon dos patrulleros y nos in- 
tervinieron entre 6 policías hombres. Llegaron sin saludar, cuestionando que es- 
tábamos consumiendo y nos hizo vaciar nuestros morrales. Allí tenía marihuana 
que compré en una farmacia legalmente. Nos llamó mentirosos, drogados, nos 
dijo que le pasáramos nuestra dirección y número personal, nos gritó preguntan- 
do “si ya nos había pegado y no sabíamos contestar” (ya que estábamos nervio- 
sos)”. 


18 Ver documento de posicionamiento de SERPAJ, disponible en este Informe Anual. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


143 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


La nueva ley introduce en el código penal nuevas figuras que refieren específicamente 
a la función policial, como son: la resistencia al arresto y el agravio a la autoridad policial. 
Además, se amplían las funciones policiales y restringen las garantías civiles en el marco 
de los procedimientos de detención policial. La LUC modifica también la Ley Orgánica 
Policial, permitiendo el porte de armas a funcionarios retirados. 


Tras la asunción del presidente Luis Lacalle Pou, la actuación del nuevo ministro de 
seguridad Jorge Larrañaga no se hizo esperar. Cumpliendo al pie de la letra la receta de que 
más seguridad significa más policías, la semana siguiente la ciudad se vio repleta de poli- 
cías —a pie, moto, caballo o chanchitas — patrullando las calles, avenidas, parques, plazas, 
ramblas de las principales ciudades del país. 


Muchos de estos operativos tomaron relevancia pública evidenciando un uso desme- 
dido de la fuerza policial, que fue respaldado por las autoridades oficiales del gobierno 
entrante. Uno de estos casos fue en la ciudad de San José cuando malabaristas fueron expul- 
sados de una plaza pública siendo apuntados. Frente a esto, el Jefe de Policía de la Ciudad 
señaló que: “Si el policía tiene su arma es porque está capacitado y si es necesario puede 
utilizarla”? Otro de los casos que se hizo público fue el de un funcionario municipal que 
fue detenido en el barrio La Teja por un control de identidad y terminó en una golpiza. A 
pesar de la constatación de lesiones y la declaración de la víctima, el caso fue archivado por 
el juez de la causa y no hubo sanciones sobre los funcionarios policiales tras considerar que 
no había pruebas suficientes para determinar que la actuación no se dio en el marco de la 
Ley de Procedimiento Policial. En este caso, el ministro Larrañaga fue quien salió en defen- 
sa de los policías haciendo uso de un video y cuestionando lo sucedido. 


En los diez primeros días de iniciado el nuevo gobierno, la Institución Nacional de 
Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) recibió 22 denuncias de abu- 
so policial, número que superó al total de denuncias recibidas en todo 2019. El ministro 
Larrañaga respaldó públicamente la actuación de todos estos procedimientos policiales, 
explicando que lo ocurrido se debió a que los policías fueron atacados por las personas, lo 
que derivó en detenciones, forcejeos y disparos de bala de goma”. 


“Estábamos en la plaza, como todos los domingos, con los niños y la familia. Pero ese día 
vinieron muchos policías y reprimieron a todos, incluso tiraron balas de goma”. 


2 https://ladiaria.com.uy/articulo/2020/3/el-jefe-de-policia-de-san-jose-defiende-a-los-efectivos-que-ex- 


pulsaron-a-malabaristas-de-una-plaza-con-un-arma-larga/ 
2 https://www.lr21.com.uy/politica/1437229-plaza-seregni-larranaga-policia-represion-ministerio-del- 
interior 


Por otra parte, la declaración de emergencia sanitaria por el COVID-19 —a poco más 
de 10 días de asumido el nuevo gobierno— brindó un escenario propicio para el despliegue 
de un amplio espectáculo de patrullaje, acompañado también de una vigilancia vecinal ac- 
tiva, mientras que las recomendaciones brindadas por el Poder Ejecutivo no eran claras. A 
medida que se fueron retomando algunas actividades el control ejercido por el Ministerio 
del Interior y sus agencias policiales se volvió cada vez más contradictorio y discrecional, 
uno de los ejemplos más claros fue lo sucedido a finales de octubre y principios de noviem- 
bre?!, Mientras que el transporte público, los shopping, las ramblas y otros espacios públi- 
cos se encuentran llenos, se desplegaron varios violentos operativos en espacios públicos al 
aire libre durante ese fin de semana en diferentes puntos del país, varios de estos derivaron 
en situaciones de violencia y abuso policial. 


Varias organizaciones y colectivos sociales realizaron declaraciones, manifestaciones 
y denuncias sobre estos hechos, que tuvieron como característica común la represión de 
eventos populares y culturales que se desarrollaron en espacios públicos de varias locali- 
dades del país. El ministro Larrañaga, en referencia al operativo realizado en los tambores 
del domingo 1.” de noviembre en la Plaza Liber Seregni, declaró que no hubo abuso ni 
represión policial violenta, ya que no hubo personas heridas ni lesionadas”. Estas declara- 
ciones dejan en evidencia la incomprensión del ministro sobre qué es la violencia y el abuso 
policial, confundiendo este concepto con el ejercicio de la violencia física. Como vimos 
anteriormente, esa definición es errónea ya que los policías pueden ejercer violencia física 
sin estar incurriendo en un abuso policial, a la vez que pueden ejercer otras formas de abuso 
de poder, sin que tenga que haber un uso abusivo de la fuerza física. 


La pandemia del COVID-19 ha sido la excusa por excelencia elegida por el gobierno 
para justificar el abuso policial y para plantear la discusión en términos de polarización 
política (y partidaria), colocándose del lado de los defensores de la libertad, en oposición a 
quienes denuncian públicamente estas prácticas, como se observa en las recientes declara- 
ciones de Larrañaga: “seguirán fogoneando ese relato porque parece ser su apuesta políti- 
ca, y seguirán quedando en falso. Nosotros seguiremos priorizando la libertad, esa que no 
querían quienes promovían la cuarentena obligatoria, seguiremos pidiendo a los uruguayos 
que piensen en todos y nos cuidemos entre todos”?, 


Consideraciones finales 


La política punitiva aplicada y sostenida por los distintos gobiernos desde el retorno 
de la democracia nunca logró resolver los conflictos sociales; muy por el contrario la can- 


21 Comunicado a la opinión pública “Ninguna excusa para la represión policial”, disponible en este Informe 


Anual. 
2 https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Larranaga--Seguiran-buscando-y-seguiran-sin-encontrar-un- 
gobierno-que-promueva-abusos--uc769476 


2 Ídem. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


145 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


146 


tidad de personas privadas de libertad siempre ha ido en aumento al igual que la cantidad 
total de delitos. 


A pesar de que la seguridad se ha instalado como uno de los principales problemas 
públicos, la vulneración de derechos que implica la violencia institucional policial no es 
concebida como parte de esta problemática. Esta invisibilización genera el escenario ideal 
para que las políticas de Estado de prevención, condena y limitación de la violencia insti- 
tucional sean muy reducidas o deficitarias. Es imprescindible que el Estado reconozca los 
atropellos y violaciones a los derechos humanos que sus propias agencias pueden ejercer 
sobre la ciudadanía. Es urgente la necesidad de diseñar e implementar diversas leyes y polí- 
ticas públicas que permitan abordar la complejidad de este fenómeno con el fin último de 
limitarlo y erradicarlo. 


Cada vez más el discurso hegemónico conservador desconoce la violencia policial 
como tal y tiende a instalar que este problema es el resultado del enfrentamiento social y 
el odio de determinados sectores contra la policía. Esta estrategia no hace más que incen- 
tivar una visión distorsionada y mal intencionada, que poco contribuye a la generación 
de soluciones reales para afrontar la prevención del delito. Además profundiza una visión 
polarizada de la sociedad donde de un lado se encuentra la policía y la “gente de bien”, y del 
otro los “delincuentes” y los “revoltosos”; colocándose el gobierno en el primero y dejando 
del otro a quienes sufren y denuncian la violencia institucional policial. 


2 de noviembre de 2020 


Ninguna excusa para la represión policial 


Durante este fin de semana, la policía desarrolló varios operativos represivos absoluta- 
mente desmedidos y de gravedad: 


e El sábado de noche un operativo con más de 5 patrulleros y 20 policías armados con 
escopetas desalojaron el Bar Tundra en Montevideo 


e El domingo a la noche en la Plaza Seregni en un fuerte operativo policial con motos, 
escudos, balas de goma y palazos. Hubo varias personas golpeadas y 12 detenidas 
(que fueron liberadas en la mañana del lunes). 


e El domingo a la noche en el Casino del Parque Rodó, luego de que terminara una 
cuerda de tambores, un grupo de choque de la Republicana con escudos y escopetas 
avanzó por Salterain. 


e El domingo a la tarde en El Cuadrado de la Rambla, Plaza de los Bomberos y Plaza 
Varela fueron desalojados con policías. 


e Hubo situaciones similares el domingo en San Carlos y Punta del Diablo, y una 
fuerte represión en Juan Lacaze el sábado. 


El Ministerio del Interior está desplegando violentos operativos policiales para desar- 
mar reuniones y demás actividades al aire libre, sin mediar palabra, desplegando y usando 
la fuerza desmedidamente. 


Desde los colectivos abajo firmantes queremos expresar nuestro mayor repudio a estas 
acciones y los despliegues represivos. 


Ni las amenazas, ni los palos, ni las balas de goma, ni las detenciones, son una medida 
sanitaria. 


Nos declaramos en alerta y no vamos a pasar por alto ninguna acción violenta de las 


fuerzas de seguridad porque NO HAY EXCUSAS para la represión. 


FNOoALaRepresiónUruguay 
FNoHayExcusas 
+EstamosEnAlerta 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


148 





Afroflorenciendo 
Articulación No A La Reforma 
Bolso Antifacista Salto 
Bloque Antirracista 
Bloque Trans y Discidente 





Casa Bertolt Brecht 
Carbonero Antifacista 
Colectivo Acción Callejera y Autónoma 





Colectivo Catalejo 
Colectivo Chimp Pum Fuera 
Colectivo ElePe 
Colectivo El Taller 
Colectivo Homenaje Popular Idea-Benedetti 
Colectivo + igualdad 
Colectivo Mamarracho 





Colectivo PEDAL 
Colectivo Violeta Feminista 
Comisión de Mujeres Rosita Iglesias 
Cooperativa El Hormiguero- Finisterre 
Coordinadora Nacional de Asentamientos 
Coordinadora Popular y Solidaria — Ollas por la vida digna 





Cotidiano Mujer 
CRYSOL 
¿Dónde están nuestras gurisas? 
El Abrojo 





El Paso 
El Tejano 
Entre 
FEUU 
RUEGYS 
Gozarte 





Grupo por la humanización del parto y nacimiento Uruguay 








Intersocial 











Intersocial Feminista 
Intersocial y Plenario Departamental de Tacuarembó 





Jóvenes por la Memoria 





Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos 
MediaRed 
Mestizas Resonantes 
Mecado Popular de Subsistencia 
Mizangas Mujeres Afrodescendientes 
Movimiento de Murgas Jóvenes 
Murga Metele que son pasteles 
NITEP 
No binaries Uruguay 





ONAJPU 
Ovejas Negras 
Ovejas Flores Diversidad 
Paro Internacional de Mujeres, Lesbianas, Trans y No Binaries 
Pit-Cnt 
Plenaria Memoria y Justicia 
Plenario de Salto del Pit-Cnt 





Reactiva Contenidos 





Rebelarte 
Rebeldía Organizada 





Red de Ollas al Sur 
Redes de Amigos de la Tierra 
Resonancia Feminista de Paysandú 





Sancocho Colectivo Editorial 
Serpaj-Uruguay 
Social al Sur 





Sociedad Uruguaya de Actores 








SolidaridadUY 
SUA Vestimenta 








SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 





Foto: SERPAJ 


150. Los culpables de siempre: adolescentes en la mira de 
la inseguridad 


Andrea Sorondo | Tamara Samudio!' 


Introducción 


Llama la atención pero no tanto. Las constantes modificaciones que el Código de la 
Niñez y la Adolescencia (CNA) ha sufrido en materia de justicia penal juvenil desde su 
aprobación en el año 2004, siempre se han dirigido a eliminar o limitar las garantías y dere- 
chos consagrados en dicha normativa”. A las primeras y regresivas modificaciones iniciadas 
en el año 2011 siguieron las efectivizadas en 2013 y 2017”, llegando el 9 de julio pasado a la 


1 


Integrantes del Servicio Paz y Justicia Uruguay (SERPAJ - Uruguay). 
Especialmente los referidos al sistema penal juvenil, establecido en el artículo 76 en adelante. 


3 Ley 18.777, Ley 18.778, Ley 19.055, Ley 19.551. 


aprobación de la Ley de Urgente Consideración (LUC)* que consagra una matriz punitiva 
respecto a la justicia penal juvenil. 


El CNA tiene sus pilares fundamentales en la Convención de los Derechos del Niño 
(CDN) aprobada y ratificada por nuestro país en el año 1990, y las modificaciones norma- 
tivas realizadas en estos 10 años contravienen los principios fundamentales establecidos 
para el tratamiento de los y las adolescentes en conflicto con la ley penal: excepcionalidad y 
brevedad de la privación de libertad”. 


La estrecha relación entre adolescencia e (in)seguridad está sostenida y promovida 
por partidos políticos, medios de comunicación y ciudadanía. El rumbo que los cambios 
normativos delinean responden a un discurso promovido y consolidado por estos prime- 
ros actores, con fuerte arraigo en la ciudadanía, que criminaliza la juventud y la pobreza, 
instalando la idea de peligrosidad en las adolescencias, haciéndolas responsables de los con- 
flictos con la ley penal. 


Iniciativas como la llevada a cabo en el año 2014 con el plebiscito de la baja de la edad 
de imputabilidad penal condensan este discurso, y enfocan la atención y reacción ciudada- 
na hacia la población más vulnerable y menos responsable del total de los delitos cometi- 
dos. A 2019 y según datos publicados por el Poder Judicial, la cantidad de asuntos iniciados 
en el sistema penal adolescente fue de 884 (3,9% menos que los asuntos de 2018), lo que 
representa el 4,5% de los asuntos penales totales iniciados”. 


La derrota de la campaña a favor de la baja de la imputabilidad penal adolescente que- 
dó olvidada para un sistema político que obstinadamente continúo la línea de reformas 
punitivas, socavando las ya débiles garantías que los y las adolescentes tenían para estas 
situaciones. Garantías y derechos que deben ser particulares, específicos y ampliados en el 
caso de niños, niñas y adolescentes, tal como expresa la legislación nacional y la internacio- 
nal en la materia. 


Los cambios promovidos en la nueva normativa aprobada (LUC), además de las defi- 
niciones que la nueva y actual gestión proponen, terminan de consolidar este viraje puniti- 
vo y represivo. Las consecuencias de dichas acciones marcan tendencias claras, pero dejan 
también incertidumbres respecto del alcance que las medidas tendrán. Todo se reduce a 
respuestas inmediatas que consolidan el castigo, y ninguna de las modificaciones presen- 
tadas profundiza acerca del contenido de la medida socioeducativa, que es en definitiva lo 
que la legislación establece como penal para los adolescentes en conflicto con la ley. 


4 — Enel Informe Anual se anexó el posicionamiento del Servicio Paz y Justicia sobre el capítulo de seguridad 


pública que contiene la Ley de Urgente Consideración. 

3 Artículos 37 y 40 de la CDN. 

6 Datos disponibles en Anuario Estadístico 2019 del Poder Judicial. Disponible en https: //www.poderjudi- 
cial gub.uy/anuario-estadistico.html 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


151 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


152 


La justicia juvenil como problema y única respuesta 


Al momento de la discusión parlamentaria de la LUC durante los meses de abril a 
julio, nuestro país contaba con un número récord en la baja de la cantidad de adolescentes 
privados de libertad”. Esta caída no cuenta con explicaciones certeras, existiendo algunas 
conjeturas en relación a sus causas, que no han sido probadas'. 


En este contexto de ausencia de un profundo análisis sobre la aplicación y los efectos 
de la normativa vigente en la infracción penal adolescente, parece carecer de sentido pro- 
poner de forma urgente modificaciones a la misma. Por ello, la justificación que el Ministro 
del Interior daba públicamente y en las comparecencias ante el Parlamento refieren a la pe- 
ligrosidad del del adolescente en conflicto con la ley penal, partiendo de una conceptualiza- 
ción criminalizante y punible. Más concretamente, planteaba que al hablar de adolescentes 
en conflicto con la ley “No estamos hablando de niños desprotegidos. No; en algunos casos 
estamos hablando de verdaderos criminales que tienen la concepción de psicopatía criminal 
absolutamente identificada e inalterable”. 


De esta forma, se centra la problemática en la responsabilidad individual de cada ado- 
lescente, sin tomar en consideración la complejidad y multicausalidad en la que la penali- 
dad juvenil se circunscribe, y la corresponsabilidad del Estado y la sociedad en su conjunto, 
reduciendo el fenómeno al “menor que delinque”. 


En las últimas décadas se han esforzado por instalar en el centro de los problemas cri- 
minales a los adolescentes, aspecto en común con el actual gobierno, que profundiza esta 
concepción desde un discurso alarmista y despectivo hacia los jóvenes que cometen alguna 
infracción penal. Existe en los discursos una total ausencia en el análisis que los datos de la 
realidad del sistema penal uruguayo muestran, donde la participación de los adolescentes 
es ínfima en relación al total de delitos, y más aún los delitos de violencia interpersonal”. 


7 Según información de INISA, en julio se encontraban 266 adolescentes privados de libertad. Disponible 


en versión taquigráfica de la presentación de INISA en la Comisión Especial de Presupuesto de la Cámara de 
Representantes, el día 1 de octubre de 2020. Versión taquigráfica disponible en https: //parlamento.gub.uy/ 
documentosyleyes/documentos/versiones-taquigraficas 

£ Se han planteado argumentos vinculados a las políticas sociales desarrolladas en los últimos años (dados 
por la ex presidenta de INISA Gabriela Fulco - ver en https://www.elobservador.com.uy/nota/colibries-de- 
alas-rotas-que-paso-a-tres-anos-del-plebiscito-para-bajar-edad-de-imputabilidad-2018114500-). 

? Ministro del Interior, Jorge Larrañaga, en la comparecencia del Ministerio del Interior a la Co- 
misión Especial de la Ley de Urgente Consideración de la Cámara de Representantes. 9 de junio de 
2020. Versión taquigráfica disponible en https://parlamento.gub.uy/documentosyleyes/documentos/ 
versiones-taquigraficas?Cpo_Codigo=All8Lgl_Nro=498Fecha%5Bmin%5D%5Bdate%5D=15-02- 
20208 Fecha%5Bmax%5D%5Bdate%5D=14-02-20258:Cms_Codigo=11878Dtb_Nro=8ctipoBusqueda= 
Te8zTexto=8Cuerpo= 

1% Dentro de las infracciones penales adolescentes, aquellas relativas a la persona representaban a 2018 el 
12% del total. Dato relevado por el Observatorio de Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Comité de 
Derechos del Niño de Uruguay. Informe disponible en https://www.cdnuruguay.org.uy/justicia-penal-juvenil/ 


adolescentes-en-conflicto-con-la-ley-penal/ 


El foco del actual gobierno se orienta claramente hacia la eliminación de mecanismos 
de desjudicialización establecidos en el reciente Código del Proceso Penal (CPP), sin pre- 
vio análisis o evaluación del funcionamiento de los existentes. En este sentido, las regresivas 
modificaciones tendientes hacia el proceso penal y prisionización de los conflictos de los 
adolescentes habían encontrado en el nuevo CPP un aliciente a través de la Suspensión 
Condicional del Proceso, que ofrecía una modalidad alternativa a la judicialización de los 
procesos infraccionales considerados graves en el CNA. La aplicación de esta medida se 
realizó para el 46% de las imputaciones sólo entre los meses de enero de 2019 y abril de 
2020, según información de la Fiscalía General de la Nación**. Actualmente, mediante la 
derogación de dicha medida, se introdujo el proceso abreviado para adolescentes”. 


A este aspecto debe sumarse la desigualdad en el acceso a la justicia juvenil dada por la 
disponibilidad de servicios del Poder Judicial especializados en derechos de los adolescen- 
tes. En este sentido, la creación de juzgados especializados instala capacidad y recursos para 
garantizar el cumplimiento con las normas particulares que se aplican a los y las adolescen- 
tes, en el marco del CNA vigente. La existencia de operadores judiciales con conocimiento 
específico apela a una aplicación efectiva de aquellos derechos, garantías y procedimientos 
establecidos durante el proceso acusatorio y la sentencia final. 


Creados a instancias del CNA, Uruguay ha contado con juzgados especializados en 
adolescentes únicamente en Montevideo, estando en el resto del país a cargo de los Juz- 
gados Letrados, donde “la especificidad de la materia y la especialización de los operadores, 
encuentran fronteras borrosas y las garantías mínimas se diluyen” .* 


Esta falta de formación y conocimiento exhaustivo sobre la justicia juvenil ha consoli- 
dado un sistema desproporcionado y desigual, donde adolescentes de Montevideo cuentan 
con procesos más ajustados a sus derechos y garantías, frente a los residentes en el resto del 
país. 


Sin embargo, en el mes de julio la Suprema Corte de Justicia tomó la decisión de redu- 
cir a dos de los cuatro juzgados especializados en adolescentes. Dicha medida se desprende 
del recorte de presupuesto establecido por el Poder Ejecutivo, y se justifica en la caída de los 
delitos cometidos por los adolescentes. Si la falta de formación y conocimiento exhaustivo 
sobre el sistema de justicia juvenil ya eran visualizadas como preocupantes, la reducción de 
espacios y capacidades de respuesta reflejan señales aún más alarmantes. Este aspecto coo- 
pera en el proceso de pérdida de especificidad de la justicia juvenil. 


11. Comparecencia del Fiscal General de la Nación, Dr Jorge Díaz, ante la Comisión Especial de la Ley de 


Urgente Consideración en la Cámara de Senadores. 4 de mayo de 2020. Versión taquigráfica disponible en: 
https://parlamento.gub.uy/documentosyleyes/documentos/versiones-taquigraficas?Cpo_Codigo=All8cLgl_ 
Nro=498Fecha%5Bmin%5D%5Bdate%5D=15-02-20208Fecha%5Bmax%5D%5Bdate%5D=14-02- 
20258%Cms_Codigo=11728%Dtb_Nro=8ctipoBusqueda=T 8 Texto=8Cuerpo= 


2 Sobre Proceso Abreviado en adolescentes ver artículo xxx disponible en este Informe Anual. 


13 


Deus, A., Lamas, B., Palummo, J.(2006): El proceso penal juvenil en Uruguay, a partir del Código de la 
Niñez y la adolescencia. Justicia y derechos del niño, n* 8, Unicef. Página 73. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


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Situación ejecución de la medida privativa de libertad 


La justicia juvenil no ha estado ajena a la emergencia sanitaria declarada en marzo del 
presente año por Covid-19. La paralización de las actividades judiciales generó demoras en 
las sentencias, determinando la permanencia de adolescentes con medidas cautelares priva- 
tivas de libertad ya vencidas. Asimismo generó grandes modificaciones en el cotidiano de la 
privación de libertad. Restricciones en materia de visitas!*, salidas transitorias, y actividades 
educativas y exteriores reforzó las prácticas de encierro hacia los adolescentes, estando en 
algunos centros más de 22 horas al día dentro de las celdas, sin ningún tipo de actividad. 


En este sentido, cabe señalar que la ausencia de actividades educativas formales y no 
formales incumple con la normativa vigente en relación a la ejecución de la pena, ya que la 
medida socioeducativa que aplica según CNA para los y las adolescentes en conflicto con 


la ley penal (Ar. 76, CNA 2004). 


La reducción de las visitas y limitaciones en las salidas profundizó las angustias de los y 
las adolescentes, sumado al encierro de 24 horas y la incertidumbre y fragilidad de transitar 
una pandemia en una institución total. La vida cotidiana del adolescente se traduce a mayor 
tiempo de encierro, limitaciones de contacto con familiares y con la vida exterior. 


Como si fuera poco, los recortes presupuestarios exigidos por el gobierno afectaron 
directamente la privación de libertad adolescente. El 11 de marzo la presidencia de la repú- 
blica emite un decreto (90/2020) en el cual establece la reducción del gasto público de un 
15%. En este sentido, más allá de la emergencia sanitaria que transita nuestro país, se le ex- 
horta al INISA la reducción de su presupuesto. Esta reducción ya tiene consecuencias en la 
gestión de la privación de libertad adolescente, repercutiendo en sus vidas cotidianas. En las 
visitas de monitoreo realizadas por SERPAJ en el marco del proyecto de la Organización 
Mundial Contra la Tortura (OMCT)" a los centros de privación de libertad se constatan 
cambios en la alimentación de los adolescentes! además de las persistentes carencias en 
términos de infraestructura, que no contará con recursos para mejorar las ya denunciadas 
condiciones inhumanas de reclusión”. 


14 Se limitaron las visitas a una sola persona mayor, una vez por semana. Actualmente tienen permitido dos 


personas adultas por visita una vez por semana. 
15 El proyecto “Protección de niñas y niños contra la tortura. Cooperación y fortalecimiento de capacidades de la 
sociedad civil local para proteger a población en situación de vulnerabilidad” de la OMCT cumple con el objetivo 
de monitorear, prevenir y proteger a los adolescentes privados de libertad de situaciones de tortura, malos tra- 
tos, o tratos crueles, inhumanos y degradantes. Se desarrolla en 12 países a nivel mundial, contando en Uruguay 
con Serpaj como su asociado local para llevarlo adelante. 

16 En todos los centros se constató la reducción en la cantidad de frutas y verduras entregadas, además de la 
carne vacuna, que fue suplantada por carne de cerdo. 

17 En particular, se destaca la situación del actual Centro de Ingresos (CIAM), denunciada por INISA y 
constatada por Serpaj-OMCT, donde la inundación de espacios comunes y celdas donde los adolescentes se 


encuentran alojados, constituye una situación de riesgo de vida para los adolescentes. 


Asimismo, se denuncia la falta de funcionarios en los centros que permitan una gestión 
de la privación de libertad acorde, aspecto que limita el cumplimiento con las actividades 
educativas y recreativas. Es de esperar que, dado el presupuesto asignado para los próximos 
años para INISA, la situación de la privación de libertad adolescente se recrudezca. 


Todo puede estar mucho peor 


Uno de los grandes contenidos de la LUC es la “seguridad pública”, a la que le asigna 
un capítulo entero, el cual abarca 126 artículos, y dedica una importante sección para el 
sistema penal juvenil. Estas iniciativas representan una regresión legislativa y limitaciones 
de las garantías fundamentales para adolescentes en conflicto con la ley penal. 


El capítulo definido en una primera instancia como “Normas sobre menores” propone 
un aumento de las penas mínimas (de dos años) y máximas hasta 10 años'*, la derogación 
de la suspensión condicional del proceso, la introducción del proceso abreviado para ado- 
lescentes, limitación al uso de la semilibertad, mantenimiento de los antecedentes penales, 
etc. Este tipo de modificaciones normativas se insertan en una lógica punitiva, que actúa y 
responde al delito con medidas de mayores castigos, mediante mayor tiempo de pena y la 
limitación de medidas extrajudiciales. 


La apuesta del gobierno se centra en consolidar aspectos relativos a la pena y el castigo, 
sin considerar los aspectos socioeducativos que las medidas deben aplicar para adolescen- 
tes. No se planifica en el presupuesto priorizar mejoras en la propuesta socioeducativa, la 
construcción y consolidación de lazos comunitarios, ni en las condiciones de habitabilidad 
de los centros. 


La situación actual del sistema penal juvenil es sumamente preocupante ya que a raíz 
de las actuales modificaciones marca una clara pérdida de especificidad en la materia y des- 
oye las recomendaciones del sistema internacional de derechos humanos. Algunas de las 
medidas introducidas por la Ley 19.889 extrapola medidas de adultos para adolescentes, 
como es la incorporación del proceso abreviado?”. Esto afirma una visión adultocéntrica 
dejando de lado la consideración del sujeto como adolescente, que debe tener derechos es- 
pecíficos por encontrarse en esta etapa de crecimiento y desarrollo. El Estado debe asegurar 
dicha especificidad y protección para de esta forma garantizar los derechos de niños, niñas 
y adolescentes. 


18 Por más información sobre las reformas propuestas ir a Posicionamiento de Serpaj sobre LUC, disponible 


en este Informe Anual. 
19 En este sentido, cabe mencionar que la inclusión inicial en el borrador de la ley trasladaba de forma directa 
todo el mecanismo desde el sistema adulto al sistema adolescente, decretando que “El proceso abreviado previsto 
en los artículos 272 y 273 del Código del Proceso Penal también será aplicable a los adolescentes cuando cometan 
infracciones a la ley penal”. Ante el reclamo de una redacción y adecuación específica del mecanismo hacia 
adolescentes, se especificaron algunos aspectos del proceso para la justicia juvenil (actual artículo 28 de la ley 


19.889). 


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Montevideo, 2 de junio de 2020 


A los y las representantes del Poder Ejecutivo y 


Parlamento 
A la ciudadanía en general 


Las organizaciones sociales, colectivos y expertos abajo firmantes queremos manifes- 
tar nuestra profunda preocupación por el contenido del Capítulo V de Seguridad Pública 
de la Ley de Urgente Consideración, referente a Justicia Penal Juvenil. 


Rechazamos la propuesta en general, y cada artículo en particular. El capítulo sobre 
sistema penal juvenil pretende profundizar sustantivamente el proceso de regresión legis- 
lativa y endurecimiento de penas en niños, niñas y adolescentes, y contravenir todos los 
tratados y convenciones internacionales a los que nuestro país ha suscrito!. 


Las modificaciones propuestas al actual marco jurídico establecido en el Código de 
la Niñez y la Adolescencia (CNA, 2004)? adecuado a la Convención de los Derechos del 
Niño (CDN, 1989) incumplen con los criterios de excepcionalidad y brevedad de la priva- 
ción de libertad establecidos en ésta última (artículos 37 y 40). Nuestro país ya fue señalado 
por el sistema internacional varias veces por continuar aplicando penas de encarcelamiento, 
sin promover medidas extrajudiciales o medidas alternativas a la privación de libertad”. 


En este sentido, los cambios contenidos en los artículos 76 y 77, que aumenta penas 
privativas de libertad mínimas a 2 años y máximas a 10 años atentan contra principios 
fundamentales de la CDN y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes. Además, 
la limitación del régimen de semilibertad (artículo 75) y derogación de la suspensión con- 
dicional del proceso (art. 33) profundizan respuestas de castigo mediante el encierro, sin 
tomar en cuenta los daños que la cárcel produce, que son irreparables. 


Denunciamos la ausencia de fundamentos reales que avalen la aplicación de medidas 
que endurecen la respuesta penal para los y las adolescentes. 


La propuesta no se condice con el contexto actual de participación de adolescentes 
en la infracción penal”. Son iniciativas con contenido sumamente punitivo y sin respuestas 
alternativas, que tampoco pone en discusión el contenido de las medidas socioeducativas 
privativas de libertad. 


il 


En particular, Uruguay integra como Estado parte el Convención de Derechos del Niño (CDN, 1989) y la 
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1988). 
2 Reformada posteriormente en leyes 19.055, 18.777, 18.778 y 19.551. 
2 CRCen2015 -- artículos 69 a72- y CAT en 2014 — párrafo 1. 
2 El porcentaje de procesos penales con participación de adolescentes fue de 4,46% del total de procesos ini- 
ciados, según datos de Poder Judicial a 2018. Fuente: Anuario Estadístico del Poder Judicial. En http://www. 


poderjudicial.gub.uy/anuario-estadistico.html 


Advertimos, por último, que de aprobarse la normativa planteada se presentaría próxi- 
mamente una situación de saturación del sistema de privación de libertad adolescente, al no 
contar en la actualidad con condiciones dignas de reclusión, que se verían agravadas por el 
sostenido aumento de la privación de libertad. 


Solicitamos a las y los representantes de ambas Cámaras que los argumentos esgrimi- 
dos en documentos aportados por diversas organizaciones de la sociedad civil y la academia 
sean tenidos en cuenta, entendiendo los mismos como un aporte a la problematización por 
parte de colectivos y expertos que cuentan con experiencia y especificidad en la materia. 


ANONG 

Asociación Civil El Paso Casa Bertolt Brecht 
Comité de Derechos del Niño de Uruguay (CDNU) 
DNI Uruguay 

El Abrojo 

IPRU 

Luna Nueva 

Servicio Paz y Justicia — Uruguay 

Luis Eduardo Morás 

Rafael Paternain 


Grupo I+D, Universidad de la República (UDELAR), Comisión Sectorial de Investiga- 
ción Cientifica (CSIC). Programa de estudio sobre control socio jurídico de infancia y 
adolescencia en Uruguay. Estudios sobre infracción adolescente. (Luis Eduardo Morás, 
Sandra Leopold Costábile, Carolina González Laurino, Martín Fernández Chiossoni, Da- 
niel Díaz Venegas, Laura López Gallego, Cecilia Montes Maldonado, Inés Dosil, Daniel 
Fessler y Raquel Galeotti) 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


157 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


158 


El proceso abreviado para adolescentes en conXlicto 
con la ley 


Adriana Vaselli' 


Las langostas cuando cambian su caparazón, pierden primero el viejo y que- 
dan sin defensa, por un tiempo hasta fabricar uno nuevo. Durante este tiempo 
están en peligro. Para los adolescentes viene a ser la misma cosa. 

Francoise Dolto? 


La adolescencia es una de las fases más complejas de la vida, una etapa de gran vulnera- 
bilidad donde dejamos de ser niños para convertirnos en adultos. Como plantea Francoise 
Dolto es como un “segundo nacimiento”, se convive día a día con cambios a nivel físico, 
cognitivo y emocional. 


La Organización Mundial de la Salud (OMS) define que “un adolescente no es ple- 
namente capaz de comprender conceptos complejos, ni de entender la relación entre una 
conducta y sus consecuencias, lo que conlleva a la asunción de conductas de alto riesgo.? 


Los científicos creen que la época que media entre los 10 y los 20 años puede ser clave 
para ejercitar el cerebro y que los adolescentes aprenden a poner en orden sus pensamien- 
tos, medir sus impulsos y pensar de forma abstracta.! 


La privación de libertad en esta etapa de la vida daña, deja una marca en esa identidad 
que se está formando. El encierro tiene un fuerte impacto negativo, difícil de revertir ya que 
trastoca el proceso vital de desarrollo. “el $1 % de los adolescentes privados de libertad per- 
manece dentro de la celda más de 18 horas diarias, y el 84 % más de 12 horas? “el 68 % de los 
adolescentes cree que cuando se está preso no se puede confiar en nadie, el 55 % entiende 
que estar preso saca lo peor de uno mismo”. 


Con la aprobación de la Ley de Urgente Consideración (N* 19.889) se instalan cam- 
bios a nivel de justicia penal juvenil que implican un gran retroceso, ya que privilegia la 
privación de libertad, entrando en contradicción con lo que se plantea en la jurisprudencia 


1 


Integrante de Servicio Paz y Justicia Uruguay (SERPAJ — Uruguay). 


2 Dolto Francoise, Dolto Toliche Catherine “ Palabras para adolescentes o el complejo de la langosta, pg 2, 


Editorial Atlántida, Buenos Aires 1995. 
2 https://www.who.int/maternal_child_adolescent/topics/adolescence/dev/es/ 
í  UNICEE Adolescencia una etapa fundamental, pg 8 a 10, febrero 2002. 

3 Instituto Académico de Educacion Social, Instituto de Psicología, Educación y Desarrollo Humano. Coor- 
dinadores RUIZ Mabela SILVA Diego” Te pesa la cana. Afectaciones subjetivas del encierro en la adolescen- 
cia.” pg 134, Isadora ediciones, 2019. 


6 Ibídem, pg 138. 


a nivel nacional e internacional: el Código de la niñez y la Adolescencia, la Convención de 
los Derechos del Niño y las Reglas Mínimas de la ONU para la protección de los adoles- 
centes privados de libertad. 


En el capítulo V de esta ley “Normas sobre menores privados de libertad” se limita el 
régimen de semilibertad (art. 75), se aumentan las penas llevando la mínima a dos años y 
la máxima a diez (art 76 y 77) y se conservan antecedentes para los casos de delitos graves 


(art 78). 


La eliminación de la suspensión condicional del proceso y la posibilidad de acuerdos 
reparatorios también significan un retroceso ya que elimina la posibilidad de una justicia 
restaurativa. Para los adolescentes es sumamente perjudicial ya que en los casos de delitos 
leves a través de un acuerdo se podía evitar la privación de libertad. 


Otra modificación en cuanto a penalidad juvenil de la Ley de Urgente Consideración 
es el artículo 28 que establece que el proceso abreviado será aplicable a los adolescentes 
cuando cometan infracciones a la ley penal, con excepción de las infracciones gravísimas. 


Proceso abreviado 


El proceso abreviado se incorpora como un mecanismo para la solución del conflicto 
penal distinto al proceso ordinario o juicio oral. Es un proceso que economiza recursos, 
resuelve en menor tiempo, evita el trámite recursivo, simplifica y es una negociación. Ne- 
gociación que no puede ser por debajo del mínimo de la pena establecida para el delito. De 
alguna manera hay una renuncia a principios fundamentales del sistema penal. 


Hay un acercamiento al sistema inquisitivo, si bien no es una confesión a través de la 
tortura, si hay una coacción hacia el imputado, se amenaza con una sanción más elevada a 
través de un proceso ordinario. 


“El carácter inquisitivo del “juicio abreviado” pone de manifiesto la intención de con- 
denar sobre la base de la confesión extraída coactivamente”.” 


“La “conformidad” con la pena por parte del acusado tras el acuerdo con quien detente 
la pretensión estatal remite a las prácticas persuasorias permitidas por el secreto en las rela- 
ciones desiguales propias de la inquisición”.* 


También cabe señalar que no estamos frente a una negociación entre pares, por un 
lado está el imputado y por el otro el Estado, con todo lo que implica simbólicamente, a lo 
que se suma que no se puede negociar más allá de un límite (pena mínima) y seguramente 
la consecuencia será la privación de libertad. 


7 BOVINO, Alberto. Procedimiento abreviado y juicio por jurados. In: MAIER, Julio B. J.; BOVINO, 
Alberto (Comps.) El procedimiento abreviado. Buenos Aires: Del Puerto, 2001, p. 74. 

£  FERRAJOLL Luigi. Derecho y razón. Madrid: Trotta, 1995 (trad. del original de 1989 Perfecto Andrés 
Ibáñez y otros), p. 748. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


159 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


160 


Proceso abreviado para adolescentes 


A todo lo expresado anteriormente sobre el proceso abreviado para adultos en el caso 
de los adolescentes se debe considerar la incompatibilidad con el principio de especialidad 
del derecho penal juvenil, basado en la protección especial, dadas las especificidades de esta 
etapa de la vida. 


Se está disminuyendo la protección a los adolescentes dado que no se está dando un 
trato judicial diferenciado, sino que se está utilizando el mismo mecanismo penal de las 
personas adultas. 


La privación de la libertad debe ser la última medida como lo señala La Convención 
sobre los derechos del niño establece en su artículo 37 .b) Ningún niño sea privado de su 
libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se 
llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso 
y durante el período más breve que proceda. 


¿Puede inculparse un adolescente? ¿Tiene la capacidad para asumir su propia respon- 
sabilidad penal? ¿Está en condiciones de negociar la pena que se le aplicará? 


¿Se está reconociendo la etapa de la vida que conforma la adolescencia? ¿Puede decla- 
rar contra sí mismo? 


El Código de la Niñez y la Adolescencia en el artículo 74 sobre el principio de inocen- 
cia establece que el niño/a adolescente “No será obligado a declarar contra sí mismo ni a 
declararse culpable”. 


Por otra parte el adolescente legalmente tiene capacidades disminuidas (derechos ciu- 
dadanos, laborales, sexuales y en materia de salud), a modo de ejemplo: no tiene derecho 
al voto y para tener un contrato de trabajo necesitan la autorización de sus padres. Sin 
embargo de acuerdo con el proceso abreviado se encuentra en condiciones de consentir su 
responsabilidad ante un posible delito, es un tanto contradictorio. 


En el proceso abreviado hay una renuncia a las garantías, se está negando la posibilidad 
de obtener una absolución en el juicio oral por falta de pruebas suficientes para acreditar el 
delito imputado. 


Estamos frente a una justicia negociada, el ofrecimiento de una atenuación en las pe- 
nas es una forma de coaccionar al adolescente para que acepte el delito imputado. El ado- 
lescente esta frente a un trámite administrativo, simplemente acuerda su responsabilidad 
penal, pero no cuenta con un espacio para reconocer y conectarse con la legalidad, desapa- 
rece el fin educativo que podría tener un debate oral, llevando a que sea incompatible con 
los principios rectores de la justicia juvenil. 


Los adolescentes que han pasado por el proceso abreviado, recientemente instaurado, 
en la mayoría de casos no saben que significa, que se les está hablando y terminan asumien- 


do el delito. 


A pocos meses de la implementación de la Ley de Urgente Consideración se ha incre- 
mentado el número de adolescentes privados de libertad de 266 pasaron a 315, debido por 
un lado a la suspensión condicional del proceso pero a su vez a través del proceso abreviado 
delitos como el robo de un paquete de galletas ha implicado tres meses de privación de 


libertad. 


Los delitos graves, como lo establece la Ley de Urgente consideración no entran dentro 
del proceso abreviado, sino los delitos leves que en su mayoría eran solucionados a través de 
acuerdos sin recurrir a la privación de libertad o en algunos casos a través de la semilibertad. 


Haciendo un estimativo en 2021 se estaría llegando a 700 adolescentes privados de 
libertad, el sistema va camino a saturarse, hay centros que actualmente están llegando al 
cupo de adolescentes que pueden alojar. 


Llegamos a la conclusión que el proceso abreviado para los adolescentes está enmarca- 
do en una visión punitivista, buscando el castigo y alejándose del principio que la privación 
de libertad debe aplicarse como última medida, acercando la justicia penal juvenil a la de 
adultos por lo tanto incompatible con el principio de especialidad derivado del derecho de 
los niños/as y adolescentes. 


Bibliografía 


ANITUA, Gabriel I. La importación de mecanismos consensuales del proceso estadunidense, en las reformas 
procesales latinoamericanas. Revista Brasileira de Direito Processual Penal, Porto Alegre, vol. 1, n. 1, p. 


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BELOFF Mari, FREEDMAN Diego, KIERSZENBAUM Mariano y Terragni Martiniano “La justicia juvenil 
y el juicio abreviado” 


BOVINO, Alberto; MAIER, Julio. El procedimiento abreviado. Buenos Aires: Del Puerto, 2001. 


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DOLTO Francoise, DOLTO TOLICHE Catherine “Palabras para adolescentes o el complejo de la langosta, 
Editorial Atlántida, Buenos Aires 1995 


FERRAJOLL Luigi. Derecho y razón. Madrid: Trotta, 1995 (trad. del original de 1989 Perfecto Andrés Ibá- 


ñez y otros). 


Ley de Urgente Consideración No. 19889 Disponible en: https: //legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/ 
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Organización Mundial de la Salud : Desarrollo en la adolescencia. Disponible https: //www.who.int/mater- 
nal_child_adolescent/topics/adolescense/dev/es 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


161 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


162 


MAIER, Julio B. J. ¿Es posible todavía la realización del proceso penal en el marco de un Estado de Derecho? 
Revista de Ciencias Jurídicas ¿Más Derecho? n* 1, Buenos Aires: Di Plácido, 2000. 


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Perspectivas fundamentales. https//www.poderjudicial.gub.uy/images/DD_HH_normas/Reglas ONU_ 


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RUIZ Mabela SILVA Diego (coordinadores) Instituto Académico de Educación Social, Instituto de Psicolo- 
gía, Educación y Desarrollo Humano. Coordinadores. Te pesa la cana. Afectaciones subjetivas del encie- 
rro en la adolescencia.” pg134, Isadora ediciones, 2019. 


UNICEF. Adolescencia una etapa fundamental. Disponible https: //www.unicef.org/pub_adolescence_sp.pdf 


CDNIJW 


A las autoridades de los organismos del sistema de 


13 de abril de 2020 


Justicia Penal Juvenil y opinión pública en general 


Por el siguiente comunicado y en relación al actual contexto de emergencia sanitaria 
ocasionada por el COVID-19, desde el Grupo de Trabajo de Justicia Penal Juvenil del Co- 
mité de los Derechos del Niño/a de Uruguay (CDNU) expresamos que: 





Reviste extrema gravedad la situación suscitada con las y los adolescentes privados de 
libertad. En particular, nos preocupa un hecho ocurrido en el Centro de Ingreso de Adoles- 
centes Mayores (CIAM), en el que el médico psiquiatra perteneciente a la institución fue 
diagnosticado positivo de COVID-19 habiendo asistido a dicho centro pocos días antes de 
su diagnóstico. Dicho profesional atiende también, en otros centros de privación de liber- 
tad. Es urgente y fundamental activar prontamente medidas de prevención que resguarden 
la salud física y mental de adolescentes, sus familias, y funcionarios de la institución que 
trabajan en atención directa. 


Destacamos, pese a esta situación, el esfuerzo y compromiso con el que funcionarias 
y funcionarios públicos y de la sociedad civil cumplen y asisten a sus labores, colaborando 
para paliar y superar este complejo contexto. 


Es especialmente preocupante la situación sanitaria y de garantías de derechos de las 
y los adolescentes que transitan por las distintas agencias del Sistema de Justicia Penal Ju- 
venil. Al respecto y frente a la emergencia, el CDNU exhorta a las autoridades del Poder 
Judicial y la Fiscalía General de la Nación, tener presente que la Convención de los Dere- 
chos del Niño de Naciones Unidas ratificada por Uruguay se pronuncia por la doctrina del 
derecho penal mínimo, que establece que la privación de libertad debe ser el último recurso 
y en su caso, por el menor tiempo posible. Las medidas no privativas deben ser la primera 
medida y la privación de libertad la excepción, por lo que se debe responder a la observancia 
estricta de lo establecido en la Convención. 


Al respecto, tanto el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Oficina 
del Alto Comisionado de dicho organismo, la Organización Mundial Contra la Tortura así 
como otras organizaciones internacionales, determinaron la necesidad de descongestionar 
los centros de detención, atendiendo especialmente la situación de los adolescentes que se 
encuentren privados de libertad por delitos que no sean extremadamente graves o cumplen 
con los requisitos para una sustitución de medida. En este sentido, se torna necesario hacer 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


163 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


164 


este llamado para dotar de mayores garantías y soluciones a la situación de excesivo encierro 
y exposición de las y los adolescentes privados de libertad y quienes transiten por el sistema. 


En cuanto a INISA y los centros de privación de libertad en su órbita, teniendo en 
cuenta las medidas ya dispuestas en marzo y la gravedad que la actual situación en rela- 
ción al profesional afectado, entiende fundamental tener en cuenta la observancia de los 
siguientes aspectos: 


il 


. Realizar de manera urgente el test del COVID-19 a todos los/as adolescentes, fun- 


cionarias y funcionarios que estuvieron en contacto con el psiquiatra de la institu- 
ción contagiado con el virus, a modo de prevenir y proteger a adolescentes, funcio- 
narios y sus familias que se encuentran en grave exposición. 


. Iniciarlas acciones administrativas y judiciales pertinentes, para promover en todos 


los casos que correspondan, la aplicación de medidas sustitutivas a la privación de 
la libertad*. En particular, se insta espacialmente, a revisar prontamente aquellas 
situaciones con medidas cautelares, disponiendo las medidas no privativas que co- 
rrespondan ante la emergencia. 


. Garantizar el acceso a productos de higiene a todas y todos los adolescentes priva- 


dos/as de libertad. Asegurar que se acceda a productos de primera necesidad para 
las tareas de higiene personal (como jabón y alcohol en gel), de higiene de los es- 
pacios (hipoclorito y demás productos de limpieza), garantizar el acceso al agua 
potable, así como extremar la higiene en los baños y duchas. 


. Garantizar una limpieza profunda y regular de los espacios comunes de los centros 


con los productos necesarios para la prevención de contagios. 


. Distribuir insumos para prevención, (tapabocas y guantes, entre otros instrumen- 


tos), tanto a los y las adolescentes, como a sus familias, funcionarios, funcionarias y 
toda persona que ingrese o circule por el centro. 


. Aumentar las horas de patio y estadía en espacios comunes (especialmente al aire 


libre), donde los adolescentes puedan acceder a actividades de recreación como te- 
levisión, juegos de mesa, libros, etc., tomando siempre las medidas de precaución 
sanitaria necesarias. 


. Prever la adecuación de un local para la cuarentena de aquellas situaciones que así lo 


ameriten, disponiendo de personal de salud capacitado a tal fin. 


. Garantizar la continuidad de actividades educativas y recreativas, siendo su acceso 


un derecho fundamental de los y las adolescentes recluidos. Las medidas socioedu- 
cativas privativas de libertad deben de tener un carácter educativo (Art.79 de la Ley 
No 17.823), entendiendo que las mismas deben garantizar el acceso a la educación. 
La situación de distanciamiento físico e interrupción de las clases en su modalidad 
presencial no debe ser impedimento para desarrollar actividades que permitan con- 


1 Enlínea con lo establecido por el CRC el 8 de abril de 2020 en su punto 8. Ver en: https: //bit.ly/2wFbRxY 


tinuar con el cumplimiento de las medidas socioeducativas establecidas y garantizar 
el derecho a la educación. 


9. En este sentido, es fundamental garantizar el acceso a notebooks para poder conti- 
nuar con las actividades educativas a través de Ceibal u otra plataforma digital, con 
disponibilidad para acceder a internet. 


10. Garantizar una comunicación regular y constante de los adolescentes con sus fami- 
lias, tal como establece especialmente el comunicado del CRC. En este sentido, se 
recomienda aumentar los minutos y la frecuencia de las llamadas de los/as adoles- 
centes a sus familias y amigos/as, abriendo el acceso a vías virtuales de comunicación, 
como las videollamadas, tomando las medidas necesarias para que sean efectivas. 


11. Fortalecer los espacios de diálogo entre los equipos técnicos y educadores con los/ 
as adolescentes con el fin de brindar información sólida y confiable acerca del CO- 
VID-19, así como reducir las ansiedades que el contexto actual puede generar. 


12. Realizar controles médicos periódicos a todos/as los/as adolescentes, con fines pre- 
ventivos y de seguimiento de su estado de salud. 


13. Generar protocolos de acción médica para casos sospechosos de COVID-19 


14. Reforzar la alimentación con una dieta que aporte los nutrientes necesarios para 
mantener fuertes las defensas naturales. 


Proponemos y promovemos en este sentido y deforma urgente la instalación de un es- 
pacio formal de diálogo y acuerdo entre autoridades de la institución, sindicato, Ministerio 
de Salud Pública, sindicatos de la salud, representantes de la sociedad civil y representantes 
de organismos internacionales en la materia, para el establecimiento de protocolos médicos 
de acción claros y transparentes frente a los casos de sospecha y situaciones de confirmación 


de COVID-19 dentro de cada centro. 


En la misma línea, invita a los mecanismos de prevención, monitoreo y denuncia, tan- 
to a nivel gubernamental como civil, a realizar un seguimiento y acompañamiento tenaz a 
la realidad de los y las adolescentes privados/as de libertad, sus familias, para la salvaguarda 
de todos los derechos que el Estado debe garantizar en este marco de emergencia sanitaria. 


Finalmente, encomendamos a todas las autoridades, funcionarios y población vincula- 
da al Sistema Penal Juvenil a seguir las recomendaciones que desde el Comité de Derechos 
del Niño de Naciones Unidas, la Organización Mundial Contra la Tortura, la Organiza- 
ción Mundial de la Salud, Unicef y otros organismos internacionales han realizado los últi- 
mos días, en relación a las medidas de precaución y acción frente a la sospecha o confirma- 


ción de casos de COVID-19. 


Quedamos a disposición de los organismos y agencias del Estado para aportar a la 
construcción de los protocolos y acciones que sea necesario implementar para garantizar el 
cumplimiento de los derechos en este contexto de crisis sanitaria. 


Comité de los Derechos del Niño - Uruguay 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


165 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


166 


Ley de urgente consideración y actividad de 
inteligencia de Estado 


Rodrigo Rey' 


Introducción 


Como consideración introductoria, la sanción de la Ley N* 19.696 debe leerse inte- 
gralmente con otros instrumentos recientemente incorporados al derecho positivo nacio- 
nal, tales como la Ley Integral Antiterrorismo N* 19.749 e incluso con la propia Ley N* 
19.574 que regula, también integralmente, la materia de lavado de activos. En segundo 
lugar, es primordial retener esta asociación dado que, como hemos adelantado, existe en el 
derecho comparado una estrecha relación entre inteligencia, investigación y los delitos de 
terrorismo y esas imbricaciones atraviesan el proceso de sanción de la Ley uruguaya?. 


Por su parte, la Ley N* 19.889 de (en adelante LUC) introdujo en su Sección Il algu- 
nas modificaciones orgánicas a la regulación de las atribuciones de la Secretaria de Inteli- 
gencia Estratégica de Estado (en adelante SIEE), que afianzan la concentración de facul- 
tades administrativas de este órgano. La LUC también prevé otras reformas al articulado 
de la Ley N* 19.696 que robustecen la opacidad en la gestión y acceso a los contenidos de 
inteligencia, inaugurando nuevas categorías de información vedadas a la ciudadanía. 


En esta breve contribución analizaremos el impacto de la LUC en la regulación de 
la actividad de inteligencia, y la decisión estratégica de presentar estas cuestiones como 
un problema escindido de las normas de seguridad pública (Sección 1: LUC). Esto pese 
a que el paradigma de inteligencia policial que impregna algunas disposiciones de la Ley 
N> 19.696, viene a cuestionar las garantías elementales del debido proceso y la protección 
constitucional de la intimidad. 


1 Abogado. Aspirante a Profesor Adscripto de Derecho Penal, Facultad de Derecho, UDELAR. 
2 Este punto fue objeto de discusión por el Senador Luis Alberto Heber: *. En el proyecto original del Poder 
Ejecutivo, el literal G) del artículo 11 —que refiere a los cometidos de la secretaría—, decía claramente: «Disponer la 
aplicación de medidas de inteligencia y contrainteligencia, con objeto de detectar y enfrentar las acciones de grupos 
terroristas, nacionales o internacionales, de organizaciones criminales transnacionales, así como de otras amenazas 
al Estado». 

Y esto fue modificado. La redacción actual de este literal dice: «Disponer la aplicación de medidas de inteli- 
gencia y contrainteligencia, con objeto de detectar y enfrentar las amenazas definidas por la Política de Defensa 
Nacional, así como otras amenazas al Estado» ”. Consultado el 17.10.2020: https: //legislativo.parlamento.gub. 
uy/temporales/A2014070023-006437425.pdf 


LUC y la profundización de las disposiciones vinculadas a la concentración de poder y 
la opacidad institucional 


Como primera consideración, ninguna de las modificaciones introducidas por la 
LUC implica una alteración estructural respecto al modelo de inteligencia que organiza 
la Ley No. 19.696. Por el contrario, los cambios son un tanto más sigilosos, remiten a la 

e ol a ] ] . : 
organización administrativa de los órganos del sistema y tienden a reforzar la concentra- 
ción de funciones de la SIEE, así como a fortalecer el carácter “secreto” de determinados 
contenidos de esa forma calificados por el propio sistema de inteligencia. 


Veamos detenidamente algunas de estas novedades legislativas. 


En primer término, el art. 118 de la LUC introduce una nueva redacción en el art. 8 
de la Ley 19.696, con una sutil modificación que sustituye la idea fuerza de “coordinación” 
de los componentes de inteligencia, por parte de la SIEE, en el concepto de “dirección 
técnica”, otorgando de esta forma un mayor énfasis a la concentración de facultades de di- 
cha secretaria. Esto implica un ejercicio más acentuado de la jerarquía sobre el resto de los 
órganos y dependencias que integran el mapa orgánico de inteligencia. 


Por su parte, el art. 119 de la LUC modifica el art. 10 de la Ley N* 19.696 e incorpora 
un mecanismo de subrogación específico para el Director de la SIEE. Este cambio habilita 
a la creación de la figura del Subdirector subrogante, que podrá ejercer funciones por un 
plazo máximo de ciento ochenta días (plazo que también, como veremos, fue ampliado 


por la LUC). 


En otro orden, el art. 120 de la LUC reforma el art. 11 de la Ley N* 19.696 en el alcan- 
ce y los cometidos de la SIEE. Por un lado, se registran algunas modificaciones que acom- 
pañan las líneas anteriormente comentadas, de actualización y reforzamiento de facultades. 
Por ejemplo, en materia de producción de normas de regulación interna (lit f), art. 11), que 
anteriormente se registraba con un signo no vinculante y de propositivo, y en la redacción 
de la LUC incluye la potestad de ejecutar de forma inconsulta esas modificaciones norma- 
tivas y procedimientos estandarizados. 


Por otro lado, también se formula una modificación al inciso final del art. 11, indi- 
cando que las solicitudes de información cursadas por la SIEE, a otras dependencias del 
Estado, no podrán ser denegadas bajo argumentos de secreto o reserva. Este punto cons- 
tituye, sin duda, la ampliación de una facultad que ya en la redacción original era proble- 
máticamente indeterminada y amplia, y que puede lesionar intereses constitucionalmente 
protegidos, en la medida en que ya no cabe la invocación de los límites otorgados por la 
protección penal, administrativa y constitucional del secreto, el honor, la intimidad, los 
datos confidencial, etcétera?. En cuanto a los mecanismos de designación de los jerarcas, 
el art. 121 de la LUC consolida, a través de la reforma del art. 12 de la Ley No. 19.696, la 


2 Laregulación parecería arrasar con aquellas bases de datos públicas cuyas hipótesis de acceso están taxativa- 


mente determinadas, por ejemplo, el caso de la Ley No. 19.484 (básicamente, de identificación de beneficiarios 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


167 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


168 


figura del Subdirector del SIEE y amplia los plazos de subrogación del Director de ciento 
veinte a ciento ochenta días. 


Es primordial enfatizar las reformas que los arts. 125 y 126 de la LUC reservan para la 
clasificación de la información y el acceso a los informes de inteligencia. En primer lugar, 
el art. 125 de la LUC abunda en una nueva ampliación de los materiales y contenidos que 
son considerados secretos, de acuerdo a la actividad de inteligencia del Estado, incluyendo 
una enumeración no taxativa de actos, documentos, registros o materiales de difusión que 
puedan “provocar daño a los acuerdos internacionales de cooperación en materia de inteligen- 
cia, a la independencia del Estado respecto de otros Estados u organismos internacionales y a 
las relaciones con estos”. 


La nueva redacción indica que la clasificación de estos materiales como secretos co- 
rresponde al Director de la SIEE, y solo se podrá obtener acceso a estos elementos a partir 
de una resolución explícita del Presidente de la República actuando en Consejo de Minis- 
tros. Esta ampliación de la redacción original del art. 29 de la Ley N* 19.696 acompaña la 
tendencia que hemos reiteradamente mencionado, sobre las modificaciones que actualizan 
las disposiciones y su alcance de aplicación, forzando un mayor grado de excepcionalidad 
para cualquier mecanismo de acceso ciudadano a estos contenidos. 


En segundo lugar, el art. 126 de la LUC imprime algunos cambios al controvertido 
art. 36 de la Ley N* 19.696, que regula el acceso a los informes de inteligencia, y en refe- 
rencia a la información calificada como confidencial por el art. 29 de la Ley N* 19.696. En 
palabras que intentarán ser más claras: la innovación legislativa consiste en establecer una 
suerte de punto ciego absoluto respecto a los informes “secretos” cuando tengan relación a 
los términos que transcribíamos anteriormente, a partir de la nueva redacción contenida en 
el art. 125 de la LUC. Esto implica que ni siquiera una orden judicial puede ser un mecanis- 
mo idóneo (aun en el interior de este art. 36, que como comentaremos brevemente, merece 
serios reparos) para acceder a estos informes especialmente calificados como secretos por la 
dirección jerárquica de la SIEE. 


En síntesis, aunque el conjunto de disposiciones examinadas son en apariencia literal- 
mente inocuas, constituyen puntos de apoyo para interpretaciones y reglamentaciones admi- 
nistrativas que refuerzan los sentidos y prácticas de concentración de facultades y opacidad 
institucional. En otros casos, estos cambios instalados por la LUC vienen a actualizar potesta- 
des y atribuciones que ya eran suficientemente cuestionables en la redacción original. 


finales de determinadas especies de personas jurídicas), que puede tener consecuencias en la producción de 
inteligencia económica y financiera. 

% Asimismo, la LUC también incorpora una nueva redacción para el art. 14 de la Ley 19.696, que refiere a 
las características del cargo del Director de la SIEE, y flexibiliza los requisitos de admisibilidad (posiblemente, 
una modificación a medida de algunos candidatos a ocupar dichos cargos), admitiendo la compatibilidad con 
la calidad docente en instituciones de enseñanza universitaria o de estudios superiores, de naturaleza pública y 


privada. 


Breves apuntes sobre los “procedimientos especiales” 


Si bien la LUC no ingresó en modificaciones procedimentales, y mantiene la cues- 
tionable redacción de la Ley N* 19.696 respecto a los procedimientos especiales de acceso 
a fuentes cerradas, es pertinente remarcar algunos comentarios críticos sobre el diseño de 
estos mecanismos. 


Los defensores de la distinción entre investigación criminal e inteligencia policial sos- 
tienen que es improcedente evaluar con el arsenal conceptual de la primera, el diseño y 
los límites que deben organizar a la segunda. Aun así, y estando estos asuntos ligados a la 
vulneración de derechos fundamentales, especialmente, a la protección de la intimidad y su 
posible impacto en el derecho de defensa, es imprescindible reflexionar sobre los impactos 
de la actividad de inteligencia en la propia instrucción criminal. Por tanto, es fundamental 
establecer una lectura integral que se proponga pensar los mecanismos regulados en los 
arts. 20 y 21 de la Ley N* 19.696 como disposiciones que contienen una auténtica norma 
intrusiva. No se deben generar confusiones a juicio de quienes han conceptuado exclu- 
yentemente la actividad de inteligencia a partir de la existencia de riesgos y necesidades 
soberanas estratégicas, con la delimitación de una hipótesis que guía a la instrucción y que 
implica la aplicación del principio de estricta legalidad en materia penal?. Los permisos 
introducidos por los arts. 20 y 21 de la Ley N* 19.696 deben ser leídos con críticamente a 
la luz de las tendencias de derecho comparado sobre la creciente influencia de la actividad 
de inteligencia en la investigación penal', 


Tampoco existe ningún límite temporal, que permita ejercer un control judicial efec- 
tivo sobre la ejecución de estos procedimientos de policía administrativa. Por ejemplo, el 
Código del Proceso Penal (“CPP”) dispone en el art 208.4, un plazo máximo de seis meses 
para las interceptaciones de comunicaciones. En el caso de la Ley argentina, N* 25.520 se 
regula en el art. 19 un plazo de sesenta días que caducara automáticamente, bajo la carga del 
órgano jerarca de inteligencia de volver a solicitar la prórroga de la medida. Por su parte, el 
art 28 de la Ley chilena prevé un plazo de noventa días y solo por mencionar algunas posi- 
bles alternativas para la regulación temporal del alcance de los procedimientos. 


3 Enel desarrollo efectuado sobre la epistemología garantista: “...el convencionalismo penal, tal y como resulta 
Pp ga g y 


del principio de estricta legalidad en la determinación abstracta de lo que es punible. Este principio exige dos con- 
diciones: el carácter formal o legal del criterio de definición de la desviación y el carácter empírico o fáctico de las 
hipótesis de desviación legalmente definida”. FERRAJOLL, Luigi: Derecho y razón. Teoría del garantismo penal. 
Editorial Trotta, Madrid, 1989, p. 34. 

£  Enrelación con la importancia creciente de los informes de inteligencia en los procesos penales en Europa: 
“In this context, intelligence information is gaining singular importance both in criminal procedure worldwide 
and in Spain. Law enforcement agents gather information within this preventive or proactive setting to produce 
intelligence reports; moreover, such practices are today described as building information positions, as part ofa new 
approach to intelligence referred to as Intelligence Led Policing (ILP). JIMENO BULNES, Mar: “M e use of 
intelligence information in criminal procedure: A challenge to defence rights in the European and the Spanish 
panorama”, New Journal of European Criminal Law, Vol. 8, 2017, vp. 174. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


169 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


170 


Algunas objeciones vigentes al texto actual en materia de producción y custodia de 
informes de inteligencia 


La discusión clásica sobre la legitimidad de las denominadas “técnicas especiales de 
investigación” giraba sobre la necesidad de establecer una justificación suficiente y un con- 
cepto preciso de “interés general”” que permitiera fundar la viabilidad de estos instrumen- 
tos, que de por sí, suponen, una vulneración al art. 28 de la Constitución de la República?. 
Estos esfuerzos dogmáticos partían de la construcción de un concepto de “norma intrusiva” 
que estaba directamente vinculado a los diagnósticos descriptivos de los fenómenos de cri- 
minalidad organizada. 


En efecto, los discursos abstractos asociados a la legitimación a priori de la actividad 
de inteligencia y la amplificación de poderes de estas agencias guardan serias similitudes 
estructurales con el discurso “especializado” que intentó formular una racionalización jurí- 
dica de las expresiones de poder de policía durante la dictadura cívico-militar en Uruguay. 
Estas construcciones remiten, por ejemplo, a un derecho subjetivo a la seguridad como en 
el caso de algunos trabajos específicos de Fernando Bayardo Bengoa, quién fuera Ministro 
de Justicia de la dictadura cívico-militar uruguaya”. 


Tampoco se registra en el texto una disposición que regule la trazabilidad de la infor- 
mación, y en todo caso, los arts. 125 y 126 de la LUC vienen a encastillar el carácter confi- 
dencial de los informes y las posibilidades de acceso. En el caso de la legislación argentina, 
se prevé en múltiples disposiciones la destrucción de la información inconducente con los 
fines del sistema de inteligencia, así como referencias específicas a prohibir la clasificación 


7 En este sentido, la literatura dogmática uruguaya ha vinculado la idea de interés general, como límite ma- 


terial, a la idea de razonabilidad: “La noción de interés general aparece claramente vinculada con el concepto de 
razonabilidad, en tanto la determinación del alcance de aquella noción y la verificación de si la ley cumple con 
dicha exigencia, deberá practicarse mediante un juicio de razonabilidad en sentido amplio”. RISSO FERRAND, 
Martin: Derecho Constitucional. “Tomo 1. Fundación de Cultura Universitaria, Montevideo, p. 2006. 

$ Estas discusiones son recurrentes en la literatura especializada, y generalmente se plantean en clave de pon- 
deración de valores o principios, en lugar de una reflexión estructural sobre el diseño de estas tecnologías de 
poder. Para un ejemplo, ver: “Por ello es importante confrontar ambos fenómenos —derecho a la intimidad y de- 
lincuencia organizada— para precisar sus alcances con claridad y determinar luego si existe un conflicto verdadera- 
mente irreconciliable o si ese tal conflicto es, en realidad, una falacia”. ADRIASOLA, Gabriel: “El debate entre la 
protección a la intimidad y el combate a la delincuencia organizada”. En: Crimen organizado y lavado de dinero 
en la nueva Ley no. 18.494. Carlos Álvarez Editor, Montevideo, 2010, p.23. 

? Estos discursos son similares a los argumentos esgrimidos por BAYARDO BENGOA en la defensa del art. 
3 del Acto Institucional No. V., y la conceptuación del “derecho a la seguridad interna” y su superposición estra- 
tégica con el concepto de “seguridad jurídica”, en palabras del autor: “La seguridad como dogma fundamental de 
la vida social y como supuesto radical de lo jurídico se ve integrado con estos conceptos: con el de seguridad jurídica, 
en el sentido de certeza sobre la licitud o ilicitud de las acciones y la previsibilidad de lo que acaecerá dentro de la 
disyuntiva de seguir o vulnerar una regla de derecho; y con el llamado derecho a la seguridad, que no es ni más ni 
menos que un derecho individual”. BAYARDO BENGOA, Fernando: Los derechos del hombre y la defensa de la 
nación, Ed. Amalio Fernández, Montevideo, 1977, pp. 23 y 24. 


de la información sobre propiedades como la raza, la fe religiosa, las acciones privadas, 
opiniones políticas, etcétera!”, 


Por último, es importante reservar algunas líneas para analizar la confusa referencia 
indicada en el. art. 36 de la Ley N* 19.696 sobre el valor inculpatorio de los informes de 
inteligencia. Este punto no debería estar en discusión, por todos los argumentos que hemos 
relevado y por la violación de los principios de producción de prueba, fundamentalmen- 
te, en relación con el principio de contradicción''. Esta mención parecería ser antinómica 
respecto a lo establecido en el inciso primero del referido artículo, en la medida que solo se 
podría acceder a los informes de inteligencia por orden judicial y “siempre que sea solici- 
tada por la defensa de un indagado, imputado o acusado”. Estos giros a las distintas etapas 
del proceso penal, circunstancia que arroja todavía más dudas sobre el alcance de la dispo- 
sición, y que también revelan fuertes inconsistencias, por ejemplo, con la propia definición 
de inteligencia policial y la prohibición de actividad represiva. 


Apuntes finales 


La pregunta central, más allá de la admisión de la constitucionalidad de la interven- 
ción de agencias sobre espacios de intimidad, y sin que exista un umbral de sospecha míi- 
nimo, reside justamente en qué tipo de controles deben imponerse a la actividad de pro- 
ducción de inteligencia sobre fuentes cerradas. Las interrogantes que se abren se desplazan 
hacia cuestionarnos qué tipo de límites deberían establecerse para esta actividad, y que clase 
de garantías son necesarias para asegurar la efectividad de esos límites!?, Precisamente, es 
fundamental reeditar la clásica discusión dogmática sobre el alcance del interés general en 
la limitación de los derechos fundamentales y la tutela de la privacidad, como punto de 
partida de un debate que necesariamente debe llegar a la caracterización de estos materia- 
les, y por qué no, al derecho de defensa y el debido proceso. Esto implica desde ya discutir 


10 Estas prohibiciones están detalladas en las modificaciones a la Ley No. 25.520 argentina, por parte de la 


Ley No. 27.126, con referencia al art. 16. 
11 La invocación al principio de contradicción es un eje transversal de la regulación del proceso acusatorio, y 
está explícitamente relevado en el CPP en el art. 268.2., para la materia probatoria: Resueltos los planteos en au- 
diencia, cada parte ofrecerá su prueba y formulará las observaciones que considere pertinentes respecto de la prueba 
de la parte contraria. El juez velará por un genuino contradictorio sobre estos puntos y rechazará la prueba cuando 
esta resulte inadmisible, impertinente, sobreabundante, dilatoria e ilegal”. 

2 Esta es una discusión que remite a tópicos clásicos de la filosofía política y la reflexión sobre la ingeniería 
institucional del Estado de Derecho: “De donde la pregunta clásica de la filosofía política: quis custo-dietcustodes? 
Como buen demócrata, Bentham dio su respuesta: el edificio habrá de ser sometido a continuas inspecciones no solo 
por parte de los inspectores oficiales sino también del público. Con esta respuesta Bentham anticipaba de algún modo 
el actualisimo problema del derecho de los ciudadanos al acceso a la información, que es una de las modalidades 
del derecho, que un estado democrático reconoce solo a esos ciudadanos, considerados en tanto individuos o en tanto 
«pueblo», de vigilar a quienes vigila”. BOBBIO, Norberto: Democracia y secreto. Ed. Fondo de Cultura Econó- 


mica, México, 2013, pp. 6 y 7. 


SEGURIDAD DEMORÁCTICA Y DERECHOS HUMANOS 


171 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


172 


preventivamente su admisibilidad, y el eventual carácter de prueba pericial, testifical o de 
prueba por informe. 


Es importante apuntar que la Ley N* 19.696 no ha sido a la fecha reglamentada, y las 
modificaciones introducidas por la LUC solo tienden a reforzar el paradigma de concen- 
tración de poderes y escasez de controles ciudadanos sobre la actividad de inteligencia. Esta 
actualización de los vectores más cuestionables de la Ley N* 19.696 se refleja en la amplia- 
ción de algunas facultades de dirección y organización de la SIEE, así como el aumento de 
las facultades administrativas de solicitud de información a otras dependencias estatales, 
sin que medie ningún tipo de obstáculo de garantías o protección de información confi- 
dencial. Sin dudas, esas referencias, así entendidas, no respetan el principio de intervención 
legalizada en materia de intrusiones a la esfera de intimidad y de la propia protección cons- 
titucional de las esferas de intimidad de las personas. 


Por último, y si bien no ha sido objeto de esta contribución, la LUC incorpora una 
reforma estructuralmente regresiva en términos de garantías y derechos (concentrada, 
aunque no exclusivamente, en la Sección 1, en materia de seguridad ciudadana), frente al 
ejercicio de la violencia organizada del Estado, y como podía preverse, la regulación de la 
actividad de inteligencia no es una excepción a esta tónica. En efecto, parte de lo que se 
ha intentado transmitir en este espacio es la crítica a aquellas justificaciones que disocian 
la función policial estrictamente represiva, de la tarea de inteligencia, en la medida en que 
este discurso es utilizado para relajar las exigencias procesales y los contralores de la SIEE. 


Derechos 
econÓmICOS, 


sociales y culturales 





Una nueva derecha con apoyo “popular”' 


Raúl Zibechi 


En América Latina está surgiendo una derecha de nuevo tipo, diferente a la que co- 
nocimos en la década de 1960. El epicentro de esta derecha es Brasil, pero se expresa con 
diversas intensidades en casi todos los países. Uno de los rasgos más desconcertantes es 
que presenta una nueva e inédita base social, por lo que no debería ser analizada con los 
parámetros que caracterizaron a las viejas derechas. Se trata de rehuir los juicios simplistas 
y entender las características que las diferencian de sus predecesoras. 


Estas nuevas derechas se referencian en Washington, pero es de poca utilidad pensar 
que actúan de modo mecánico, siguiendo las órdenes emanadas de un centro imperial. Las 
derechas regionales, sobre todo las de los grandes países, tienen cierta autonomía en la de- 
fensa de intereses propios, sobre todo aquellas que se apoyan en un empresariado local más 
o menos desarrollado. 


Ante el desconcierto que generan los amplios apoyos de masas que consiguen, algunos 
analistas sostienen que se trata de “la emergencia de una nueva derecha, que es democrática, 
pos-neoliberal e incluso está dispuesta a exhibir una novedosa cara social”? Los dos prime- 
ros rasgos suenan discutibles. Sin embargo, es evidente que la nueva derecha presenta una 
cara social que marca “un contraste con la mucho más ideológica derecha clásica”, como 
destaca el citado artículo de José Natanson. Debemos indagar las razones por las cuales esta 
derecha ha conseguido amplio apoyo de masas, que incluye no sólo a las clases medias sino 
también a una parte de los sectores populares. 


Mauricio Macri es bien distinto de Carlos Menem. Éste introdujo el neoliberalismo 
pero era hijo de la vieja clase política. Macri es hijo del modelo neoliberal y se comporta 
según el modo empresarial, defiende la acumulación por desposesión y el sistema finan- 
ciero, de forma abierta y transparente, y defiende sus decisiones apoyado en las técnicas 
del marketing. Los despidos masivos de funcionarios públicos cuando era presidente, por 
ejemplo, se apoyan en la firme creencia de las clases medias de que los trabajadores estatales 
son “privilegiados” que cobran sin trabajar. 


El cambio mayor se relaciona con los sectores medios, base social mayoritaria de las 
nuevas derechas. Son muy diferentes de las que fueron hegemónicas en los años 60. Ya no 
se referencian en las camadas de profesionales que se formaron en universidades estatales, 


1 Este trabajo reproduce algunas partes de mi libro “Nuevas derechas. Nuevas resistencias”, publicado por 


Quimantú (Chile), Desdeabajo (Colombia) y Bajo Tierra (México) en 2019. 


2 José Natanson“La nueva derecha en América Latina”, en Le Monde Diplomatique N* 185, Buenos Aires, 


noviembre 2014. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


195 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


176 


que leían libros y seguían estudiando cuando finalizaban sus carreras, aspiraban a trabajar 
por sueldos medianos en reparticiones estatales y se socializaban en los espacios públicos 
donde confluían con los sectores populares. Las nuevas clases medias se espejan en los ricos, 
aspiran a vivir en barrios privados, lejos de las clases populares y del entramado urbano, son 
profundamente consumistas y recelan del pensamiento libre*. 


Si una década atrás una parte de las clases medias argentinas golpearon cacerolas con- 
tra el “corralito” instalado por el ministro de Economía, Domingo Cavallo, y en ocasiones 
confluyeron con los desocupados (“piquete y cacerola la lucha es una sola”, era el lema de 
2001), ahora les preocupa la propiedad y la seguridad, y creen que la libertad consiste en 
comprar dólares y vacacionar en hoteles de cinco estrellas. 


Estas clases medias (y una parte de los sectores populares) están modeladas cultural- 
mente por el extractivismo: por los valores consumistas que promueve el capital financiero, 
tan alejados de los valores del trabajo, el ahorro y el esfuerzo que promovía la sociedad in- 
dustrial hace apenas cuatro décadas. Por eso los defensores a ultranza del modelo neoliberal 
consiguen un piso de apoyos en torno al 35-40% del electorado, como muestran todos los 
procesos de la región. 


La nueva derecha en Brasil 


Ironía de la vida, las jornadas de junio de 2013 en Brasil, pueden ser consideradas 
como la carta de nacimiento de las nuevas derechas. Durante todo el mes unas 20 millones 
de personas se manifestaron en 353 ciudades. El movimiento comenzó en rechazo al au- 
mento del precio del transporte urbano en las grandes ciudades, luego contra la represión 
de la Policía Militar que atacó a los manifestantes; cuando el movimiento se masificó, a 
mediados del mes, grandes grupos de activistas portando banderas de Brasil desplazaron a 
los militantes de movimientos sociales y de la izquierda”. 


Para comprender cómo se fue gestando esta nueva derecha en su principal laboratorio 
regional, es necesario repasar brevemente los pasos que condujeron a la crisis de los gobier- 
nos del Partido de los Trabajadores (PT). A mi modo de ver, convergen cinco factores que 
explican los cambios en el país y en la opinión pública brasileña. 


El primero puede resumirse en el cambio del ciclo económico y el agotamiento del 
modelo de desarrollo implementado por el PT desde su arribo al gobierno en 2003. Du- 
rante una década se combinaron un fuerte crecimiento de las exportaciones de commodities 
(sobre todo soja y mineral de hierro) con una ampliación del mercado interno (por las 
políticas sociales y el crecimiento del salario mínimo,) que generaron un ciclo virtuoso por 
el que tanto ricos como pobres se vieron beneficiados. 


3 Celi Scalon y André Salata “Uma Nova Classe Média no Brasil da última Década?”, Revista Sociedade e 
Estado - Volume 27 Número 2-Maio/Agosto, 2012, pp. 387-407. 
4 — Raúl Zibechi “Debajo y detrás de las grandes movilizaciones” en Osal N* 34, noviembre, 2013, pp. 15-34. 


Los elevados precios de los productos exportados a los países emergentes, sobre todo 
a China, generaron superávit comerciales que lubricaron el crecimiento de la producción y 
del consumo interno. Más de 40 millones de personas salieron de la pobreza y se incorpo- 
raron a la sociedad como nuevos consumidores, ampliando como nunca antes el mercado 
interno y, en paralelo, las ganancias de los empresarios. Las empresas exportadoras y las vol- 
cadas al mercado interno, se vieron tan beneficiadas como las constructoras, por las grandes 
obras de infraestructura impulsadas por los gobiernos del PT. 


La segunda cuestión es el ajuste fiscal que impone el segundo gobierno de Dilma 
RousseXl. El cambio de ciclo económico comenzado con la crisis de 2008, pero profundi- 
zado con la caída de los precios de las commodities a partir de 2014, el enfriamiento de las 
economías emergentes y una creciente ofensiva del capital financiero, cortaron aquel ciclo 
virtuoso por el que todos ganaban. El apoyo empresarial a los gobiernos petistas se trasmu- 
tó en distancia, primero, y hostigamiento después. 


Aparecieron déficits comerciales y fiscales, que se pretendieron solventar con un duro 
ajuste encargado a un ministro de Economía reclutado en lo más granado del mundo finan- 
ciero. Después de doce años de gobierno, el PT implementó un ajuste neoliberal de la mano 
de un ministro con una trayectoria diferente a la de sus precedesores. 


El tercer problema es la corrupción. Según las investigaciones del Ministerio Público 
en la estatal Petrobras fueron desviados alrededor de 5 mil millones de dólares en diez años, 
siempre bajo las gestiones del PT (2003-2016) que nombró a los presidentes de la empresa 
petrolera. Del esquema de corrupción se beneficiaron varios partidos, incluido el de Lula, 
y varias empresas, muy en particular las grandes constructoras privadas que tienen millona- 
rios contratos con Petrobras. 


La prisión de Marcelo Odebrecht, presidente de la mayor constructora brasileña y una 
de las mayores del mundo, fue un golpe durísimo para el PT, ya que durante años fue una de 
las principales financiadoras de sus campañas presidenciales, junto a las demás constructo- 
ras (Andrade Gutiérrez, Camargo Correa, OAS, Mendes Junior), que también tienen altos 
ejecutivos en prisión. Ellas fueron la base empresarial del proyecto armado por Lula. Ade- 
más, Odebrecht forma parte del selecto grupo que integra el complejo industrial-militar 
impulsado por el PT. Las constructoras, la propia Petrobras, la minera Vale, las cárnicas y 
las siderúrgicas son el corazón del proyecto de desarrollo de Brasil como nación indepen- 
diente?. 


El cuarto factor que modificó la situación de Brasil, y el más decisivo, fue la imponente 
reactivación de la protesta social desde junio de 2013. La irrupción masiva de millones de 
jóvenes reclamando mejores servicios (sobre todo un transporte de calidad y con precios 
razonables) provocó un hondo viraje en la sensibilidad de la sociedad. Reclamaban contra 


3 Raúl Zibechi “Brasil potencia. Entre la integración regional y un nuevo imperialismo”, Bogotá, Desdeaba- 


jo, 2012. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


177 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


178 


la desigualdad, evidente en unos servicios públicos de pésima calidad como la sanidad, el 
transporte y la educación. También protestaban contra las faraónicas obras para el Mundial 
de 2014 y los Juegos Olímpicos de 2016 en Rio de Janeiro, construidas por las mismas em- 
presas que ahora tienen a sus gerentes presos!, 


Este fue el aspecto central de la crisis del PT y de su gobierno. El llamado “consenso 
lulista” (o lulismo a secas) se asentaba en la paz entre clases en uno de los países más des- 
iguales y violentos del mundo. Semejante “milagro” fue posible durante el crecimiento de 
la economía que permitió mejorar la vida de los más pobres sin tocar los privilegios, o sea 
sin realizar reformas estructurales, como las reformas agraria y tributaria. Pero la respuesta 
fue represión policial y ajuste fiscal. 


Por último, debe destacarse la parálisis de la izquierda, de sus intelectuales y dirigentes. 
Todo el discurso de los dirigentes e intelectuales del PT se limitó a culpar a los grandes me- 
dios y a la derecha de estar gestando un golpe contra el gobierno y de ser los responsables 
del desprestigio del PT”. Revelan falta de imaginación, al acusar a quienes protestan de 
hacerle el juego a la derecha; y doble discurso, al no hablar de la corrupción que es una de 
las razones del rechazo de la población al gobierno. 


Estamos ante un fin de ciclo con millones de personas en las calles. La hegemonía en 
las calles brasileñas pasó a la derecha, por primera vez en 50 años. Poco antes del golpe de 
Estado de marzo de 1964, la derecha protagonizaba grandes manifestaciones contra el pre- 
sidente progresista Joo Goulart, como la “Marcha de la Familia con Dios por la Libertad” 
en Sáo Paulo que congregó cerca de 300 mil personas. 


Es un error pensar que los manifestantes de esta nueva derecha actúan digitados por los 
medios, como si fueran autómatas. Lo que no quiere decir que los medios estén al margen 
de la actual coyuntura brasileña y regional. Es una derecha militante, que tiene estrategia 
y organizaciones propias, laica, politizada, formada en universidades privadas y públicas. 
El vacío político generado por la institucionalización de los movimientos comenzó a ser 
ocupado por una nueva derecha militante, con un potente discurso político, con organi- 
zaciones de base, con espacios de formación de sus militantes y capaz de realizar acciones 
audaces, aún con pocos participantes como hizo siempre la izquierda. 


Entre 2007 y 2013, la nueva derecha creció en los centros de estudiantes de universida- 
des públicas que eran bastiones de la izquierda. Uno delos casos más significativos sucedió 


en la Universidad Nacional de Brasilia (UNB). 


En 2009 se creó el grupo Alianza por la Libertad, autodefinido como “liberal”, que 
ganó la dirección del centro de estudiantes en 2011 con el 22% de los votos, ante la frag- 
mentación de las izquierdas. Fue reelecto por cuarta vez en 2015, con el 60% de los votos, 


6 Raúl Zibechi “Debajo y detrás de las grandes movilizaciones”, en Osal N? 34, noviembre, 2013, pp. 15-34. 


Emir Sader “Las autocriticas de la izquierda”, en https://blogs.publico.es/emir-sader/2018/08/30/las- 
autocriticas-de-la-izquierda/, 2018. 


Z 


desplazando a las agrupaciones del movimiento estudiantil. La UNB había protagonizado 
luchas muy importantes como la ocupación de la rectoría en 2008, exigiendo la renuncia 
del rector denunciado por corrupción. 


Alianza por la Libertad, vinculada al grupo Estudiantes por la Libertad (financiado 
por fundaciones neoliberales y anticomunistas de Estados Unidos) y al Instituto Liberal, se 
concentró en temas cotidianos de los estudiantes, como la limpieza de los baños y la segu- 
ridad en el campus. Mientras el movimiento estudiantil planteaba sus demandas en térmi- 
nos generales y con un discurso muy ideologizado, la derecha buscaba soluciones concretas 
muy elementales. Sus principales apoyos estaban en las facultades de ingeniería, derecho y 
economía. 


En esos años la derecha ganó otras universidades estatales como Minas Gerais y Rio 
Grande do Sul, y creció en otras, siempre rechazando la política partidaria, acusando a los 
militantes de izquierda de buscar cargos de confianza. Sus cuadros se formaban en institu- 
tos y organizaban agrupaciones de nuevo tipo. 


En paralelo, se expandieron las marchas contra la corrupción. En 2011 hubo marchas 
en 25 ciudades, siendo la de Brasilia la más numerosa con 20 mil personas con el apoyo de la 
OAB. Los manifestantes llevaban banderas brasileñas y cantaron el himno nacional, lo que 
indica que un movimiento legítimo fue cooptado por la derecha más militante. 


La hipótesis es que antes de la explosión de junio de 2013 la nueva derecha ya era una 
fuerza social y tenía experiencia en la conducción de masas, justo cuando la militancia de 
izquierda abandonaba la calle y se volcaba hacia el Estado. La nueva derecha creó una cul- 
tura de protesta en la calle, lo que le permitió reconducir las marchas hacia sus objetivos. 
Sobre la base de esas experiencias, en 2014 nacen los grupos que convocaron millones de 
manifestantes para promover la destitución de la presidenta Dilma RousseX: Movimento 
Brasil Livre, Vem Pra Rua y Revoltados On Line. 


¿Porqué las izquierdas no han sido capaces de entender este avance de una nueva dere- 
cha y todo lo atribuyen a los medios? Una respuesta, provisoria, es que no se comprende la 
realidad desde las instituciones sino desde la calle. La página anarquista radical passapala- 
vra.info fue la primera en advertir lo que se venía, la misma noche del 20 de junio, al igual 
que ex miembros del MPL, como el antropólogo Paíque Duques Santarém y el filósofo 
Pablo Ortellado. Esta nueva derecha no puede combatirse con argumentos ideológicos, 
sino en la disputa viva de la vida cotidiana. 


La Escuela Sin Partido: propuesta educativa de la nueva derecha 


En el terreno de la educación es donde la nueva derecha ha conseguido un mayor arrai- 
go, tanto en la opinión pública como entre los sectores más activos de sus bases sociales. Se 
propone romper con los anteriores compromisos, entre ellos la laicidad y la libertad de cáte- 
dra, para adecuar el sistema educativo al período de confrontación contra las izquierdas. Su 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


179 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


180 


principal objetivo a corto plazo consiste en retomar el control del conjunto del sistema edu- 
cativo, desde los ministerios hasta el aula, consolidando una educación anti-emancipatoria, 
donde el control de la población es el objetivo casi excluyente. 


Hace doce años nació en Brasil la ONG Escuela Sin Partido, muy activa en las redes 
sociales y los grandes medios, articulada con diputados y concejales de los más diversos 
partidos para hacer aprobar sus propuestas. En su página web (http://escolasempartido. 
org/) se puede acceder al programa de seis puntos titulado “Deberes de los profesores”, 
donde se destaca que el profesor no promoverá en el aula sus propias ideas, ni perjudicará 
a los alumnos que profesen ideas diferentes, ni hará propaganda político-partidaria y se 
limitará a exponer de forma neutra el programa, mientras otorga a los padres la elección de 
la “educación moral” que quieren para sus hijos. 


Algunos “principios” de Escuela Sin Partido parecen compartibles. Sin embargo, con- 
llevan objetivos que nos hacen retroceder más de un siglo. Por un lado, disocia entre el acto 
de educar y el de instruir. Para ellos la educación es responsabilidad de la familia y la iglesia, 
mientras los profesores deben limitarse a instruir, o sea a trasmitir conocimiento como si 
éste fuera neutro, a-histórico, descontextualizado. 


La segunda es lo que consideran como “adoctrinamiento” en el aula. Hablar sobre 
feminismo, homofobia o derechos reproductivos, por ejemplo, sería tanto como imponer 
una “ideología de género” en las escuelas. Todo lo que sea desviarse de la asignatura se consi- 
dera “adoctrinamiento, situación que en los proyectos de ley que ha presentado Escuela Sin 
Partido en varios municipios y en parlamentos de los estados, sería tipificado como “crimen 
de acoso ideológico” y “abuso de autoridad”, punibles con cárcel y penas agravadas. 


En el apartado “capturando al adoctrinador”, aparece una larga lista de situaciones 
comunes en las aulas, como “difamar personalidades históricas, políticas o religiosas”, entre 
muchas otras. El docente debería mencionar a Hitler, Pinochet o Mussolini sin más, como 
a cualquier otra personalidad sin establecer diferencias, dejando a los padres la exclusividad 
de opinar. Lo mismo respecto a los genocidios y los femicidios, porque está rigurosamente 
prohibido mentar valores. Consideran que los debates sobre diversidad sexual, contempla- 
dos en las curriculas de muchos países, serían en este caso “inconstitucionales”. 


Una de las prácticas más graves promovidas por Escuela Sin Partido es el espionaje de 
la práctica docente para luego denunciarla. Bajo el epígrafe “Planifique su denuncia”, pide a 
los alumnos y a sus padres que anoten cuidadosamente o filmen los momentos en los cuales 
el docente estaría “adoctrinando” a los alumnos. Promueven actitudes que llevan a los jóve- 
nes a convertirse en policías de los docentes. 


Uno de los objetivos centrales de la nueva derecha en el terreno educativo, es la des- 
calificación de los docentes que serían culpables de todos los males de la educación, desde 
el fracaso escolar hasta la baja calidad de la enseñanza. De ese modo consiguen desviar la 
atención de los problemas estructurales en la educación, focalizando sólo las consecuencias 


y ocultando sus causas. El profesor siempre es sospechoso de izquierdismo. En paralelo, 
consideran que los alumnos no tienen capacidad para formar sus propias convicciones y 
que deben estar sujetos a la autoridad paterna, eclesial o docente. 


Como era de esperar, los profesores vienen reaccionando con campañas de denuncia 
del proyecto, que fue aprobado en el estado de Alagoas y será debatido en otros. Pero no 
debemos olvidar que lo que se proponen en esta coyuntura, no sólo en Brasil, es frenar en 
seco al creciente movimiento estudiantil, en particular a los estudiantes de secundaria que 
son los menos susceptibles de ser cooptados por las instituciones estatales y de la izquierda 
tradicional. 


Buena parte de los objetivos que se propone Escuela Sin Partido en Brasil, parecen 
utopías de orden que cuentan con escasos apoyos en la sociedad. Sin embargo, cuando 
las crisis políticas y sociales se profundizan, aparecen potentes bifurcaciones; la derecha 
se quita el velo para mostrarse como lo que es: el partido del orden, dispuesto a pasar por 
encima de todo. 


El recorrido del nacimiento y desarrollo de la nueva derecha brasileña tiene sus par- 
ticularidades pero también similitudes que comparte con otras derechas del continente. 
Entre ellas, abordaré el creciente rechazo al feminismo y el papel de las iglesias evangélicas 
y pentecostales. 


Los impulsos machistas 


Dos antropólogas sociales de Porto Alegre realizaron una investigación cualitativa con 
jóvenes en una favela de la periferia de la ciudad, durante casi una década. El trabajo de 
Rosana Pinheiro-Machado y Lucia Mury Scalco en el Morro da Cruz, donde las políticas 
sociales del Partido de los Trabajadores venían impactado desde la experiencia del presu- 
puesto participativo, puesta en marcha por la administración de Olivia Dutra en 1990, es 
una de las fuentes más ricas para comprender el giro ultraderechista de la sociedad. 


Para las antropólogas, se registró un proceso extenso en el tiempo de “politización po- 
pular, a través de los movimientos sociales o del presupuesto participativo”, que desembocó 
en la política lulista de “fortalecimiento del Estado-gestor, la gradual desmovilización de 
las bases y la adopción de políticas de transferencia de renta a través del programa Bolsa 
Familia”*, 


En paralelo, la inclusión financiera focalizada en los individuos acarreó lo que la et- 
nografía denomina como “debilitamiento democrático”. La potenciación del consumo de 
masas, sello de identidad de los progresismos, en sociedades profundamente desiguales, fue 
$ — Rosana Pinheiro-Machado y Lucua Mury Scalco “Da esperanca ao ódio: Juventude, política e pobreza 
do lulismo ao bolsonarismo”, en revista IHU, Sáo Leopoldo, 4 de octubre en http://www.ihu.unisinos.br/78- 


noticias/583354-da-esperanca-ao-odio-juventude-politica-e-pobreza-do-lulismo-ao-bolsonarismo, 2018 


(consulta, 28/07/2019). 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


181 


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el modo como los sectores populares delinearon sus modos de insubordinación, celebra- 
dos por esos gobiernos. Recordemos que en Brasil, entre 2003 y 2011, unas 40 millones 
de personas salieron de la pobreza para integrarse a las “clases medias” (medidas sólo por 
los ingresos). Esa integración a través del consumo representó, para los subalternos, que 
la invisibilidad y las humillaciones “se trasmutaban en orgullo y autoestima tanto a nivel 
individual, como de clase”. 


Cambio social y cultural que se obtenía sin lucha ni organización, gracias a las políti- 
cas de los gobiernos, con un resultado casi obvio de creciente despolitización'”. Cuando la 
coyuntura económica expansiva se tornó recesiva, el suelo estaba alfombrado para un viraje 
de los “incluidos a través del consumo”, ahora excluidos y endeudados, hacia la derecha, 
ya que culparon a los gobiernos progresistas (en particular al de RousseX ) de su retroceso 
económico y social. Sin embargo, lo anterior no alcanza para explicar el giro antifeminis- 
ta de una parte considerable de los sectores populares, integrados en su inmensa mayoría 
por jóvenes negros que alcanzaban, por vez primera, no sólo a ingresar en los templos del 
consumo (como los shoppings y los aeropuertos) sino a la educación secundaria y terciaria. 


Aquí es necesario ajustar la mirada. Las antropólogas enfatizan que los programas so- 
ciales, como Bolsa Familia, “al traspasar el beneficio directamente a las mujeres, contribuyó 
a empoderarlas”, ya que la narrativa del éxito personal y familiar fue en gran medida un 
relato femenino, de modo que “la posesión de bienes pasó a ser un fenómeno fundamen- 
talmente político”! 


Hacia 2016, ya en plena crisis, comenzaron la segunda ronda del trabajo etnográfico 
en el Morro da Cruz, cuando las calles estaban siendo ocupadas por la extrema derecha y 
se acercaba la destitución de RousseXl por el parlamento. Una primera observación desta- 
ca que mientras los jóvenes veneraban las marcas preferidas y hacían performances en los 
shoppings, ignoraban por completo, o despreciaban como “cosa de vagabundos”, la oleada 
de ocupaciones de los colegios secundarios. 


El dato no es menor, porque en dos oleadas, en 2015 y 2016, hubo unos 2.100 colegios 
ocupados. Sólo en el estado de Paraná fueron ocupados 850 centros, contra la reforma edu- 
cativa y el congelamiento del gasto público por 20 años decidido por el gobierno de Michel 
Temer*?. La magnitud de las ocupaciones no podía pasar desapercibida, en particular para 
los jóvenes. Sin embargo, siendo determinante el papel de los mujeres en el movimiento de 
ocupaciones, el rehuir la mención o hacerlo de forma despectiva representaba una actitud 
militante contra ellas. 


2 Tbid. 
10 


Decio Machado y Raúl Zibechi “Cambiar el mundo desde arriba. Los límites del progresismo”, Málaga, 
Zambra/Baladre, 2017. 


11 Pinheiro y Scalco, ob cit. 
Eliane Brum “Ana Júlia e a palavra encarnada” El País, 31 de octubre 2016, en https: //brasil.elpais.com/ 


brasil/2016/10/31/opinion/1477922328_080168.html, (consulta 30/07/2019). 


12 


El trabajo de la cientista social Paula Alegria en las ocupaciones en Sáo Paulo, le permi- 
tió comprender la amplitud de “la onda cuestionadora de las sexualidades y de los binaris- 
mos de género que perturba el “orden interno” de los colegios, desde antes de las primeras 
ocupaciones”*. El empoderamiento de las estudiantes era evidente en “los discursos infla- 
mados que invaden los corredores en la cotidianeidad escolar”, mientras fuera de los centros 
crecía un discurso conservador que las tacha de “feminazis” y demoniza la “ideología de 
género”. 


En mayo de 2016, en plena ofensiva derechista que culminó tres meses después con la 
destitución de RousseX, una concentración estudiantil coreaba: “Quando uma mina fala, 
todo o mundo cala a boca e escuta!!”', Intervenciones que hablan de la potencia de las 
mujeres jóvenes, en el movimiento y en la vida cotidiana, que dentro de las ocupaciones se 
manifestaba en pintadas o intervenciones donde se expresaba: “Aqui náo tem mina frágil, 
náo, aqui tem mina de luta”**. En ese proceso, ellas toman la palabra para denunciar abusos 
y violencias que antes no habían podido articular; pero también se hacen escuchar a la 
hora de analizar la situación que vive la enseñanza, siendo las voces más potentes en las 
asambleas. 


Debe tenerse en cuenta que estamos hablando de mujeres jóvenes, pobres y de clase 
media, que son las que frecuentan los colegios públicos, que viven en barrios populares y fa- 
velas, negras y mestizas en su mayoría. En las ocupaciones y en las manifestaciones se visibi- 
lizan también las personas LGBT, que antes no lo hacían, ya que el clima de confianza y las 
multitudes les abrieron la posibilidad de afirmar sus identidades. Pero en las ocupaciones 
también se observan tensiones entre “continuidades y desestabilizaciones” en la división de 
género en las tareas de cocina, comida, limpieza, seguridad, y en pensar las asambleas y las 
acciones directas!', 


Toda acción conlleva reacción. La desestabilización de los roles tradicionales y el em- 
poderamiento de las mujeres jóvenes tuvieron su contrapartida en la favela. En 2016, las 
antropólogas detectan que un tercio de los alumnos secundarios de Morro da Cruz simpa- 
tizaban ya con Bolsonaro y en 2017, “era raro conocer un joven que no fuese admirador o 
que no pensara en votarlo como candidato, lo que se convirtió en un fenómeno, un símbolo 
totémico de identificación juvenil masculina similar al papel que Nike o Adidas, por ejem- 
plo, desempeñaban en tiempos de crecimiento económico y de la apología gubernamental 
del consumo””. 


1 Paula Alegria “Lute como una mina. Género, sexualidade e práticas políticas em ocupacóes de escolas pú- 


blicas”, 13th Women's Worlds Congress, Florianópolis, 2017. 
14 Tbid. 

15 Tbid, p. 6. 

1 Ibid, p. 8. 


Pinheiro y Scalco, ob cit. 


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Además de la crisis económica y el consiguiente deterioro de los servicios públicos, de 
la seguridad y de las perspectivas laborales, el país fue completamente trastocado por las 
masivas movilizaciones de Junio 2013, como hemos visto en los capítulos anteriores. En los 
años siguientes se registró la multiplicación de colectivos negros, LGBTs y feministas, con 
una lógica autonomista de descentralización y horizontalidad. En esos años, en las escuelas 
del Morro da Cruz hubo una explosión de chicas que se declaran feministas, como com- 
prueba el trabajo de campo. “Eso no sólo es inédito sino que llega a ser revolucionario, en el 
sentido de la ruptura de las estructuras sociales y los modelos hegemónicas de masculinidad 
que se perpetuaban en la zona urbana periférica”, 


Se impone una conclusión, aunque provisional: “Uno de los factores que nos parece 
decisivo en la formación de una juventud bolsonarista es justamente la pérdida de pro- 
tagonismo social y la sensación de desestabilización de la masculinidad hegemónica””. 
En las conversaciones más informales, ellos las atacan con epítetos como “vagabundas” y 
“maconheiras””, 


En suma, dentro del viraje de los sectores populares hacia la derecha (en la medida que 
se sintieron abandonados por el sistema político), aparece un factor específico que es el caso 
de los varones adolescentes de la periferia, para quienes el bolsonarismo es la oportunidad 
de reaccionar contra el empoderamiento de las mujeres. Pero no sólo: “Hay muchas histo- 
rias de campo —no sólo de jóvenes- de maridos que apoyaron a Bolsonaro como una forma 
de agredir a las mujeres que ahora tienen más poder que antes””!, 


Algunas conclusiones 


Además del papel jugado por la organización de militantes de la nueva derecha, del 
posicionamiento por una educación conservadora y contra la educación popular, y su feroz 
crítica al feminismo, debemos abordar brevemente el papel jugado por las iglesias evangéli- 
cas y pentecostales. A contramano de quienes piensan que los sectores populares, donde ha 
crecido exponencialmente la presencia de estas iglesias, son arrastrados hacia esas religiones 
casi de forma intempestiva y vertical, como si estuvieran anestesiados, considero que se 
acercan a ellas porque les ofrecen algo que necesitan. 


Me siento más cerca de la provocación del urbanista Mike Davis, quien afirma que “el 
pentecostalismo es el mayor movimiento autoorganizado de los pobres urbanos de todo el 


18 Tbid. 
2 Tbid. 


2 “Vagabunda” es mujer de la calle, prostituta. “Maconhcira” es drogadicta. 


21 Rosana Pinheiro-Machado “É impossível separar bolsonarismo do antifeminismo”, UOL, 1 de marzo de 
2019, en https://noticias.uol.com.br/politica/ultimas-noticias/2019/03/01/c-impossivel-separar-bolsona- 


rismo-do-antifeminismo-diz-antropologa.htm (consulta, 1/08/2019). 


mundo”, En base a trabajos de campo, concluye que entre los pobres urbanos de América 
Latina, el pentecostalismo es una religión de mujeres que produce beneficios materiales 
reales. Constata que en las barriadas periféricas los pentecostales han conseguido buenos 
resultados en la reducción del alcoholismo, las neurosis y las obsesiones. 


Por supuesto que las iglesias pentecostales y evangélicas controlan grandes cadenas de 
medios de comunicación, pero no debemos olvidar que el ascenso de muchas de sus figuras 
prominentes fue posible gracias a las izquierdas. José Alencar fue el vicepresidente elegido 
por Lula, miembro de la Iglesia Universal del Reino de Dios. 


Es cierto que estas iglesias ahora favorecen a las ultraderechas, desde Brasil a Colom- 
bia. Pero debemos ir más lejos. La antropóloga Marion Aubrée estudia las iglesias evan- 
gélicas y pentecostales desde hace 40 años. Asegura que en las iglesias las mujeres ya no se 
encargan sólo de la limpieza y los adornos sino que ahora ostentan cargos de poder. Sos- 
tiene que en los rituales, las mujeres adquieren “bienestar psicológico” al liberar tensiones 
negativas y trasmutarlas en positivas”, 


Más que condenar, quiero comprender por qué muchas mujeres que acuden a los 
templos evangélicos comienzan a trabajar como “emprendedoras” en la economía infor- 
mal aportando ingresos a sus familias y, sobre todo, adquiriendo una autoestima inédita 
para ellas. Algunas llegan a ser pastoras o destacadas profesionales que resaltan en público 
su relación con las iglesias pentecostales, como es el caso de Benedita da Silva Sampaio y 
Marina da Silva, ambas formadas en el PT. El mundo evangélico y pentecostal es mucho 
más diverso que lo que supone la izquierda y presenta ventajas para sus participantes que 
no deberían ser ignoradas. 


ES 


Lo que inento trasmitir es que el ascenso de una derecha de nuevo tipo no es una 
cuestión de carácter ideológico. Existe ideología, como puede verse en el rechazo a la “ide- 
logía de género”, pero no es el aspecto central del fenómeno. Por el contrario, es necesario 
destacar las distancias con aquellas derechas de la “cruz y la espada”, cuyos lemas giraban en 
torno a “familia y propiedad”. Ahora pueden defender la despenalización del consumo de 
marihuana, el feminismo y la diversidad sexual. 


Por último, estas líneas son una invitación a profundizar en el conocimiento de la 
realidad social, en un país donde la nueva derecha tiene lazos sólidos con muchas ollas 
comunitarias y organizaciones territoriales en barrios de extrema pobreza. Sería demasiado 
fácil, y profundamente equivocado, atribuirlo sólo a oportunismo político y afán de mani- 
pular a los pobres. 


22 Mike Davis “De la ciudad de Blade Runner a la de Black Hawk derribado”, entrevista, 30 de julio en http:// 
www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=689 (Consulta, 30 de octubre de 2020). 
22 Marion Aubrée “Brasil: as mulheres pentecostais entre combate” e libertacáo”, en revista Anthropológicas, 


Universidad Federal de Pernambuco, Recife, 2014) pp. 167-194. 


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de | NW 4 


serpaj 
Montevideo, 24 de marzo de 2020 


Serpaj manifiesta su preocupación por la respuesta 
estatal ante la emergencia sanitaria mundial y 
nacional declarada por el Coronavirus - Covid19 


El Servicio Paz y Justicia quiere manifestar su gran preocupación frente a la actual 
emergencia sanitaria, con ya graves consecuencias económicas y sociales para la sociedad 
en su conjunto, en particular para los sectores informales, precarizados y más vulnerados. 


Frente a una situación de emergencia, donde las recomendaciones de los máximos 
organismos internacionales' y los ámbitos profesionales de la salud? se orientan firmemente 
a proteger a toda la población, decretando su aislamiento físico, creemos que las respuestas 
dadas por el gobierno son insuficientes y alientan a la reproducción de desigualdades en 
el acceso a un derecho tan básico como la salud. Las diferencias en la inserción y acceso al 
mercado laboral signan hoy la realidad de miles de uruguayos y uruguayas que son obli- 
gados a continuar en sus trabajos, o deben abstenerse de realizarlo, sin que exista una res- 
puesta clara por parte del Estado para su situación. Además, sigue sin existir una respuesta 
clara a la situación de miles de personas en situación de calle, quienes se encuentran en una 
situación de extrema vulnerabilidad. 


En este marco, denunciamos que la única respuesta del gobierno sea policial y represi- 
va, ante la propuesta de desarrollar un patrullaje abusivo y discrecional en la vía pública para 
dispersar posibles “aglomeraciones” y actividades al aire libre, en contradicción con lo anun- 
ciado por el ministro de Salud Pública días atrás. Esta “intensificación de la exhortación” a 
la población en el patrullaje puede traer aparejado nuevos casos de violencia institucional, 
en el marco de una acción policial que en las últimas semanas ha recrudecido su respuesta. 


Exigimos, por último, una respuesta firme frente a la situación de confinamiento de 
miles de niños, niñas y mujeres víctimas de violencia doméstica y de género. En los últimos 
10 días de aislamiento social 5 mujeres fueron asesinadas. La emergencia de femicidios que 


1 https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019 


2 Comunicado SMU al respecto: https://es.scribd.com/document/452551950/Documento-SMU- 
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nuestro país padece debe ser abordada con absoluta prioridad y no como un “efecto colate- 
ral” del confinamiento. 


Creemos necesario que el gobierno responda con políticas sociales contundentes que 
se dirijan a sanear la situación actual y futura de familias y sectores informales, cuyas econo- 
mías se están viendo fuertemente afectadas. 


Asimismo, consideramos fundamental poder afirmar y construir lazos de solidaridad 
entre todos y todas. Por ello, como primera acción estaremos recibiendo donaciones de 
alimentos no perecederos durante esta semana, siguiendo las recomendaciones de medi- 
das sanitarias para la entrega. La recepción será en nuestra sede: Joaquín Requena 1642, 
entre 18 de julio y Colonia, en los siguientes días y horarios: 


Miércoles 25 de marzo de 10 a 12 horas 
Jueves 26 de marzo de 15 a 18 horas 
Viernes 27 de marzo de 14 a 17 horas 


Por último, adherimos y convocamos al caceroleo y apagón social propuesto por la 
Intersocial (PIT-CNT, FEUU, ONAJPU, Redes Amigos de la tierra, Intesocial Feminista 
y Ovejas Negras) para este miércoles 25 de marzo, de 21 a21:10 h. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


187 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 





Foto: Martha Passeggi 


¿Expresa esta coyuntura histórica un peligro para los 
188 derechos sociales? 


Sergio Sommaruga' 


Preguntar es una llave fundamental para razonar. Por eso preguntar bien -hacer pre- 
guntas reflexivas- es clave para intentar orientar el razonamiento hacia asuntos relevantes. 
Preguntarse por el estado de salud de los derechos sociales, a la luz del contexto históri- 
co en curso, es una tarea de enorme importancia y pertinencia para quienes colocamos la 
dignidad humana como centro de nuestras preocupaciones éticas y nuestros propósitos 
políticos. 


¿Expresa esta coyuntura histórica un peligro para los derechos sociales y laborales? 
¿Hay una tendencia al empobrecimiento y a la limitación de las condiciones para el ejerci- 
cio de tales derechos? De ser así, ¿Qué causas y circunstancias pueden explicar una situa- 
ción como esta? ¿Cuál es el fundamento de esa situación? ¿Es solo una cuestión coyuntural 


1 Secretario General de SINTEP (Sindicato Nacional de Trabajadoras y Trabajadores de la Enseñanza Priva- 
da). 


y transitoria o es la manifestación de un conjunto de problemas que se expresan en la co- 
yuntura pero que tienen otros trastondos? 


Tratar de comprender la naturaleza de estos problemas es fundamental porque esta- 
mos hablando de derechos. Y los derechos, no son otra cosa, que ejercicios de la libertad. 
Pero también, pensar críticamente, es fundamental para restituir la perspectiva estratégica 
del movimiento social en su conjunto. Para superar el inmediatismo y trazar hojas de ruta 
que nos permitan conjugar la diversidad de nuestras trayectorias con un sentido de acción 
convergente. 


Aportar a pensar juntos, para juntos ver que podemos hacer con un sentido histórica- 
mente valioso, es una necesidad ineludible para salir de la confusión y la dispersión de las 
fuerzas del campo popular. Hay que hacer un esfuerzo común y compartido por pensar sin 
autoengaños, ni autocomplacencias. 


Solo de esa manera podremos superar el estado de debilidad relativa de nuestras ac- 
ciones colectivas, que sin lugar a dudas es una parte principal de nuestros problemas inme- 
diatos. 


Si tras el desarrollo de nuestras reflexiones concluimos que los derechos sociales están 
en riesgo, es porque efectivamente hay fuerzas que conduce las cosas hacia la consagración 
de la desigualdad social como supuesta condición natural de los seres humanos. 


¿Conocen algo tan opuesto a la lucha por la dignidad que eso? 


Derechos y privilegios, una oposición inconciliable 


Los privilegios, por definición, siempre son de pocos. Se caracterizan por tener una na- 
turaleza exclusiva y excluyente, que consagra una relación asimétrica de poder y que siem- 
pre va en desmedro del necesario reconocimiento que se deben quienes son iguales entre 
iguales. 


En consecuencia, el estatus de todo privilegio es la negación del presupuesto de la 
igualdad entre las personas. Allí donde arraigaron privilegios, yacen derechos postergados. 
Los derechos por su parte, siempre son símbolos y practicas concretas de la democratiza- 
ción de la sociedad y del avance de la dignificación de la vida. 


La condición libertaria, de justicia, igualdad o reparación, que acuna todo derecho en 
su seno, es siempre una conquista de poder. Y siempre es contra el poder. Parece paradójico, 
pero no. Porque se trata de poderes contrapuestos. 


El poder instituyente de quienes asumen conciencia de su situación de desposesión 
injusta y se organizan para luchar contra esa negación a su dignidad; y, por otro lado, el 
poder de los privilegios que se sostienen y reproducen a partir de un estado de cosas y de 
una determinada relación de fuerzas. Así, todo derecho es una conquista de la socialización 
del poder, contra los privilegios del poder concentrado de lo instituido. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


189 


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190 


Llegados a este punto es claro que la beligerancia es la huella dactilar de los derechos. 
Con razón decía Martí”, que ningún derecho se consiguió mendigando. 


Reconocer esa beligerancia es clave para entender la emergencia histórica de los dere- 
chos y para estudiar su genealogía social, así como también es clave para embarcarse en el 
análisis concreto de los procesos de avance o retroceso de los derechos en cada coyuntura 
histórica. 


Todo derecho, antes de nacer, fue una disputa de poder... y lo sigue siendo después 


No hay genealogía histórica de los derechos que pueda desconocer la preeminencia 
de esa característica. Desde la abolición del “nexum”, hasta la conquista de las “ocho horas” 
enarbolada por los “mártires de chicago”. Desde la revolución francesa contra la monarquía 
absoluta, hasta la pelea de los feminismos contra la desigualdad de género o los procesos 
de lucha contra la segregación racial y la opresión de los derechos civiles, simbolizada por 
Malcom X y Rosa Parks, entre muchísimos otros ejemplos posibles. 


Los derechos son conquistas sociales que nacen necesariamente de procesos colecti- 
vos, que es de donde deviene su fuerza instituyente. Solo a través de amplios procesos de 
concientización colectiva y de formación del sujeto político (del “nosotros” que agrupa a 
los desposeídos de derechos), un derecho llega a ver la luz del día. 


Por eso un derecho antes de ser derecho debió primero ser lucha acumulada. Un pro- 
ceso colectivo de organización y conciencia. De movilización, debate y lucha. Los derechos 
sociales siempre son conquistas con ímpetu emancipatorio, que confrontan con privilegios 
o al menos con una subjetividad que los representan. De ahí que, para analizar el estado de 
salud de los derechos sociales, sea epistemológicamente imprescindible partir de un contex- 
to de relaciones de fuerza que están en lucha. 


Razonar sobre derechos siempre es una tarea reflexiva, crítica y revulsiva. Pero com- 
prometerse con los derechos y las luchas que los hacen posibles primero y los sostienen 
después, siempre es una tarea de sangre caliente. 


Siempre hay una espada de Damocles pendiendo sobre los derechos 


La beligerancia que caracteriza la emergencia de los derechos sociales no termina con 
la eventual consolidación o reconocimiento formal de estos. Creer eso es una visión cándi- 
da de la historia, que lleva peligrosamente hacia una falsa conciencia sobre la permanencia 
de los derechos y el ejercicio de las libertades. 


El poder instituido no solo reprime los conatos que se le contraponen. Ese solo es su 
primer comportamiento. En plena contienda, su primer movimiento será de tipo reaccio- 


2 — Discurso pronunciado por José Martí en el brindis celebrado en honor del periodista Adolfo Márquez 


Sterling, el 21 de abril de 1870, en los altos del restorán El Louvre, de La Habana. 


nario y propenderá a impedir el florecimiento del derecho social. Buscará, en tal sentido, 
todo tipo de argucias y desplegará todas las fuerzas que encuentre oportunas y sostenibles 
a tal fin. 


Sin embargo, es fundamental entender que, quienes están en las posiciones favorables 
en la relación de dominación, no solo buscan la perpetuación de sus privilegios. También 
intentarán su restauración cuando se vean afectados. Ningún derecho que presuponga una 
pérdida real o imaginaria de un privilegio, puede dormir la siesta. 


Cuando cambian las relaciones de fuerza y se afectan negativamente las condiciones 
de legitimidad social para defender un derecho, ese mismo derecho que ayer gozaba de 
buena salud, pasa a estar en una zona roja, y su eliminación, o de modo más sutil, su desvir- 
tuación, pasa a estar a la orden del día. 


Los privilegios no solo buscan su sostenimiento, cuando retroceden siempre van a bus- 
car su restauración. No entender esta dialéctica entre derechos y privilegios es un pesado 
lastre conceptual con efectos políticos concretos. 


Una de las grandes carencias que viene arrastrando desde hace varios años el movi- 
miento sindical, es haber debilitado y relegado sus procesos de formación de conciencia 
crítica, de formación política y de reproducción ideológica. 


En consecuencia, no advertir que las contradicciones con los privilegios no cesan aun 
cuando se presumen o se vivencian condiciones coyunturales más favorables, es, a mi modo 
de ver, uno de los problemas más importantes que explican la confusión estratégica en la 
que encalló particularmente el movimiento sindical. 


Este factor operó como frontera subjetiva para confrontar las contradicciones del pro- 
gresismo y sobre todo para dinamizar un viraje histórico más profundo en la lucha contra 
los privilegios. A la postre, esa frontera terminó coadyuvando a la recomposición de las 
fuerzas conservadoras y restauracionistas. 


La lucha ideológica, política y social por los derechos emancipatorios no puede ser 
vista nunca bajo el imperio exclusivo de la táctica y el “coyunturalismo”. 


¿N ué pasa con esa espada de Damocles en el 2020? 


Todo parece indicar que el pelo de crin del caballo sobre el que pende la espada está 
más delgado. Ahora, ¿por qué pasa eso? ¿Los derechos que se barren o que se intentan 
barrer, se barren solo como acto reflejo de una ideología reaccionaria? o es la consecuencia 
del predominio de una ideología de ese tipo en el contexto de una intensificación de la puja 
distributiva? En lo personal me adhiero a la segunda hipótesis. 


3 Urilizó la palabra reaccionaria en este sentido: conjunto de tesis y actitudes políticas que propugnan valores 
Pp ) y q 8 


políticos, sociales y morales funcionales al orden capitalista y seoponea reformas o cambios que representan un 
progreso socializante en las relaciones de poder. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


191 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


192 


Estoy muy lejos de creer que el mundo y sus conflictos se correspondan únicamente a 
una cuestión ideológica y menos aún a una reducción simplista entre buenos y malos. La 
disputa entre derechos y privilegios es una disputa asentada en intereses objetivos, que se 
expresan subjetivamente. 


Es en arreglo a esa lectura que suscribo, constataciones mediante, que estamos en una 
coyuntura histórica donde muchos derechos sociales y laborales corren riesgo efectivo e 
inminente. 


El perjuicio de derechos que está en curso en la coyuntura, es una consecuencia con- 
creta de la descarga del peso de la crisis social y económica sobre las grandes mayorías socia- 
les y esto se conecta directamente con la única respuesta que tiene para ofrecer el patrón de 
acumulación capitalista a esas mayorías. 


En última instancia, el problema del empobrecimiento y la limitación de los derechos 
sociales, está asociado a la forma en que el gobierno distribuye socialmente el peso del ajus- 
te. Ese, a mi entender, es el trasfondo del escenario en el que hoy se desarrolla la contienda 
entre derechos y privilegios. Y es allí donde se amalgaman la intensificación objetiva de la 
puja distributiva con la ideología reaccionaria. 


Ante el problema objetivo de la crisis se toman acciones y decisiones políticas que 
perjudican a los derechos de las grandes mayorías por encima de los privilegios del 1% más 
rico. 


El quiebre del ciclo económico expansivo que empezó a producirse a fines de 2014 
y que con altibajos se continuo prolongando hasta el momento actual -particularmente a 
partir del deterioro de los términos del intercambio con la tendencia a la baja de los precios 
internacionales- es el epicentro de la intensificación de la puja distributiva y el escenario de 
base que opera en el recrudecimiento de la lucha entre derechos y privilegios. 


En una coyuntura de crisis, donde predominan las relaciones económicas basadas en 
un patrón de acumulación capitalista, que además se entronca a una región con una forma- 
ción social e histórica caracterizada por la dependencia y la desigualdad social, la tendencia 
a la voracidad contra los derechos sociales y laborales es una consecuencia forzosa. 


¿Cómo está operando el recorte de derechos laborales? 


El cerno del deterioro de los derechos laborales se enmarca en la aplicación de las dos 
grandes variables del ajuste social y económico, que tienen su expresión concreta en el sala- 
rio directo y en el salario indirecto. En ambos casos están en juego un conjunto significativo 
de derechos laborales, con la consiguiente precarización de las condiciones de vida de las 
grandes mayorías populares. 


En materia salarial, el castigo tiene dos grandes vías de implementación. Por un lado 
con la destrucción de puestos de trabajo y el consiguiente aumento del desempleo. El des- 


empleo no es una decisión maquiavélica del gobierno. Es una tendencia objetiva del capital 
ante la crisis, pero que no tiene respuesta real y proactiva de parte del gobierno para refre- 
narla. Y eso si es imputable al gobierno y su política. Porque el desempleo es la cancelación 
del derecho fundamental al trabajo. 


Para sopesar la violencia de la supresión de este derecho, cabe consignar que la nega- 
ción del derecho al trabajo, en una sociedad capitalista, es un pasaje directo a la informali- 
dad laboral y, potencialmente, a la exclusión social. Así de grave y violento es el desgarro de 
este derecho fundamental. 


La evidencia de la implementación de este mecanismo de ajuste del capital contra el 
trabajo es irrebatible. En los últimos meses de este año el desempleo trepó a guarismos de 
dos cifras, superando el tope de 2006. La última vez que el desempleo abierto estuvo tan 
alto fue durante la crisis del 2002/2003. 


Por tanto, si hablamos del peligro que corren los derechos laborales en la coyuntura, 
la primera víctima de la lista es el derecho al trabajo. La otra gran variable del ajuste tiene 
que ver con el deterioro progresivo de los términos en que se comporta el pago del trabajo. 
La rebaja salarial impuesto por la política económica del gobierno y que se refleja en los 
lineamientos para la octava ronda de los consejos de salarios, es contundente. 


Para el conjunto de los trabajadores y trabajadoras del sector privado estos lineamien- 
tos significaron continuar con el criterio de ajustes nominales de salario (es decir, de espalda 
a la inflación*) pero con el agravante máximo de aplicar el descuento de la caída del PBI 
percibido en 2020 a los salarios de los trabajadores. Si esto no es transferirles el peso de la 
crisis a los trabajadores, ¿qué es? Esta política de rebaja salarial se reproduce, con matices de 
forma, en el ámbito de los trabajadores del ámbito público-estatal. 


En un país donde 400.000 trabajadores y trabajadoras tienen un salario promedio de 
$22.000, una detracción equivalente a un 4,5% (por ejemplo) deja a muchísimas familias 
mucho más cerca de la línea de la pobreza medida por ingresos y por tanto más postergado 
el acceso a bienes y servicios que hacen a la calidad de vida. La consagración de rebaja sa- 
larial impuesta por el gobierno ha sido generalizada, siendo muy pocos los sindicatos? que 
la han podido apenas eludir. De este modo, tanto por la vía del desempleo como por la vía 
de la rebaja salarial, han sido los derechos laborales los grandes perjudicados por la política 
económica del gobierno. 


4 — En tal sentido, este criterio de ajuste nominal de los salarios, fue inaugurado por el gobierno anterior en la 
séptima ronda de consejos de salarios. Con el atenuante en aquel caso de la activación del efecto indexatorio al 
finalizar el convenio. 

3 Sintep logró un acuerdo por el que se reintegra la caída del PBI en cuatro cuotas consecutivas a pagar a valor 
real, evitando así la consagración de la rebaja salarial. En la misma ronda y como condición para la firma del 
convenio se logró aprobar un protocolo tripartito contra el acoso y el abuso sexual. Este protocolo es una herra- 
mienta de derechos para todas las partes, pero particularmente está dirigido a proteger a los y las estudiantes de 


toda la enseñanza privada. 


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193 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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¿Y la pandemia? 


Parece una obviedad, pero hay que decirlo. Al gobierno la pandemia le cayó como un 
rayo en la cabeza. Pero lo que no es una obviedad, y hay que dilucidar con la mayor claridad 
posible, es que este programa político y económico que venimos reseñando, no tiene su 
origen ni explicación en la pandemia sanitaria. Sin embargo, la irrupción de la covid-19 si 
ha sido en buena medida funcional a la construcción de un sentido común de justificación 
del deterioro de los derechos sociales y laborales en desarrollo. 


También ha operado como elemento catalizador de la distribución social del ajuste 
que puso en marcha este gobierno. No significa esto, insisto, que la pandemia tenga efectos 
inocuos para la economía y el desarrollo social, pero si digo con toda claridad que las orien- 
taciones generales de las medidas instrumentadas por el gobierno, que golpean muy duro 
contra los derechos laborales, tenían una fecha de envasado muy anterior al 13 de marzo 
de 20204, 


A las pruebas me remito. Ya en 2018, algunos de los principales asesores económicos 
del nuevo gobierno planteaban la necesidad de avanzar contra la legislación laboral como 
forma de preservar la rentabilidad del capital ante el enlentecimiento y posterior estanca- 
miento de la actividad económica que expresaba el fin del ciclo expansivo. 


En el menú promovido por Ignacio Munyo aparecen lineamientos muy agresivos en 
materia de retroceso de derechos laborales. Entre ellos figura la desprotección de los traba- 
jadores, con la erosión a los derechos asociados a la limitación de la jornada laboral a ocho 
horas. Entre otros efectos, una acción de este tipo volaría por los aires el legítimo reclamo 
del pago de horas extras, así como incidiría de modo muy negativo en las regulaciones que 
protegen la salud y la seguridad en el trabajo. 


Asimismo en la visión de Munyo es clave avanzar en la dirección de la supresión del 
derecho a la delimitación de tareas. El empobrecimiento y debilitamiento de las definicio- 
nes de las categorías laborales aboga por un trabajador multipropósito, lo que inequívo- 
camente lleva a la desprofesionalización y la intensificación de la explotación del trabajo. 
Otra vez, una política asentada en esas premisas, indefectiblemente empeora los términos 
de la protección de la salud y la seguridad en el trabajo. Claramente estos lineamientos son 
agresiones fuertes y duras a los derechos laborales de la clase trabajadora. 


En consonancia programática y cronológica con el menú de Munyo, apareció el pro- 
grama de la Confederación de Cámaras Empresariales de Uruguay. Con mucha elocuen- 
cia el documento de este importante conglomerado representativo del capital se intitula 
“Propuestas para implementar en el corto plazo y en el próximo período de gobierno”. Allí 


$ Decreto 93/20. 
7 Obsérvese que el documento es de mayo del 2019 y las propuestas son para el próximo gobierno. Es decir, 


el electo a fines de ese año. 


figura buena parte de las medidas que estamos viendo en la política económica del gobier- 
no electo en 2019. 


Se trata de un programa político que claramente evidencia la necesidad del capital de 
ir contra los derechos sociales y laborales como receta para asegurar su rentabilidad. Como 
la fecha del documento lo indica, estos lineamientos programáticos de las cámaras empre- 
sariales nada tienen que ver con la pandemia y sus efectos económicos. 


Sin mayor dificultad cualquiera puede constatar que en este documento? figuran las 
principales decisiones en materia de política económica y social que viene implementando 
el gobierno. Entre ellas, la aplicación de un ajuste fiscal que no implique aumentar la carga 
fiscal al capital (por tanto que el ajuste y el recorte se haga por la vía del salario y del presu- 
puesto público), y la modificación del tipo de cambio, con una devaluación de más del 12% 
solo en el mes de marzo. Para darse cuenta de la profundidad del impacto, vale decir que esa 
incidencia devaluatoria es casi equivalente a la de todo el 2019. 


La devaluación opero como un mecanismo eficiente de transferencia de recursos de las 
grandes mayorías sociales hacia la minoría beneficiada. Y así fue aplaudido por alguna de 
las principales figuras del propio gobierno, representante directo de los grandes intereses 
exportadores y ex presidente de una de sus gremiales. Asimismo, muchos de los elementos 
de la plataforma de la confederación de cámaras empresariales fueron incluidos en el pro- 


yecto de la LUC, hoy devenido en la ley 19.899. 


La nueva regla fiscal es un claro ejemplo. Esta regla fiscal, a pesar de su contenido 
amorfo, tiene un claro impacto regresivo en materia de derechos sociales, porque supedita 
la inversión pública y la cobertura de derechos de las grandes mayorías sociales al abati- 
miento del déficit fiscal y por tanto, al pago de la deuda al gran capital. 


¿Cuántos derechos postergados significa subordinar la economía de toda la sociedad 


al pago de la deuda? 


Otro de los reclamos de las cámaras empresariales en este documento de 2019 y que 
están reflejados en la LUC, pero también de la ley de presupuesto y de algunos decretos de 
gobierno, es la privatización progresiva de las empresas públicas, mediante el incentivo y la 
inversión del capital privado en las áreas más rentables de funcionamiento de las empresas 
públicas. Asimismo la no reposición de empleados públicos -otra de las exigencias de la 
confederación empresarial- está resuelto por el poder ejecutivo. 


El gobierno ya definió que cada tres vacantes generadas en el funcionamiento de los 
servicios públicos solo va a reponer un puesto de trabajo. Esta política además de no activar 
la generación de empleo legítimo en un momento de alto desempleo, conlleva al progresivo 


8 


http://www.ciu.com.uy/innovaportal/file/88273/1/propuestas_cce_mayo_2019.pdf 
https: //www.impo.com.uy/bases/leyes/19889-2020 


9 


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deterioro del desempeño de los servicios públicos, afectando a la gente y sus derechos así 
como alienta una subjetividad favorable a la privatización. 


La reforma de la seguridad social y la profundización de la reducción del aporte pa- 
tronal al BPS, que también reclama la confederación empresarial, está contemplada en la 
LUC y es el gran movimiento expropiatorio de derechos sociales que se viene para el 2021. 


Otros aspectos relevantes exigidos por la confederación empresarial ya cuentan con 
proyectos de ley impulsados por el gobierno en el parlamento. El nuevo proyecto de ley 
de medios y la ya modificada regulación de los servicios de comunicación audiovisual, es 
parte de esa línea de política. Lo mismo acontece con la transferencia a privados del control 
de precio de los combustibles en ciertas áreas del comercio y los servicios, aspecto que está 
contenido en la ley de presupuesto. 


En una dirección que claramente desfavorece los derechos laborales de la clase traba- 
jadora el gobierno tiene en las gateras otras iniciativas altamente regresivas, como la elimi- 
nación del principio de ultraactividad de los convenios laborales y la perforación de la ley 
de negociación colectiva mediante la implementación de un mecanismo expedito para que 
las empresas se desvinculen de su obligación de dar cumplimiento a las resoluciones de los 
consejos de salarios. 


Ambas iniciativas solo responden al interés del capital de garantizar su rentabilidad 
a costa de la institucionalización de la precarización laboral y del incumplimiento de los 
acuerdos colectivos. Pero el movimiento más agresivo en materia de limitación de derechos 
laborales, largamente exigido por los sectores del capital y también recogido en la LUC, re- 
fiere al estrangulamiento del derecho de huelga contenido en el artículo 392 de la mencio- 
nada ley. Ese artículo y el decreto ulterior del 15 de octubre de 2020 instauran una lógica de 
desalojos exprés de las ocupaciones de los lugares de trabajo por parte de los trabajadores, 
reprimiendo las ocupaciones como modalidad efectiva del derecho de huelga. Es tan agre- 
sivo el contenido del mencionado decreto que incluso contiene aspectos que contradicen 
lo enunciado en la propia ley 19.899. 


Esto en tanto la ley habla de prohibir las ocupaciones que no permitan el ingreso de 
Y Pp P q Pp 8 

los patrones y los no huelguistas, extremos que el decreto desconoce deliberadamente para 

proceder al desalojo compulsivo de los huelguistas. 


El uso concreto de este decreto el 20 de octubre del corriente, en ocasión de la ocu- 
pación de la UTU central por parte de los trabajadores así como la ocupación del liceo 
número 3 de Montevideo que se dio a los pocos días, dan cuenta del carácter compulsivo 
de los desalojos que permite el decreto. 


La ocupación del lugar de trabajo, como modalidad efectiva del derecho de huelga, es 
siempre la última medida que se toma, luego de agotadas todas las demás posibilidades de 
solucionar el legítimo reclamo laboral. Limitar los derechos a la protesta no es otra cosa que 


querer cortar el problema por el lado del eslabón más débil de la cadena. Es una violencia 
institucional que solapa otra anterior, que dio origen a la necesidad de la huelga. 


La huelga es una herramienta fundamental de la clase trabajadora. 


Con ella conquistamos las ocho horas y con ella resistimos durante 15 días la dictadu- 
ra de extrema derecha que asoló nuestro país. Quienes pretenden que la clase trabajadora 
renuncie a su conciencia de clase y a su derecho a pelear por la dignidad, no saben de histo- 
ria, ni del carácter de los trabajadores. 


Paradojalmente o no, la pandemia, lejos de abrir un horizonte de cambios sociales 
profundos, que nos acerquen más a aquello que seguramente las mayorías anhelamos, una 
sociedad más humana y más bella, más cercana a sigo misma y al apoyo mutuo que la cons- 
tituye en esencia, se ha transformado en el ensayo general de la negación del “cuidarnos 
entre todos”. 


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Montevideo, 23 de abril de 2020 


A los y las representantes del Poder Ejecutivo y 


Parlamento 
A la ciudadanía en general 


Por medio del presente comunicado las organizaciones sociales y colectivos abajo fir- 
mantes queremos manifestar nuestro rechazo ante el envío de la Ley de Urgente Conside- 
ración, previsto para el día de hoy jueves 23 de abril. Se trata de un proyecto de ley muy 
amplio que contiene 502 artículos, considerados como urgentes y que abarcan las áreas 
sustantivas de la agenda pública del país como la seguridad, educación, salud, economía, 
administración pública, vivienda, entre otras. La utilización de un mecanismo constitu- 
cional de este tipo atenta contra los principios democráticos del debate ciudadano y los 
procesos legales establecidos para la discusión parlamentaria. Además, consideramos que 
su contenido es preocupante y peligroso, ya que varios de sus artículos implican una clara 
limitación y vulneración de derechos. 


También queremos expresar nuestro profundo desacuerdo con el envío de dicho pro- 
yecto legislativo en el actual contexto de emergencia sanitaria y social, donde el cuidado de 
la salud y las necesarias restricciones a las aglomeraciones prohíben salir a la calle a orga- 
nizarnos y manifestarnos públicamente. Es importante que el debate se dé en condiciones 
donde el derecho a la reunión y a la protesta puedan garantizarse. 


En este sentido, exigimos que se ofrezcan y garanticen todos los canales y mecanismos 
pertinentes para que desde la sociedad civil organizada podamos participar del debate y 
ser escuchados/as. Estas modificaciones normativas tan importantes para el conjunto de 
la sociedad requieren de un debate serio, que involucre al conjunto de la ciudadanía, sin 
urgencias impuestas. 


AMARC Uruguay — Asociación de radios comunitarias 
Anong 
Articulación Nacional No a la Reforma 
Asociación de Amigas y Amigos del Museo de la Memoria 
Asamblea por el agua del Río Santa Lucía 
Casa Bertolt Brecht 
Colectivo Catalejo 
Colectivo Espika 
Comité de Derechos del Niño — Uruguay (CDNU) 
Cotidiano Mujer 
El Abrojo 
El Paso 
El Tejano 
Entre 
Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU) 
Frente Antimanicomial 
Hemisferio Izquierdo 
Imaginario Nueve 
La Poderosa 
Luna Nueva 
Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos-Desaparecidos 
Memorias de la Costa 
Minervas Colectivo Feminista 
Mizangas Mujeres Afrodescendientes 
Mujer Ahora 
Mujer y Salud en Uruguay (MYSU) 
Ni todo está perdido (NITEP) 
Palmira FM 89.1 
Ovejas Negras 
Radio Pedal 
Rebelarte 
Red de Psicólogas Feministas (RPF) 
Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual 
Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) 
Zur 


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Foto: Leidy Laura Sosa 


Cultura es política 
trabajadores de la cultura y pandemia: 
abordajes y acciones realizadas 


Lucía Naser en colaboración con Lucía García | Ignis Lois | Ximena 
Echevarría | Victoria Cestau*! 


Ya estábamos bastante mal preparadas para movilizarnos y organizamos ante el ajuste 
económico y la creciente popularidad de ideas de derecha que la coalición promovía con 
éxito desde antes de ganar las elecciones, cuando la pandemia vino a cambiar el escenario y 
los desafíos para el sector artístico. 


Para hacer un duelo y aceptar una pérdida a veces hay que perder otra le leí hace un 
tiempo a un filósofo que hablaba de muerte y erotismo. Y quizá sí, hay cosas que están 
muriendo, pero también es cierto que la crisis tiene la posibilidad de erotizar zonas entu- 
mecidas por la inercia de los procesos largos. 


Agradezco a cada une de les compañeres que han creado y sostenido las acciones realizadas desde los co- 


lectivos 7A, Primer Ensayo e Intersocial cultural. La presentación de estos espacios fue tejida junto a colegas 
cómplices a quienes invité a compartir a través de un texto su experiencia como participantes de estos espacios 
desde un punto de vista subjetivo, parcial y con foco en los sentidos políticos de las formas de organización que 
se están poniendo en práctica en cada uno de ellos. 


En tanto artistas que se piensan a sí mismes y a sus colectivos como actores políticos 
deseantes de transformación, nos dejamos morir un poco durante la era progresista. La 
llegada de lo más rancio al poder gubernamental nos hizo ver que ya olía a podrido desde 
hacía mucho tiempo en tantos lados lejanos y cercanos. El mix de gobierno reaccionario 
más pandemia puso a la cultura en la zona de lo prescindible y a nuestras existencias como 
trabajadorxs en el universo de la inmaterialidad con la que tan problemáticamente se habla 
del arte, del campo simbólico. Pero lo que hacemos es como decía Alberto Restuccia “as- 
querosamente material”. Y nuestros cuerpos siguen comiendo y en funciones, aún sin fun- 
ciones. Estas obviedades son difíciles de transmitir en un mundo que iguala ser a producir. 
Sin función(ar) no hay reconocimiento. Ecuación infame que sin embargo fuimos incor- 
porando en el correr de los últimos años y que nos estalló en la cara durante estos meses de 
pandemia donde el teatro fue prohibido, la fiesta desaconsejada, los cuerpos rodeados por 
cintas de peligro, el contacto vigilado, los encuentros perseguidos. 


El arte es encuentro y ante la imposibilidad de encuentro con públicos, no nos quedó 
otra que encontramos entre nosotres. Este texto creado colaborativamente busca reunir 
experiencias y acciones sucedidas durante los meses de marzo a octubre del 2020 desde el 
campo de las artes escénicas. La premisa que guía su escritura es que política cultural es lo 
que actores culturales hacen políticamente. Permanentemente componemos relaciones y 
creamos formas de vida; la política cultural no son sólo las medidas que el estado anuncia 
y ejecuta. Política cultural es el modo en que el campo cultural se organiza para producir, 
reproducir algunas ideas y sensibilidades y rebatir otras; es la forma en que hacemos lo que 
hacemos y las reverberaciones que nuestras creaciones e intervenciones producen. 


Las acciones que colectivos organizados realizan y los modos de organización que ha- 
cen posibles esas acciones, no son sólo un pedido, anuncio o proclama sobre el mundo que 
queremos: ya son pedazos de ese mundo. Somos creadorxs de relaciones. Somos respuestas 
desde el presente a un futuro en construcción que no renuncia a su historicidad. Nos afec- 
tan y atraviesan legados del pasado con los que queremos bailar sin monumentalizarlos 
haciéndonos presas así de tradiciones que nos pesen. 


Venimos en una inercia de desorganización. Miramos al pasado del “arte independien- 
te” como un país lejano que alguna vez visitamos cuando todo era difícil, gris y oscuro 
(como si ahora no lo fuera). Cuando nos juntamos es por mini micro sectores que se miran 
entre sí como si nada tuvieran que ver. Cuando nos movilizamos es por algo puntual, de- 
masiado puntual. Hemos estado excesivamente ocupadas intentando hacer lo que amamos 
y dejando en último lugar el espacio para hacernos algunas preguntas. 


Hoy empujadas por la necesidad, emerge una claridad entre tanta bruma: el arte tiene 
herramientas para intervenir directamente en el entramado; podemos usar la creación para 
decir lo que queremos decir y hacer lo que necesitamos hacer, políticamente. Culturalmente. 


La crisis muestra un efecto secundario que en algún punto nos pega bien. La urgencia 
de lo real llama a la puerta. No es lo real conocido, pero aún así nos pone en común, nos 


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expone, y nos pide actuar colectivamente. Este texto narra algunos de esos actos que ponen 
a la política en escena, o viceversa. Qué importa eso en un mundo patas para arriba”. 


7A / Por Lucía García 


El 7A surge del deseo profundo de volver a hacer. Surge de la necesidad de activar 
fuentes de trabajo y del enojo de ser una vez más el último orejón del tarro. 


Las dos pandemias que nos azotan, una sanitaria, otra política e ideológica, se com- 
binaron para golpearnos duro, para hacernos pagar otras militancias. Un ajuste de cuentas 
disfrazado de emergencia sanitaria. Porque en un ómnibus podemos viajar 40 personas 
apretadas pero el teatro se prohíbe. Porque podemos ir a la feria y a la misa, pero el teatro 
no se abre. Porque podemos ir al shopping y a hacer deporte pero para el teatro se inventa 
un protocolo ridículo. 


La cultura es de izquierda. El teatro es de izquierda. Más allá de lo partidario. 


El teatro paró un 13 de marzo y siendo setiembre sólo han vuelto a trabajar el elenco de 
la Comedia Nacional (que nunca vio vulnerada su economía) y elencos que están desarro- 
llando su actividad en salas grandes. La realidad es que el 80% del teatro independiente no 
funciona en salas grandes. Mucho de ese teatro no se desarrolla en ninguna sala. Funciona 
en espacios alternativos, galpones, centros culturales de barrio. Y Montevideo es pequeña y 
nos conocemos todes. Todes sabemos que eso es así. Las autoridades y el sindicato también 
lo saben. 


Un día de hartazgo y angustia escribí algo en una red social. Eso resonó en otres y en 
24 horas se organizó una reunión histórica donde había representación de todos los secto- 
res del teatro (SUA, FUTL, independientes sin sala, gente del circo, de la danza, técniques). 
En esa reunión por unanimidad decidimos que el teatro volvía el 7 de agosto. Y le exigimos 
a SUA una asamblea urgente. De las asambleas más emocionantes que recuerdo. 


Políticamente es un movimiento que surge de las bases. No se pudo hacer el 7 por 
lluvias, pero sucedió luego, el domingo 16. Teatro en la calle, intervenciones de protesta en 
diferentes puntos de la ciudad con el objetivo de juntar a la gente y contarle que les traba- 
jadores de la cultura están en una situación de urgencia, sin poder trabajar, sin cobrar, sin 
poder hacer lo que aman hacer. 


Es un levantamiento cultural, es lucha desde la base, sin más organización que reunio- 
nes donde todes aportamos ideas, trabajo, donde pensamos colectivamente. Somos parte 
del sindicato. Pero una parte que ha estado poco representada, que entiende que puede 
haber formas distintas de militar y de hacer política. Creemos que es necesario apropiarse 
de las herramientas, que es importante integrarse, ponerle el cuerpo a la militancia, salir de 
la comodidad y a veces la terrible soledad de la sala de teatro. No queremos hacer teatro para 
cuatro. Somos trabajadores, sumamos en las filas de la masa desocupada de la población, so- 


mos parte de la cola de la olla popular. No hay distancia. Necesitamos romper ese prejuicio 
de que el teatro es para pocos. Es para todes. Igual que la necesidad de tener salud, de no 
tener hambre, igual que el deseo y la libertad. 


Salimos a la calle a encontrarnos con les vecines, les espectadores, accionamos. Como 
un corso, una bandada de bufones, como un coro griego. Salimos porque el teatro es en- 
cuentro. Porque el encuentro nos hace fuertes, nos ampara, nos inspira. 


Porque el teatro es necesario. 


INTERSOCIAL CULTURAL / Por Ignis Lois 


La intersocial es un espacio de militancia social que venimos construyendo desde 
Abril entre compañeros de diferentes campos artísticos, que nucleados en sus sindicatos o 
agrupaciones deciden integrar un espacio de coordinación más amplio, en el entendido de 
que la unidad en la acción es el camino que se nos presenta más oportuno en esta coyuntura 
de avance neo liberal. 


Carnavaleros, músicos, actores, escenógrafos, artistas de circo, danza, técnicos de esce- 
nario, escritores y artistas plásticos en menor medida, ya que estos campos se presentan con 
mayor dificultades organizativas para nuclearse. 


Y bajo la idea de que el trabajo con la cultura es una parte importante en la transforma- 
ción social, y que la crisis casi endémica de estos sectores, agravada por la crisis económico/ 
sanitaria que trajo el covid no hizo más que evidenciar aún más las condiciones de precarie- 
dad mediante las cuales desarrollamos nuestras actividades artísticas, llevando a una emer- 
gencia cultural a un sector que ya contaba con muy escasos apoyos públicos, y con errantes 
y discontinuadas políticas públicas, sectores que por su progresivo acostumbramiento a 
trabajar en régimen de precariedad (aún mucho más durante la era progresista), les trabaja- 
dores recurren una y otra vez a la autoexplotación permanente por el propio deseo ferviente 
de mantenerse realizando las actividades vocacionales elegidas como modo de vida. 


Nos une fundamentalmente el paraguas de exigir al gobierno destine un mayor pre- 
supuesto al desarrollo de los sectores de la cultura (artística) que entendemos están de- 
preciados, en ese sentido hemos desarrollado una serie de movilizaciones en conjunto con 
la intersocial (de la cual formamos parte) con una plataforma común exigiendo medidas 
urgentes como una renta básica de 15 mil pesos para todas las personas sumergidas, entre 
otras medidas. 


También estamos convencidos que enfrentamos un gobierno profundamente auto- 
ritario y demagógico, que perversamente intenta manipular y dividir el campo social para 
imponer profundizando el modelo altamente mercantilista de nacionalismo competitivo 
que viene desarrollando el progresismo estos últimos 15 años. Que no reconoce las organi- 
zaciones de los trabajadores, que utiliza estrategias como la mentira descarada en prensa o 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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204 


Twitter, llegando incluso a valerse de la vigilancia o espionaje en redes sociales, un stalkeo 
constante de como opinan sus funcionarios trabajadores de las direcciones de cultura, So- 
dre, etc. 


Es decir enfrentamos una pérdida aún mayor de la calidad democrática en pos de la 
construcción de políticas culturales, si bien el progresismo con el plan nacional de cultura 
solo constituyó un simulacro de participación en definición de políticas culturales, este 
gobierno acrecienta la brecha entre quienes definen las políticas culturales y quienes las 
asumen, deja por el camino conquistas importantes como la ley de teatros (que actualmen- 
te en la ley de presupuesto se encuentra sin fondo) y recorta programas que significaron un 
avance como centros Mec entre otros. 


Muchas son las resistencias que se activaron a este nuevo modelo, desde lo visceral, de 
organización y acción más espontánea como el caso de ensayo abierto, el cual valoramos 
de forma muy positiva, y buscamos acompañar, tratando de unir acciones y esfuerzos y 
discursos con un horizonte emancipador. Tratar de sumar en organización y acción a un 
campo donde históricamente hemos estado dispersos, es una tarea política que se impone 
a este momento político. 


El espacio de las reuniones (de los jueves a la noche generalmente) a veces presencial 
en el sindicato de actores que por su historia y capacidad organizativa es quien nos acoge en 
su sede, y muchas otras por zoom (herramienta que la pandemia activo para el encuentro y 
la organización de los cuerpos) suele discurrir entre la puesta en común de en qué situación 
anda cada colectivo, y las perspectivas de acción de acuerdo al duro contexto al que nos 
enfrentamos. 


Tratar de cruzar perspectivas, encontrando los caminos en común que podemos tran- 
sitar, parece ser el potente horizonte que intenta construir esa naciente organización que es 
la intersocial cultural. 


PRIMER ENSAYO / Por Ximena Echevarría en colaboración con Victoria Cestau 


Primer ensayo es un colectivo conformado por distintes artistas independientes y tra- 
bajadores de la cultura, que se crea con el fin de visibilizar la precariedad laboral de este 
sector, que fue duramente azotado por la crisis sanitaria declarada a mediados de marzo del 
2020. La forma que este colectivo lleva a cabo su lucha es a través de la intervención artística 
callejera en distintos espacios públicos de la ciudad de Montevideo. 


La gran parte de sus participantes provienen de las artes escénicas, mayoritariamente 
del teatro. El colectivo se encuentra abierto a recibir colegas de otras disciplinas artísticas, 
porque fundamentalmente se encuentra en constante construcción ante un escenario tan 
dinámico y complejo como el presente. 


Construimos día a día, asamblea a asamblea. 


El nombre de Primer Ensayo refiere a que cada acción es única y si bien se piensa y 
trabaja, el Primer Ensayo sucede ese día. Se ensaya mientras se da la acción. Es un momento 
de unión, de ritual, de trabajo en equipe. 


A medida que el colectivo se fue organizando y conformado han presentado, desde 
el mes de junio distintas intervenciones, algunas de ellas son: “Platea en plaza”, “Vamos a 
tomar el té”, “Vacaciones sin Trabajo, Niñes sin "Teatro “Trapitos al sol”, “Les Otres”, “La 
salud”. Los escenarios callejeros y políticos han sido diversos: Plaza Independencia, Teatro 
Solís, Presidencia, Plaza Libertad, Teatro de Verano, Palacio Legislativo, Casa Presidencial, 
entre otras. 


Cada propuesta responde una estética creada puntualmente para cada performance, 
sin embargo todas responden a los mismos reclamos. Además de luchar por los derechos de 
les trabajadores de la cultura, el colectivo lleva a cabo jornadas de formación interna donde 
también problematizan otras temáticas de interés como la violencia machista, asunto que 
también aumentó y profundizó las desigualdades de género en el contexto de la pandemia 
actual. 


Desde que comenzamos a salir a la calle, a la acción, nos han cuestionado desde mu- 
chas partes, desde el ámbito político y desde lugares en donde se juegan intereses ajenos al 
colectivo. Nos mantenemos autónomes, luchando por lo que creemos justo. No nos calla- 
rán. 


Salir a la calle se transformó en la forma que encontramos de visibilizar, de no dejar 
que otres manejen nuestro sentir. En Uruguay hay muches artistes y la mayoría se encuen- 
tran en estado de precarización. La pandemia dejó eso a la vista. 


Somos trabajadores de la cultura. 


Seguiremos saliendo a las calles cada vez que el sentir lo determine y seguiremos cons- 
truyendo equipe y pensamiento crítico más allá de lo que nos dictaminen. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


205 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


206 


La gestión de la pobreza en pandemia: preámbulo de 
la nueva modalidad de acceso a la protección social 


Ximena Baráibar Ribero! | Carolina González Laurino? 
Sandra Leopold Costábile? | Laura Paulo Bevilacqua* 


Introducción 


El artículo expone algunas de las orientaciones socioeconómicas y políticas que, desde 
el novel gobierno, se han dispuesto en tiempos pautados por la definición de emergen- 
cia sanitaria nacional. Asimismo, ensaya reflexiones sobre las respuestas derivadas de tales 
orientaciones, para enfrentar las manifestaciones de conflictividad social emergentes. En 
este sentido, se observan las medidas dirigidas a las situaciones de pobreza e informalidad 
laboral al tiempo que se ponen en evidencia algunos caminos que el gobierno decidió no 
recorrer. El análisis también incorpora referencias generales a la Ley de Urgente Considera- 
ción que resultara aprobada en julio de este año, y al tratamiento, en curso, del Proyecto de 
Presupuesto 2020-2024. Se entiende que las referidas medidas sociales y sanitarias junto a 


1. Doctora en Ciencias Sociales. Facultad de Ciencias Sociales (FCS). Universidad de la República (Udelar). 
Master en Servicio Social. Universidad Federal de Río de Janciro — Universidad de la República. Asistente 
Social. Udelar. Docente e investigadora en Régimen de Dedicación Total del Departamento de Trabajo Social 
(DTS). FCS. Udelar. Co- Coordinadora del Diploma de Especialización en Políticas Sociales. Co- editora de 
la revista Fronteras. DTS. FCS. Udelar. 

2 Doctora en Sociología y Ciencias Políticas (opción Sociología). Universidad de Deusto, España. Licencia- 
da en Sociología. Universidad de la República (Udelar). Licenciada en Trabajo Social. Udelar. Docente e in- 
vestigadora en Régimen de Dedicación Total del D'T'S. FCS. Udelar. Co- editora de la revista Fronteras. DTS. 
ECS. Udelar. Co- coordinadora del Programa de estudio sobre control socio jurídico de infancia y adolescencia 
en Uruguay. Estudios sobre infracción adolescente. CSIC. Udelar. Co- coordinadora del Diploma en penali- 
dad juvenil. FCS. Udelar. Coordinadora del Doctorado en Ciencias Sociales con especialización en Trabajo 
Social. FCS. Udelar. Investigadora activa del Sistema Nacional de Investigadores de la Agencia Nacional de 
Investigación e Innovación (ANID). 

3 Doctora en Ciencias Sociales, con especialización en Trabajo Social. Facultad de Ciencias Sociales. Uni- 
versidad de la República. Master en Trabajo Social. Universidad Federal de Río de Janciro-Universidad de la 
República. Especialista en Políticas Sociales. FCS. Udelar. Asistente Social. Universidad de la República. Do- 
cente e investigadora en Régimen de Dedicación Total del DT'S, FCS, Udelar. Co Coordinadora del Diploma 
en Penalidad Juvenil. FCS. Udelar. Co- coordinadora del Programa de estudio sobre control socio jurídico 
de infancia y adolescencia en Uruguay. Estudios sobre infracción adolescente. CSIC. Udelar Co-editora de 
la Revista Fronteras. Investigadora activa del Sistema Nacional de Investigadores de la Agencia Nacional de 
Investigación e Innovación. 

% — Doctora en Ciencias Sociales. Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de la República. Master en Po- 
líticas Públicas. Facultad de Administración y Ciencias Sociales. Universidad ORT. Especialista en Políticas 
Sociales. FCS. Udelar. Licenciada en Trabajo Social. Udelar. Docente e investigadora del D'T'S. FCS. Udelar. 
Co- Coordinadora del Diploma de Especialización en Políticas Sociales. FCS. Udelar. Investigadora activa del 
Sistema Nacional de Investigadores de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANID). 


estos proyectos legislativos evidencian la postura gubernamental acerca de los mecanismos 
de acceso a la protección y al bienestar social. 


Acciones y omisiones gubernamentales frente a la emergencia sanitaria nacional 


El 1* de marzo de 2020 Lacalle Pou asumió el gobierno nacional. Un par de semanas 
después declaró la emergencia sanitaria como consecuencia de los primeros casos positivos 
por el coronavirus. Esto determinó una secuencia de medidas específicas para atender la 
pérdida y la reducción de ingresos y, por tanto, la pobreza producida y/o agudizada en el 
nuevo contexto. En conferencia de prensa del 23 de marzo, ante consulta sobre la eventuali- 
dad del aislamiento total el presidente respondió: “Nosotros no estamos haciendo política. 
No vamos a hacer política. Nosotros estamos gobernando”. La primera consideración para 
realizar sobre esta respuesta es que gobernar supone siempre la adopción de decisiones po- 
líticas expresadas en lo que se comunica y resuelve, así como en lo que no se dice y aquello 
que se opta por dejar hacer. 


Además, las políticas públicas, particularmente las políticas sociales, abordan cues- 
tiones que en un momento dado se configuran como problemáticas. No hay respuesta a 
asuntos que no ingresan a agenda como problema y, por tanto, no se constituyen en tópicos 
a atender. En tanto la construcción de las respuestas tiene que ver con la comprensión que 
se realiza del problema, se vuelve relevante entender qué se dice sobre el asunto, qué carac- 
terísticas se le atribuyen y cómo se lo explica. La forma de configurar el problema en esta 
crisis es indicativa de la manera en que el nuevo gobierno visualiza la realidad. Consecuen- 
temente, demarca los espacios y mecanismos a través de los cuales las personas acceden al 
bienestar y a la protección social. La coincidencia temporal entre el inicio de la pandemia y 
la asunción presidencial hace que, al mirar las valoraciones y construcciones sobre la emer- 
gencia sanitaria, se tengan indicios sobre los énfasis del nuevo gobierno. 


En diciembre de 2019 el coronavirus estaba presente a nivel mundial y tuvo una ace- 
lerada expansión en países con los que Uruguay tiene amplia relación como, por ejemplo, 
España e Italia, así como los más próximos Argentina y Brasil. Pese a ello, se presentó baja 
preocupación gubernamental por la pandemia hasta que se instaló notoriamente en nues- 
tro país y se convirtió no solo en un asunto de salud pública sino también en tema para la 
coalición multicolor”. A este respecto se observan situaciones peculiares considerando el 
escenario que se estaba viviendo en ese momento. Por una parte, no se avanzaba en la desig- 
nación de las nuevas autoridades de la Administración Nacional de los Servicios de Salud 
del Estado (ASSE). Fue recién entre el 18 y el 25 de marzo que dejaron sus cargos quienes 


3 Ver: https: //www.presidencia.gub.uy/comunicacion/comunicacionnoticias/medidas-coronavirus-lu- 


nes-23 
£ Coalición política electoral que triunfa con la fórmula Luis Lacalle Pou-Beatriz Argimón para presidente 
y vicepresidente, respectivamente, en las elecciones presidenciales de Uruguay de 2019. La integra el Partido 


Nacional, el Partido Colorado, Cabildo Abierto, el Partido Independiente y el Partido de la Gente. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


207 


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208 


habían sido designados por el gobierno anterior al frente de este organismo que reviste gran 
relevancia en el manejo de la pandemia. Por otro lado, el énfasis del nuevo gobierno -fun- 
damentalmente del Partido Nacional- estaba concentrado en la formulación de la Ley de 
Urgente Consideración (LUC). Su armado -de 457 artículos en su primera versión y 501 
en la definitiva- ocupó gran parte de la atención del gobierno en los meses previos a asumir 
y los inmediatamente posteriores. El 9 de marzo el presidente anunció que ese proyecto de 
ley sería enviado al Parlamento el 16 de ese mes. 


El contexto de emergencia sanitaria limitó las posibilidades del debate; restringió el 
ejercicio de los derechos de reunión y comunicación del pensamiento, así como afectó las 
posibilidades de expresiones colectivas en lugares públicos. No obstante, ello no fue un 
impedimento para que se procediera a un trámite parlamentario definido por plazos muy 
acotados con relación a cualquier otro proyecto legislativo y que culminó el 9 de julio de 
2020 con la sanción de la Ley N* 19.889. Una vez aprobada, Lacalle Pou manifestó pública- 
mente su satisfacción por el respaldo a este instrumento al que describió como “necesario, 
justo y popular”. 


El país incorporó así una diversidad de modificaciones a la legislación vigente e intro- 
dujo una nueva normativa en torno a un amplio e inconexo abanico de áreas tales como: 
seguridad ciudadana, espacio aéreo, educación, inclusión financiera, comunicaciones, régi- 
men de adopciones, relaciones laborales, régimen previsional, creación del Ministerio de 
Ambiente, creación de la Oficina de Bienestar Animal. Se suma a este espectro un conjunto 
diverso de medidas referidas al sector agropecuario, portuario, energético, áreas protegidas 
y políticas de vivienda. 


Se asistió a la reducción de ámbitos de participación y de espacios de diálogo social, 
desregulación de algunas funciones del Estado y adopción de un carácter fuertemente pu- 
nitivo del proyecto en materia de seguridad. Todo ello devela una concepción policializante 
de la vida en sociedad* y da fundamento a una serie de desacertadas transformaciones en la 
normativa vigente. 


Cuando el coronavirus ingresó a la agenda como problema, lo hizo desde cuatro aspec- 
tos complejos. En primer lugar, se configuró casi estrictamente como un evento sanitario y 
económico. Hubo escasa consideración de las dimensiones sociales vinculadas a cuál era la 
realidad de vida de las distintas personas, familias y barrios, cómo irrumpió en su cotidiano 
el distanciamiento físico, que posibilidades efectivas tenían para sostenerlo o cuáles eran 
sus proyecciones a corto y mediano plazo. 


7 El País, 9 de julio de 2020. Disponible en: https://www.elpais.com.uy/informacion/politica/nace-ley- 


urgente-consideracion-puntos-clave-proyecto-lacalle-pou.html 

$ Veral respecto al declaración del Grupo de Estudios en Política Criminal. FDer, CSIC, UDELAR y el 
Centro de Investigaciones y Estudios Penales del Uruguay. Dra. Adela Reta. Comunicado. Disponible en: 
https://docplayer.es/190544819-Comunicado-ciepur-gepcu-pagina-1.html 


En segundo término, la pandemia aparece como una realidad uniforme para todas las 
personas en forma independiente de otras condicionantes. La excepción la constituye la 
edad para el caso de personas mayores de 65 años que son consideradas población de riesgo. 
Más allá de eso, no hay una problematización a partir de otras claves como la disparidad 
en las condiciones habitacionales, accesibilidad a elementos de bioseguridad, afectación de 
ingresos, desbalances intrafamiliares con particular impacto en las mujeres. Esta mirada a 
la pandemia como una realidad existente sin articulación con las desigualdades sociales, 
es fortalecida por la intensa convocatoria a pensar el país en su conjunto: “De esta sali- 
mos todos juntos”; “Este partido lo ganamos entre todos. Gracias por cuidarse. Gracias por 
cuidarnos”; “Juntos podemos”. Enunciados de este tenor vertebran el discurso público del 
gobierno. 


En tercer lugar, se configura como un problema que además de considerar residual- 
mente la dimensión social, lo hace en su mínima expresión. La meta básicamente es man- 
tener vivas a las personas más afectadas. La referencia a que no falte el “plato de comida 
adquiere centralidad en la configuración del problema. Un problema que, si bien es consi- 
derado profundo, se lo piensa como de breve duración. Este es uno de los ejes centrales en 
las apariciones de la Ministra de Economía, Azucena Arbeleche, que ha insistido en el im- 
pacto significativo, pero transitorio”, de la pandemia en la economía del país. Las respuestas 
construidas para atender a la pobreza y la informalidad se caracterizan por ser residuales, 
escasas con respecto a las necesidades a atender, limitadas en el tiempo y con apuestas a las 
distintas expresiones de la sociedad civil. Esto ocurre aún y a pesar del reconocimiento por 
parte del Ministro de Desarrollo Social Pablo Bartol, a quien le preocupan los efectos de la 
crisis económica en la población más vulnerable. Agrega que la crisis económica ha hecho 
mella en muchas personas, lo que ha llevado a un incremento notorio de las solicitudes 
recibidas por el organismo””. 


La primera medida que se tomó fue a través de prestaciones ya vigentes: la Tarjeta Uru- 
guay Social (TUS) y las Asignaciones Familiares (AFAM-PE). Consistió en la duplicación 
del monto cobrado y su pago se realiza repartido en dos veces. Cabe señalar que son trans- 
ferencias a término, que debieron replicarse en tres oportunidades por la persistencia de la 
severidad en las condiciones de vida. El primer anuncio fue realizado en abril, indicando 
que sería por única vez. En junio se informa de un segundo pago (a ser realizado ese mes y 
en julio) y en agosto se realiza el tercer anuncio (a pagarse ese mes y en setiembre) (Mides, 
2020 


a). Como puede observase, se trata de una ampliación que se reduce a aquellas perso- 
nas ya beneficiarias de las prestaciones. La incorporación de nuevos sectores no es el cami- 


? Ver: https://www.subrayado.com.uy/ministra-economia-asegura-que-el-impacto-economico-sera-signifi- 


cativo-pero-transitorio-n614489 
10. Ver:  https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Aumento-el-numero-de-personas-que-solicita-asisten- 
cia-al-Mides-informo-Bartol-uc767200 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


210 


no elegido por el nuevo gobierno. Para esa población la estrategia es el reparto de canastas 
de alimentos (con un valor de 1200 pesos — aproximadamente U$ 28) que pasan a tener 
centralidad en la respuesta construida. Estas toman básicamente dos modalidades, o bien 
un conjunto de productos a retirar desde las Oficinas Territoriales del Ministerio de Desa- 
rrollo Social (MIDES) y de las Intendencias Departamentales o un bono de dinero, a través 
de una aplicación del celular, utilizable en comercios adheridos (Mides, 2020) 


b). Sobre los criterios de adjudicación de las canastas, lo único indicado es la incom- 
patibilidad con otras prestaciones del Estado y que los titulares beneficiarios de la TUS o 
AFAM-PE, tampoco podrán solicitarlas. Sí pueden hacerlo, los restantes integrantes del 
núcleo familiar, mayores de 18 años (Mides, 2020 a). Fuera de eso, no es de conocimiento 
público la forma en que el MIDES resuelve a quienes otorga las canastas, ni tampoco lo es 
la información sobre la distribución ya realizada. Otro aspecto a destacar es que la entrega 
de canastas se ha reiterado, pero se trata de un anuncio que se va haciendo a medida que 
transcurre el tiempo. Esto provoca que las personas no tengan certezas ni a mediano nia 
largo plazo, sobre las posibilidades de seguir contando con esos alimentos que, para mu- 
chos hogares, hace una gran diferencia. 


En suma, las respuestas públicas existen, pero son de montos reducidos e insuficientes 
para atender la pérdida de ingresos que se prolonga de manera indefinida. Históricamente 
la política asistencial ha sido residual, inclusive durante los gobiernos del Frente Amplio, 
pero se produce aquí —aún en un contexto de emergencia y con convocatoria al distancia- 
miento social— una radicalización de este trazo. Además, se trata de medidas que van siendo 
anunciadas de a poco y, por lo tanto, no otorgan la posibilidad de configurarse como sostén 
que dé cierta estabilidad, a partir de la cual organizar mínimamente la existencia. 


La magnitud y la rapidez de las medidas adoptadas adquieren un rango destacable a 
criterio del gobierno. En declaraciones públicas, el Ministro de Desarrollo Social Pablo 
Bartol destacó como virtud la velocidad de la respuesta del gobierno, indicando la impo- 
sibilidad de la espera para quienes tienen grandes necesidades. Más allá del coronavirus, 
entiende que el Estado debe acostumbrarse a tener respuestas rápidas, sin hacer que la gente 
vulnerable tenga que esperar**. “Hacer algo” -y más aún, si es para muchos- pasa a tener un 
valor por fuera del cómo, y fundamentalmente, del cuánto, el qué y por qué tiempo. En 
consecuencia, el hacer algo queda por fuera de cualquier consideración sobre la posibilidad 
y capacidad de reducir la desprotección social. 


Como fuera indicado, la apuesta del gobierno también combina acciones de la socie- 
dad civil. Algunas de ellas son expresamente promovidas como, por ejemplo, las donacio- 
nes. Esta modalidad, junto con las canastas de alimentos, ocupa una buena parte de la pági- 
na web del Mides. Bajo el título: “Donaciones COVID - 19” se indica que la intención del 


1 Ver:  http://www.subrayado.com.uy/mides-asigno-85000-canastas-alimentos-la-crisis-del-coronavirus- 


n621339 


organismo es: “sistematizar y centralizar las donaciones que voluntaria y espontáneamente 
han surgido como iniciativas de empresa y personas que buscan contribuir a la campaña 
de apoyo a las personas que atraviesan situaciones de vulnerabilidad en nuestra sociedad” 
(Mides, 2020 c). Se agrega que se considera pertinente organizar y coordinar las donacio- 
nes, dando garantías a los donantes y priorizando las necesidades de quienes las recibirán, 
según criterios establecidos. Luego se adjuntan siete documentos que indican el procedi- 
miento para donar, los materiales priorizados y el formato de remito a firmar. No hay allí, 
ninguna indicación sobre el procedimiento para postular a esas donaciones, ni en ningún 
otro lado de la información disponible públicamente, figuran los criterios para priorizarlas 
y organizarlas. No es posible conocer la magnitud y el tipo de donaciones recibidas por el 
organismo ni a quienes han sido adjudicadas. 


Otra acción en el mismo sentido es la desarrollada por Laura RaXo, que fuera candi- 
data por la coalición multicolor a las elecciones departamentales de Montevideo el 27 de 
setiembre de 2020. El 21 de abril, lanzó la campaña “Elegí ayudar”. Como integrante del 
partido a cargo del gobierno nacional, su accionar también incorpora la modalidad de las 
donaciones. En su página web se indica que tal iniciativa supone una campaña solidaria que 
une a los uruguayos más afectados por la crisis con la voluntad que otros tienen de ayudar. 
Agrega “tiene como fin mitigar el impacto negativo del Coronavirus COVID 19 en perso- 
nas de más de 65 años en contextos socioeconómicos vulnerables, así como en las personas 
en situación de calle” (Elegí Ayudar, 2020). Se agrega que el objetivo de la campaña es re- 
caudar fondos a partir de donaciones individuales, que se canalizarán principalmente a tra- 
vés del Mides. Por otra parte, Lorena Ponce de León, esposa del presidente, encabeza “Uni- 
dos para ayudar” (2020)*. Se señala que se trata de una iniciativa solidaria, promovida por 
un grupo de empresas, con el objetivo de entregar al menos 60.000 canastas para brindar 
apoyo a la población uruguaya más vulnerable, también a ser repartidas a través del Mides. 


Finalmente, aparece también la sociedad civil, a través del “dejar hacer) siendo su prin- 
cipal expresión las ollas populares. Inmediatamente al anuncio de la presencia de casos con- 
firmados por el covid-19, las ollas populares comienzan a desarrollarse por diversos puntos 
del país. Son promovidas por actores sociales diversos, entre los que se encuentran sindi- 
catos, vecinos, organizaciones sociales e instituciones religiosas. De acuerdo a una nota de 
prensa escrita, en agosto había 229 ollas activas en Montevideo y en ellas comían 38.719 
personas!”, 


El funcionamiento de las ollas contraviene la exhortación al distanciamiento social 
realizado por las autoridades. Sin embargo, la única acción por parte del Mides y del Mi- 
nisterio de Salud Pública (MSP) es dar recomendaciones para su gestión (Mides, 2020 d). 


2. https: //www.elpais.com.uy/informacion/sociedad/unidos-ayudar-empresas-arman-canastas-colaborar- 


emergencia-sanitaria.html 
BL Ver: https://ladiaria.com.uy/politica/articulo/2020/8/se-realizo-el-primer-encuentro-de-redes-de-ollas- 


solidarias-puntapie-para-la-creacion-de-unacoordinadora 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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El ministro Pablo Bartol, en la nota de prensa ya referida, las considera como expresión 
de la solidaridad uruguaya que vienen a atender un problema grave. Aquí no cuenta ni la 
aglomeración ni las medidas bromatológicas ni cualquier normativa que sí es estrictamente 
observada para otras cuestiones. También parece ser una iniciativa muy bien valorada por 
el Ministerio de Turismo (MINTUR). En una publicación del 31 de marzo, titulada “La 
otra cara del coronavirus. Cuando ganan la creatividad y la solidaridad” se listan distintas 
acciones que conformarían una red creativa y solidaria. Forman parte de ese listado, entre 
otros, la compra de “gestos gastronómicos” para el personal de la salud, canciones populares 


subidas a las redes y también las ollas populares (MINTUR, 2020). 


Asimismo, las ollas populares también merecieron el reconocimiento del presidente 
Lacalle Pou. Según indica una nota de prensa!*, el presidente señaló que, de un día para 
el otro, hubo gente que no pudo comer más y que el Estado hizo el esfuerzo que podía y 
que no fue suficiente. Observó que, ante esas limitaciones, hubo una cosa linda de los uru- 
guayos: cantidad de gente que se puso a remar ollas, juntar alimentos y repartir canastas. 
Agregó que se trata de héroes anónimos, que fueron fundamentales para que nadie pasara 
hambre. Pareciera estar aquí la explicación a escasa observación a las normas en el caso de 
las ollas: llenan el vacío que el Estado deja. A esto debe sumarse un importante espacio 
destinado por los canales privados de televisión (fundamentalmente en sus informativos 
centrales) a mostrar esta experiencia y -una vez más- exhortar a las donaciones. En esa di- 
fusión filmaban en primer plano a las personas haciendo fila y otras escenas que, aunque 
se presentaban en formatos conmovedores, no dejaban de violentar la dignidad humana. 


Es cierto que las ollas populares son un recurso relevante para muchas personas que 
no logran cubrir de otra manera sus necesidades mínimas. Además, algunas de estas ollas 
constituyen auténtica expresión de la solidaridad de una parte de la sociedad uruguaya que 
aporta insumos y trabajo voluntario. No obstante, lo que más expresan es la insuficiencia 
de las respuestas públicas, los grandes vacíos de la política social para hacer frente a la emer- 
gencia y la manera en que el nuevo gobierno entiende que deben articularse las distintas 
áreas en la provisión de bienestar. 


Desde la Universidad de la República también se realizaron análisis que dan cuenta de 
la insuficiencia de las respuestas públicas. En el Instituto de Economía los investigadores 
Brum y da Rosa (2020) cuantificaron la contracción en los niveles de empleo e ingresos y 
procuran visualizar los impactos sobre la pobreza!? en abril de 2020. Más específicamente 
se orientan a comprender la cantidad de personas que pasan a estar bajo la línea de pobreza 


14 https://ladiaria.com.uy/politica/articulo/2020/7/lacalle-pou-el-esfuerzo-del-estado-para-los-mas-afecta- 


dos-por-la-emergencia-sanitaria 
15 En la definición de pobreza, utilizan el enfoque monetario, que es el utilizado por el Instituto Nacional de 
Estadísticas (INE). Así, “[un] hogar es considerado pobre, si el ingreso corriente con valor locativo del hogar es 
menor al de la línea de pobreza determinada para ese hogar (la línea tiene en cuenta la canasta básica de alimen- 
tos, la no alimentaria y el número de integrantes del hogar). Las personas pobres son aquellas que pertenecen a 


un hogar pobre”. La línea de pobreza depende, por tanto, de la ubicación geográfica del hogar y de su número 


a partir de la pandemia y la capacidad de las medidas implementadas para neutralizar los 
efectos negativos de esa situación. En base a los datos de la Encuesta Continua de Hogares, 
simulan el envío a seguro de paro de unos 140 mil trabajadores/as formales; luego, la pérdi- 
da de empleo e ingresos para los trabajadores/as informales y cuentapropistas en función de 
la contracción prevista de la economía y las principales medidas paliativas desplegadas por 
el gobierno. Parten de considerar que, más allá de la dimensión estrictamente sanitaria de 
la crisis, habrá una contracción económica de larga duración que recaerá en mayor medida, 
sobre las personas de bajos e inestables ingresos y de la población vinculada al empleo infor- 
mal, arribando a tres conclusiones. (Brum y da Rosa, 2020). A partir de esa aproximación, 
primero entienden que el número de hogares y personas por debajo de la línea de pobreza 
se incrementa rápidamente. Considerando una caída de 3,5% del Producto Interno Bruto 
(PIB), la incidencia de la pobreza tras la acción de las nuevas políticas desplegadas trepa 
al 11,6% (incremento de 3,1 puntos porcentuales) y se ubica entre 11,2% y 12,1% depen- 
diendo de distintos escenarios. Esto supone que entre 94 mil y 127 mil personas pasan a 
ser pobres. En segundo lugar, consideran que las medidas implementadas por el gobierno, 
si bien moderan levemente el aumento de la pobreza, son insuficientes para contenerlo. 
En promedio, las medidas representan el 4% de los ingresos de los hogares destinatarios de 
las nuevas políticas. Finalmente, los autores concluyen que el aumento en la pobreza es en 
gran medida mitigable y el incremento de la pobreza de corto plazo puede neutralizarse por 
medio de transferencias monetarias. Agregan que las cifras que esto supone sugieren mag- 
nitudes que indican que una respuesta más próxima a los desafíos impuestos por la crisis, 
está dentro del alcance de las políticas públicas (Brum y da Rosa, 2020). 


Finalmente, la respuesta del gobierno también se aleja de las recomendaciones reali- 
zadas por la CEPAL (2020). El organismo considera que en América Latina hay amplios 
estratos de población muy vulnerable a la pérdida de ingresos laborales y propone un ingre- 
so básico de emergencia como instrumento de protección social. Consiste en una transfe- 
rencia monetaria equivalente a una línea de pobreza!%, durante seis meses, para toda la po- 
blación en situación de pobreza en 2020. Otra medida, considera que la caída económica 
pronosticada para el año afectará directamente a la seguridad alimentaria de millones de 
personas. Ante esto, CEPAL promueve la distribución de un bono contra el hambre como 
complemento del ingreso básico de emergencia, dirigido a toda la población en situación 
de pobreza extrema y por un monto equivalente al 70% de una línea regional de pobreza 
extrema”. El mismo informe, al analizar el esfuerzo fiscal realizado en las medidas para 
enfrentar la pandemia, en 17 países del continente, ubica a Uruguay en el último lugar. 


de integrantes. A modo de ejemplo, la línea de pobreza para un hogar de tres integrantes en Montevideo, actua- 
lizado a marzo de 2020, es de $38.933. 

16 143 dólares en 2010 (CEPAL, 2020). 

17 67 dólares en 2010 (CEPAL, 2020). 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


213 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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La discusión del presupuesto nacional en contexto de pandemia 


En un escenario internacional post-pandemia, en contraposición a los ejecutivos de 
bancos y a los analistas'*, el gobierno prevé una expansión del Producto Bruto Interno con 
aceleración económica de la mano del sector privado, dinamizador de la economía con 
menor presión impositiva que ha generado un debate entre los economistas acerca del op- 
timismo gubernamental y las asignaciones presupuestales para los próximos cinco años””. 
Como refiere Fernando Esponda (2020), existe una gran diferencia entre las declaraciones 
públicas de la coalición de gobierno encabezada por Luis Lacalle Pou acerca del presupues- 
to y lo que realmente se expresa en el proyecto de ley a través de un texto “muy árido para 
la comprensión” ciudadana. 


El proyecto del Presupuesto nacional, presentado por la coalición de gobierno como 
proyección para el quinquenio, se ha focalizado en la disminución del déficit fiscal que se 
busca lograr mediante el ahorro en el gasto público en el contexto de la pandemia. Estas 
medidas se traducen en una severa disminución de las asignaciones para los rubros de salud, 
educación y políticas sociales, así como contención de los gastos sociales para cubrir sala- 
rios públicos y jubilaciones. Asimismo, se augura pérdida de la capacidad adquisitiva? que 
podría aumentar debido a la previsión inflacionaria” prevista por el gobierno. Tales aspec- 
tos de reducción de los gastos sociales”? se acompañan de una propuesta de aumento de los 


salarios de los directores de las empresas públicas y creación de cargos públicos de confianza 
18 La diaria, 24 de setiembre de 2020. Bancos y analistas prevén mayor caída del PBI en 2020 que el gobierno 
y menor recuperación en años siguientes. 

19 La diaria. 15 de septiembre de 2020. Presupuesto: Mordecki dijo que incluye proyecciones “inconsistentes” 
y Lema espera un contexto mundial “más favorable”. 

22 El gobierno prevé una pérdida de salario real para el año 2020 de 0.7% y de 2.5% para el 2021, lo que daría 
un acumulado de 3.2% sin mecanismos automáticos de recuperación salarial previstos en la ley de presupuesto. 
El artículo 4 de la Ley de presupuesto prevé una recuperación salarial a partir de enero de 2022, estimada en 
función del Índice Medio de Salarios del Sector Público publicada por el Instituto Nacional de Estadística, sin 
especificar el punto de partida previsto para la recuperación salarial y con un barómetro que considera todos 
los salarios públicos que no se incluyen en la ley de presupuesto como el de las intendencias departamentales y 
los salarios de los directorios de los entes públicos que suben al inicio del período como se explica más adelante. 
La ley de presupuesto se compromete a mantener constante este promedio, en una redacción opaca, ya que, al 
tratarse de un promedio, si unos salarios suben, se espera que otros también bajen. Asimismo, el ajuste previsto 
a partir de 2022 no es automático, sino que se encuentra atado al “resultado financiero del sector público y las 
disponibilidades del Tesoro Nacional”, que faculta al Poder Ejecutivo a corregir a la baja “el resultado financiero 
del sector público previsto en la exposición de motivos del Presupuesto 2020-2024 no se cumpliera”, lo que, 
como indican Zelko, Araya y Vallcorba, “constituye un escenario altamente probable”. 

21 La pérdida de salario real podría ser mayor si la inflación no se comporta como estima el gobierno, tal como 
prevén los analistas privados. No obstante, aun considerando la hipótesis gubernamental de baja inflacionaria, 
se prevé que los aumentos de los salarios sucedan antes del descenso de la inflación, por lo que los sectores pú- 
blicos estarían sujetos a una pérdida de capacidad de compra. 

2 — Si bien en el discurso presupuestal del gobierno se habla de una expansión del presupuesto asignado al Mi- 
nisterio de Desarrollo Social, como explica Germán Benítez, no se trata más que de “un asiento contable” que 
pasa el presupuesto de las Asignaciones Familiares del Banco de Previsión Social al Ministerio de Desarrollo 
Social, aunque el primer organismo continúe abonando las prestaciones. 


con elevados salarios en el Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Desarrollo 
Social, así como en la creación del Ministerio de Ambiente (Benítez, 2020). La justifica- 
ción es que los cargos públicos obtienen menor remuneración que los cargos gerenciales en 
el sector privado. El gobierno, que apuesta al sector empresarial para dinamizar la econo- 
mía, pareciera haber tenido dificultades para encontrar personas que acepten desempeñar 
la función pública con menor remuneración que en sus empleos privados, lo que supuso 
medidas correctivas. Esta primera formulación que figuraba en la ley de presupuesto quin- 
quenal fue ampliamente cuestionada por la oposición, obteniendo, asimismo, repercusión 
negativa en la opinión pública. A partir de estas primeras reacciones, el presidente anunció 
públicamente que “no es el momento” de generar estos egresos en el erario cuando el go- 
bierno propone ahorrar en el gasto del Estado, a la vez que constituye una mala señal para 
las personas que más sufren las consecuencias socioeconómicas derivadas de la pandemia. 


En suma, como explican Zelko, Araya y Vallcorba (2020) los componentes sobre los 
que recae el ajuste no parecerían provenir de una mejora en la gestión que generaría aho- 
rros del orden de los 900 millones de dólares como se prometió en la campaña electoral. 
El ahorro se conformaría con una reducción de 0.6% del Producto Bruto Interno en las 
remuneraciones públicas, del 0.5% de las pasividades y del 0.4% de las transferencias mone- 
tarias a los sectores vulnerables expresadas en asignaciones familiares y beneficios del Banco 
de Previsión Social. Tal ahorro no representa una mejora sino una disminución del gasto 
público que afecta al bienestar de la población. 


El discurso económico del gobierno y el manejo de la crisis sanitaria, en el contexto de 
la pandemia, ha dejado una impresión favorable en una amplia porción de la población. En 
contraposición, ante la desaceleración de la economía y la pérdida de puestos de trabajo, 
otros sectores sociales como, por ejemplo, la Universidad de la República,” el PIT-CNT* 
y el partido de oposición Frente Amplio” han planteado la creación del instrumento de la 
renta básica como medida paliativa para los sectores más afectados por la crisis económica. 
Este instrumento se concibe bajo distintas modalidades, pero la propuesta ha tenido un 
sistemático rechazo del gobierno. Asimismo, en sintonía con las demandas de la Universi- 
dad de la República,” y la Universidad Tecnológica” la oposición ha planteado aumentar 
la asignación presupuestal destinada a la educación pública. La educación no tiene previsto 


2 Montevideo Portal, 29 de marzo de 2020. El largo brazo del Estado. Académicos de UdelaR apoyan la idea 
de una renta básica y proponen una que sea universal. 

2 Radio Uruguay, 9 de abril de 2020. PIT-CNT presentó a Lacalle Pou propuesta de renta básica de emer- 
gencia. 

% La República, 28 de agosto de 2020. FA presentó un proyecto para crear una renta básica universal de $ 
16.000 para personas mayores de 60 años. 

26 La diaria, 24 de setiembre de 2020. Arim se reunió con el presidente para plantearle preocupaciones por el 
presupuesto. 

27 La diaria, 24 de setiembre de 2020. FA busca presentar contrapropuesta en el presupuesto para otorgar más 


recursos a la educación. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


215 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


216 


incrementos presupuestales con lo que ello significa en términos de retroceso en la descen- 
tralización y la investigación en el país. 


Consideraciones finales 


Un primer aspecto para destacar es que las máximas autoridades del gobierno pueden 
reconocer que hay personas que quedaron sin la posibilidad de resolver sus necesidades. 
Sin embargo, eso no se traduce en un fortalecimiento sustantivo de la acción pública. Por 
el contrario, es ostensible el entusiasmo del gobierno ante las acciones de las organizacio- 
nes sociales y mercantiles, que asumen el protagonismo en las respuestas. Esta situación 
parecería connotar desrresponsabilización del Estado” en la crisis socioeconómica que la 
pandemia ha instalado/profundizado. 


En segundo término, la constatación de retracción en el mercado de empleo, la de- 
bilidad de las respuestas públicas para atender a las personas en situación de pobreza y 
vulnerabilidad y la exacerbada apuesta a la acción de la sociedad civil, supone una vuelta a 
la individualización y la comunitarización. Parecería tratarse de un retorno a las tendencias 
de la protección social de los años 90, que Danani (2008) asocia al empeoramiento de las 
condiciones de vida de las mayorías latinoamericanas en esos años. 


Desde la perspectiva de la autora, la individualización es entendida como una forma 
de orientar las políticas sociales vinculando las condiciones de vida de las personas con su 
situación individual. Agrega que la protección social se individualiza cuando el acceso, la 
magnitud y la calidad de los servicios a los que las distintas personas acceden depende de su 
situación inmediata y/o de su capacidad de pago o de su suerte. Destaca las consecuencias 
que esto supone para la desigualdad, en tanto la individualización refleja la pauta distribu- 
tiva personal, manteniendo las distancias existentes. 


Por su parte, la comunitarización es comprendida como una forma de protección que 
define y asigna la responsabilidad por el bienestar a los grupos primarios. Aquí interviene tan- 
to la familia como las formas propiamente comunitarias, mediadas solamente por relaciones 
de proximidad (Danani, 2008). Esa comunidad próxima sugiere condiciones similares de tal 
forma que, si se trata de comunidad con baja capacidad de generar protección, es poco proba- 
ble que el individuo encuentre allí una fuente sustantiva de cambio a su situación. 


Individualización y comunitarización suponen para Danani un proceso desociali- 
zador de la reproducción, entendida como la pérdida del carácter social y colectivo de la 
vida. Comparten la negación -en sentido material, institucional y político cultural- de la 
responsabilidad social por el bienestar. La autora no pone en duda el aporte de la comuni- 
tarización para mejorar las condiciones de vida. Por el contrario, la considera con una gran 


28 Al respecto cf. El análisis de Estela Grassi “Beneficencia, nueva filantropía, tercer sector: ¿Una “revolución 


solidaria”?” en su clásico libro de descripción de la década de los noventa en Argentina. Políticas y problemas 
sociales en la sociedad neoliberal. La otra década infame (1). Buenos Aires, Espacio. pp. 281-299. 


potencia para sostener la reproducción. No obstante, advierte que, en una mirada global, 
tanto la comunitarización como la individualización son productoras de desigualdad. Eri- 
gen estructuras de protección que dependen de particularismos individuales o grupales y, 
por esa razón, no dan las debidas garantías. Solo la institucionalidad pública con legitimi- 
dad social conlleva mecanismos de exigibilidad del derecho a las provisiones del sistema de 
protección (Danani, 2008). 


Algunas de las comunicaciones públicas emitidas por quienes asumen las máximas 
responsabilidades en el Mides, parecerían anunciar este viejo énfasis individualizador del 
conflicto social, y al mismo tiempo, exponen señales claras de comunitarización. Desde 
esta perspectiva, que no es nueva, se afirma que se requieren «ganas y fuerzas para volver a 
engancharse con la sociedad». Al mismo tiempo, se entiende que aquellos que atraviesan 
«crisis personales» demandan una estrategia asentada en la participación de referentes 
barriales — que se «parecen» a los primeros -, capaces de «inspirar» a quiénes se les debe 
«empujar a salir del pozo». Colocada la cuestión de la pobreza, en relación con el cre- 
cimiento del país y su productividad, el Mides parecería concebirse como un ministerio 
desligado del «tema económico» y capaz de incidir en el «grado de felicidad que adquiere 
la gente»: este es «el objetivo del Mides en los próximos años: que la gente sea más feliz > 
concluye públicamente la máxima jerarquía ministerial”, Esta visión tampoco es una nove- 
dad en el escenario de las políticas públicas. Por ejemplo, aparece en el análisis que Grassi 
(2018) realiza sobre el discurso político emitido durante la presidencia de Mauricio Macri 
en Argentina. Allí identifica en las figuras más representativas del gobierno, enunciados 
pueriles, aunque no ideológicamente inocuos que operaron en dirección a la despolitiza- 
ción de la cuestión social. En este sentido, agrega, “liviandad y optimismo, y la convocatoria 
a ser felices, vinieron a reemplazar los ceños serios y profesorales” de los comunicadores del 
entorno presidencial del anterior gobierno (Grassi, 2018:89-90). 


En suma, en nuestro país se observan estrategias cuya implantación conjunta debili- 
tan, en mayor o menor medida, el acceso al bienestar social. Por un lado, los referidos ím- 
petus de individualización y comunitarización acompañados de exhortaciones a ser felices. 
Por otra parte, un conjunto de sanciones legislativas punitivistas, como las que consagró 
la LUC y una distribución presupuestal con las orientaciones expuestas. Todo ello supone 
una considerable afectación al ejercicio de los derechos de ciudadanía y, en última instan- 
cia, a la calidad de la democracia. El país venía transitando una ampliación de la agenda de 
derechos que, aún con dificultades en la marcha y con evaluaciones pendientes, instauró un 
referencial distintivo en la región y supuso el reposicionamiento del Estado como garante 
del acceso al bienestar a través de un sistema de protección social articulado. Las orienta- 
ciones expuestas parecerían indicar una brusca interrupción de este proceso para asumir 
nuevos rumbos. 


2 Enla Mira VTV. 29 de abril de 2020. ¿El ministerio de los pobres? - Entrevista a Pablo Bartol. Disponible 
en: https: //www.youtube.com/watch?v=siZRwWEAM-w 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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218 


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La diaria, 24 de setiembre de 2020. FA busca presentar contrapropuesta en el presupuesto para otorgar más 
recursos a la educación. Disponible en: https://ladiaria.com.uy/educacion/articulo/2020/9/fa-bus- 
ca-presentar-contrapropuesta-en-el-presupuesto-para-otorgar-mas-recursos-a-la-educacion/?utm_ 
source=newsletterécutm_medium=emailScutm_campaign=econom 


La diaria. 15 de septiembre de 2020. Presupuesto: Mordecki dijo que incluye proyecciones “inconsistentes” 
y Lema espera un contexto mundial “más favorable”. Disponible en: https: //ladiaria.com.uy/econo- 
mia/articulo/2020/9/presupuesto-mordecki-dijo-que-incluye-proyecciones-inconsistentes-y-lema- 
espera-un-contexto-mundial-mas-favorable/?utm_source=newsletterécuem_medium=emailécutm_ 
campaign=economia 


La República, 28 de agosto de 2020. FA presentó un proyecto para crear una renta básica universal de $ 16.000 
para personas mayores de 60 años. Disponible en: https: //www.republica.com.uy/fa-presento-un-pro- 
yecto-para-crear-una-renta-basica-universal-de-16-000-para-personas-mayores-de-60-anos-id784561/ 


Montevideo Portal, 29 de marzo de 2020. El largo brazo del Estado. Académicos de UdelaR apoyan la idea de 
una renta básica y proponen una que sea universal. Disponible en: https: / / www.montevideo.com.uy/ 
Noticias/Academicos-de-UdelaR-apoyan-la-idea-de-una-renta-basica-y-proponen-una-que-sca-univer- 


sal-uuc748523 


Radio Uruguay, 9 de abril de 2020. PIT-CNT presentó a Lacalle Pou propuesta de renta básica de emergencia. 
Disponible en: https://radiouruguay.uy/pit-cnt-presento-a-lacalle-pou-propuesta-de-renta-basica-de- 
emergencia/ 


Zelko, Braulio; Araya, Federico y Vallcorba, Martín. Apretar salarios y pasividades frente y, ante todo. La diaria. 
21 de septiembre de 2020. Disponible en: https: //ladiaria.com.uy/economia/articulo/2020/9/apretar- 
salarios-y-pasividades-frente-y-ante-todo/ 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


219 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


220 


El teletrabajo durante tiempos pandémicos y su 
proyección futura 


Laura Bálsamo! 


Luego del 13 de marzo del 2020, y a raíz de la declaración de emergencia sanitaria en 
nuestro país, en un contexto de pandemia mundial a causa del COVID 19, se produjo una 
explosión del denominado teletrabajo, trabajo a distancia, o trabajo virtual como también 
se le conoce.? 


Según el INE, que midió el período que va desde marzo a agosto de 2020, en el mes 
de abril se produjo el pico máximo de teletrabajo en el país, con un promedio de 19,3% (en 
Montevideo llegó a 29,8% y en el interior a 12,2%). 


Evidentemente el COVID obligó a empresas y a la administración pública a reestruc- 
turar el modo de trabajo de muchos de sus trabajadores, y en algunos sectores, ayudó a 
consolidar una tendencia —que por otra parte es mundial- de avance del teletrabajo. Si 
bien no hubo una cuarentena obligatoria, el gobierno exhortó a las empresas a utilizar el 
teletrabajo con la finalidad de evitar las concentraciones de personas.* En un principio no 
hubo control de asistencia en la educación y luego se suspendieron las clases presenciales 
hasta junio, y se implementaron las clases virtuales a través de diferentes plataformas (Plan 


Ceibal, CREA, Zoom, Jitsi, Google Meet, etc.). 


En nuestro país, la modalidad del teletrabajo durante este período fue prevaleciente en 
algunas ramas de actividad, por ejemplo en el mes de abril, en la enseñanza fue de un 76,9%, 
en Información y Comunicación de un 64,9%, en Actividades financieras y de seguros de 
un 56,4% y en Actividades profesionales, científicas y técnicas de un 51,7%, entre otras.? 


Estas decisiones, que debido al contexto se tomaron rápidamente, sin la planificación 
adecuada y sin marco legal que la sustente, implicaron la emergencia de nuevos problemas, 


!. Integrante del Servicio Paz y Justicia — Uruguay. 


2 Según una de las definiciones que ofrece la OTT, el teletrabajo es la forma de organizar y realizar el trabajo 
a distancia mediante la utilización de las TIC (tecnologías de la información y comunicación) en el domicilio 
del trabajador o en lugares o establecimientos ajenos al empleador. Ver OIT. Manual de Buenas prácticas en 
teletrabajo. 1ra. ed. Buenos Aires : Oficina Internacional del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguri- 
dad Social, Unión Industrial Argentina, 2011. Recuperado en https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/-- 
-americas/---ro-lima/---ilo-buenos_aires/documents/publication/wems_bai_pub_143.pdf 

3 https://www.ine.gub.uy/documents/10181/716453/Teletrabajo+en+Uruguay+en+tiempos+de+Cov 
id+_1/d039d533-0308-420£-83£2-f41ad4527c8b 

4 https: //www.subrayado.com.uy/gobierno-exhorta-implementar-el-teletrabajo-n611176 

https: //www.ine.gub.uy/documents/10181/716453/Teletrabajo+en+Uruguay+en+tiempos+de+Cov 


id-194+%282%29/3c6b65dd-352b-4282-814d-b2627bf2dfcd 


5 


como por ejemplo, que al mismo tiempo que las personas debían de trabajar en su hogar, 
tenían que cuidar a sus hijos, todo ello en el espacio limitado de su hogar (y dependiendo 
de la cantidad de miembros de la familia, a veces hogares hacinados) y también le faltaran 
materiales y equipos para el desarrollo del teletrabajo o que éstos debían ser aportados por 
el trabajador 


Tampoco hubo protocolos generales o normativa que estableciera las diferencias entre 
tiempo de descanso y tiempo de trabajo, por lo que ello fue librado a la iniciativa de los 
acuerdos entre empleadores y trabajadores (debe tenerse presente que las relaciones entre 
ambos son asimétricas, en favor del empleador, con lo que ello significa). Los costos de 
electricidad, equipos (computadoras, celulares, tablets, impresoras, etc.), conexión a inter- 
net, escritorio y sillón de oficina ergonómicos y en general de las herramientas de trabajo, 
también estuvo librado a lo que cada empleador acordara con sus trabajadores. 


Es necesario destacar que hubo una mayoría de mujeres en la realización del teletraba- 
jo, siempre tomando el mes de abril, donde hubo un 25,7% de mujeres frente a un 14,4% 
de hombres.* Ello implica que debido a la división histórica del trabajo entre géneros, pode- 
mos presumir que la mayor parte del trabajo de cuidado de los niños y las tareas domésticas, 
haya recaído, de hecho, sobre las mujeres del hogar. Según una investigación reciente: entre 
los trabajadores cuya ocupación les permitiría teletrabajar, el 35% vive con al menos un niño 
o niña menor de 12 años en el hogar. En el caso de las mujeres trabajadoras, ese guarismo es 
del 37%, y un 13% vive con más de un niño o niña menor de 12 años. En ese sentido, la ex- 
hortación a teletrabajar puede convertirse en un verdadero problema de conciliación para un 
número importante de trabajadoras y trabajadores.” 


En una encuesta sobre la productividad del teletrabajo durante la pandemia que se 
le hiciera a los socios de la Cámara de Comercio Uruguay-Estados Unidos, el 62% de los 
ejecutivos opinaron que la productividad no bajó, e incluso un 24% dijo que ésta había au- 
mentado y solamente un 14% dijo que había bajado en el mismo período.* Cabe la reflexión 
de que quizás el aumento de la productividad, se pudo deber al aumento del tiempo de 
trabajo, dado lo fácil que resulta que se desdibujen los límites en el horario de trabajo con 
respecto al horario de descanso, en el caso del teletrabajo durante el confinamiento como 
se comprobado en otros países.” 


6 Ídem nota 2. 


Espino, Alma, De los Santos, Daniela. Pandemia, políticas públicas y desigualdades de género en Uruguay. 
Montevideo: ONU Mujeres. Entidad de Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de 
las Mujeres, 2020. Recuperado de https: //ciedur.org.uy/wp-content/uploads/2020/07/medidas-de-politica- 
publica-onu-mujeres-julio2020.pdf 


8 


7 


Ver: https://www.ccuruguayusa.com/prensa/estudio-revela-que-el-teletrabajo-mejoro-la-productividad- 
de-las-empresas/ 
? Ver https://www.lavanguardia.com/vivo/lifestyle/20200501/48858067178/el-teletrabajo-aumenta-dos- 


horas-la-jornada-y-avanza-su-inicio.html 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


221 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


222 


Uno de los sectores que más usó el teletrabajo fue la enseñanza en todas sus ramas. 
Se plantearon múltiples desafíos y problemas originados por el teletrabajo y la enseñanza 
virtual que fueron señalados y criticados en mayor o menor medida, por diversos colectivos 
de docentes, entre ellos los sindicatos. En un artículo del Boletín de Ades se plantean difi- 
cultades siendo las principales que: el plan Ceibal y sus plataformas virtuales no son de acceso 
universal, una gran cantidad de estudiantes no accede por falta de equipos, acceso a internet, 
dificultades en la comprensión y manejo de la plataforma.” 


En el caso de la enseñanza en la Universidad de la República, por ejemplo, un docu- 
mento de un grupo de docentes universitarios de la Facultad de Ciencias Sociales, recoge 
diversas inquietudes: En la mayoría de los casos supuso adaptarse a una nueva dinámica de 
trabajo, adquirir nuevas habilidades, asumir más actividades de coordinación y gestión de la 
enseñanza, adaptar el espacio del hogar para ello y disponibilizar nuestros propios recursos (im- 
ternet, dispositivos, etc.) para llevar adelante la tarea laboral. La mayor exposición y perma- 
nencia frente a la pantalla por tiempo prolongado en horas y días, también puede generar un 
mayor desgaste físico (vista, postura del cuerpo, por ejemplo).!* Asimismo agrega dificultades 
en la aplicación del derecho a la desconexión, la organización de tiempos de trabajo, un alto 
grado de estrés ante las nuevas dinámicas y por el contexto mundial de crisis e incertidum- 
bre y la situación que atraviesan los y las trabajadoras (por razones históricas mayormente 
éstas) que tienen hijos/as y personas en situación de dependencia a cargo que tienen super- 
puestos los tiempos y espacios de trabajos y cuidados. 


Entre la mayoría de las críticas al teletrabajo de parte de los trabajadores en general, 
más allá del sector que sea, se encuentran las que describen la situación como un retroceso 
en los derechos de los trabajadores y en una carga, en cuanto a que muchas veces es el pro- 
pio trabajador que debe proporcionar la computadora, pagar la electricidad, la conexión 
a internet, y que la disponibilidad horaria es permanente. Es decir, que no solamente está 
aportando su fuerza de trabajo sino que además provee los medios de producción. 


Estas fallas podrían subsanarse si el teletrabajo fuera regulado con un marco normati- 
vo específico que contemplara esas cuestiones como sucede en el derecho comparado. 


Durante el mes de octubre de este año se aprobó en la Cámara de Senadores un pro- 
yecto de regulación del teletrabajo impulsado por la senadora del Partido Colorado Car- 
men Sanguinetti*? con la intención según sus declaraciones, de adaptar el trabajo a los nue- 
vos tiempos. Fue votado por la bancada oficialista, mientras que el Frente Amplio, si bien 
votó la mayoría de los artículos, no aprobó el proyecto en general. Las objeciones vienen 
principalmente por dos artículos y porque no se haya enviado el proyecto al Consejo Superior 


10 


Ades Montevideo, Boletín informativo, Mayo 2020. Recuperado de: https://drive.google.com/ 
file/d/1luymkgl1PNo9uMá4y6-gAYONnNOrgBN WhxkK/view 
1 Ver http://www.adur.org.uy/images/Teletrabajo_COVID_ADUR_FCS.pdf 
2. Ver https: //legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/S202010-0198-008995086.pdf 


Tripartito, ámbito de negociación en la órbita del Ministerio de Trabajo, para que se discuta 
allí y puedan aportar al proyecto.*? 


No son las únicas voces discrepantes, ya que Héctor Zapirain, abogado laboralista y 
asesor del PIT-CNT, dijo en un programa televisivo que este proyecto consagraba la des- 
regulación y la precarización laboral.'* Asimismo, los diputados frenteamplistas Gabriel 
Otero y Eduardo Antonini plantearon otro proyecto de ley de regulación del teletrabajo 
y criticaron fuertemente tres artículos del proyecto de Carmen Sanguinetti, los arts. 2, 8 y 
12,2 


El artículo 2 del proyecto de Carmen Sanguinetti con las modificaciones hechas por la 
Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de la Cámara de Senadores establece: 


(Ámbito de Aplicación). La presente regulación será aplicable a las relaciones laborales 
que se desempeñen en un régimen de subordinación y dependencia en las que el empleador sea 
una persona privada o de derecho público no estatal. 


Las objeciones a este artículo es que no se contempla a todos los trabajadores, porque 
se deja de lado a los trabajadores del sector público. 


El artículo 8 dice: 


“(De la jornada laboral del teletrabajador). El teletrabajador está excluido del derecho 
de limitación de la jornada diaria. Éste podrá distribuir libremente su jornada en los horarios 
que mejor se adapten a sus necesidades, la que no podrá superar el límite máximo de 44 y 48 
horas semanales, según corresponda al tipo de actividad y sin perjuicio del derecho al descanso 
y a la desconexión. No obstante, ello, cuando la actividad laboral así lo requiera, el empleador 
y el teletrabajador podrán convenir una jornada laboral con horario determinado. 


Los topes previstos no serán de aplicación para aquellos trabajadores cuya jornada laboral 
no se encuentra limitada por la normativa vigente” 


Es uno de los artículos más cuestionados, ya que se considera que el derecho de la 
jornada laboral de 8 horas es una de las conquistas más importantes entre los derechos 
laborales consagrados. 


Según el senador frenteamplista Oscar Andrade “hay dos formas de resolver esto. Desde 
la perspectiva de que el trabajador cuenta con el derecho de las ocho horas pero a pesar de te- 
nerlo las puede reorganizar como planteamos en la comisión o en la redacción que dice que se 
le niega el derecho a los ocho horas. Esa es la diferencia. Concentrémonos en la diferencia entre 
una fórmula y otra. Acá hay senadores que definieron en su argumentación que no hacerlo de 
esta manera era matar al teletrabajo. No lo inventé yo cuando digo que parece que estuviéramos 


B-— Ver https://www.180.com.uy/articulo/84031_avanza-ley-sobre-el-teletrabajo-entre-el-ogro-empleador- 


y-legislar-para-actividades-que-no-conocemos 
14 Programa Vespertinas, Canal 4, 23 de octubre de 2020. https: //www.youtube.com/watch?v=JkCKhmcalrA 
15 Ídem. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


223 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


224 


buscando componentes de promoción de la inversión. Estamos discutiendo la complejidad de 
derechos laborales para actividades que todavía no conocemos”* 


El artículo 12 dispone que: 


“(Herramientas y equipos para el teletrabajo). Las partes acordarán la forma de provisión 
de las tecnologías de la información necesarias para que el trabajador desarrolle el teletrabajo, 
debiendo quedar debidamente consignada en el contrato de trabajo. Los equipos, insumos y 
servicios que provea el empleador, ya sea en forma directa o asumiendo su costo para el desa- 
rrollo de las tareas asignadas al teletrabajador, no serán considerados a ningún efecto parte del 
salario, materia gravada ni asignación computable.” 


Es claro que el acuerdo o negociación es en términos desiguales, debido a la relación de 
subordinación del trabajador respecto del empleador, lo que implica que se puedan generar 
abusos por parte del primero. 


El riesgo de una legislación apresurada y sin contemplar todas las complejidades que 
están en juego, ya fue señalado por un reputado académico de Derecho Laboral, el Dr. Juan 
Raso, que en su blog advierte que el teletrabajo Gmpacta en las relaciones laborales, pero 
también en la propia vida privada y familiar del individuo. Ello justifica su análisis a través 
de un gran debate nacional, para evitar el riesgo de promover una nueva ola de precarización 
laboral y daños colaterales en los hogares.” 


16 Ver nota 13. 


Ver http://elblogdejuanraso.blogspot.com/2020/05/luces-y-sombras-del-teletrabajo.htm 


17 


El impulso y su freno: batllismo millennial, COVID 
y proyecto herrero-riverista-ruralista 


Gabriel Oyhantcabal' | Rodrigo Alonso? 


Matices en el tercer batllismo 


Se suele pensar que los años que se corresponden con los tres gobiernos del Frente Am- 
plio (FA) constituyen una etapa económica homogénea caracterizada en lo fundamental 
por un fuerte empuje económico. De esta manera, se habla del “ciclo progresista” sin ma- 
yores resguardos por señalar matices en la evolución de las variables macroeconómicas de 
esos 15 años. Sin embargo, es posible identificar con claridad dos etapas bien diferenciadas 
entre 2005 y 2019, lo que nos permite a su vez echar luz sobre el momento económico en el 
cual nos encontramos y sobre los procesos de recambio político del reciente ciclo electoral. 


Si bien técnicamente la economía uruguaya creció de forma ininterrumpida entre 
2005 y 2019, desde 2015 ingresó en una fase de enfriamiento con un crecimiento anual 
del producto y el salario real considerablemente inferior al período precedente. Mientras 
que en los años que corresponden a la primera gestión de Tabaré Vázquez (2005-2009) el 
PBI creció 5,9% anual en promedio y durante los años correspondientes a la gestión de José 
Mujica al frente de la presidencia (2010-2014) lo hizo a un promedio anual de 4,9%, en los 
años correspondientes a la segunda gestión de Vázquez (2015-2019) el crecimiento anual 
promedio fue de 1,3%. En términos de PBI per cápita, la variación en el total del período 
2015-2019 fue de apenas un 0,9%, lo que indica que la riqueza total por habitante se en- 
centró prácticamente estancada”. 


La cantidad de empresas se multiplica en el período 2005-2019. Según el registro del 
Instituto Nacional de Estadística (INE), que releva las entidades jurídicas con actividad 
económica en el sector privado, pasamos de un total de 110.716 entidades jurídicas en 
2005 a 191.282 en 2019, una variación de 72,8%. Sin embargo, esa variación no es cons- 
tante en ese período. Si solo tenemos en cuenta las empresas con 5 o más empleados (que 
representan el 13,5% del total), vemos que entre 2004 y 2009 el número de éstas crece 
22,5%, entre 2009 y 2014 un 38,3% y en el período 2014-2019 el crecimiento se detiene, 
registrándose incluso una ínfima disminución del número de empresas (- 0,1%)4. 


1 Ing. Agrónomo. Dr. en Estudios Latinoamericanos por la UNAM. Integrante de trabajoycapital.uy y del 
Comité Editorial de Hemisferio Izquierdo. 


2 Economista. Integrante de trabajoycapital.uy y del Comité Editorial de Hemisferio Izquierdo. 


? Banco Central del Uruguay. 


% Instituto Nacional de Estadística. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


225 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


226 


La variación acumulada del salario real en dichos períodos también registra un com- 
portamiento similar. Mientras que en las dos primeras gestiones frenteamplistas crece un 
acumulado de 26% (2005-2009) y 25% (2010-2014), en el último período de gestión lo 
hace apenas un 4% (2015-2019). La tasa de empleo del conjunto de la economía (personas 
ocupadas respecto a la población en edad de trabajar) se eleva entre 2005 y 2014 desde un 
53% a poco más del 60%, para luego descender hacia 2019 a cerca del 56%. El desempleo 
registra un movimiento inversamente proporcional. Tiene un fuerte descenso en los prime- 
ros dos períodos de gestión frenteamplista, donde desciende de casi un 13% a un mínimo 
cercano al 6% en 2012, para luego estancarse y comenzar a subir hasta llegar a casi un 9% 
en 2019, 


Los puestos cotizantes en la seguridad social parten en 2004 de poco menos de un mi- 
llón y crecen sostenidamente hasta alcanzar en 2014 casi 1.450.000 y estancarse allí hasta 
2019. En coherencia con esto, la informalidad medida según cantidad de trabajadores no 
registrados sobre la población ocupada parte de un 40,7% al final del gobierno colorado 
de Jorge Batlle y desciende hasta un 24,9% al final del gobierno de Mujica (2014) y allí se 
estanca registrando un 24,8% al final del gobierno Vázquez (2019). 


La pobreza medida en términos de ingreso cae drásticamente entre 2005 y 2014, pa- 
sando de un valor cercano al 40% a cerca de 10%. Sin embargo, en el quinquenio 2015- 
2019 ese descenso se estanca entre el 9 y el 10%”. La desigualdad de ingresos, medida por 
el índice de Gini, se reduce considerablemente entre 2007 y 2012 (de 0,46 a 0,38) y allí 
permanece constante hasta 2019. 


Las reservas internacionales, es decir, los depósitos en moneda extranjera bajo control 
del Banco Central del Uruguay utilizados para la gestión del tipo de cambio y el resguardo 
de la capacidad del país para la realización de diversos pagos en divisas (importaciones, 
amortización y pagos de intereses de deuda externa, remisión de utilidades al extranjero, 
etc.) crecieron sustantivamente en el período 2005-2014, más del 600% hasta llegar a los 
USD 17.400 millones. No obstante, a partir de 2014 ya se registra un fin en su alto ritmo 
de crecimiento y el valor a 2019 es un 13% menor al de 2014. 


El resultado fiscal se ubicó entre 2005 y 2012 en un rango deficitario entre O y 2% del 
PBL, sin embargo, a partir de 2012 salta a cerca de tres puntos del producto y continúa cre- 
ciendo hasta llegar a casi un 5% de déficit en 2019*, La deuda bruta del sector público entre 
2004 y 2014 transita una secuencia de caída desde un 100% del PBI a cerca del 58% para, a 
partir de allí, iniciar un proceso de crecimiento moderado pero constante hasta llegar a un 
66% del PBI anual en 2019. 


Ídem. 

Banco de Previsión Social. 

Instituto Nacional de Estadística. 
Ministerio de Economía y Finanzas. 


wo 2% Ja 


Banco Central del Uruguay. 


Tanto el incremento sostenido del déficit fiscal (gasto del Estado que supera a sus in- 
gresos) como el de la deuda externa, suelen indicar que la economía está compensando y 
postergando una serie de desequilibrios. En el primer caso, el déficit fiscal revela la poster- 
gación de una creciente puja distributiva por el ingreso entre diferentes actores al interior 
de la economía local. El crecimiento, y la recaudación impositiva asociado a éste, no permi- 
ten acompasar el nivel de crecimiento del gasto público. Esa brecha es lo que se expresa lue- 
go en la forma de déficit fiscal. En el caso de la deuda externa, esta opera como una fuente 
de compensación de divisas (moneda extranjera), lo que revela que no están ingresando las 
divisas necesarias para acompasar y sostener el proceso de crecimiento económico. 


Es notorio que la economía uruguaya presentó un comportamiento diferente entre 
2005 y 2014 y entre 2015 y 2019. En el primer caso se trató de un período de fuerte expan- 
sión económica de la mano de una mejora en diversos indicadores sociales. En ese período 
fue posible combinar crecimiento de las ganancias con inclusión social, a la vez que se me- 
joraban otros indicadores como el incremento de las reservas internacionales y la caída de la 
relación deuda externa PBI, además de una mejora en su perfil (menos deuda nominada en 
dólares, menores tasas de interés y mayores plazos de amortización). Al mismo tiempo, se 
expandieron fuertemente los capitales tal como lo muestra la expansión del número de em- 
presas, creció el salario real promedio de los trabajadores, así como el número de personas 
ocupadas, que pasa de aproximadamente poco más de 1.300.000 personas en 2004 a más de 
1.600.000 en 2014, año en que se estanca y comienza a descender levemente. Estamos por 
tanto ante una fase de fuerte expansión y de agregación de demandas e incorporación de 
participantes al reparto de la economía uruguaya que contrasta fuertemente con los niveles 
de exclusión a los que se había llegado en el primer quinquenio del siglo XXI. 


En el período 2015-2019 se entra en una fase de meseta y de empeoramiento en algu- 
nos indicadores. El crecimiento del PBI se reduce significativamente y medido por habitan- 
te prácticamente se estanca. La pobreza y el desempleo empeoran levemente. Es posible vi- 
sualizar también una agudización de la puja distributiva y la restricción externa (carencia de 
dólares) que en parte se traduce en el fuerte incremento del déficit fiscal, el fin de un ciclo 
de desendeudamiento en relación al PBI, el inicio de un proceso de incremento de los ni- 
veles de deuda pública y un estancamiento en el crecimiento de las reservas internacionales. 


¿Qué explica este primer período de fuerte expansión (2005-2014) y la posterior me- 
seta (2015-2019)? Es visible que entre esos períodos no se registra un giro en el elenco 
político de la conducción macroeconómica, por lo que es sencillo descartar explicaciones 
que busquen respuestas en los giros de política económica. Las razones deben buscarse en 
las bases mismas de cómo funciona la economía uruguaya y visualizar las determinantes 
de fondo que explican los ciclos de expansión, el estancamiento y las crisis en la economía 


política del Uruguay. 


Uruguay es un país Ni-Ni en el concierto mundial: ni tiene la baratura de la mano de 
obra de países del sudeste asiático, ni la alta productividad de los llamados países centrales. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


207 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


228 


Su inserción internacional se basa en la exportación de bienes primarios a partir de los que 
obtiene una fuente de riqueza extraordinaria como es la renta del suelo que, por no remu- 
nerar a ningún sujeto necesario para la producción, sino derivarse de la propiedad de la 
tierra, puede operar como una fuente de compensación a la improductividad relativa y baja 
competitividad del conjunto de los capitales de la economía?. 


El principal mecanismo utilizado durante el pasado ciclo progresista para transferir 
renta agropecuaria al conjunto de la economía fue la sobrevaluación del tipo de cambio. 
Un dólar barato afecta a quien exporta en beneficio de quienes operan con mercancías 
importadas y quienes compran divisas para obtener poder de compra internacional. Esto 
dinamiza la acumulación interna en la medida que abarata los bienes de capital y las mer- 
cancías importadas que componen los salarios, con ello reduce los costos de los medios de 
producción y permite que se mejore las remuneraciones de la fuerza de trabajo, a la vez que 
no se afectan los ingresos del capital. 


Al igual que el conjunto de América Latina, Uruguay recibió entre 2004 y 2014 un flu- 
jo creciente de renta del suelo producto del incremento sostenido de los precios de las ma- 
terias primas a nivel internacional. Datos procesados por Oyhantcabal'' en su tesis doctoral 
indican que: mientras en 2005 la magnitud de renta del suelo que se transfería al conjunto 
de la economía por la vía del abaratamiento del tipo de cambio o sobrevaluación cambiaria 
(apreciación del peso) era del entorno de los 500 millones de dólares anuales, este valor 
crece sistemáticamente hasta llegar al entorno de 3.300 millones de dólares durante 2012, 
2013 y 2014, para luego comenzar un descenso a menos de 2.500 millones de dólares en 
2019, descenso que coincide con el fin del superciclo de los commodities en 2014. Este auge 
del flujo de renta coincide con un proceso continuado de sobrevaluación del peso que re- 
corre todo el período entre 2005 y 2014, y recién se estabiliza a partir de 2014, revelando 
que ya se llegó a un límite para continuar incrementando la magnitud de transferencia de 
recursos hacia el conjunto de la economía por la vía de traspasar renta del suelo por la vía 
cambiaria. 


La expansión del flujo de renta, cuando parte importante de ésta se obtiene por la 
agricultura extensiva, tiene como contracara el incremento sustancial de los agroquímicos 
(fertilizantes y biocidas) que se utiliza el agronegocio. En los años 2000 y 2001 se utilizaban 
poco menos de 5.000 toneladas anuales de agroquímicos. Este valor crecerá continuamente 
a lo largo de los años hasta llegar a casi 25.000 toneladas en 2014. En consonancia con la 
caída de los precios internacionales de las materias primas, en 2015 caerá la superficie bajo 
explotación agrícola y con ello el uso de agroquímicos a unas 15.000 toneladas por año”. 
10 Oyhantcabal Benelli, G. y Alonso, “Hijos de la renta: apuntes sobre la economía política del Uruguay”. En: 
Entre (Org.) Ensayos sobre lo que empieza y lo que termina. Montevideo, HUM. 10-30, 2017. 

11 Oyhantcabal Benelli, G, “La acumulación de capital en Uruguay 1973-2014: tasa de ganancia, renta del 
suelo agraria y desvalorización de la fuerza de trabajo”. Tesis de doctor en Estudios Latinoamericanos. UNAM: 


México, 2019. En: http://oreon.dgbiblio.unam.mx/F?RN=124038062 


2. hrtps://brecha.com.uy/intoxicados/ 


Además de la renta del suelo, la inversión extranjera directa (IED) cumplió un rol re- 
levante en la fase expansiva referida. Mientras que entre los años 1970 y 2000 el promedio 
de stock de IED es del 0,6% del PBI total, entre 2006 y 2014 superará siempre el 3,5% del 
producto. Es recién desde 2014 en adelante que comenzará a disminuir para llegar a niveles 
sustantivamente inferiores”, El alto flujo de IED se vincula con las bajas tasas de interés a 
nivel internacional, pero también con la expansión del flujo de renta recibido por el país, ya 
que uno de los objetivos de valorización de la IED son justamente los ingresos derivados de 
la renta del suelo. El resultado de esta expansión de la IED fue una importante extranjeri- 
zación de la economía. Así, mientras en 2003 casi el 80% del valor exportado correspondía 
a capitales uruguayos, para 2019 solo el 31% del valor exportado corresponde a empresas 
nacionales”, 


El tercer elemento que explica el sustantivo crecimiento de la fase 2005-2014 es el 
efecto rebote sobre la crisis del 2002 y la caída del salario real de cerca de un 20% ocurrida 
allí, lo que abarató considerablemente la fuerza de trabajo. Es recién en 2010 que el sala- 
rio real promedio de las uruguayas y uruguayos recupera los niveles previos a la crisis del 
2002.** 


El fin del empuje rentista y la retracción de la TED comienza a sentirse en los niveles 
de inversión en la economía local. La formación bruta de capital fijo, luego de subir conti- 
nuamente desde un valor menor al 15% del PBI en 2004, hasta alcanzar valores superiores 
al 20% en 2012, 2013 y 2014, en 2015 inicia su descenso hasta estancarse en cerca del 17% 
del PBI.'* Sin embargo, a la vez que cae la inversión local, entre 2013 y 2018 los activos 
privados en el extranjero (ahorro local que se fuga al exterior) se incrementan un 28%” y 
se ubican en un valor acumulado cercano al 50% del PBI anual. Esto sugiere dos hipótesis: 
(¿) durante el auge rentista el capitalismo uruguayo quedó chico para la reinversión de utili- 
dades, a tal punto que un grueso de ellas fue transnacionalizado en cuentas bancarias fuera 
del país, activos fijos como tierras en Paraguay (donde hay cerca de 2 millones de hectáreas 
compradas por uruguayos) y otros activos en el exterior; (21) en la fase de estancamiento 
se aceleró la fuga de divisas, probablemente en busca de una rentabilidad que la economía 
local no podía otorgar. 


La dependencia del flujo de renta del suelo establece la existencia de ciclos recurrentes 
que responden en lo fundamental a los ciclos generales de la evolución del precio de las ma- 
terias primas a nivel global. Las fases de alza son fases de expansión económica y de agrega- 
ción de demandas, las fases de estancamiento comienzan a intensificar la puja distributiva y 


1 UruguayXXI. 

14 Idem. 

Instituto Nacional de Estadística. 

Banco Central del Uruguay. 

https: //brecha.com.uy/de-esas-lluvias-estos-lodos/ 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


229 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


230 


a prologar una fuerte disputa por la distribución social del ajuste requerido por la economía 
cuando ya no cuenta con los motores del período anterior. 


Históricamente, los diferentes ciclos de expansión sobre la base de un boom de renta 
han dado lugar a los dos batllismos del siglo XX (Methol Ferré llamaba al batllismo el “par- 
tido de la prosperidad”). Considerando los años progresistas del siglo XXI como una suerte 
de tercer batllismo, en la coyuntura actual parece estar cristalizando un nuevo “momento 
antibatllista” que expresa la necesidad de reajustar economía. En este, vuelve a alinearse y 
gana centralidad política una coalición integrada por el herrerismo, los herederos del ri- 
verismo y una proyección del capital rural (que expresó Un Solo Uruguay). Se trata de un 
momento conocido para el Uruguay, tal como fue el golpe de Gabriel Terra en 1933 o la 
victoria del herrero-ruralismo en 1958 cuando asume el poder el primer colegiado blanco. 


Impactos económicos del COVID-19: una crisis empalma con la meseta 


La pandemia del COVID-19 aceleró y agudizó este escenario de desaceleración y ajus- 
te que viene procesando la economía uruguaya desde 2015, luego de agotado el último 
boom de commodities. En este sentido, es importante separar en el análisis las tendencias de 
fondo de la economía uruguaya de los impactos específicos que introdujo la pandemia, de 
forma de evitar atribuir la actual crisis económica exclusivamente a los efectos del COVID 


19. 


La pandemia impactó en la economía uruguaya mediante dos grandes mecanismos. 
En primer lugar, porque los efectos globales de la pandemia redujeron las exportaciones 
de bienes y servicios, siendo los casos paradigmáticos: China como principal destino de las 
exportaciones de bienes (soja, carne, celulosa) y Argentina como principal fuente de turis- 
tas. Las cifras indican que de enero a setiembre de 2020 las exportaciones de bienes caye- 
ron un 16% en comparación con igual período en 2019, registrándose importantes caídas 
interanuales en los principales rubros de exportación del Uruguay como la carne (-16%), 
la soja (-20%) y la pasta de celulosa (-31%). La principal explicación de esta caída está en 
la reducción de las exportaciones a China, cuya economía cayó un 6% durante el primer 
semestre de 2020. En el caso del turismo el impacto aún no fue tan significativo, ya que la 
pandemia no afectó la temporada estival de 2020. Sin embargo, desde marzo prácticamen- 
te desapareció el turismo internacional, y todo indica que la temporada estival de 2021 
será muy negativa ya que las fronteras permanecerán cerradas. Si bien parte del turismo de 
uruguayos en el exterior se redirigirá hacia el mercado interno, este llegaría a cubrir como 
máximo un 40% del turismo de extranjeros en Uruguay”*. 


En segundo lugar, la pandemia impactó severamente en la economía uruguaya por 
las medidas de aislamiento tomadas a nivel nacional para contener la expansión del virus. 


18 https://www.busqueda.com.uy/Secciones/Proxima-temporada-turistica-seria-peor-o-mucho-peor-que- 


la-pasada-uc1925 


El impacto más severo se produjo en los tres meses posteriores a la declaración de la emer- 
gencia sanitaria el 13 de marzo. Durante el segundo trimestre de 2020 (abril-junio) el PBI 
cayó 10% en comparación con el mismo trimestre de 2019 y un 9% en comparación con el 
primer trimestre de 2020. Los sectores más afectados fueron los vinculados al comercio, los 
servicios y la industria, consecuencia directa del cierre transitorio de comercios y la reduc- 
ción del consumo asociada a la incertidumbre generada por la crisis. 


Si bien recién el año que viene sabremos el impacto real de la crisis causada por el CO- 
VID-19 en la economía uruguaya durante este año, las previsiones del FMI en su informe 
de octubre 2020 indican que el PBI caerá 4,5%, un punto porcentual por encima de las 
estimaciones del gobierno uruguayo que ubican la caída en 3,5%. Cabe recordar que, antes 
de la pandemia, el pronóstico para la economía uruguaya en 2020 era de un crecimiento de 
2,5%. El FMI también pronostica que en 2021 el PBI crecerá 4,3% y en 2022 crecerá otro 
2,3%, de forma que recién a fines de 2022 el producto bruto tendrá el nivel que hubiera 
tenido a fines de 2020 sin COVID”. 


Como no podía ser de otra forma, en una sociedad capitalista este brutal parate eco- 
nómico impactó severamente en los ingresos de buena parte de la clase trabajadora. En las 
primeras cuatro semanas de la pandemia alrededor de 140.000 asalariados privados fueron 
enviados al seguro de paro (que remunera alrededor de 55% del salario), que se sumaron a 
unos 45.000 trabajadores que estaban en el seguro de paro antes de la pandemia, llegando 
a una cifra récord de 185.000 beneficiarios. Al mismo tiempo, la parálisis de parte de la 
economía afectó en cifras aún desconocidas los ingresos de miles trabajadores informales, 
los que representan cerca del 30% de la Población Económicamente Activa. El impacto fue 
tal que en abril el Instituto de Economía de la Universidad de la República estimó que en 
dicho mes 100.000 nuevas personas cayeron bajo la línea de pobreza.” 


Si bien hacia setiembre las cifras de seguro de paro mejoraron, bajando a un total de 
100.000 personas, se estima que en julio más de 20.000 personas habían perdido su trabajo 
a causa de la pandemia, los que se suman a los casi 60.000 nuevos desempleados generados 
en el período 2015-2019, elevando la tasa de desempleo a un 10,8%. 


Si bien el gobierno de Lacalle Pou tomó diversas medidas para paliar los efectos so- 
ciales y económicos de la pandemia como subsidios directos, extensión de seguro de paro 
y apoyos a empresas”!, estas fueron magras en la comparación internacional según surge de 


12 https://negocios.elpais.com.uy/noticias/dice-fondo-monetario-internacional-economia-uruguaya.html 


22 https://ladiaria.com.uy/politica/articulo/2020/5/instituto-de-economia-de-la-udelar-concluye-que-en- 
abril-unas-100-mil-personas-cayeron-por-debajo-de-la-linea-de-pobreza/ 

21 Entre las principales medidas destacan: (1) la flexibilización para el acceso al seguro de paro, que implica 
un incremento en el déficit de la seguridad social que financiado por el gobierno; (21) la ampliación del seguro 
por enfermedad para trabajadores mayores de 65 años; (111) transferencias por única vez de 50 USD/cápita para 
80.000 personas en condiciones de pobreza extrema y de 400 USD/cápita para mono-tributistas; (11) prórroga 
de vencimientos de tarifas públicas para personas empresas; (1) incremento de préstamos para empresas me- 


diante la reducción de encajes de la banca privada. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


231 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


232 


informes de la CEPAL.? El propio gobierno, luego de criticar ala CEPAL por las cifras pu- 
blicadas sobre Uruguay, afirmó que en su conjunto los gastos imputados al llamado Fondo 
Solidario COVID-19 alcanzan el 0,9% del PBI? (contra el 0,7% reportado por CEPAL). 
Cualquiera sea la cifra que se utilice, está muy por debajo del promedio de América Latina 
que asciende a 3,2% del PBI y más debajo aún de países con gobiernos afines al de Uruguay 
como Chile (5,7%), Perú (4,8%), Brasil (4,6%) y Paraguay (4,2%). De hecho, como la pro- 
pia CEPAL demuestra, en el conjunto del continente la magnitud del gasto no se relaciona 
directamente ni con la magnitud de la deuda ni con el déficit fiscal, pues existen países con 
mayor nivel de endeudamiento (Argentina) y mayor déficit fiscal (Brasil) que han gastado 
más que Uruguay. 


Así, el magro paquete fiscal del gobierno parece resultar de una estrategia política 
orientada a abatir el déficit fiscal a como dé lugar, tarea que se le hará más cuesta arriba 
por los impactos de la pandemia. Al asumir en marzo de 2020 el déficit fiscal estaba en 
el entorno del 5% del PBI (unos 2.500 millones de dólares), sin embargo, producto del 
paquete fiscal para enfrentar los efectos del COVID 19 y de la reducción de la recaudación 
impositiva por la caída de la actividad económica, dicho déficit se elevó a 6,1% a setiembre 
de 2020 y se espera que cierre el año en 6,6% del PBL. 


El gobierno pretende que este incremento sea solo coyuntural y tiene por meta llevar 
el déficit fiscal a 2,5% del PBI al finalizar el período de gobierno. Para lograrlo está imple- 
mentando una estrategia que, mientras evita el incremento de los impuestos, descarga todo 
el peso del ajuste sobre las y los trabajadores mediante la caída del salario real y la reducción 
de partidas de gasto. Esta estrategia busca, por un lado, seguir accediendo a créditos inter- 
nacionales a bajas tasas de interés, para lo que es clave mantener el grado inversor y, por 
otro lado, impulsar el crecimiento de la economía incrementando la rentabilidad del “malla 
oro”: los capitalistas privados. 


El proyecto de la coalición multicolor: herreristas, ruralistas y riveristas del siglo XXI 


El nuevo gobierno que asumió en marzo 2020 representa a un conjunto de fuerzas que 
en términos sociológicos y políticos expresan lo que anteriormente llamamos el momento 
antibatllista de Uruguay. Se trata de un amplio abanico social que condensa los intereses 
del capital privado en Uruguay, con especial protagonismo de la burguesía terrateniente 
agraria —genéticamente antibatllista, en tanto afectada por las políticas de distribución de 
renta de la tierra— y a buena parte de la burguesía industrial y del pequeño capital mercado 


2 CEPAL, Panorama Fiscal de América Latina y el Caribe La política fiscal ante la crisis derivada de la pan- 


demia de la enfermedad por coronavirus (COVID-19). Santiago de Chile: CEPAL, 2020. 

2 https://ladiaria.com.uy/economia/articulo/2020/10/el-deficit-fiscal-trepo-a-61-del-pib-en-la-medicion- 
de-agosto/ 

24 CEPAL, Panorama Fiscal de América Latina y el Caribe La política fiscal ante la crisis derivada de la pan- 


demia de la enfermedad por coronavirus (COVID-19). Santiago de Chile: CEPAL, 2020 (p. 27). 


internista, que puja por la caída salarial y la baja de impuestos. A estos sectores se les suma la 
corporación militar (seguro de vida de la burguesía uruguaya) y también diversos sectores 
de clase obrera, que abarca desde fracciones de las y los trabajadores más pauperizados que 
apuntan a recibir diversas prebendas económicas con mecanismos de tipo clientelar, hasta 
fracciones de las y los trabajadores calificados (mal llamados clases medias) que aspiran a 
limitar las políticas de distribución que, piensan, benefició injustamente a “vagos, trabaja- 
dores públicos y sindicalistas”. 


La clave para la victoria en las elecciones nacionales de 2019 de este amplio abanico 
social, que se expresó políticamente en la coalición multicolor, estuvo en saber aprovechar 
la erosión que produjo en el pacto de clases progresista el desfondamiento del ciclo rentista 
del período 2004-2014. En este sentido, es clave leer el proceso de impugnación social a 
lo progresista (al batllismo), que no empezó en 2019, sino que fue creciendo de forma 
capilar bajo la forma de un malestar social con el gobierno frenteamplista y condensó en 
expresiones de masas que subjetivaron políticamente a parte del pueblo uruguayo en pro 
de la agenda del ajuste. Quizás la expresión más clara de esto último fue el surgimiento del 
movimiento Un Solo Uruguay (USU) en enero de 2018, el que expresó el reclamo de ma- 
yor rentabilidad para los capitalistas agrarios, pero con un discurso que reactivó de forma 
creativa la vieja oposición campo vs. ciudad, logrando amplios niveles de adhesión en los 
sectores sociales vinculados a la actividad agropecuaria. 


Por otro lado, la consolidación de la agenda programática del capital privado se puede 
rastrear antes del segundo gobierno de Tabaré Vázquez con la creación de la Confederación 
de Cámaras Empresariales en 2013. Esta “central patronal” enarboló un programa de ajus- 
te, en pleno b007n de renta, pidiendo flexibilidad laboral y recorte del gasto público. Como 
si los empresarios uruguayos supieran que, una vez superada la bonanza internacional, solo 
iban a poder seguir siendo viables con base en bajos salarios y recorte de impuestos, confir- 
mando que en Uruguay no habita el empresario romántico de Schumpeter, ese que innova, 
arriesga y revoluciona permanente las bases técnicas del capitalismo. 


A caballo de estos intereses, el gobierno de Lacalle Pou está impulsando un programa 
de ajuste clásico: bajar salarios, reducir el gasto público, incrementar la capacidad represiva 
del Estado y dinamizar al capital privado cediéndole pedazos de la economía. En este sen- 
tido —y más allá de la retórica (neo)liberal— lejos de “achicar el Estado”, la coalición mul- 
ticolor está reorientando las funciones del Estado: fortaleciendo su brazo derecho, ligado 
a la defensa de la propiedad privada, y debilitando su brazo izquierdo, ligado a las políticas 
públicas que buscan mejorar las condiciones de reproducción de la clase obrera. 


En lo que va de 2020 esta ofensiva programática tomó forma en dos grandes proyectos 
de ley: la Ley de Urgente de Consideración (LUC) aprobada en julio y la Ley de Presu- 
puesto 2021-2025 que, al momento de escribir estas líneas, ya tiene media sanción parla- 
mentaria. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


233 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


234 


La LUC supuso, en lo medular, la aprobación de una reforma del Estado express en 
un solo texto legislativo que afectó a decenas de leyes previas. Esto hace que tenga vicios 
de forma, ya que abusó del mecanismo de urgente consideración previsto en el texto cons- 
titucional. Pero, lo más importante, es que en materia de contenidos impuso una serie de 
reformas regresivas en línea con el programa de ajuste y represión del nuevo gobierno, y lo 
hizo en un contexto marcado por urgencias reales ligadas al impacto del COVID-19 que, 
entre otros aspectos, dificultó el debate público y la movilización colectiva. 


Entre las principales reformas aprobadas con la LUC destacan diversos artículos que 
incrementan la capacidad represiva de la policía, la eliminación de mecanismos de partici- 
pación social directa (por ejemplo, en la ANEP), el retiro del Estado de diversos sectores 
de la economía para abrir nuevos negocios para el capital privado (Instituto Nacional de 
Colonización, empresas públicas, vivienda) y la aprobación de una regla fiscal que busca 
atar de manos la capacidad de gasto del Estado. 


Por su parte, la Ley de Presupuesto (LP) 2021-2025 implica congelar el gasto público 
en todo el período, de forma que en 2025 se gastará lo mismo que en 2020 comparando las 
cifras en moneda constante. Se trata de una ley que profundiza y consolida el recorte por 
decreto (n.* 90/020) del 15% de la partida de gastos e inversiones para todos los incisos 
de la administración pública con excepción de la salud, la educación y los ministerios del 
Interior y Defensa. 


En concreto, la LP implicará una reducción relativa del nivel de gasto público de 
30,5% (2019) a 28,1% (2024) del PBI en tanto se prevé un crecimiento de más de 10% del 
PBI hacia el final del período”. La caída del gasto afectará todos los rubros, incluyendo re- 
muneraciones, pasividades, transferencias e inversiones. Sin embargo, el gobierno no man- 
tendrá la misma estructura de gasto que en 2020, sino que reasignará partidas recortando 
el gasto en algunos incisos e incrementando en otros. En esta decisión política es donde 
queda en evidencia el contenido de clase del ajuste de la coalición multicolor que, mientras 
prevé una caída del ingreso real de salarios y pasividades, incrementa las partidas salariales 
para el Ministerio de Defensa. 


La caída salarial en la administración pública, sumada al recorte de diversas partidas, 
implicará un deterioro en la calidad y la oferta de los servicios públicos, que no es otra for- 
ma que una reducción del salario indirecto (el que se “cobra” mediante servicios públicos) 
para el conjunto de la clase obrera. 


Un ítem aparte, que este año tuvo menor intensidad por la pandemia, será la negocia- 
ción colectiva en el sector privado. El acuerdo puente alcanzado entre trabajadores, empre- 
sarios y gobierno a mediados de 2020 implicó la postergación por un año de la apertura 
de los Consejos de Salario y la reducción de un 3% del salario real del sector privado. En 


3 https://legislativo.parlamento.gub.uy/PL/PRESUPUESTO%20NACIONAL%202020%20-2024/pro- 
yectoPE/documentos/pdf/mensaje.pdf 


teoría esta caída se recuperará al final del período, junto con la recuperación de la actividad 
económica, aunque eso aún está por verse. Evidentemente las cámaras empresariales pre- 
sionarán para lograr acuerdos salariales basados en la negociación por empresa (y no por 
rama), la desindexación del salario de la inflación (el IPC) —lo que permitirá bajar salarios 
en términos reales— y en cláusulas de descuelgue que permitan a las empresas no cumplir 
lo acorado en los Consejos de Salario si su rentabilidad es mala. 


Por último, a los ajustes directos sobre los ingresos de trabajadoras y trabajadores, es 
muy factible que se le sumen las prometidas reformas educativa y previsional, y, aunque no 
se haya anunciado, una posible reforma laboral. Se trata de medidas que, de un modo o de 
otro, ampliarán los espacios en la economía para los capitalistas privados, al tiempo que re- 
ducirán la calidad y la oferta de bienes públicos accesibles a toda la población, y no solo para 
aquella con poder de compra. También está en la agenda la privatización y/o desmonopo- 
lización de empresas públicas, cuyo ejemplo más claro son los combustibles, que también 
irán en el sentido de favorecer al capital privado en detrimento de las empresas del Estado. 


Dilemas programáticos del campo social y popular 


Como vimos, la pandemia empalma con una situación económica que ya era de rela- 
tivo empantanamiento y que se dirigía a una combinación de toma de deuda externa con 
ajuste salarial y fiscal. Los niveles de crisis económica que ya se estaban registrando desde 
hace algunos años en América Latina estaban llegando a Uruguay de forma amortiguada y 
diferida. La pandemia acelera esa latinoamericanización de la economía uruguaya. 


En este cambio de etapa es clave recuperar la discusión programática en el ámbito del 
campo social y popular, tanto a nivel de las organizaciones sociales como en las políticas 
y en los espacios académicos. ¿Cuáles son los ejes de la regeneración programática de la 
izquierda para un Uruguay que ya no consigue dar sostenibilidad al pacto progresista an- 
terior? 


En ese debate aparecen viejos problemas: la cuestión de la apropiación y el uso de la 
renta nacional o el excedente económico (en particular la cuestión de la renta del suelo), 
la inserción internacional, la matriz productiva; pero también cuestiones que hacen a la 
agenda estratégica del feminismo y a la problemática ambiental. 


Si bien parece clara la necesidad de un uso de los excedentes del sector primario como 
forma de apalancamiento de un proyecto de modificación de nuestra inserción internacio- 
nal, ello requiere de otras apuestas que le den una base realista. Entre ellas está el desarrollo 
de políticas distributivas del excedente económico nacional que permitan su control so- 
berano. Más que la democratización del excedente, entendiendo por democratización su 
mero reparto, lo importante es su utilización como parte de un plan estratégico. 


Es clave también la revitalización del papel estratégico del Estado como la herramienta 
fundamental para la conducción de este proceso y, de la mano de ello, la revitalización de 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


235 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


236 


la planificación económica como instrumento de orientación de recursos al servicio de un 
proyecto colectivo que supere la irracionalidad de los incentivos puramente mercantiles. 


Abordar la cuestión de lo programático es pensar en las líneas de acción estratégicas 
necesarias para impactar sobre la resolución de aquellas contradicciones que en un tiempo 
histórico determinado están ahogando una sociedad. Y es, al mismo tiempo, identificar 
puntos de confluencia de un amplio abanico de sujetos, de un “nosotras/os” entendido 
como un amplio bloque social y político. 


El problema de fondo es qué hacemos desde las potencias del entramado sociológico 
que modeló el Uruguay batllista para sostener un país integrado en un capitalismo que da 
señales de desfondamiento. En última instancia, lo programático es el problema de la reso- 
lución de esos límites y contradicciones. 


Estamos ante la reedición de un viejo conflicto enquistado en la estructura misma de 
nuestro país, que gana intensidad o se retrae según diferentes avatares del comercio inter- 
nacional y los flujos de capital global, pero que está lejos de resolverse. Desde el fondo del 
tiempo vuelve a sacudirnos un pasado no resuelto que a nivel político comienza a fraguar 
un escenario de repolarización que opone al linaje oligárquico liberal y autoritario (herre- 
ristas, riveristas y ruralistas) con el linaje batllista, socialista y popular. 


Llegado este punto del péndulo en el que nos hemos movido como comunidad his- 
tórica, es clave dar cuenta del cambio de etapa que pauta que el Uruguay que se miraba en 
el espejo sueco o neozelandés ya no es viable, lo mismo que pensar lo programático más en 
la medida de nuestras carencias latinoamericanas que de nuestras ilusiones escandinavas. 


Alimentación y dignidad 
Derechos Humanos en la pandemia del Coronavirus 


Texto: Solidaridad.uy | Fotos: Colectivo Rebelarte 


Todos los seres orgánicos tienen dos necesidades esenciales: la de la nutrición 

y la de la propagación de la especie. La primera los lleva a la lucha y al exter- 
minio mutuo, mientras la necesidad de conservar la especie los llevan a apro- 
ximarse y apoyarse unos a otros. Pero me inclino a pensar que en la evolución 
del mundo orgánico —en la modificación progresiva de los seres orgánicos— el 
apoyo mutuo entre los individuos juega un papel mucho más importante que 
su lucha mutua. 


Kessler, zoólogo ruso 


Tomado de Kropotkin, Pierre- La ayuda mutua 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


237 





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Foto: Olla popular en el barrio El Tobogán, oeste de Montevideo, 24 de abril de 2020. 


El 13 de marzo de 2020 se declara en Uruguay el estado de emergencia sanitaria. Co- 
mercios y numerosas instituciones cierran total o parcialmente provocando grandes efectos 
en la economía. En abril eran 125.000 los trabajadores en seguro de desempleo, un 25 % 


de trabajadores no cubiertos por la seguridad social y sectores enteros de la población sin 
acceso a esquemas de protección social ni a sistemas de transferencias no contributivas. ' 


En un escenario de recesióneconómica global, se suman factores como la caída de pre- 
cios internacionales, la interrupción del turismo por el cierre de fronteras, el endurecimien- 
to de las condiciones financieras globales, entre otras cosas. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


238 


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Foto: Olla popular en el barrio Casabó, 10 de mayo de 2020. 





Durante el período de crisis económica de 2002, el gobierno uruguayo no recortó los 
programas alimentarios, pero tampoco brindó respuestas de contención a una escala ade- 
cuada. Tanto fue así, que la pobreza entre 1999 y 2003 se duplicó y aquella exacerbación 
de la desigualdad tiene sus efectos hoy día.? En ese momento, la respuesta también llegó en 
forma de olla popular. 


En un panorama peligrosamente similar, el actual gobierno anuncia medidas insufi- 
cientes y no tiene en cuenta a los hogares y personas que actualmente no integran ciertos 
programas sociales. 


1. TECON, Los seguros de desempleo ante un mercado laboral en terapia intensiva. 


2 TIECON, Las políticas económicas y sociales frente a la expansión de la pandemia de COVID-19: aportes 


para el debate. 


Las semejanzas 2002-2020 denotan la irreversibilidad de algunos efectos y la certeza 
de que, al igual que en aquel momento, son los sectores populares quienes sostienen los 
efectos de la crisis por tiempo indefinido. 





Toda aproximación al problema de los Derechos Humanos en el marco de 


la sociedad internacional deberá dar prioridad absoluta a la búsqueda de 
soluciones a las masivas y flagrantes violaciones de los derechos de los pueblos y 
personas afectadas por situaciones que lesionan su dignidad. 


L. Pérez Aguirre - Si digo derechos humanos (1991) 


La pandemia del distanciamiento y tapabocas también profundizó desigualdades, 
deshumanización y discriminación de sectores enteros de la población. Estas personas no 
tienen garantizado su derecho a la alimentación, la vivienda digna y el acceso al trabajo, 
pero sí se les exige contar con las condiciones sanitarias apropiadas (sin dar medios para 
alcanzarlas) y quedarse en casa (sin dar garantías de vivienda digna). 


El problema de fondo es en sí una pandemia global. Al menos 3.900 millones de per- 
sonas padecen hambre o malnutrición. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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Foto: Primer encuentro de la Red de Ollas Populares, realizado en la sede de FUCVAM, el 8 de agosto de 2020. 
De este encuentro emerge la Coordinador Popular Solidaria: ollas por vida digna. 


Desde el comienzo, las redes vecinales articulan con organizaciones sociales, sindica- 
les, y algunas órbitas de extensión de la UdelaR. Se conquistan espacios orgánicos y demo- 
cráticos, fundamentales en un escenario dinámico y preocupante. 


Estos espacios vienen desarrollando una identidad colectiva cuyo horizonte es exten- 
der herramientas participativas hacia los barrios y proponer caminos transformadores to- 
mando a la solidaridad como principio clave. 





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Foto: Olla popular en el barrio Tres Ombúes, 7 de junio de 2020. 


Según nuestros registros?, el número de ollas en funcionamiento en Montevideo co- 
menzó en 175 (abril) y llegó a su máximo en agosto con 287, de las cuales 170 funcionaban 
más de tres veces por semana. 


Tomando los datos de octubre, se estima que en las ollas se entregan alrededor de 
100.000 porciones semanalmente. Si asumimos que cada persona es usuaria de una sola 
olla, serían aproximadamente 40.000 personas que recurren a estas iniciativas. Hay en total 
221 ollas activas a la fecha y el 80 % se concentran en las zonas periféricas (municipios A, 
G,DyF). 





Foto: Olla popular en el barrio Villa Alegría, 23 de mayo de 2020. 


El 8 de agosto de 2020, las redes barriales en la órbita de Montevideo y área metropo- 
litana organizan el primer encuentro “solidaridad, compromiso y lucha en la olla popular”. 
En el encuentro se crea la Coordinadora Popular Solidaria: ollas por vida digna (CPS), 
tejiendo las voces del movimiento social organizado que se estaba generando en los barrios 
en torno a las ollas. 


2 — Base de datos / Solidaridad.uy. Plataforma web y territorial colaborativa creada por FING para facilitar la 


comunicación entre actores. 


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Foto: Olla popular en el barrio Ciudad Vieja, 15 de abril de 2020. 


Previo al evento y dentro de la particularidad de cada proceso, en las redes se discutió 
en torno a los siguientes ejes: (1) optimización de recursos y logística para subsanar el dé- 
ficit crónico de insumos e infraestructura, (2) reflexión crítica y la necesidad de transitar 
desde lo asistencial a lo reivindicativo, (3) relacionamiento con el campo popular, (4) so- 
beranía alimentaria. 


Como sucede habitualmente con diversas prácticas que emergen del campo popular, 
las ollas fueron objeto de espacios publicitarios y actores externos vinculados al sector em- 
presarial, y en algunos casos político partidario, que intentaron capitalizar y ejercer cierto 
control sobre el desarrollo territorial solidario. Intentaron, de este modo, cooptar las ollas 
populares y su entramado social en función de los intereses empresariales embestidos de 
una la lógica de caridad. La importancia de pensar y hacer colectivamente se manifestó 
rápidamente a partir de estos sucesos. 


Foto: Olla popular en el barrio Villa Alegría, 23 de mayo de 2020. 





La Ley de Urgente Consideración (LUC), la Ley de Presupuesto y otras políticas gu- 
bernamentales relacionadas mitigar los efectos de la pandemia que tienen como prioridad 
beneficiar a los sectores privilegiados de la sociedad uruguaya, seguirán repercutiendo en la 
economía de los hogares más vulnerados y en su dificultad de acceder a una canasta básica. 


En este sentido, la Coordinadora Popular Solidaria tiene como propósito central de- 
fender el derecho a la alimentación, entendiendo la solidaridad como virtud. Una virtud 
que no debería ser último recurso, sino componente central que guíe las relaciones sociales, 
económicas y políticas. 





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Foto: Movilización de la Red de Ollas Populares frente a la Torre Ejecutiva y entrega de firmas recolectadas en 
todo el país para la aprobación del ingreso básico transitorio de emergencia, 11 de agosto de 2020. 


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243 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 





Foto: NITEP 


244 . 2 . 
Personas en situación de calle, pandemia y 


neoliberalismo 


Colectivo Ni Todo Está Perdido' 


Este breve informe recoge aportes varios de integrantes del colectivo “Ni Todo Está 
Perdido” (NITEP), que nació hace 2 años adentro de Facultad de Ciencias Sociales, cuando 
las personas que usaban a la Facultad como lugar de protección comenzaron a organizarse 
mediante asambleas y acciones en conjunto con la propia Universidad y otros colectivos/ 
organizaciones de la sociedad civil. 


En el 2020, año marcado por la pandemia, NITEP ha estado trabajando tratando 
de consolidarse como organización de y para las personas sin hogar, particularmente ac- 
cionando en conjunto con las organizaciones y vecines que solidariamente se lanzaron a 
trabajar en el cuidado de la ciudadanía más afectada por las medidas. El «*YoMeQue- 


1 Texto escrito colectivamente entre integrantes de NITEP y equipo de acompañamiento. 


doEnCasa» evidenció las dificultades para autocuidarse de un importante sector de la ciu- 
dadanía. Durante el último año NITEP realizó una campaña («**¿YoMeQuedoEnCasa?- 
YoNoTengocasa ») y varias denuncias que se suman a las de 2019 y que tienen el objetivo 
de visibilizar las constantes violaciones de derechos humanos que recrudecen en el último 
año como resultado de las medidas por COVID 19 y el empeoramiento de las regulaciones 
jurídicas que habilitan a nuevas represiones y expresiones de odio. 


“...Bien enfocados ya en la problemática que nos afecta, a sabiendas de que la situación de calle 
no es un hecho aislado sino la respuesta de una investidura totalmente injusta de poderes hacia 
la generación oportunista y desleal de la creciente masa en beneficio de los mismos sucesores 
de la riqueza o de algún nuevo golpista fortuito agraciado por la diosa fortuna o esos nuevos 
ricos, dejando serios perjuicios en una población indiferentemente empobrecida explicándolos 
como daños colaterales, al punto de la expropiación de aquellos mentados derechos (cínica- 
mente llamados) humanos y que atenta contra la dignidad de la vida poblacional. 


NITEP bien plantado en el escenario y siendo el mismísimo problema interviniente en plan 
de lucha por superar organizadamente todas las complicaciones que surgen en su desarrollo in- 
tegracionista, está dando y dará todo de sí en el apoyo necesario, interactuando legítimamente 
con compañeres de todos los colectivos y colegas afines. Intentando ser la alternativa posible 
de una vida y un mundo mejor, fieles a nuestros objetivos solidarios, y amigables con el medio 
ambiente del cual somos parte reivindicativa en nuestro afán de lucha para nada escueto. Insis- 
tiremos incansablemente en el compromiso crítico constructivo y en la afirmación de cada una 
de nuestras acciones y proyectos en ejecución encaminados desde sus cimientos, con horizon- 
talidad de poderes, y la generación de redes económicas solidarias interactivas consecuentes 
entre sí como paso siguiente anticipativo o posteriormente a establecer una residencia propia 
para cada uno de los reintegrados sociales”, 


A noviembre de 2020 nuestro país se presenta como ejemplo mundial en el manejo de 
la pandemia por Coronavirus; es percibido desde adentro y afuera como ese lugar del triun- 
fo sobre la enfermedad y los números son presentados como rúbrica del éxito. Sin embargo, 
hay un importante sector de la ciudadanía que queda a la vista en su condición de huérfano 
en el respeto a sus derechos básicos: los trabajadores y trabajadoras informales, usuarios y 
usuarias de pensiones para pobres, habitantes de viviendas precarias en barrios precarios, 
usuarios del sistema de salud pública, pacientes psiquiátricos, mujeres víctimas de violencia, 
migrantes y las personas en situación de calle que han estado desde hace demasiado tiempo 
por fuera de toda contemplación en su carácter de ciudadanas sujetas de derecho; parecería 
que la pandemia, aún sobrevolando (hasta ahora) a nuestra sociedad, ha dejado al desnudo 
las profundas inequidades prevalentes corporalizadas en las personas que se movilizan en 
busca de algún refugio nocturno de un sistema ya saturado hace tiempo, en la búsqueda de 
alguna canasta de alimentos, en las largas filas de las ollas populares, en las emergencias de 
los hospitales. 


2 Daniel Pirez, integrante de NITEP. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


245 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


246 


En un país pequeño como Uruguay rompen los ojos las más de tres mil personas en 
situación de calle y las casi seiscientas mil personas en viviendas inadecuadas de los barrios 
periféricos e inquilinatos para pobres. Se suma a esta línea de pobreza parte de una pobla- 
ción migrante que llegó en oleadas en los últimos años, atraídas por un país de economía 
estable y avances en derechos humanos que contrastan con su propia situación de hoy en la 
que se encuentran en situación de extrema pobreza y fragilidad de sus derechos, engrosan- 
do los números de personas sin hogar. 


La peste llega al cierre de quince años de gobiernos progresistas deficitarios y a la llega- 
da de un gobierno de corte neoliberal con el que se avizoran nuevos déficits. En desmedro 
de una política sanitaria que hasta el momento ha funcionado bien, aparece en primer plano 
un Ministerio del Interior con la idea de seguridad relacionada a la represión y salvaguarda 
de los “ciudadanos que pagan sus impuestos”; el nuevo gobierno con mayorías parlamenta- 
rias retoma leyes criminalizantes de los gobiernos anteriores y las consolida, avanzando en 
una regulación jurídica que les permite “retirar” a las personas que duermen a la intemperie 
y categorizarlas como delincuentes. En realidad se trata de desplazarlas a lugares no tan 
visibles, ya que el sistema no ha generado ni políticas de vivienda social, ni aumento en la 
cantidad de refugios, ni siquiera nuevas cárceles para esos nuevos ciudadanos “en falta”. Se 
suman a estas regulaciones varias situaciones de omisión y expresiones de odio desde parte 
de la ciudadanía que se hacen carne en ataques a compañeros y compañeras en situación de 
calle. Ponemos algunos ejemplos concretos de este 2020”: 


9 de septiembre: un hombre fue apuñalado en la zona del Centro, está en situación de 
calle y no quiso radicar la denuncia. 


8 de septiembre: una mujer no identificada fue asesinada de un disparo en La Boyada. 
Los vecinos declararon a la policía que ella estaba en situación de calle. 


7 de septiembre: un hombre en situación de calle fue asesinado de varios disparos en 
Malvín Norte. 

28 de julio: un hombre en silla de ruedas murió por hipotermia, estaba en situación de 
calle. Las noticias aseguran que no quiso ir a un refugio. 

25 de julio: tres jóvenes fueron formalizados por golpear y prender fuego a Patricio 
Valentino, que estaba en situación de calle, en Paso Carrasco. 

22 de julio: femicidio en Paso Molino. La víctima era una mujer en situación de calle. 


16 de julio: un hombre fue atacado con un fierro y hospitalizado por tener el tabique 
roto. Estaba en situación de calle. Las noticias aseguran que tenía antecedentes y que no 
quiso ir a un refugio. 


14 de julio: Andrés Vargas, hombre en situación de calle, fue prendido fuego en Ciu- 
dad Vieja. 


3 Extraído de https: //www.carasycaretas.com.uy/morir-sin-amparo/ Periodista: Sofía Pinto Román. 


1 de julio: Gustavo Castro murió por hipotermia en la calle porque no había lugar en 
los refugios del Mides. 


15 de junio: Reynaldo Godoy murió por hipotermia, estaba en situación de calle. 


2 de junio: Daniel Nuñez fue asesinado de varios disparos. Las noticias aseguran que 
estaba en situación de calle y remarcan que tenía antecedentes. 


Si bien estas situaciones no son nuevas y simplemente se suman a la lista de víctimas 
de años pasados, se evidencia un aumento de la violencia cotidiana particularmente hacia 
las personas que duermen a la intemperie. La mayoría de los ataques no son denunciados, 
pero quienes estamos a nivel calle escuchamos testimonios varios acerca de la precariedad 
en términos de seguridad de las personas que duermen a la intemperie; relatos que incluyen 
a un grupo de hombres conocidos como “los antipasta” que recorren la ciudad con bates 
de beisbol y agreden a las personas mientras duermen. Isabel Nerro?, integrante de NITEP, 
abre preguntas al respecto: 


¿Por qué la gente actúa así y cuáles son las raíces de las violencias actuales? Estos temas son los 
que nos reúnen. Cuando el sistema no nos acepta trae personas atemorizadas frente al tema: la 
situación de calle como situación degradante que oficia de último lugar a llegar, como resulta- 
do de eso las personas que están en calle no se quieren reconocer y por lo contrario necesitan 
diferenciarse. La gente en situación de calle donde encontramos diferentes edades, sexo, es- 
tatus, rol. ¿Dónde está la consciencia y atención de la sociedad frente al problema cuando el 
sistema no nos acepta, particularmente a las mujeres? El rechazo es el primer paso hacia la des- 
trucción de vínculos y redes. ¿Desde dónde venimos, hacia dónde vamos y quién nos pone un 
freno? Entonces nos preguntamos ¿por qué nuestra biología es o no es aceptada, desde cuándo 
y hasta cuándo y quienes pueden decidir y por qué sí integrar el sistema o no? ¿Tiene que ver 
con nuestras acciones, nuestras edades, nuestro sexo, nuestro rol, nuestro estatus? ¿Cuál es el 
motivo de rechazo, que nos hostiga frente a una sociedad que se muestra desarrollada y expulsa 
a la otra parte al exterminio, el desamparo, aunque también a la lucha y la resistencia? Hay una 
sociedad rota, una forma de ver las cosas que nos deja afuera. 


Como marco para colocar estas violencias aportamos algunos datos oficiales que pueden 
habilitar a lecturas más claras sobre estos problemas: el último relevamiento de personas lleva- 
do adelante por MIDES? indica que en “la foto del día” habían (en junio de 2020) un total de 
2553 personas en calle: 885 a la intemperie y 1668 en los refugios. Esto implicó un aumento 
de 25% más que en 2019 y se le atribuye este crecimiento a la crisis por pandemia. El mismo 
conteo muestra que descendió un 15% la cantidad de gente que está a la intemperie, y que 
aumentó 67.6% la que se encontraba en refugios en pleno invierno (sin contar los refugios de 
emergencia que se deshabilitan en primavera, y por lo tanto devuelven a la calle a un número 
importante de personas). 9 de cada 10 son varones con 39 años en promedio, 3 de cada 10 
son afrodescendientes, lo que muestra una sobre representación evidente de esta población 


% Isabel Nerro, integrante de NITEP. 
3 Datos: MIDES Relevamiento Personas en Situación de Calle, Montevideo. Extraído de https: //www.gub. 


uy/ministerio-desarrollo-social/ 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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víctima de racismo. El 65% de los censados se encuentran solos en calle. El 56% tiene con- 
tacto con personas que no viven en calle y el 60% había mantenido recientemente algún tipo 
de contacto con vecinos o familiares. Creció el porcentaje que recibe apoyo de vecinos (53% 
de los apoyos provienen de los vecinos); sin embargo, más de la mitad declara haber sufrido 
agresiones de algún tipo estando en calle quedando sin establecer (o sin difundir) qué tipo de 
agresiones y qué porcentajes provienen de agresiones de la Policía. 


La edad promedio de primera situación de calle es 28 años. El 11% declara estar en 
esta situación hace menos de un mes, el 48% hace menos de un año, 25% más de 5 años. 
Sobre los motivos declarados de ingreso a situación de calle y de no retorno, los vínculos/ 
convivencia representan un 49%, el consumo de sustancias 28%, insuficiencia de ingreso/ 
pérdida de trabajo 21%. El 47% tiene Primaria como máximo nivel educativo alcanzado. 
El 66% declara tener trabajo informal y precario (cuidacoches, venta ambulante) y entre 
quienes no lo hacen, la mitad busca trabajo. 30% declara tener problemas de salud mental 
o haber estado internado por eso en el pasado. Un 56% de los censados ejerce un consumo 
diario de algún tipo de sustancia (crece el consumo de pasta base y cae el consumo de alco- 
hol); la pasta base pasa a ser la principal sustancia consumida. Sólo 5% de los consumidores 
está actualmente en tratamiento y 34% contó en algún momento con tratamiento. En re- 
lación a la llegada del Covid-19, el 58% declaró percibir menos ingresos y el 27% declaró 
pérdida de trabajo por esta situación. El 70% de las personas que duermen en la calle en 
Montevideo son recientemente liberadas de prisión, según el último censo (Mides, 20199). 
Más de 600.000 personas residen en viviendas precarias en la ciudad, en torno a 150.000 de 
ellas en asentamientos irregulares según los datos oficiales más recientes (INE, 2019) y la 
precariedad del sistema de pensiones para pobres son un problema en sí mismo. Es así que 
la caída a la situación de calle pasa a ser realidad para muchas personas: más de 10.000 en 
los últimos años han pasado por el sistema de refugios. En este marco, tras el pasaje por la 
cárcel muchas personas, en general jóvenes, se encuentran en importantes niveles de preca- 
riedad. De este modo, más de 1.100 personas liberadas de prisión, un 95% varones, un 70% 
jóvenes, se encuentran en situación de calle en Montevideo (Mides, 2019). 


El problema de la vivienda se desborda y pasa a ser origen, parte y resultado de los dra- 
mas sociales sin que se tomen medidas específicas en vivienda social, que oficiarían como 
cortafuegos ante la generación de más sinhogarismo. Juan Bertolini”, integrante de NITEP 
escribe en relación a este tema: 


NITEP es una construcción social colectiva que surge de un diálogo efectivo y busca denunciar 
las problemáticas de violencias en general y la negación de los derechos humanos a la que nos 
enfrentamos los ciudadanos habitantes de calle. La pluralidad de experiencias de habitantes de 
calle, nuestros ideales y compromiso con la lucha para defender nuestros derechos como seres 
humanos, son esenciales para el colectivo. 

6 Extraído de https://www.gub.uy/ministerio-desarrollo-social/comunicacion/comunicados/relevamien- 

to-personas-situacion-calle-2019 

7 Juan Bertolini integrante de NITEP. 


La situación privilegiada y al mismo tiempo trágica del ser humano es la diferenciación y au- 
tonomización de estas dimensiones; de ahí la necesidad de una dialógica que reintegre en un 
nivel complejo la mano de obra colectiva en situación de calle a partir de trabajos formativos, 
consideramos conveniente avanzar en un concepto de desarrollo en el cual las personas en si- 
tuación de calle seamos mano de obra colectiva respecto a las intenciones del colectivo en el 
diseño y la elaboración de proyectos de vivienda y salud respecto a la identificación de mano 
de obra colectiva en situación de calle. Proponemos esto pensando en la importancia que ha 
tenido el impulso integrador de las personas en calle produciendo trabajos y manifiestos que 
determinan la aceleración de lo que nos hemos propuesto y que nos sirve de orientación, y 
fundamento en la defensa de nuestros derechos por nuestras reivindicaciones en las conquistas 
sociales. 


Parte del trabajo continúa en una línea previamente establecida dentro de la cual se intenta 
proponer una alternativa de viviendas dignas dirigidas a partir de la revalorización de la vivien- 
da, por lo tanto se plantean metas diferentes, por un lado se trata de analizar como fenómeno 
urbano de iniciativa definiendo un tipo concreto de ocupación en respuesta ante la demanda 
habitacional y en la localización urbana de quienes demandan esta respuesta. 


Todo el contenido de nuestra cultura es no sólo el campo de acción de nuestra disciplina, sino 
la base real y concreta para la realización de esta actividad que tiene por finalidad el orde- 
namiento de los datos generales para un primer acercamiento al tema y para el desarrollo de 
estudios posteriores, si bien el relevamiento pretende ser lo más exhaustivo posible admitimos 
que deben existir más ejemplos no detectados, debido a la inserción que logran con la forma 
de la ciudad a partir de este trabajo que enmarca la búsqueda de una alternativa al problema 
de la vivienda dirigida a grupos de escasos recursos, partiendo de la realidad construida y de la 
estructura de la ciudad teniendo en cuenta los siguientes aspectos: 


e la necesidad de proyectos incorporados a la forma de ciudad 
e pautas culturales (en relación al uso), la memoria y la búsqueda de una identidad 


e nuestra experiencia de vivienda colectiva como conquista social. 


Decimos “alternativa” porque pensamos que las respuestas al problema de la vivienda deben ser 
amplias, variadas y pluralistas en relación a la compleja problemática que le da origen. Asimis- 
mo porque partimos de la revisión de las políticas de viviendas implementadas por el Estado 
y tomamos en consideración el impacto social, cultural y de hábitat que produce el insertarse 
en la ciudad. Esta orientación considera a la vivienda social no en forma aislada, sino como 
parte constitutiva fundamental de la ciudad, determinante en nuestras necesidades de infraes- 
tructura y equipamiento urbano, es nuestra intención exponer está problemática en términos 
urbanos, haciendo mención de los aspectos sociales relacionados al problema, poniendo en 
evidencia el rol de la construcción de viviendas cómo parte activa en el proceso de conforma- 
ción de la ciudad. 


En este panorama de pandemia NITEP se suma a algunas alternativas; experiencias y 
acciones solidarias desde la sociedad civil, grupos de ciudadanas y ciudadanos que se orga- 
nizan (ollas populares, colectivos sociales, nuevas redes de transformación social) en dispo- 
sitivos que podrían ir más allá de los paliativos; la Universidad pública, sindicatos obreros, 
federaciones de vivienda por ayuda mutua y colectivos artísticos se suman con vigor a una 


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250 


etapa en la que es necesario accionar, generar nuevos dispositivos, organizar las esperanzas 
y las rebeldías. NITEP ha tratado de generar o fortalecer los lazos de amistad política con 
estas organizaciones en un horizonte de inclusión y autonomía y ha profundizado la rela- 
ción con organismos estatales que atienden a la “problemática Calle”, abriendo un panora- 
ma amplio de posibilidades y tensiones a la vez. Nuevamente en palabras del integrante de 


NITEP, Daniel Pirez: 


“...podemos decir con propiedad que somos lo sintomático de lo sistemático por la forma en 
que sentimos ser los síntomas del sistema tal cual lo vivenciamos, actuando en contraposición 
a ello con otras versiones de futuro demostrables por nosotros mismos en su desarrollo interac- 
tivo recurrentes a puertas abiertas. No obstante aquellas cerradas que nos subestiman y que ya 
también nosotros desestimamos en cada uno de nuestros logros. Entrelazando vínculos solida- 
rios con autonómicos emprendimientos como medios de vida funcionales a redes de economía 
solidaria. Combate a la propia marginación de la inoperancia sistémica que nos contamina y 
degrada para hacernos serviles. Por lo cual nuestro accionar se contrapone integramente a la 
perpetuación indignante de la miseria marginal y su decadencia, marcada en estampas de una 
realidad que rompe los ojos. Dichas adjudicaciones nada tienen que ver con el exitismo de la 
economía virtualizada y su soborno; sino que con el pleno conocimiento de que el anclaje de 
la problemática referida ha sido, es y quiere ser la negligencia manipuladora de la economía 
favoritista a la clase numéricamente inferior pero dominante a causa de su poderío en capital. 
Es así que ante esta panorámica deben saber, tanto ellos como cada uno de los que quieran inte- 
grarse, o sea compatibles a nuestro posicionamiento ante tales hechos que hay que deconstruir 
muchísimo y generar muchísimas más empatías. Elemento imprescindible a tales fines, es el 
compromiso en el cual estamos embarcados y comprometidos desvinculados del asistencialis- 
mo que nos apaga el ser autónomos y libres por nuestra naturaleza*, 


Uruguay sigue siendo un país pequeño y bello donde todas las personas deberían tener 
el derecho a disfrutar de sus ciudades. Otras ciudades y países hermanos (a veces no tan 
pequeños pero igualmente bellos) viven situaciones dramáticas con varios puntos de con- 
tacto con nuestras realidades; regionalizar las luchas y las resistencias parecerían ser cosas 
necesarias; organizar en un solo movimiento a los distintos movimientos populares que 
desde distintos territorios trabajan con una perspectiva de defensa de los derechos de las 
personas, se torna sumamente necesario, así como la estructuración de proyectos concretos 
en los temas de vivienda, trabajo derecho a la ciudad, salud mental, género, cultura y mu- 
chos etcéteras. Cuando haya pasado el Covid19 y esa nomenclatura sea sólo un significante 
gris, un mal recuerdo, dependeremos de qué tipo de organizaciones hayamos consolidado o 
generado en este tiempo; qué tipo de ciudades habremos preservado y qué cosas podríamos 
pensar en transformar en clave de derechos humanos. 


¡La calle no es un lugar para vivir ni para morir! ¡A seguir luchando! 


Gracias SERPAJ por esta oportunidad 


$ Daniel Pirez, integrante de NITEP, 2020. 





Montevideo, 1 de Julio de 2020 


Declaración pública, invierno de 2020 Colectivo Ni 
todo está perdido 


En el día de hoy ha ocurrido una nueva muerte, que no puede quedar impune: Gus- 
tavo Castro Mercadal, otro compañero más. Desde nuestro colectivo no queremos dejar 
pasar por alto este desgraciado suceso. ¡Un abrazo, Gustavo! 


Las víctimas de frío son víctimas de la indiferencia y la negligencia de un sistema injusto 
que no protege de igual forma a la ciudadanía. 


El fallecimiento de Gustavo, su enojo ante la impotencia que anticipa su propia muer- 
te, sugieren que hay un accionar falaz e irresponsable por parte de lo que se comunica a la 
población a través de los medios, por parte de las más altas autoridades del Mides. 


Sigue quedando gente en la calle que de manera voluntaria quiere acceder a un refugio. 
Si de hecho se hubiera configurado la creación de 500 cupos adicionales para el programa 
Calle y no se dejase fuera a nadie, no se estarían constatando las situaciones con los compa- 
ñeros vulnerables que están acaeciendo en forma cotidiana. 


Parece que esta forma de actuar en cuanto a las políticas públicas sociales no es más 
que una nueva forma generacional del diseño de la Pretensión y Potestad Punitiva del Es- 
tado. Eso confirma la Ley de Urgente Consideración, que endurece aún más la ley de faltas 
y la criminalización de la pobreza: se castiga a las personas con más derechos vulnerados. 


El colectivo Nitep, la primera organización que aglutina y representa a las personas en 
situación de calle, exige participar en las políticas sobre el tema. Debe considerarse la voz de 
las personas afectadas, y queremos ser parte de las soluciones. En particular, en este momento, 
solicitamos participar en la fiscalización de la existencia de los cupos del Programa Calle que 
el Mides comunicó a la población a través de la prensa, y en su sistema de administración. 


Nitep a través de todos sus miembros tiene la voluntad de construir nuestra MEMO- 
RIA en función de las vivencias de quienes somos sujeto de derecho en situación de calle. 
Continuamos exhortando a los medios masivos de comunicación a reconocer a estas per- 
sonas con su nombre. Son nuestros compañeros. 


Por una sociedad que abrace y no que expulse. 


El Colectivo 


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La lucha es habitar 


Alejandro Guevara! 


Sin situaciones de lucha no hay pensamiento, sin pensamiento no hay crea- 
ción, sin creación no hay nuevos posibles ni transformación social. 


Amador Fernández Savater”. 


Para quien vive construyendo habitar los derrumbes 

Para quien vive alquilando habitar el presente 

Para quien vive entre fronteras habitar la lejanía 

Para quien vive en un asentamiento irregular habitar el margen 
Para quien accede un refugio habitar el día 

Para quien no, habitar la noche. 


Habitar la tierra, tocar piso después de la sacudida global de la ola pandémica. Habitar 
el espacio que se encoge lleno de prisa infecciosa en las ciudades. Habitar la fricción y la 
diferencia en nuestros encuentros. Reconquistar nuestros cuerpos tomados por el miedo, 
por el ansia, por la soledad, por la violencia. Habitar la incertidumbre de trabajo, seguridad 
y techo. Habitemos entonces la calle. No sólo como red de arterias de la protesta social por 
una vida más digna si no como hábitat, como casa, como cosmos donde colisionamos, don- 
de la amistad es posible, donde emergen potentes magmas colectivos, sanación, creación y 
pensamiento crítico. 


Pensemos más allá de la gente sin techo. Incluyamos a quienes van y vienen de techos 
endebles, de casas prestadas, itinerantes, de vagabundeos móviles. A migrantes y nómadas, 
gente refugiada y en refugios, huyendo, explorando. A renegados de toda normalización, 
autoempleados y autodidactas luchando por una rutina fortalecedora para atravesar la no- 
che, protegiendo a alguien más, viviendo y sobreviviendo. A quienes están en transición 
momentánea por una calle de-mente que recibe una diversa y contundente diversidad de 
percepción, de sensibilidad. Este espacio comienza a expandirse, a ser visible conforme 
abrimos grietas en la imprecisa lápida que sentencia un estatus irreversible a la “situación 
de calle”. Comienza a estar cerca, a ser vecinaje, vecindad, vecindario. Nos interpela a través 
de historias de fragilidad difíciles de ver pues estamos en el mismo tejido sensible. Con- 


1. Músico y médico mexicano con estudios en gerontología y filosofía que investiga dispositivos de cuidados, 


creación e investigación participativa. Es parte del equipo de acompañamiento al colectivo Ni Todo Está Perdi- 
do dentro del proyecto de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República “Desigualdades y 
conflictos en relación a la situación de calle”. 

2 En Habitar y Gobernar de Amador Fernández Savater, 2020, Ed. NED, p. 19. 


formamos una misma piel de una ciudad sujeta a las inclemencias de un tiempo voraz. Por 
momentos cuando miramos la calle se proyecta una imagen complementaria de este orga- 
nismo comunal fragmentado, cicatrizado, de zonas insensibles, de un sálvese quien pueda. 


Desde nuestras ventanas observar a una persona dormir en la vereda de enfrente pa- 
reciera algo tan lejano, tan ajeno, como si una especie de nata distanciadora operara de 
aduana invisibilizante y separadora. Tal es la potencia de nuestra mirada.Borremos esa calle 
dibujada entre dos veredas: en una estamos los que tenemos techo y en la otra las personas 
en “situación de calle”. Ese “nosotros” no está escuchando a un “ustedes” autodefinido como 
gente en situación de calle. Precisamos una conversación que no está teniendo lugar. 


Pareciera que esta división es parte de una despolitización crónica que busca evitar dos 
cuestiones: las luchas que emergen producto de no tener techo y las posibilidades resul- 
tantes de encontrarnos en la misma calle.El colectivo Ni Todo está Perdido (NiT'EP), un 
colectivo que busca formas de organizarse para hacer hogar, vereda y visibilizar la situación 
de calle en Uruguay aparece en el 2018 como experiencia concreta de lucha.En esta se va 
entretejiendo una política de encuentros, autogestión y asambleas donde se logra detener 
la inercia de la calle por algunos instantes y se toma la palabra. Desespera la infinitud de 
propuestas y problemáticas, la búsqueda constante de las acciones que puedan sostenerse, 
se pone en cuestión constantemente la tutela, la vivienda y el trabajo, el peso del consumo, 
la autoridad y el autoritarismo, frenar la violencia al hablar, al mirarnos, al accionar juntos. 
El trabajar para con este colectivo detonó el empezar a pensar cotidianamente el significado 
de acompañarlo. Muchas de las líneas de pensamiento que atraviesan este texto provienen 
generosamente de intercambios, derivas y conversaciones entre quienes desde cierta extran- 
jería nos preguntamos cómo construir comunidades de cuidados que amplíen sus techos. 


El eje de la reflexión se extiende a lo largo de posibles singularidades de un acompaña- 
miento deconstructivo y sus vicisitudes. Me refiero no a un acompañamiento que cuestiona 
al sujeto en situación de calle si no a la relación que se establece y a la deconstrucción que 
puede operar en ambas partes. Esta forma surge, por un lado, como apoyo de una búsqueda 
autogestiva del colectivo que enfrenta toda clase de invalidaciones y desmoronamientos 
y por otro de un acumulado de experiencias de asistencialismo punitivista que perpetua 
la imagen dependiente y criminalizante de la persona en situación de calle”. La visión he- 
redada de los mal llamados “casos sociales” (personas donde falla toda protección insti- 
tucional) inunda nuestro imaginario adoctrinado de normalización que desplaza proble- 
mas colectivos a la persona, victimizándola y retrasando una mayoría de edad social*,En el 
acompañamiento emerge un lugar privilegiado para desanudar este proceso. Desarmar esta 


2 Cosa que no sorprende después de numerosas elaboraciones teóricasacumuladas pero no atendidas res- 


pecto de la institucionalización y la dependencia estructural, la construcción del sujeto subalterno, la infan- 
tilización crónica, etc.Para una revisión ver Piña Cabrera, L. (2010). Calle y casa. Aprontes teóricos para una 
comprensión de la situación de calle desde sus actores. Polis. Revista Latinoamericana, (26). 

% En este punto ayuda aprofundizar la críticatenaz socio construccionista, ver Carballeda, Alfredo J. La inter- 


vención en lo social/ exclusión e intervención en los nuevos escenarios sociales. - 1” ed. Buenos Aires: Paidós, 2012. 


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victimización es crucial, y equivale a politizar una situación de la que previamente se tenía 
la percepción de que no se podía aprender nada y que no se podía establecer vínculo con la 
persona en dicha situación, 


Esta posibilidad de devolver otra mirada, directa, horizontal, pone en cuestión no lo 
que se sabe técnicamente si no procesos encarnados. Cuando se acompaña a un colectivo 
más que a un “caso” el rol técnico pasa a un lugar de reflexión, de creación de espacios de 
pensamiento, de memoria. Además, si este colectivo se pregunta por la calle y la autoges- 
tión tenemos un grupo que se detiene a pensar sobre su voz, el cuestionamiento profundiza 
ahora en la validación de la interlocución, en la identificación de las potencias colectivas 
y la reparación grupal. Así mismo, al ponerse en cuestión el rol de acompañamiento se 
visibilizan asimetrías de poder dadas entre equipos técnicos y “usuarios”. De hecho, es el 
poder, su carencia o su tenencia, y los liderazgos o subalternidades que manifiestan la trama 
que constantemente emerge cual hierro candente en esta práctica de crear comunidad”. La 
horizontalidad entonces se vuelve una zona a magnificar y habitar con sus idas y vueltas. En 
ella buscar una autonomía-en-relación es lo que constituye la ética de este acompañamien- 
to”. Habitar este acompañar sigue una lógica de la espera, del observar, escuchar y cuidar. 
Es ampliar la libertad, avanzar sin garantías. Es crear encuentros donde comamos de todos 
los platos de los saberes, donde ahora seamos personas comunes. 


Si me permito abrir a este tipo de encuentro con la calle una fricción denuncia nuestra 
institucionalización a nivel del cuerpo dejando atrás los ropajes técnicos.Una sensibilidad a 
la tensión que ejercen los ejes de dominación no nos da tregua: la clase, la raza, el género, la 
edad y la capacidad están en constante reconfiguración y elaboración*. Acompañar(nos) en 
la lucha por transformar la situación de calle nos hace revisar y repensar nuestra extranjería, 
avanzar a una epistemología y política nómade que busca contemplar los saberes y paisajes 
de lo distinto.Nos hace cuidar las palabras, saberes y prácticas que duelen fácilmente al 
tocar la pirámide aplastante del meritismo que ha excluido a muchas personas del trabajo, 
de la escuela, de la familia. La revisión de estos relacionamientos, el hacer presente nuestro 
cuerpo en esta lucha conjunta y acompañada, el persistir en crear comunidades de aguante 


3 Mi modo de ver una herramienta de intersección macro y micropolítica en Stengers, L, 8Pignarre, P. 


(2011). Capitalist sorcery: breaking the spell. Palgrave. p. 14. 
6 Cada vez más nos acercamos a situaciones que van más allá de los grupos y más cerca de las consecuencias de 
opresiones propiciando la creación de formas únicas de resistir y repararnos, ver Montero, M. (2005). El Poder 
y La Comunidad. Trabajo comunitario, 97. 

7 Esdecir, en interdependencia desplazada de una prevalente noción de autonomía individual, ver Rebellato, 
J.L y Giménez, L (1997) Ética y modelo de autonomía. En: Ética de la autonomía. Desde la práctica de la Psico- 
logía con las Comunidades (pp 29- 36). Montevideo, Uruguay. Ed: Roca Viva. 

$ Sin duda ya descritos reiterativamente en los feminismos populares, ver Espinal, D. L. T., Pinto, M. L. S., 
Sí Lugo, E. J. E. (2020). Agroecología y cuidados: reflexiones desde los feminismos de Abya Yala. Millcayac- 


Revista Digital de Ciencias Sociales, 7(13), 621-646. 


para resistir la intemperie implica aproximarnos al territorio de los vínculos, de la amistad, 
de la intimidad”. 


En una ocasión me preguntaban ¿por qué tu si tienes casa y nosotros no si no eres 
de aquí, si no tienes trabajo, si no cumples con las exigencias del mundo del éxito? Esta 
pregunta que sigue rondando mi cabeza, me lleva siempre a dos cuestiones: a suspender la 
tentación de responder rápidamente desde las culpas de lo que tengo o no tengo y segundo 
a enfocarme no en el por qué si no en el cómo hacemos para tener casa. Lo que me lleva 
a problematizar ¿qué es avanzar, salir adelante? ¿Cómo llegamos a sepultar a las miles de 
personas que no tienen hogar bajo un juicio meritista, individual y moralista? Observo otra 
ola de contagio que venía expandiéndose mucho antes. Un aislamiento y desvinculación 
progresiva entre allegados y extraños, una crisis de relacionamientos, una inseguridad tanto 
corporal como afectiva, material y política. 


Esta ola expansiva revienta contra las rocas de la desigualdad acumulada cuyas prime- 
ras víctimas son los varones*”. Comienza desde unos pocos dominadores que han heredado 
una obsesión por el control de los territorios y los cuerpos para rendir alabanzas a la enaje- 
nación del tener y del poder a un nivel mítico!!, Comienza por una separación artificial de 
lo humano y lo natural, entre el campo y la ciudad, de dueños y trabajadores, ciudadanos 
y consumidores, gente con techo y gente en la calle. Esta socio y psicopatía del poder que 
infecta y se propaga cual epidemia de la subjetividad permite gobernar al neoliberalismo 
con o sin gobiernos alineados a sus agendas (claro que entre más alineados a las prioridades 
del mercado se propaga mucho más cínica, profunda y rápidamente). Esto provoca todo 
tipo de desmoronamientos de nuestros medios de subsistencia que no encuentran garantías 
legales, de mercado o de protección en un clima de competitividad recalcitrante que se pre- 
mia en los grandes medios y redes a través de una individualización clausurante. 


¿Cómo mantenemos nuestras convivencias en esta tan alta marea? El costo es bastante 
alto. Resistir la inercia de las olas del despojo neoliberal en las ciudades de Latinoamérica 
precisa de grupos-isla, en el laburo, en la cotidiana, en el alquiler, en la casa, en el vecindario. 
Militar juntas, juntos, juntes por un espacio que facilite la conversación quizás dé lugar a la 
posibilidad de la amistad y entonces puede ser que sumemos fuerza para resistir ese despojo 
de lo íntimo. Movernos de límites excluyentes dicotómicos a límites fundantes de formas 
de vivir puede ser que a su vez limiten los atropellos de las lógicas avasallantes dominadoras. 


? Los principales motivos declarados de ingreso a situación de calle y de no retornocaen dentro de la cate- 


goría Vínculos/Convivencia. Relevamiento de Personas en Situación de Calle en Montevideo, 31 de julio de 
2020, Ministerio de Desarrollo Social. 

10. Una explicación que pudiera ayudar a comprender a nivel cultural la alta presencia de violencia masculina 
en las calles, ver Segato, R. L. (2019). Pedagogías de la crueldad: El mandato de la masculinidad (Fragmentos). 
Revista de la Universidad de México, (9), 27-31. 

1 Para una profunda elaboración sobre esta interpretación en Latinoamérica ver Sztulwark, D., (2019). La 


ofensiva sensible: neoliberalismo, populismo y el reverso de lo político. 


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La lucha por el hábitat y el habitar nos lleva a ensayar espacios que potencien y cuiden las 
dinámicas de vinculación propias que se vayan poniendo a prueba!?, 


Estar en el margen no significa que la calle sea marginal. Y en nuestras vidas la calle 
es central, por ahí transitamos, deambulamos, jugamos, dormimos. Está escrita y reescrita 
una y Otra vez por el movimiento, por el paso, por el tránsito. Transitemos una ciudad y sin- 
tamos sus veredas, baños y jardines como nuestro hogar.Las posibilidades que ofrece para 
descansar, para tomar aliento se desvanecen conforme las lógicas gentrificantes embellecen 
las fachadas y privatizan lo público. Nos parece de pronto inhóspita, a ratos fluida, en mo- 
mentos infernal. Rara vez nos detenemos a habitarla y cuando lo hacemos algo pareciera 
empezar a suceder, un cambio en nuestra percepción del tiempo, una ansiedad que nos 
recorre quizás producto de estos cuestionamientos corporales directos. 


Habitemos la calle pues esconde la tierra a la que pertenecemos. Cuando lo que que- 
remos es simplemente una ciudad para no estar solos y vivir nuestros pequeños sueños, 
evitar la aniquilación y disfrutar nuestras convivencias, precisamos de espacios que resistan 
a la clausura social e institucional del estigma de la “situación de calle”. Buscamos lugares 
de encuentro que permitan una intimidad amistosa, una complicidad existencial entre las 
diferencias de clase, género, edad, condición y pensamiento. Estaciones nómadas sensibles 
al cambiante clima donde se pone en cuestión la rigidez de las instituciones frente a lo 
marginal y permiten la combinación de potencias hacia una libertad no de consumo si 
no de pensar. Son espacios que pueden facilitar cierta intimidad existencial cercana a una 
amistad política, tienen techo y baño sin duda, pero comienzan en nuestra imaginación y 
se componen colectivamente. 


Personas comunes en la calle se preguntan si otro mundo es posible, como tener salud, 
como sostener una amistad, como poseer medios para construir mundos, para hacer música 
sin temor a ser expulsados. Repolitizar la calle significa poner en cuestión esa falsa división 
entre veredas, entre quienes tienen techo como excluidos de esa lucha y de quienes viven 
sin techo como incapaces de pensar o de organizarse. No subestimemos que el espíritu del 
pensar-sentir humano encuentra otras formas que van más allá de la clásica máxima de que 
quien no subsana sus necesidades básicas no puede pensar, cientos de miles años nómadas 
están en nuestra memoria colectiva. Acompañar a personas que luchan sin techo lo hacen 
patente cotidianamente. 


12 Para una bella elaboración de lo íntimo como ética vital ver Najmanovich, D. (2017). Lo íntimo: más fuerte 


que todas las barbaries. Docta, Revista de Psicoanálisis, 14(12), 100. 





29 de julio de 2020 


¿Xl uien murió de frío ayer tuvo elección de escapar 
de esa situación? ¿Al igual que nos preguntamos de 
los compas anteriores, aunque no estaban en una 
silla de ruedas? 


Se nos fue otro compañero en situación de calle: en la mañana del 28 de julio lo en- 
contraron muerto en la vía pública. Los medios siguen sin decir sus nombres, para ellos 
resultan sólo números. 


Otra muerte más. Las estadísticas aumentan. Y no precisamente las de cantidad de 
personas que viven con dignidad, alegría y que son solidarias per cápita; las que aumentan 
son de aquellas que mueren por frío, por indiferencia, por negligencias de un Estado y un 
sistema social que nos dejan morir. 


Cada una de las personas que hacemos NITEP sentimos tristeza. En este momento 
nos damos cuenta que la posesión más valiosa es la vida, y el mayor poder estar viviendo. El 
resto es autoengaño, un sistema que nos crea, estereotipa, determina nuestras trayectorias 
de vida, nos da o nos quita derechos según dónde nacimos y con qué rasgos, oportunidades 
o accidentes. 


Hace tanto frío que podríamos llorar lágrimas heladas. En estos momentos a la vida 
hay que buscarla con ansias, y buscar que el poder de estar viviendo dé resultado: estamos 
juntes y organizades y así seguiremos por nuestra restitución de derechos: queremos vivir 
con dignidad. Pelearemos por vivienda, por un lugar digno donde pasar las noches frías, 
con quienes queramos darnos calor. 


¡Te despedimos compañero, te abrazamos para luego volver a alzar los brazos en lucha! 


Colectivo Ni Todo Está Perdido 


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Foto: Santiago Mazzarovich 


Feministas frente a la LUC 
Desde la Coordinadora de Feminismos, un aporte 


Coordinadora de Feminismos Uy 


El avance autoritario y punitivista del Estado patriarcal neo liberal plasmado en este 
conjunto de Leyes de Urgente Consideración, LUC pretende un retroceso que afecta 
directamente nuestras vidas y nuestros modos de construir y habitar la comunidad. Este 
conjunto de casi 500 artículos propuesto por la coalición multicolor y aprobada en el Par- 
lamento propone un cambio estructural en las políticas de gobierno y como decía Simone 
De Beauvoir “Nunca olvides que una crisis política, económica o religiosa será suficiente 
para que los derechos de las mujeres sean cuestionados”. Es por ello que como Colectivo 
feminista consideramos de vital importancia la generación de espacio de análisis e inter- 
cambios para construir resistencia colectiva. 


La regla fiscal es quizás el punto más importante, pero también el más difícil de en- 
tender. Básicamente se trata de una norma a través de la cual el Estado se autoimpone no 
superar ciertos límites de gasto, que son fijados por un comité de expertos y que, por ende, 
sustraen de la discusión política el nivel del gasto público. Por un lado, la regla fiscal im- 
pone un ajuste perpetuo que limita la capacidad de invertir en salud, educación y servicios 


públicos, y por otro permite que de este ajuste ninguna autoridad política tenga que hacerse 
responsable, porque están apenas siguiendo la regla fiscal y al comité de expertos. Sabemos 
que no es necesario eliminar leyes, alcanza con retirar y/o recortar los dineros públicos 
para que determinadas políticas no se cumplan. Y en estos contextos es que tememos por el 
cumplimiento de las políticas de equidad e igualdad de género (planes de seguridad social, 
planes de equidad de género, I.V.E., entre otros). 


La LUC tiene grandes efectos en las relaciones laborales, prohíbe las ocupaciones de 
los lugares de trabajo, limita el derecho a huelga y apunta a reducir el poder colectivo de 
las y los trabajadores. Este recorte del derecho a la protesta es acompañado por la disposi- 
ción que habilita a disolver manifestaciones que corten calles (o sea, la gran mayoría). El 
derecho a ocupar el espacio público por parte de los movimientos sociales es histórico y en 
el caso del movimiento de mujeres y disidencias ha sido y es fundamental para exponer y 
denunciar las violencias que sufrimos por parte de este sistema heteropatriarcal capitalista 
; las alertas ante cada feminicidio, al igual que las marchas e intervenciones han generado 
una modalidad política nueva, una política de los cuerpos que se apropia de los espacios 
interdictos y rompe la lógica patriarcal de distribución y circulación. Estamos alertas ante 
cualquier intento de hacernos retroceder en nuestras prácticas. 


La inclusión del “delito de agravio al personal policial”, que habilita la persecución de 
quienes, por cualquier medio, hablen mal, critiquen o insulten a la Policía, la presunción de 
inocencia policial, los aumentos de penas y la creación de dificultades para que los presos 
reduzcan su pena con educación, son sólo tres ejemplos del carácter punitivísta de esta ley. 


Estamos en alerta también ante los recortes que afectan nuestro acceso a la justicia. La 
creación de la Dirección General contra la Violencia de Género prevista en la LUC restrin- 
ge los 326 lugares distribuidos estratégicamente en todo el territorio y correspondientes a 
Seccionales Policiales y Unidades especializadas en Violencia Doméstica donde se radican 
el 97% de las denuncias a solo 56 que dependerían de esta Dirección. Esto ocasionará un 
impacto tremendamente negativo a las víctimas de situaciones de violencia de género po- 
niendo serios obstáculos para el acceso al sistema de justicia y por ende vulnerabilizando 
aún más a las mujeres y disidencias. 


Agrava esto, que al frente de esta Dirección estará una persona de particular confianza 
política sin que se exijan requisitos de idoneidad y experiencia en este tema. 


Nuestra experiencia en relación tanto a los operadores del Ministerio del Interior 
como a los del Sistema Judicial nos indica que para la cabal comprensión del tema violencia 
de género que derive en acciones de garantía y protección para las víctimas, se necesita una 
profunda revisión de prejuicios y tabúes que impregnan la sociedad patriarcal para lo cual 
la formación integral en el tema es imprescindible. 


Vemos con preocupación el tema educación que la LUC golpea de varias maneras to- 
mando el camino de la privatización y mercantilización. Un paso desde un sistema de edu- 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


259 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


260 


cación pública a un mercado de la educación dará como resultado la formación de futuros 
empleados más predecibles y no la educación de seres pensantes y críticos. 


La reducción de la participación social y docente en la creación de líneas educativas 
deja en manos del Estado exclusivamente programas y contenidos, esto en temas tan en 
disputa como Educación Sexual es sumamente peligroso considerando las ideas conserva- 
doras y represistas que en esta materia se han expresado desde las Instituciones. 


El ataque a lo público se ve también en las disposiciones que afectan a las empresas públi- 
cas, éstas verán reducida su capacidad de acción, al tiempo que se beneficia a los privados con 
los que compiten. Se reduce así la posibilidad de intervenciones democráticas en la economía. 
Al mismo tiempo, la LUC beneficia a especuladores financieros y arrendatarios, debilitando 
las normas contra el lavado de activos, promoviendo la informalidad de la economía y faci- 
litando el desalojo exprés de inquilinos morosos. Esto afectará fundamentalmente a mujeres 
solas, con hijos/hijas a cargo, disidencias y su capacidad de acceder a una vivienda digna. 


Con la LUC ya no será obligatorio el pago de salarios a través de tarjetas de débito, 
esto supone mayor precarización laboral para aquellos sectores más vulnerados de nuestra 
sociedad del cual su gran mayoría son mujeres y disidencias. 


Estos dos últimos aspectos creemos profundizarán la feminización de la pobreza que 
ya está presente. 


En términos generales si se toma en cuenta a quiénes beneficia y a quiénes perjudica 
la LUC, se dibujan dos bandos: mientras les dificulta la vida a profesores (pero también a 
estudiantes, madres y padres, a los que no les conviene que la educación sea un mercado), a 
militantes sociales (pero también a todas las personas que tienen reclamos y necesitan pro- 
testar), a funcionarios públicos (pero también a usuarios que no quieren que los servicios 
sean para el lucro y empeoren), se la facilita a quienes quieran reprimir y hacer mucho dine- 
ro con la especulación. La disputa planteada por la LUC, entonces, tiene una dimensión de 
clase, al mismo tiempo que una dimensión propiamente política, en la que el autoritarismo 
liberal se opone a la democracia. 


Desde nuestra mirada el retroceso en derechos que implica esta ley, nos afecta como 
mujeres y disidencias en múltiples aspectos, económicos, punitivos, sociales y culturales, y 
constituye una reacción a nuestras prácticas emancipatorias. 


En este escenario pensamos que la discusión sobre la LUC y sus afectaciones podría 
abrir debates sobre el por qué de nuestra caracterización de sistema hetero patriarcal y ca- 
pitalista, cuáles son las relaciones de violencia que nos afectan como mujeres y disidencias, 
cuáles son los sentidos que empezamos a construir sobre nuestros territorios, qué ha sig- 
nificado para nosotras el colonialismo, nuestra mirada sobre el desarrollo y el progreso, el 
extractivismo y el avance depredatório sobre la naturaleza. 


El desafío será construir amplias alianzas para desterrar esta ley a la vez que afirmarnos 
en nuestras propias construcciones y profundizarlas. 


“En tiempos de rebeldía, despatriarcalizamos la 
vida” 
Huelga Feminista - 83M 2020 


Somos compañeras, nos hermanamos y tejemos desde las luchas que desplegamos en 
múltiples territorios y espacios. Sin importar la edad nos encontramos y abrazamos, nos 
cuidamos y nos damos fuerza. Somos parte de una historia. 


Somos las guardianas ancestrales de los territorios. Somos memoria y somos un pre- 
sente en rebeldía. Somos un entramado de resistencias que se teje a lo largo y ancho del país 
frente a la avanzada fascista, patriarcal, misógina, racista y capitalista que se expande en 
nuestro continente, orquestada desde las alianzas militar, financiera y fundamentalista, que 


redoblan las jerarquías y las violencias. 


Somos las que estudiamos, trabajamos en nuestras casas y fuera de ellas. Permeamos 


cada rincón con nuestros feminismos. 


Somos las libres, las encerradas, las locas, hemos roto cautiverios y recuperado las ca- 


lles. 


Despatriarcalizamos las formas de maternar y cuidar! Transformamos la culpa en re- 
beldía. Queremos infancias y crianzas libres. Queremos maternar y cuidar desde el deseo, 
con el desafío de cambiarnos a nosotras para cambiarlo todo. 


Despatriarcalizamos la justicia y seguimos poniendo freno a la avanzada punitiva! Si- 
gamos pensando una justicia en clave feminista. 


Despatriarcalizamos la vida! 


Paramos, dejamos de producir, consumir y obedecer. Queremos tiempo para cuidar- 
nos entre nosotras y nosotres, para hermanarnos. Queremos viviendas dignas para el de- 
sarrollo de una vida plena y gozosa. Queremos echar andar nuestros deseos. En medio de 
tanta precarización seguiremos día a día tejiendo estrategias para hacer andar la vida. 


Despatriarcalizamos las fronteras! Todas somos migrantes. ¡Las migrantes existimos 
y resistimos! 


Despatriarcalizamos los encierros! Reivindicamos ser libres, decidir por nosotras y no- 
sotres, gozar nuestra sexualidad sin miramientos y tener voz. Nos encontramos, resistimos 
y quebramos los encierros. 


Despatriarcalizamos nuestras cuerpas y nuestro goce! Denunciamos la desaparición 
de mujeres, niñas, adolescentes y cuerpas feminizadas en manos de las redes de trata y ex- 
Y Y 
plotación sexual. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


261 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


262 


Despatriarcalizamos nuestra sexualidad! Confiamos en lo que sentimos y deseamos. 
Si decimos que no es no. Estamos y seguiremos construyendo espacios seguros. Sigamos 
rompiendo el silencio. ¡Ante la violencia machista autodefensa feminista! 


Despatriarcalizamos los territorios! El modelo desarrollista y extractivista genera la 
expropiación y deterioro de espacios, urbanos y rurales. Somos los paisajes que habitamos, 
somos el agua que bebemos y la comida que nos nutre. 


Seguiremos luchando y practicando nuevas formas de vincularnos con la naturaleza, 
de vivir y habitar el territorio y nuestros cuerpos-territorios. 


Despatriarcalizamos la vida! Denunciamos la violencia especista social que desapare- 
ce, viola, usa, explota y tortura a las demás especies. 


Despatriarcalizamos el arte y la cultura! Creemos en el arte como un estado de en- 
cuentro y en una cultura feminista que abandona lo complaciente, y da lugar a una creativi- 
dad incendiaria que hace temblar al patriarcado. 


Despatriarcalizamos la vida! Alzamos nuestra voz una vez más por las compañeras 
asesinadas, desaparecidas, torturadas. Resistimos ante todo discurso odiante, biologicista, 
capacitista, moralista, fundamentalista y excluyente. Sin travas, trans, travestis, transexua- 
les, lesbianas, tortas, bisexuales, compas no binaries y cuerpas feminizadas no hay huelga. 
¡Nuestro derecho a ser sigue siendo urgente! 


Despatriarcalizamos la educación, nuestras prácticas, escuelas, liceos y todos los espa- 
cios socioeducativos. ¡Construir una educación no sexista y feminista es nuestra urgencia! 
Ante el pacto patriarcal que abusa y violenta a toda las generaciones nosotras tejemos com- 
plicidades y creamos alianzas insólitas. 


Despatriarcalizamos y desrracializamos la vida! 


Denunciamos las múltiples discriminaciones y violencias que vivimos todos los días. 
¡Sepan que donde habitan nuestros cuerpos habita la lucha antirracista! 


En cada militante asesinada, en cada protesta criminalizada y reprimida desarrollamos 
nuestras propias formas de luchar, de comunicarnos, de circular información sin el filtro 
conservador y sin mediación patriarcal. Nos reinventamos en la lucha y sentimos la expe- 
riencia de libertad. ¡Nadie le suelta la mano a nadie! 


Durante estos años hemos sido capaces de entretejer nuestros saberes, voces y sentires. 
Ensayamos una escritura y lectura colectiva desde el deseo de hacer y pensarnos juntas y 
juntes. Confiamos en nuestra política feminista y en nuestra fuerza. ¡Mantengamos abier- 
to nuestro tiempo de rebeldía! ¡Seguimos desplegando y tejiendo luchas por vida digna y 
gozosa en todas partes! 


¡Feminismos en las calles, las casas, las camas y en todas partes! ¡Viva la Huelga feminista! 


¡Viva el 8 de marzo! COORDINADORA DE FEMINISMOS DEL URUGUAY 


Violencia en casa durante la cuarentena por Covid 


19 en Uruguay 


Soledad González Baica' y Florencia Roldán? 


Situación de violencia de género en Uruguay previo al Covid-19 


Uruguay es un país con altos porcentajes de mujeres que sufren violencia de género. La 
Segunda encuesta nacional de prevalencia sobre violencia basada en género y generaciones 
[2019] nos ilustra la situación pre pandemia. Allí se señala que el 76,7% de las mujeres han 
sufrido situaciones de violencia de género, en algún ámbito, a lo largo de su vida.? 


Casi un 20% de mujeres dice haber sufrido violencia por parte de su pareja o expareja 
en el último año, estamos hablando de casi 350.000 mujeres. Cuando se amplía la pregunta 
a “durante toda la vida”, la cifra escala al 47%, casi la mitad de la población femenina del 
país, más de 800.000 mujeres. 


Por otra parte está la respuesta que brinda el Estado a este problema: el Sistema de 
Respueta de atención a mujeres víctimas de violencia doméstica? implementado por IN- 
MUJERES consta de 33 servicios a nivel nacional que atienden 2 o 3 veces por semana 
unas 4 horas diarias, dependiendo de la localidad o ciudad donde esté. En 2019 atendieron 
a 3124 mujeres”. 


En cuanto a los servicios dependientes de la Intendencia de Montevideo, el Programa 
Comuna Mujer, cuenta con 13 servicios que también atienden de forma parcial hasta 3 
veces por semana. En 2019 han atendido 5550 mujeres”. 


Las casas de seguridad y medio camino de INMUJERES alojaron durante 2019 a 26 
mujeres con sus hijos e hijas, sumando un total de 63 personas; mientras que en el Progra- 
ma de Alternativas Habitacionales han participado 112 mujeres en el mismo año. 


1 Integrante de Cotidiano Mujer. 


2 Integrante de Nómade Comunidad Consultora. 


3 Vivir sin violencia de género. Compromiso de Estado. 2a Encuesta Nacional de Prevalencia Sobre Violen- 


cia basada en Género y Generaciones. Accedido el 20/10/20. Disponible en: https: //bit.ly/351r5jl 


% Los servicios existentes al día de hoy solo intervienen en este tipo de violencia, dejando fuera de cobertura 


el resto de las violencias de género. 


3 Respuesta a la violencia contra las mujeres, Inmujeres-Mides. Accedido el 20/10/20. Disponible en: 


https: //bit.ly/34r8ljr 


6 — Información brindada por la Asesoría para la Igualdad de la Intendencia de Montevideo para este trabajo. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


263 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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A esto se suma el servicio telefónico de atención a mujeres en situación de violencia 
doméstica -0800 4141-, servicio nacional y gratuito que funciona de lunes a viernes de 8 a 
24 horas y sábados y domingos de 8 a 20 hs. 


El Ministerio del Interior recibe cerca de 40.000 denuncias por violencia doméstica al 
año”, cifra que se ha mantenido más o menos estable en los últimos años. 


Situación de violencia de género intrafamiliar durante la cuarentena voluntaria por 


Covid 19 


En base a la experiencia acumulada sobre las situaciones de violencia de género en el 
marco de crisis y adaptándolas a la realidad de la pandemia, ONU Mujeres Latinoamérica 
elaboró en abril un informe especial para ayudar a orientar las políticas públicas, donde se 
señala que:* 


e Las medidas de prevención y de mitigación del COVID-19 potenciarán la violencia 
contra las mujeres y niñas que ocurre en los hogares. 


e Las medidas de confinamiento pueden reforzar el aislamiento de las víctimas. 


e Para los perpetradores, la inestabilidad económica y el estrés pueden elevar la fre- 
cuencia y severidad de la violencia que se ejerce. 


e Aumentan las barreras para que las mujeres puedan acceder a servicios. 


e En las familias donde hay niñas, niños y adolescentes el aumento en la violencia 
contra las mujeres tendrá impacto directo sobre ellas y ellos. 


Por ello, queriendo conocer la situación de violencia de género intrafamiliar a partir 
de la cuarentena voluntaria decretada el 13 de marzo de 2020 por el gobierno nacional, la 
Intersocial Feminista y Nómade comunidad consultora realizan la investigación Violencia 
en casa, dinámicas al interior de los hogares en contexto de covid1 9 en Uruguay”. 


Esta investigación tuvo por objetivo medir la opinión de las mujeres acerca del im- 
pacto del coronavirus en Uruguay, respecto a la violencia de género intrafamiliar, sobre los 
servicios de violencia basada en género que brinda el Estado; sobre las principales formas 
de violencia (física, sexual, psicológica, económica y patrimonial) que viven e identificar las 
necesidades en este contexto de confinamiento. 


7 Observatorio Nacional sobre violencia y criminalidad. Ministerio del Interior. Informe primer semestre 


2020. Accedido el 20/10/20. Disponible en: https: //bit.ly/2TkwwWWS5 

£ ONU MUJERES (2020) Prevención de la violencia contra las mujeres frente al COVID'19 en América 
Latina y el Caribe. Panamá. Accedido el 20/10/20 Disponible en: https: //bit.ly/3jwhYak 

? La investigación se realizó durante los primeros 40 días de confinamiento, a través de una encuesta en línea 
autoadministrada de carácter voluntario. Respondieron 1975 personas: 1.808 mujeres, 160 varones, 7 personas 
no binaries y 1 mujer trans; mayores de 18 años. “Violencia en casa”. Nomade Comunidad Consultora. La 


investigación está disponible en: https: //bit.ly/312N10W 


Si bien la investigación no es representativa por la metodología utilizada, en ella se 
recoge la voz de 90 mujeres víctimas de violencia basada en género de perfil socieducativo 
medio alto y alto que dicen estar sufriendo violencia intrafamiliar en el momento de la 
encuesta -abril y mayo 2020-. Dos tercios de ellas poseen educación terciaria incompleta, 
completa o estudios de posgrado. 


En sus respuestas sobre las formas de violencia que sufren primero se encuentra la vio- 
lencia psicológica con un 64%, seguido con mucha diferencia por la violencia patrimonial 
y violencia económica, con 8,5% y 6,8% respectivamente, nombrando en último lugar la 
violencia física, con un 2,6%. 


Sobre sus necesidades principales el 44,2% de ellas dice necesitar principalmente con- 
tención emocional, luego mencionan el empleo y el dinero como necesidades que aparecen 
en segundo y tercer lugar respectivamente, sumando un 34,7%. Esto toma sentido si se 
tiene en cuenta el nivel educativo de estas 90 mujeres. Es probable que en contextos socioe- 
conómicos bajos las necesidades varíen. 


all MER EA 


STO necesidad principal 


= 
O 


Y 
34,7% 


SEARS LENA 
ATI 
cesidades principales 





DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


265 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


266 


Uno de los datos más importantes relevados en esta población es la distancia que hay 
entre ellas y los servicios especializados del Estado. El 83,2% de ellas conoce los servicios, 
pero menos de un 27% recurre a éstos. Estas respuestas abren muchas preguntas sobre las 
barreras que las mujeres de este nivel socioeconómico tienen para acceder a asistencia espe- 
cializada, preguntas que no fueron parte de este estudio pero en las que se debería profun- 
dizar en futuros estudios. 


AE 


STO 


IA 


(eLo o 
servicios del 
Estado 





Con respecto a los servicios del Estado encontramos que el 55% de ellas responden 
que son insuficientes. Así como solo un 21% responde que los mismos son adecuados o 
muy adecuados. Esta valoración de los servicios puede estar relacionada con lo poco que 
recurren a ellos. 


Sobre las percepciones en torno a la cantidad de servicios de violencia que brinda el 
Estado, la mitad de ellas cree que no variaron desde que se instaló el covid19 en Uruguay; 
lo cual revela cierto imaginario de estas mujeres de que la violencia no es una prioridad para 
las autoridades en el contexto actual. 


En realidad los servicios presenciales de atención a mujeres en situación de violencia 
doméstica disminuyeron durante los primeros meses de cuarentena. Los servicios depen- 


dientes de INMUJERES funcionaron “desde el 18 de marzo [con] un plan de contingencia 


dichos servicios reciben momentáneamente las demandas de atención [...] de forma telefó- 
nica, pudiendo coordinar la atención presencial cuando la situación así lo amerite”*”. De la 
misma manera disminuyeron a la mitad la cantidad de Comunas Mujer en funcionamiento 
en Montevideo. 


El único servicio que fue reforzado fue el servicio telefónico, primero con una gran 
campaña de comunicación que puso en conocimiento a toda la población de su existencia y 
en simultáneo se reforzó el personal de atención (4 personas) debido a un gran crecimiento 
en las llamadas recibidas -80%-**. Entre abril y mayo recibieron 64 llamadas diarias”? y se 
ajustaron las coordinaciones interinstitucionales ante casos de extrema gravedad. Sin em- 
bargo no se amplió el horario de atención, manteniéndose sin cambios. 


Conclusiones 


Resulta pertinente considerar que en un contexto de pandemia y crisis, en el que se ex- 
horta al confinamiento y se toman medidas de aislamiento social, se generan modificacio- 
nes dentro de los hogares -en las configuraciones familiares, en las dinámicas de cuidados, 
en las formas de trabajo y rutinas educativas, etc.- que también traen como consecuencias 
la configuración y/o profundización de situaciones de violencias. 


Como hemos podido mostrar, el Estado uruguayo no desplegó una batería de medidas 
específicas y adecuadas para atender esta situación en el marco de la pandemia. Las mujeres 
en situación de violencia intrafamiliar que respondieron a la encuesta, en su mayoría, no 
encontraron en los servicios respuesta a sus necesidades. El débil sistema de respuesta exis- 
tente previamente no fue reforzado ni modificado en función de la atención a la violencia 
de género sino que fue alterado en función de la prevención al contagio de COVID 19. 


10. Servicios de Atención a Mujeres en situación de Violencia Basada en Género, MIDES. Accedido el 


20/10/20 Disponible en: http://guiaderecursos.mides.gub.uy/27548/servicios-de-atencion-a-mujeres-en- 
situacion-de-violencia-basada-en-genero 

11 Entrevista a Monica Bottero, Directora de INMUJERES. VTV. Accedido el 21/10/20 Disponible en: 
https: //bit.ly/31BHnJf£ 

2 La Diaria, 24/6/2020 Violencia de género durante la pandemia: una puesta a punto de la respuesta del 


Estado Accedido el 20/10/20 Disponible en: https: //bit.ly/2FYvaXI 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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Informe sobre población trans residente en Uruguay 
durante la emergencia sanitaria 


Alejandra Collette Spinetti Núñez! 


En el presente artículo se presentan los resultados de un sondeo que se realizó a tra- 
vés de formularios web, por CTU (Colectivo Trans del Uruguay) entre julio-setiembre de 
2020. A través del mismo nos propusimos relevar situaciones puntuales que las personas 
trans residentes en el Uruguay han vivido durante la emergencia sanitaria (a partir de marzo 
2020), ya que en varias oportunidades hemos planteado que hay un alejamiento estructural 
de esta población en el acceso a los derechos y la inclusión. Creímos que este discurso que 
llevamos adelante debía tener un respaldo empírico, por lo cual sentimos el compromiso de 
dar voz a las diferentes situaciones que nos llegaban en forma individual y que ello se con- 
virtiera en una investigación donde las voces disidentes del género asignado al nacer se ex- 
presaran y dieran sus opiniones con respecto a temas tales como trabajo, salud y educación. 


Si bien Uruguay está considerado un país de vanguardia en cuanto al reconocimiento 
legal de los derechos que los diferentes movimientos sociales han venido reclamando -la 
comunidad LGBTQI+ es una de ellas y, en especial la comunidad trans con la aprobación 
de la ley N” 19.684 Ley Integral Trans-, sabemos que no todas las personas trans acceden a 
sus derechos. 


Ante el contexto de un cambio de gobierno y junto a ello la emergencia sanitaria, 
consideramos más que necesario saber de primera mano la situación de las personas trans 
frente a estos dos factores en un país considerado de renta alta y visto desde el exterior como 


el “paraíso LGBTQI+”. 


Rango de edades 


Las edades de quienes llenaron el formulario son amplias: desde 18 hasta 62 años. En 
ese rango, la participación más alta es de personas de entre 19 y 30 años, con lo que conclui- 
mos que las personas más jóvenes son las personas más interesadas en colaborar en estudios 
sobre la población disidente y a su vez las personas que más manejan internet y que tienen 
los medios para hacerlo. Debemos aclarar que muchas de las personas mayores cuando les 
contactamos, alegan que no tienen acceso a internet, o no tienen los medios para hacerlo, o 
directamente no les interesa dar sus datos lo cual respetamos profundamente. 


1. Profesora. Directora Nacional de Colectivo Trans del Uruguay. 


Territorialidad 


En este aspecto aparecen dos preguntas: lugar de nacimiento y lugar de residencia. 
Quienes contestan más son las personas nacidas en Montevideo y las que residen en Mon- 
tevideo, aunque no hayan nacido en ese departamento. Este no deja de ser un dato intere- 
sante y es que la centralidad de la capital continúa siendo un problema, ya que son pocas las 
personas del resto del país, en especial del Uruguay profundo, que contestan. Igualmente, 
podemos tener la lectura de que la información no llega o que la distancia territorial tam- 
bién es una distancia informática y de información. Le siguen en orden de personas que 
más responden Canelones, y dentro de este departamento se destaca Ciudad de la Costa, lo 
cual reafirma la centralidad. 


Situación laboral 


Cuando llegamos a este punto nos encontramos con que el 43,9% de las personas 
que contestan dicen que no trabajan y un 53,9% dice trabajar, si hacemos una proyección 
podemos decir entonces que la mitad de la población trans trabaja, lo que representa un 
porcentaje bajísimo de inclusión laboral. Tenemos que preguntarnos por qué sucede esto, 
y allí tenemos entonces otro desafío: pensar por qué la inclusión laboral de la comunidad 
trans es tan baja. 


Cuando vamos el desglose de los trabajos, nos encontramos con realidades bien dife- 
rentes. Para la mayoría de las mujeres trans el trabajo sexual continúa siendo el único medio 
de inserción laboral. En este punto queremos dejar claro que CTU no es un colectivo aboli- 
cionista del trabajo sexual, pero si nos consideramos abolicionistas de la obligatoriedad del 
trabajo sexual como única salida laboral o como destino obligatorio de las mujeres trans. 


Lo otro que vemos en un porcentaje menor —un 10%- son que las personas que de- 
claran trabajar lo hacen en trabajos informales, sin beneficios sociales y además en trabajos 
temporales. Podemos decir también que lo mismo sucede con otras poblaciones vulnera- 
das. La población trans es tomada como trabajadora informal, en la convicción de que no es 
necesario el beneficio social: mano de obra barata y desechable, y que a su vez las personas 
trans toman esos trabajos por ser una forma de ingreso, mínimos pero ingresos al fin. De 
acuerdo a lo que manifiesta el 65% de la población trans que trabaja, no recibe beneficios 
de seguridad social y/o no está inscripta en el mismo. 


Esto marca una clara desigualdad de poder en el ámbito laboral: la población trans no 
está amparada como cualquier ciudadano/a entre los beneficiarios de la seguridad social, o 
por voluntad propia o porque quienes contratan servicios no lo hacen y este es un número 
altísimo para una población tan pequeña. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


270 


Trabajo y pandemia 


Del 53,9% de personas que declaran trabajar, el 39,5% dice que continuaron trabajan- 
do durante la emergencia sanitaria. En algunos casos aclaran que fue en forma esporádica, o 
con clientes fijos. De la porción que sigue trabajando, el 69,7% declara que el trabajo dismi- 
nuyó visiblemente y que la pandemia ha perjudicado sus ingresos y solo un 33,6% declara 
que su trabajo no se vio afectado. Esto tiene que ver con aquellas personas que declararon 
trabajar en instituciones públicas o privadas o quienes trabajan con clientes fijos de mucho 
tiempo donde existe una gran confianza. 


En la pregunta sobre disminución de ingresos, las personas responden en un 66,4% 
que disminuyeron y por lo tanto afectó el sostener algunos servicios. El acceso a las necesi- 
dades básicas se ve refleja en los siguientes porcentajes: 

) ) 


e Servicios básicos como luz, agua, teléfono: 38,7% 
e Alimentación: 35,3% 
e Vivienda: 25,2% 


La emergencia sanitaria afecta claramente a la población trans en concordancia con 
la gráfica del trabajo. Si la mayoría de las mujeres trans están en situación de trabajo sexual 
y los varones trans en situación de trabajo irregular, tanto un trabajo como el otro merma 
lo que lleva a no poder sostener las necesidades básicas para vivir: alimentación, servicios 
básicos, vivienda. 


Esta situación ya la veníamos percibiendo, pero queríamos tener datos de la realidad para 
reafirmarlo o desecharlo. Las pruebas nos muestran que estábamos en lo cierto: la comunidad 
trans tiene una pobreza estructural, que ante situaciones de emergencia como la que vivimos 
hoy, se hace más visible y lleva a que esta población quede en situaciones de mayor vulnerabili- 
dad económica, donde muchas/os de ello/as deben dejar su vivienda u otros servicios y volver 
a sus lugares de origen. Muchas veces a vivir con la misma familia que le expulsó o con familias 
vinculares de elección. Esto también lleva a otras situaciones que este caso no preguntamos 
para no ser invasivo/as, que es la violencia intrafamiliar. El no poder sostener emocionalmen- 
te el retroceso económico, al verse desprotegida/o y sin una posible salida económica en una 
sociedad capitalista con economía neoliberal que exige el dinero para poder vivir, lleva a un 
costo emocional y psicológico muy grande y muy difícil de afrontar. 


Salud 


En este ítem lo primero que preguntamos es si cuentan con información de lo que es el 
COVID-19 y el 100% contesta que sí, por lo cual una de las conclusiones es que la informa- 
ción llegó y que las personas son conscientes de la pandemia, sus síntomas y su implicancia 
en la salud. Seguidamente queríamos saber si las personas habían seguido los protocolos de 
cuidados: el 96,6 % contesta que sí y el otro 3,4% contesta que a veces los ha seguido. De to- 
das maneras, es una clara señal de la consciencia de la población trans en cuanto a cuidados. 


En cuanto a los centros de atención hay un 71,4% que se atiende en salud pública y un 
24,4% que lo hace en salud privada, el resto dice que ni una ni otra. Podemos suponer que 
entendió que no requirió atención en estos meses. 


Durante la emergencia sanitaria el 42,9% dice haber requerido asistencia en salud, 
pero solo una de estas personas por covid-19 específicamente. Hay un 10,9% que declara 
haber necesitado atención por salud mental en este período, lo que si bien no es directa- 
mente a lo que apuntan las medidas sanitarias de la pandemia, sí creemos que la situación 
de encierro, la caída económica, la no sostenibilidad del estándar de vida, han afectado la 
salud mental. En esta investigación no quisimos ahondar en este tema por considerar de- 
masiado invasivas las preguntas. 


Un 26,1% dice que requirió asistencia médica por temas de salud física pero no rela- 
cionados con síntomas de Covid, mientras que el 10,9% sostiene que requirió asistencia 
por ambas. Si bien la mayoría de las personas manifiestan que no se atendieron por temas 
relacionados directamente con el covid-19, entendemos que han requerido asistencia posi- 
blemente por las consecuencias de la situación vivida. 


Un dato sumamente interesante, y que preguntamos porque teníamos algunas noti- 
cias de ello, es que al asistir a consulta médica los y las profesionales les indican hacerse exá- 
menes de VIH y de IT'S a las personas, aunque ellas no lo entiendan necesario. Un 21,2% 
de las personas da cuenta de esta situación. Buscando si había una variable territorial en esta 
práctica, en realidad nos encontramos con que esto sucede en centros públicos de todo el 
país. No lo han manifestado así quienes se han atendido en salud privada. 

En cuanto al trato recibido en los centro de salud: 

e 14,3% manifiesta que fue excelente 

e 12,6% muy bueno 

e 19,3% bueno 

e 3,4 % dice que fue regular 

e 1,8 % dice que fue malo 

e 58,7% responde que no hubo o no percibió discriminación 


e 8,7 % dice que sí hubo discriminación. 


De las personas que responder haber sufrido discriminación relatan, por ejemplo: 
e Nole tratan por su nombre identitario teniendo la documentación con el mismo 
e “Llamaron por el nombre cuando se les solicitó hacerlo por apellido solamente” 
e “Reírse en la cara mía” 

e “No respetaron mis pronombres aun teniendo el documento cambiado * 


e “Gestos y sonrisas entre ellos” 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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272 


Podemos concluir entonces que el sistema de salud aún es uno de los núcleos duros 
donde la batalla cultural no ha logrado un cambio en el paradigma, y donde quienes tienen 
el poder de la salud continúan insistiendo en estigmatizar, discriminar y por lo tanto vio- 
lentar a las personas disidentes del género. 


También quisimos saber si aquellas personas que antes de la pandemia estaban en tra- 
tamientos médicos por diferentes motivos continuaron el tratamiento normalmente o les 
fueron suspendidos. Allí el 58% de las personas manifiestan que estaban en tratamientos 
médicos, y si desglosamos tenemos que el 20,3% por patologías crónicas. No quisimos 
ahondar en cuáles ya qué nos pareció demasiado invasivo. Un 33% estaba en tratamientos 
hormonales, un 8,3% en tratamientos preoperatorios de readecuación física y un 17,4% por 
salud mental. 


Ante la pregunta de si algunos de sus tratamientos fueron suspendidos por la pande- 
mia, un 6,5% dice que sus tratamientos por patologías crónicas fueron suspendidos, un 
7,3% manifiesta que sus tratamientos por hominización fueron suspendidos, un 4,6% de- 
clara que sus tratamientos preoperatorios de readecuación corporal fueron suspendidos y 
un 6,4% declara que sus tratamientos de salud mental fueron suspendidos; todos a causa de 
la emergencia sanitaria. 


Esta situación es muy peligrosa para la población trans, ya que los tratamientos cróni- 
cos y de salud mental ponen en riesgo extremo a las personas por las propias consecuencias 
de la exposición al covid y por las situaciones de encierro y aislamiento para su salud men- 
tal. La hominización y tratamientos preoperatorios de readecuación física son tratamientos 
que contienen un gran deseo por el construir los cuerpos de acuerdo a las aspiraciones 
personales. Son tratamientos a largo plazo que muchas veces juegan con la ansiedad de las 
propias personas que añoran una inmediatez en los resultados. Cortar estos tratamientos 
trae consecuencias a nivel de la salud mental como frustración, angustia y depresión. De 
todas formas, cualquiera de estos tratamientos suspendidos trae consecuencias negativas a 
las personas. Somos conscientes de la situación y del “distanciamiento social” pero creemos 
que hay formas de buscar la continuidad y el sostén a las personas. 


La otra cara de lo anterior es que hay un 13,8% que manifiesta que sus tratamientos 
crónicos no fueron suspendidos, un 25,7% dice que sus tratamientos hormonales continua- 
ron de la misma forma, un 1,8% dice que sus tratamientos de readecuación física continua- 
ron y un 11,9 % dice que sus tratamientos de salud mental continuaron de la misma forma. 


Conclusiones 


La comunidad trans es un de los grupos vulnerados en sus derechos, en un país con 
un marco jurídico amplio en cuanto al reconocimiento de derechos. Además de ser una 
comunidad con una pobreza estructural multidimensional, esta situación en tiempos de 
emergencia sanitaria se agudiza ya que no hay una masiva y real inclusión laboral y donde 


los servicios públicos de salud, que es donde se atiende la mayoría de la población trans, al 
estar avocados a la pandemia dejan atrás y/o suspendida la atención hacia esta población, 
en un país que no supo o no quiso atender como corresponde a las poblaciones de mayor 
riesgo durante la emergencia. 


Consideramos que queda mucho por hacer para lograr la justicia social y no continuar 
generando desigualdades que llevan a impedir el acceso a derechos básicos para vivir. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


273 


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Explotación sexual de niñas, niños y adolescentes 2020 
¿X ué trae de nuevo Operación Océano? 


Fabiana Condon | Cristina Prego Tramuja 
Asociación Civil El Paso 


La explotación sexual de niñas, niños y adolescentes (ESNNA) es una vulneración de 
derechos humanos que involucra a todas las personas pero especialmente obliga al Estado a 
desarrollar políticas para la prevención, la protección de las víctimas y la persecución de las 
personas responsables de realizar estas acciones. 


La sociedad toda, cada comunidad, cada familia es también corresponsable ante los 
actos concretos de violencia y también ante las acciones de desprotección, omisión de cui- 
dados, estigmatización y culpabilización de las personas victimizadas. La desigualdad, la 
dominación y la imposición son elementos fundamentales donde se fundan estos actos, se 
vuelve invisible y así la ESNNA se naturaliza y se instala como parte de la foto de nuestra 
realidad social cotidiana. 


La comunidad internacional desde 1996 en el marco del Congreso Mundial contra la 
explotación sexual comercial de los niños en su numeral 5 establece que “La explotación 
sexual comercial de los niños es una violación fundamental de los derechos del niño. Esta 
comprende el abuso sexual por adultos y la remuneración en metálico o en especie al niño 
o niña y a una tercera persona o varias. El niño es tratado como un objeto sexual y una mer- 
cancía. La explotación sexual comercial de los niños constituye una forma de coerción y 
violencia contra los niños, que puede implicar el trabajo forzoso y formas contemporáneas 
de esclavitud”. 


Tomando como referencia este lineamiento en el año 2004, Uruguay promulga la ley 
17.815, violencia sexual contra niños, adolescentes o incapaces donde define algunas expre- 
siones de este delito?: 


El art. 4 define el delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o inca- 
paces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo: El que pagare o prometiere pagar 
o dar acambio una ventaja económica o de otra naturaleza a persona menor de edad o incapaz de 
cualquier sexo, para que ejecute actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, será castigado con pena 
de dos a doce años de penitenciaría. 


El art. S define el delito de contribución a la explotación sexual de personas menores de edad o 
incapaces: El que de cualquier modo contribuyere a la prostitución, explotación, o servidumbre 


1. Declaración Programa de Acción. Congreso Mundial contra Explotación Sexual Comercial de los Niños. 


Estocolmo, 24 de agosto de 1996. 


2 Ley 17815. Violencia sexual contra niños, adolescentes e incapaces. IMPO. 2004. 


sexual de personas menores de edad o incapaces, será castigado con pena de dos a doce años de peni- 
tenciaría. La pena será elevada de un tercio a la mitad si se produjere con abuso de las relaciones 
domésticas o de la autoridad o jerarquía, pública o privada, o la condición de funcionario policial 


del agente. 


En este año 2020 se hace público un proceso de investigación penal llevado a adelan- 
te por un equipo de Fiscales a cargo de la Dra. Fiscal Darviña Viera, llamada Operación 
Océano, que ha ocupado un lugar importante en la agenda de los medios. ¿Qué tiene de 
particular esta investigación? ¿Qué trae de nuevo? Lo dicho y lo impensable... 


Un aspecto a destacar de esta investigación es que se puso el énfasis en los presuntos 
explotadores, y esto mostró que participaban de este delito grupos de personas que hasta el 
momento no habían sido tan claramente identificadas como parte. 


Esta investigación ha sido catalogada como la investigación penal más grande en cuan- 
to a cantidad de indagados. Hasta inicios de octubre de 2020 la investigación tenía 32 
imputados y 19 víctimas, según datos de prensa y la Fiscalía General de la Nación reafirma 
su trabajo y compromiso de persecución de este delito. 


Aparecen en escena varones adultos con alto nivel educativo, profesionales, de sec- 
tores sociales medios y altos, con ingresos económicos muy por encima de la media de la 
población, lo que ubica el problema en toda la trama social y no solo como problema de los 
sectores más empobrecidos. 


Quien explota pueden ser cualquier ciudadano, no son monstruos excepcionales, sino 
son los colegas, maestros, profesores, jueces, directores, empresarios. Al analizar las reper- 
cusiones de estas situaciones en la prensa, persisten dificultades para comprender la ESN- 
NA como una vulneración de derechos humanos y como la otra cara de la misma moneda, 
persisten ideas en las instituciones y en la comunidad que mantienen la creencia que puede 
haber adolescentes que elijan ser explotadas sexualmente o se les culpa de su situación. En 
la mirada social sobre el problema, coexisten ideas y prácticas vinculadas a la doctrina de la 
protección irregular junto con o en tensión con la doctrina de la protección integral. 


Quienes abusan, quienes explotan se aprovechan de las necesidades afectivas y mate- 
riales de estas niñas y niños, utilizan y refuerzan una organización social profundamente 
patriarcal y adultocéntrica, que ha perpetuado mecanismos de violencia contra las infan- 
cias y adolescencias y ha generado en especial una mirada de estigma y culpa hacia las y los 
adolescentes. Los explotadores utilizan y refuerzan el sistema de ideas que impera sobre el 
problema, para justificar las prácticas de dominación y de colonización de los cuerpos más 
vulnerados, las mujeres, las niñas, los niños, las y los adolescentes, las personas trans. 


Los perpetradores pueden desarrollar de forma sistemática actos de violencia sexual en 
función de dinámicas abusivas, de coerción, abuso de poder porque lo habilitamos como 
sociedad y gracias a los discursos cómplices que intentan silenciar el daño y desacreditar a 
las víctimas, así se aseguran la impunidad. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


275 


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276 


Este procedimiento reaviva algunas preguntas: ¿quiénes son las víctimas?, ¿quiénes 
son los explotadores?; Operación Océano coloca el tema en la agenda de medios y ¿estamos 
activando una cambio en la sensibilidad sobre el problema?, ¿nos estamos haciendo pre- 
guntas profundas sobre el entramado social, cultural e institucional que sostiene esta grave 
vulneración de derechos? ¿Cuáles son los desafíos? 


“Es moralmente imposible mantenerse neutral en este conflicto. Al testigo se le exige 
tomar posiciones. Resulta muy tentador ponerse al lado del perpetrador. Que no haga nada 
eslo único que este pide al testigo. Apela al deseo universal de no ver, no oír y no decir nada. 
La víctima exige acción, compromiso y recuerdo””, 


Ante esta evidencia deberíamos sentirnos interpeladas, interpelados, personal y co- 
lectivamente. La víctima y el perpetrador nos piden distintas cosas, como dice Herman el 
perpetrador nos invita a olvidarlo, a no verlo, a dejarlo de lado, en todo caso nos pide algún 
tipo de perdón, ya que él no sabía, fue engañado o empujado a comportarse así por un man- 
dato social que ni siquiera identifica, mucho menos cuestiona porque le coloca claramente 
en un lugar privilegio. Las y los adolescentes explotados nos exigen hacer, nos exigen salir 
de nuestro espacio de comodidades y expresarnos, decir que opinamos, enunciar nuestras 
posturas y nos coloca de frente a un espejo cuya imagen no queremos reconocer. 


Las víctimas de estos abusos muestran el daño producto de estos actos de dominación 
concretos y estas expresiones no siempre son lo que esperamos, irrumpen, nos interpelan, 
nos demandan, nos muestran las fallas, las omisiones, las nuestras y las de las otras y otros. 


Si bien existen avances en la mirada sobre el problema, las víctimas siguen sin ser vistas 
como tales, sufren trayectorias de vulneración y un trato institucional, judicial, policial, 
en salud y en protección, fiel a la doctrina de la protección irregular, sufren una respuesta 
institucional que violenta y estigmatiza, una respuesta de control social y no de restitución 


de derechos. 


El proceso de restitución se construye en conexión con las demás personas y este pro- 
blema social se transforma solo si nos hacemos cargo cada uno de nuestra cuota de respon- 
sabilidad. Cuando una adolescente, un adolescente se encuentra con respuestas protectoras 
y empáticas se puede iniciar un camino de reparación del daño, si se encuentran con res- 
puestas hostiles o revictimizantes, se multiplica el daño y se profundizan los sentimientos 
de miedo, indefensión, desconfianza y aislamiento. 


A los explotadores no siempre se los ve como delincuentes, como abusadores, no siem- 
pre se les sanciona socialmente, ni se les penaliza judicialmente incluso, teniendo las herra- 
mientas para poder hacerlo. La naturalización del pago por sexo, la mirada sobre las adoles- 
centes, la culpa que recae sobre las víctimas de violencia sexual desdibuja la responsabilidad 


2 Herman, Judith (2004) Trauma y Recuperación. Como superar las consecuencias de la violencia. Ed. Espa- 


sa Calpe SA. España. 


y en especial diluye el daño que generan en las víctimas directas y el riesgo que significa para 
otras/os niñas, niños y adolescentes del entorno. 


El reconocimiento de que la dignidad humana de niñas, niños y adolescentes es lasti- 
mada por acciones de discriminación por parte del mundo adulto solo por el hecho de ser 
NNA y que existe un nivel de sufrimiento y necesidades especiales en este colectivo dada su 
edad, se logró plasmar en un tratado de derechos humanos, la Convención de los Derechos 
del Niño (CDN), esta le reconoce su condición de sujeto de derechos, con la necesidad de 
protección especial. Para hacer efectivos los derechos y principios que se establecen en la 
CDN, se necesitan más personas y voluntades comunitarias y políticas. Somos parte del 
problema, no somos meros expectadores, tenemos que reconocer nuestra responsabilidad 
para asumir el lugar de poder que tenemos en la transformación o en la resistencia al cam- 
bio y es urgente que esta grave vulneración de derechos ocupe un lugar privilegiado en las 
agendas y en la sensibilidad social. 


Luis Pérez Aguirre, cuando habla de la educación en derechos humanos, nos invita a 
recordar nuestra opción por la defensa de los Derechos Humanos. En este sentido plantea 
“La legislación, la codificación, la concreción en pactos y protocolos, es posterior a esa ins- 
tancia primordial del “escuchar” y sentir” el grito de quien se ha convertido en víctima, de 


quien ha sido despojado de su dignidad o de sus derechos”*, 


Por acá está uno de los principales nudos y de los principales desafíos de quienes tra- 
bajamos por la defensa de los derechos humanos, en especial de niñas, niños y adolescentes 
) p y 
y es acercar, promover la empatía y conmoción real con las necesidades de niñas y niños. 


Tomar postura ante la vulneración de derechos humanos es asumir el compromiso de 
vida por la defensa de los derechos humanos, que también implica una revisión personal 
acerca de las ideas que tenemos sobre la violencia, las adolescencias, la sexualidad, las rela- 
ciones de género, sobre el poder y la concentración de poder. Acciones de transformación 
cultural, de investigación y garantías de derechos en los procesos de investigación y trato 
digno a todas las personas, tanto victimas como responsables de delitos. Tomar postura por 
la defensa de los derechos humanos es exigir todas las garantías. 


La violencia sexual además de crimen es un método de control político, que instala 
terror, culpa y vergúenza; el silencio y el aislamiento refuerzan la idea de la imposibilidad de 
transformar, de encontrar la salida con otras y otros, niega lo colectivo, niega la dimensión 
política mostrando un hecho como individual y aislado, que en realidad constituye una 
práctica social instalada y permitida. 


El problema existe, la sanción penal es una parte del proceso de reparación, pero se ne- 
cesita mucho más. Se necesitan comunidades e instituciones que reafirmen su compromiso 
con la defensa de derechos humanos y que protejan a las víctimas. Si el foco solo está en las 


% Pérez Aguirre, L. (1998). Si digo educar para los DDHH. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


207 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


278 


víctimas o en los explotadores, nos perdemos una parte central de la producción del proble- 
ma, que es el contexto social, político y económico que lo produce; los modos de relación 
patriarcal, adultocéntrica, heternormativa, y sexista; el modo capitalista de producción que 
profundiza las diferencias de clase social, mercantiliza las relaciones sociales y cosifica las 
personas. 


Todo esto es el marco a discutir, a cuestionar y a transformar, terminar con la cultura 
de la impunidad, sincerarnos como comunidad es primordial y asumir que nunca más sere- 
mos cómplices desde nuestro silencio. 


CDNJW 


17 de junio de 2020 


El embarazo infantil es tortura. 


Las maternidades forzadas son tortura. 
Las niñas son niñas, no madres 


El Comité de Derechos del Niño del Uruguay, con el apoyo del grupo de trabajo de 
infancia de la Asociación Nacional de ONG para el Desarrollo (ANONG) y de la Red 
Nacional Contra la Violencia Doméstica y Sexual (RUCVDS), expresa su profundo dolor 
e indignación por la situación de la niña de 12 años en Lascano, embrazada producto de 
una situación crónica de abuso sexual y alerta sobre las grandes debilidades que persisten 
para detectar los abusos sexuales que sufren niñas, niños y adolescentes en nuestro país. 


Si bien las estrategias de los ofensores sexuales se sostienen en prácticas de manipula- 
ción, coerción, amenazas, las instituciones tienen protocolos de actuación que incorporan 
acciones claras para la lectura de indicadores de violencia sexual y tienen el deber y la res- 
ponsabilidad de revisar sus procedimientos cuando la detección falló, porque las niñas, 
niños y adolescente tienen derecho a ser protegidos por el Estado a través de sus políticas 
institucionales, además de por las familias y la comunidad. 


El abuso sexual es una violación grave a los derechos humanos que genera profundos 
daños en el desarrollo de quien lo sufre. El embarazo producto de la violencia sexual es un 
embarazo forzado, la niña no elige el abuso, porlo tanto tampoco elige las consecuencias del 
mismo. Aquí hay daños físicos, psicológicos, y potenciales daños sociales y económicos ante 
maternidades forzadas. 


En este caso, la niña asistía a instituciones, entre ellas de salud, por lo cual exhortamos 
a que el Ministerio de Salud, en el marco de las acciones para la prevención del abuso sexual 
y del embarazo no intencional, realice una revisión profunda y transparente del procedi- 
miento institucional en este caso y se genere un plan de trabajo claro que muestre acciones 
concretas para fortalecer las capacidades de los equipos para la detección de la violencia se- 
xual contra niñas y niños y la protección efectiva. 


En este caso estamos frente a una niña de 12 años, abusada crónicamente. Esta niña 
tiene derecho a una atención especial por parte de un equipo interdisciplinario que ga- 
rantice de forma profesional y responsable la valoración del riesgo de vida de la niña, con 
un embarazo forzado. Esta atención debe considarar su salud física y psíquica teniendo en 
cuenta su edad. Por lo tanto solicitamos que el Ministerio de Salud Pública, desde su rol de 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


280 


rector de las políticas en la materia, de señales claras hacia la niña y la población en general, 
coordinando la atención con un equipo con experiencia en estas situaciones tan graves, 
mientras fortalecen las capacidades del centro de salud de Lascano. 


Recomendamos que atentos al interés superior de la niña, ella sea atenida por un equi- 
po especializado con formación en violencia sexual y conocimientos sobre derechos de in- 
fancia, entre ellos el derecho a ser escuchada. Este es un derecho fundamental que no puede 
ser manipulado cuando se requiere intervenir en situaciones de tanta gravedad como es un 
embarazo producto de un abuso crónico. 


Recordamos que el Comité de Derechos del Niño Uruguay, junto con ANONG, en 
el documento La Infancia como prioridad, alerta sobre la gravedad de las situaciones de 
violencia crónica y propone la urgencia de la formación de los profesionales, campañas de 
prevención y la necesidad de servicios especializados de atención en violencia sexual en 
todos los departamentos. 


Reiteramos: el embarazo infantil es tortura. Las maternidades forzadas son tortura. 
Las niñas son niñas, no madres. +LaInfanciacomoPrioridad 


La fragilidad de los derechos humanos en la atención 
a embarazos y partos durante la pandemia en 


Uruguay 


2 


Laura Vega! y Melania Raszap 


No olvidéis jamás que bastará una crisis política, económica o religiosa para que los 
derechos de las mujeres vuelvan a ser cuestionados. Estos derechos nunca se dan 
por adquiridos, debéis permanecer vigilantes toda vuestra vida. 


Simone de Beauvoir 


Es el 21 de marzo de 2020. Paula llega a una de las mutualistas más exclusivas de Mon- 
tevideo para realizarse su cesárea programada. Con su pareja viene preparándose para este 
momento hace meses, la emoción y alegría de saber que pronto su bebé estará en sus brazos 
es mucha, pero al entrar se ve abruptamente interrumpida por la noticia de que deberá en- 
trar sola al quirófano y tendrá que usar tapabocas permanentemente, por lo que el beso en 
la cabecita de su bebé, que tanto soñó, tampoco va a poder ser. 


Poco a poco la sorpresa y la angustia dieron paso al enojo y a la frustración, mientras 
ue unos minutos más tarde invitan al papá a participar del nacimiento de su primer hijo 
q t tard tan al papá a participar del to de su p hij 
desde la “comodidad de la sala de espera” a través de una video llamada. 


La cesárea sucede tal y como se los impusieron, es que por la situación sanitaria no 
están seguros si sus derechos siguen vigentes y hasta dónde pueden reclamar, por lo que 
muy a su pesar, ceden. 


Con mucha tristeza por lo vivido comienzan a buscar apoyo y a través de las redes 
sociales se contactan con la Red Uruguaya para la Prevención y Visibilización de la Vio- 
lencia en Contexto Obstétrico y Perinatal (RUPreVVCOP). Desde esa primera consulta, 
los grupos que forman la Red se han visto abrumados por la enorme cantidad de mensajes 
que reciben a diario, dando cuenta de grandes irregularidades por parte de las instituciones 
médicas en lo referente a la atención al embarazo y parto. 


Esta Red fue creada en mayo del 2019 buscando aunar esfuerzos para lograr que los 
nacimientos en Uruguay se dieran en un contexto de respeto a las familias y a sus derechos, 


!. Investigadora, docente, gestora cultural, activista por los derechos en parto y nacimiento y coordinadora 


del Grupo por la humanización del parto y nacimiento. 
2 Educadora perinatal, consejera internacional de lactancia, doula, activista por los derechos en parto y naci- 


miento, y directora de Nacer y Ser. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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pero en ese momento no imaginaban que su creación resultaría vital como observatorio 
de la realidad obstétrica uruguaya y en la defensa de los derechos adquiridos, a partir de la 


llegada del covid-19 al país. 


El 13 de marzo de 2020 se confirma el primer caso de covid-19 positivo en Uruguay. 
El gobierno declara la emergencia sanitaria y el Ministerio de Salud Pública (MSP), toma 
fuertes medidas sanitarias en el contexto mundial de pandemia por la presencia del Sars 
Cov 2. Esto afecta la forma en que se venían desarrollando todas las actividades humanas 
y cambia en particular la atención que venían recibiendo los usuarios del sistema de salud. 
Las mujeres gestantes sufren especialmente este contexto pues se le suma a la violencia obs- 
tétrica que sufren habitualmente el agravante de la pandemia que es utilizado como excusa 
para avanzar sobre su derecho a decidir. 


La violencia obstétrica se define en la Ley 19.580 como: “toda acción, omisión y pa- 
trón de conducta del personal de la salud en los procesos reproductivos de una mujer, que 
afecte su autonomía para decidir libremente sobre su cuerpo o abuso de técnicas y procedi- 
mientos invasivos”>. En este análisis la entendemos también como violencia sexual, institu- 
cional, psicológica y basada en género. 


La enorme cantidad de mensajes recibidos en pocos días, de parte de familias denun- 
ciando irregularidades, tanto en partos, cesáreas, partos vaginales, controles obstétricos, 
estudios ecográficos y de laboratorio, llevó a la Red a manifestarse a través de una carta 
pública a finales de marzo: 


“Abrumadas ante la avalancha de consultas y reclamos que hemos recibido por parte de muje- 
res embarazadas, madres recientes y sus familias residentes en distintos puntos de nuestro país, 
deseamos manifestar públicamente nuestra preocupación y repudio por el avasallamiento de 
los derechos en salud sexual y reproductiva que está viviendo nuestro país enmarcado en la si- 
tuación sanitaria actual determinada por la aparición del COVID-19. Reclamamos se respeten 
los derechos consagrados en las leyes que amparan a las mujeres gestantes y sus familias frente 
las medidas que vienen implementando algunas instituciones médicas y equipos de salud en 


Uruguay. 


Estas medidas son: prohibición de ingreso a los controles y ecografías al referente afectivo de la 
madre, irregularidades en el calendario de controles sin una comunicación efectiva respecto a 
la re-agendación de los mismos, incumplimiento del derecho de la madre a estar acompañada 
en el pre parto, parto o cesárea. Estas no solo son contrarias a las recomendaciones del mismo 
MSP, OMS, UNICEF y ONU, sino que dejan de lado todas las evidencias científicas existen- 
tes. Son claramente violatorias de la Ley N*17.386 de Acompañamiento durante el Parto y 
redundan en un absoluto desconocimiento a la Ley N*19.580 Integral de Violencia Basada en 
Género que promueve la autonomía y el respeto hacia las decisiones de la mujer. Se esgrimen 
excusas irrelevantes e insuficientes. 


2 Ley N” 19.580. Disponible en: https: //www.impo.com.uy/bases/leyes/19580-2017 


Estos derechos se han logrado luego de un gran esfuerzo por parte de toda la sociedad y deben 
ser respetados por encima de cualquier directiva interna de los centros de salud o de equipos 
particulares. Las leyes existen para ser respetadas y dejar al libre criterio de los prestadores de 
salud el cumplir o no con las mismas constituye un precedente inaudito en materia de juris- 
prudencia en Uruguay o cualquier país del mundo que se considere democrático. Así mismo 
preocupa enormemente el mal manejo que las instituciones de salud y de los equipos sanitarios 
en casi todo nuestro país, en relación a las consultas periódicas de seguimiento del embarazo, 
donde muchísimas mujeres embarazadas han quedado sin sus consultas de seguimiento corres- 
pondientes, sin análisis de paraclínica y hasta sin ecografías. 


Consideramos que en esta situación de emergencia sanitaria se está desconociendo la impor- 
tancia de esas instancias para la detección y tratamiento oportuno de las complicaciones que 
pueden desarrollarse en la gestación, generando preocupación y angustia en muchas familias 
gestantes debido a la falta de información precisa de cuándo se van a reanudar muchas de estas 
consultas. En el mejor de los casos se les ha realizado videollamadas o consultas de telemedici- 
na, minimizando la importancia de la valoración clínica y del bienestar materno fetal, consti- 
tuyendo esto una grave omisión del adecuado seguimiento de la gestación. 


Exhortamos a que los prestadores de salud implementen inmediatamente las acciones nece- 
sarias para reanudar todas las instancias de seguimiento del embarazo, acompañamiento en el 
preparto, parto y puerperio inmediato, asegurar y promover el contacto piel con piel del recién 
nacido con su madre, favoreciendo la lactancia materna exclusiva y garanticen el cumplimiento 
de la legislación vigente. 


Nos parece un precedente muy peligroso utilizar una crisis sanitaria para avanzar por sobre los 
derechos adquiridos por las mujeres. 


Exigimos que el MSP cumpla su papel de controlar y supervisar la atención brindada por las 
empresas, poniendo el derecho a una atención digna por encima de todo, la salud no puede 
medirse en términos de economía ni dejarse librada al criterio de cada institución”. 


La Sociedad Uruguaya de Salud Sexual y Reproductiva al igual que el Sindicato Médi- 
co del Uruguay, en respuesta a esta carta se pronunciaron abogando por el respeto a las leyes 
vigentes. Gracias a la presión ejercida desde las organizaciones de la sociedad civil y el apoyo 
de las agrupaciones médicas, el 21 de abril del 2020 el MSP emite las recomendaciones para 
la asistencia de la mujer embarazada y el recién nacido frente al Covid-19, donde no solo 
menciona la importancia de la Ley N*17.386 de acompañamiento en el parto y la cesárea, 
sino que agrega que en las consultas y en las ecografías: “la participación de la pareja asin- 
tomática en la ecografía obstétrica debe permitirse, asegurando las medidas de protección 
(distancia y uso de tapabocas).”* 


Sin embargo, las violaciones a los derechos consignados en la ley uruguaya vigente 
siguen sucediendo, por lo que el 16 de abril del 2020, la organización Nacer y Ser, miembro 


í MSP (2020): Recomendaciones referidas a la asistencia de la mujer embarazada y el recién nacido en el marco 


de la pandemia por COVID-19. Disponible en: https: //www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/ 
publicaciones/recomendaciones-para-mujer-embarazada-recien-nacido-frente-covid-19 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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de la Red, a través de su equipo legal concreta la primera denuncia ante la Institución Na- 
cional de Derechos Humanos (INDDHH), respecto a la situación que se estaba viviendo 
en distintas instituciones públicas y privadas de todo el país. 


A raíz de esta denuncia, la INDDHH emite un oficio el 21 de abril, instando al MSP a 
tomar medidas urgentes para garantizar el cumpliendo efectivo de la ley N* 17.386, aún en 
contexto de pandemia.? En respuesta, el MSP emite el 7 de mayo del 2020, el Comunicado 
N*2, donde refuerza la plena vigencia de la Ley N* 17.386 de acompañamiento en el parto. 


La Ley N* 17.386, tan crucial en este momento, dispone que “toda mujer durante el 
tiempo que dura el trabajo de parto, incluyendo el momento mismo del nacimiento, tendrá 
derecho a estar acompañada de una persona de su confianza o en su defecto, a su libre elec- 
ción, de una especialmente entrenada para darle apoyo emocional”*. Como toda Ley tiene 
vacíos que en este contexto dejan desprotegidas a las familias gestantes: en ella no se incluyó 
el derecho al acompañamiento durante el embarazo, tanto en consultas de rutina, como en 
ecografías o consultas en puerta de emergencia. Se entendió que eran derechos incorpora- 
dos y asumidos como naturales que no eran percibidos relevantes como para necesitar estar 
consignados en la Ley; pero la pandemia sacudió absolutamente todos nuestros derechos, 
incluso aquellos tan naturalizados que ni siquiera éramos conscientes de que eran derechos 
y lo valiosos que eran. 


Al no existir marco legal que de forma directa garantizara el acompañamiento durante 
el embarazo, simplemente se lo eliminó, desconociendo la importancia para las mujeres de 
estar contenidas en estas instancias por la persona de su elección, así como lo importante 
que es para el otro progenitor poder participar activamente para vincularse con su bebé 
desde dentro del útero y estar informado de su salud de primera mano. 


Por esto se continuaron realizando desde la sociedad civil denuncias en la INDDHH 
por estos temas (32 denuncias concretadas hasta agosto del 2020), llevando a la INDDHH 
a emitir un nuevo oficio hacia el MSP, el 20 de agosto de este año, donde le solicita que dic- 
te una resolución para que la mujer embarazada tenga el derecho a estar acompañada por 
una persona de su confianza, elegida por ella, durante el control de embarazo, ecografías, 
preparto, parto/cesárea y puerperio, aún en el actual contexto de emergencia sanitaria. 


El 1? de setiembre del corriente año, el MSP a través de la Junta Nacional de Salud, 
emite una resolución en este sentido. Sin embargo, exigiendo medidas de seguridad que en- 
tendemos excesivas y abusivas, por solo ser exigidas al acompañante de la embarazada, más 
no así a todos los funcionarios de las instituciones médicas, quienes por su labor son quie- 
nes más expuestos están al contagio de ésta y otras enfermedades infectocontagiosas. Por lo 
tanto, la probabilidad de que un funcionario contagie a un acompañante es notablemente 
superior a que suceda en el sentido contrario y entendemos que las medidas de seguridad 


3 Laorganización Nacer y Ser tuvo acceso al contenido de éste oficio y otros que se nombran más adelante. 


6 Ley N” 17.386. Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/17386-2001 


que consideren necesarias deberían serlo para todos los involucrados. De todos modos, eva- 
luamos de forma positiva que se haya tenido en cuenta la importancia del acompañamiento 
en estos procesos, lo que permitió ahora sí tener el marco legal suficiente para poder exigir 
el cumplimiento de estos derechos humanos, aún en pandemia. 


A pesar de que a primera vista se ha conseguido amortiguar el impacto de la pan- 
demia sobre los derechos humanos en el área obstétrica y perinatal, no solo se continúan 
recibiendo muchos mensajes dando cuenta de que, o bien la Ley o bien la resolución de la 
JUNASA, o ambas, siguen sin respetarse en varios puntos del país. Bastó un rebrote en el 
departamento de Rivera para que el MSP dispusiera que por el período de un mes quedaran 
prohibidos los acompañantes en las ecografías, por lo que estamos atentas a que ese mes, sea 
realmente un mes y no se transforme en meses o en años. 


Por otra parte, este contexto dejó en clara evidencia lo inadecuado de que la atención 
de las embarazadas que no cursan enfermedades infectocontagiosas, se dé en la gran mayo- 
ría de los casos dentro del mismo edificio donde se atienden personas cursando todo tipo 
de patologías. En ese mismo lugar repleto de virus y bacterias resistentes, aunque resulte 
increíble, es donde se recibe a los recién nacidos. 


Esta es una discusión que sigue sin ser abordada desde las autoridades, pero que desde 
la sociedad civil estamos dispuestas a plantear. 


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Infancias, adolescencias y organizaciones de la 
sociedad civil en tiempos de emergencia sanitaria 


Mauricio David Fuentes Simonini' 
Observatorio de los Derechos de Infancia y Adolescencia. CDNU 


Introducción 


El año 2020 ha estado marcado por la situación suscitada a nivel global a partir de la 
pandemia de Coronavirus Covid-19, y el impacto que dicha pandemia ha generado tanto a 
nivel sanitario como a nivel socio-económico. 


Dentro de las medidas que los diferentes Estados han generado para la contención de 
la situación sanitaria, se destaca la obligatoriedad de uso del tapabocas y la exhortación al 
distanciamiento físico sostenido, que en algunos casos ha adquirido carácter de obligatorio 
mediante el mecanismo de cuarentenas. 


Las principales preocupaciones han podido oscilar entre el cuidado sanitario y el man- 
tenimiento del equilibrio macroeconómico, habida cuenta del gran impacto producido 
por la paralización de la actividad comercial. Sin embargo, el impacto subjetivo que han 
producido las medidas adoptadas por los diferentes Estados no ha sido hasta el momento 
introducido debidamente en el debate de la agenda pública, así como el ejercicio efectivo 
de los derechos que se ha puesto en juego en los diferentes contextos. 


El presente documento pretende dar cuenta de los procesos suscitados en Uruguay en 
relación a estas problemáticas, describiendo el escenario que se presentó en nuestro país a 
inicios de la pandemia, las principales medidas de protección de derechos adoptadas por 
el Estado uruguayo y el impacto que esta situación ha generado en niñas, niños y adoles- 
centes, así como la mirada respecto de las intervenciones del Estado que tienen diversos 
referentes de las Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan con esta población. 


1. Mauricio David Fuentes Simonini es Licenciado en Ciencias de la Educación por la Universidad de Bue- 


nos Aires, y Maestrando en Psicología y Educación por la Facultad de Psicología de la Universidad de la Repú- 
blica. Desde el año 2015 integra el Comité de los Derechos del Niño del Uruguay como representante de la 
Fundación Marista para la Solidaridad Internacional (EMST), y forma parte del Observatorio de los Derechos 
del Niño del Uruguay, creado en el marco del Proyecto “Más Conocimiento, Más participación. Más derechos”, 
financiado por la Unión Europea. 


Situación sanitaria en Uruguay y medidas adoptadas por el Estado 


Los primeros casos de Coronavirus Covid-19 en Uruguay fueron registrados el día 
viernes 13 de marzo. Se trataba de 4 casos que habían ingresado al país durante la primera 
semana del mes de marzo procedentes de Milan, Italia. Ese mismo día, a través del Decreto 
N* 093/2020 se declara la emergencia sanitaria en Uruguay, encomendándose a los dife- 
rentes Ministerios la realización de las acciones que consideren necesarias en el marco de la 
contención de la pandemia. 


Al día siguiente, tras la constatación de dos nuevos casos, el gobierno implementó la 
medida de suspender las clases en su modalidad presencial por un plazo inicial de 14 días, 
tanto en instituciones públicas como privadas, en todos los niveles de enseñanza del país 
(garantizando, de acuerdo a los comunicados emitidos, el mantenimiento de la alimenta- 
ción a través de un trabajo articulado entre ANEP, SINAE y MIDES). 


La comunicación oficial fue ratificada el día lunes 16 de marzo, a través del Decreto 
Ne 101/2020, donde se exhorta a las autoridades de la Educación Pública a dar cierre a las 
instituciones educativas, así como también se decreta el cierre de los Centros CAIF para la 
atención en primera infancia. Cabe destacar que el resto de los Programas de INAU tam- 
bién suspenden sus actividades presenciales, aunque lo hacen a través de una comunicación 
de carácter interno. 


Hacia finales del mes de marzo y comienzos de abril la cantidad de infectados llegó a su 
primer pico, máximo que se mantuvo hasta el mes de octubre, superando las 300 personas 
cursando simultáneamente la enfermedad. Sin embargo, esta cifra rápidamente se redujo. 


Desde ese entonces hasta el momento actual, Uruguay ha sido uno de los países del 
mundo con menor cantidad de contagiados y fallecidos en relación a su población. 


Casi un mes después de decretada la emergencia sanitaria, el Poder Legislativo san- 
ciona, a instancias de Presidencia de la República, la Ley N* 19.874, en la que se crea el 
Fondo Solidario Covid-19, con el objetivo de recaudar fondos para atender las erogaciones 
provenientes de toda la actividad estatal destinada a atender la emergencia sanitaria, las ero- 
gaciones que deba realizar el MSP, las actividades de actividades de prevención, mitigación, 
atención y rehabilitación a cargo del SINAE y las prestaciones otorgadas por el BPS en el 
marco de la ampliación de modalidades del Seguro por Desempleo. 


Evaluando las medidas que con mayor facilidad pueden vincularse a la situación de 
niñas, niños y adolescentes, y de los equipos en territorio, se pueden destacar a su vez las 
resoluciones adoptadas por ANEP/CODICEN en torno a la suspensión de actividades, 
las sugerencias orientadoras para docentes respecto de las modalidades para mantener la 
enseñanza, y los protocolos de acción frente a la posibilidad de que trabajadoras y trabaja- 
dores de dichas agencias puedan ser portadores de Covid-19. 


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Los acuerdos establecidos entre el MT'SS, el MEF, y el BPS, permitieron a su vez 
una flexibilización del mecanismo del Seguro de Desempleo, a través de la Resolución N* 
143/2020 del MTSS. Dicha resolución abarcaba a trabajadoras y trabajadores dependien- 
tes y permitiría el ejercicio de diferentes modalidades de acogimiento en función de la si- 
tuación de la figura del empleador, entre ellos, algunas organizaciones de la sociedad civil. 


El Ministerio de Desarrollo Social emitió una serie de comunicados vinculados, es- 
pecialmente, a la provisión y manejo de alimentos en centros y programas que ofrecieran 
dicha modalidad, los procedimientos de solicitud para entrega de canastas alimentarias, 
protocolos e instructivos para la recepción de donaciones y para la elaboración de ollas 
populares, y el aumento por única vez de montos en Tarjeta Uruguay Social y Asignaciones 
Familiares del Plan de Equidad. Paralelamente a estas medidas se suspendieron algunos de 
los servicios (entre ellos el espacio de Orientación Educativa en INJU, sin generar moda- 
lidades alternativas de actuación), y la resolución de los cierres de las intervenciones fami- 
liares vinculadas al Programa Cercanías, cuya reformulación está prevista para el año 2021. 


Algunos impactos de la emergencia sanitaria en infancias y adolescencias 


La situación de niñas, niños y adolescentes en el marco de la emergencia sanitaria re- 
quiere ser comprendida en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño y los di- 
ferentes instrumentos internacionales vigentes respecto de cómo los derechos consagrados 
en la Convención deben garantizarse independientemente del contexto. 


La normativa internacional es bastante clara respecto de las condiciones de vida que 
deben ser garantizadas en niñas, niños y adolescentes. El Pacto Internacional de Derechos 
Económicos, Sociales y Culturales (1966)? expresa en el Artículo N* 11 que “los Estados 
Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecua- 
do para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora 
continua de las condiciones de existencia” (ONU, 1966, art. 11.1). Además, vinculando 
diferentes aspectos a las condiciones de vida, alude al derecho de las personas a acceder a 
los servicios de salud, educación y seguridad social, entre otros. 


La Convención sobre los Derechos del Niño (1989)? recupera el Pacto mencionado, 
cuando en el Artículo N* 4 expresa que “los Estados Partes adoptarán todas las medidas 
administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconoci- 
dos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y 
culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de 
que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional” 


(ONU, 1989, art. 4). 


2 ONU (1966). Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 


3 ONU(1989). Convención sobre los Derechos del Niño. 


De igual manera, el Artículo N* 27 de la Convención da cuenta de las responsabi- 
lidades que tienen los Estados en relación con las condiciones de vida de niñas, niños y 
adolescentes. “Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida ade- 
cuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social [...]. Los Estados Partes, 
de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán medidas 
apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efec- 
tividad a este derecho, y en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas 
de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda” (ONU, 


1989, art. 27.1-27.3). 


Al respecto, cabe mencionar que los derechos citados, al igual que el conjunto de de- 
rechos contenidos en la Convención y otros instrumentos internacionales, no son condi- 
cionales. Como menciona UNICEF (2007)%, “en una intervención en emergencia, donde 
usualmente es necesario priorizar actividades y grupos de mayor vulnerabilidad, es indis- 
pensable conservar la visión de que los derechos humanos, incluidos - y en especial - los 
derechos de la niñez, son indivisibles e interdependientes entre ellos. Aunque sea necesario 
priorizar sectores de intervención para agilizar y efectivizar las actividades, las metas deben 
permanecer integrales y totales a los derechos humanos y de la niñez, tomando en cuenta 
que estos derechos no son transitorios, y que muchas veces las situaciones extremas eviden- 
cian y agudizan los vacíos preexistentes a la emergencia” 


Teniendo en cuenta este escenario, es imprescindible caer en la cuenta de que la situa- 
ción de emergencia sanitaria afecta a niñas, niños y adolescentes en múltiples dimensiones. 
En primera instancia, es posible hacer referencia a la dimensión económica. De acuerdo 
con los datos relevados por el Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia 
del Uruguay (2019)? del CDNU, en el año 2019 de cada 1000 residentes en el país, 88 
(8.8%) no contaban con el ingreso económico mínimo para cubrir las necesidades alimen- 
tarias y no alimentarias integradas a la estimación de pobreza por esta metodología. Entre 
niñas, niños y adolescentes la relación se duplicaba alcanzando al 16.2% de las personas 
hasta 17 años (162 de cada 1000 niñas, niños y adolescentes). 


La incidencia de la pobreza para abril del año 2020 según simulaciones realizadas por 
Matías Brum y Mauricio de Rosa! en investigación realizada por el IECON de la FCEA, 
UDELAR, se estaría situando en 11.6%. Esta última proporción implica un aumento 
de aproximadamente de 3.1% de incidencia de dicho indicador, lo que representa unas 
106.786 personas adicionales por debajo de la línea de pobreza en un período apenas supe- 


í UNICEF (2007). Derechos de la niñez en emergencias y desastres. UNICEE. 
3 Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Uruguay (2019). Pobreza por ingresos 
monetarios. Disponible en https: //www.cdnuruguay.org.uy/noticias/pobreza-por-ingresos-monetarios-perso- 
nas/. Recuperado el 14 de octubre de 2020. 

€ Brum, M. y Da Rosa, M. (2020). Estimación del efecto de corto plazo de la covid-19 en la pobreza en Uru- 
guay. Disponible en https: //www.colibri.udelar.edu.uy/jspui/handle/20.500.12008/24083. Recuperado el 11 


de octubre de 2020. 


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rior a los 4 meses. Si esta incidencia de la pobreza se distribuye de acuerdo a los parámetros 
preexistentes, existiría un incremento relevante en las situaciones de pobreza que afectan a 
niñas, niños y adolescentes. 


Sin embargo, aunque no dejan de estar atravesados por los aspectos socioeconómicos, 
existieron una serie de factores vividos por las infancias y adolescencias del Uruguay releva- 
das por la Consulta Infancias y Adolescencias en Cuarentena desarrollada por el Observa- 
torio de los Derechos de la Niñez y Adolescencia del Uruguay (2020) del CDNU. Dicha 
consulta tuvo como objetivo el relevamiento de las opiniones y percepciones de niñas, ni- 
ños y adolescentes de 10 a 17 años del Uruguay en el marco de la pandemia de coronavirus 


Covid-19. 


La consulta constaba de un formulario digital que estuvo disponible entre los días 15 
y 27 de abril del año 2020, y fue respondida por 946 niñas, niños y adolescentes: 638 entre 
los 10 y los 12 años, y 308 entre los 13 y los 17 años de edad. 


Algunos datos relevantes contenidos en este informe dan cuenta de que 6 de cada 10 
niñas, niños y adolescentes declararon no haber salido de su casa en la última semana de 
referencia a la aplicación de la consulta. Esta cifra asciende al 68% considerando solamente 
niñas, niños y adolescentes entre los 10 y los 12 años de edad. Este alto porcentaje de acata- 
miento a la exhortación al aislamiento social, lleva a preguntar respecto de la situación que 
se produjo al interior de los hogares de estas niñas, niños y adolescentes. 


En relación a este aspecto, si bien un 45% de las niñas, niños y adolescentes encues- 
tados reconoce haber compartido más actividades que de costumbre con las personas que 
viven en su casa, un 18% respondió que compartió menos actividades que de costumbre, 
o que directamente no había compartido actividades. En este aspecto, un 29% de las y los 
adolescentes entre 13 y 17 años reconocen estar en esta última condición. 


En lo que respecta a los procesos de continuidad educativa, la consulta referida revela 
que un 40% de niñas, niños y adolescentes tuvo un contacto diario con su centro educativo 
(considerando solamente las instituciones de educación formal: Escuela, Liceo o UTU). 
Sin embargo, el 15% mantuvo escaso o nulo contacto. 


La vida cotidiana de niñas, niños y adolescentes, además de esta situación de encierro, 
estuvo fuertemente marcada por su percepción del impacto de la pandemia. De acuerdo 
con la consulta señalada, el 96% señaló que le preocupaba que alguno de los miembros de 
su familia se enferme de Coronavirus Covid-19, el 91% manifestó la preocupación de que 
sus abuelas, abuelos u otras personas mayores allegadas tengan que pasar tanto tiempo en 
soledad, el 79% manifestó preocupación porque pueda llegar a faltar la comida u otros 
artículos de primera necesidad, el 87% manifestó preocupación porque las y los referentes 


7 Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Uruguay (2020). Consulta Infancias y 


Adolescencias en Cuarentena. Disponible en https: //www.cdnuruguay.org.uy/documentos-de-interes/consul- 
ta-infancias-y-adolescencias-en-cuarentena/. Recuperado el 14 de octubre de 2020. 


adultos del hogar pierdan el trabajo. Estas preocupaciones fueron las más significativas, se- 
guidas de la posibilidad de atrasarse en los estudios, el no ver a amigas y amigos, o no poder 
salir a practicar deporte o realizar actividad física. 


El 55% de las niñas, niños y adolescentes consultados manifestó estar más sensible 
que de costumbre, el 61% manifestó no tener ganas de hacer nada, y el 65% expresó que se 
enoja con mayor facilidad. Un 23% reconoce haberse sentido solo/sola. Un 33% haberse 
sentido triste. Un 37% con miedo. Un 53% reconoce haber vivido con preocupación. Un 
55% reconoce haberse puesto ansioso/ansiosa; y un 70% se reconoce con aburrimiento. 


Niñas, niños y adolescentes transitaron mayoritariamente el aislamiento en el marco 
de sus domicilios. En este sentido, la información proporcionada por INMUJERES da 
cuenta de que las llamadas telefónicas a través de la línea de consulta del organismo (0800- 
4141), aumentaron en un 80% durante el período transcurrido entre el 14 de marzo y el 
20 de mayo. 


Cabe destacar, frente a esta situación, que el artículo N* 123 de la Ley N* 19.747 (que 
modifica el Código de la Niñez y la Adolescencia)?, expresa que se entiende “por maltrato 
o violencia sexual hacia niños, niñas y adolescentes, toda forma de perjuicio, abuso o cas- 
tigo físico, psíquico o humillante, descuido o trato negligente, abuso sexual o explotación 
sexual en todas sus modalidades, que ocurra en el ámbito familiar, institucional o comu- 
nitario. También se entiende por maltrato hacia niñas, niños y adolescentes su exposición 
a violencia basada en género contra sus madres u otras personas a cargo de su cuidado” 
(Poder Legislativo, 2019, Art. 123). Por lo tanto, este aumento en las llamadas a la línea de 
INMUJERES implica directamente un aumento en las situaciones de maltrato hacia niñas, 
niños y adolescentes. 


Independientemente de esto, las recientemente nombradas autoridades del INAU 
indicaron que posiblemente durante este período se haya producido un aumento en los 
casos de violencia hacia niñas, niños y adolescentes. Si bien se dispuso de un mecanismo de 
denuncia de situaciones de violencia a través de la plataforma ofrecida por el Plan Ceibal, 
no existen hasta el momento cifras oficiales al respecto. 


La mirada de los equipos en territorio 


También en el marco del Observatorio de los Derechos de la Niñez y Adolescencia del 
Uruguay se realizó un proceso de consulta a técnicas, técnicos y referentes de las Organiza- 
ciones de la Sociedad Civil en territorio que trabajan con niñas, niños y adolescentes. Esta 
consulta permitió relevar las miradas de las personas que trabajaron cotidianamente en la 
atención de niñas, niños y adolescentes, dando cuenta de sus percepciones respecto de las 
intervenciones realizadas por el Estado uruguayo. 


£ Poder Legislativo (2019). Ley N* 19.747. Modificación del Cap. XI de la Ley N* 17.823. 


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En este sentido, una percepción generalizada, compartida por varias de las personas 
entrevistadas, guarda relación con el hecho de que la intervención del Estado en el territo- 
rio fue escasa y tardía. Muchas de las personas entrevistadas relatan que las respuestas ali- 
mentarias llegaron por parte de las instituciones que habitualmente ofrecían este servicio 
(fundamentalmente Escuelas Públicas y programas del INAU); sin embargo la respuesta 
para la gran mayoría de la población que quedó vulnerable en el marco de la exhortación 
al aislamiento social provino mayoritariamente de los lazos de solidaridad vecinales, en 
especial, las ollas populares. 


Técnicas y técnicos de los equipos territoriales que accedieron a la entrevista, coinci- 
den en que los aumentos otorgados en la TUS y AFAM llegaron varias semanas después 
de que habían comenzado a visibilizarse las situaciones de emergencia en términos alimen- 
tarios. Además, estos dispositivos, tal y como fueron implementados, condicionaban los 
lugares de compra e implicaban erogaciones que superaban los valores en que los productos 
podían llegar a ser adquiridos en pequeños comercios o almacenes barriales. Por otra parte, 
resulta sumamente relevante el testimonio de diferentes organizaciones que dan cuenta 
del gran repliegue que han mantenido diferentes agencias del Estado en el territorio. Este 
repliegue se manifiesta, fundamentalmente, en el área de la salud y de la asistencia. 


Por otro lado, cabe destacar que las indicaciones emanadas por las diferentes agencias 
del Estado, corrieron el riesgo de ser contradictorias e inaplicables. A modo de ejemplo, 
resulta relevante destacar que dentro de los 23 Comunicados emitidos por el INAU entre 
los meses de marzo y junio, existían aspectos cuya implementación práctica resultaba difi- 
cultoso. Combinar las dos horas de atención presencial con personal de guardia en la sede, 
ocupándose de la preparación de viandas, el llamado a las familias, el acompañamiento de 
los procesos educativos, el registro de las actividades y la planificación semanal, la entrega 
de la alimentación y el mantenimiento de los hábitos y condiciones de higiene era muy difí- 
cil de concretar en términos operativos; teniendo en cuenta que a su vez el resto del perso- 
nal de las instituciones se encontraba teletrabajando, lo que implicaba reuniones vía Zoom 
u otras plataformas a contraturno. Incluso, en el transcurso de los comunicados se sugerían 
modificaciones e intensificaciones en las tareas que entraban en clara contradicción con 
pautas señaladas anteriormente, o con las indicaciones emitidas por el Ministerio de Salud 
Pública, la Administración Nacional de Educación Pública, y otros organismos del Estado. 


Finalmente, es relevante mencionar que los diferentes técnicos consultados dieron 
cuenta del conjunto de desarticulaciones existentes en el territorio en el marco de las ac- 
ciones emprendidas; desarticulaciones generadas entre las diferentes agencias del Estado y 
entre los diferentes niveles de gobierno. En este sentido, se visibiliza nuevamente la inexis- 
tencia de un sistema de protección integral que permita articular esfuerzos y generar estra- 
tegias cohesionadas para intervenir en el territorio. 


Consideraciones finales 


A lo largo de las páginas precedentes se ha presentado un panorama resumido el esce- 
nario que se suscitó en Uruguay en relación a la situación de niñas, niños y adolescentes en 
el marco de la emergencia sanitaria por Coronavirus Covid-19. 


Si bien la situación de emergencia sanitaria continúa y es prematuro elaborar con- 
clusiones respecto de los impactos que dicha situación generará, así como valorar desde 
esa perspectiva las acciones u omisiones del Estado uruguayo, es posible señalar algunos 
aspectos relevantes. 


En primera instancia, cabe destacar que el repliegue de instituciones clave del Estado 
uruguayo (especialmente vinculadas al sistema de salud), fue notorio y generó consecuen- 
cias cuyo impacto no es sencillo de valorar. El cese de los sistemas de atención a personas 
con consumo problemático de sustancias, especialmente en el marco de una situación que 
implicó el aislamiento y encierro domiciliario, así como el cierre de policlínicas y la deriva- 
ción de la atención a los centros de salud son difíciles de explicar y constituyen una omisión 
grave en términos de garantía de derechos. 


Por otro lado, el conjunto las respuestas ofrecidas desde las diferentes agencias del 
Estado, con la excepción del Seguro por Desempleo (mayoritariamente bien valorado), 
fueron consideradas como tardías e insuficientes; y su impacto en el territorio fue desarti- 
culado, generando situaciones de conflicto y aglomeración de personas imprevistas. Frente 
a esta realidad, las organizaciones territoriales, con apoyos particulares y de diversos actores 
de la sociedad civil, mostraron opciones de respuesta efectiva y articulada en términos de 
asistencia frente a la necesidad alimentaria. 


No es menor destacar que el gobierno de la coalición multicolor, encabezado por el 
Dr. Luis Lacalle Pou, decretó la emergencia sanitaria con tan solo 14 días de ejercicio. Sin 
embargo las omisiones señaladas deben constituirse en aprendizajes que permitan enfren- 
tar nuevas situaciones y coyunturas de emergencia generando dispositivos adecuados que 
permitan garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes. 


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Foto: Santiago Mazzarovich 


Dignificar la vida. Cuando las organizaciones 
reclaman el cambio de paradigma de atención en 
salud mental 


Miguel Scapusio' 


Quién escribe fue uno de los organizadores de la campaña por el Día Mundial de la 
Salud Mental”, que se conmemora los 10 de octubre de cada año. Entre otras acciones de la 
campaña, ese día se realizó una marcha que reclamó por la vida digna y la desmanicomia- 
lización. 

Voy a exponer mi punto de vista en relación al cumplimiento de la Ley de Salud Men- 
tal y la vulneración de los derechos humanos en Uruguay. Creo que no caben dudas de que 
es necesario un cambio de paradigma en la materia y no solo para atender a quienes sufren 
un padecimiento psíquico. 


1. Miguel Scapusio. Psicólogo, integrante del Frente Antimanicomial. 
Ver en: https: //sdr.fic.edu.uy/los-cuerdos-son-locos-sin-diagnostico/ 


Las principales motivaciones de la campaña de la salud mental fueron denunciar la 
situación que viven los usuarios de salud mental, sus familiares e incluso la población en 
general. La mayoría de los usuarios se ven sometidos a tratamientos que solo medicalizan, 
patologizan y convierten en “enfermedades” lo que a veces son respuestas muy sanas frente 
a los acontecimientos que a muchos les (o nos) toca vivir. 


Entre la pandemia por Covid-19, las inhibiciones para el contacto y el distanciamien- 
to social que dispuso el nuevo gobierno, las actividades presenciales iban a ser imposibles 
de realizarse. Viendo esa imposibilidad se nos ocurrió que era un momento ideal para largar 
una campaña de sensibilización informativa acerca de los problemas de la salud mental en 


Uruguay. 


La segunda finalidad fue desestigmatizar el concepto de locura. La locura no existe 
sino como construcción social, no es una entidad aislada del resto del mundo, está cons- 
truida históricamente y al servicio de distintos fuentes de poder y de intereses hegemóni- 
cos: desde distintas religiones (recordemos lo que fue la Inquisición), el patriarcado y la 
dominación masculina, el racismo, la homofobia, hasta llegar hoy a los masivos sistemas de 
explotación económica de las grandes corporaciones transnacionales en la actual etapa del 
capitalismo desarrollado. 


Creo que, sin dudas, la campaña fue exitosa y se cerró con la ya tradicional marcha 
antimanicomial -la novena esta vez- que reclama por el cierre de los manicomios, que es la 
finalidad principal de la campaña de sensibilización. Concurrió mucha gente y se intercam- 
bió mucho material con el público. Se brindó información, se entregaron folletos y mate- 
riales que explican qué es la Ley de Salud Mental y la necesidad de las políticas de derechos 
humanos en la materia. La campaña logró sus objetivos en la medida en que se pudieron 
llevar a cabo las finalidades que nos trazamos. Hubo mucha gente que se acercó y que pudo 
poner en palabras sus padecimientos, sus experiencias y lo que pasó con determinados fa- 
miliares o vecinos. Pudieron cuestionar los sistemas de salud y los métodos que se utilizan. 
También cuestionaron las situaciones de encierro que se dan en muchas de las instituciones 
psiquiátricas y sobre las que hay la mayor de las veces, un silenciamiento absoluto. 


Sabemos que hace mucho tiempo que los temas de salud mental no se manejan de for- 
ma correcta. Esto se debe básicamente a una concepción fuertemente medicalizada: todo 
aquello que aparece como una conducta desviada o fuera de lo normal, es catalogada como 
“enferma”. Uno se podría preguntar cómo personajes como [el presidente de Estados Uni- 
dos] Donald Trump, [el presidente de Brasil] Jair Bolsonaro y algunos otros “dictadorzue- 
los” que asolan el mundo, están encaramados en posiciones de poder y parecen ser conside- 
rados “sanos” por los medios de comunicación, cuando en realidad son seres terriblemente 
peligrosos, patológicos y narcisistas. Frente a ellos, los llamados “enfermos” son los que no 
tienen nada, viven en condiciones miserables, a veces no tienen ni para comer, ni para su- 
birse a un ómnibus, ni donde vivir. Por eso hay que ver que en el campo de la salud mental 
hay temas que son socioeconómicos, culturales y a su vez, están llenos de prejuicios. Hay 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


295 


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296 


una frase que dice: “Más vale ser rico y sano que pobre y enfermo”. En general, estos — los 
pobres y “enfermos”-, son los que terminan en las colonias y en los hospitales psiquiátricos. 
Esto se puede constatar con una simple evaluación de quiénes son los pacientes psiquiátri- 
cos hoy día. 


La salud en general tiene muchos déficits en Uruguay. Más allá de que haya mejorado 
en los últimos años, en la salud mental siguen primando criterios obsoletos que dejaron de 
usarse hace mucho tiempo en otros países. Por eso se requiere un cambio de paradigma, 
para que se respeten los derechos de los pacientes y de las personas a vivir como ellos eli- 
jan mientras no molesten a nadie y no sean violentos con otras personas. Eso no es igual 
con las llamadas fuerzas de seguridad que se hacen cargo del control social decretado por 
los gobiernos de turno. Hoy sabemos que cualquier desviación o conducta considerada 
“anómala” por cualquier especialista va a ser reprimida, abortada y manipulada a través de 
medicamentos u otras metodologías como el electroshock o métodos de encierro. Por eso 
pedimos un cambio radical en la salud mental: respeto de los derechos humanos y cambios 
en los modelos de atención. 


La salud en general tiene muchos déficits en Uruguay. Más allá de que haya mejorado 
en los últimos años, en la salud mental siguen primando criterios obsoletos que dejaron de 
usarse hace mucho tiempo en otros países. Por eso se requiere un cambio de paradigma, 
para que se respeten los derechos de los pacientes y de las personas a vivir como ellos eli- 
jan mientras no molesten a nadie y no sean violentos con otras personas. Eso no es igual 
con las llamadas fuerzas de seguridad que se hacen cargo del control social decretado por 
los gobiernos de turno. Muchas personas precisan dignificar su vida porque ella ha sido 
bastante maltratada, pero nosotros además tratamos de dignificar la vida de todos, para 
construir una sociedad mucho más democrática, participativa y justa. Todo ser humano 
es a la vez semejante y diferente. Sabemos que hasta hoy existen las diferencias sociales, 
intelectuales, étnicas, religiosas, etcétera. Por eso, dignificar la vida es una tarea en la que 
tenemos que comprometernos todos y pasa por políticas de paz, de convivencia, en las que, 
por ejemplo, los derechos de género sean realmente respetados, valorados y aceptados. Pasa 
por políticas en las que la niñez sea defendida en sus derechos, reiteradamente vulnerados 
y ninguneados. 


Una consigna que cerraba la marcha del 10 de octubre decía: “Redistribuir la locura 
y la riqueza”. Me parece una frase felizmente hermosa, porque implica asignarle a cada uno 
sus “partes locas”. Todos las tenemos, pero para algunos las “partes locas” son simplemente 
formas de vida que no dañan a nadie. Para otros significan guerras, muertes, destrucción, 
amenazas a la paz del mundo y hasta al propio planeta. Por eso pienso que se trata de hacer 
la vida más vivible, justa, democrática y, sobre todo, más humana. 


Hoy día vemos que los derechos humanos se violan constantemente. En todo el mun- 
do y particularmente en los lugares concebidos para el encierro. Esto sucede en los miles de 
campos de refugiados y, en otra escala, en los manicomios, en las cárceles, en los hogares de 


ancianos o de niños y adolescentes. Los derechos humanos de los pacientes son vulnerados 
porque a veces no se los escucha, no se los atiende o se los atiende mal. A veces la visión 
técnica es superficial porque termina en la indicación de una medicación, o indicaciones 
de medidas de aislamiento, de encierro o de repetición de sesiones de electroshock. Estas 
prácticas son utilizadas como métodos correctivos para problemas que la gente expresa. 
Los derechos humanos no se violan circunstancialmente, se violan estructuralmente. Eso 
pasa exponencialmente en el capitalismo actual, y ésta es una política que viene desde hace 
siglos. Los métodos crueles se usan para condenar al diferente, al que se sale de la norma 
y al que quiere tal vez otra sociedad más libre y más justa. Estos métodos se han utilizado 
desde siempre y ahora se utilizan en una forma más sofisticada y revestida de cientificidad. 


La Ley de Salud Mental establece una serie de artículos que, además de asegurar de- 
rechos de los usuarios, impone al Estado una serie de pautas y obligaciones para ayudar a 
contribuir a la mejora de sus condiciones de vida. Por ahora no se está haciendo casi nada de 
eso. De hecho, la ley tiene más de 40 artículos y solamente hay alrededor de menos de una 
docena que están reglamentados. No se está cumpliendo, en la medida en que se declara 
que se van a hacer intentos para mejorar la salud, pero no solo no se quiere innovar, sino 
que además se retacean los recursos en forma alarmante, entonces esas mejoras difícilmente 
puedan llevarse a cabo porque no hay recursos materiales ni concepciones de cambio. A 
manera de ejemplo, con la crisis del coronavirus en el Hospital Vilardebó, la solución que 
encontraron para atender a los pacientes fue poner un contenedor y cancelar altas, ingresos 
y visitas de familiares (aún para los que no estaban contagiados), convirtiéndolo en una 
nueva especie de cárcel. Eso da cuenta de las condiciones de precariedad de todo el sistema 
de salud mental. 


No hay una política trazada sobre el cierre de los manicomios, de las instituciones 
asilares, y tampoco se sabe absolutamente nada de cómo el gobierno piensa encarar la acti- 
vidad de las instituciones privadas (sanatorios particulares, mutualistas y otros). 


Por otro lado, tampoco se está cumpliendo con el nuevo plan de salud mental. Se dice 
que se cumple en la medida en que están buscando casas de convivencia, pero no hay nin- 
guna política clara hacia el cierre de manicomios para 2025. 


Esto hace que la ley haya sido catalogada -a poco de asumir el nuevo gobierno- por el 
actual subsecretario del Ministerio de Salud Pública como “un decálogo incumplible de 
buenas intenciones”, descartando las medidas necesarias a tomar para disminuir el sufri- 
miento de estas personas. Nosotros queremos denunciar esos hechos, queremos movilizar a 
la población civil organizada pero también a las comunidades científicas que tienen mucho 
para cuestionar en el comportamiento de estos modelos, y así lograr un verdadero cambio. 


El camino tiene que ser la humanización de lo que les pasa a las personas. Pedimos un 
cambio de paradigma en el que se cierren las instituciones asilares y monovalentes como 
los hospitales psiquiátricos y las colonias, además del pasaje de la atención a salas de salud 
mental en hospitales generales. Esa atención debería instrumentar otros espacios alterna- 


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tivos: casas comunitarias en las que el Estado se involucre a través de políticas culturales, 
educativas, ambientales, habitacionales y de acompañamiento a las familias. En los espacios 
comunitarios deberían participar otras personas y otras profesiones, además de médicos 
o psicólogos. Personas que provengan del campo del arte, de la cultura, del deporte, que 
puedan ayudar, escuchar y contribuir a que quien esté mal pueda empezar a sentirse mejor 
y socializar de una manera más genuina y positiva. 


Se necesita des-medicalizar el sufrimiento humano, que se produce por muchas razo- 
nes. Entre ellas están las violencias sufridas en ámbitos familiares o en el barrio, lugares don- 
de esas violencias se ejercen desde el punto de vista cultural, social o económico, y en las que 
además participan determinados cuerpos policiales dedicados a la represión. También hay 
violencias que suceden en las propias instituciones psiquiátricas donde interactúan facto- 
res culturales, ambientales, laborales, habitacionales, entre otros. El padecimiento humano 
tiene un conjunto de causas complejas que motiva las reacciones de las personas y estas no 
son simplemente atribuibles a que una neurona se enfermó o a una partícula alojada en tal 
región del cerebro que produce tal cosa. Estas son justificaciones médicas apoyadas por las 
grandes industrias farmacéuticas para seguir vendiéndole a la gente productos innecesarios. 
Estas son las lógicas mercantiles actuales del capitalismo para los problemas de la salud 
mental. 


Las grandes corporaciones farmacéuticas promocionan sus productos a través de la 
organización de mega congresos con un marketing desaforado (que a veces implican viajes, 
dinero, invitaciones a otros congresos, etc.). Los psiquiatras son, en el mejor de los casos, 
convencidos de que “tal pastillita le va a cambiar la vida a la gente”. Sabemos que ninguna 
pastilla le cambia la vida a la gente. Alguna la puede mejorar, otra la puede empeorar, pero 
el cambio lo tiene que hacer la gente, no la industria de los medicamentos. 


Tabaré Vázquez dijo que el mundo hoy día parece un hospital dirigido por sus propios 
internos. ¿Cómo podría ser un mundo dirigido por sus propios internos y no por los “cuer- 
dos” que han hecho verdaderos desastres? Lo que hicieron con el Vilardebó y las colonias 
son la muestra más desoladora de abandono e impericia. Eso estuvo en manos de los “cuer- 
dos”, de la gente que cree que “sabe trabajar con la locura” Entonces hay que ver los penosos 
resultados que se lograron. 


Hoy en día, las casas de salud cobran cifras astronómicas por alojar a pacientes ancia- 
nos o jóvenes. Son los métodos de mercantilización de la llamada “enfermedad mental”. Lo 
que se mercantiliza es el sufrimiento humano, que se transforma en enfermedad y entonces 
hay que buscar una cura para esas enfermedades que generalmente se obtienen a través de 
las políticas de salud pública de los gobiernos, en convivencia con los grandes productores 
de fármacos. Además, existe cierta soberbia y hegemonía de la psiquiatría -que ocupa mayo- 
ritariamente los cargos públicos de decisión- como la única disciplina capaz de comprender 
un padecimiento psíquico al que ellos llaman “enfermedad mental”. 


Además de ese panorama, la afectación causada por la pandemia es múltiple. El encie- 
rro no solo no cura a nadie, sino que destruye potencialidades que tienen que ver con lo 
psicológico, lo intelectual, lo relacional y lo social. Estar encerrado forzosamente tiene un 
efecto destructivo. La pandemia mundial por Covid-19 ha generado mucha preocupación 
porque es nuevo en el mundo y, más allá de los intentos por abordarlo a través de diferen- 
tes métodos, seguramente haya afectaciones que pueden tener una gran importancia en el 
futuro de las personas. 


La limitación del encuentro con la familia, los amigos, los lugares conocidos, paseos, 
actividades y ejercicio físico pueden causar situaciones importantes de estrés y efectos de- 
presivos. Junto con esas situaciones hay otras que no se toman en cuenta de la misma mane- 
ra y que a veces son mucho más perjudiciales: aumento de la violencia social, intrafamiliar 
y de género, violación de derechos, abuso de autoridad, limitación de salarios, políticas 
donde se retraen recursos para las instituciones públicas de educación y salud, entre tantas 
Otras. 


Hay situaciones que encierran a la gente y la condiciona a estar en lugares en donde 
la movilidad social se hace penosa e imposible. Esto también forma parte de las grandes 
injusticias que hay en relación a la salud mental como derecho humano y a los derechos 
humanos en general. 


Para terminar, quiero expresar mi agradecimiento a las organizaciones participantes 
cuyo esfuerzo hizo posible que la campaña fuera exitosa y de gran impacto: Serpaj, INDD- 
HH, Frente Antimanicomial, Radio Vilardevoz, Bibliobarrio, FUCVAM, IFES, CEUP, 
NITEP, Asamblea Instituyente, Riquísimo Artesanal, Colectivo Salud Mental Integral, 
Federación Caminantes, Grupo de La Esperanza, Asociación de Usuarios, ADASU, CPU, 
SMU, SUMAFEC, Sociedad de Psiquiatría, Residentes de Psiquiatría, Taller de Arte y 
Rehabilitación del CEREMOS, Taller sala 12 Hosp. Vilardebó, Centro Diurno Sayago, 
Centro Montevideo, Movimiento por las autonomías, Programa APEX-Cerro, PTI, Par- 
que Público Puntas Yeguas, Proyecto 14D “Experiencia y satisfacción de los jóvenes con 
los abordajes psicoterapéuticos del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) y de la 
práctica privada” Facultad de Psicología- Udelar y Naciones Unidas. 


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Frente 
Antimanicomial 


Montevideo 3 de mayo, 2020 


A las autoridades y a la ciudadanía: 
HACIA EL CIERRE DEL VILARDEBÓ 


El Frente Antimanicomial manifiesta su absoluto respaldo a la declaración realizada 
por la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) y la Comisión de Con- 
tralor de la Atención en Salud Mental, referida a la imperiosa necesidad del cierre del Hos- 
pital Vilardebó en salvaguarda de los Derechos Humanos de las personas usuarias de ese 
establecimiento, así como los del conjunto del personal de salud que cumplen funciones 
en dicho hospital. Allí se aboga por el estricto cumplimiento de la Ley de Salud Mental, 
proponiendo que se concrete la ampliación de la atención a la salud mental en hospitales 
generales, tanto en el sector público como el privado. 


Son de conocimiento público las pésimas condiciones edilicias y sanitarias del hospi- 
tal y las distintas carencias que impiden una asistencia de calidad para las personas. Varias 
organizaciones han venido denunciando desde hace años, las prácticas características de las 
instituciones totales - como el Vilardebó- que son violatorias de los derechos humanos y 
plausibles de ser consideradas como tortura. Nos referimos a tratos crueles, inhumanos o 
degradantes: ataduras, encadenamientos, sobremedicación, electroshocks, así como otras 
situaciones frecuentes de violencia institucional y abuso de poder. 


La actual situación, vinculada a la pandemia del Covid-19, puso al desnudo esta pe- 
nosa situación que se arrastra desde hace años y que ahora se ve agravada por el contagio 
de personas internadas y personal sanitario en dicho establecimiento. Por eso, es imperiosa 
la necesidad de dar cierre definitivo al Hosp. Vilardebó ya que el cerco sanitario efectuado 
sobre el mismo afecta gravemente las condiciones de salud de las personas internadas así 
como sus derechos y los de sus familiares y redes. 


La gravedad del cierre tardío de la atención en emergencia y de la disposición de la Di- 
rección de no habilitar altas evaluadas por profesionales, muestra la negligencia y la insufi- 
ciencia de las medidas que en relación al hospital vienen tomando las autoridades de ASSE. 
Además, las dificultades de derivación a otros centros de salud del sistema estatal, puede 
redundar en la privatización de servicios que deberían ser atendidos en la órbita pública. 


Rechazamos las agraviantes declaraciones del Sr. Pablo Silva, del sindicato de trabaja- 
dores de ese hospital (Caras y Caretas 24/04/20), que acusa groseramente y con argumen- 
tos falaces a la INDDHH. En los momentos sociales y políticos que estamos viviendo hoy, 


donde un conjunto de derechos conquistados en los últimos tiempos son amenazados, el 
ataque a una institución cuya función es velar por el estricto cumplimiento de los derechos 
humanos, advertir y denunciar sus vulneraciones, iguala a quien lo formula a los más fer- 
vientes partidarios de la dictadura, para quienes los derechos de las personas son algo sin 
ningún valor. 


Exigimos que se atiendan las medidas propuestas por la INDDHH y Comisión de 
Contralor y se destine parte del Fondo Covid para propiciar el proceso de cierre. 


Así mismo, el Frente Antimanicomial ratifica su compromiso de seguir trabajando 
por un país sin manicomios, contra la estigmatización de las diferencias, y por una auténtica 
salud mental para los sectores más vulnerados y del conjunto de la población. Fomentando 
la apertura de nuevos dispositivos que permitan el desarrollo de estrategias adecuadas para 
que las personas que han estado institucionalizadas desarrollen sus máximas autonomías. 
Lo urgente hoy es culminar con la mercantilización de la salud y con las concepciones tra- 
dicionales sobre la locura y el encierro como forma de tratarla, modalidades típicas de las 
instituciones asilares y monovalentes que Uruguay se comprometió a cerrar. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


301 


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Foto: Martha Passeggi 


La Ley 19889 (Ley con declaratoria de urgente 


302 consideración) y el Derecho a la Educación 


Dr. Pablo Martinis' 


1. Introducción 


La Ley con declaratoria de urgente consideración fue promulgada el 9 de julio de 2020 
con el N* 19889. Se trata de una ley que consta de 476 artículos y abarca diez temáticas: 
seguridad pública, servicios de inteligencia, educación, economía, empresas públicas, efi- 
ciencia del Estado, sector agropecuario, relaciones laborales y seguridad social, desarrollo 
social y salud, vivienda y modificaciones al Código Civil. 


Su proceso de discusión y aprobación estuvo marcado por dos grandes polémicas. Por 
una parte se debatió en cuanto a la validez del instrumento jurídico de una ley de urgen- 
te consideración para el tratamiento de una pluralidad de temáticas, las cuales en la gran 
mayoría de los casos no implicaban situaciones que hubiera que resolver de modo urgente 


J 


Profesor Titular del Departamento de Pedagogía, Política y Sociedad (Facultad de Humanidades y Cien- 
cias de la Educación - Universidad de la República). 


en un plazo perentorio de noventa días. Por otra parte, el hecho que la ley fuera puesta a 
consideración del parlamento nacional en medio de una situación de pandemia generó 
fuertes críticas de amplios sectores sociales, en tanto las posibilidades de movilización y 
participación para plantear cuestionamientos a la norma se vieron fuertemente coartadas. 


La sección sobre educación de la Ley abarca 79 artículos, o sea un 17% del total del 
de su articulado. Deroga 11 y sustituye 59 artículos de los 120 con los que contaba la la 
Ley 18437. Por tanto, más allá que la Lay General de Educación mantenga su nombre y 
su número, la entidad de los cambios incluidos hace que se haya configurado una nueva 
legislación educativa. 


En las siguientes líneas plantearemos una caracterización general de la Ley 19889, nos 
detendremos en algunos aspectos claves de su contenido, señalando los artículos en los que 
constan esos aspectos, y plantearemos tres argumentos en función de los cuales entende- 
mos que supone un retroceso en términos de la promoción del derecho a la educación para 
toda la población de nuestro país. 


2. Caracterización general de la Ley 19889 


El texto de la Ley 19889 expresa características comunes de las derechas que han emer- 
gido a nivel global en las últimas décadas (Apple, 20033; Traverso, 2018”), ya que articula 
en su configuración discursiva elementos provenientes de tradiciones neoconservadoras y 
neoliberales. Su justificación general se sustenta en un proceso de al menos una década de 
crítica sistemática a la educación pública, la cual fue definida por diversos actores políticos, 
mediáticos y think tanks locales como en situación de “crisis” o “emergencia” (Dufrechou 
etal., 2019%). El proceso de construcción de estos significantes, que evita analizar en deta- 
lles luces y sombras de nuestra educación a los efectos de construir un relato en el que todo 
es negativo, da cuenta de una estrategia ampliamente difundida a nivel global. En términos 


de Ball y Youdell (2008): 


“Las diversas formas de prestación y gestión de los servicios públicos, sostenidas por 
los principios básicos de poco Estado a la par de libre mercado, constituyen ahora un plan- 
teamiento predominante con respecto a la educación en todo el planeta. Los argumentos 
que sirven de base a lo anterior indican que la enseñanza como servicio público impartida 
por las instituciones del Estado es de baja calidad, no tiene capacidad de respuesta a las 
necesidades de los “clientes” y tiene aversión al riesgo. Dicho de otro modo, se encuentra 
anquilosada por los procedimientos burocráticos y porque no da opciones a la “clientela 
cautiva”. La solución neoliberal consiste en adaptar la educación a la disciplina del mercado, 
a dar opciones a los padres y a abrir la competencia entre los centros docentes para la capta- 


2 Apple, M. Educar como dios manda. Mercados, niveles, religión y desigualdad. Barcelona: Paidós, 2003. 
Traverso, E. Las nuevas caras de la derecha. Buenos Aires, Siglo XXI Editores, 2018. 
% — Dufrechou, H.; Jauge, M.; Messina, P.; Oroño, M.; Sánchez, E.; Sanguinetti, M. El avance privatizador en 


la educación uruguaya: discursos y políticas. Montevideo, Internacional de la Educación, 2019. 


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ción de alumnos, así como en facilitar que los nuevos proveedores, incluidos aquellos con 
ánimo de lucro, ofrezcan sus servicios en paralelo al sistema público de enseñanza o bien 
como parte de éste. Este tipo de “soluciones” da origen a diversas clases de privatización”. 


A partir de este proceso de progresivo cuestionamiento de la educación pública, que 
podría ser comprendido dentro de la estrategia definida como de “escandalización de la 
opinión pública” (Steiner-Khamsi, 2003)* ampliamente utilizado por promotores de refor- 
mas de corte conservador y neoliberal a nivel global, se sustentó el proceso de legitimación 
de la ley. Como ya fue señalado, el texto aprobado supone una nueva Ley de Educación 
en tanto implica cambios estructurales a nivel de concepciones nacionales de educación 
que se anclan en la reforma valeriana, fueron potenciadas por el batllismo y por las luchas 
y disputas históricas desarrolladas para la construcción de una educación democrática y 
popular en nuestro país. 


En términos generales, se trata de una Ley que altera la noción de educación, reducién- 
dola a la escolarización formal; reubica el rol del Estado, moviéndose desde un modelo de 
Estado garante del derecho a la educación a un Estado prestador y regulador de un servicio 
en un mismo nivel con la educación privada (en este marco elimina el Sistema Nacional de 
Educación Púbica y se restringe la participación de actores docentes y estudiantiles); coloca 
a los actores del Poder Ejecutivo (a través del MEC) en un rol conductor de la educación 
que vulnera las autonomías consagradas constitucional mente; innova en las reglas de juego 
que rigen el trabajo docente sin procesos previos de negociación colectiva e introduciendo 
criterios de mercado en la organización de los centros educativos; afecta el camino de con- 
formación de la formación docente como sistema educativo terciario público universitario, 
fragmentando el acceso al carácter universitario, al ponerlo en función de cada carrera y 
no de la globalidad del sistema; y, genera un sistema de becas dirigidas a estudiantes que 
cursan formación en educación en centros universitarios, los cuales actualmente son exclu- 
sivamente privados y reúnen poco más del 1% de la matrícula total. 


3. Algunos aspectos claves en el contenido de la Ley 19889 


De modo sumario desarrollaremos a continuación algunos aspectos que entendemos 
claves dentro del conjunto de modificaciones a la legislación educativa que introduce la Lay 


19889. 
a) Concepción de la Educación. 


La Ley 19889 reduce el sentido de la educación desde su conceptualización como 
derecho humano fundamental y un bien público y social, que el Estado debe garantizar, al 


3 Ball, S. y Youdell L, D. La privatización encubierta de la educación pública. Bruselas, Internacional de la 


Educación, 2008, pp. 14- 15. 
6 Steiner-Khamasi, Gita. X e Politics of League Tables. Journal of Social Science Education, [s.l.], v. 2, n. 1, 
2003. 


establecer que lo que se deberá garantizar es el desarrollo de “competencias para la vida” y 
el derecho a acceder a “certificaciones, títulos o diplomas” por haber culminado un ciclo 
educativo (Art. 130). 


Este aspecto es de capital importancia ya que toma postura por una postura restric- 
tiva de lo educativo, reduciéndola a su carácter instrumental marcado por la formación 
en competencias. Ello es coherente con definir a la educación en función de los diplomas 
que otorga al culminarse un nivel educativo. Aquí se desvirtúa la idea de educación como 
proceso de formación humana a lo largo de toda la vida, lo cual también tiende a alejarla 
de un ámbito de derechos con respecto al cual el Estado tendría la responsabilidad de su 
concreción. 


b) Diversas formas de afectación de la educación púbica. 


La Ley 19889 introduce diversos elementos en función de los cuales se ve retaceada la 
centralidad que la educación pública tradicionalmente ha ocupado en nuestro país. Sobre 
este aspecto, destacamos los siguientes medidas: 


e Se suprime la centralidad de la educación pública dentro de la educación nacional al 
eliminarse el Sistema Nacional de Educación Pública (Art. 144). 


e Elimina la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, 
pasando a definir a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación 
como el ámbito central de deliberación sobre educación, incorporando la partici- 
pación de actores de la enseñanza privada básica y universitaria (Arts. 184 a 186). 


e Elimina el requisito de 10 años de antigúedad en la enseñanza pública para ocupar 
posición de Consejero en Consejos de ANEP y otras posiciones relevantes en la 
administración del ente (Arts. 151, 152 y 158). 


En su conjunto, la medidas incluidas en la nueva ley producen una nueva arquitec- 
tura del sistema educativo nacional, ya que al desmontarse la centralidad de la educación 
pública y sus actores, se tiende a colocar en un mismo nivel de participación a actores de la 
educación pública y la educación privada. 


Es importante hacer notar que colocar una nota crítica con respecto a estas transfor- 
maciones no implica estar rechazando la existencia de la educación privada. Esta tiene una 
larga tradición en el país, estando su existencia garantizada por normas de rango constitu- 
cional. Lo que entendemos que sí debe ponerse en discusión es el hecho de otorgar a los 
actores de la educación privada la potestad de integrar organismos que deliberan y realizan 


7 — El artículo en su conjunto, que corresponde al Art. 21 de la Ley 18437, quedó redactado del siguiente 


modo: “La educación formal es aquella que, organizada en diferentes niveles o modalidades, constituye de 
manera unificada el sistema educativo que promueve el Estado con el objetivo de garantizar el desarrollo de 
competencias para la vida. La culminación de sus diferentes niveles da derecho a certificaciones, títulos o diplo- 
mas cuya validez legal será reconocida en todo caso por el Estado en todo el territorio nacional”. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


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sugerencias de orientación de las políticas educativas en pie de igualdad con los actores pú- 
blicos. Así, se comienza a avanzar en una dirección que tiende a desconocer el papel rector 
de la educación pública en el conjunto del sistema. 


c) Autonomía de los Entes de la Enseñanza. 


La nueva legislación afecta la autonomía de los entes de la enseñanza consagrada en le 
artículo 202* de la Constitución de la República al ubicar en el Ministerio de Educación 
y Cultura (MEC) la responsabilidad de elaborar, en conjunto con las personas propuestas 
por el Poder Ejecutivo para ocupar cargos en el Consejo Directivo central de la ANEP, el 
Compromiso de Politica Educativa Nacional y el Plan de Política Educativa Nacional (Art. 


145). 


El precepto constitucional es muy claro al señalar que las diversas ramas de la educa- 
ción pública serán regidas por Consejos Directivos Autónomos. El otorgar al MEC com- 
petencias de planificación educativa que corresponden a estos Consejos supone una vulne- 
ración del mencionado artículo. Claramente la definición que adopta la Ley 19889 excede 
el mandato de coordinación de la educación que sí es posible sostener que constituye una 
competencia del MEC. 


d) Participación de actores sociales de la educación. 


La nueva Ley afecta la participación de actores sociales en la educación, ya que, por 
ejemplo, elimina la representación docente en los Consejos de Educación Inicial y Prima- 
ria, Secundaria y Técnico Profesional, que pasan a ser entidades unipersonales (Arts. 148 
y 156). También elimina el requisito de que un tercio de los miembros de los Consejos de 
Participación sean estudiantes (Art. 167). 


La eliminación de los representantes docentes de los Consejos de Educación supone 
un retroceso en términos democráticos, ya que restringe la participación de actores relevan- 
tes en el gobierno educativo. De hecho, desde que se estableció la participación de represen- 
tantes de los docentes, elegidos a través del voto secreto y universal, en los referidos Con- 
sejos, su participación ha sido valiosa en términos del desarrollo de las políticas educativas. 
Por sólo mencionar un aspecto, la participación de representantes docentes ha sido muy 
significativa a fin de asegurar la continuidad de las políticas y de la gestión de los diversos 
subsistemas en momentos de transición política entre distintas administraciones. Esto ha 
sido particularmente claro en el año 2020, durante el cual se presentaron ciertas demoras 
para la toma de posesión de las nuevas autoridades. 


$ Recordemos que el Artículo 202 de la Constitución de la República establece que: “La Enseñanza Pública 
Superior, Secundaria, Primaria, Normal, Industrial y Artística, serán regidas por uno o más Consejos Direc- 
tivos Autónomos. Los demás servicios docentes del Estado, también estarán a cargo de Consejos Directivos 
Autónomos, cuando la ley lo determine por dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara. Los 
Entes de Enseñanza Pública serán oídos, con fines de asesoramiento, en la elaboración de las leyes relativas a sus 
servicios, por las Comisiones Parlamentarias. Cada Cámara podrá fijar plazos para que aquéllos se expidan. La 
ley dispondrá la coordinación de la enseñanza”. 


El no fijar preceptivamente una participación relevante de estudiantes en los Conse- 
jos de Participación de los centros educativos también constituye un elemento sumamente 
discutible. De hecho la medida pone en riesgo la misma participación en dichos consejos, 
afectando un derecho que constituye un poderoso recurso pedagógico en el marco de la 
educación pública. 


Por otra parte, la Ley Integra a actores de la educación privada en diversas comisiones 
vinculadas a la descentralización educativa y a la educación no formal en las cuales hasta el 
presente solamente participaban actores de la educación pública (Arts. 172 y 174). 


En este caso, resulta evidente que la ley, a la vez que restringe la participación de cier- 
tos actores (docentes y estudiantes en la educación pública), toma partido a favor de la 
participación de actores de la educación privada en espacios que hasta el momento eran 
exclusividad de la educación pública. Parece claro que observadas en conjunto, la medidas 
que presentamos en este apartado alteran claramente las relaciones existentes entre diversos 
actores en la educación nacional. 


e) Formas de privatización educativa. 


La Ley 19889 introduce lógicas provenientes del campo empresarial privado como 
criterios de gestión en la educación pública. Un ejemplo del establecimiento de esta lógica 
empresarial se puede apreciar en el otorgamiento a los directores de los centros educativos 
de la posibilidad de tener la potestad de contratar docentes y decidir sobre su continuidad 
en el cargo (Art. 193, literal E). 


Complementariamente, también se define que se podrán “establecer compensaciones 
o complementos salariales y otros beneficios” a los docentes en función del cumplimiento 
de metas de política educativa (Art. 193, literal B). 


Ambos aspectos van en la línea de la mercantilización de la educación pública. Tanto 
la definición del rol de director en tanto gerente educativo, con capacidad de contratación 
y cese de docentes, como la introducción de un pago especial a los docentes en función de 
su productividad (resultados educativos) constituyen estrategias reconocidas en la biblio- 
grafía que estudia estos procesos como prácticas de “privatización endógena”. Ball y Youdell 
(2008) plantean que: 


“Esas formas de privatización implican la importación de ideas, métodos y prácticas 
del sector privado a fin de hacer que el sector público se asemeje cada vez más a una empresa 
y sea tan eficiente como una empresa”. 


A la sensibilidad que la Ley muestra por la inclusión de mecanismos del ámbito em- 
presarial privado en la gestión de la educación pública debe agregarse el hecho que se eli- 


? — Ball, S. y Youdell, D. La privatización encubierta de la educación pública. Bruselas, Internacional de la 


Educación, 2008, p. 8. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


307 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


308 


mina la prohibición inscripta en la Ley 18437 de suscribir acuerdos internacionales que 
puedan alentar la mercantilización de la educación (Art. 129). 


Esta medida hace referencia a otra firma de privatización, reconocida en la bibliogra- 
fía como “privatización exógena”. Siguiendo a los autores anteriormente mencionados, se 
entiende que 


“Esas formas de privatización implican la apertura de los servicios de educación pú- 
blica a la participación del sector privado, a través de modalidades basadas en el beneficio 
económico, y la utilización del sector privado en cuanto a la concepción, la gestión o la 
provisión de diferentes aspectos de la educación pública”. 


El levantamiento de la prohibición de suscribir acuerdos internacionales que puedan 
alentar la mercantilización de la educación, puede implicar, en los hechos, una apertura 
de fronteras a grandes trasnacionales dedicadas al “negocio” de la educación. Este punto 
se torna particularmente preocupante si lo vinculamos con otra innovación introducida 
en la Ley con respecto a la educación a distancia y semipresencial. En efecto, a través del 
Artículo 138 se elimina el siguiente párrafo del Artículo 36 referido a esta temática en la 
Ley 18437: “Las certificaciones de estas modalidades serán otorgadas por los organismos 
competentes del Sistema Nacional de Educación Pública, los cuales también reglamenta- 
rán la habilitación y autorización a instituciones privadas para el dictado de cursos a través 
de estas modalidades y el reconocimiento de los certificados otorgados”. 


En lugar del párrafo suprimido, el Artículo 138 simplemente establece un planteo 
general que reza: “Las certificaciones de estas modalidades serán otorgadas por los organis- 
mos competentes”. 


La existencia de estas supresiones y ajustes en los textos legales no implica que ne- 
cesariamente se han de producir un movimiento de privatización exógena. Lo que sí es 
indiscutible es que se otorga a las autoridades de turno las herramientas como para avanzar 
en esa dirección. Múltiples señales se han producido en los últimos meses que podrían estar 
mostrando un viraje en esa dirección. Valga como ejemplo una manifestación producida 
desde el ámbito parlamentario. Según consigna el medio de prensa La Diaria, en una nota 
titulada'* “Diputado nacionalista propone flexibilizar la normativa para facilitar la llega- 
da de universidades extranjeras”, el diputado de la coalición gobernante Diego Echeverría 
estaría promoviendo mecanismos que faciliten la radicación de universidades extranjeras 
en Uruguay en la medida que hay “esfuerzos que no los pueden realizar las universidades 
privadas del país y tampoco la Universidad de la República, entonces ahí hay un mercado 
que es ideal para esas universidades extranjeras” 


10 Ball, S. y Youdell, D. La privatización encubierta de la educación pública. Bruselas, Internacional de la 
Educación, 2008, p. 8. 

11 La Diaria, 22 de octubre de 2020. Disponible en: https: //ladiaria.com.uy/educacion/articulo/2020/10/ 
diputado-nacionalista-propone-flexibilizar-la-normativa-para-facilitar-la-llegada-de-universidades-extranje- 
ras/ 


La definición del ámbito educativo en términos de mercado a ser ocupado ya puede 
dar la tónica de la fundamentación que sostiene la propuesta reseñada. Es claro que las 
universidades extranjeras potencialmente interesadas en radicarse en el país provendrían 
del ámbito privado y se verían amparadas en su intención por los cambios introducidos en 
la legislación sobre educación a partir de la Ley 19889. 


4. Afectaciones de la Ley 19889 sobre el derecho a la Educación 


Sin ánimo de exhaustividad ni de dar por concluido ningún debate sobre el tema, 
cerraremos el presente artículo planteando tres argumentos en función de los cuales enten- 
demos que la Ley 19889 introduce retrocesos en lo que tiene que ver con la efectivización 
del derecho a la educación en Uruguay. 


El primero tiene que ver con las diversas formas en que se retacea el espacio que deber 





ocupar la educación pública en el conjunto del sistema educativo nacional. 





Si existe un ámbito en el que los principios republicanos y democráticos pueden man- 
tener plena vigencia, este es el de la educación pública. Se trata de un valor que está ins- 
cripto en el surgimiento mismo del sistema educativo uruguayo en el marco de la reforma 
educativa valeriana en el último tercio del siglo XIX. Este principio luego fue expandido en 
diversos momentos históricos de la vida del país, debiendo en esta sumaria recapitulación 
tenerse necesariamente en cuenta la expansión que el batllismo produjo en la educación 
básica con la fundación de los liceos departamentales a partir de 1912. La Ley Orgánica de 
la Universidad de la República y los procesos de expansión de la matrícula en la enseñanza 
media que vienen desarrollándose desde fines del siglo XX son otras muestras de la centra- 
lidad de la educación púbica en el país. 


Cualquier forma de menoscabar el lugar de la educación pública no solamente va en 
contra de esta tradición virtuosa, sino que pone en tela de juicio las posibilidades mismas 
de expansión de la república. No hay mayor garantía pata la conformación de una sociedad 
democrática que la que puede conceder una educación pública robusta y renovada en sus 
metas. Debilitar estos procesos necesariamente va en contra de la satisfacción del derecho a 
la educación de las grandes mayorías nacionales. 


En segundo lugar, interesa señalar las limitaciones que la Ley 19889 impone a la par- 





ticipación de diversos actores sociales en los procesos educativos. Retacear la participación 





de docentes y estudiantes en diversos ámbitos del sistema educativo no puede sino producir 
el efecto de hacer todavía más complejas y dificultosas las transformaciones que la educa- 
ción nacional requiere a los efectos de poder fijarse nuevas metas. 


En este sentido resultan particularmente preocupantes algunas resoluciones de las au- 
toridades de la Administración Nacional de la Educación Pública producidas en paralelo 
a la discusión y aprobación de la Ley 19889. Nos referimos específicamente a las circulares 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


309 


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310 


emitidas con respecto a las posibilidades de los gremios estudiantiles y docentes de mani- 
festar sus puntos de vista con relación a temas que afectan la cotidianeidad de la educación. 


Apelando al principio de laicidad estas resoluciones introducen limitaciones al ejerci- 
cio de las actividades gremiales. En concreto, la resolución N*18 del Acta n*26 del Consejo 
Directivo Central de la ANEP del 20 de mayo de 2020, remite a la laicidad como uno de los 
principios rectores de la educación pública. Allí basándose en la noción de “prohibición del 
proselitismo” inscripta en el Estatuto del Funcionario Docente y en una sentencia judicial 
producida en el año 2019, a propósito de cartelería colocada por gremios estudiantiles, se 
resuelve "que los Consejos de Educación y de Formación en Educación adopten las medi- 
das necesarias para el retiro de toda la cartelería que atente contra los principios rectores de 


la educación” (CODICEN, Resolución 15/2020). 


Continuando con esta línea argumental, el Consejo de Educación Secundaria emite la 
Resolución 114, Acta 22 a través de la cual prohíbe el uso en los centros educativos de ta- 
pabocas que contengan la leyenda “*EducarNoLUCrar” generada a partir de una campaña 
de la Internacional de la Educación. 


Es de interés señalar que ambas resoluciones merecieron observaciones por parte 
de la Institución Nacional de Derechos Humanos expresadas a través de su Resolución 
870/2020. Básicamente esta resolución señala que lo resuelto por las autoridades de la edu- 
cación violenta la libertad de expresión”. 


Resulta claro que el retaceo de formas de participación a actores docentes y estudianti- 
les, así como la adopción de normativa que constriñe las posibilidades de expresar pociones 
en torno a temas que afectan a la educación, constituyen mecanismos a través de los cuales 
también se ve afectado el derecho a la educación en términos generales. 


Finalmente, un tercer aspecto sobre el que interesa llamar la atención tiene que ver 
con los procesos de privatización exógena y endógena que la Ley 19889 genera como po- 


sibilidades. 





Existe una abundante bibliografía que llama la atención acerca de los resultados perju- 
diciales en términos de satisfacción del derecho a la educación que genera la introducción 
de reformas que tiendan a organizar la educación en función de principios mercantiles. En 
nuestra región, el caso chileno probablemente sea el más claro ejemplo de los resultados 
ciertamente negativos de la introducción de políticas de estas características. Investigacio- 
nes como las de Bellei (2015), NODO XXI (2015), Bellei y Orellana (2015), Verger et 
al. (2017), Orellana (2018), entre otros, han evidenciado largamente esta situación. En 
términos de Bellei y Orellana (2015): 


2 Ver La Diaria, 22 de agosto de 2020, “INDDHH recomendó al Codicen derogar norma que ordena re- 
tirar de los centros educativos la cartelería que atente contra la laicidad”. Disponible en: https: //ladiaria.com. 
uy/educacion/articulo/2020/8/inddhh-recomendo-al-codicen-derogar-norma-que-ordena-retirar-de-los- 
centros-educativos-la-carteleria-que-atente-contra-la-laicidad/ 


“En Chile lo que básicamente ha sucedido es que la privatización ha reemplazado un 
sistema de educación pública tradicionalmente fuerte, como consecuencia de radicales re- 
formas orientadas por lógicas de mercado””. 


Siguiendo la evidencia acumulada en estudios sobre casos desarrollados en nuestra 
región, no es para nada aventurado afirmar que la generación de reformas que deriven en 
procesos de privatización educativa redundará en detrimento de la satisfacción del derecho 
a la educación. 


Si bien en este artículo nos hemos referido fundamentalmente a los niveles de la es- 
colaridad obligatoria, resulta relevante señalar, ya en el final de nuestra exposición, que los 
procesos de privatización también son abiertos por la Ley 19889 en el ámbito de la forma- 
ción docente. En este sentido resulta de interés mencionar que en el Artículo 171, literal 
B de esta norma, se establece un sistema de nacional de becas “que premie la continuidad 
y calidad de los estudios por parte de estudiantes de todo el país que sigan programas uni- 
versitarios de formación en educación”. De más está señalar que las instituciones que al día 
de hoy cumplen con ese requisito son todas privadas y reúnen aproximadamente el 1% del 
total de la matrícula de formación en educación en el país. Nótese, por otra parte, que la 
beca es concebida como un “premio” a la continuidad y la “calidad”, tomando distancia de 
la concepción de ese tipo de instrumentos como forma de garantizar derechos. 


En definitiva, y de acuerdo a los argumentos desarrollados en el presente texto, en- 
tendemos que la Ley 19889 en sus referencias a la educación afecta profundamente las 
posibilidades de efectivización del derecho a la educación. Como sucede siempre que un 
derecho se ve afectado, quienes más perjudicados han de ser por esta situación son aquellos 
que menos recursos y posibilidades poseen para hacer oír su voz. Por tanto, un compromiso 
efectivo con la educación del pueblo implica trabajar en las formas que sean más pertinen- 
tes para minimizar estos impactos negativos. 


Bibliografía 
APPLE, M. Educar como dios manda. Mercados, niveles, religión y desigualdad. Barcelona: Paidós, 2003. 


BALL, S. y YOUDELL, D. La privatización encubierta de la educación pública. Bruselas, Internacional de la 
Educación,2008. 


Disponible en: https: //observatorioeducacion.org/sites/default/files/ball_s. y_youdell_d. 2008_la privati- 


zacion_encubierta_en_la educacion _publica.pdf Acceso: 22 de octubre de 2020 


BELLEL C. El gran experimento. Mercado y privatización de la educación chilena. Santiago: LOM, 2015. 


15 BELLEI C. y ORELLANA, V. Privatización de la educación en América Latina. En: Bellei, C. (Org.), El 
gran experimento. Mercado y privatización de la educación chilena. Santiago de Chile: LOM Ediciones, 2015 
p. 27. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


311 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


312 


BELLEI, C. y ORELLANA, V. (2015). Privatización de la educación en América Latina. En: Bellei, C. (Org.), 
El gran experimento. Mercado y privatización de la educación chilena. Santiago de Chile: LOM Edicio- 
nes. 


DUFRECHOU, H.; JAUGE, M.; MESSINA, P.; OROÑO, M.; SÁNCHEZ, E.; SANGUINETTI, M. El 
avance privatizador en la educación uruguaya: discursos y políticas. Montevideo, Internacional de la Edu- 
cación, 2019. 


Ley de Urgente Consideración No. 19889. Disponible en: https: / /legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/ 
docu7957276944654.htm Acceso: 15 de julio de 2020 





NODO XXI (2015). Elementos de continuidad y cambio en el proyecto de ley que crea el desarrollo profesio- 
nal docente. Santiago: Nodo XXI. 


ORELLANA, V. (2018) (Ed.). Entre el mercado gratuito y la educación pública. Dilemas de la educación 
chilena actual. Santiago, Fundación Nodo XXL 


STEINER-KHAMSIL, Gita. X e Politics of League Tables. Journal of Social Science Education, [s.l.], v. 2, n. 1, 
2003. Disponible en: https: //www.academia.edu/33919461/X e_politics_of league_tables Acceso: 15 
de octubre de 2020 


TRAVERSO, E. Las nuevas caras de la derecha. Buenos Aires, Siglo XXI Editores, 2018. 


VERGER, A,, et al. (2017). La privatización educativa en América Latina: Una cartografía de políticas, ten- 
dencias y trayectorias. Bruselas: Internacional de la Educación. Disponible en: https: //download.ei-ie. 
org/Docs/WebDepot/Privatizacion%201-Abril.pdf 





¿Punto de inXexión o punto de retroceso? 


Benjamín Nahoum' 


A fines de 2019, en un informe como éste, señalábamos que “las políticas sociales pue- 
den ser más o menos eficientes, más o menos adecuadas, pero no hay políticas sociales sin 
recursos y prácticamente desde fines de los años ochenta los recursos aplicados a la vivienda 
no son los necesarios. Ni los adecuados a la magnitud del problema y las posibilidades del 


1.292 
pais *. 


Debe reconocerse que, en el último tiempo, y sobre todo a partir de 2010, las políticas 
de vivienda tuvieron la virtud de abarcar un amplio abanico de alternativas, el requerido 
para atacar un problema que también plantea un espectro muy variado de situaciones. Así, 
se diseñaron y pusieron en marcha alternativas tanto para incorporar nuevas viviendas al 
stock como para mejorar las existentes; para atender, mediante los subsidios, el problema 
del acceso, sin afectar desproporcionadamente los ingresos familiares; para solucionar pro- 
blemas como el de la garantía de los arrendamientos, y otras que atendían a distintos pro- 
blemas específicos. 


Se daba así un importante golpe de timón a las políticas de “monocultivo” aplicadas 
entre 1993 y 2005 sobre la base de construir en forma casi serial vivienda mínima (los lla- 
mados “núcleos básicos evolutivos”, creación de 1992) producida por empresas. 


Sin embargo, la escasez de los recursos públicos disponibles (desde los noventa, en el 
orden de sólo el cinco por mil del PBI) hizo que, al repartirlos entre una variedad impor- 
tante de programas, lo destinado a cada uno fuera obligadamente escaso y por ello no se 
lograra el impacto deseado y necesario. 


En el nuevo período de gobierno, iniciado en marzo de 2020, se esperaba un fuerte 
cambio en esa situación, dado que los dos partidos por los que se inclinaron en la elección 
dos de cada tres votantes (el Frente Amplio y el Partido Nacional) reconocían el problema 
y se comprometían a solucionarlo: de forma más clara el FA, que en su programa incluía la 


1 Ingeniero civil, viviendista, docente universitario. Autor y coautor de investigaciones, libros y artículos 
8 


sobre el tema de la vivienda y el hábitat populares. Fue asesor de la Intendencia de Montevideo (1990-92 y 
1996-2000) e integrante del Centro Cooperativista Uruguayo (1973-1986), y forma parte del Departamento 
de Apoyo Técnico de FUCVAM desde su creación, en 2000. 

2 “Derecho ala Vivienda. Avances, retrocesos y asignaturas pendientes”, en SERPAJ, Derechos Humanos en el 


Uruguay. Informe 2019, ed. SERPAJ, Montevideo, diciembre 2019. 


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313 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


314 


duplicación de los recursos del período 2016-2020*, pero también el PN, si bien sin mane- 
jar cifras concretasí, 


Las señales de los nuevos tiempos, sin embargo, no han ido en esa dirección. Apenas 
instalada la flamante administración, el decreto 90/20 fijó el tope de ejecución presupuestal 
para el año 2020 “en el 85% de los créditos comprometidos del ejercicio 2019, correspon- 
dientes a gastos de funcionamiento e inversiones, cualquiera sea su fuente de financiamien- 
to”. El incremento de recursos comenzaba, entonces, con una reducción sensible de los que 
ya se disponía. Esto no se justificaba a partir de la situación de pandemia que vive el país, 
ya que sería declarada posteriormente. Por el contrario, el recorte generalizado y uniforme 
parece más bien estar en línea con el propósito de reducir el déficit fiscal, sustantivamente 
y cuanto antes. 


Más allá de que se quitó importancia a este paso atrás, asegurándose que lo que se per- 
día por la rebaja de las partidas se recuperaría al ganar en eficiencia, la historia recuerda la 
del pájaro en mano y los cien volando. Y si alguna duda quedaba, las medidas de ralentizar 
los programas de realojos, suspender las escrituras de préstamos a cooperativas previstas 
en lo inmediato y eliminar una de dos las instancias previstas para otorgar nuevos cupos a 
estos grupos (los “sorteos”) más bien parecen confirmar lo que la experiencia indica: que 
con menos recursos se hacen menos cosas. 


Para el resto del quinquenio la situación no parece que vaya a ser diferente, por lo 
menos en lo que a los fondos públicos se refiere. El cuadro que sigue compara los recursos 
previstos para el Plan Quinquenal de Vivienda (PQV) 2016-2020, que es el que regirá 
hasta la aprobación del nuevo presupuesto, y el correspondiente al período 2021-2025, 
que regirá hasta que en 2025 se apruebe el siguiente. Los recursos, que están previstos 
en pesos del 1 de enero del año en que se elabora cada presupuesto, han sido deflacta- 
dos, para hacerlos comparables, utilizando distintos indicadores: unidad reajustable (que 


evoluciona con el índice medio de salarios), índice del costo de la construcción, dólar 
2 “Incremento de recursos. Para dar la necesaria prioridad a las acciones en materia de vivienda y hábitat, se 
incrementarán los recursos presupuestales de modo de poder atender los programas de urgencia, manteniendo 
(como mínimo) los destinados a los demás programas actuales (...). A tal efecto se hará un esfuerzo país para, 
como mínimo, duplicar los recursos presupuestales actuales en el Fondo de Vivienda, al que se incorporarán, 
además, los retornos de los préstamos ya otorgados y la captación de ahorro público y privado: en particular, 
inversiones de los fondos previsionales, que se estimularán mediante colocación de bonos rentables a mediano 
plazo” (Bases Programáticas 2020-2025, Frente Amplio, Montevideo, setiembre 2019). 

4 — “(...) la inversión pública en vivienda ha caído en estos años. Hoy el ENVU está en el orden de U$S 260 
millones/año (0,4% del PBI), mientras que si se hubiera aplicado el criterio anterior” (de la Ley de Vivienda de 
1968) “estaría en unos U$S 370 millones/año. Esa caída representa muchos ladrillos menos, debido al paralelo 
incremento del costo de la construcción. (...) La ineficacia” (estatal) “está claramente vinculada a problemas de 
gestión e insuficiencia de recursos (...)” (Lo que nos une. Partido Nacional. Programa de gobierno 2020-2025, 
Montevideo, agosto 2019). Este texto, y su contexto, figuran íntegramente en la Exposición de Motivos del 
Presupuesto 2021-2025 remitido por el Poder Ejecutivo al Parlamento. 


e índice de precios de consumo (“inflación”). La comparación se ha hecho respecto de 
los recursos previstos para cada año de los dos planes y, como se ve, el nuevo plan tiene, 
según el indicador que se tome, una disminución de recursos de entre algo más de un 8% 
y casi un 12%. 


Comparación recursos previstos PQV 2016-2020 y PQV 2021-2026 
FNV en S 
FNV 2016.20 FNV 2021-25 Relación 

Al1.1.2015 | Al1.1.2020 2020/2015 



















Indicadores 











Nota: Valores del FNV 2021-25 según PQV 2021-25, pág. 94; valores del FNV 
FNV 2016-20, según Presupuesto 2021-25, Exposición de Motivos. 


Fuente: elaboración propia, según datos oficiales. 


Si se opta por otros indicadores, o se compara lo proyectado para el próximo período 
con el promedio de lo realmente ejecutado en el actual, las cifras variarán, pero en cualquier 
caso estarán en el orden señalado. Esto indica que la respuesta a la gravedad del problema 
de la vivienda y a la prioridad que el gobierno le atribuye según se ha señalado, de todos 
modos, no alcanza para aplicarle más recursos. 


La importancia que tiene esto es que, como decíamos al principio, la política mejor 
diseñada no consigue despegar si no se le aplican los recursos necesarios y suficientes. Y 
que si bien para determinados programas puede pensarse que los capitales privados puedan 
aportar (no los especulativos, desde luego, que tienen otras metas); una parte sustancial de 
las políticas, como por ejemplo el mecanismo de los subsidios, requiere sí o sí de los recur- 
sos públicos. 


Importa repasar qué está sucediendo y qué va a suceder en algunos campos que marca- 
mos como principales, de acuerdo a lo ya aprobado en la Ley de Urgente Consideración (N.? 
19.889, LUC), y en el Presupuesto Nacional (PN) y Plan Quinquenal de Vivienda, éstos 


actualmente a estudio del Parlamento y ya con media sanción de la Cámara de Diputados. 


Comencemos por los llamados asentamientos irregulares, otra de las declaradas prio- 
ridades para el período. Por esa razón, parece difícil pensar que no se dará a este programa 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


315 


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316 


un énfasis especial, pero dada su complejidad, magnitud y costo la gran preocupación está 
en que, aunque el propósito declarado sea enfocarlo de manera integral (lo que no sólo 
implica regularizar el tema de la propiedad, sino también el tanto o más importante de la 
precariedad de una gran parte de las viviendas), al final se llegue a los “asentamientos cero” 
solamente transformando a los asentados en propietarios, sin abordar la otra cuestión, más 
dura. Lo que al fin y al cabo es: lo que resulta funcional al mercado, ya que permitirá que 
tierra que hoy puede ser valiosa esté disponible, compra o desalojos mediante, para progra- 
mas inmobiliarios mucho más rentables. Maldonado es un muy buen ejemplo de cómo esto 
puede pasar y pasa. Por otro lado, las disposiciones presupuestales que permiten regularizar 
sin tener en cuenta las normas urbanísticas y edificatorias refuerzan esa sospecha y hace 
temer seriamente por el resultado. 


En cuanto al acceso al suelo, más allá de la disputa por dónde quedaría la Cartera de 
Inmuebles para Vivienda de Interés Social (CIVIS) creada en 2008 y objeto de un fuerte 
tironeo entre la Dirección Nacional de Vivienda y la recientemente creada Dirección de 
Integración Social y Urbana”, no está claro cómo se hará para potenciarla, si bien se reitera 
la posibilidad de acceder a tierra ociosa de propiedad fiscal, ya habilitada desde hace años 
por diferentes leyes. 


Sobre el tema de las viviendas privadas desocupadas, en cambio, no ha habido nin- 
guna mención, a pesar de su muy importante número. La ley 19.676 de 2018 que per- 
mite intimar a los propietarios de inmuebles vacíos y degradados a que los pongan en 
condiciones, so pena de su remate judicial, ha sido hasta ahora muy poco aplicada y no se 
menciona en los nuevos planes —y el proyecto de declarar la vacancia de los inmuebles 
abandonados presentado en el Parlamento en 2012, que nunca logró salir de comisión, 
mucho menos. La LUC, por iniciativa del gremio de los escribanos, dispuso una modi- 
ficación en las disposiciones sobre la prescripción adquisitiva de inmuebles que permite, 
en determinadas condiciones, que sus poseedores obtengan la propiedad de estos, pero 
ésta parece ser más una medida apuntada al mercado que a su utilización por familias con 
necesidades de vivienda. 


Por su parte, las perspectivas para el sistema cooperativo no están claras. Si bien las 
metas previstas en el PQV 2021-2025 no están lejos de las del anterior (aunque para acer- 
car los números se suman a las viviendas terminadas las que estarán en ejecución, sin que 
se resten las que ya lo estaban), lo real —como ya se dijo — es que en 2020 habrá una sola 
postulación para 1000 viviendas (en vez de las 2000 habituales) y que se postergaron todas 
las escrituraciones, lo que recién empieza a destrabarse bastante lentamente. Asimismo, no 
está claro qué va a pasar con el tema de los intereses de los préstamos, asignatura pendien- 


3 Continuado luego por la órbita en que quedaría el Programa de Mejoramiento de Barrios, disputado por el 


Ministerio de Vivienda Territorial y la OPP. 


te de la administración anterior, sobre el que las federaciones reclaman no pagar tasas de 
mercado sino simplemente las que se requieren para recuperar los costos operativos (2% en 
unidades reajustables). Tampoco se prevé, por ahora, la eliminación de impuestos a la vi- 
vienda social —incluida la cooperativa, pero también otros sistemas, ya que ahora sólo rige 
para MEVIR, los inversores privados y, de aprobarse ese artículo del PN, en los programas 
de regularización de asentamientos. 


En materia de arrendamientos, por ahora no hay ninguna previsión de actuar sobre 
los precios —sometidos al mercado libre desde hace treintaiséis años, con el compromiso 
estatal de no innovar hasta 2034, yes uno de los precios de la economía que aumentó más 
a partir de aquel momento— ni de que la oferta del mercado pueda complementarse con 
el arrendamiento de viviendas de propiedad pública, modelo exitoso en muchos países. 
En el tema de las garantías, sin duda uno de los cuellos de botella del sistema, la solución 
adoptada en la LUC no fue fortalecer los mecanismos para otorgarlas, sino eliminarlas 
lisa y llanamente a cambio de dar la seguridad a los propietarios de procesos de desalojo y 
lanzamiento express, lo que muy probablemente los causará en masa. Tampoco está claro 
cómo operarán los subsidios, aunque subsidiar precios fijados en mercado libre equivale 
a pegarse un tiro en el pie. 


La producción del mercado, a su vez, está actualmente concentrada en la construcción 
de vivienda de alto estándar en zonas privilegiadas de la ciudad, en general por inversionis- 
tas privados, y se ampara en la ley 18.795 de “vivienda promovida” de 2011 que exonera de 
impuestos a los inversores, pero pese a ello ha generado un stock de vivienda media de muy 
alto precio, sólo accesible al quintil más alto de ingresos de la población. Pese a que existía 
una opinión generalizada de la necesidad de rever este instrumento, hasta ahora la sola 
medida que se ha tomado ha sido levantar la única restricción que existía sobre el precio 
(topear el de una parte de las viviendas construidas para su adjudicación por el Ministerio 
de Vivienda). La eliminación de este tope, largamente reclamada por los promotores priva- 
dos, fue una de las primeras medidas del nuevo gobierno. 


En cuanto al marco legal y normativo, pese a la aprobación de la LUC y el envío al 
Parlamento del plan quinquenal y el presupuesto, es poco lo que se ha avanzado en la efec- 
tivización del derecho al hábitat y la vivienda, aunque algunas disposiciones vinculadas con 
las situaciones de violencia doméstica y/o basada en género aportan elementos auspiciosos 
(por ejemplo, considerarlas como causa de exclusión como beneficiario del Plan Juntos, 
pero sin afectar al núcleo familiar). Sigue en pie, en cambio, la ley 18.116 de 2007 que 
transformó en delito la ocupación de inmuebles (aún con fines de vivienda e incluso en 
condiciones en que podría aplicarse, de permanecer en el tiempo, la prescripción adquisiti- 
va), medida que ya ha originado numerosos procesamientos. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


217 


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318 


En el estudio de gráficas se llama punto de inflexión a aquel en que se produce un cam- 
bio en el andamiento de la curva, que se asocia a una modificación de su concavidad, y 
por tanto de su pendiente de crecimiento, incrementándose o disminuyendo; en cambio, 
cuando hay un punto en que la concavidad se anula, pero sin cambiar su sentido, se habla 
de un punto de retroceso. ¿Vamos hacia un punto de inflexión o hacia un punto de retroceso? 
Todavía no está tan claro, aunque algunos cambios de paradigma respecto de la acción del 
Estado y su relación con el mercado hacen temer que vuelva a caerse en el error de pensar 
que la efectivización de los derechos se puede combinar con los negocios. En todo caso, 
la sociedad tendrá mucho que decir al respecto y de lo que diga, y cómo lo diga, también 
dependerá mucho lo que pase en definitiva. 


Ambiente, extractivismos y derechos humanos: un 
repaso conceptual 


Eduardo Gudynas 
Centro Latino Americano de Ecología Social (CLAES), 
Montevideo, Uruguay. 


En los últimos años ha quedado en evidencia que existen relaciones muy estrechas 
entre los derechos de las personas y la extracción de recursos naturales. Eso no puede sor- 
prender ya que en Uruguay, así como en muchos otros países del llamado “sur global”, la 
exportación de lo que los economistas denominan como materias primas, y que en realidad 
son recursos tomados de la Naturaleza, no solamente se han mantenido, sino que se han 
multiplicado. Eso genera todo tipo de impactos que inmediatamente afectan los derechos 
humanos. 


Entre ejemplos muy conocidos se cuentan las grandes minas a cielo abierto desde don- 
de se extraen minerales para exportarlos, pongamos por caso, a China. No es raro que desde 
los trabajadores en esas minas a los habitantes de las poblaciones cercanas se denuncien 
impactos negativos en las condiciones de trabajo, la salud o el ambiente, que a su vez repre- 
sentan violaciones a los derechos. 


Sin embargo, esas vinculaciones no siempre han sido abordadas en toda su comple- 
jidad. Además, hay analistas y militantes que consideran que ese tipo de problemas son 
propios de países petroleros o mineros pero no ocurriría en naciones agropecuarias como 


Uruguay. 


El presente artículo repasa las reflexiones más recientes sobre las implicancias sobre los 
derechos humanos que tienen esas estrategias de exportación de materias primas. Ese tipo 
de actividades corresponde a los llamados extractivismos, y si bien se ha acumulado mucha 
evidencia sobre sus efectos negativos es común considerarlos únicamente en sus expresio- 
nes económicas o ecológicas. Pero en realidad los derechos de las personas y la Naturaleza 
están muy comprometidos con esas prácticas. Se ofrece una revisión conceptual acompa- 
ñada con ejemplos para distintos países latinoamericanos pero a la vez se indica que varios 
de esos fenómenos ya están presentes en Uruguay. 


Se alerta que más allá de los impactos locales propios de esas actividades está en mar- 
cha un fenómeno no siempre advertido, y que es potencialmente más grave, que consiste 
en cambios sustanciales en las políticas públicas y sus bases conceptuales para hacer posible 


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320 


ese tipo de actividades. Una de sus consecuencias es resignarse a concebir como inevitable 
la violación de los derechos. 


Extracción de recursos naturales 


La extracción de riquezas naturales para enviar a otros sitios tiene una historia que 
parte de la colonia. A inicios de la década de 1990 ocurrió un cambio sustancial, con un 
notable aumento de las exportaciones de recursos naturales. A medida que el desarrollo 
convencional basado en alto consumo de bienes y energía se difundió en los países indus- 
trializados y entre las elites de las naciones del sur, la demanda por recursos naturales ha 
crecido a un ritmo vertiginoso. 


Tuvieron lugar aumentos sustanciales en las exportaciones de minerales, hidrocarbu- 
ros y agroalimentos. Se incrementaron sustancialmente las exportaciones de cobre, hierro, 
aluminio (basado en bauxita) y carbón entre otro, de hidrocarburos (tanto petróleo como 
gas natural), y de varios agroalimentos (liderados por la soja basada en variedades transgé- 
nicas). En Uruguay se repitió esa tendencia, al aumentar sus exportaciones de soja, pasta de 
celulosa y carne vacuna. Todos esos rubros corresponden a recursos naturales, y todo ellos 
expresan lo que han sido denominados como extractivismos!. Aunque los bienes comer- 
cializados sean distintos entre los países, las dinámicas son análogas. Sea en la minería de 
Perú y Bolivia, o en petróleo de Venezuela o Ecuador, como en la soja argentina o brasileña, 
todos ellos dependen de los mercados internacionales, manteniéndose destinos clásicos en 
el hemisferio norte aunque ahora sumándose el consumo desenfrenado desde China. 


El hecho que esas apropiaciones estén orientadas a la exportación tiene como conse- 
cuencia que los volúmenes removidos son enormes, y esas escalas no siempre son entendi- 
das adecuadamente. Por ejemplo, se cuentan millones de barriles de petróleo, millones de 
toneladas de minerales que a su vez implican que se removieran centenas a miles de millo- 
nes de rocas, o millones de toneladas de granos. Los indicadores monetarios, como las ba- 
lanzas comerciales medidas en dólares, no son adecuados para mostrar la gravedad de esta 
situación. En cambio, cuando se emplea un indicador físico como las toneladas de recursos 
naturales exportados, se observa que América Latina pasó de exportar 500 millones de to- 
neladas métricas a inicios de los años 90, para trepar a 1 000 millones ton métricas en 2016. 


La balanza comercial física, considerando exportaciones e importaciones, es deficita- 
ria desde hace décadas, pero en los últimos años ha empeorado hasta llegar a — 600 millones 
ton métricas. Más de 500 millones ton métricas de recursos naturales fueron exportadas 


1. El concepto de extractivismos se describe y analiza en E. Gudynas, Ecología, economía y política de un 


modo de entender el desarrollo y la Naturaleza, Lima, RedGE, CooperAcción y Claes, 2015. Más informacio- 
nes en Www.extractivismo.com 


hacia China y otros destinos asiáticos en 2016?. Dicho de un modo más simple, el consu- 
mismo de otras naciones está devorando a América Latina. 


Al mismo tiempo, eso afecta áreas enormes en los países resultando en situaciones 
tales como que el 75% de la superficie de Perú está concesionada a mineras o petroleras, 
o como sucede con el avance de la deforestación en bosques tropicales (por ejemplo en la 
Amazonia) y subtropicales (como es el caso del Chaco en Argentina, Bolivia y Paraguay). 


Impactos locales y derechos 


Los sitios donde se implantan las actividades extractivas, sean minas, predios petrole- 
ros o áreas de cultivo o ganadería, son conocidos como enclaves. Allí ocurren todo tipo de 
impactos locales los que a su vez afectan múltiples derechos. Algunos ejemplos sirven para 
ilustrar la situación. 


Las explotaciones mineras están asociadas a la contaminación de suelos, aguas y aire, 
especialmente por metales pesados. Esto hace que alcancen alimentos y agua de consumo 
por las poblaciones locales, y desde allí se contaminan a las personas. Por ejemplo, en la 
zona minera de minera de Espinar, en el sur de Perú, se encontró en la sangre de sus pobla- 
dores rastros de arsénico, cadmio, mercurio y plomo”. Otro tanto ocurre en las zonas donde 
operan pozos petroleros, ya que son repetidos los derrames de crudo. Se cae entonces en la 
paradoja que en sitios amazónicos, aunque el agua está muy presente ha sido contaminada 
por hidrocarburos y por lo tanto no es potable. En Ecuador, donde persiste esa contamina- 
ción desde hace décadas, se ha encontrado que las mujeres que viven a menos de 200 metros 
de las instalaciones petroleras tienen 147% más de abortos, así como incidencia de cáncer 
30 veces por encima de las medias”. Quedan en claro los incumplimientos de derechos a la 
calidad de vida, a la salud y a un ambiente saludable. 


Problemas análogos se repiten con los extractivismos agropecuarios. Una de las situa- 
ciones más conocidas se refiere a la contaminación por agroquímicos en los monoculti- 
vos de soja, y especialmente por el herbicida glifosato. Por ejemplo, en Argentina se han 
reportado asociaciones entre esos químicos con aumento en la incidencia de trastornos 
endócrinos e inmunológicos, de los abortes espontáneos y malformaciones neonatales, y 
cáncer”. No debe olvidarse que ese herbicida está enfrentando más de 150 mil demandas 


2 Un análisis actualizado sobre el comercio físico latinoamericano se ofrece en J. Infante Amate, A. Urrego 


Mesa y E. Tello Aragay, Las venas abiertas de América Latina en la era del antropoceno: un estudio biofísico del 
comercio exterior (1900 — 2016), Diálogos, revista electrónica de historia, Costa Rica, 21 (2): 177-214. 

3 Cooperacción y otros, Metales pesados tóxicos y salud pública: el caso de Espinar, Cooperacción, Lima, 
2016. 


4 — N. Fuynes y C.M. Pérez, La huella tóxica de Texaco en Ecuador, Ecologista No 89, 2016. 


5 Mo Ávila Vázquez, Agricultura tóxica y pueblos fumigados en Argentina, +E: Revista de Extensión Univer- 


sitaria, Universidad Nacional del Litoral, 4(4), 28-34, 2014. 


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321 


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322 


judiciales en Estados Unidos; en los tres juicios que lideran los casos colectivos, se encontró 
responsable a su manufacturadora, Monsanto (hoy controlada por Bayer)?. Todos estos 
casos ocurren en situaciones que existen en Uruguay, y donde también se han repetido 
denuncias ciudadanas. En todos los casos esos extractivismos violan derechos a la calidad 
del ambiente y la salud. 


En cuanto a los derechos laborales existen todo tipo de incumplimientos en los en- 
claves extractivistas. Esto se puede ilustrar con lo que ocurre en las plantaciones bananeras 
de Ecuador, uno de los principales rubros de exportación no-petrolera en esa nación. Se 
registra una alta informalidad, con trabajadores que no posee seguros de accidente o salud, 
que no reciben el salario mínimo, y que tampoco cuentan con salvaguardas sanitarias por 
accidentes o por la exposición a los agroquímicos empleados en el cultivo. Los intentos de 
organización sindicales son hostigados y los líderes locales son amenazados”. 


Los extractivismos también padecen de alta incidencia de trabajo infantil, lo que a su 
vez desemboca en más derechos violados. En Colombia se ha estimado, por ejemplo, que 
de 200 mil a 400 mil niños trabajan en minas informales o ilegales*. 


En los enclaves mineros y petroleros es común que se instalen sitios de prostitución, 
lo que a su vez están asociados a redes de tráfico de niñas y adolescentes. En el sur de Perú, 
donde se practica la minería de oro en ríos, se han denunciado situaciones gravísimas, con 
pequeños caceríos donde pueden haber decenas de los llamados “prostibares”, con de muje- 
res que provienen de distintas zonas del país y de la vecina Bolivia”. 


A su vez, los extractivismos producen impactos económicos y productivos que a su 
turno terminan involucrando derechos. En los países andinos el avance de los extractivis- 
mos petroleros, mineros y agrícolas desplaza a las actividades tradicionales campesinas o 
a las comunidades indígenas, por lo cual se violan múltiples derechos. La situación más 
dramática se debe a mineros de oro en ríos amazónicos que invaden las tierras de pueblos 
indígenas. Una reciente revisión muestra que se han ocupado 370 territorios indígenas en 
la Amazonía, y si a ellos se agregan las concesiones otorgadas por los gobiernos se eleva a 


6 Los casos en cuestión sonJohnson v. Monsanto Co., donde un jardinero con cáncer terminal inició la de- 


manda y el jurado declaró a la empresa negligente y maliciosa, imponiéndole una compensación de US$ 289 
millones, luego reducido por la juez a US$ 78,5 millones. Le siguieron los casos de Pilliod et al. v. Monsanto 
Co., donde el jurado otorgó US$ 2 mil millones a la pareja demandante, luego reducido a US$ millones; y 
Hardeman v. Monsanto Co., con un veredicto por US$ $80 millones. 

7 A. MacaroN, Trabajadores bananeros bajo un régimen violencia: violación a los derechos laborales (2014- 
2017), Instituto Estudios Ecuatorianos, Quito, 2018. 

$ Defensoría del Pueblo Colombia, La minería de hecho en Colombia. Bogotá, Defensoría del Pueblo, Bo- 
gotá, 2010. 

? Existen múltiples reportes sobre esta grave situación; como ejemplo consultar Promsex, Crecer seguras en 


Madre de Dios, Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos, Lima, 2016. 


1131. Los indígenas son desplazados por la violencia en muchos sitios y en otros deben 
abandonar las zonas porque la contaminación con mercurio de las aguas y la pesca. Se es- 
tima que al menos 30 ríos amazónicos ya están contaminados por mercurio'”. Otra vez se 
violan todo tipo de derechos, desde los de salud y calidad de vida a aquellos que son especí- 
ficos para indígenas como los de administrar sus propios territorios. 


Los enclaves extractivismos operan articulados con redes de comunicación, como pue- 
den ser carreteras o ferrovías por las cuales reciben insumos y envían los recursos removi- 
dos, o las redes de oleoductos o gasoductos. A su vez necesitan de obras de infraestructura 
de apoyo o soporte como pueden ser represas para contar con agua de riego o depósitos 
para materiales descartados. Cada una de esas obras genera, a su vez, sus propios impactos 
y en todos ellos hay derechos comprometidos. 


Por ejemplo, los oleoductos tienen efectos ecológicos negativos, permite la entrada 
de grupos criminales a tierras indígenas y campesinas, y por si fuera poco, sufren repetidos 
fallos. En la Amazonia de Perú se estima que cada tres meses ocurre una rotura o acciden- 
te en algunos de los oleoductos, derramándose miles de barriles que contaminan amplias 
zonas!!, 


En el caso de las mineras, una necesidad inevitable es contar con represamientos don- 
de depositan residuos acuosos, muy tóxicos, llamados relaves. Esos diques pueden ser enor- 
mes, producen múltiples impactos y además son riesgosos, ya que si ocurre una ruptura se 
desencadena un desastre. Desafortunadamente Brasil ha sufrido dos de esos casos, consti- 
tuyéndose en los accidentes mineros más severos en el continente. 


En 2015 colapsó la represa de relaves de Mariana (Minas Gerais), operada por las cor- 
poraciones mineras Vale y BHP Billiton. Murieron por lo menos 18 personas, se volcaron 
más de 60 millones m3 de lodos tóxicos, y los impactos ambientales y sociales fueron muy 
severos. Pocos años después, en 2019, en Brumadinho (Minas Gerais), colapsó una repre- 
sa de la corporación Vale. Un enorme río de lodos tóxicos de al menos 12 millones m3, 
descendió arrasando todo a su paso; murieron 259 personas y se destruyeron múltiples 
ecosistemas, todo lo cual a su vez implicó muchos otros daños sociales, económicos y am- 
bientales. 


En esos dos casos se comprobó que no se respetaban las normas ambientales, no se 
aseguraban las condiciones de seguridad, operaron redes de corrupción con las autoridades 
que debían monitorear y fiscalizar esas represas, no se advertía ni a los trabajadores ni a las 


10 


P. QuijanoVallejos, P. Veit, P. Tipula y K.Reytar, Undermining Rights: Indigenous Lands and Mining in 
the Amazon, WRI y RAISG, Washington, 2020. 
11. G. Honty, Perú: 60 derrames en 15 años, Servindi Lima y EnergíaSur, 2016, en: http://energiasur.com/ 


derrames-en-peru-cuando-el-accidente-es-una-certeza/ 


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poblaciones locales sobre los riesgos que enfrentaban, y por el contrario se negaban muchos 
de sus derechos para acallar sus voces de alerta. 


Bajo estas condiciones no puede sorprender que los extractivismos desencadenen re- 
sistencias en las poblaciones locales y que en muchos casos escalen en conflictos severos. 
Como los extractivismos tienen enorme riesgo es común que sus promotores, sean empre- 
sas y gobiernos, busquen eludir los derechos a la información y la participación ciudadana. 
Parecería que entienden que cuánto menos se sepa en las comunidades locales o si se blo- 
quean las vías de reclamo o rechazo, se podrán llevar adelante esos emprendimientos. En 
algunos países además se incumplen los derechos a consultar a las comunidades indígenas 
y contar con su consentimiento previo. 


En este marco proliferan los conflictos. Como indicación de la situación es útil señalar 
que el Observatorio de los Conflictos Mineros en América Latina tiene registrados 277 
casos en todo el continente. 


Una mirada a todo un país, en su conjunto, sirve para resumir la situación actual. Ese 
ejercicio acaba de completarse para Bolivia, cubriendo el lapso de tiempo cubierto por los 
distintos gobiernos presididos por Evo Morales (2006 a 2019), y considerando los reportes 
provistos por más de medio centenar de organizaciones ciudadanas de ese país (desde fe- 
deraciones indígenas a grupos ambientalistas, desde centro de estudios a las comisiones de 
derechos humanos)*?. En una primera evaluación, considerando los derechos reconocidos 
por la propia constitución boliviana, hay por lo menos 20 de ellos vinculados a esta proble- 
mática (referidos a la calidad de vida, los pueblos indígenas, el ambiente y las salvaguardas 
de libertad, asociación y acciones de las personas). Se encontró que fueron violados todos 
ellos en al menos un caso de extractivismo petrolero; en la minería se incumplieron 18 de- 
rechos, y en la agropecuaria 11 de ellos. 


Apelando a una evaluación que además sume los derechos reconocidos por compro- 
misos internacionales, se llega a un conjunto de 32 derechos. Todos ellos fueron incumpli- 
dos en los extractivismos mineros, seguidos por los petroleros (30) y agropecuarios (28). 


El caso boliviano además revela que los incumplimientos ocurren bajo emprendimien- 
tos que son privados como estatales; entre los primeros se observan muy distintos regíme- 
nes de propiedad como pueden ser compañías nacionales o extranjeras, pero también son 
muy graves bajo las cooperativas mineras. La propiedad de los recursos naturales o de los 
agentes que lo extraen no determina mejores cumplimientos del marco de derechos. 


De modo análogo, en Ecuador, donde ocurrió la innovación de reconocer los dere- 


chos de la Naturaleza en su nueva constitución, siguen sin ser cumplidos a cabalidad en los 


12 


El estudio detallado está disponible en O. Campanini, M. Gandarillas y E. Gudynas, Violencia y derechos 


en los extractivismos. Extrahecciones en Bolivia y América Latina, La Libre, Cochabamba, 2020. 


extractivismos mineros o petroleros. En Colombia por un lado se reconocieron derechos 
propios a cuencas de ríos para así intentar frenar la contaminación por la minería, y por el 
otro también se adjudicaron derechos a una ecoregión, la Amazonia, para así detener la 
deforestación. Ninguna de las dos medidas han sido efectivas hasta el momento. 


Efectos derrame y política 


En el análisis de los extractivismos es importante diferenciar entre los impactos loca- 
les y los llamados “efectos derrame”. Los primeros son los que se identificaron arriba, tales 
como la contaminación en la zona donde se ubican los enclaves. En cambio, el concepto de 
efectos derrame no está acotado a las consecuencias locales, sino que involucran cambios en 
las políticas públicas como en los conceptos políticos que son promovidos para implantar 
y proteger a los extractivismos. 


Una de las expresiones más comunes de esos efectos derrame están en las flexibiliza- 
ciones de las normas sociales, laborales y ambientales. En varios casos, para poder iniciar un 
emprendimiento extractivo las empresas reclaman, o los gobiernos ofrecen ventajas tales 
como reducir las exigencias ambientales, con lo cual se comprometen los derechos a un 
ambiente sano, o bien se limitan opciones para los trabajadores con lo cual se recortan sus 
derechos laborales. 


Un ejemplo de esto han sido los llamados permisos ambientales express, que eran jus- 
tificados como necesarios para asegurar la inversión extranjera en los extractivismos. Me- 
didas de este tipo de intentaron primero en Perú y Colombia, para luego ser repetidas en 
otras naciones. En Uruguay el mismo propósito estuvo detrás de la intención del gobierno 
de J. Mujica en remover la Dirección Nacional de Medio Ambiente del ministerio donde 
estaba ubicada, para colocarla dentro de la Presidencia o de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto, y de ese modo acelerar los permisos ambientales para el proyecto minero de 
Aratirí que consideraba en aquellos años. 


Es importante advertir que esos efectos derrame en muchos ocurren antes que se ins- 
tale un emprendimiento extractivo y por lo tanto no constituyen impactos desencadenados 
por sus actividades. Además, una vez aprobados esos cambios, no quedan restringidos a un 
emprendimiento sino que extienden a todo tipo de actividades. Tampoco están acotados a 
un sitio sino que operan sobre todo el territorio. Dicho de otro modo, esas modificaciones 
se “derraman” sobre toda la geografía de un país y en todas sus actividades, lo que explica 
su nombre. 


Se reconocen efectos derrame en múltiples dimensiones. Además de las ambientales, 
los hay sociales y laborales, los que involucran la economía, justicia, política y democracia. 
Esos efectos no sólo actúan sobre medidas o acciones de los gobiernos sino que operan 


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326 


sobre los conceptos básicos que son empleados en las políticas públicas. Esto reviste una 
singular importancia. 


Es que como se ha indicó arriba, se ha vuelto común que los extractivismos operen 
bajo distintos incumplimientos de los derechos. Son tantos que emerge una tendencia 
que indica que esas violaciones no representan excepciones sino que se han vuelto muy 
comunes. Las posturas convencionales consideraban que el incumplimiento de un derecho, 
como por ejemplo contaminar el agua en un sitio, serían hechos aislados, a veces accidentes 
tecnológicos o la desaprensión de algún funcionario. Sin embargo, el examen de los extrac- 
tivismos sudamericanos revela que la tendencia es otra. No sólo se generalizan los incum- 
plimientos sino que se ha naturalizado esa situación, y por ello persiste la contaminación en 
el medio rural o el hostigamiento a los grupos locales. 


Esa condición es resultado de los efectos derrame, ya que no solo se deben al relaja- 
miento en controles, fiscalización y penalización de los incumplimientos, sino que también 
se debilitan las nociones de la justicia y los derechos. Como los extractivismos actuales 
son cada vez más intensivos y agresivos, se vuelve necesario incumplir todo tipo de dere- 
chos para poder sostenerlos. Además, si se informara adecuadamente a la población sobre 
sus riesgos e implicancias, y si ésta participara en la toma de decisiones, justamente como 
indican varias normativas en derechos, seguramente muchos emprendimientos no serían 
aceptados. Por lo tanto, los efectos derrame que debilitan y recortan el marco de derechos 
y su cumplimiento se han vuelto condiciones previas necesarias para sostener a los extrac- 
tivismos. 


No debería pensarse que Uruguay está ajeno a esa dinámica. Aunque en otra escala, 
no puede negarse que hay amplias mayorías de la ciudadanía, especialmente en la región 
metropolitana, que no reaccionan ante la grave contaminación de la cuenca del Río Santa 
Lucía, la que claramente compromete derechos sobre salud y ambiente. La cuestión apenas 
cobra relevancia cuando las cianobacterias alcanzan una gravedad que las lleva a los medios 
de prensa. Pero no ha caído ningún ministro de agricultura ni de ambiente sea por no haber 
sido capaces de solucionar el problema ni por su continuado agravamiento. 


Eso es justamente lo que hacen los efectos derrame: blindan los extractivismos ante 
las críticas, proveen legitimaciones para que más allá de sus impactos locales negativos sean 
mantenidos al presentarlos como indispensables para otros fines, usualmente económicos. 
De ese modo hay derechos que quedan debilitados y relegados, y se acepta que sean incum- 


plidos. 


En otros países la situación es mucho más grave ya que esos derrames explican que para 
los extractivismos se tolera la corrupción, que se lidie con indígenas y campesinos como si 
no fueran ciudadanos plenos o legítimos, que se repita el trabajo esclavo o que existan re- 


des de tráficos de niñas y adolescentes. Los casos extremos son aquellos donde la violencia 
opera en los extractivismos, y los que se oponen a ella son objeto de persecución, golpizas 
o son asesinados. 


Hostigamiento y violencia 


Tanto a nivel de las circunstancias locales como por medio de efectos derrame, se bus- 
ca evitar que las personas se organicen para resistir a los extractivismos, o se intenta acallar a 
las organizaciones ciudadanas que los denuncian. En ello también se violan varios derechos 


ciudadanos muy conocidos. 


Por ejemplo, en Ecuador el anterior gobierno hostigaba a los líderes ciudadanos, se 
modificó el marco regulatorio de las asociaciones civiles, se clausuró una ONG ambien- 
talista, y algunos líderes indígenas fueron judicializados. En Argentina, Brasil y Perú se 
descubrió que cuerpos de seguridad estatal o empresas de seguridad con la complicidad 
policial, espiaban a las organizaciones ciudadanas. 


El hostigamiento contra las organizaciones ciudadanas puede escalar en violencia. 
Esto incluye, por ejemplo, hostigar físicamente a pobladores locales, reprimirlos apelando a 
la policía o fuerzas de seguridad privadas, o incluso el asesinato. América Latina es la región 
más peligrosa del mundo, y Brasil y Colombia están entre los países que lideran la lista con 
el mayor número de asesinatos, y la mayor parte están directamente vinculados a sectores 
extractivos, como la explotación minera o forestal. 


Para ilustrar esto es oportuno recuperar la información provista por la Comisión Pas- 
toral de la Tierra de Brasil. En su último informe encontró que en 2018 aumentaron los 
conflictos en el medio rural comparados con el año anterior (totalizando 1 489 casos). 
La mayor parte de ellos se debieron a disputas sobre tierras y territorios involucrando un 
estimado de un millón de personas, la mayoría en la Amazonia. Ocurrieron 28 asesinatos, 
la mitad fueron líderes locales, y es por ello que la Comisión entiende que esa es una “vio- 
lencia pedagógica” donde se castiga con la muerte a los que intentan “frenar el desarrollo”. 
A su vez, el Consejo Indigenista Misionario registró para 2018 un aumento sustancial de 
invasiones de tierras, explotación ilegal de recursos naturales alcanzando 109 casos, y un 
aumento del 22,7% en el número de asesinatos de indígenas (135 personas)”. 


Esas informaciones muestran que se avanza sobre tierras indígenas o campesinas para 
tomar control sobre ellas de modo de poder practicar en unos casos extractivismos mineros 
de oro y en otros agropecuarios, y que todo eso ocurre con creciente violencia, llegando al 


13 Datos basados en: Comissáo Pastoral da Terra. Conflictos no Campo Brasil 2018, Centro Documenta 


cioDom Tomás Balduino, CPT, Goiánia, 2019. Conselho Indigenista Missionário, RelatórioVioléncia contra 
os povos indígenas no Brasil. Dados de 2018, CIMI, Brasilia, 2019. 


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327 


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328 


asesinato de los líderes locales que se oponen o que organizan a las comunidades. La misma 
situación ocurre en Colombia, y es análoga a la que se registra en zonas de Bolivia, Para- 


guay, Perú o Chile. 


Los extractivismos avanzan en este contexto de violencia porque persiste la impu- 
nidad. Los derechos son incumplidos impunemente en unos casos por la incapacidad o 
inefectividad de la policía y de los juzgados en investigar los casos, identificar a los respon- 
sables, juzgarlos y penalizarlos. También incide en esto que el propio Estado ejerce la vio- 
lencia contra los defensores del ambiente, o la toleran para no afectar los emprendimientos 
extractivos que los entienden necesarios para promover el crecimiento económico. Tampo- 
co puede olvidarse el papel de la corrupción sea sobre la policía o los juzgados. Finalmente, 
como muchos enclaves extractivos se ubican en sitios remotos, allí la presencia estatal es 
acotada o nula. 


Ante estas situaciones se utiliza el término extrahección. Este vocablo tiene su ori- 
gen en el término latino “extrahere”, donde “ex” significa fuera, y “trahere” alude a quitar 
y arrastrar hacía sí. Por lo tanto, extraher es entendido como el acto de tomar o quitar 
con violencia; es decir “arrancar” los recursos naturales, sea de las comunidades como de la 
Naturaleza. Las extrahecciones son esos extractivismos extremos teñidos por la violencia y 
donde no se respetan los derechos. 


Las extrahecciones comprometen sobre todo a los pueblos indígenas. Ellos padecen 
un problema doble, ya que por un lado están los incumplimientos en los derechos por los 
impactos extractivistas dentro de sus territorios, pero además se les niegan o reducen en la 
práctica sus derechos como ciudadanos plenos. De ese modo, los grupos indígenas deben 
luchar primero por reivindicarse como ciudadanos a ser respetados y atendidos por el Esta- 
do, incluyendo al sistema judicial, y luego bregar por evitar los extractivismos. Todo esto en 
un contexto de violencia y hostigamiento. 


Esto explica que para algunos pueblos indígenas los extractivismos actuales se han 
convertido en su principal amenaza. En 2011, el relator especial de Naciones Unidas sobre 
los derechos y las libertadas fundamentales de los indígenas, advirtió que en algunos casos 
está poniendo en riesgo la existencia misma de esas naciones originarias. Más recientemen- 
te, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), señaló que en la cuen- 
ca amazónica existen violaciones y riesgos para todos los tipos de derechos y en todos los 


extractivismos, y precisó que la minería es una de las principales amenazas!” 


14 


CIDH. 2019. Pueblos indígenas y tribales de la Panamazonía. Washington, OEA, Comisión Interameri- 
cana de Derechos Humanos. 


Te contamino, violo tus derechos, pero te pago 


Una de las reacciones más comunes ante los derechos violados en los extractivismos es 
ofrecer algún tipo de compensación económica. De hecho, no son pocas las comunidades 
locales que elevan demandas en ese sentido, tales como reclamar algún subsidio en dinero, 
aportes empresariales para obras sociales en la zona (como escuelas o policlínicas) o acceso 
directo a puestos de trabajo en el enclave. 


El problema que está por detrás de todo esto es que la compensación económica no 
anula los impactos ambientales o sociales, ni sirve para solucionar los problemas en los 
derechos. Por el contrario, podría decirse que se convierte en algo así como “te contamino, 
violo tus derechos, pero te pago”. 


Un caso elocuente se observó en Bolivia, con el interés en construir una enorme repre- 
sa hidroeléctrica en un territorio indígena amazónico. La empresa estatal buscó la autori- 
zación de los dirigentes locales a cambio de obsequios como un kiosko y un motor fuera de 
borda. Ante eso, un líder local reflexionaba que era “triste” que los comunarios festejaran 


esos aportes ya que a su juicio son parte de sus derechos”. 


En efecto, en muchos casos las supuestas compensaciones, sobre todo cuando involu- 
cran servicios en salud o educación, en realidad no son tales sino que son acciones que el 
Estado necesariamente debería asegurar. En cambio, ante su ausencia, los promotores de los 
extractivismos, sean el gobierno o las empresas, ofrecen esas obras o servicios pero a cambio 
de aceptar los emprendimientos. 


Esta vinculación tampoco es ajena a la situación uruguaya. Debería reflexionarse sobre 
algunos esquemas de donaciones o ayudas desde las grandes empresas vinculadas a mega- 
emprendimientos, tales como los apoyos a grupos locales, equipos de fútbol, materiales 
para escuelas, etc., ya que en los hechos actúan como compensaciones para conseguir adhe- 
sión en la opinión pública por vías distintas a los compromisos que pudieran haber sobre 
los derechos a la salud o un ambiente de calidad. 


Extractivismos y derechos: una urgente atención 


Los extractivismos se han generalizado en toda América Latina, convirtiéndose en el 
principal factor de alteración de su geografía y ecología. A la vez, está en el centro de múl- 
tiples conflictos y presiones económicas por su relevancia en proveer productos de expor- 


15 


Álex Villca de la Coordinadora Nacional de Pueblos Indígenas para la Defensa de los Territorios y Áreas 
Protegidas, Contiocap, San Miguel del Bala autoriza a ENDE estudios hidroeléctricos a cambio de tingla- 
do, Agencia Nacional Fides, La Paz, 2 julio 2019, en: www.noticiasfides.com/economia/coordinadora-san- 
miguel-de-el-bala-autoriza-a-ende-estudios-hidroelectricas-a-cambio-de-tinglado-398831 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


329 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


330 


tación. Eso explica que ocurran todo tipo de incumplimientos de derechos en ese tipo de 
actividades. Uruguay no está ajeno a ninguno de esos fenómenos. 


Como se ha repasado en este artículo, las afectaciones van desde recortar derechos de 
acceso a la información y la consulta ciudadana, para seguir con las manipulaciones en las 
evaluaciones ambientales o económicas, y continuar hacia distintos tipos de criminaliza- 
ción y hostigamiento. El extremo está en los casos de represión, agresiones o incluso asesi- 
natos, propios de las extrahecciones. A su vez, el incumplimiento de derechos, incluso de 
aquellos como los de acceso a la información o participación, también involucran un tipo 
de violencia. La relación es recíproca y estrecha, y desemboca en las extrahecciones. 


La dimensión ambiental en toda esta problemática ya no puede ser dejada en segun- 
do plano. Todos “los derechos humanos son vulnerables a la degradación ambiental” y su 
disfrute depende de un ambiente propicio, advierte el Consejo de Derechos Humanos de 
la ONU**, Los derechos no son independientes entre sí, sino que son mutuamente depen- 
dientes, y por ello, los incumplimientos en los derechos sobre ambiente y salud afectan a 
todos los demás. 


Uruguay cuenta con una cobertura de varios derechos que pueden estar directamente 
involucrados en los extractivismos, pero al mismo tiempo sufre una situación única y rara 
en el continente. Es el único país cuya constitución no reconoce un derecho a un ambiente 
sano o a la protección ambiental. En cambio, en el artículo 47 se indica que la protección 
del ambiente es de interés general, lo cual remite a un discutible balance entre los intereses 


particulares y los colectivos. 


Son evidentes los impactos locales de varios extractivismos uruguayos, y con ello la 
afectación a los derechos. Pero a la vez, operan los efectos derrame en cuestiones como 
el acceso a la información o la participación. El anterior gobierno llevó a la inoperancia 
a la principal instancia de información y consulta en políticas ambientales (la Comisión 
Técnica Asesora en Medio Ambiente - COTAMA en el anterior Ministerio de Vivienda, 
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente). Al mismo tiempo, el informe del relator 
especial del Consejo de Derechos Humanos de la ONU al abordar la situación en Uruguay 
en 2018, señaló ese tipo de problemas”. Ese informe también advierte que los mecanismos 
de denuncia y fiscalización son unas veces confusos, en otros insuficientes, o muy lentos y 
costosos.Esa situación no mejoró e incluso podría decirse que se agravó, debido a medidas 


16 Consejo de Derechos Humanos, Informe preliminar del experto independiente sobre la cuestión de las 


obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, salu- 
dable y sostenible, J. H. Knox, A/HRC/22/43, 2012. 

17 Informe del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relativas al disfrute 
de un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible sobre su misión al Uruguay, A/HRC/37/58/ 


Add.1, 2018. 


muy cuestionables como realizar audiencias públicas en la jornada previa a un feriado, esca- 
moteando de ese modo la participación vecinal. 


La creación del nuevo Ministerio de Ambiente tampoco asegura una mejora ya que 
solamente se procedió a una participación del anterior Ministerio de Vivienda, Ordena- 
miento Territorial y Medio Ambiente. Se perdió la oportunidad para resolver las contra- 
dicciones y tensiones que se tienen con las múltiples competencias ambientales que todavía 
residen en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP). Esa es una cuestión de 
enorme relevancia ya que varios de los problemas ambientales más urgentes del país, como 
la contaminación de aguas y suelos, están asociadas a prácticas agropecuarias que debería 


regular el MGAP. 


Es por todas estas razones que nos encontramos ante nuevos desafíos que requieren 
acciones urgentes para repensar los derechos junto a los modos por los cuales se aprovecha 
la Naturaleza, se organizan nuestras economías, o se concibe la calidad de vida. 


La escalera de las extrahecciones: Incumplimientos de derechos humanos en los ex- 
tractivismos ordenados en niveles crecientes de violencia. Se conforma una “escalera” don- 
de los incumplimientos en unos derechos permiten que a su vez se violen otros, incremen- 
tándose la violencia, llegando al extremo de los asesinatos. Estos ocurren por muertes por 
fuerzas policiales o militares que reprimen protestas ciudadanas, o más frecuentemente por 
asesinatos de líderes locales, sea por sicarios, por funcionarios de emprendimientos extrac- 
tivos o por bandas criminales. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


331 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


332 


Una mirada política a los derechos humanos en el 
segundo lacallismo 


Gabriel Delacoste' 


Hay muchas formas de informar sobre el estado del cumplimiento de los derechos 
humanos en un país. Una, las más usual y muchas veces la más útil, es recabar denuncias e 
investigar sobre violaciones a los derechos, documentarlas y publicarlas. Los estados y los 
gobiernos (también los actores políticos, las empresas y los particulares) tienen que saber 
que alguien los está mirando, que sus atropellos van a ser públicos, y que van a tener que 
responder ante los mecanismos nacionales e internacionales, y ante la opinión pública. 


En América Latina, hace ya un tiempo que las instituciones democráticas están en 
problemas, la violencia política aumenta y los derechos retroceden. Uruguay no es la ex- 
cepción, y por eso va a ser necesaria en esta coyuntura mucha atención para la denuncia. 
Es necesario también hacer un esfuerzo por entender la situación en la que se dan estos 
problemas, y por eso para pensar los derechos humanos en Uruguay hoy es necesaria una 
mirada propiamente política. 


Es que en el país se está dando una disputa por los derechos. Después de todo, el actual 
es un gobierno liberal, y el liberalismo es una forma de entender la protección derechos 
fundamentales, como la libre expresión, la libre asociación, el libre movimiento, la seguri- 
dad y la vida, contra la tiranía (incluida la que ellos llaman “tiranía de la mayoría”). Junto 
a la mayoría liberal, convive en el gobierno una importante corriente ultraderechista, en 
polémica abierta contra los derechos humanos y las instituciones y organizaciones que los 
defienden. Esto, al mismo tiempo que se da un retroceso notorio en los derechos, incluidas 
pérdidas de derechos sociales y abundantes denuncias de abuso policial. 


La cuestión de los derechos en el Uruguay contemporáneo queda planteada de una 
forma compleja. Más aún porque en la actual oposición partidaria, el Frente Amplio, son 
hegemónicas posturas progresistas que plantean a los derechos como su principal bandera. 
La medida en la que el FA efectivamente gobernó en nombre de los derechos (humanos, 
civiles, de la “nueva agenda”) es un tema sumamente polémico y discutible. Sin dudas, hubo 
terrenos de avance, otros de retroceso y otros sumamente ambiguos y contradictorios. Pero 
en este artículo no voy a detenerme en eso, sino apenas constatar que la ideología progre- 
sista reivindica los derechos. 


Presentarse de esta forma tiene sus ventajas para el progresismo, porque facilita cierto 


tipo de disputa hegemónica. En la medida que los derechos son universales, y por lo tanto su 


1 Politólogo, trabaja como periodista en el semanario Brecha. 


defensa es el interés de todos, el defensor de los derechos va a ser el defensor de todos, y por lo 
tanto aspirante a liderar a la sociedad en su conjunto. Además, justificar políticas públicas re- 
firiendo a los derechos les da un sustento normativo fuerte. Y no es menor que existe toda una 
red de instituciones, organizaciones y normativas en las que ampararse y con las que dialogar 
si uno se inscribe en este campo. El problema es que esto puede hacer olvidar a los progresistas 
de que la suya no es una aplicación neutral de los derechos “tal como son”, sino una postura 
política entre otras, que también disputan hegemonía, a veces desde otras interpretaciones de 
lo que son “los derechos”, y a veces desde la polémica con el “enfoque de derechos”. 


Y las polémicas no son sólo por derecha. Si bien es cierto que el contenido que el “en- 
foque de derechos” ha incorporado en las últimas décadas a nivel internacional ha servido, 
por lo menos en América Latina, como espacio de diálogo con las demandas de los movi- 
mientos sociales, las necesidades de las poblaciones y las resistencias frente a lo peor de los 
ajustes neoliberales y las represiones autoritarias, también es cierto que los derechos no son 
suficientes para oponerse a estos embates, y no pueden ser sustitutos de la organización po- 
lítica, de la construcción de consmovisiones alternativas a la capitalista ni de la elaboración 
de agendas concretas de reforma social. 


El liberalismo 


En Uruguay gobierna el liberalismo. El carácter liberal de este gobierno puede apre- 
ciarse en muchas de sus posturas y políticas. En primer lugar, en su promesa electoral de 
no retroceder en la “agenda de derechos”. Esta promesa está siendo parcialmente perforada 
y lo va a ser aún más, pero que se haya hecho no es algo menor: perfectamente el gobierno 
podría proponerse dinamitarla como primera prioridad, lo que le sería fácil por gozar de 
amplias mayorías parlamentarias. Derechos como el aborto, el cambio de sexo registral, el 
matrimonio igualitario y el consumo de marihuana pueden pensarse como extensiones de 
las libertades personales, y por lo tanto son compatibles con una postura liberal (podrían 
pensarse estas mismas políticas de forma no liberal, si se las plantea como lucha contra 
estructuras de dominación como el patriarcado, o contra el imperialismo estadounidense 
encarnado en la DEA). El hecho de que exista voluntad de mantenerlos es una señal clara de 
que los elementos liberales prevalecen en la interna del gobierno sobre los conservadores y 
religiosos (católicos y evangélicos), que tienen mucho peso en el gobierno (esto no quita de 
que conservadores y religiosos del gobierno son en muchos casos, además liberales). 


La reacción del gobierno frente a la pandemia de coronavirus fue también típicamente 
liberal. En lugar de decretar una cuarentena obligatoria, toques de queda, vigilancia forzosa, 
se optó por exhortar a la población a quedarse en casa, no declarar formalmente un estado 
de excepción (más allá de la emergencia sanitaria, cuyas connotaciones políticas habría que 
estudiar) y crear gradualmente una complejísima y probablemente incumplible maraña de 
protocolos para abrir las diferentes actividades de forma controlada, minimizando riesgos. 
Esta estrategia fue exitosa y gozó de gran apoyo popular. También planteó un típico problema 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


333 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


334 


liberal: si bien formalmente no obligó a nada, en los hechos sucedió la cuarentena (en parte 
gracias a los esfuerzos del propio gobierno), lo que hizo que los perjuicios económicos de la 
cuarentena no fueran formalmente responsabilidad del gobierno, y que los problemas de su 
estrategia no fueran su culpa, ya que la respuesta a la pandemia estaba librada a la “libertad 
responsable”. Un ejemplo fue la forma como el presidente Lacalle justificó la no declaración 
de una cuarentena general obligatoria, argumentando que no podría reprimir a un laburante 
que saliera a hacer el mango, pero omitiendo el hecho de que, ante la cuarentena que de hecho 
estaba sucediendo, a ese laburante difícilmente le iba a ir bien. En el mismo sentido, la metáfo- 
ra de las “perillas” para pensar la calibración de los controles regulatorios sobre las diferentes 
actividades sociales según su riesgo, es un ejemplo perfecto del tipo de gubernamentalidad 
neoliberal que Foucault describe en “Nacimiento de la biopolítica”. 


La Ley de urgente consideración, aprobada en los primeros meses de gobierno, es 
también un documento impecablemente liberal. Desregula la producción de chorizos y 
las adopciones. Flexibiliza los controles al lavado de activos. Facilita los desalojos de inqui- 
linos. Favorece la transformación de la educación en un sentido mercantil. Y en la misma 
dirección van la negativa a aumentar los impuestos a los ricos y los grandes capitales, y el 
presupuesto de ajuste presentado por el gobierno. 


Un progresista, leyendo estas líneas, podría advertir una contradicción. Al leer en las 
líneas anteriores cosas que se pueden interpretar como retroceso de derechos, tendría que dis- 
cutir la afirmación inicial de que el liberalismo es en algún sentido la defensa de los derechos. 
Pero la contradicción es solo aparente, y se soluciona entendiendo la forma como los liberales 
piensan la cuestión de los derechos. Una forma de plantearlo es esta: mientras para los libera- 
les hay “pocos derechos” (propiedad, seguridad, libertad de expresión y de circulación), para 
los progresistas hay “muchos derechos” (educación, salud, tiempo libre, vivienda, igualdad de 
oportunidades, derechos específicos para minorías étnicas, sexuales y religiosas). 


Los liberales pueden, llegado el caso, reconocer a algunos de estos “muchos derechos”, 
pero siempre de forma subordinada en una jerarquía en la que prevalecen siempre los “po- 
cos derechos”, especialmente la propiedad, llamada por el ex-presidente Sanguinetti “la pri- 
mera de las libertades”, 


Los liberales, de hecho, consideran que los “muchos derechos” puedan ser un peligro 
para los “pocos derechos”, porque si, por ejemplo, estuviera habilitado violar la propiedad 
(cobrando impuestos progresivos a tasas confiscatorias) para cumplir con el derecho a la 
vivienda, eso habilitaría una mayoría electoral pudiera despojar a una minoría. La posibili- 
dad de una “tiranía de la mayoría” es una de las principales razones por las que los liberales 
plantean la necesidad de consagrar derechos y limitar la democracia con “pesos y contra- 
pesos”. Claro que la minoría en la que están pensando muchos liberales, de Locke a Hume 
a Mill, son los miembros de la clase alta (que son minoría en todas partes). Los miembros 
de esa clase tienen, además, para la ideología elitista implícita en la mayoría de las posturas 
liberales, un rol fundamental en la sociedad, como élite dirigente y como creadores de nue- 


vas formas de vida. Desde este punto de vista, si no se protegiera la propiedad de los que la 
tienen, la sociedad quedaría sumida en la mediocridad. 


Pero hay otra razón por la que los (neo) liberales tienen reservas para garantizar los 
“muchos derechos”, y es una razón puramente utilitaria (recordemos que el utilitarismo es 
una postura filosófica que siempre tuvo un diálogo fluido con el liberalismo): como desde 
su punto de vista (fuertemente discutible, pero ese es un tema para otro momento) los 
mercados son la forma más eficiente de asignar recursos, todos los asuntos que requieran de 
una buena asignación de recursos funcionan mejor si se organizan como mercados. Estos 
mercados funcionan mal (nuevamente, desde este punto de vista) si se les distorsiona en un 
sentido igualitario, por lo que, para que las necesidades humanas implícitas en estos “mu- 
chos derechos” se cumplan de la mejor manera posible, es necesario no garantizarlos como 
derechos. Una buena regulación del mercado alcanzaría. 


La cuestión de la represión es similar. La tradición liberal le reconoce a Hobbes que si 
no hay un estado soberano que ponga orden y haga cumplir la ley, es imposible garantizar 
ningún derecho. Sin perjuicio de esto, hace énfasis en cómo Locke conmina a ese estado 
a limitarse en su capacidad de recortar los derechos de los particulares. La famosa expre- 
sión “estado juez y gendarme” resume este punto. Pero debemos siempre recordar que un 
“estado juez y gendarme” no es para nada un estado débil. Al contrario, es un estado capaz 
de imponerse a cualquier desafío al orden, a la propiedad y a los mercados. Últimamente, a 
nivel mundial, los liberales están bastante hobbesianos. 


En Uruguay, pero también en buena parte de Occidente, las posturas liberales suelen 
venir acompañadas de reivindicaciones de la represión a los delincuentes (muchas veces ra- 
cializados), pero también a los revoltosos, que en tiempos en los que el liberalismo se sentía 
más seguro de si mismo podrían ser vistos como una parte legítima de la oposición política, 
a pesar de prácticas e ideas radicales. 


Cuando los intereses del capital están en juego, o los pobres se vuelvan a la ilegalidad 
para sobrevivir, o revueltas populares reclaman cosas que el capital no puede o no quiere 
conceder, para los liberales la represión está justificada. Esta represión incluye la limitación 
de la libertad de expresión, asociación y protesta, y también la violencia, incluida la mor- 
tal. En Uruguay, por ejemplo, se limitó la libertad de expresión de profesores y estudian- 
tes, mientras la LUC limitó los derechos de protesta y huelga ampliando la posibilidad de 
represión a manifestaciones y ocupaciones, aumentó las penas a numerosos delitos y dio 
libertades al gatillo fácil de la policía. 


Aparecen, entonces, rasgos autoritarios en la agenda liberal. Esto podría leerse como una 
tensión. Si en el gobierno hay liberales y ultraderechistas, uno podría pensar que los que están 
empujando en una dirección autoritaria son los ultraderechistas, mientras que quienes la re- 
sisten son los liberales. Pero muchas de estas posturas autoritarias y de retroceso de derechos 
no son impuestas por la ultraderecha, sino parte de la agenda de los liberales y de los que, en el 


» « 


gobierno, se reivindican como “centristas”, “democristianos”, “batllistas” o “wilsonistas”. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


335 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


336 


La ultraderecha 


Varios miembros de la alianza de gobierno han tomado posturas abiertamente contra- 
rias a las instituciones y organizaciones que en Uruguay se dedican a los derechos huma- 
nos, como la INDDHH y Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos. El ministro 
del interior, Jorge Larrañaga, ha protestado contra lo que considera una politización de la 
INDDHH (como si los derechos humanos no fueran un tema político), reservándose el 
derecho de desoír sus advertencias. El senador Guido Manini, mientras tanto, ha tenido 
como principal preocupación la defensa de los violadores de los derechos humanos en la 
dictadura, y el ataque a los fiscales, las leyes y las organizaciones que pueden llevar a estos 
violadores ante la justicia. 


Sin embargo, las posturas de estos dos políticos son distintas. Mientras el primero es 
un conservador históricamente reconocido como moderado, últimamente arrastrado hacia 
el populismo punitivo por sus necesidades electorales; el segundo es un ultraderechista 
propiamente dicho. 


La ultraderecha se propone eliminar los estorbos al despliegue de la soberanía del esta- 
do, y también a los elementos que degeneren la integridad (moral, territorial, etc.) de la na- 
ción. Estos estorbos pueden ser revueltas, disidencias o minorías, pero también invasiones 
extranjeras (reales o imaginadas) y, si llegara el caso, también las propias garantías liberales. 
Hobbes puede pedirle a Locke que se haga a un lado. No es menor que el libro en el que 
el torturador Luis Tróccoli explicó en los 90 sus razones se llamara “La ira de Leviatán”. Se 
puede observar, entonces, una deriva del liberalismo hacia el autoritarismo, pero también, 
y de forma convergente, un ascenso de la ultraderecha propiamente dicha, como postura 
política autónoma, ya no subordinada al liberalismo. 


La reaparición de la ultraderecha tuvo varias etapas: primero, estaban en las sombras, 
ocultos en algunos pasillos del poder y en las fuerzas “de seguridad”; después, empezaron 
a aparecer pequeñas organizaciones, a la disolución de la JRN siguió la creación de la De- 
recha Social y la Casa Identitaria, el Partido Uruguayo, el Forno Libertad y Concordia, el 
Momivimiento Segunda República, y otras pequeñas organizaciones marginales; después, 
políticos de derecha como Edgardo Novick, Gustavo Zubía y Jorge Larrañaga empezaron 
a hacer guiños hacia la derecha setentista y la demagogia puntiva; después, los militares 
empezaron a hacer ruido político, mientras reemergían las banderas del viejo ruralismo de 
Benito Nardone, e intelectuales ultraderechistas se mezclaban con los liberales y los con- 
servadores en la Sociedad Rodoniana; después, apareció el liderazgo de Manini, y Cabildo 
Abierto, que tuvo buenos resultados electorales; después, aparecieron episodios de bandas 
armadas atacando a militantes y a personas que viven a la calle, y reivindicaciones abiertas 
de la JUP; paralelamente, algunos intelectuales empezaron a hacer propias las posturas de 
la ultraderecha, defendiéndolas como “incorrección política”. 


Este ascenso primero pasó desapercibido. Después fue alentado, por acción u omisión, 
por buena parte del sistema político. Y hoy es una realidad política con la que hay que lidiar. 


Los militares, y especialmente los implicados en los crímenes de la dictadura, tienen repre- 
sentación directa en el parlamento y el gobierno, y tienen poder de veto sobre lo que éste 
hace. Esta es una preocupación de primer orden para las personas interesadas en la defensa 
de los derechos humanos. 


Desafíos 


No sabemos cuál va a ser el desenlace de este encuentro entre el liberalismo y la ultra- 
derecha. Pero el problema, en el fondo, es más profundo: en una era de crisis sistémicas, el 
capital reclama ajustes, y estos ajustes producen conflicto social, y este conflicto es enfren- 
tado por represión creciente por parte de los gobiernos que representan los intereses del 
capital, lo que intensifica los conflictos. 


En Bolivia, un golpe de estado instaló a un gobierno de ultraderecha. El freno que el 
golpe encontró no fueron la justicia ni las instituciones internacionales (la OEA, de hecho, 
fue la principal artífice del golpe), sino las huelgas, las manifestaciones, la organización 
popular y las campañas internacionales, que forzaron que se llamara a elecciones y luego lo- 
graron una contundente victoria electoral del MAS, que había sido derrocado hace un año. 


En Chile, la represión a las protestas de octubre del año pasado se encontró con un 
crecimiento aún mayor de las protestas, que terminaron forzando la apertura de un proceso 
constituyente. La institución de derechos humanos jugó un rol importante en la denuncia 
de los abusos del gobierno, pero fue la movilización popular sostenida la que permite que 
hoy esté planteada la posibilidad de superar a la “democracia” que la dictadura de Pinochet 
había creado para hacer perdurar sus instituciones neoliberales y represivas. 


En Brasil, gobierna una alianza neoliberal- ultraderechista, y no es claro cómo se va a 
salir de esa situación (la justicia, allí, fue una de las principales instigadoras del golpe y la 
persecución contra el PT). En Argentina, el neoliberalismo de Macri había sido derrotada 
primero en la calle por enormes manifestaciones, y luego por una alianza electoral liderada 
por el peronismo, pero hoy, ante la crisis económica instigada por los capitales internacio- 
nales y exacerbada por la pandemia de coronavirus, pone a este gobierno en problemas, 
mientras la ultraderecha se moviliza en la calle y gana terreno. 


La región vive un momento de intensas disputas, y los derechos son uno de los pun- 
tos en disputa. El progresismo, el liberalismo y la ultraderecha son algunos de los actores 
relevantes en esta disputa, pero no los únicos. Las organizaciones, los movimientos y las 
movilizaciones populares, tienen la capacidad de desequilibrar, y de crear ideas y prácticas 
que pongan un freno al retroceso de los derechos, e inventen una forma de vida mejor para 
esta parte del mundo. 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


337 


Anexo Legislativo 


Anexo legislativo 
Legislación sobre derechos humanos 


Octubre 2019 - octubre 2020 


Leyes 
Ley 19.841. Servicio exterior de la República. Modificación de la regulación en el 
Estatuto del funcionario. 


Ley 19.843. Régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la 
citricultura de la cosecha y del packing. 


Ley 19.845. Se declara de interés público la investigación científica sobre el cannabis. 
Exoneración de tributos a equipos o insumos dedicados a investigación científica del mate- 
rial genético, planta y derivados del cannabis. 


Ley 19.846. Igualdad y no discriminación de las mujeres en base al género. Obligato- 
riedad. Políticas públicas. Principios. Medidas. Sistema Nacional para la Igualdad de Géne- 
ro. Instituto Nacional de las Mujeres. Consejo Nacional de Género. Cometidos. Unidades 
especializadas en Género. Fortalecimiento del acceso a la justicia. 


Ley 19.847. Regulación. Acceso al cannabis medicinal y terapéutico. Programa Na- 
cional de Acceso. 


Ley 19.849. Aprobación del Convenio Internacional del Trabajo n. 190 sobre Vio- 
lencia y Acoso, 2019. 


Ley 19.852. Creación del Instituto Nacional de Acreditación y Evaluación de la Edu- 
cación Terciaria (INAEET). 


Ley 19.854. Reserva de la identidad de testigos y denunciantes durante las inspeccio- 
nes realizadas por la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social. 


Ley 19855. Marco regulatorio del consumo problemático de bebidas alcohólicas. Pre- 
vención. 


Ley 19.859. Víctimas del terrorismo estado. Sistema nacional integrado salud. Aten- 
ción gratuita y vitalicia. Interpretación. 


Ley 19.861. Espacio costero Océano Atlántico y Río de la Plata. Uso. Modificación. 
Ley 19.866. Bebidas alcohólicas. Consumo problemático. Prevención. Modificación. 


Ley 19.869. Telemedicina. Implementación y Desarrollo. Régimen. 


ANEXO LEGISLATIVO 


341 


ANEXO LEGISLATIVO 


342 


Ley 19.873. Inclusión del COVID-19 como enfermedad profesional durante la emer- 
gencia sanitaria. Registro del personal de salud. 


Ley 19.886. Subsidio por enfermedad a trabajadores zafrales de la caña azúcar que 
hayan contraído COVID-19. 


Ley 19.891. Instituto Nacional Bienestar Animal. Creación. Vigencia. Modificación. 
Ley 19.893. Transporte escolar. Aportes patronales seguridad social. Exoneración. 


Ley 19.896. Se aprueba el Acuerdo sobre Reconocimiento de Títulos de Grado de 
Educación Superior en el Mercosur, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 17 de diciem- 


bre de 2018. 


Ley 19.897. Aprobación de la eliminación del cobro en el Mercosur del roaming in- 
ternacional. 


Ley 19.903. Creación de la Campaña Nacional Concientización y Prevención Abuso 
Sexual Infantil Intrafamiliar. 


Decretos 


Decreto 014/020. Se aprueba el Plan Nacional de Saneamiento. Principios rectores. 
Implementación. Recursos y financiamiento. 


Decreto 030/020. Se reglamenta la Ley n” 19.525 de 18 de agosto de 2017, que con- 
tiene las Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. 


Decreto 040/020. Se aprueba el “Protocolo de actuación ante situaciones de acoso 
sexual en el ámbito laboral y relaciones docente-alumno del Ministerio de Defensa Nacio- 


» 


nal”. 


Decreto 053/020. Se aprueba la política de protección infantil para el personal des- 
plegado en las Misiones de Paz de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). 


Decreto 055/020. Se regulan las formas de organización y funcionamiento de los 
Servicios de Salud para Adolescentes. 


Decreto 058/020. Se prohíbe la importación, exportación, fabricación, venta, uso, 
tenencia y comercialización de productos veterinarios y materias primas que contengan 
mercurio en su formulación. 


Decreto 59/020. Delimitación y clasificación del área natural protegida “Laguna de 
Castillos”. 


Decreto 60/020. Ampliación de las áreas naturales protegidas. Quebrada de los 
Cuervos y Sierras del Yerbal. 


Decreto 062/020. Se aprueba el Protocolo de Prevención y Atención de Situaciones 
de Violencia en el Ámbito Laboral de la Presidencia de la República. 


Decreto 63/020. Reglamentación de la ley 19.855, que crea un marco regulatorio 
para el consumo problemático de bebidas alcohólicas. 


Decreto 64/020. Reglamentación de los arts. 37 a 40 de la ley 19.670 y art. 12 de la 
ley 13.331, referente a protección de datos personales. 


Decreto 65/020. Reglamentación de la ley 18.621 que crea el Sistema Nacional de 
Emergencias (Sinae). 


Decreto 66/020. Aprobación de la “Política Nacional de Gestión Integral del Riesgo 
de Emergencias y Desastres en Uruguay 2019-2030”. 


Decreto 079/020. Se reglamenta la ley 19.784, de 23 de agosto de 2019, de Promo- 
ción de Parques Industriales y Parques Científico Tecnológicos. 


Decreto 93/020. Declaración de estado de emergencia nacional sanitaria como con- 
secuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19 (Coronavirus). 


Decreto 94/020. Ampliación de las medidas dispuestas por el decreto 93/020, con el 
fin de mitigar y prevenir las consecuencias de la propagación del virus COVID-19 (Coro- 
navirus). 


Decreto 100/020. Aprobación de medidas preventivas en materia de seguridad y sa- 
lud pública aplicada en los aeropuertos. 


Decreto 103/020. Aprobación de medidas para atender la situación en la zona fronte- 
riza común entre Uruguay y Brasil como consecuencia de la emergencia sanitaria nacional 


de la pandemia del COVID-19 (Coronavirus) 


Decreto 109/020. Autorización de permanencia en domicilio por el plazo máximo 
de treinta días a personas de 65 años o más, comprendidas en el subsidio por enfermedad. 


Decreto 110/020. Obligación de los prestadores integrales de salud de implementar 
acciones necesarias para garantizar el diagnóstico y tratamiento de Chagas en la mujer em- 
barazada, niños y niñas. Derogación del decreto 241/995. 


Decreto 113/020. Creación del Programa Sembrando, con el objeto de estimular la 
cultura emprendedora. El Programa capacitará a los beneficiarios a través de talleres. Estará 
dirigido por una Comisión Directiva Honoraria, integrada por tres miembros, que serán 
designados por el Poder Ejecutivo. 


Decreto 118/020. Incorporación a los programas integrales de salud y al catálogo de 
prestaciones definidos por el MSP, el procedimiento diagnóstico por PCR-RT de SARS 
COV2 (COVID-19). 


ANEXO LEGISLATIVO 


343 


ANEXO LEGISLATIVO 


Decreto 119/020. Exhortación a UTE a suspender los cortes de suministro de ener- 
gía eléctrica a los usuarios de planes generales y residenciales hasta el 13 de abril de 2020. 


Decreto 120/020. Exhortación a Antel a suspender los cortes de servicios de teleco- 
municaciones por falta de pago, a los usuarios residenciales y los servicios de determinadas 
empresas. 


Decreto 126/20. Se dispone que los resultados de las investigaciones científicas, así 
como los datos globales o estadísticos obtenidos en el medio acuático puedan ser divulga- 
dos libremente. 


Decreto 127/020. Incorporación de trabajadores dependientes afiliados a la Caja No- 
tarial de Seguridad Social, al régimen de subsidio por desempleo forzoso. 


Decreto 130/020. Otorgamiento de subsidio por incapacidad temporal a los profe- 
sionales de la salud no dependientes y que no tengan derecho al seguro por enfermedad del 


BSE. 


Decreto 181/020. Creación del grupo de trabajo de inventarios nacionales de gases 
de efecto invernadero. 


Decreto 190/020. Determinación de un aporte estatal a las empresas por cada traba- 
jador reintegrado o incorporado, que cumplan con determinadas condiciones. 


Decreto 192/020. Creación de un subsidio mensual con destino a artistas nacionales. 
Junio - julio 2020. 


Decreto 217/020. Extensión extraordinaria del amparo del seguro nacional de salud 
por tres meses para los trabajadores cesados en la actividad que generaba dicha cobertura. 
Las erogaciones generadas por la prestación serán de cargo del “Fondo Solidario Covid-19”. 


Decreto 233/020. Modificación del art. 1” del decreto 191/020, relativo a la auto- 
rización de permanencia en domicilio a personas de 65 años o más, comprendidas en el 
subsidio por enfermedad. 


Decreto 251/20. Se habilita por excepción y durante la vigencia de la emergencia 
sanitaria dispuesta por el decreto 93/020, del 13 de marzo de 2020, la flexibilización de 
los requerimientos dispuestos por el artículo 26 del decreto 399/008, del 18 de agosto de 
2008. 


Decreto 259/20. Se exonera de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social 
por el período del 1” de abril de 2020 al 31 de marzo de 2021 a las empresas cuya finalidad 
única o predominante es la prestación de servicios de transporte de escolares. 


Indice 
CLON A AA A E e Ad 9 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 


Memoria e impunidad 


El Plan Cóndor en los tribunales de Roma. Algunas 


rehexiones sobre la sentencia de apelación de 201 noir 15 

Faltan gatos y faltan datos: sobre las luchas contra la 9 
impunidad y el acceso a datos en causas de lesa humanidad ...nncicconianicnonmsnnss 25 3 
Ante el procesamiento del militar Lawrie Rodríguez y una 2 
nueva afrenta del senador Manini RlOS...ccococconocuononnonennonennoncnnnocnnnonnnnnonnnnnnnnncannnninancinnna 39 2 
OO LI de O a AAA RA AA 41 : 
196 abrazos contra el olvido. Equipo Imágenes del SilenciO.........c.ccaommme.. 45 

A 47 ños del Golpe de Estado: ¡Nunca més Dunia dida 54 

Lo mejo, lo. nuevo y lo Importante rangers 56 

La causa de Roberto Julio Gomensoro Josman después del 

contenido del Tribunal de Honor de José GavazZO ..uccnaconononnsnnnncnnconosarcrcsrserssss 64 

El proyecto Sitios de Memoria — Uruguay. Cartografiar y CON€CAL .ocauarnonsmesees: 68 345 
¿Qué pasa en Uruguay con la ley de sitios de Memoria? ...cococomss. 25 
Alciudadanta en gohtl ini indas 83 

Los Valvenes de una placas puja de Memorias vavinniiricninisi imei 85 
Comunicado de Pra inaiiiinni iiidis 86 

Delitos. de Lesa Humanidad, ¿denunciares peligroso? isencaserioconiicaianmecnicis 89 
Memoria en Libertad orina iaa iio 91 
Memos errdisputa lidia toos 9 


Seguridad Demoráctica y Derechos Humanos 
Documento de posicionamiento político y análisis sobre el 
capítulo de seguridad pública de la Ley de Urgente Consideración .....aunccooos. 107 


Seguridad y LUC: Embestida represiva sin fundamentos ni 
RECO UE 121 


El problema de la policía en la reforma del sistema de justicia penal .....ncccananucconnn 127 


ANEXO LEGISLATIVO 


346 


La nueva vieja normalidad: violencia institucional policial en Uruguay .......uww.... 135 


Ninguna escusa para la represión polial unica 147 
Los culpables de siempre: adolescentes en la mira de la inseguridad ........ccccaaaanooos. 150 
A los y las representantes del Poder Ejecutivo y Parlamento. 

Ala cudadanta:en general ai 156 
El proceso abreviado para adolescentes en conflicto con la ley.......acccicanncncoaansn 158 
A las autoridades de los organismos del sistema de Justicia 

Penal Juvenil y opinión pública en genera lanicaanaiciacaiiicd o 163 
Ley de urgente consideración y actividad de inteligencia de Estado........cccos. 166 


DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 


Una mueva derecha con apoyo “popular” veria nit 175 


Serpaj manifiesta su preocupación por la respuesta estatal ante 
la emergencia sanitaria mundial y nacional declarada por el 


Corenatimiss CondlO noia ario ida 186 
¿Expresa esta coyuntura histórica un peligro para los derechos sociales? .............. 188 
A los y las representantes del Poder Ejecutivo y Parlamento. 
AENA 198 
Cultura es política trabajadores de la cultura y pandemia: 

abordajes y acciones reliradas ii 200 
La gestión de la pobreza en pandemia: preámbulo de la nueva 

modalidad de acceso al protección social asias iria 206 
El teletrabajo durante tiempos pandémicos y su proyección fUtULA .ccoaaunccconannonss 220 


El impulso y su freno: batllismo millennial, COVID y 

proyecto heno NES AMA nio 225 
Alimentación y dignidad. Derechos Humanos 

enla pardemia del Corona 





Personas en situación de calle, pandemia y neoliberalismo 
Declaración pública, invierno de 2020 Colectivo Ni todo está perdido .........ww.... 251 
La lucha es habitar .....oonconconionionononcnrecr 252 


¿Quien murió de frío ayer tuvo elección de escapar de esa 
situación? ¿Al igual que nos preguntamos de los compas 
anteriores, aunque no estaban en una silla de ruedas? mensa tic 257 


Feministas frente a la LUC. Desde la Coordinadora 
de Perninisimos, UA APOT nani 258 


“En tiempos de rebeldía, despatriarcalizamos la vida”. 
Hiuelés Femiitta: SNL20D ria 261 
Violencia en casa durante la cuarentena por Covid 19 en Uruguay .cuancccanornsensoss 263 


Informe sobre población trans residente en Uruguay durante 
EEC A 268 


Explotación sexual de niñas, niños y adolescentes 2020. 


¿Quéttaede nuevo Opéración Ocbano nidad 274 

El embarazo infantil es tortura. Las maternidades forzadas 2 

sontortura Lis minds On MINAS, MOM ri 279 2 

La fragilidad de los derechos humanos en la atención a 5 

embarazos y partos durante la pandemia en Uruguay assinrcinseriociciónesneisrincan 281 ó 

Infancias, adolescencias y organizaciones de la sociedad civil a 

en tiempos de emergencia Sila cidad 286 

Dignificar la vida. Cuando las organizaciones reclaman el 

cambio de paradigma de atención en salud mental ainia 294 

A las autoridades y a la ciudadanía: hacia el cierre del Vilardebó........accccannuncccin.. 300 

La Ley 19889 (Ley con declaratoria de urgente consideración) 

y el Derecho la Educación aan ainia 302 ra 

¿Punto de nexió: O Punta de FEOS rita 313 

Ambiente, extractivismos y derechos humanos: un repaso conceptual ......aaniciccos. 319 

Una mirada política a los derechos humanos en el segundo lacallismo ...........ww.... 332 
ANEXO LEGISLATIVO 


Legislación sobre derechos humanos. 
Octubre 2019 — octubre 2020 ...occcnccnconioninncnncnncncnconenncnninn con coononinninnianinn con conornorrrcarianos 341 





Diciembre, 2020. Depósito Legal N* 378.567 
www.tradinco.com.uy 


En el marco del 10 de diciembre, SERPAJ Uruguay publica “Derechos Hu- 
manos en el Uruguay”, un informe sobre la situación de los derechos hu- 
manos. El libro recoge aportes de distintos sectores de la sociedad civil, que 
expresan los nudos, desafíos y avances en la materia. 


Se busca comunicar y difundir, a través de una labor sostenida, la efectiva 
materialización de los derechos humanos, a partir del monitoreo continuo 
sobre el cumplimiento del Estado de sus obligaciones al respecto. 


Entendemos que es una de las funciones esenciales de la sociedad civil 
la de producir información independiente, calificada y alternativa, que 
aporte hacia una sociedad más informada, comprometida con el ejercicio 
de la ciudadanía y por ende, con los procesos de profundización de la 
democracia. 


En esta edición integramos diversos temas, en tanto aportes a los debates 
públicos que atraviesan la agenda política, de la opinión pública y también 
mediática, esperando contribuir a la complejidad de las lecturas, posturas 
e iniciativas: verdad, justicia, impunidad, seguridad democrática, sistema 
penal, libertad de expresión y comunicación democrática, derechos de las 
mujeres, derechos de las personas transexuales, violencia institucional poli- 
cial, derechos de niñas, niños y adolescentes, violencia de género, derecho 
a la salud, modelo de desarrollo y nuevos proyectos, políticas públicas de 
derechos humanos, derechos económicos, sociales, culturales y ambienta- 
les, entre otros temas y áreas relevantes.